Download CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA PARA
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Para De Distribuidores Claro Móvil María del Pilar Suárez G. Asunto BONIFICACION CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA Dando alcance a la carta de Comisiones 2014-DIME01-S247478 del 01 de Diciembre de 2014, de manera atenta, nos permitimos comunicarles que las siguientes condiciones de Amigo SIM (Chip Estratégico y Chip Costa) continúan vigentes durante el mes de Enero de 2016. Es decir, a partir del 1 de Enero de 2016 y hasta el 31 de Enero de 2016 únicamente se pagarán las condiciones establecidas para dicho periodo. BONIFICACION AMIGO SIM (CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA) : Condiciones a aplicar en el periodo comprendido del 1 de Enero de 2016 hasta el 31 de Enero de 2016: Para las activaciones de líneas prepago con Amigo Sim (Chip Estratégico y Chip Costa) que se realicen en el periodo comprendido entre 1 de Enero de 2016 y el 31 de Enero de 2016, el distribuidor tendrá derecho a recibir dentro de los seis meses siguientes a la activación de la línea una bonificación mensual del 8% del valor de las recargas realizadas dentro del respectivo mes. Esta bonificación se reconocerá, siempre y cuando la línea haya realizado al menos una llamada con costo. Así mismo, para el pago de la bonificación y el anticipo se requiere que el cliente este activo en COMCEL, que los documentos hayan sido debidamente revisados y aprobados conforme al Contrato de Distribución, políticas y procedimientos de COMCEL e ingresados a través de los sistemas de activación y de legalización (Digitación de datos en el Sistema Poliedro) dentro de los tiempos establecidos de 96 horas para Distribuidores de ciudades principales, y 120 horas para Distribuidores regionales y que las facturas que presente el Distribuidor discriminen el valor correspondiente a la bonificación y el valor correspondiente al anticipo, conforme a lo estipulado en el párrafo 3° de la cláusula del Contrato de Distribución denominada “Conciliación, Compensación, Deducción y Descuentos” y en el numeral 5 y/o 6 del Anexo A del mismo. Condiciones a aplicar a partir del 1 de Febrero de 2016: El Distribuidor podrá vender una tarjeta SIM a los usuarios que tengan teléfonos GSM desactivados y que operen en frecuencia de 850 Mhz. Siempre que el cliente de la línea activada en prepago con Amigo Sim (Chip Estratégico y Chip Costa), dentro de los seis meses siguientes a la fecha de 2016-GSDI01-S001084 04 DE ENERO DE 2016 1 INFORMACION CONFIDENCIAL activación, realice cargas mensuales por un valor mayor o igual a $10.000, COMCEL pagará al Distribuidor los siguientes valores: MES ANTICIPO 20% 1 2 3 4 5 6 $ 350 $ 350 $ 350 $ 350 $ 350 $ 350 BONIFICACIÓN POR TOTAL A PAGAR AL RECARGA DISTRIBUIDOR MENSUAL $ 1.750 $ 2.100 $ 1.750 $ 2.100 $ 1.750 $ 2.100 $ 1.750 $ 2.100 $ 1.750 $ 2.100 $ 1.750 $ 2.100 Igualmente cada vez que el cliente dentro de los seis meses siguientes a la fecha de activación complete cargas mínimas mensuales de $10.000 (Teniendo en cuenta las cargas de $1.000, $2.000, $3.000 y $5.000), se reconocerá como una carga de $10.000 y se generará la bonificación y el Anticipo de acuerdo a la tabla anterior. Sólo se reconocerá al Distribuidor los valores descritos en la tabla anterior, por la primera carga de cada mes durante los 180 días calendarios siguientes a la fecha de activación de la línea en prepago con Amigo Sim (Chip Estratégico y Chip Costa) y siempre y cuando se haya realizado al menos una llamada con costo. Así mismo, para el pago de la bonificación y el anticipo se requiere que el cliente este activo en COMCEL, que los documentos hayan sido debidamente revisados y aprobados conforme al Contrato de Distribución, políticas y procedimientos de COMCEL e ingresados a través de los sistemas de activación y legalización (Digitación de datos en el Sistema Poliedro) dentro de los tiempos establecidos de 96 horas para Distribuidores de ciudades principales, y 120 horas para Distribuidores regionales y que las facturas que presente el Distribuidor discriminen el valor correspondiente a la bonificación y el valor correspondiente al anticipo, conforme a lo estipulado en el párrafo 3° de la cláusula del Contrato de Distribución denominada “Conciliación, Compensación, Deducción y Descuentos” y en el numeral 5 y/o 6 del Anexo A del mismo. Sin otro particular, MARIA DEL PILAR SUAREZ G. Gerente de Servicio y Entrenamiento al Distribuidor 2016-GSDI01-S001084 04 DE ENERO DE 2016 2 INFORMACION CONFIDENCIAL