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REV. OBSTET. GINECOL. - HOSP. SANTIAGO ORIENTE DR. LUIS TISNÉ B ROUSSE. 2007; VOL 2 (2): 172-177 ARTÍCULO DE REVISIÓN Radiodiagnóstico y embarazo Valeria Schonstedt G1, Jorge Varas C2. RESUMEN La rea liza ción de procedimientos dia gnósticos que impliquen ra dia ciones ioniza ntes genera gra n a nsied a d entre mujeres emba ra z a s y ginecoobstetra s, ya que existe una id ea genera liza da de que dicha s ra dia ciones sería n nociva s pa ra el feto. Hoy en día , los exá menes dia gnósticos emiten ta n ba ja s dosis de ra dia ción, que no ha bría proba bilida d de a ltera ciones feta les. Gra ndes comisiones mundia les de ra dioprotección ha n esta blecido en 100 miliGra y (mGy) el umbra l ba jo el cua l no se produciría n da ños feta les. Estudios en a nima les y en sobrevivientes de Hiroshima y Na ga sa ki indica ría n que a lta s dosis d e ra d ia ción sí se rela ciona ría n con a ltera ciones feta les que va n d esd e fa lla s en la impla nta ción, ma lforma ciones, a ltera ciones menta les, y podría n a umenta r el riesgo de cá ncer dura nte la infa ncia . Entre los exá menes dia gnósticos que implica n ma yor ra dia ción, se encuentra n la fluoroscopia , Tomogra fía Axia l Computa riza da (TAC) y exá menes de medicina nuclea r que implica n ra dionucleótidos que a tra viesa n la pla centa , como Iodina . Se recomienda preferir exá menes que no impliquen ra dia ciones ioniza ntes, ta les como ultra sonid o y Resona ncia Nuclea r Ma gnética (RNM), y a nte la necesid a d d e rea liz a r procedimientos que irra dien a bdomen o pelvis, se sugiere rea liza r ca mbios técnicos en la emisión de los ra yos, ta les como colima ción y a umentos del kiloVolt pea k (kVp), má s un a decua do estudio de la s dosis feta les a bsorbida s. Palabr as claves: Emba ra zo, ra diodia gnóstico, ra dia ción ioniza nte. SUMMARY Performa nce of dia gnostic procedures implying ionizing ra dia tions ha s genera ted grea t a nxiety on pregna nt women a nd obstetricia ns for a long time, due to the exista nce of a genera lized idea tha t these ra dia tions could be injurious for the fetus. Currently, dia gnostic tests emit little a mounts of ra dia tion, consequently there a re a lmost no proba bilities of feta l a ltera tions. Grea t world-wide commissions of ra dia tion protection ha ve esta blished in 100 miliGra y (mGy) the threshold under which there a re no fetus a ltera tions. Studies pra cticed in a nima ls a nd survivors of Hiroshima a nd Na ga sa ki indica ted tha t high doses of ra dia tions were indeed rela ted to feta l a ltera tions tha t ra nge from fa iled impla nta tion, Interna Medicina. Universidad de Chile, Facultad de Medicina. Campus Oriente. 2 Médico, Servicio de Obstetricia y Ginecología Hospital Dr. Luis Tisné Brousse. 1 Conta cto: nepomusena@gmail.com 172 RADIODIAGNÓSTICO Y EMBARAZO va rious ma lforma tions, menta l a ltera tions, a nd could even increa se the risk of ca ncer during childhood. Within the dia gnostic tests tha t produce grea ter a mounts of ra dia tion a re Fluoroscopy, Computed Tomogra phy (CT), a nd nuclea r medicine tests tha t imply use of ra dionucletids tha t cross the pla centa , like Iodin. It is recommended to prefer those tests tha t do not imply use of a ny ionizing ra dia tions, such a s ultra sound a nd Ma gnetic Resona nce (MR), a nd when fa ced with the need of ma king procedures tha t irra dia te the a bdomen or pelvis, it is suggested to ma ke some technica l cha nges on the emision, such a s collima tion a nd increa se of the kiloVolt Pea k (kVp), in a ddition to a proper study of the a mount of ra dia tion a bsorbed by the fetus. Key words: pregna ncy, ra dia tion dia gnosis, ionizing ra dia tions. INTRODUCCIÓN D urante el