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LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 17 CODIFICACIÓN EN CIE-9-MC. Edición 2012 17 CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC LESIONES Y ENVENENAMIENTOS CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC IE-9-MC IE-9-MC CIE-9-MC CIE-9- CODIFICACIÓN EN CIE-9-MC. Edición 2012 -MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CIE-9-MC CODIFICACIÓN EN CIE-9-MC. EDICIÓN 2012 17 LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Editoras: Yolanda Fornieles García Araceli Díaz Martínez Autores: Mª José Ferreras Fernández Alfonso Martínez Reina Antonio Romero Campos Araceli Díaz Martínez Yolanda Fornieles García Eloisa Casado Fernández Mª Mercedes López Torné María Ana Ramos Vázquez Mª Jesús Linares Navarro Andrés del Águila González Jesús Pena González Francisco Javier Irala Pérez Carolina Conejo Gómez Javier Delgado Alés Leonardo Calero Romero Edita: Servicio de Producto Sanitario. Subdirección de Análisis y Control Interno. Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud. Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía Coordinación de la Edición: Área de Conocimiento Gestión Sanitaria. Escuela Andaluza de Salud Pública DL: GR-2019/2012 Diseño e impresión: Gráficas Alhambra Todos los derechos reservados ÍNDICE PRIMERA PARTE: FRACTURAS INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................17 CONCEPTOS GENERALES DE LAS FRACTURAS ...................................................................18 I. FRACTURAS ABIERTAS Y FRACTURAS CERRADAS ....................................................18 1. Fracturas cerradas .........................................................................................18 2. Fracturas abiertas o fracturas expuestas.........................................................18 II. CLASIFICACIÓN DE LAS FRACTURAS SEGÚN SU LOCALIZACIÓN ANATÓMICA .......19 1. Fracturas diafisarias .......................................................................................20 2. Fracturas epifisarias .......................................................................................20 3. Fracturas metafisarias ....................................................................................20 NORMAS DE CODIFICACIÓN DE LAS FRACTURAS .............................................................21 I. FRACTURAS ESPONTÁNEAS O PATOLÓGICAS ..........................................................21 II. FRACTURAS DE ESTRÉS, SOBRECARGA O A TENSIÓN .............................................21 III. EPIFISIOLISIS ...........................................................................................................22 IV. FRACTURAS ORIGINADAS EN EL NACIMIENTO .......................................................22 V. FRACTURAS TRAUMÁTICAS ...................................................................................22 1. Fracturas agudas ...........................................................................................23 2. Fractura-luxación...........................................................................................25 3. Fracturas múltiples ........................................................................................25 4. Fracturas bilaterales.......................................................................................26 5. Lesiones acompañantes a las fracturas ..........................................................27 6. Pie o mano catastrófica .................................................................................27 7. Fracturas complicadas ...................................................................................28 8. Cuidados posteriores tras fractura aguda ......................................................28 FRACTURAS DE CRÁNEO.....................................................................................................32 I. TRAUMATISMOS CRANEOENCEFÁLICOS CON FRACTURA DE CRÁNEO ...................32 II. FRACTURAS DE FOSAS CRANEALES ....................................................................... 33 3 CIE-9-MC III. FRACTURAS DE LOS HUESOS DE LA CARA .......................................................... 33 1. Fracturas del tercio superior ......................................................................... 33 2. Fracturas del tercio inferior ............................................................................34 3. Fracturas del tercio medio .............................................................................34 3a. Fracturas del tercio medio unilaterales .....................................................34 3b. Fracturas del tercio medio bilaterales o de Le Fort ....................................34 FRACTURAS DE CUELLO Y TRONCO ...................................................................................37 I. FRACTURAS DE COLUMNA VERTEBRAL ...............................................................37 II. FRACTURAS DE COSTILLAS ..................................................................................38 III. FRACTURAS DE PELVIS .........................................................................................39 1. Anatomía de la pelvis ....................................................................................39 2. Fracturas del anillo pélvico.............................................................................39 3. Fractura de Malgaigne ..................................................................................43 4. Fracturas del acetábulo o cotilo .....................................................................43 FRACTURAS MIEMBRO SUPERIOR ......................................................................................44 I. FRACTURAS MÚLTIPLES NO ESPECIFICADAS.........................................................44 II. CÓDIGOS DE COMBINACIÓN DE FRACTURAS DE CÚBITO Y RADIO .....................44 III. FRACTURA SUPRACONDÍLEA DE HÚMERO...........................................................45 IV. FRACTURA DE CODO ...........................................................................................45 V. FRACTURA EN RODETE (TORO) ............................................................................45 V. FRACTURA ESCAFOIDES CARPIANO .....................................................................46 FRACTURAS DE MIEMBRO INFERIOR ................................................................................ 47 4 I. FRACTURAS DE EXTREMIDAD PROXIMAL DE FÉMUR ...........................................47 1. Fracturas transepifisiarias o capitales .............................................................47 2. Fractura de cadera NEOM .............................................................................48 II. FRACTURAS DE TIBIA Y PERONÉ...........................................................................48 1. Fractura proximal y diafisiaria de tibia y peroné..............................................48 2. Fractura extremo distal de tibia y peroné .......................................................49 2.a. Anatomía del tobillo ...............................................................................49 2.b. Fractura de pilón o plafón tibial ..............................................................49 2.c. Clasificación de Weber ...........................................................................50 2.d. Sistema de Henderson............................................................................52 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS PROCEDIMIENTOS EN FRACTURAS.....................................................................................53 I. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................53 II. NORMAS GENERALES DE CODIFICACIÓN.............................................................53 III. TRACCIÓN ...........................................................................................................54 IV. REDUCCIÓN MANIPULATIVA ................................................................................55 V. FIJACIÓN INTERNA DE HUESO ..............................................................................56 VI. FIJACIÓN EXTERNA DE HUESO .............................................................................56 VII. REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA .................................................................57 1. Reducción cerrada de fractura sin fijación interna ..........................................57 2. Reducción cerrada de fractura con fijación interna ........................................57 3. Reducción cerrada de fractura con fijación interna y externa .........................58 4. Reducción cerrada de fractura con fijación externa ........................................58 VIII. REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA....................................................................58 1. Reducción abierta de fractura sin fijación interna...........................................59 2. Reducción abierta de fractura con fijación interna .........................................59 3. Reducción abierta de fractura con fijación interna y externa ..........................59 4. Reducción abierta de fractura con fijación externa.........................................60 IX. FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA ..............................................60 X. FIJACIÓN EXTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA .............................................61 XI. REDUCCIÓN DE EPIFISIOLISIS ................................................................................61 XII. OTRAS INMOVILIZACIONES ..................................................................................62 XIII. OTROS TRATAMIENTOS DE FRACTURAS ...............................................................62 1. Injerto óseo ...................................................................................................62 2. Factores que estimulan el crecimiento ...........................................................63 3. Relleno óseo .................................................................................................64 4. Rosario de gentamicina .................................................................................64 5. Desbridamiento del foco de fractura .............................................................64 6. Artroplastias..................................................................................................65 7. Neuroablación por radiofrecuencia ................................................................65 Servicio Andaluz de Salud 5 CIE-9-MC COMPLICACIONES DE LAS FRACTURAS .............................................................................66 I. COMPLICACIONES LOCALES TEMPRANAS ...........................................................66 1. Infección .......................................................................................................66 2. Síndrome compartimental traumático ...........................................................66 3. Contractura isquémica de Volkmann .............................................................66 4. Dolor agudo postoperatorio no asociado a complicaciones postoperatorias ...67 5. Embolia grasa por traumatismo .....................................................................67 II. COMPLICACIONES LOCALES TARDÍAS .................................................................67 1. Infección .......................................................................................................67 2. Distrofia simpática refleja y causalgia .............................................................68 3. Atrofia ósea de Südeck .................................................................................69 4. Trastornos de la consolidación .......................................................................70 4.a. Pseudoartrosis o no unión de fractura ....................................................71 4.b. Unión defectuosa de fractura o mala unión de fractura ..........................72 4.c. Retardo en la consolidación ....................................................................72 5. Miositis osificante traumática ........................................................................72 6. Necrosis ósea avascular .................................................................................72 7. Dolor crónico por cirugía ortopédica .............................................................73 8. Dolor crónico postfractura.............................................................................74 III. COMPLICACIONES DE DISPOSITIVOS DE FIJACIÓN O PRÓTESIS ............................75 1. Complicaciones mecánicas ............................................................................75 2. Complicaciones infecciosas o inflamatorias....................................................75 3. Otras complicaciones ....................................................................................76 4. Complicaciones en la consolidación de la fractura secundarias a tratamiento ................................................................................................76 SEGUNDA PARTE: ESGUINCES, LUXACIONES Y SUBLUXACIONES CONCEPTOS GENERALES.....................................................................................................81 LUXACIONES ........................................................................................................................82 I. CLASIFICACIÓN....................................................................................................82 II. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE HOMBRO ..........................................................82 1. Luxacion gleno-humeral ................................................................................83 2. Luxación acromio-clavicular ...........................................................................83 III. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE CODO ...............................................................84 IV. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE CADERA............................................................85 6 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS V. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE RODILLA ..................................................................86 1. Luxación de rodilla ........................................................................................86 2. Luxación de rótula.........................................................................................87 3. Lesiones de menisco......................................................................................87 VI. SECUELAS DE LAS LUXACIONES...........................................................................88 1. Luxación inveterada ......................................................................................88 2. Luxaciones recidivantes .................................................................................89 3. Rigidez articular ............................................................................................89 4. Miositis osificante..........................................................................................89 5. Necrosis ósea aséptica ...................................................................................89 VII. PROCEDIMIENTOS EN LUXACIONES .....................................................................90 1. Luxaciones ....................................................................................................90 2. Meniscos.......................................................................................................90 3. Luxofractura de Monteggia ...........................................................................90 ESGUINCES ...........................................................................................................................92 I. ESGUINCE DE RODILLA ........................................................................................93 II. TRATAMIENTO EN LOS ESGUINCES ......................................................................94 TERCERA PARTE: LESIONES LESIONES INTRACRANEALES SIN FRACTURA DE CRÁNEO ................................................97 I. TRAUMATISMO CRANEAL ....................................................................................97 II. CONMOCIÓN.......................................................................................................98 III. CONTUSIÓN .........................................................................................................98 IV. HEMORRAGIAS INTRACRANEALES SIN FRACTURA DE CRÁNEO ...........................99 V. LESIÓN AXONAL DIFUSA ......................................................................................99 VI. SÍNDROME POSCONMOCIÓN CEREBRAL ...........................................................100 VII. AUMENTO DE LA PRESIÓN INTRACRANEAL........................................................100 VIII. HISTORIA PERSONAL DE LESIÓN CEREBRAL TRAUMÁTICA .................................101 Servicio Andaluz de Salud 7 CIE-9-MC LESIONES INTERNAS DE TÓRAX, ABDOMEN Y PELVIS ....................................................102 LESIONES POR APLASTAMIENTO ......................................................................................103 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................103 II. NORMAS DE CODIFICACIÓN ..............................................................................103 LESIONES DE VASOS SANGUÍNEOS Y NERVIOS ...............................................................104 I. LESIONES DE VASOS SANGUÍNEOS.....................................................................104 II. LESIONES DE NERVIOS........................................................................................104 III. LESIÓN DE VASO SANGUÍNEO O NERVIO ASOCIADA A OTRAS CIRCUNSTANCIAS ... 105 1. Daños menores del paquete vasculonervioso ...............................................105 2. Lesiones de vasos o nervios durante procedimiento .....................................105 3. Pérdidas sanguíneas en lesiones de vasos ....................................................106 IV. LESIONES DE MÉDULA ESPINAL ..........................................................................106 1. Concepto ....................................................................................................106 2. Codificación de las lesiones medulares ........................................................106 3. Efectos tardíos de las lesiones medulares .....................................................108 LESIONES SUPERFICIALES ..................................................................................................110 CONTUSIÓN CON SUPERFICIE CUTÁNEA INTACTA ..........................................................112 CUERPO EXTRAÑO ............................................................................................................113 I. CUERPO EXTRAÑO QUE ENTRA POR ORIFICIO....................................................113 II. OTROS CUERPOS EXTRAÑOS .............................................................................113 HERIDAS .............................................................................................................................115 8 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................115 II. HERIDAS ABIERTAS.............................................................................................117 1. Normas de codificación ...............................................................................117 2. Heridas abiertas de cabeza, cuello y tronco .................................................119 3. Heridas abiertas de extremidades ................................................................119 4. Heridas abiertas múltiples............................................................................120 5. Heridas abiertas junto a otras lesiones en la misma localización ...................120 6. Amputación traumática...............................................................................121 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 7. 8. 9. 10. 