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DECRETO SUPREMO N° 3429 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que por Decretos Supremos de 7 de abril de 1943 y de 4 de diciembre de 1943, el Gobierno de Bolivia resolvió el avance al estado de guerra y la declaratoria de guerra a Alemania, respectivamente; Que por Decreto Supremo de 30 de marzo de 1950, el Gobierno de Bolivia dispuso que desde esa fecha cesarán los efectos de los citados Decretos de 7 de abril y de 4 de diciembre de 1943, únicamente en cuanto se refieren a la Alemania Occidental; Que habiendo mencionado dicho Decreto exclusivamente a Alemania Occidental, se deduce en forma tácita que subsiste el estado de guerra con el resto de Alemania no comprendido en esa área geográfica; Que dicha omisión no concuerda con el espÃ-ritu que determinó a las naciones democráticas a declarar extinguidas las hostilidades con Alemania y a resolver la reanudación de sus relaciones diplomáticas; EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ArtÃ-culo 1° La— cesación de los efectos de los Decretos Supremos de 7 de abril de 1943 y de 4 de diciembre de 1943, se refiere a toda Alemania, quedando, en consecuencia, extinguidos tanto el estado de guerra como la declaratoria de guerra a esa nación. ArtÃ-culo 2° El— señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce dÃ-as del mes de junio de mil novecientos cincuenta y tres años. (Fdo) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Wálter Guevara Arze.—Federico Fortún S,— Federico Gutiérrez Granier.— Ernesto Arteaga.