curso de un embarazo existen típicamente dos situaciones en que una paciente podría verse expuesta a un procedimiento de diagnóstico que implique el uso de radiaciones ionizantes. La primera, al someterse a este tipo de procedimientos sin conocimiento de su condición. La segunda, cuando la paciente se encuentra en conocimiento de su estado, y sin embargo su aplicación, en atención al beneficio que a su salud reporte, resulte indispensable según el criterio médico. Esta situación crea gran ansiedad tanto en las pacientes como en los ginecoobstetras, ya que existe una idea generalizada de que la exposición a radiaciones es dañina, y expondría al feto a riesgo de malformaciones y otras consecuencias. Hoy en día, los procedimientos diagnósticos con rayos-x se realizan a tan bajas dosis de radiación, que el riesgo de daño fetal asociado es francamente mínimo. Es más, según la America n College of Ra diology, no habría procedimiento diagnóstico con rayos-x que pudiese amenazar el bienestar del embrión o feto en desarrollo1. Esta revisión pretende informar, de forma objetiva, que las dosis de radiación recibidas por procedimientos diagnósticos son tan bajas que no alcanzan a ser una amenaza para el bienestar fetal. Por otra parte, se describen los distintos efectos que, eventualmente producirían altas dosis de radiación en el feto según estudios realizados en animales y en sobrevivientes de la bomba atómica. Finalmente, propone conductas frente a la necesidad de realizar algún examen radiológico durante el embarazo, según recomendaciones de comités de radioprotección, tanto europeos como internacionales. EFECTOS DE LAS RADIACIONES IONIZANTES EN EL EMBRIÓN O FETO Para lograr realizar una adecuada correlación entre dosis de radiación y efecto, es indispensable manejar ciertos conceptos básicos en relación a las medidas y unidades de radiación. Aquella unidad que determina la radiación que el equipo emite, pero no la cantidad de radiación que el feto recibe, se denomina Roentgen, y corresponde al número de iones producidos por los rayos-x por kilogramo de aire. Para medir la dosis de energía depositada por kilogramo de tejido se utiliza el Gray (Gy), y un Gray corresponde a 100 rad. Por otro lado, se encuentra la unidad de dosis equivalente que, a diferencia de la anterior, presenta un factor de normalización según la radiosensibilidad de cada tejido, y se mide con los Sievert (Sv) (1 Sv=100 rem). Por lo general, se tiende a considerar al valor de la dosis absorbida en Gy igual al equivalente de la dosis en Sv1,2. En Chile, no se han implementado sistemas que midan las dosis absorbidas por el feto, sino que a partir de la dosis emitida por el equipo, se podría llegar una estimación imprecisa de la dosis absorbida. Los efectos de las radiaciones se producen ya sea por muerte celular, o por reparación deficiente o no reparación del ADN dañado. Esto determina dos categorías de efectos biológicos: los efectos deterministas y los estocásticos. Los primeros son producto de muerte celular y requieren de una dosis umbral para su aparición. Sobre ese valor determinado, la gravedad del efecto es proporcional a la dosis recibida. Ejemplos de éstos corresponden al aborto, malformaciones congénitas y retraso mental. Los efectos estocásticos son aquellos que resultan de cambios en el material genético de células que mantienen su habilidad para dividirse. Estas células modificadas pueden iniciar una transformación maligna, llevando a un eventual cáncer, como por ejemplo leucemia o cáncer de tiroides. La probabilidad de que se presente la alteración aumenta proporcionalmente con la dosis irradiante y no existe umbral, bajo el cual la probabilidad del efecto sea nula. El período entre la iniciación y la manifestación de la enfermedad puede extenderse por varios años2-5. Entre los factores a considerar para realizar una adecuada valoración del riesgo fetal por exposición a 173 REV. OBSTET. GINECOL. - HOSP. SANTIAGO ORIENTE DR. LUIS TISNÉ B ROUSSE. 