11. Segundos tiempos quirúrgicos de heridas abiertas .......................................122 Complicaciones asociadas a heridas abiertas ...............................................122 Ingreso para retirada de apósitos o suturas ..................................................124 Secuelas de las cicatrices por heridas abiertas ..............................................124 Complicaciones precoces de heridas abiertas ...............................................124 QUEMADURAS ..................................................................................................................125 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................125 II. NORMAS GENERALES DE CODIFICACIÓN...........................................................126 1. Codificación múltiple ..................................................................................127 2. Localización anatómica ...............................................................................128 3. Profundidad de la quemadura .....................................................................128 4. Extensión de la superficie corporal quemada ...............................................129 5. Códigos E ...................................................................................................131 III. QUEMADURAS MÚLTIPLES .................................................................................132 IV. QUEMADURAS EN FASE AGUDA Y SECUELAS DE LAS QUEMADURAS ...............135 V. QUEMADURAS DE ÓRGANOS INTERNOS ...........................................................136 1. Quemaduras del aparato digestivo ..............................................................137 2. Quemaduras de vías aéreas .........................................................................138 VI. COMPLICACIONES DE LAS QUEMADURAS.........................................................139 TRATAMIENTO DE HERIDAS Y QUEMADURAS ................................................................141 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................141 II. CIERRE DIRECTO O SUTURA DE LA HERIDA CON AFRONTAMIENTO DE LOS BORDES .................................................................................................142 III. DESBRIDAMIENTO DE PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO.............................142 1. Desbridamiento quirúrgico o escisional........................................................143 2. Desbridamiento mediante técnica de Friedrich.............................................145 3. Escarotomía ................................................................................................145 4. Desbridamiento cortante .............................................................................145 5. Desbridamiento enzimático ........................................................................ 146 6. Desbridamiento autolítico ...........................................................................146 7. Desbridamiento osmótico............................................................................146 8. Terapia larval ...............................................................................................146 9. Desbridamiento mecánico ...........................................................................146 10. Desbridamiento láser...................................................................................147 Servicio Andaluz de Salud 9 CIE-9-MC IV. OTROS DESBRIDAMIENTOS ................................................................................147 1. Desbridamiento del muñón de amputación .................................................147 2. Desbridamiento del árbol bronquial mediante broncoscopia por láser ..........149 3. Desbridamiento de absceso de herida operatoria abdominal .......................149 V. COLGAJOS E INJERTOS.......................................................................................149 VI. OTROS TRATAMIENTOS QUIRÚRGICOS ..............................................................151 VII. OTRAS TERAPIAS COMPLEMENTARIAS ...............................................................151 1. Retirada de suturas .....................................................................................151 2. Tratamiento con oxazolidinonas ..................................................................151 COMPLICACIONES TEMPRANAS DE TRAUMATISMOS Y LESIONES ............................... 152 MALOS TRATOS .................................................................................................................154 I. NORMAS DE CODIFICACIÓN ..............................................................................154 II. CÓDIGOS V Y MALOS TRATOS...........................................................................155 III. MALOS TRATOS PSICOLÓGICOS ........................................................................156 IV. EFECTOS TARDÍOS DE MALOS TRATOS ...............................................................156 SÍNDROME DE RESPUESTA INFLAMATORIA SISTÉMICA POR PROCESO NO INFECCIOSO ........................................................................................157 ENVENENAMIENTOS, EFECTOS TÓXICOS Y REACCIONES ADVERSAS ............................159 10 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................159 1. Intoxicación o envenenamiento y efecto tóxico............................................159 1.a. Intoxicación o envenenamiento ............................................................159 1.b. Efecto tóxico ........................................................................................159 2. Reacciones adversas a medicamentos ..........................................................160 II. NORMAS DE CODIFICACIÓN ..............................................................................161 1. Tabla de sustancias responsables de envenenamientos y reacciones adversas a medicamentos o de efectos tóxicos ............................................161 2. Pautas para la selección de códigos .............................................................162 3. Intoxicación o envenenamiento y efecto tóxico............................................163 3.a. Intoxicación o envenenamiento ............................................................163 3.b. Efecto tóxico ........................................................................................164 3.c. Secuencia de códigos ...........................................................................164 4. Reacciones adversas a medicamentos ..........................................................165 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS III. SEDACIÓN FALLIDA ............................................................................................168 IV. SHOCK ANAFILÁCTICO POR FÁRMACOS ...........................................................169 1. Reacción adversa a medicamento ................................................................169 2. Intoxicación por fármacos o efectos tóxicos .................................................169 3. Intoxicación por alimentos...........................................................................169 V. EFECTOS TARDÍOS..............................................................................................170 1. Efecto tardío de envenenamientos y efectos tóxicos ....................................170 2. Efecto tardío de reacción adversa a medicamento .......................................170 COMPLICACIONES DE CUIDADOS QUIRÚRGICOS Y MÉDICOS NO CLASIFICADOS EN OTROS CONCEPTOS...........................................................................................................172 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................172 II. NORMAS DE CODIFICACIÓN ..............................................................................173 1. Normas generales .......................................................................................173 2. Asignación de código ..................................................................................176 III. COMPLICACIONES MECÁNICAS POR DISPOSITIVOS, IMPLANTES E INJERTOS .....177 IV. COMPLICACIONES DEL SISTEMA NERVIOSO POR PROCEDIMIENTOS ..................177 1. Derivación ventricular ..................................................................................177 2. Lesión cerebral anóxica tras procedimiento ..................................................177 3. Hemorragia cerebral tras procedimiento ......................................................178 V. COMPLICACIONES CARDÍACAS POR PROCEDIMIENTOS Y CUIDADOS MÉDICOS..... 178 1. Marcapasos.................................................................................................178 2. Revascularización coronaria .........................................................................178 3. Complicaciones funcionales cardíacas postintervención ...............................179 4. Otras complicaciones por cirugía cardíaca ...................................................180 5. Paro cardíaco postoperatorio .......................................................................180 6. Infarto agudo de miocardio durante cateterismo .........................................180 VIII. COMPLICACIONES VASCULARES POR PROCEDIMIENTOS ...................................181 1. Fístula arteriovenosa....................................................................................181 2. Catéter de diálisis ........................................................................................181 3. Infección .....................................................................................................181 4. Injerto vascular ............................................................................................182 5. Arterioesclerosis sobre injerto vascular .........................................................183 6. Embolismo por placas ateromatosas ............................................................183 7. Flebitis y tromboflebitis ...............................................................................183 8. Extravasación de vía ....................................................................................184 9. Complicaciones de infiltración intravenosa ................................................. 185 Servicio Andaluz de Salud 11 CIE-9-MC VII. COMPLICACIONES RESPIRATORIAS POR PROCEDIMIENTOS ................................185 VIII. COMPLICACIONES DIGESTIVAS POR PROCEDIMIENTOS .....................................186 IX. COMPLICACIONES GENITOURINARIAS POR PROCEDIMIENTOS ..........................186 1. Catéter urinario...........................................................................................186 2. Globo vesical...............................................................................................187 3. Complicaciones de otros dispositivos genitourinarios ...................................187 X. COMPLICACIONES DE INJERTOS DE PIEL ............................................................188 1. Rechazo de injerto de piel ...........................................................................188 2. Infección de injerto de piel ..........................................................................188 XI. COMPLICACIONES DE LOS IMPLANTES MAMARIOS ...........................................188 XII. COMPLICACIONES TARDÍAS DE MUÑÓN DE AMPUTACIÓN ...............................189 1. Miembro fantasma......................................................................................189 2. Dolor del miembro fantasma .......................................................................189 3. Dolor en muñón de amputación..................................................................189 4. Infección del muñón de amputación ...........................................................189 XIII. COMPLICACIONES DE HERIDAS QUIRÚRGICAS ..................................................190 1. Disrupción de herida quirúrgica ...................................................................190 2. Evolución tórpida de herida .........................................................................191 XIV. COMPLICACIONES DE DISPOSITIVOS ORTOPÉDICOS ......................................... 191 1. Complicaciones mecánicas ..........................................................................191 1.a. Complicaciones mecánicas por dispositivos de fijación ..........................191 1.b. Complicaciones mecánicas por dispositivos de prótesis articular ...........191 2. Complicaciones infecciosas .........................................................................193 2.a. Complicaciones infecciosas por dispositivos de fijación .........................193 2.b. Complicaciones infecciosas por dispositivos de prótesis articular ...........193 3. Dolor ..........................................................................................................193 4. Complicaciones de la escayola.....................................................................193 5. Recambio de prótesis articular .....................................................................194 XV. COMPLICACIONES DE TRASPLANTES .................................................................196 1. Trasplante renal e insuficiencia renal crónica ................................................197 2. Neoplasias relacionadas con trasplantes ......................................................197 3. Trastorno linfoproliferativo post-trasplante ..................................................198 4. Enfermedad injerto contra huésped.............................................................198 XVI. PUNCIÓN O LACERACIÓN ACCIDENTAL DURANTE PROCEDIMIENTO .................199 XVII.CUERPO EXTRAÑO DEJADO ACCIDENTALMENTE ..............................................200 12 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS XVIII. HEMORRAGIA, HEMATOMA O SEROMA POR PROCEDIMIENTO .......................201 XIX. COMPLICACIONES POR BOMBA DE INSULINA..................................................201 XX. REACCIÓN TRANSFUSIONAL ............................................................................202 1. Reacción transfusional hemolítica ................................................................203 2. Reacción febril no hemolítica.......................................................................204 3. Lesión pulmonar aguda postransfusional .....................................................204 4. Infecciones transmitidas por transfusiones ...................................................204 5. Hemocromatosis .........................................................................................204 6. Púrpura postransfusional .............................................................................205 7. Reacción injerto-huésped ............................................................................205 XXI. SOBRECARGA DE VOLUMEN............................................................................205 EFECTOS TARDÍOS DE LESIONES Y ENVENENAMIENTOS ................................................207 I. CONCEPTOS GENERALES ...................................................................................207 II. CLASIFICACIÓN..................................................................................................207 III. CAPÍTULO 17 LESIONES Y ENVENENAMIENTO....................................................207 CUARTA PARTE: CLASIFICACION SUPLEMENTARIA DE CAUSAS EXTERNAS DE LESIONES E INTOXICACIÓN: CÓDIGOS E OBJETO Y ESTRUCTURA DE LA CLASIFICACIÓN ..............................................................213 NORMAS DE CODIFICACIÓN DE CÓDIGOS E ...................................................................214 I. NORMAS GENERALES ........................................................................................214 II. ACCIDENTE DE TRANSPORTE .............................................................................215 III. LUGAR DEL ACONTECIMIENTO ..........................................................................216 IV. REACCIÓN ADVERSA A MEDICAMENTO ............................................................216 V. ENVENENAMIENTO ............................................................................................218 VI. INFORTUNIO DE CUIDADOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS.....................................218 VII. COMPLICACIONES POSTOPERATORIAS ..............................................................219 VIII. EFECTOS TARDÍOS..............................................................................................219 Servicio Andaluz de Salud 13 CIE-9-MC IX. MALTRATO .........................................................................................................220 X. ACCIDENTE LABORAL ........................................................................................220 XI. CAÍDA ACCIDENTAL ..........................................................................................220 XII. RADIOLOGÍA, RADIOTERAPIA O RADIOISÓTOPOS ..............................................220 XIII. AHOGAMIENTO Y SUMERSIÓN ..........................................................................221 XIV. FUEGO Y LLAMAS ..............................................................................................221 XV. MATERIALES CÁUSTICOS O CORROSIVOS Y VAPOR ...........................................222 XVI. ASFIXIA Y SOFOCACIÓN ...................................................................................222 1. Asfixia y estrangulación accidental ..............................................................222 2. Asfixia y estrangulación autoinflingida.........................................................223 3. Asfixia y estrangulación por agresión ...........................................................223 4. Agresión por ahorcamiento y estrangulación ...............................................223 XVII. CUERPO EXTRAÑO POR ORIFICIO ACCIDENTAL ................................................223 XVIII. ACCIDENTE DE MAQUINARIA ......................................................................... 223 XIX. ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.....................................................................223 XX. ELECTRICIDAD ..................................................................................................224 XXI. INFECCIONES TRANSMITIDAS POR AGUJA ........................................................224 XXII. SOBRESFUERZO ................................................................................................224 XXIII. SITUACIÓN DE CAUSAS EXTERNAS..................................................................225 XXIV. CÓDIGOS E DE ACTIVIDAD ..............................................................................225 REFERENCIAS .....................................................................................................................227 14 Servicio Andaluz de Salud PRIMERA PARTE: FRACTURAS LESIONES Y ENVENENAMIENTOS INTRODUCCIÓN Las lesiones y envenenamientos se clasifican en el capítulo 17 de la CIE-9-MC. Es el capítulo más extenso y heterogéneo de esta clasificación y consta de las siguientes secciones1: - Fracturas (800 – 829). Luxación (830 – 839). Esguinces y torceduras de articulaciones y músculos adyacentes (840 – 848). Lesión intracraneal, salvo aquellas con fractura del cráneo (850 – 854). Lesión interna de tórax, abdomen y pelvis (860 – 869). Heridas abiertas de cabeza, cuello y tronco (870 – 897). Lesión de vasos sanguíneos (900 – 904). Efectos tardíos de lesiones, envenenamientos, efectos tóxicos y otras causas externas (905 – 909). - Lesión superficial (910 – 919). Contusión con superficie cutánea intacta (920 – 924). Lesión por aplastamiento (925 – 929). Efectos de cuerpo extraño que entra a través de orificio (930 – 939). Quemaduras (940 – 949). Lesión de nervios y medula espinal (950 – 957). Ciertas complicaciones traumáticas y lesiones no especificadas (958 – 959). Envenenamiento por drogas, sustancias medicamentosas y sustancias biológicas (960 – 979). - Efectos tóxicos de sustancias primordialmente no medicamentosas con respecto a su origen (980 – 989). - Otros efectos y efectos no especificados de causas externas (990 – 995). - Complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos no clasificados bajo otros conceptos (996 – 999). Servicio Andaluz de Salud 17 CIE-9-MC CONCEPTOS GENERALES SOBRE LAS FRACTURAS Clásicamente se define una fractura como la solución de continuidad, parcial o total, de un hueso2. Las fracturas se pueden clasificar atendiendo a los siguientes factores3: • • • • • Estado de la piel: fracturas abiertas y cerradas. Localización de la fractura en el propio hueso. Trazo de la fractura. Tipo de desviación de los fragmentos. Mecanismo de acción del agente traumático. Desde el punto de vista de la codificación con CIE-9-MC de las fracturas solo interesa el estado de la piel, la localización anatómica y el mecanismo de acción del agente traumático. I. FRACTURAS ABIERTAS Y FRACTURAS CERRADAS 1. Fracturas cerradas Son aquellas en las que piel ha quedado intacta, por lo que el foco de fractura no queda expuesto al medio ambiente. Se entenderá como tal cuando la expresión diagnóstica contenga términos como1: conminuta, desprendimiento epifisario, deprimida, elevada, empotrada, en tallo verde, espiral, fisurada, lineal, simple, salvo que se especifiquen como abiertas. 2. Fracturas abiertas o fracturas expuestas Son aquellas en las que el foco de fractura comunica con el medio ambiente. Se entienden como fracturas abiertas aquellos casos cuya expresión diagnóstica sea: complicada, con cuerpo extraño, puntura, infectada, por proyectil1 (ver nota de Índice Alfabético y aclaración en Lista Tabular en la sección Fracturas). Llevan por lo tanto involucrados todos los hechos anatómicos y fisiopatológicos propios de una herida: lesión de partes blandas (piel, celular, músculos, vasos, nervios y hueso), desvascularización y desvitalización con riesgo de necrosis de los tejidos, incluyendo el hueso, y por último, contaminación y riesgo de infección de piel, celular y hueso (osteomielitis) que es la complicación más temida de la fractura expuesta 18 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Según el tiempo de evolución, las fracturas abiertas se catalogarán como: • Contaminadas Evolución menor de 6 horas. Hay contaminación de la herida por gérmenes del medio ambiente o del agente agresor. • Infectadas Evolución mayor de 6 horas. La clasificación más extendida de las fracturas abiertas es la de Gustilo y Anderson4 que tiene en cuenta el mecanismo de producción, la gravedad de la lesión en tejidos blandos, el tipo de fractura y su grado de contaminación. Se clasifican en: • Tipo I. Herida menor de 1 cm y compromiso muy leve de los tejidos blandos. • Tipo II. Herida mayor de 1 cm y moderado daño muscular. • Tipo III. Severo y extenso daño de los tejidos blandos y alto grado de contaminación. Se subdivide en: - IIIA. Severa. - IIIB. Severa con gran pérdida de cobertura, piel y músculo. - IIIC. Severa con afectación paquete vasculonervioso. En este caso se deberán añadir a los códigos de la fractura los adecuados a la lesión vasculonerviosa. Siempre que la expresión diagnóstica no diferencie entre fractura abierta o cerrada se codificará por defecto como fractura cerrada. Debe realizarse una búsqueda detallada en la historia clínica, ya que a veces la información diagnóstica no hace referencia al tipo de fractura, pero en los procedimientos realizados para el tratamiento de la misma aparecen expresiones como «desbridamiento del foco», «cierre del foco». Ante estas expresiones se debería comprobar si la fractura es abierta. II. CLASIFICACIÓN DE LAS FRACTURAS SEGÚN SU LOCALIZACIÓN ANATÓMICA Los huesos largos se pueden dividir anatómicamente en tres partes principales: diáfisis, epífisis y metáfisis. La diáfisis es la parte más extensa del hueso, que corresponde a su zona media. Servicio Andaluz de Salud 19 CIE-9-MC Las epífisis son los dos extremos, más gruesos, en los que se encuentran las superficies articulares del hueso. En ellas se insertan gran cantidad de ligamentos y tendones, que refuerzan la articulación. Las metáfisis son unas pequeñas zonas rectangulares comprendidas entre las epífisis y la diáfisis. Sobre ellas se encuentra el cartílago de crecimiento de los niños. Según estas localizaciones las fracturas pueden ser: 1. Fracturas diafisarias Pueden estar afectados los tercios superior, medio o inferior, por lo que siempre que en la expresión diagnóstica aparezca el término «tercio» se referirá a la diáfisis. No se deben confundir los tercios inferior y superior de la diáfisis con extremo distal y proximal, ya que estas últimas expresiones se usan para referirse a la zona ósea localizada en epífisis o metáfisis. 2. Fracturas epifisarias Si afectan a la superficie articular, se denominan fracturas articulares; si la articulación no se ve afectada por el trazo de fractura, se denominan extraarticulares. El extremo proximal correspondería a la epífisis superior, es decir a la zona ósea que articula los miembros con la zona más cercana al tronco, mientras que el extremo distal es la epífisis inferior, zona ósea que articula los miembros con la zona más lejana al tronco. 3. Fracturas metafisarias Pueden afectar a las metáfisis superior o inferior del hueso. Cuando la fractura metafisaria se produce en un niño e involucra al cartílago de crecimiento, recibe el nombre de epifisiólisis traumática. Para la CIE-9-MC las fracturas metafisarias se asumen como epifisarias. No existe entrada en la CIE-9-MC para la clasificación de fracturas de metáfisis por lo que en el Índice Alfabético se deberá localizar el término Fractura, extremo o extremidad inferior o superior. 20 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS NORMAS DE CODIFICACIÓN DE LAS FRACTURAS I. FRACTURAS ESPONTÁNEAS O PATOLÓGICAS Son fracturas producidas por traumatismos de baja energía en un área de debilidad del hueso por una anormalidad preexistente. Las condiciones que se suelen asociar con las fracturas patológicas incluyen desórdenes metabólicos subyacentes, tumores benignos, tumores malignos primarios y metástasis, o la osteoporosis, que es la condición asociada más común. Estas fracturas espontáneas o patológicas se clasifican mediante códigos de la subcategoría 733.1 Fractura patológica, en el Capítulo 13 Enfermedades del Aparato Muscular y Esquelético y de los Tejidos Conectivos. Las fracturas por insuficiencia5 constituyen un subgrupo de las llamadas fracturas de estrés sobre un hueso patológico, con déficit cualitativo o cuantitativo en su contenido mineral. Por lo general ocurren en mujeres mayores con osteoporosis, siendo la pelvis y miembros inferiores los sitios más afectados. Se debe realizar un diagnóstico diferencial con la enfermedad ósea metastásica por su gran implicación pronóstica. Una fractura por insuficiencia es una fractura patológica y se deberá codificar como tal, en la subcategoría 733.1 Fractura patológica. II. FRACTURAS DE ESTRÉS, SOBRECARGA O A TENSIÓN La fractura por estrés, sobrecarga o a tensión6 es una fisura delgada en el hueso que se desarrolla por la aplicación prolongada o repetitiva de fuerza sobre el mismo. Las fracturas de estrés pueden ocurrir sobre un hueso normal que recibe un estrés anormal (fracturas de cansancio o sobrecarga). Se caracterizan fundamentalmente por su aparición lenta e insidiosa y la existencia de un microtraumatismo crónico. Se clasifican mediante códigos de la subcategoría 733.9 Otros trastornos y trastornos no especificados de hueso y cartílago, que también se recogen en el capítulo 13. Las fracturas de marcha son fracturas por estrés. El término Marcha aparece erróneamente en la sección de fracturas como modificador no esencial. En el Índice Alfabético sí Servicio Andaluz de Salud 21 CIE-9-MC está correctamente identificado. Se codifican mediante códigos de la subcategoría 733.9 Otros trastornos y trastornos no especificados de hueso y cartílago. III. EPIFISIOLISIS La epifisiolisis consiste en la separación total o parcial de la epífisis con respecto a la diáfisis a nivel del cartílago de conjunción, metáfisis. Para su correcta clasificación es necesario conocer si se trata de: • Epifisiolisis traumática. Se codificará como fractura epifisiaria en la sección Fracturas (800-829). • Epifisiolisis no traumática o deslizamiento de la epífisis. Se clasificará mediante códigos de la categoría 732 Osteocondropatías del capítulo 13. IV. FRACTURAS ORIGINADAS EN EL NACIMIENTO Los traumatismos asociados al proceso obstétrico se clasifican en la categoría 767 Traumatismo de nacimiento del capítulo 15 7. Cualquier traumatismo presente en el nacimiento pero no asociado al proceso obstétrico se codificará como fractura traumática. V. FRACTURAS TRAUMÁTICAS Se clasifican en la sección Fracturas del capítulo 17. Para una correcta codificación de las fracturas traumáticas se debe asignar, junto al código de la fractura, el o los códigos E adecuados para identificar la causa de la fractura. El término principal de localización en el Índice Alfabético es Fractura, que incluye los términos Fisura y Fractura-luxación. Se definen como Fracturas complicadas aquellas fracturas que se acompañan de otras lesiones en órganos, sistemas o elementos anatómicos vecinos. Implica que ante este tipo de fractura se deberá codificar también el tipo de lesión acompañante, siguiendo el principio de codificación múltiple de lesiones. 22 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Los códigos de combinación para las lesiones múltiples solo se utilizarán cuando no existe información detallada de cada una de las lesiones, o para una primera tabulación donde resulta más cómodo registrar un solo código; de no ser así, las lesiones componentes deben codificarse de forma separada. 1. Fracturas agudas Los códigos de fracturas agudas (800-829) se utilizarán en los episodios en que existe tratamiento activo dirigido a la fractura, entendiéndose como tratamiento activo aquel que va dirigido a restaurar la integridad ósea. El tratamiento local de las fracturas se basa en la reducción y la inmovilización. La reducción e inmovilización pueden hacerse mediante tratamiento quirúrgico (material de osteosíntesis) o conservador (inmovilización con yeso, por ejemplo). Se codificarán como fractura aguda los siguientes supuestos: • Fractura traumática aguda. • Desplazamiento de una fractura tratada previamente con tratamiento conservador, decidiéndose un cambio en la actitud terapéutica frente a esa fractura aguda. • Fractura que ha sido previamente tratada con inmovilización, reducción cerrada o tracción en otro centro y/o en el mismo centro (diferidas) y que ingresa para completar su tratamiento quirúrgico, por ejemplo, osteosíntesis. La fractura no debe considerarse en fase de curación hasta después de que se haya aplicado el tratamiento definitivo. Ejemplo: Un paciente es ingresado en el hospital A con una fractura grave de diáfisis femoral. Después de una inmovilización con férula se traslada al hospital B para reducción abierta con fijación interna. Codificación del Hospital A: 821.01 Fractura de otras partes especificadas y no especificada de fémur, diáfisis, E887 Fractura, causa no especificada Servicio Andaluz de Salud 23 CIE-9-MC Codificación del Hospital B: 821.01 Fractura de otras partes especificadas y no especificada de fémur, diáfisis, E887 Fractura, causa no especificada 79.35 Reducción abierta de fractura con fijación, fémur Se debe codificar una fractura aguda como diagnóstico principal en ambos hospitales. A efectos de la codificación, la fractura no debe considerarse en fase de curación hasta después de que se haya aplicado el tratamiento definitivo. • Segundos tiempos quirúrgicos. Para la codificación, la fractura, en estos casos, es considerada en fase aguda ya que el tratamiento activo está aun en curso. No hay que confundir los segundos tiempos quirúrgicos con «no uniones» de fracturas, pseudoartrosis o mala unión de fractura, que son consideradas secuelas de fractura o respuesta inadecuada a tratamiento y serán codificadas como tales5. Ejemplo: Joven de 15 años que presenta fractura abierta extremo inferior de tibia y peroné. En este primer ingreso se procede a la limpieza del foco y colocación de fijador externo monoplano. Se programó un segundo ingreso para 15 días más tarde, una vez que la inflamación hubiese bajado, para realizar una reducción abierta con fijación interna y retirada del fijador externo. 1º ingreso: 824.5 Fractura de tobillo bimaleolar, abierta 79.66 Desbridamiento de sitio de fractura abierta de tibia y peroné 78.17 Aplicación de dispositivo fijador externo. Tibia y peroné 84.71 Aplicación de dispositivo fijador externo, sistema monoplano 2º ingreso: 824.5 Fractura de tobillo bimaleolar, abierta 79.36 Reducción abierta de fractura con fijación interna. Tibia y peroné 78.67 Extracción de dispositivos implantados en el hueso. Tibia y peroné Se tomó la decisión clínica de posponer para un segundo ingreso el tratamiento definitivo de la fractura después de que la inflamación disminuyera, por lo que se asignará el código de la fractura aguda como diagnóstico principal para ambos ingresos. 24 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Fractura-luxación Cuando en la expresión diagnóstica aparezca el término fractura-luxación sin más especificación, o cuando la fractura asiente sobre una luxación, se codificará únicamente la fractura. Sin embargo, si la fractura y la luxación se producen en localizaciones diferentes de un mismo hueso, por ejemplo una fractura de radio proximal con luxación distal del mismo, requerirá la codificación de los dos procesos. 3. Fracturas múltiples En los casos de fracturas múltiples8, de diferentes huesos o de diferentes localizaciones de un mismo hueso, se debe aplicar, siempre que sea posible, el principio de codificación múltiple y, salvo en los casos donde un código de combinación defina perfectamente las fracturas, éstas deberán codificarse por separado y ordenadas de acuerdo con la gravedad de la fractura. Si no existiese una clara diferenciación respecto a la gravedad de las mismas, se clasificarán según el consumo de recursos. Ejemplo: Fractura abierta de diáfisis fémur derecho, diáfisis de radio izquierdo y cúbito derecho. 821.10 Fractura de otras partes y de partes no especificadas del fémur. Parte no especificada, abierta, del fémur 813.21 Fractura diáfisis, cerrada. Radio (exclusivamente) 813.82 Fractura parte no especificada, cerrada. Cúbito (exclusivamente) Se evitará, en la medida de lo posible, el empleo de los códigos y categorías siguientes, recomendándose buscar información más precisa: - 804 Fracturas múltiples que implican al cráneo o la cara junto con otros huesos. 803 Otras fracturas craneales y fracturas craneales no especificadas. 807.09 Fractura de costilla(s), cerrada. Múltiples costillas, no especificadas. 807.19 Fractura de costilla(s) abierta. Múltiples costillas, no especificadas. 809 Fracturas mal definidas de huesos del tronco. 817 Fracturas múltiples de huesos de la mano. 818 Fracturas mal definidas de miembro superior. 819 Fracturas múltiples que implican a ambos miembros superiores y miembro superior con costilla(s) y esternón. Servicio Andaluz de Salud 25 CIE-9-MC - 827 Otras fracturas, fracturas múltiples y fracturas mal definidas de miembro inferior. - 828 Fracturas múltiples con implicación de ambos miembros inferiores, miembro inferior con miembro superior y miembro(s) inferior(es) con costilla(s) y esternón. - 829 Fractura de huesos no especificados. 4. Fracturas bilaterales • Fracturas bilaterales codificadas en igual categoría Las fracturas bilaterales de diferente localización clasificadas en diferente subcategoría o subclasificación de una misma categoría, se codificarán individualmente por sitio. Ejemplo: Fracturas del cóndilo externo del húmero derecho y fractura supracondílea del húmero izquierdo. 812.42 Fractura de húmero extremo distal, cerrada. Cóndilo lateral 812.41 Fractura de húmero extremo distal, cerrada. Supracondílea de húmero • Fracturas bilaterales codificadas con igual código Las fracturas bilaterales de igual localización y con asignación del mismo código, se codificarán mediante un único código. Para recoger la condición de bilateralidad, se añadirá un código de una de las siguientes categorías9: • 819 Fracturas múltiples que implican a ambos miembros superiores y miembro superior con costilla(s) y esternón. • 828 Fracturas múltiples con implicación de ambos miembros inferiores, miembro inferior con miembro superior y miembro(s) inferior(es) con costilla(s) y esternón. Ejemplo: Fractura diáfisis de ambos húmeros. 812.21 Fractura de húmero. Diáfisis de húmero, cerrada 819.0 Fracturas múltiples que implican a ambos miembros superiores y miembro superior con costilla(s) y esternón. Cerrada 26 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 5. Lesiones acompañantes a las fracturas En ocasiones las fracturas están acompañadas de lesiones superficiales menos graves, heridas, sea cual sea su gravedad y contusiones, que si aparecen en la misma localización del foco de fractura no se codificarán. Ejemplo: Niño que tras caída presenta abrasión de la nariz y fractura nasal. 802.0 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, cerrada No se codificará la abrasión. En el caso de que las fracturas se acompañen de heridas o de cualquier otro tipo de lesión no localizada en el foco de fractura, o de lesiones en vasos o nervios, aun en la misma localización de fractura, se codificarán todas estas condiciones y se secuenciarán los códigos dependiendo de la gravedad de las lesiones. Ejemplo: Fractura abierta con herida anfractuosa de diáfisis radial que secciona la arteria radial. 813.31 Fractura de radio. Diáfisis abierta. Radio (exclusivamente) 903.2 Lesión de vasos sanguíneos de extremidad superior. Vasos sanguíneos radiales No se codificará la herida pues está en el propio foco de fractura, pero si se asignará código para la lesión de la arteria. 6. Pie o mano catastrófica El concepto catastrófico es un concepto clínico variable utilizado para expresar que se han producido lesiones de diferente intensidad y gravedad en hueso, músculo, paquete vasculonervioso y piel por diversos mecanismos como aplastamientos, explosiones, etc. La actitud terapéutica depende de la valoración inicial de estas lesiones, por lo que el clínico habitualmente las detalla, pudiendo realizarse una correcta codificación de éstas. Habitualmente se producen por aplastamiento y conllevan distinto grado de pérdida de tejidos. Servicio Andaluz de Salud 27 CIE-9-MC Si se debiese a aplastamiento se codificará en primer lugar esta circunstancia mediante un código de las categorías 927 Lesión por aplastamiento de miembro superior o 928 Lesión por aplastamiento de miembro inferior, añadiendo los códigos necesarios para identificar las lesiones asociadas (ver apartado Lesiones por aplastamiento). 7. Fracturas complicadas Se definen como complicadas aquellas fracturas que se acompañan de otras lesiones en órganos, sistemas o elementos anatómicos vecinos. Ante este tipo de fractura se deberá codificar también el tipo de lesión acompañante siguiendo el principio de la codificación múltiple de lesiones, y las categorías de combinación para las lesiones múltiples solo se utilizarán cuando existe detalle insuficiente con respecto a la naturaleza de los estados individuales, o para los propósitos de una primera tabulación donde resulta más cómodo registrar un solo código; de no ser así, las lesiones componentes deben codificarse de forma separada. 8. Cuidados posteriores tras fractura aguda En las asistencias para cuidados posteriores en una fractura aguda, como retirada de material, tratamiento de consolidación, ajustes de medicación, control de la evolución de la fractura, etc. se asignarán diferentes códigos V en función de la asistencia prestada. Estos códigos nunca se podrán utilizar cuando se realice un tratamiento activo de la fractura. • Si la asistencia es para ajuste, revisión, sustitución o retirada de dispositivos ortopédicos como escayola, férula, corsé, etc. en una fractura tratada en una asistencia previa, se empleará V53.7 Colocación y ajuste de otro dispositivo. Dispositivos ortopédicos. • Si la asistencia es para control o extracción del material de fijación interno, sin que exista complicación del mismo, se emplearán los códigos de la subcategoría V54.0 Otros cuidados ortopédicos posteriores. Cuidados posteriores que implican a un dispositivo de fijación interna. Para identificar la localización de la fractura consolidada se asignará como código asociado uno de la subcategoría V54.1 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática. 28 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS En el caso de fracturas patológicas consolidadas se asignará V54.2 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura patológica10. Ejemplo: Paciente tratado de fractura de tibia mediante fijador interno hace seis meses es ingresado para la retirada del material de osteosíntesis. V54.01 Contacto para extracción de dispositivo de fijación interna V54.16 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática de la parte inferior de la pierna • Si la asistencia es para la retirada del fijador externo, sin que exista complicación del mismo, se asignará V54.89 Otros cuidados ortopédicos posteriores. Para identificar la localización de la fractura se añadirá como asociado un código de la subcategoría V54.1 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática. En el caso de fracturas patológicas consolidadas se asignará V54.2 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura patológica. • Si la asistencia es para control postquirúrgico de los vendajes quirúrgicos, vendajes aplicados en heridas resultantes de un procedimiento quirúrgico, se empleará V58.31 Admisión para cambio o retirada de vendaje de herida quirúrgica. • Si la asistencia es para cambio o retiradas de apósitos o vendajes de heridas no quirúrgicas se utilizará el V58.30 Admisión para cambio o retirada de vendaje de herida no quirúrgica. • Si la asistencia es para retirada de suturas, en ausencia de complicaciones, se empleará el código V58.32 Admisión para retirada de puntos de sutura. • Si el paciente ha recibido tratamiento completo de su fractura en otro centro (o en el mismo) e ingresa para completar el tratamiento o para cuidados de rutina de la fractura durante la fase de consolidación, se asignará código de la subcategoría V54.1 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática. Servicio Andaluz de Salud 29 CIE-9-MC En el caso de artroplastias se asignará V54.81 Otros cuidados ortopédicos posteriores. Cuidados posteriores tras artroplastia . Se añadirá un código adicional de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación. • Si la fractura no es especificada como traumática o patológica se clasificará V54.89 Otros cuidados ortopédicos posteriores. • Si el paciente ingresa específicamente para cuidados postquirúrgicos se empleará el código V58.43 Otros cuidados posquirúrgicos. Cuidados posquirúrgicos por lesión y traumatismo. Estos códigos deben ser usados junto con otros códigos de cuidados posteriores u otros diagnósticos para proporcionar mayor detalle en el contacto para cuidado posterior. El código V58.43 Otros cuidados posquirúrgicos. Cuidados posquirúrgicos por lesión y traumatismo no debe ser asignado junto con un código V54.1 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática, cuando el cuidado posterior es en un paciente con fractura. Pero si un paciente recibiera cuidados posteriores para curación de fractura traumática y cuidados para otras lesiones, es conveniente que se usen ambos códigos V58.43 y V54.1. • Para recoger la asistencia para seguimiento cuando la curación de la fractura esté completa, se asignará V67.4 Examen de seguimiento. Después de tratamiento de fractura curada. Es un código dirigido básicamente a la asistencia ambulatoria. • En pacientes ingresados por una patología aguda no relacionada con la fractura y que presenten aún la fractura en fase de consolidación, se asignará V54 Otros cuidados ortopédicos posteriores9. No se seguirá la norma establecida en el Boletín de 14 de octubre de 199911 que indica que se asigne V66.4 Convalecencia y cuidados paliativos. Después de tratamiento de fractura, ya que el código V54 es más especifico para recoger esta condición. Todos estos códigos pueden ser diagnóstico principal o secundario excepto V66.4 que solo puede ser principal12. 