2007; VOL 2 (2): 172-177 radiaciones ionizantes se encuentran la dosis absorbida y su distribución en el tiempo, y la edad gestacional en la cual se realiza la radiación. Es posible distinguir tres diferentes etapas del desarrollo embrionario tomando en cuenta potenciales secuelas que resultarían de una eventual radiación a altas dosis. Estos períodos corresponden a: encuentran lejos de estas cifras, por lo que dichas malformaciones serían muy improbables3. Para ejemplificar lo anteriormente expuesto, ni aún tres TAC pélvicas, ni 20 radiografías convencionales de abdomen y pelvis alcanzan el valor umbral para malformaciones2. – Eta pa preimpla nta ciona l Período que se extiende desde aproximadamente la 8ª semana de gestación hasta el nacimiento, incluyendo la formación del sistema nervioso central que abarca desde la 8ª a la 15ª semana de gestación (período fetal temprano). En relación a este período, se ha descrito una disminución en los valores de Coeficiente Intelectual (C.I.) en niños expuestos en útero en Hiroshima y Nagasaki, de forma proporcional a la dosis de radiación ionizante. Si bien se llegó a concluir que habría una disminución de 30 puntos en el C.I. por Sievert de radiación, si esto se extrapola a una dosis de 100 mSy (dosis umbral) el C.I. disminuiría tan sólo 3 puntos. También se describen casos de retardo mental severo con una probabilidad de 0,4 casos por 1 Sievert3. Es importante comparar la magnitud de los efectos de la radiación con aquellas anormalidades que ocurren espontáneamente en la población en ausencia de radiación. Si se considera el retardo mental como un coeficiente intelectual bajo 70, la incidencia normal sería de 3/100. De otro lado, más de 250 factores, como por ejemplo malnutrición, alcoholismo e infecciones maternas, estarían involucrados con el retraso mental. Por lo tanto, la incidencia de retardo mental espontáneo sería mayor que una eventual disminución del C.I. a causa de exposiciones a 100 mGy, no así frente a dosis muy superiores y fuera de rangos diagnósticos de 1000 mGy2. Pese a lo difícil que resulta el estudio de las radiaciones durante este período en humanos; gracias a ensayos en animales, se ha llegado a determinar que durante esta etapa, dado el pequeño número de células del embrión y su falta de diferenciación, el efecto del daño, frente a dosis relativamente altas de radiaciones ionizantes, conlleva a una falla en la implantación o una muerte indetectable del embrión, y que las malformaciones son poco probables durante este período. Se describen dosis de 0,10 a 0,15 Gy (100 a 150 mGy) como umbral, por sobre la cual se describirían tales efectos5. Tomando en consideración la alta frecuencia de muerte embrionaria espontánea, y la baja probabilidad de que la radiación afecte al embrión, este período es considerado como de bajo riesgo de daño fetal3. – Eta pa de orga nogénesis Período que se extiende desde la tercera hasta la octava semana posovulación. Son las malformaciones (efecto determinista) las principales consecuencias de una exposición a altas dosis de radiación durante este período. Resultan de la muerte de células en fase activa de proliferación y diferenciación, desde que el embrión es incapaz de reemplazar células dañadas. Los efectos más comunes de la exposición durante este período corresponden a defectos del sistema urinario, ojos y alteraciones en formación ósea5. Esto último, resulta particularmente importante y existe evidencia humana. En efecto, alteraciones en el crecimiento de la cabeza en niños de Hiroshima y Nagasaki expuestos de