30 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Ejemplo10: Paciente que sufrió hace unos 20 días una fractura de húmero y que es ingresado por dolor abdominal debido a diverticulitis. 562.11 Diverticulitis de colon (sin mención de hemorragia) V54.11 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática de la parte superior del brazo CIRCUNSTANCIA CÓDIGO CIE Ingreso para ajuste, revisión, sustitución o retirada de dispositivos ortopédicos V53.7 Ingreso para control o extracción del material de fijación interno en fractura traumática V54.0 + V54.1 Ingreso para control o extracción del material de fijación interno en fractura patológica V54.0 + V54.2 Ingreso para retirada del fijador externo en fractura traumática V54.89 + V54.1 Ingreso para retirada del fijador externo en fractura patológica V54.89 + V54.2 Ingreso para control postquirúrgico de los vendajes quirúrgicos V58.31 Ingreso para cambio o retirada de apósitos o vendajes de heridas no quirúrgicas V58.30 Ingreso para retirada de suturas V58.32 Ingreso para seguimiento cuando la curación de la fractura esté completa V67.4 Ejemplo: Paciente en estado de reducción abierta con fijación por fractura de cadera, fue ingresado en una unidad de rehabilitación para terapia física de entrenamiento de la marcha y terapia ocupacional. V57.89 Cuidados que implican el empleo de procedimientos de rehabilitación. Otro procedimiento de rehabilitación especificado. Otra V54.13 Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática. Cuidados posteriores para la consolidación de fractura traumática de cadera Servicio Andaluz de Salud 31 CIE-9-MC FRACTURAS DE CRÁNEO El cráneo está formado por 22 huesos. Desde la perspectiva de la CIE-9-MC existen dos formas diferentes de aproximación a estas fracturas, en función de que sean de la bóveda craneal o de la cara. I. TRAUMATISMOS CRANEOENCEFÁLICOS CON FRACTURA DE CRÁNEO Se clasifican en las siguientes categorías: • 800 Fractura de bóveda craneal, incluye fracturas de hueso frontal, parietal, vértice. • 801 Fractura de base de cráneo, incluye fracturas de hueso esfenoides, etmoides y su seno, occipital, temporal, seno frontal, techo de la órbita y las fosas anterior, media y posterior. • 803 Otras fracturas craneales y fracturas craneales no especificadas, clasifica las fracturas craneales cuando no se especifican los huesos afectados. • 804 Fracturas múltiples que implican al cráneo o la cara junto con otros huesos, codifica las fracturas múltiples de huesos de la cabeza (cráneo y faciales) cuando estos no son especificados. Es conveniente recabar información para realizar codificación múltiple, especificando los huesos afectados, evitando en lo posible el empleo de esta categoría. Estas categorías recogen mediante dígitos de subdivisión las siguientes circunstancias: • 4º dígito, para la lesión intracraneal contemplando las condiciones de laceración, contusión o hemorragia así como la condición de abierta o cerrada. • 5º dígito, para la pérdida de conocimiento y su duración. Cuando un paciente con fractura de cráneo pierde el conocimiento y muere antes de recobrarlo se empleará el 5º dígito 5 Con pérdida de conocimiento prolongada [más de 24 horas], sin recuperar el nivel de conocimiento preexistente, sin tener en cuenta la duración de la pérdida de conocimiento. Los traumatismos craneoencefálicos sin fractura de cráneo se clasificarán en las categorías 850-854 Lesión intracraneal, salvo aquellas con fractura del craneo. 32 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS II. FRACTURAS DE FOSAS CRANEALES Cuando se describa una fractura en fosas craneales13 se deberá revisar la historia clínica para determinar qué estructuras óseas están afectadas, empleando para su codificación el principio de codificación múltiple. Existen tres fosas craneales constituidas por las siguientes estructuras óseas: • Fosa craneal anterior, ubicada sobre la órbita y las fosas nasales, constituida por el frontal, etmoides y ala menor del esfenoides. • Fosa craneal media, formada por el temporal, parietal y el cuerpo y ala mayor del esfenoides. • Fosa craneal posterior, formada por el occipital, temporal y parietales. Para recoger la situación de que un paciente ha tenido una lesión cerebral debido a un TCE y que en actualidad no tiene secuelas se empleará el código V15.52 Otro historial personal que presenta riesgos para la salud. Lesión. Historia de lesión cerebral traumática. III. FRACTURAS DE LOS HUESOS DE LA CARA Las fracturas maxilofaciales se dividen en tres tercios: • Tercio superior. Conformado por el hueso frontal, regiones ciliares y superciliares. • Tercio medio. Maxilar superior, complejo cigomáticomalar y pirámide nasal. Su límite inferior lo delimita el paladar, que se incluye en el tercio medio, y el superior es el techo de la órbita, que se incluye en el tercio superior. • Tercio inferior. Corresponde a las fracturas mandibulares14. 1. Fracturas del tercio superior Las fracturas del tercio superior pueden ser individuales de los huesos que la forman y a su vez simples o conminutas o con afectación de varias estructuras. Se clasifican en: - Fractura frontal 800 Fractura de bóveda craneal. - Fractura ciliar y superciliar que se clasifican en Fractura ciliar: 802.8 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, cerrada u 802.9 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, abierta, según sean cerradas o abiertas. Servicio Andaluz de Salud 33 CIE-9-MC 2. Fracturas del tercio inferior Las fracturas del tercio inferior se clasifican en la subcategoría 802.2 Fractura de huesos faciales. Mandíbula, cerrada u 802.3 Fractura de huesos faciales. Mandíbula, abierta, pudiendo ser únicas, dobles o múltiples. Se deberán emplear tantos códigos como sean necesarios para recoger las estructuras afectadas. 3. Fracturas del tercio medio 3a. Fracturas del tercio medio unilaterales • Fracturas del maxilar superior: - Antrales con impactación del complejo cigomático-malar. 802.4 Huesos malar y maxilar, cerrada u 802.5 Huesos malar y maxilar, abierta. - Antrales con impactación del complejo cigomático-malar y con compromiso del piso de órbita. 802.4 Huesos malar y maxilar, cerrada u 802.5 Huesos malar y maxilar, abierta más 802.6 Suelo orbitario (estallido), cerrada u 802.7 Suelo orbitario (estallido), abierta. - Fractura aislada del piso de la órbita (blow-out). 802.6 Suelo orbitario (estallido), cerrada u 802.7 Suelo orbitario (estallido), abierta. - Fractura del reborde alveolar. 802.8 Otros huesos faciales, cerrada u 802.9 Otros huesos faciales, abierta. • Fracturas del arco cigomático: 802.4 Huesos malar y maxilar, cerrada u 802.5 Huesos malar y maxilar, abierta. • Fracturas de la pirámide nasal: 802.0 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, cerrada u 802.1 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, abierta. 3b. Fracturas del tercio medio bilaterales o de Le Fort Las fracturas de Le Fort son fracturas bilaterales y horizontales de maxilar que se clasifican en fracturas infracigomáticas (Le Fort I y II) y fracturas supracigomáticas (Le Fort III). La más frecuente de los tres tipos es la Le Fort II, seguido por la Le Fort I. 34 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • Fracturas de Le Fort I o fracturas transversales de Guerin (paladar flotante): el trazo de fractura es horizontal, por encima de los ápices de los dientes superiores, afectando al seno maxilar, al septum nasal, al hueso palatino y a la apófisis pterigoides del esfenoides. • Fractura de Le Fort II (fractura piramidal): la línea de fractura se extiende a través de los huesos propios nasales y el septum hacia abajo y hacia atrás por la pared medial de la órbita, cruza el reborde infraorbitario y pasa por el arbotante cigomático-maxilar hasta llegar posteriormente al tercio medio de las apófisis pterigoides. Es una fractura infracigomática. Una fractura tipo Le Fort II completa disocia los maxilares de la cara y puede entenderse como un maxilar flotante. En superficie, el trazo de fractura puede afectar a los huesos propios (fractura de Wassmund II), o pasar por debajo de los mismos (Fractura de Wassmund I). • Fractura de Le Fort III (disyunción craneofacial): es una verdadera separación de los huesos de la base del cráneo. El trazo de fractura pasa por la sutura nasofrontal, por la pared medial de la órbita hasta la fisura orbitaria superior, de ésta a la fisura orbitaria inferior y por la pared lateral de la órbita hasta la sutura cigomáticofrontal y cigomáticotemporal. Hacia atrás se fracturan las apófisis pterigoides del esfenoides, normalmente a un nivel superior al que aparece en las otras fracturas de Le Fort. Es una fractura supracigomática. En la siguiente tabla se especifican los códigos a asignar a los tres tipos arriba descritos. Siempre deberá comprobarse la existencia de todas las fracturas especificadas para cada tipo de la clasificación de Le Fort. Servicio Andaluz de Salud 35 CIE-9-MC ESTRUCTURA ÓSEA 802.5 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, abierta Septum nasal 802.0 Fractura de huesos faciales. Fractura huesos nasales, cerrada 802.1 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, abierta Hueso palatino 802.8 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, cerrada 802.9 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, abierta Apófisis pterigoides del esfenoides 801 Fractura de base de cráneo 801 Fractura de base de cráneo Huesos propios nasales y el septum 802.0 Fractura de huesos faciales. Otros huesos nasales, cerrada 802.1 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, abierta Hueso palatino 802.8 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, cerrada 802.9 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, abierta Cigomático-maxilar 802.4 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, cerrada 802.5 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, abierta 801 Fractura de base de cráneo 801 Fractura de base de cráneo 802.0 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, cerrada + Categoría 800 Fractura de bóveda craneal 802.1 Fractura de huesos faciales. Huesos nasales, abierta + Categoría 800 Fractura de bóveda craneal Apófisis pterigoides del esfenoides Sutura nasofrontal Pared medial de la órbita hasta la fisura orbitaria superior, 802.8 Fractura de huesos faciales. de ésta a la fisura Otros huesos faciales, cerrada Le Fort III orbitaria inferior y por la pared lateral de la órbita Cigomático Temporal y apófisis pterigoides del esfenoides Le Fort sin tipo 36 ABIERTA 802.4 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, cerrada Le Fort I Le Fort II CERRADA Seno maxilar Servicio Andaluz de Salud 802.9 Fractura de huesos faciales. Otros huesos faciales, abierta 802.4 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, cerrada 802.5 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, abierta 801 Fractura de base de cráneo 801 Fractura de base de cráneo 802.4 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, cerrada 802.5 Fractura de huesos faciales. Huesos malar y maxilar, abierta LESIONES Y ENVENENAMIENTOS FRACTURAS DE CUELLO Y TRONCO I. FRACTURAS DE COLUMNA VERTEBRAL La CIE-9-MC agrupa las fracturas de columna en función de la existencia o no de lesión medular, de que la fractura sea cerrada o abierta y según la estructura anatómica afectada. Se deberá revisar si existen síntomas tales como parálisis, paraplejía o cuadraplejía espinal, para confirmar si el paciente presenta daño medular o no. CATEGORÍA Fractura vertebral sin lesión medular SUBCATEGORÍA SUBCLASIFICACIÓN 805 Fractura de columna - nivel de la lesión genérico - vértebra cervical afectada vertebral sin mención de - abierta / cerrada para las subcategorías lesión de la médula espinal 805.0 y 805.1 Fractura vertebral 806 Fractura de columna con lesión medular vertebral con lesión medular - nivel de la lesión genérico - abierta / cerrada - nivel de lesión específico - tipo lesión medula En caso de daño documentado de la médula espinal o raíces nerviosas, producido en el foco de fractura, se deberá asignar un código de combinación de los existentes en la categoría 806 Fractura de columna vertebral con lesión medular y es incorrecto asignar un código adicional para el daño medular o nervioso. A nivel de subclasificación se identifica el tipo de lesión medular: • Lesión medular completa El paciente presenta interrupción funcional total de la médula con parálisis fláccida, anestesia completa, alteraciones vegetativas y abolición de los reflejos osteotendinosos y cutáneos por debajo de la lesión. • Síndrome cordón anterior El paciente presenta tetra o paraplejia según el nivel afectado. Así como hipoalgesia e hipoestesia conservándose las sensibilidad propioceptiva, vibratoria y táctil. • Síndrome cordón central El paciente presenta alteraciones variables de la sensibildad sin patrones determinados. • Síndrome del cordón posterior El paciente presenta pérdida de sensibilidad profunda sin otro tipo de déficit neurológico. Servicio Andaluz de Salud 37 CIE-9-MC Las lesiones medulares traumáticas sin fractura vertebral, se clasificaran en la categoría 952 Lesión de médula espinal, sin evidencia de lesión vertebral, donde el 4º dígito especifica el nivel anatómico de la lesión. Las lesiones de las raíces nerviosas sin fractura vertebral se clasificaran en 953-957. II. FRACTURAS DE COSTILLAS Las subcategorías 807.0 Fractura de costilla(s), cerrada y 807.1 Fractura de costilla(s), abierta, requieren de 5º dígito para especificar el número de costillas fracturadas. Se de- berán tener en cuenta todas las costillas fracturadas incluidas las bilaterales. El volet costal o tórax flotante se produce cuando tres o más costillas adyacentes se fracturan en dos o más puntos de las mismas. Da lugar a un tórax inestable, con movimiento paradójico de la zona de pared torácica afectada, hacia dentro en inspiración y hacia fuera en espiración. La disrupción del esternón o de los cartílagos costales están implicadas en el 13% de los casos de volet costal15. Pueden aparecer lesiones torácicas asociadas como contusión pulmonar, hemotórax o neumotórax. Cuando el volet costal se asocia a contusión pulmonar subyacente puede producir insuficiencia respiratoria que puede ser agravada por el dolor costal. La existencia de una fractura del esternón sugiere la posibilidad, además, de contusión miocárdica o de grandes vasos. Desde el punto de vista topográfico el volet costal puede ser: • Unilateral • Bilateral - Esternocostal anterior - Esternocostal lateral Para una correcta codificación del volet costal se utilizará el código 807.4 Tórax flotante al que se le añadirán los códigos necesarios para identificar: • número de costillas fracturadas (807.0X Costilla(s), cerrada u 807.1X Costilla(s), abierta), • posibles lesiones asociadas: fractura esternal (807.2 Esternón, cerrada u 807.3 Esternón, abierta), lesiones traumáticas cardiacas o pulmonares, hemotórax o neumotórax (860 Neumotorax y hemotórax traumático) y • alteraciones funcionales como insuficiencia respiratoria (518.5 Insuficiencia pulmonar después de trauma o intervención quirúrgica). 38 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS III. FRACTURAS DE PELVIS Desde el punto de vista clínico, en las fracturas de pelvis16 lo fundamental es determinar si la fractura es esqueléticamente estable o no. 1. Anatomía de la pelvis La pelvis (cintura pélvica), está formada por el hueso coxal, que se articula por delante con el homónimo del lado opuesto a través del pubis y por detrás con el hueso sacro. El hueso coxal se divide en: • Íleon o parte superior, es la porción más grande y forma la llamada cresta ilíaca. • Pubis o parte central y anterior que sirve para la articulación con el hueso contralateral y que además contribuye a formar el agujero isquio-pubiano. • Isquion o parte inferior y que también contribuye a la formación del agujero isquio-pubiano. En la cara externa del hueso coxal, en el punto de unión de las tres porciones, se puede observar una superficie articular en forma de cavidad, llamada cavidad cotiloidea o acetábulo y que se articula con el fémur. La articulación sacro ilíaca (complejo posterior) es el principal soporte posterior y está firmemente reforzada por los ligamentos sacroilíacos anteriores y posteriores, iliolumbares, sacrotuberosos y sacroespinosos. La sínfisis pubiana y sus cuatro ramas (complejo anterior) tienen menor importancia en la estabilidad del anillo. 2. Fracturas del anillo pélvico Las fracturas estables son aquellas que incluyen fracturas aisladas del anillo pelviano, fracturas puras del acetábulo, fracturas de las ramas pubianas y las fracturas por avulsión. Las fracturas inestables, por su parte, son aquellas en las cuales el anillo pelviano está interrumpido en más de un lugar o, más particularmente, aquéllas que comprometen el sector posterior, incluyendo el sacro o el complejo sacroilíaco. En la disrupción del anillo pelviano siempre hay disrupción del complejo sacroilíaco posterior. Servicio Andaluz de Salud 39 CIE-9-MC La clasificación de Marvin Tile17 clasifica las fracturas de pelvis en función del mecanismo productor y de la dirección de la energía cinética que provocó el traumatismo, dividiéndose las fracturas de pelvis en estables e inestables: fracturas tipo A, con preservación de la estabilidad posterior, tipo B, con estabilidad posterior parcialmente retenida, y tipo C, con pérdida completa de la estabilidad posterior. En las siguientes tablas se especifica la clasificación y la correspondiente asignación de códigos. TILE A: Estables (arco posterior intacto) Fracturas sin desplazamiento o arrancamientos óseos a nivel de las espinas ilíacas, la tuberosidad isquiática, la sínfisis pubiana o del sacro y cóccix. Generalmente no requieren tratamiento quirúrgico, solo reposo. CERRADAS ABIERTAS Tile A1: Sin compromiso del anillo pelviano. Avulsiones de espina o tuberosidad isquiática. 808.42 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Isquion 808.52 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Isquion Tile A2: Fractura ala ilíaca cerrada (compromiso del anillo pelviano), sin desplazamiento. 808.41 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Ilion 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Ilion Tile A3: Fracturas transversales del sacrocoxis sin compromiso del anillo pelviano, cerrada. 805.6 Fractura de columna vertebral sin mención de lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, cerrada 40 Servicio Andaluz de Salud 805.7 Fractura de columna vertebral sin mención de lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, abierta LESIONES Y ENVENENAMIENTOS TILE B: Parcialmente estables (rotura incompleta del arco posterior) Inestabilidad rotacional, estabilidad vertical. CERRADAS ABIERTAS Tile B1: Libro abierto, rotación externa 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 846.1 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Ligamento sacroiliaco 808.41 Fractura de pelvis, Otras localizaciones especificadas, cerrada. Ilion 808.53Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Ilion 848.5 Otros esguinces y torceduras, y esguinces y torceduras mal definidos. Pelvis Tile B2: Lesiones por compresión lateral en que la pelvis rota internamente. B2.1: Homolaterales Fractura de ambas ramas púbicas homolateral asociada a: fractura del ala del sacro, disyunción sacroilíaca o fractura del ilion homolateral. B2.2: Contralateral (asa de cubo) Fractura homolateral de ambas ramas púbicas y fractura contralateral del ala del sacro o del ilion. 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.2 Fractura de pelvis. Pubis, cerrada 808.3 Fractura de pelvis. Pubis, abierta 805.6 Fractura de columna vertebral sin mención de 805.7 Fractura de columna vertebral sin mención de lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, cerrada (*) lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, abierta (*) 846.1 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Ligamento sacroiliaco Tile B3: Bilateral (Fractura bilateral de ambas ramas púbicas y fractura bilateral del ala del sacro o del ilion.) Igual que el anterior más código para la lesión de la sínfisis del pubis. 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.2 Fractura de pelvis. Pubis, cerrada 808.3 Fractura de pelvis. Pubis, abierta 805.6 Fractura de columna vertebral sin mención de 805.7 Fractura de columna vertebral sin mención de lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, cerrada (*) lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix abierta (*) 846.1 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Ligamento sacroiliaco 808.41 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Ilion 808.51 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Ilion 848.5 Otros esguinces y torceduras, y esguinces y torceduras mal definidos. Pelvis (*) Hay que tener en cuenta si existe lesión medular. Servicio Andaluz de Salud 41 CIE-9-MC TILE C: Inestabilidad rotacional y vertical Inestables tanto verticalmente como en la rotación (rotura completa del arco posterior). La fuerza de cizallamiento (de traslación) rompe la sínfisis, el suelo de la pelvis y las estructuras posteriores, lo que hace la hemipelvis completamente inestable. Implica disrupción del piso pelviano incluyendo el complejo sacroilíaco, los ligamentos sacroespinosos y sacrotuberoso; la lesión anterior puede ser la sínfisis, ramas ileo-isquiopubianas o ambas. CERRADAS ABIERTAS Tile C1: Unilateral. 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.2 Fractura de pelvis. Pubis, cerrada 808.3 Fractura de pelvis. Fractura pubis, abierta 805.6 Fractura de columna vertebral sin mención de 805.7 Fractura de columna vertebral sin mención de lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, cerrada (*) lesión de la médula espinal. Sacro y cóccix, abierta (*) 846.1 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Ligamento sacroiliaco 808.41 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Ilion 808.53Fractura de pelvis, Otras localizaciones especificadas, abierta. Ilion 848.5 Otros esguinces y torceduras, y esguinces y torceduras mal definidos. Pelvis 846.2 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Sacrospinoso (ligamento) 846.3 Esguinces y torceduras de la región sacroiliaca. Sacrotuberoso (ligamento) Tile C2: Bilateral. Igual a C1 Igual a C1 Tile C3: Asociado a fracturas del cotilo. Igual a C1 + Igual a C1 + 808.0 Fractura de pelvis. Acetábulo, cerrada 808.1 Fractura de pelvis. Acetábulo, abierta (*) Hay que tener en cuenta si existe lesión medular. Al codificar las fracturas de pelvis se debe tener en cuenta que siempre que hay inestabilidad hay disrupción del anillo pélvico, por lo que, para su correcta codificación, a las fracturas tipo B y C se les añadirá el código de disrupción del anillo pelviano 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano u 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano según sean cerradas o abiertas. Las fracturas de pelvis inestables suelen acompañarse de lesiones de órganos internos, por lo que se buscarán en la historia clínica estas lesiones para su codificación. Las fracturas de pelvis no especificadas de otra forma se clasificaran en 808.8 Fractura de pelvis, no especificada, cerrada. 42 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 3. Fractura de Malgaigne Es una fractura de la pelvis que compromete una rama ilíaca y una rama púbica, con inestabilidad (disrupción) y asociada con ruptura de la uretra posterior. Su entrada en el Índice Alfabético es por el epónimo y se codificará con la siguiente secuencia: CERRADA ABIERTA 808.43 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Múltiples fracturas pélvicas con disrupción del anillo pelviano 808.41 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, cerrada. Ilion 808.53 Fractura de pelvis. Otras localizaciones especificadas, abierta. Ilion 808.2 Fractura de pelvis. Pubis, cerrada 808.3 Fractura de pelvis. Fractura pubis, abierta 867.0 Traumatismo de órganos pélvicos. Vejiga y uretra, sin mención de traumatismo abierto de cavidad abdominal 867.1 Traumatismo de órganos pélvicos. Vejiga y uretra, con traumatismo abierto de cavidad abdominal 4. Fracturas del acetábulo o cotilo El ilion, isquion y pubis forman el acetábulo que se articula con la extremidad inferior mediante la cabeza femoral. En el mismo podemos distinguir: • La columna anterior, formada por el borde anterior del anillo iliaco, el borde superior de la pelvis, la pared anterior del acetábulo y la rama pubiana superior. • La columna posterior, constituida por la escotadura ciática, la pared posterior del acetábulo, la tuberosidad y la rama isquiática. El acetábulo constituye la superficie articular que recibe a la cabeza femoral. Su fractura se codifica mediante: • 808.0 Fractura de pelvis, acetábulo, cerrada. • 808.1 Fractura de pelvis, acetábulo, abierta. Si esta fractura se acompaña por fracturas de las estructuras adyacentes pelvianas que lo forman, se utilizarán además los códigos que las identifiquen. Con el término genérico de fractura de cadera se describen las fracturas que ocurren en la extremidad proximal del fémur y no se deben confundir con fracturas del acetábulo (ver apartado de Fracturas de miembro inferior). El código 808.8 Fractura de pelvis no especificada, cerrada se empleará cuando no se dispone de más información, debiéndose evitar su utilización. Servicio Andaluz de Salud 43 CIE-9-MC FRACTURAS MIEMBRO SUPERIOR18 I. FRACTURAS MÚLTIPLES NO ESPECIFICADAS Las categorías 818 Fracturas mal definidas de miembro superior y 817 Fracturas múltiples de huesos de la mano son categorías que engloban múltiples fracturas del miembro superior o fracturas mal definidas, por lo que se evitará su uso si se dispone de información más específica. II. CÓDIGOS DE COMBINACIÓN DE FRACTURAS DE CÚBITO Y RADIO Cuando se especifiquen sitios múltiples de lesiones en los encabezamientos, la palabra «con» indica la implicación de ambos sitios, mientras que la palabra «y» indica la implicación de ambos o de cualquiera de los dos sitios. Las subcategorías 813.00 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal de antebrazo no especificado, cerrada, 813.10 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal de antebrazo, no especificado, abierta, 813.4 Fractura de radio y cúbito. Extremo distal, cerrada y 813.5 Fractura de radio y cúbito. Extremo distal, abierto recogen algunos códigos de combinación para fracturas de cúbito y radio sin especificar las estructuras afectadas, por lo que no deberían utilizarse. Siempre que exista información sobre el tipo de estructura fracturada se asignarán los códigos específicos de esa categoría. Frente a ellos, los códigos de combinación 813.23 Fractura de cúbito y radio. Diáfisis, cerrada. Radio con cúbito y 813.33 Fractura de cúbito y radio. Diáfisis, abierta. Radio con cúbito, sí son más específicos y deberán utilizarse. Ejemplo: Fractura de olécranon, y de cabeza y cuello de radio. 813.01 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal, cerrada. Apófisis olecraneana de cúbito 813.05 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal, cerrada. Cabeza de radio 813.06 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal, cerrada. Cuello de radio 44 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS III. FRACTURA SUPRACONDÍLEA DE HÚMERO Se consideran fracturas supracondíleas del húmero aquellas que afectan a la zona distal del húmero, en la porción de la zona metafisaria distal. La línea de fractura tiene una situación inmediatamente proximal a las masas óseas de la tróclea y el cóndilo. Son fracturas de gran complejidad pudiendo estar afectadas otras estructuras óseas como el vértice de las fosas coronoides y el olecranon, o estructuras vasculonerviosas. Se codificará en 812.41 Fractura supracondílea del húmero, cerrada u 812.51 Fractura supracondílea del húmero, abierta. Se deberá revisar la historia clínica para codificar cualquier otra fractura presente o cualquier lesión vasculonerviosa que acompañe a la fractura supracondílea. IV. FRACTURA DE CODO El codo es una articulación formada en la zona proximal por el extremo inferior del húmero y en la zona distal por el extremo superior del cúbito -por dentro- y el extremo superior del radio -por fuera. Se deberá ser exhaustivo en la búsqueda de información sobre la estructura específica fracturada para asignar los códigos adecuados. En caso de que no se tenga información sobre la estructura afectada en una fractura de codo, se codificará como 812.40 Fractura húmero, extremo distal, cerrada, parte no especificada u 812.50 Fractura húmero, extremo distal, abierta, parte no especificada. La entrada en el Índice Alfabético es por: Fractura - codo – véase además Fractura, húmero, extremo inferior V. FRACTURA EN RODETE (TORO) Las fracturas en toro o en hebilla (o en rodete) son lesiones muy frecuentes en niños y generalmente se producen por una carga axial en un hueso largo de una extremidad, tal como caída sobre un brazo estirado. Las fracturas en toro son más frecuentes en el radio; sin embargo, pueden implicar: Servicio Andaluz de Salud 45 CIE-9-MC • • • • cúbito solo (813.46) cúbito y radio (813.47) radio (813.45) húmero (812.49) El término de búsqueda en el Índice Alfabético será: Fractura - hebilla - véase Fractura, rodete Fractura - rodete - - cúbito (solo) 813.46 - - - con radio 813.47 - - húmero 812.49 - - radio (solo) 813.45 - - - con cúbito 813.47 VI. FRACTURA ESCAFOIDES CARPIANO Las fracturas del escafoides carpiano se caracterizan por ser de difícil diagnóstico radiológico y por ello, ante un descarte inicial de la fractura tras el traumatismo, se realizarán nuevos controles a los 10 o 15 días. En esta fractura, tanto si es diagnosticada en el momento del traumatismo agudo como si lo es a los 10 o 15 días, se asigna 814.01 Fractura de hueso(s) carpiano(s). Cerrada. Navicular [escafoides] de muñeca u 814.11 Fractura de hueso(s) carpiano(s). Abierta. Navicular [escafoides] de muñeca. Pueden presentar, con frecuencia, dos complicaciones: • Necrosis avascular La vascularización del escafoides es adecuada en el tercio distal pero deficitaria en la zona proximal y por ello, transcurridos 1 o 2 meses tras la fractura puede presentarse una necrosis avascular. • Pseudoartrosis Generalmente existen dificultades para inmovilizar adecuadamente los fragmentos y, si no se consigue, puede provocar esclerosis ósea o pseudoartrosis afectando a la articulación radiocarpiana. 46 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS FRACTURAS DE MIEMBRO INFERIOR I. FRACTURAS DE EXTREMIDAD PROXIMAL DE FÉMUR Según el nivel en relación a la inserción capsular, se clasifican en: • Intracapsulares o de cuello de fémur. La fractura queda por dentro del plano de inserción distal de la cápsula en el perímetro cervicotrocantereano. Estas se dividen en fracturas capitales o transepifisarias, subcapitales, transcervicales y cervicotrocantéricas o de la base del cuello. Estas fracturas generalmente requieren ser tratadas con prótesis de cadera, dado que las posibilidades de viabilidad de cabeza femoral son mínimas. • Extracapsulares. Son aquellas en las cuales el rasgo de fractura queda por fuera del plano de inserción de la cápsula articular. Se dividen en fracturas troncantéreas, subtrocantéreas e intertrocantéreas. Las fracturas extracapsulares, siempre que sea posible, se tratan mediante reducción y osteosíntesis con tornillo-placa o clavo intramedular. FRACTURAS FÉMUR CÓDIGO CIE CERRADAS ABIERTAS Capitales o desprendimiento epifisarios o transepifisiarias 820.01 820.11 Intraarticulares o Subcapitales intracapsulares Transcervicales 820.09 820.19 820.02 820.12 Base cervicales 820.03 820.13 Trocantéreas 820.20 820.30 Subtrocantéreas 820.22 820.32 Intertrocantéreas o pertrocantérea 820.21 820.31 Extrarticulares o extracapsulares 1. Fracturas transepifisiarias o capitales La Epifisiolisis es la separación total o parcial de la epífisis con respecto a la diáfisis a nivel del cartílago de conjunción. Para su correcta codificación es preciso tener en cuenta los diferentes usos o acepciones que se emplean en la práctica diaria, que nos determinarán el código a asignar. Servicio Andaluz de Salud 47 CIE-9-MC • Si se diagnostica una epifisiolisis femoral proximal, el código a asignar es el 732.2 Epífisis femoral superior deslizada no traumática. • Si se diagnostica como osteocondrosis, se clasificará en el código correspondiente de la categoría 732.1 Osteocondrosis juvenil de cadera y pelvis. • En el caso de una epifisiolisis traumática se asignará 820.01 Fractura del cuello del fémur. Factura transcervical, cerrada. Desprendimiento epifisario superior u 820.11 Fractura del cuello de fémur. Fractura transcervical, abierta. Desprendimiento epifisario superior. El término transepifisaria es más utilizado en las fracturas de niños, aunque también recibe el nombre de epifisiolisis traumática juvenil. 2. Fractura de cadera NEOM Con el término genérico de fractura de cadera se describen las fracturas que ocurren en la extremidad proximal del fémur. Así, términos como fractura de cadera o fractura de cuello de fémur se codificarán mediante las subcategorías 820.8 Fractura del cuello del fémur. Fractura de parte no especificada del cuello de fémur. Cerrada u 820.9 Fractura del cuello del fémur. Fractura de parte no especificada del cuello de fémur. Abierta. II. FRACTURAS DE TIBIA Y PERONÉ Cuando se especifiquen sitios múltiples de lesiones como es el caso de fractura de tibia y peroné, hay que tener en cuenta que la palabra «con» indica la implicación de ambos sitios, mientras que la palabra «y» indica la implicación de ambos o de cualquiera de los dos sitios 1. Fractura proximal y diafisiaria de tibia y peroné Se clasifican en la categoría 823 Fractura de tibia y peroné, requiriendo de 5º dígito para especificar si se trata de tibia exclusivamente, solo peroné o tibia con peroné. El 5º dígito de subclasificación para la combinación de fracturas de ambos huesos se empleará solo cuando la fractura sea de igual localización, las dos fracturas en epífisis proximal, en la epífisis distal o en la diáfisis. En el resto de circunstancias se asignarán códigos específicos para cada una de las fracturas. 48 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Ejemplos: - Fractura de diáfisis peroné con fractura de tuberosidad tibial 823.21 Fractura de tibia y peroné. Diáfisis, cerrada. Peroné exclusivamente 823.00 Fractura de tibia y peroné. Extremidad proximal, cerrada. Tibia exclusivamente - Fractura de tercio medio de tibia y diáfisis de peroné. 823.22 Fractura de tibia y peroné. Diáfisis, cerrada. Tibia con peroné 2. Fractura extremo distal de tibia y peroné 2.a. Anatomía del tobillo La articulación del tobillo está conformada por la relación entre: • Tibia El extremo inferior de la tibia forma una plataforma ensanchada, pilón tibial, que apoya y transmite carga a la cúpula del cuerpo del astrágalo; de su lado interno sobresale una eminencia, maléolo tibial, medial o interno, que impide el desplazamiento interno del astrágalo. • Peroné El peroné se une a la tibia en su tercio inferior por fuertes ligamentos (sindésmosis tibioperonea inferior) y su extremo inferior forma el maléolo peroneo o externo, que impide el desplazamiento externo del astrágalo. • Sindésmosis del tobillo Formada por el ligamento tibioperoneo anterior, ligamento interóseo y ligamento peroneo posterior. • Astrágalo Maléolos, sindésmosis y pilón forman la mortaja tibioperonea, puente donde encaja el cuerpo del astrágalo. Entre estas estructuras existe un complejo sistema cápsulo-ligamentario que mantiene una estabilidad de esta articulación permitiendo así una adecuada función. 2.b. Fractura de pilón o plafón tibial Se entiende por fractura de pilón tibial la lesión traumática del extremo distal de la tibia que afecta la epífisis y metáfisis y que tiene las características de ser una frac- Servicio Andaluz de Salud 49 CIE-9-MC tura articular, compleja, con hundimiento de uno o varios fragmentos e importante afectación de las partes blandas. En un 85% se acompañan de fractura de peroné o del astrágalo por lo que se deberá revisar la historia clínica para ver si alguna de estas fracturas está presente. No existe código específico en la CIE-9-MC para las fracturas de pilón tibial, por lo que tendremos que buscar información de los huesos afectados, así como el nivel de las fracturas y la afectación de partes blandas. Por defecto se buscarán en el Índice Alfabético como fracturas de la tibia, en extremo inferior, asignándose el código 824.8 Fractura de tobillo. No especificada, cerrada u 824.9 Fractura de tobillo. No especificada, abierta. 2.c. Clasificación de Weber Es el sistema de clasificación más frecuentemente usado en las fracturas de tobillo. Es una clasificación radiológica19 que se basa fundamentalmente en las características de la fractura del peroné y su relación con el pilón tibial: • Tipo A, infrasindésmosis La fractura del peroné se encuentra a nivel o por debajo de la sindésmosis; puede ir acompañada de fractura del maléolo interno o tibial. No hay lesión ligamentosa importante ni de la membrana interósea. Su tratamiento es ortopédico. Se codifica en el 824.2 Fractura de tobillo. Maléolo externo, cerrada u 824.3 Fractura de tobillo. Maléolo externo, abierta, pero si se acompaña de fractura del maléolo interno se asignará 824.4 Fractura de tobillo. Bimaleolar, cerrada u 824.5 Fractura de tobillo. Bimaleolar, abierta. • Tipo B, a nivel de la sindésmosis Es una fractura espiroidea del peroné, a nivel de la sindésmosis; puede ir acompañada de fractura por arrancamiento del maléolo tibial, interno, o ruptura del ligamento deltoideo. Debe considerarse la posible ruptura del ligamento tibioperoneo inferior, con la correspondiente subluxación del astrágalo e inestabilidad de la articulación. Su tratamiento de resolución puede ser tanto ortopédico como quirúrgico. Las fracturas se codificarán de igual manera que las de tipo A pero teniendo en cuenta que la fractura espiroidea de peroné puede llegar a diáfisis, por lo que 50 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS se añadirá el código 823.21 Fractura diáfisis, cerrada. Peroné exclusivamente u 823.31 Fractura diáfisis, abierta. Peroné exclusivamente. Las lesiones ligamentarias que estén presentes se deberán también codificar. Así, la rotura sindesmótica se clasifica en el 845.03 Esguinces y torceduras de tobillo y pie. Tibioperoneal (ligamento), distal o la del ligamento deltoideo como 845.01 Esguinces y torceduras de tobillo y pie. Deltoideo (ligamento), tobillo. • Tipo C, suprasindésmosis La fractura del peroné se produce por encima de la sindésmosis; la fractura puede encontrarse en el tercio inferior, en el tercio medio de la diáfisis o aun a nivel del cuello del peroné (fractura de Maisonneuve). Debe contemplarse esta posibilidad, sobre todo cuando se acompaña de fractura del maléolo interno. En función de la localización de la fractura en el peroné se codificará como fractura de diáfisis de peroné, con 823.21 Fractura diáfisis, cerrada. Peroné exclusivamente u 823.31 Fractura diáfisis, abierta. Peroné exclusivamente, o como 823.01 Fractura extremidad proximal cerrada. Peroné exclusivamente u 823.11 Fractura extremidad proximal abierta. Peroné exclusivamente para las fracturas de Maisonneuve. Si se produce también la fractura del maléolo interno, se añadirá el código 824.0 Fractura de tobillo. Maléolo interno, cerrada u 824.1 Fractura de tobillo. Maléolo interno, abierta. La clasificación de Willeneger y Weber es, de todas, la más simple. Se basa fundamentalmente en las características de la fractura del maléolo peroneo: nivel, grado de desplazamiento y orientación de la superficie de la fractura. Así, se clasifican las luxo-fracturas en tres tipos: Servicio Andaluz de Salud 51 CIE-9-MC TIPO DE FRACTURA Tipo A (Infrasindésmosis) Tipo B (sindésmosis) Tipo C (Suprasindésmosis) CERRADAS ABIERTAS Fractura maléolo externo 824.2 824.3 Fractura maléolo interno (Fractura bimaleolares)* 824.4 824.5 Fractura espiroidea peroné 824.81 824.91 Fractura maléolo tibial* 824.0 824.1 Ruptura ligamento deltoideo* 845.01 Ruptura ligamento tibio-peroneo* (lesión sindésmosis) 845.03 Subluxación astrálago* 837.0 837.1 Fractura tercio inferior o medio peroné 823.21 823.31 Fractura extremo proximal, peroné 823.01 823.11 Fractura de maléolo interno (Fractura bimaleolares)* 824.4 824.5 * No siempre se acompaña, por lo que habrá que buscar la información 2.d. Sistema de Henderson El sistema de clasificación que emplea la CIE-9-MC para la fractura de tobillo es el Sistema de Henderson, más básico, que incluye la afectación unimaleolar, bimaleolar o trimaleolar, y que no se corresponde con la clasificación de Weber. En la clasificación CIE-9-MC podremos codificar la fractura de tobillo en: • Fracturas unimaleolares: - Interna o tibiales cerradas, 824.0 Fractura de tobillo. Maleolo interno, cerrada, o abiertas, 824.1 Fractura de tobillo. Maléolo interno, abierta. - Externas o peroneo cerrada, 824.2 Fractura de tobillo. Maléolo externo, cerrada, o abiertas, 824.3 Fractura de tobillo. Maléolo externo, abierta. • Fracturas bimaleolares: Afectación de ambos maléolos internos y externos cerradas, 824.4 Fractura de tobillo. Bimaleolar, cerrada, o abiertas, 824.5 Fractura de tobillo. Bimaleolar, abierta. • Fracturas trimaleolares de tobillo. El llamado «tercer maléolo» o «maléolo posterior» corresponde a la porción posterior de la superficie articular inferior de la tibia. Las fractura trimaleolar, también es conocida como fractura de Cotton. Se codifican mediante 824.6 Fractura de tobillo. Trimaleolar, cerrada u 824.7 Fractura de tobillo. Trimaleolar, abierta. 