forma prenatal a radiación, fueron descritas en estudios publicados en el año 1965 por primera vez6. Pese a que aquel estudio sufría de varias imperfecciones en relación al manejo de ciertas variables, e inseguridad en relación a la edad gestacional al momento de la radiación, se logró asociar una disminución del tamaño cefálico (bajo 2 Desviaciones Estándar) con exposiciones sobre un umbral de 0,1-0,2 Gy. (100 a 200 mGy)5. Si bien esta evidencia, junto a experimentos en animales, ha logrado estimar el umbral causante de malformaciones en el orden de 100 mSv, en el campo del diagnóstico, las dosis utilizadas se 174 – Eta pa del desa rrollo feta l RIESGO DE LEUCEMIA Y CÁNCER EN LA INFANCIA Existe gran controversia con respecto a la magnitud del riesgo de presentar leucemia y otros cánceres de la infancia por radiaciones ionizantes. Estudios concuerdan en que el riesgo de inducción de cáncer, ya sea en la infancia o durante la vida adulta, es la misma si la irradiación ocurre en útero o en niños de hasta 10 años. La European Comission es concisa y categórica al afirmar que la exposición a radiación, sin hacer mención a la dosis, se considera un factor 2 a 3 veces mayor que aquellos para una población estándar. Siguiendo la misma línea, el Committe on Obstetric Pra ctice (2004) establece que el riesgo es muy bajo, estimando que con 1 a 2 rad de exposición fetal, el RADIODIAGNÓSTICO factor de riesgo de padecer leucemia aumenta 1,5 a 2,0 sobre el riesgo estándar1. La Interna tiona l Comission on Ra diologica l Protection establece que un reciente análisis de varios estudios epidemiológicos serían consistentes en estimar un riesgo relativo de 1,4 como factor de riesgo para el desarrollo de cánceres con una radiación de 10 mGy (es decir un aumento de 40% sobre el riesgo general). Aún, si el riesgo relativo fuese efectivamente de 1,4, dado que es tan baja la probabilidad de cáncer durante la infancia, éste aumentaría tan sólo de 0,2-0,3% a 0,3-0,4%7. RADIACIÓN EN LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS «Casi siempre, si un examen radiológico diagnóstico esta médicamente indicado, el riesgo para la madre al no realizarse tal procedimiento es mayor que el potencial riesgo de dañar al feto. Dosis de radiación por procedimientos diagnósticos no presentan riesgo sustancial de causar muerte fetal, malformaciones o alteraciones del desarrollo mental. Si el rayo se dirige directamente hacia el feto, el procedimiento puede, y debe ser adaptado para reducir la dosis fetal». ICRP Publica tion 84 Se debe considerar utilizar métodos alternativos, como ultrasonido y resonancia magnética, como exámenes Y EMBARAZO de primera línea. La decisión debe ser tomada sopesando el beneficio médico que ofrece la imagen, contra la dosis de radiación estimada en el recién nacido3. Ra dia tion Protection 100, Europea n Comission RAYOS -X Radiografías de un plano, generalmente exponen al feto a muy bajas dosis de radiación, en especial si no involucra pelvis ni abdomen. La radiación por exposiciones con TAC varía dependiendo del número y el tamaño de los cortes. Si bien, una pelvimetría con TAC puede resultar en exposiciones fetales de hasta 1,5 rad (15 mGy), ésta puede reducirse hasta aproximadamente 250 mrad usando técnicas de baja exposición1. La Tabla 1 indica las dosis fetales promedio y máxima para distintos procedimientos diagnósticos en Reino Unido (1998), publicado por la ICRP Publica tion 84. ULTRASONIDO El ultrasonido utiliza ondas sonoras, y no corresponde a una forma de radiación ionizante. No han sido descrito efectos adversos en el feto por su uso, ni al incluirse doopler duplex. Por lo tanto, no se describen contraindicaciones para su uso1. Tabla 1. Dosis de radiación fetal a causa de principales procedimientos diagnósticos en Reino Unido, según ICRP Publication 84. (1999) Procedimiento diagnóstico Radiografías convencionales Abdomen Tórax Pielografía Lumbar Pelvis Cráneo Exámenes Fluoroscópicos Esófago Estómago Duodeno Enema Baritado Tomografía computada Abdomen Tórax Cabeza Lumbar Pelvis Promedio (mGy) Máximo (mGy) 1,4 <0,01 1,7 1,7 1,1 <0,01 4,2 <0,01 10 10 4 <0,01 1,1 6,8 5,8 24 8,0 0,06 <0,005 2,4 25 49 0,96 <0,005 8,6 79 175 REV. OBSTET. GINECOL. - HOSP. SANTIAGO ORIENTE DR. LUIS TISNÉ B ROUSSE. 