52 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS PROCEDIMIENTOS EN FRACTURAS I. INTRODUCCIÓN El objetivo del tratamiento de las fracturas se centra en: • 1º Reducir la fractura mediante tracción o manipulación manual del hueso con el fin de conseguir una posición anatómica normal del mismo. La reducción manipulativa puede ser abierta o cerrada, y estar apoyada o no por una tracción. • 2º Estabilizar, mediante fijación o inmovilización, con la finalidad de impedir el desplazamiento, hasta que se produzca la osificación. Puede ser externa o interna. En traumatología se emplean los siguientes términos en el mantenimiento de la reducción: - Inmovilizar: impedir que los extremos fracturados se muevan - Contener: Reducir el movimiento pero sin impedirlo totalmente - Estabilizar: impedir que su desplazamiento progrese En la práctica habitual se usan los términos de inmovilización y contención de forma análoga. II. NORMAS GENERALES DE CODIFICACIÓN Para la correcta codificación de los procedimientos que conlleva la corrección de la fractura seguiremos los siguientes pasos: - Identificación del mecanismo de reducción de fractura. - Identificación del tipo de fijación e inmovilización. El término clave del Índice Alfabético para el tratamiento de las fracturas es Reducción. Se deberán codificar todos los procedimientos realizados, en el caso de bilateralidad, aunque se repitan. En caso de una fractura-luxación se codificará: - Si se ha comprobado que la fractura está en el foco de luxación, solo se recogerá el código de reducción de fractura, sin que sea necesario código adicional para la luxación. Servicio Andaluz de Salud 53 CIE-9-MC - Si la fractura se ha producido en localización diferente a la de la luxación, ambas técnicas se recogerán con sus códigos correspondientes. No existe necesariamente correspondencia entre el tipo de fractura y el tipo de reducción aplicado a la misma, siendo posible realizar una reducción abierta como tratamiento de una fractura cerrada y viceversa. Los códigos de reducción de fracturas en la lista tabular se clasifican en diferentes capítulos según los huesos afectados: HUESOS CÓDIGO CIE Huesos craneales 02.02 Craneoplastia. Elevación de fragmentos de fractura de cráneo Capítulo 1 Vértebras 03.53 Operaciones plásticas sobre estructuras de la médula espinal. Reparación de fractura vertebral Capítulo 1 Huesos nasales 21.7 Operaciones sobre la nariz. Reducción de fractura nasal Capítulo 4 Huesos faciales y órbita 76.7 Reducción de fractura facial Capítulo 14 Huesos de las extremidades 79 Reducción de fractura y luxación, (para el resto de estructuras óseas no incluidas en los apartados anteriores) Capítulo 14 En el caso de que la fractura esté reducida y solo necesite fijación se empleará 78.5 Fijación interna de hueso sin reducción de fractura. Para las circunstancias en las que solo se realice reducción sin fijación se empleará el código 93.4 Tracción esquelética y otra tracción. III. TRACCIÓN Las tracciones son otro tipo de inmovilización, la cual mantiene la posición por medio de una fuerza transmitida directamente al hueso a través de un pin o indirectamente a través de los tejidos blandos por tracción cutánea. La tracción cutánea se utiliza en pacientes pediátricos para el tratamiento de las fracturas de fémur realizando tracciones de ambos miembros inferiores hacia el cénit con el peso suficiente para mantener los glúteos levemente levantados de la camilla. En los adultos la tracción cutánea se utiliza para inmovilizar algunas fracturas de caderas en ancianos que poco tolerarían una tracción esquelética. 54 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Hay varios tipos de tracción cutánea pero las más utilizadas son la tracción de Buck clasificada en 93.46 Tracción esquelética y otra tracción. Otra tracción cutánea de miembros y la tracción de Russell que se clasifica en 93.44 Tracción esquelética y otra tracción. Otra tracción esquelética. La tracción esquelética o de otro tipo se recoge mediante códigos de la subcategoría 93.4 Tracción esquelética y otra tracción. La tracción esquelética puede ser utilizada con varios fines: • Tratamiento definitivo de una fractura o luxación. • Tratamiento temporal mientras se realiza un tratamiento definitivo para evitar el dolor y estabilizar la fractura. Debe conocerse claramente en la historia clínica el objetivo de la tracción, pues condicionará la asignación de códigos en el tratamiento de fractura: • Si el tratamiento definitivo de la fractura es la reducción mediante tracción solo se asignará código de la subcategoría 93.4 Tracción esquelética y otra tracción. • Si se realiza una tracción solo para inmovilización, sin intención reductiva, y en un segundo acto se realiza cualquier otro tratamiento de la fractura, se asignará un código de la subcategoría 93.4 Tracción esquelética y otra tracción más el que corresponda a la técnica realizada sobre la fractura, de la categoría 79 Reducción de fractura y luxación. IV. REDUCCIÓN MANIPULATIVA La reducción con manipulación manual de una fractura, apoyada o no con tracción, que se complete o no con fijación interna, se codificará en la categoría 79 Reducción de fractura y luxación. La tracción se considera integrada en esta categoría de reducción, por lo que no se añadirá código para identificar la tracción. Servicio Andaluz de Salud 55 CIE-9-MC V. FIJACIÓN INTERNA DE HUESO La fijación interna de hueso se puede realizar bajo dos condiciones: • Fijación interna de hueso sin reducción La fijación interna de hueso en fractura es la estabilización de una fractura no desplazada o aquella a la que se le realizó una reducción de cualquier tipo en un acto previo (ya sea en el mismo ingreso o en un ingreso previo). Se codificará mediante un código de la subcategoría 78.5 Fijación interna de hueso sin reducción de fractura. • Fijación interna de hueso con reducción de fractura La fijación interna de la fractura acompañada de reducción, sea manipulativa o por tracción, se codifica solo mediante códigos de la categoría 79 Reducción de fractura y luxación, donde el tercer dígito indica si la reducción es abierta o cerrada. Si en un acto previo se realiza una tracción con intención reductiva sin obtener el resultado deseado, y en un segundo acto se realiza la reducción manipulativa, con o sin osteosíntesis interna, se codificarán: - un código de la subcategoría 93.4 Tracción esquelética y otra tracción y - otro código de la categoría 79 Reducción de fractura y luxación11. VI. FIJACIÓN EXTERNA DE HUESO La fijación externa es una estructura usada para proporcionar un medio estable de curación. Los fijadores externos se aplican para: • Neutralización, manteniendo la longitud del miembro, neutralizando la carga. • Compresión, comprimiendo los fragmentos de hueso juntos para aumentar la estabilidad y facilitar la curación. • Distracción, para tirar y separar la fractura o la osteotomía de tal manera que el hueso puede regenerarse y alargar el miembro. En el tratamiento de fracturas agudas la fijación externa inmoviliza mediante una estructura externa soportada por dos clavos percutáneos situados proximal y distalmente al foco de fractura. 56 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Se codifican mediante códigos de la subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo; a estos códigos se deberá añadir, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado, un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos. La entrada en el Índice Alfabético de la fijación externa es por Aplicación dispositivo fijación externa. Los tipos de fijadores externos pueden ser de tres tipos: monoplanar (84.71 Aplicación de dispositivo fijador externo, sistema monoplano), circular (84.72 Aplicación de dispositivo fijador externo, sistema en anillo) o mixto (84.73 Aplicación de dispositivo híbrido de fijación externa)20. VII. REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA La reducción cerrada de fractura se consigue mediante maniobras manuales o con tracción sin acceder o exponer el foco de fractura. Este tratamiento puede acompañarse, o no, de mecanismos de fijación para estabilizar la fractura. Por defecto, si no hay más información, la reducción se considerará siempre cerrada. 1. Reducción cerrada de fractura sin fijación interna La reducción cerrada de fractura sin fijación interna es la técnica manipulativa en la que el foco de la fractura no es expuesto directamente, y en el que no se inserta material de osteosíntesis. Se codifica mediante códigos de subcategoría 79.0 Reducción cerrada de fractura sin fijación interna excepto para las estructuras reseñadas en la introducción de esta categoría en la CIE-9-MC. 2. Reducción cerrada de fractura con fijación interna La reducción cerrada de una fractura con fijación interna es la técnica manipulativa en la que el foco de la fractura no se abre quirúrgicamente, no es expuesto directamente, y en la que se realiza una incisión para colocar el dispositivo de fijación interna. No debe confundirse la incisión para inserción de un elemento de fijación interna, después de una reducción cerrada, con una reducción abierta con fijación interna. Servicio Andaluz de Salud 57 CIE-9-MC La fijación interna incluye, entre otros materiales para la osteosíntesis, clavos intramedulares como: Rush Rod, Kuntscher, Grosse-Kempf, Marchetti, Gamma, Ender, etc.). Se codifica mediante códigos de subcategoría 79.1 Reducción cerrada de fractura con fijación interna excepto para las estructuras reseñadas en la introducción de esta categoría. 3. Reducción cerrada de fractura con fijación interna y externa Es el tratamiento descrito en el apartado anterior que se completa con la inserción de un fijador externo. Se codificará con códigos de: - subcategoría 79.1 Reducción cerrada de fractura con fijación interna, más - subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo y - se añadirá un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado. 4. Reducción cerrada de fractura con fijación externa La reducción manipulativa de la fractura que se acompaña solo de fijación externa se codifica mediante códigos de: - la subcategoría 79.0 Reducción cerrada de fractura sin fijación interna, más - subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo, y - se añadirá un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado. VIII. REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA La reducción abierta de fractura implica la exposición quirúrgica del foco de la fractura para realinear los fragmentos, que posteriormente puede acompañarse de dispositivos internos o externos de fijación para mantener la alineación anatómica apropiada. En ciertas circunstancias se accede al foco de fractura mediante cirugía mínimamente invasiva; esta intervención se considerará también como abierta. 58 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 1. Reducción abierta de fractura sin fijación interna La reducción abierta de fractura sin fijación interna implica la exposición del foco de fractura para la reducción, sin que se inserte material de osteosíntesis. Se codifica en la subcategoría 79.2 Reducción abierta de fractura sin fijación interna excepto para las estructuras reseñadas en la introducción de esta categoría. 2. Reducción abierta de fractura con fijación interna La reducción abierta de una fractura con fijación interna implica la exposición del foco de fractura para la reducción y la inserción de un dispositivo de fijación interna; esto supone desinserciones musculares y del periostio que son vías de aporte vascular importantes para conseguir la consolidación. Incluye, entre otros materiales, placas fijadas con tornillos, cerclajes, obenques o tornillos de tracción o compresión. La aplicación de un injerto de hueso tras la reducción de una fractura siempre implica que dicha reducción ha sido abierta. Se clasifica en la subcategoría 79.3 Reducción abierta de fractura con fijación interna excepto para las estructuras reseñadas en la introducción de esta categoría en la CIE-9. 3. Reducción abierta de fractura con fijación interna y externa Es el tratamiento descrito en el apartado anterior que se completa con la inserción de un fijador externo. Se codificará con códigos de: - subcategoría 79.3 Reducción abierta de fractura con fijación interna, más - subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo, y - se añadirá un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado. Servicio Andaluz de Salud 59 CIE-9-MC 4. Reducción abierta de fractura con fijación externa La reducción abierta de fractura que solo se acompaña de fijación externa se codifica en: • la subcategoría 79.2 Reducción abierta de fractura sin fijación interna, más • subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo, y • se añadirá un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado. IX. FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA Este tipo de fijación interna se emplea para: • Estabilizar una fractura no desplazada o reducida previamente. • Reinserción de dispositivo de fijación. • Revisión de dispositivo de fijación, desplazado o no. Este tipo de fijación se llama fijación esquelética o interna percutánea y se lleva a cabo mediante placas, clavos, pernos, alambres, tornillos, que son introducidos a través de la piel para posteriormente perforar el hueso proporcionando estabilidad a la fractura. Este tipo de fijación no requiere la exposición del foco de fractura. Es utilizada frecuentemente en fractura de escafoides, en la corrección de pseudoartrosis y de fracturas patológicas Se codifica en la subcategoría 78.5 Fijación interna de hueso sin reducción de fractura. Ejemplo: Hombre de 46 años con mieloma múltiple que es ingresado para tratamiento de una fractura patológica de la diáfisis proximal del húmero. Se realiza fijación con aguja intramedular. 733.11 Fractura patológica de húmero 203.00 Mieloma múltiple. Sin mención de haber alcanzado la remisión 78.52 Fijación interna de hueso sin reducción de fractura, húmero 60 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS X. FIJACIÓN EXTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA Corresponde a la aplicación de un mecanismo de fijación externa y se clasificará con códigos de: • subcategoría 78.1 Aplicación de dispositivo fijador externo y • se añadirá un código de la subcategoría 84.7 Códigos auxiliares para dispositivos fijadores externos, si se conoce el tipo de fijador externo utilizado. XI. REDUCCIÓN DE EPIFISIOLISIS Para la codificación del tratamiento de las epifisiolisis se utilizarán los códigos 79.4 Reducción cerrada de epífisis separada o 79.5 Reducción abierta de epífisis separada. Ambas subcategorías recogen la reducción, con o sin material de fijación interno. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO DE LAS FRACTURAS21 Con fijación ABIERTA Sin fijación 79.2X CON REDUCCIÓN Externa 79.2X + 78.1X + 84.7X Con desbridamiento 79.2X + 78.1X + 84.7X + 79.6X Interna 79.3X Con desbridamiento 79.3X + 79.6X Interna y externa 79.3X + 78.1X + 84.7X Con desbridamiento 79.3X + 78.1X + 84.7X + 79.6X Con desbridamiento 79.2X + 79.6X De epífisis separada 79.5X Con fijación CERRADA O SIN ESPECIFICAR Externa 79.0X + 78.1X + 84.7X Interna 79.1X Sin fijación 79.0X De epífisis separada 79.4X Servicio Andaluz de Salud 61 CIE-9-MC TRATAMIENTO QUIRÚRGICO DE LAS FRACTURAS21 Con fijación SIN REDUCCIÓN Externa 78.1X + 84.7X Con tracción 78.1X + 84.7X + 93.4X Interna 78.5X Con inmovilización 93.5X SIN ESPECIFICAR EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVOS 79.9X Tracción e inmovilización 97.88 Fijadores (tornillos, minifijadores) 78.6X XII. OTRAS INMOVILIZACIONES Las fracturas se pueden tratar mediante inmovilizaciones no cruentas que se codificarán en la subcategoría 93.5 Otra inmovilización, presión y cuidado de herida o 93.4 Tracción esquelética y otra tracción. Se accede a esta categoría buscando en el Índice Alfabético de Procedimientos por Inmovilización o Aplicación. Estos mecanismos de inmovilización de fractura pueden ser aplicados en el tratamiento definitivo, como primera medida de estabilización antes del tratamiento definitivo o como tratamiento complementario a la fijación de fractura. XIII. OTROS TRATAMIENTOS DE FRACTURAS Muchas veces, junto a los tratamientos de reducción o inmovilización, se realizan otros procedimientos, como son: 1. Injerto óseo El injerto óseo puede ser: • del banco óseo, clasificándose con el código 78.0 Injerto de hueso o • del propio paciente, en cuyo caso se requerirá codificación múltiple: 78.0 Injerto de hueso, más 77.7 Escisión de hueso para injerto, donde el 4º dígito clasifica la localización anatómica de la extracción ósea para el injerto. 62 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Factores que estimulan el crecimiento Los factores de crecimiento óseo22 son polipéptidos que llegan a la matriz ósea, factores de acción local. Los polipéptidos pueden dividirse en factores exógenos o endógenos según se produzcan, respectivamente, fuera del hueso o en el propio hueso. Todos ellos estimulan la producción celular ósea, pero además ejercen acciones sobre la síntesis de colágeno y sobre otras proteínas óseas. Con su implantación en la zona afectada se pretende estimular el crecimiento óseo; pueden ser: • Sintéticos. Como el rhBMP (Recombinant Human Bone Morphogenetic Protein), que en contacto con el suero se convierte en un gel que es aplicado a la zona afectada. • Naturales. Extraídos de la propia sangre del paciente, AGF (Aggregated Growth Factors). Durante la intervención se le extrae sangre y se centrifuga convirtiéndola en un concentrado de plaquetas y glóbulos blancos que se mezcla con hueso del banco óseo para formar una pasta que se inserta en el lugar deseado. Los factores de crecimiento se usan en fusiones espinales, retraso de uniones o en «no uniones» de fracturas de hueso. Se identifican en el código 84.52 Inserción de proteína morfogenética ósea recombinante. Este código será secundario al procedimiento quirúrgico principal realizado como reparación de fractura, fusión vertebral, refusión vertebral, etc. En las fracturas vertebrales la BMP se aplica con una esponja de colágeno reabsorbible o en un dispositivo de fusión intersomática, que es implantado en el lugar de la fusión. Cuando se aplica mediante dispositivos de fusión intersomática se deberá añadir el código 84.51 Inserción de dispositivo de fusión vertebral intersomático. El dispositivo de fusión intersomático fue diseñado para estabilizar y fusionar los espacios intervertebrales. El procedimiento incluye la retirada de porciones de disco y de hueso vertebral para permitir la inserción del dispositivo de fusión en el espacio intervertebral. Este dispositivo esta dotado de orificios que permiten la adecuada colocación del injerto óseo o factores de crecimiento (proteína morfogenética recombinante). Servicio Andaluz de Salud 63 CIE-9-MC 3. Relleno óseo Se pueden utilizar muchos tipos de materiales con el fin de rellenar un defecto óseo. Entre los más frecuentes se encuentran los cementos acrílicos y los polímeros acrílicos. Se clasifican de la siguiente forma: • Cifoplastia Se utiliza para restablecer la altura de la vértebra. Es mínimamente invasiva. Se coloca un balón desinflado dentro de la vértebra aplastada, una vez dentro se insufla restableciendo su altura y después se inyecta el cemento. Se codificará mediante el 81.66 Aumento vertebral percutáneo. • Vertebroplastia Es un procedimiento quirúrgico mínimamente invasivo que consiste en la inyección de un cemento óseo de polimetilmetacrilato (PMMA) directamente dentro de la vértebra. Normalmente se utiliza en el tratamiento de aplastamientos vertebrales. El objetivo es estabilizar la fractura y reducir el dolor, pero este procedimiento no restablece la altura vertebral a diferencia de la cifoplastia. Se clasificará en el código 81.65 Vertebroplastia percutánea. • Otros huesos Si el relleno óseo se aplica en otros huesos diferentes a la vértebra se codificará como 84.55 Inserción de relleno de hueco óseo. 4. Rosario de gentamicina En las fracturas abiertas después de desbridar el foco de fractura se pueden usar antibióticos locales combinados con el cemento PMMA para mantener la concentración y prolongar la acción local. Son los comúnmente llamados «rosarios o perlas de gentamicina». Las perlas de cemento con antibiótico disminuyen el riesgo de infección u osteomielitis asociada en fracturas abiertas. Se codifican mediante 84.55 Inserción de relleno de hueco óseo. 5. Desbridamiento del foco de fractura El desbridamiento del foco de fractura23 consiste en la limpieza del foco de fractura abierta, antes de su reducción y estabilización con instrumentos o presión, mediante arrastre mecánico con volúmenes adecuados de solución salina. 64 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS La remoción se realiza en los tejidos desvitalizados como piel, tejido celular subcutáneo, fascia muscular, músculo y pequeños fragmentos óseos, así como sobre el material extraño encontrado en la herida. En determinados códigos de reducción de fractura, el desbridamiento del foco está incluido, por lo que no se emplearán códigos adicionales de desbridamiento del foco de fractura en los desbridamientos de fracturas abiertas que impliquen cráneo y vértebras. Ejemplo: Desbridamiento y reducción abierta de fractura de cráneo. 02.02 Elevación de fragmentos de fractura de cráneo El desbridamiento realizado en el tratamiento de fracturas de huesos faciales, incluidos los nasales, se recogerá en el código 76.2 Escisión local o destrucción de lesiones de hueso facial. En todas las fracturas abiertas se produce una herida abierta de la piel y estructuras cercanas. El desbridamiento de estas heridas queda recogido en el procedimiento clasificado en 79.6 Desbridamiento de sitio de fractura abierta, pues lo que se codifica es la estructura mas profunda a la que se llega, por lo que no se añadirá código 86.22 Desbridamiento excisional de herida, infección o quemadura. Cuando el desbridamiento escisional de herida se realiza en una localización diferente al desbridamiento del foco de fractura se codificarán ambos, 86.22 Desbridamiento escisional, más 79.6 Desbridamiento de sitio de fractura abierta. 6. Artroplastias Es la sustitución parcial o total de una articulación por una articulación artificial o prótesis, sobre todo en fracturas articulares conminutas. 7. Neuroablación por radiofrecuencia Se emplea en fracturas con aplastamiento vertebral para reducir el dolor. La neurolisis por radiofrecuencia o neuroablación usa energía eléctrica para interrumpir las señales de dolor desde las articulaciones. Mediante una aguja especial situada en el lugar del nervio se aplica energía eléctrica para «quemarlo». Los pacientes generalmente experimentan un alivio del dolor y el nervio tratado normalmente se repara en tres o seis meses. Se clasifica en 04.2 Destrucción de nervios craneales y periféricos. Servicio Andaluz de Salud 65 CIE-9-MC COMPLICACIONES DE LAS FRACTURAS Pueden producirse complicaciones generales comunes a todos los traumatismos (ver apartado Complicaciones tempranas de traumatismos y lesiones) y complicaciones locales. I. COMPLICACIONES LOCALES TEMPRANAS 1. Infección Las fracturas abiertas son particularmente susceptibles a la infección. Cuando la fractura abierta presenta como complicación una osteomielitis aguda se deberá asignar un código de la subcategoría 730.0 Osteomielitis aguda asociado a otro de la categoría 041 Infección bacteriana en enfermedades clasificadas bajo otros conceptos y las de sitio no especificado para especificar el germen. 2. Síndrome compartimental traumático Los músculos, junto con la innervación y los vasos sanguíneos, se encuentran recubiertos por la fascia que no se distiende fácilmente; este conjunto contenido en la fascia se llama compartimento. El síndrome compartimental implica un aumento de la presión que hace disminuir el flujo sanguíneo de los músculos y células nerviosas por debajo del nivel necesario para la viabilidad tisular. Se codifica en la subcategoría 958.9 Síndrome compartimental traumático. Ante esta situación es necesario descomprimir el compartimento por lo que se realiza una fasciotomía que debe ser amplia y se debe realizar en las primeras 6 horas después del traumatismo. Esta técnica se codifica como 83.14 Fasciotomía. 3. Contractura isquémica de Volkmann Cuando un síndrome compartimental no es tratado a tiempo, las secuelas por necrosis muscular e isquemia de los nervios periféricos pueden ser graves, con importantes deformidades por la contractura de los músculos afectos. Esta fase se conoce como contractura isquémica de Volkmann. Entre las 12 y 24 horas de isquemia se produce 66 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS la lesión irreversible del nervio, y a partir de las 12 horas la del músculo. El músculo necrótico queda posteriormente sustituido por tejido cicatricial fibroso que determina su acortamiento permanente, contractura. Se trata de una complicación precoz de las fracturas, clasificándose en el código 958.6 Contractura isquémica de Volkmann. 4. Dolor agudo postoperatorio no asociado a complicaciones postoperatorias Rutinariamente el dolor postoperatorio, el inmediato a una cirugía, no debe codificarse. Solo se recogerá si han sido necesarias medidas terapéuticas especiales destinadas a disminuir el dolor o bien si es la causa de ingreso. Se identificará con el código 338.18 Otro dolor agudo postoperatorio. 5. Embolia grasa por traumatismo Es la producida por las gotas de grasa, proveniente de la medula ósea de la zona fracturada, que se vierten al torrente venoso y que al llegar a los capilares finos taponan la circulación distal. En función de la zona afectada tendrán diversas manifestaciones, por ejemplo, cuando se trata de los pulmones se produce una embolia pulmonar que se manifiesta por agitación súbita, disnea, tos con expectoración sanguinolenta y cianosis24. Se codificará mediante 958.1 Ciertas complicaciones precoces de los traumatismos. Embolia grasa. Este código incluye el concepto de embolia pulmonar grasa. II. COMPLICACIONES LOCALES TARDÍAS Todas las complicaciones tardías siguen las normas de codificación de los efectos tardíos de fractura (ver apartado Efectos tardíos de lesiones y envenenamientos). 1. Infección La osteomielitis aguda puede ser una de las complicaciones precoces de la fractura abierta, y si ésta no ha sido completamente curada y persiste, se convierte en una osteomielitis crónica. Se recogerá mediante codificación múltiple: Servicio Andaluz de Salud 67 CIE-9-MC • código de la subcategoría 730.1 Osteomielitis crónica, • código de la categoría 041 Infección bacteriana en enfermedades clasificadas bajo otros conceptos y las de sitio no especificado para especificar el germen, • código de la categoría 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos para recoger la lesión aguda primitiva que generó la secuela10, y • código E correspondiente de efecto tardío de causa externa. 2. Distrofia simpática refleja y causalgia La distrofia simpática refleja y causalgia25 ha recibido nombres tan diversos como síndrome de causalgia (mayor y menor), algodistrofia, algoneurodistrofia, distrofia refleja neurovascular, síndrome de Steinbrocker, osteoporosis postraumática, distrofia postraumática, vasoespasmo postraumático, edema crónico postraumático, simpatalgia, etc. La International Pain Nomenclature Group introdujo en 1996 el término Síndrome de Dolor Regional Complejo (SDRC) clasificándolo en dos grupos: • Tipo I para la Distrofia Simpática Refleja (DSR): no existe lesión nerviosa demostrable en electromiografía ni en los estudios de neuroconducción. Puede evolucionar, en sus fases más tardías, si no se trata, hasta una atrofia muscular por desuso llegando incluso a producir atrofia y contracturas musculares dentro de un proceso de cronicidad grave. • Tipo II para la causalgia: sí existe lesión nerviosa demostrable en electromiografía y en los estudios de neuroconducción La CIE-9-MC sigue esta clasificación para asignar códigos al SDRC pero utiliza diferentes soluciones para el conjunto de términos relacionados al inicio: • Síndrome de dolor regional complejo - Tipo I o distrofia simpática refleja. Subcategoría 337.2 Distrofia simpática refleja. El término distrofia simpática postraumática es sinónimo de DSR. - Tipo II o causalgia. 355.71 Causalgia de miembro inferior. 354.4 Causalgia de miembro superior. 68 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 355.9 Mononeuritis de sitio no especificado. Para la causalgia sin especificar localización. - Síndrome de dolor regional complejo, no especificado de otra manera. 355.9 Mononeuritis de sitio no especificado. • La algoneurodistrofia, la algodistrofia y la osteoporosis postraumática se clasifican en el código 733.7 Algoneurodistrofia. • El síndrome de Steinbrocker y la distrofia refleja neurovascular (traumática) se codifican en el 337.9 Trastorno del sistema nervioso autónomo no especificado. DISTROFIA SIMPÁTICA REFLEJA Y CAUSALGIA Tipo I o distrofia simpática refleja CÓDIGO CIE 337.2 Distrofia simpática refleja 355.71 Causalgia de miembro inferior Síndrome de Tipo II o causalgia dolor regional complejo 354.4 Causalgia de miembro superior 355.9 Mononeuritis de sitio no especificado Para la causalgia sin especificar localización Síndrome de dolor regional complejo, 355.9 Mononeuritis de sitio no especificado no especificado de otra manera Algodistrofia osteoporosis postraumática 733.7 Algoneurodistrofia Síndrome de Steinbrocker Distrofia refleja neurovascular (traumática) l 337.9 Trastorno del sistema nervioso autónomo no especificado Para recoger la lesión aguda primitiva que generó la secuela se añadirá, en todos los casos, un código de la categoría 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. Por último se deberá recoger el código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. 3. Atrofia ósea de Südeck Es una patología caracterizada por una acentuada osteoporosis de los huesos, que va mucho más allá de la que normalmente acompaña al hueso inmovilizado por largo tiempo. Se presenta por lo general en el esqueleto de la muñeca, carpo y falanges; menos frecuentemente en los huesos del pie. Se acompaña de trastornos tróficos, edema brillante, congestión y dolor al más mínimo movimiento. Muy frecuente como complicación de la fractura de Colles. Servicio Andaluz de Salud 69 CIE-9-MC Probablemente hay un trastorno simpático-vascular reflejo, determinado por dolor; el enfermo se niega a intentar ningún movimiento y se genera el círculo vicioso que agrava progresivamente el problema. Se clasificará en el código 733.7 Algoneurodistrofia. Para recoger la lesión aguda primitiva que generó la secuela se asignará, en todos los casos, un código de la categoría 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos, que tiene códigos específicos para estas patologías. Por último se deberá recoger el código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. 4. Trastornos de la consolidación El proceso de consolidación puede ser alterado o perturbado por factores mecánicos, biológicos o una combinación de ambos. Las alteraciones de la consolidación forman parte de las complicaciones locales de las fracturas, y sus causas principales son el exceso de movimiento en el lugar de la fractura (mala estabilización) y la insuficiente vascularización de los fragmentos. Dentro de los trastornos de la consolidación se distinguen: - Pseudoartrosis. - No unión de fractura. - Retardo de consolidación. En los tres casos, y dependiendo de la etiología, variará la secuencia de codificación: • Cuando la causa es por factores biológicos o no especificados como complicación de tratamiento, se clasificará siguiendo la secuencia de efectos tardíos. - Secuela: pseudoartrosis, no unión o retardo en la consolidación. - 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. - Código E de efecto tardío más adecuado en cada circunstancia. • Cuando es debida al tratamiento de la fractura, se codificará como complicación (ver apartado Complicaciones de dispositivos ortopédicos): - Códigos que recojan la condición de complicación de tratamiento mecánica, infecciosa, etc. como: 70 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 996.4 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. 996.66 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por prótesis articular interna. 996.67 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo, implante e injerto ortopédico interno. - Manifestación: pseudoartrosis, no unión o retardo en la consolidación. - Código E adecuado en cada circunstancia. 4.a. Pseudoartrosis o no unión de fractura Es una falta absoluta en la consolidación de una fractura pudiéndose crear una falsa articulación en el foco de fractura. Se diagnostica cuando, después de haber transcurrido el tiempo necesario para la unión ósea, no se ve el callo de la fractura. De la etiología dependerá el tratamiento. La clasificación de Judet y Judet se basa en la viabilidad de los extremos de los fragmentos óseos y del aporte sanguíneo. Según esta clasificación las pseudoartrosis se dividen en dos grandes grupos: • Atróficas con pérdida de fragmentos intermedios y sustitución por tejido cicatrizal relacionadas con pobre vascularización (problema biológico). Son debidas a factores individuales como la edad, tuberculosis, lúes, diabetes, tabes, hipotiroidismo, osteopatía descalcificante, etc. Así también la localización de la fractura, tipo de fractura, apertura del foco, son factores que pueden favorecer la aparición de pseudoartrosis. • Hipertróficas (problema mecánico) secundarias al tratamiento, son fallos en la reducción, contacto e inmovilización. Se ha visto que una inadecuada inmovilización por sí misma podría ser causa de pseudoartrosis produciéndose una detención en el proceso de reparación natural. La clínica que presenta es dolor persistente en el foco de fractura además de movilidad anormal en el mismo. Se codifica mediante 733.82 No unión de fractura, con la secuencia según etiología. La reparación de la pseudoartrosis se codifica con un código de la subcategoría 78.5 Fijación interna de hueso sin reducción de fractura. Si el tratamiento se acompaña de otras técnicas, como por ejemplo injerto de hueso, retirada del material de osteosíntesis, etc., se añadirán los códigos correspondientes. Servicio Andaluz de Salud 71 CIE-9-MC 4.b. Unión defectuosa de fractura o mala unión de fractura Esta complicación implica que la cicatrización ha tenido lugar pero los fragmentos de la fractura están en mala posición, mal alineados. Suele ocurrir en casos de pseudoartrosis infectadas con persistencia de infección por 6-8 meses26. Se clasifica en el código 733.81 Unión defectuosa de fractura siguiendo la secuencia descrita según la etiología. El término clave de búsqueda en el Índice Alfabético es Mala -unión, fractura. 4.c. Retardo en la consolidación Se habla de retardo en la consolidación cuando una fractura bien reducida y bien inmovilizada no presenta una unión ósea completa después de haber transcurrido el tiempo suficiente para consolidar. Cuando la consolidación no ha avanzado a la velocidad media esperada para la localización y tipo de fractura (3-6 meses), se habla de retardo de la consolidación27. En cambio, la pseudoartrosis es la incapacidad completa de la consolidación por fracaso definitivo de la osteogénesis. No hay dolor ni movimientos anormales en el foco de lesión, a diferencia de la pseudoartrosis o la no unión de fractura. Se clasifica en el código 733.99 Otros trastornos de huesos y cartílagos. Otra, siguiendo la secuencia descrita dependiendo de la etiología. 5. Miositis osificante traumática En ciertas circunstancias, tras una fractura, generalmente en la región del codo y del muslo de los niños, se desarrolla una masa dolorosa que aumenta rápidamente y que en parte es un hematoma muscular que posteriormente se osifica. Se codifica mediante: - 728.12 Miositis osificante traumática. - 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. - Código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. 6. Necrosis ósea avascular La necrosis ósea está representada por una serie de enfermedades, muchas de ellas denominadas por sus epónimos: Enfermedad de Köhler, König, Perthes, etc. Consiste en la muerte isquémica de los elementos del hueso y médula ósea. 72 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Los mecanismos causantes de la osteonecrosis pueden agruparse en cuatro28: • Interrupción mecánica de los vasos que puede producirse por una fractura o luxación. El traumatismo sigue siendo la causa más frecuente de necrosis ósea, y la localización, la epífisis femoral superior por las fracturas del cuello anatómico. • Oclusión de los vasos arteriales que puede ser por trombosis, embolia grasa circulante (por ejemplo, la osteonecrosis inducida por corticoides), burbujas de nitrógeno (enfermedad de los buzos) o células con forma anormal (anemia de células falciformes). • Vasculitis. • Otras veces la oclusión es a nivel de los vasos venosos de salida, de forma que cuando la presión venosa excede a la arterial se ve afectada la circulación hacia las células. Este efecto llamado de tamponamiento puede estar causado por aumento en el número y tamaño de las células de la médula grasa como ocurre en el alcoholismo, provocándose una esteatosis y la compresión vascular consiguiente. Otras veces será por depósito de sustancias anómalas como ocurre en la enfermedad de Gaucher. Cuando es secundaria a fracturas, los signos clínicos y radiográficos son tardíos y por ello se detectan hasta meses o años después del accidente; ello explica que en la historia del enfermo generalmente no aparezca claramente relacionada como una complicación de la fractura. Se clasifica siguiendo la siguiente secuencia: - 733.4 Necrosis ósea aséptica. - 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. - Código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. 7. Dolor crónico por cirugía ortopédica Ante la presencia de dolor crónico asociado a una cirugía ortopédica pueden presentarse dos alternativas: • Si el dolor crónico es la complicación, hay un ingreso para control o tratamiento del dolor y la actitud terapéutica es exclusivamente para controlar este dolor, se codificará como: Servicio Andaluz de Salud 73 CIE-9-MC - 996.78 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo ortopédico interno, implante e injerto de otro tipo o 996.77 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por prótesis interna de articulación. - Se añadirá el código 338.28 Otro dolor crónico postoperatorio. - Si la complicación (dolor crónico) es debida a una prótesis articular se añadirá un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación para identificar la articulación portadora de la prótesis. Ejemplo: Paciente que ingresa por dolor crónico de rodillas debido a prótesis de rodilla. 996.77 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético), por prótesis interna de articulación 338.29 Otro dolor crónico V43.65 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación rodilla • Si el dolor es manifestación de una complicación especificada de cirugía ortopédica, y el ingreso es por un procedimiento destinado a tratar la condición subyacente que produce el dolor, el diagnóstico principal será el de la condición subyacente y no se asignará el código de dolor. Ejemplo: Paciente que ingresa por dolor agudo al sentarse. En la Rx se observa rotura de prótesis de cadera. 996.43 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico, interno, implante e injerto. Fallo de implante de prótesis articular V43.65 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación rodilla 8. Dolor crónico postfractura El dolor puede persistir mucho tiempo después de que las lesiones que lo causaron hayan sanado. En ocasiones, incluso puede aparecer de forma espontánea, sin lesión aparente. Las crisis de dolor espontáneo pueden durar minutos u horas y pueden presentarse repetidamente e incluso a diario durante años después de desaparecer la lesión. 74 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Se clasifica en 338.21 Dolor crónico. Dolor crónico debido a traumatismo. III. COMPLICACIONES DE DISPOSITIVOS DE FIJACIÓN O PRÓTESIS Los ingresos de pacientes para retirada de material de osteosíntesis sin que presenten ninguna complicación por dicho tratamiento se codifican mediante el código V54.0 Cuidados posteriores que implican a un dispositivo de fijación interna, más el código de procedimiento. En estos ingresos es importante revisar la historia clínica ya que a veces se diagnostica solo como ingreso para retirada de material de osteosíntesis sin patología, cuando en realidad la retirada es debida a la presencia de alguna complicación. Los dispositivos de fijación, tracción esquelética o prótesis articulares pueden producir complicaciones de distinto tipo. 1. Complicaciones mecánicas Las complicaciones mecánicas se clasifican en la subcategoría 996.4 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico, interno, implante e injerto, especificándose con el 5º dígito el tipo de complicación. Deberá evitarse el uso del código 996.40 Complicación mecánica no especificada de dispositivo ortopédico interno, implante o injerto. Si la complicación es debida a una prótesis articular se añadirá un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación para identificar la articulación portadora de la prótesis. 