2007; VOL 2 (2): 172-177 RESONANCIA MAGNÉTICA Su mecanismo de acción corresponde a la alteración del estado energético de protones hidrógenos. Este proceso no produce radiación ionizante, por lo cual resultaría totalmente inocuo para el feto. Esta técnica es especialmente conveniente para un adecuado diagnóstico y evaluación de alteraciones del sistema nervioso central fetal, y en casos de placentaciones anómalas (acreta, previa). MEDICINA NUCLEAR El estudio mediante medicina nuclear, que incluye procedimientos tales como ventilación/perfusión pulmonar para el estudio de tromboembolismo pulmonar (TEP), cintigrafía renal, ósea o tiroidea, se basan en la premisa de marcar un agente químico con un radioisótopo. Por ende, la exposición fetal depende de las propiedades de aquel marcador. Uno de los marcadores más habituales corresponde a Tecnesio Tc 99m, que acumula una dosis de menos de 0,5 rad en el embrión. Sin embargo, otros radioisótopos como Iodina, atraviesan fácilmente la placenta y pueden afectar especialmente la tiroides del feto. Por lo tanto, isótopos radioactivos utilizados para el tratamiento del hipertiroidismo están contraindicados durante el embarazo. Si la realización de un cintigrama tiroideo fuese imperativo, este examen debiese realizarse con Tc99m o con X I, en vez de X I1. RECOMENDACIONES En Chile, no existe ninguna institución que se encargue específicamente de la radioprotección y que establezca normas y controles, debiendo recurrir en la práctica, a recomendaciones extranjeras. Únicamente contamos con el Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radioactivas, publicado en el diario oficial en el año 1985. El artículo 13 de dicho reglamento hace mención a las trabajadoras en edad de procrear para las cuales la irradiación al abdomen se reducirá al mínimo posible, no sobrepasando 1,25 rem trimestrales por única vez en el año8 (12,5 mSv). Las recomendaciones extranjeras más importantes corresponden a la guía Ra dia tion Protection 100, creada por la Europea n Comission y editada el año 1998, y por otro lado se encuentran las recomendaciones del Interna ciona l Comission of Ra diologica l Protection (ICRP) en su IRCP Publica tion 84 (1999), llamado Pregna ncy a nd Medica l Ra dia tion. Los 176 principios de ambos son básicamente los mismos, y únicamente difieren en cuanto a detalles prácticos. A continuación una pauta de conducta, ante un eventual procedimiento diagnóstico que involucre radiaciones ionizantes en una mujer embarazada, según instituciones recién nombradas. La paciente embarazada tiene el derecho a conocer la magnitud y el potencial efecto que podría resultar de una exposición in útero a radiación ionizante. La Europea n Comission sugiere lo siguiente: Siempre se debe evaluar la presencia de embarazo cuando se vaya a proceder a un procedimiento, ya sea diagnóstico o terapéutico, debiendo preguntarle dirigidamente si está embarazada o podría estarlo. Si la paciente no tiene posibilidad de estar embarazada se puede proseguir con el examen. Si la paciente esta embarazada o existe alguna posibilidad de que lo esté, se deben tomar las siguientes precauciones: 1. Tener en consideración otros métodos diagnósticos que no involucren radiaciones ionizantes (RNM o ultrasonido) 2. Se debe intentar posponer el examen para después del parto, siempre y cuando sea aceptable desde un punto de vista médico tras poner en la balanza el riesgo y el beneficio materno y del feto. 3. Si no es posible retrasar el procedimiento diagnóstico, se debe estimar la dosis fetal, previo al inicio del procedimiento. Se debe tomar en cuenta que las dosis de radiación en el feto dependen de la anatomía materna, incluyendo el índice de masa corporal, posición del útero (antero o retroversión) e incluso la distensión vesical3. Por otro lado, la IRCP 84 agrega que si se trata de radiografías o incluso fluoroscopias de áreas lejanas al feto, ya sea tórax, cráneo o extremidades, éstas se pueden realizar con seguridad en cualquier momento del embarazo si el equipo se encuentra bien protegido y se ha utilizado la colimación de rayos. Si la mujer embarazada requiere de una radiografía de pelvis o abdomen que no puede esperar hasta el parto, es importante reducir la exposición fetal mediante las siguientes prácticas: reducir el número de radiografías a tomar, colimar el rayo a una zona lo más específica posible, aumentar kVp (con lo que se logra disminuir el tiempo de exposición a los rayos) y quitar el a nti-sca tter grid. Este último, llamado también parrilla antidifusora, potter-bucky o «bucky», es un accesorio que mejora la imagen radiográfica, y tiene por función ser un filtro para la radiación de escater que no forma parte de la señal útil. RADIODIAGNÓSTICO CONCLUSIONES Esta revisión –a partir de las conclusiones de estudios que se han realizado en hijos de sobrevivientes de Hiroshima y Nagasaki, asociado a estudios practicados en animales– permite definir las dosis de radiación que potencialmente podrían ser nocivas para el feto, ya en cuanto a efectos deterministas, como a efectos estocásticos. Esto nos permite delimitar con claridad, las dosis requeridas para producir alteraciones fetales, encontrándose éstas, en todo caso, lejos de aquellas emitidas por procedimientos diagnósticos. Tanto la ICRP, como la Europea n Comission, establecen como límite de radiación aceptable para una mujer embarazada 100 mGy. Sobre este rango, podrían producirse ciertas alteraciones fetales –alteraciones en la implantación, malformaciones, disminución del coeficiente intelectual y cáncer durante la infancia– dependiendo de la edad gestacional al momento de la radiación. En relación a la supuesta vinculación entre la exposición a las radiaciones ionizantes durante la gestación y el desarrollo de cáncer durante la infancia, es donde existe la mayor incertidumbre. Ello pues, si bien esta descrito que las radiaciones podrían aumentar el factor de riesgo para presentar leucemia, la incidencia de esta patología aún sería muy baja, haciéndolo estadísticamente poco significativo. Entre los exámenes que emiten mayor radiación se encuentran la fluoroscopia y el TAC, en especial si el rayo se dirige a abdomen y pelvis. Sin embargo, con ciertas modificaciones en la emisión del rayo, se logra disminuir significativamente la radiación fetal. Por otro lado, en relación a la medicina nuclear, se deben conocer las propiedades farmacodinámicas y farmacocinéticas de los marcadores, para estimar la dosis de radiación fetal absorbida. Las conclusiones mencionadas reconocen el interés superior de la vida de la madre y la integridad del feto, mereciendo en consecuencia ser tratadas con todo nuestro respeto, atención y consideración, buscando siempre la maximización del bienestar de ambos. Precisamente, la reconocida importancia de ambos intereses es la causa final de este trabajo, intentando despejar las dudas sobre los supuestos riesgos que tendrían los procedimientos que implican el uso de radiaciones ionizantes. REFERENCIAS 1. 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