2. Complicaciones infecciosas o inflamatorias Estas complicaciones se clasifican mediante el código 996.67 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo ortopédico interno, implante e injerto o en el código 996.66 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por prótesis interna articular. En ambas situaciones, cuando se trate de proceso infeccioso se deberá añadir el código específico para el germen de la categoría 041 Infección bacteriana en enfermedades clasificadas bajo otros conceptos y las de sitio no especificado. Servicio Andaluz de Salud 75 CIE-9-MC Si la complicación es debida a una prótesis articular se añadirá un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación para identificar la articulación portadora de la prótesis. 3. Otras complicaciones Las complicaciones como embolia, hemorragia etc. debidas a dispositivo protésico interno se codificarán: • si no son debidas a prótesis articular se clasificarán en 996.78 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo ortopédico interno, implante e injerto de otro tipo. • si son debidas a prótesis articular se clasificarán en 996.77 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por prótesis interna de articulación. En este caso se añadirá un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación para identificar la articulación portadora de la prótesis. 4. Complicaciones en la consolidación de la fractura secundarias a tratamiento El proceso de consolidación puede ser alterado o perturbado por factores mecánicos, biológicos o una combinación de ambos. Las alteraciones de la consolidación forman parte de las complicaciones locales de las fracturas y sus causas principales son el exceso de movimiento en el lugar de la fractura (mala estabilización) y la insuficiente vascularización de los fragmentos. Dentro de los trastornos de la consolidación se distinguen: - Pseudoartrosis. - No unión de fractura. - Retardo de consolidación. Cuando son secundarias al tratamiento se seguirá la siguiente secuencia de codificación: • Códigos que recojan la condición de complicación de tratamiento: mecánica, infecciosa, etc. como: - 996.4 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. 76 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS - 996.66 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por prótesis articular interna. - 996.67 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo, implante e injerto ortopédico interno. • Código de la manifestación, como: - Pseudoartrosis: 733.82 No unión de fractura. - No Unión de fractura: 733.81 Unión defectuosa de fractura. - Retardo de consolidación: 733.99 Otros trastornos de huesos y cartílagos. Otra. • Código E adecuado en cada circunstancia. En el caso de que la complicación sea debida a una prótesis se añadirá un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación para identificar la articulación portadora de la prótesis. COMPLICACIONES DE TRAUMATISMOS Y LESIONES CÓDIGO 1 CÓDIGO 2 CÓDIGO 3 Osteomielitis aguda 730.0X 041.XX Síndrome compartimental traumático 958.9X Código E 958.6 Código E Contractura isquémica de Volkmann Complicación Tempranas local Dolor agudo postoperatorio no asociado a complicaciones 338.18 Dolor crónico postoperatorio no asociado a complicaciones 338.28 Lesiones nerviosas primarias 953 - 957 Código E Sigue en página siguiente Servicio Andaluz de Salud 77 CIE-9-MC COMPLICACIONES DE TRAUMATISMOS Y LESIONES CÓDIGO 1 Osteomielitis crónica 730.1X Distrofia simpática refleja 337.2 CÓDIGO 2 CÓDIGO 3 355.71 Síndrome de dolor regional complejo Tipo II o causalgia. 354.4 355.9 Complicación Tardías local Complicación de dispositivo de fijación o prótesis 78 Servicio Andaluz de Salud 905.X Síndrome de dolor regional complejo, no especificado de otra manera 355.9 Algodistrofia y osteoporosis postraumática 733.7 Síndrome de Steinbrocker Distrofia refleja neurovascular (traumática) l 337.9 Atrofia ósea aguda de Südeck 733.7 Pseudoartrosis 733.82 Unión defectuosa de fractura 733.81 Retardo en la consolidación 733.91 Miositis osificante traumática 728.12 Necrosis ósea avascular 733.4X Mecánicas 996.4X Código E Infecciosas o inflamatorias 996.6X Código E Código E Efecto tardío Dolor agudo asociada a dispo996.77sitivos (ingreso para tratamien996.78 to del dolor) 338.18 Código E Dolor crónico asociada a dispo996.77sitivos (ingreso para tratamien996.78 to del dolor) 338.28 Código E Dolor asociada a dispositivos (ingreso para tratamiento complicación subyacente) Complicación subyacente Otras complicaciones 996.77996.78 Código E SEGUNDA PARTE: ESGUINCES, LUXACIONES Y SUBLUXACIONES LESIONES Y ENVENENAMIENTOS CONCEPTOS GENERALES 29,30 • Esguince. Es toda alteración de las partes blandas de una articulación que supera los límites normales de movilidad de la misma. En el momento de aplicación de la fuerza desencadenante de la lesión, pudo existir pérdida momentánea de contacto entre las superficies articulares pero solo de forma instantánea, la articulación mantiene el contacto articular. En el esguince hay una distensión de la cápsula articular y de los ligamentos pero no hay desplazamiento de las estructuras articulares. Las lesiones pueden ir desde distensiones ligamentarias a rupturas de estructuras blandas. • Luxación. Es toda lesión cápsulo-ligamentosa y desinserciones musculares, con pérdida total y permanente del contacto de las superficies articulares. Cuando la luxación va acompañada de fractura, recibe el nombre de fractura-luxación y se codificará solo como fractura. • Subluxación. Es toda lesión cápsulo-ligamentosa parcial donde las superficies articulares han perdido su relación normal pero todavía conservan un contacto mutuo considerable. Se codificará como luxación. Para la codificación de una luxación o subluxación el término de búsqueda en el Índice Alfabético es Luxación, y buscaremos el lugar anatómico, donde aparece una amplia nota especificando los tipos de luxación. Servicio Andaluz de Salud 81 CIE-9-MC LUXACIONES I. CLASIFICACIÓN Las luxaciones se clasifican según la CIE-9-MC en: • Luxaciones congénitas. Códigos de la categoría 754 Ciertas deformidades musculoesqueléticas congénitas o 755 Otras anomalías congénitas de los miembros. • Luxaciones patológicas. Códigos de la subcategoría 718.2 Luxación patológica, 724.6 Trastornos del sacro o 724.8 Otros síntomas con la espalda como punto de referencia. • Luxaciones recidivantes o recurrentes. Códigos de la subcategoría 718.3 Luxación recurrente de articulación o 724.6 Trastornos del sacro. Las luxaciones crónicas, expresadas como «habituales, antiguas o recurrentes», se deben codificar como recurrentes. • Luxaciones articulares del desarrollo. Códigos de la subcategoría 718.7 Luxación articular del desarrollo. • Luxaciones traumáticas. Sección Luxaciones 830-839 que sigue un primer eje de división anatómico, y dentro de cada categoría distingue luego entre abierta y cerrada mediante el 4º dígito. El 5º dígito que aparece en casi todas las categorías especifica con más detalle la región anatómica afectada. Se debe entender la luxación como abierta cuando en la expresión diagnóstica hace referencia a términos como «complicada, cuerpo extraño, infectadas», mientras que la luxación cerrada lo hace en términos como «simple, parcial, no complicada o completa». Cuando la expresión diagnóstica no es más específica se debe entender la luxación por defecto como cerrada. En el caso de una luxación abierta no se codificará la herida acompañante de la luxación. II. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE HOMBRO El hombro esta constituido por el extremo superior del humero, la escápula y la clavícula. Las articulaciones que existen son la gleno-humeral y la acromio-clavicular. 82 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Las luxaciones del hombro se definen como la pérdida de congruencia articular glenohumeral, acromio-clavicular. Se clasifican en la categoría 831.0 Luxación de hombro. Luxación cerrada. 1. Luxacion gleno-humeral Es la pérdida de la congruencia articular gleno-humeral. Puede ser anterior, posterior o inferior. Se codificará mediante las subcategorías 831.0 Luxación de hombro. Luxación cerrada y 831.1 Luxación de hombro. Luxación abierta, según sea cerrada o abierta. El 5º dígito de subclasificación identifica el desplazamiento anterior, posterior o inferior de la cabeza del húmero (5º dígito 1, 2 y 3). 2. Luxación acromio-clavicular Es la pérdida de congruencia articular entre acromion y clavícula. Se clasificará como 831.04 Luxación de hombro. Luxación cerrada. Acromioclavicular (articulación) y 831.14 Luxación de hombro. Luxación abierta. Acromioclavicular (articulación), según sean cerradas o abiertas. Es una patología de distinta gravedad según las estructuras lesionadas, que puede ir desde una simple distensión de los ligamentos acromioclaviculares a una rotura completa de éstos y de los coracoclaviculares, con un marcado desplazamiento de la clavícula. La luxación de hombro puede ir acompañada de otras lesiones que se deben codificar también: • lesiones neurológicas: - lesión del nervio axilar (955.0 Lesión de nervio(s) periférico(s) de la cintura escapular y miembro superior. Nervio axilar) o - lesión del nervio circunflejo (955.7 Lesión de nervio(s) periférico(s) de la cintura escapular y miembro superior. Otro(s) nervio(s) especificado(s) de la cintura escapular y miembro superior). Servicio Andaluz de Salud 83 CIE-9-MC • Rotura del manguito de los rotadores, clasificada en la categoría 840 Esguinces y torcedura de hombro y parte superior del brazo. • Fracturas de la glenoides. 811.03 Fractura de escápula, cerrada, cavidad glenoidea y cuello de escápula u 811.13 Fractura de escápula, abierta, cavidad glenoidea y cuello de escápula. Como se ha comentado, cualquier fractura que asiente en el foco de una luxación implicaría una fractura-luxación asignándose solo código para la fractura. Por ejemplo: la luxación con fractura de glenoides se codificaría con 811.03 Fractura de escápula, cerrada, cavidad glenoidea y cuello de escápula u 811.13 Fractura de escápula, abierta, cavidad glenoidea y cuello de escápula. III. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE CODO Las luxaciones del codo van a comprender la pérdida de relaciones entre húmero, cúbito o radio. Generalmente son estos dos últimos los que se luxan, y con más frecuencia en sentido posterior, pero pueden presentarse otras formas. Se codifica mediante la categoría 832 Luxación de codo. Las luxaciones aisladas de cúbito solo son posteriores. Mientras que las luxaciones aisladas de radio pueden ser anteriores, posteriores o laterales. Las luxaciones laterales externas e internas son muy raras y suelen ir acompañadas de luxación posterior del codo. La CIE-9-MC asigna dígitos de subclasificación en función del desplazamiento del hueso luxado: anterior, posterior, medial (interna) o lateral (externa). Ante la falta de más información, la CIE-9-MC considera la luxación de cúbito o la de húmero como luxación de codo no especificada. Sin embargo, en el caso del radio envía a luxación anterior por defecto. • Pronación dolorosa en los niños o codo de niñera Es una patología muy frecuente sobre todo en niños menores de 4 años. La pronación dolorosa es una subluxación de la cabeza del radio y se conoce como «codo de niñera». Se codificará como 832.2 Luxación de codo. Codo de niñera. • Luxofractura de Monteggia Es una luxación de la cabeza del radio con fractura del tercio proximal del cúbito. El Índi84 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS ce Alfabético de la CIE-9-MC la considera como fractura asignándole el código 813.03 Fractura de radio y cúbito. Extremo proximal, cerrada. Fractura de Monteggia. IV. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE CADERA La cabeza femoral está introducida enteramente en el interior del cotilo, «a presión». El contacto es tan hermético que se genera dentro de la cavidad de la articulación un verdadero vacío entre las superficies articulares. La cavidad cotiloidea, sumada al rodete de ampliación, es muy profunda y aloja en su totalidad a la cabeza femoral. El ligamento redondo es un fuerte elemento de sujeción de la articulación. Los ligamentos anteriores, muy poderosos, refuerzan la cápsula por delante. Por atrás la cápsula es laxa y sin refuerzos ligamentosos. La luxación traumática de la cadera es una lesión grave que consiste en un desplazamiento permanente de la cabeza del fémur fuera del acetábulo. Puede ser pura o coexistir con una fractura de la cabeza femoral o del acetábulo. La categoría 835 Luxación de cadera recoge mediante 5º dígito de subclasificación el desplazamiento de la luxación: • posterior (ilíaca -encima del cotilo- o isquiática -debajo del cotilo-). • anterior (obturatriz -encima del cotilo- o pubiana - debajo del cotilo-). Por lo general, la cabeza femoral sale del cotilo y perfora la cápsula articular. En las luxaciones complicadas, además de la pérdida de la relación articular, se asocian otro tipo de lesiones, como son: • Lesiones del tronco del nervio ciático, 956.0 Lesión de nervio(s) periférico(s) de la cintura pelviana y miembro inferior. Nervio ciático. • Fractura del reborde posterior del acetábulo clasificándose como fractura en 808.0 Fractura de pelvis. Acetábulo, cerrada u 808.1 Fractura de pelvis. Acetábulo, abierta, según sea cerrada o abierta. • Fractura parcelar de la cabeza femoral clasificándose como fractura en 820.09 Fractura del cuello de fémur. Fractura transcervical, cerrada. Otras u 820.19 Fractura del cuello de fémur. Fractura transcervical, abierta. Otras, según sea cerrada o abierta. Servicio Andaluz de Salud 85 CIE-9-MC V. LUXACIONES TRAUMÁTICAS DE RODILLA La CIE-9-MC recoge las luxaciones de rodilla en la categoría 836 Luxación de rodilla, que agrupa tres tipos diferentes de lesiones: 1. Luxación de rodilla Se clasifica en las subcategorías 836.5 Otra luxación de rodilla, cerrada u 836.6 Otra luxación de rodilla, abierta, y dependiendo del desplazamiento de la tibia con rela- ción al fémur se distinguen cinco tipos, diferenciándose mediante 5º dígito en: • Luxación anterior Se clasifica si es cerrada en 836.51 Otra luxación de rodilla, cerrada. Luxación anterior de tibia, extremo proximal y si es abierta, en 836.61 Otra luxación de rodilla,abierta. Luxación anterior de tibia, extremo proximal. Las luxaciones anteriores se producen por hiperextensión de la rodilla. Los ligamentos laterales interno y externo pueden estar íntegros, pero siempre están rotos los ligamentos cruzados. En el caso de que se rompan los ligamentos colaterales internos y externos se añadirá el código correspondiente 844.1 Esguinces y torceduras de rodilla y pierna. Ligamento colateral interno de rodilla u 844.0 Esguinces y torceduras de rodilla y pierna. Ligamento colateral externo de rodilla. • Luxación posterior Se clasifica en 836.52 Otra luxación de rodilla, cerrada. Luxación de tibia, extremo proximal, si es cerrada, u 836.62 Otra luxación de rodilla, abierta. Luxación posterior de tibia, extremo proximal, si es abierta. • Luxación interna Se clasifica según sea cerrada o abierta en 836.53 Otra luxación de rodilla, cerrada. Luxación interna de tibia, extremo proximal u 836.63 Otra luxación de rodilla, abierta. Luxación interna de tibia, extremo proximal. • Luxación externa Se clasifica según sea cerrada o abierta en 836.54 Otra luxación de rodilla, cerrada. Luxación externa de tibia, extremo proximal u 836.64 Otra luxación de rodilla, abierta. Luxación externa de tibia, extremo proximal. 86 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • Luxación rotatoria Se clasifica según sea cerrada o abierta en 836.59 Otra luxación de rodilla, cerrada. Otra, u 836.69 Otra luxación de rodilla, abierta. Otra. Pueden presentarse lesiones vasculares, fundamentalmente de la arteria poplítea, o neurológicas sobre todo del nervio ciático poplíteo externo 956.0 Lesión de nervio(s) periférico(s) de la cintura pelviana y miembro inferior. Nervio ciático o del nervio peroneo 956.3 Lesión de nervio(s) periférico(s) de la cintura pelviana y miembro inferior. Nervio peroneo. Si se producen estas lesiones deberán ser codificadas. Un importante número de las mismas se asocian a fractura de tibia o de fémur. Si la fractura asienta en el foco de la luxación se considerará fractura-luxación y se codificará solo como fractura. 2. Luxación de rótula Se codifica mediante 836.3 Luxación de rodilla. Luxación de rótula, cerrada u 836.4 Luxación de rodilla. Luxación de rótula, abierta. La luxación de rótula se asocia con una predisposición anatómica. En el caso de luxaciones extraarticulares la rótula se luxa habitualmente hacia el lado externo y se reduce fácilmente mediante manipulación. El caso muy poco frecuente de las luxaciones intraarticulares de rótula implica rotura, bien del tendón rotuliano o bien del tendón del cuádriceps, clasificadas en 844.8 Esguinces y torceduras de rodilla y pierna. Otros sitios especificados de rodilla y pierna. Se trata mediante reducción abierta y reparación tendinosa. 3. Lesiones de menisco La CIE-9-MC clasifica, dentro de la luxación de la rodilla, las lesiones agudas del menisco en las siguientes subcategorías: • 836.0 Luxación de rodilla. Desgarro de cartílago o menisco interno de la rodilla, actual, para el menisco medial. • 836.1 Luxación de rodilla. Desgarro de cartílago o menisco externo de la rodilla, actual, para el menisco lateral. • 836.2 Luxación de rodilla. Otro desgarro de cartílago o menisco de la rodilla, actual. Servicio Andaluz de Salud 87 CIE-9-MC El menisco es un cartílago fibroso en forma de «C» que se encuentra en ciertas articulaciones, formando un cojinete entre los huesos. Sirve como sistema de absorción de impactos, ayuda a la lubricación de la articulación y limita la flexión y extensión de la articulación. Debe diferenciarse claramente en las lesiones de menisco si la patología es aguda o no en el momento de la asistencia. En caso de no ser aguda se codificará en la categoría 717 Trastorno interno de rodilla. Si se conoce que estas lesiones antiguas son como consecuencia de un traumatismo anterior se clasificarán siguiendo la secuencia de efectos tardíos. Frecuentemente, las lesiones múltiples internas de rodilla afectan a ligamentos y cartílagos, y se describen agrupadas como triadas y pentadas (ver apartado de Esguinces). VI. SECUELAS DE LAS LUXACIONES Como en toda secuela, para la correcta codificación se necesitan al menos 3 códigos (ver apartado de Efectos tardíos de lesiones y envenenamientos): • código de la secuela, • código para la lesión original, no presente ya, pero que ha provocado la secuela y • código E para señalar una causa externa antigua que originó la primitiva lesión. Las secuelas más frecuentes de las luxaciones son: 1. Luxación inveterada Después de un plazo de una semana, y a veces menos, la articulación se va haciendo irreductible. Una luxación inveterada es aquella que lleva tiempo sin reducirse. Inveterada no es sinónimo de recidivante pues se puede tener una luxación inveterada y ser la primera vez que se ha producido la luxación. Si la luxación inveterada se produjo por un traumatismo, se debe clasificar como luxación aguda, en el Capítulo 17 Lesiones y Envenenamientos de la CIE-9-MC31. Si la luxación inveterada es no traumática (congénita, etc.) no se codificará como lesión aguda, asignándole el código adecuado en función de su etiología en su capítulo correspondiente. 88 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Luxaciones recidivantes La luxación recurrente o recidivante31 es una luxación que se ha producido más de una vez. Se clasifica, en la CIE-9-MC, en el Capítulo 13 Enfermedades del Aparato Muscular y Esquelético y de los Tejidos y no en el de lesiones como las luxaciones traumáticas. 3. Rigidez articular No existe entrada en el Índice Alfabético para rigidez articular postluxación, por lo que se entrará por Limitación de movimiento articulación (véase además Anquilosamiento, articulación). 4. Miositis osificante Corresponde a la calcificación y osificación de hematomas no reabsorbidos en el contorno de la articulación luxada y reducida. Se clasifica con: • 728.12 Trastornos de músculos, ligamentos y fascias. Miositis osificante traumática, • 905.6 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. Efecto tardío de luxación, código para la lesión aguda primitiva, no presente ya, que generó la secuela, y • código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. 5. Necrosis ósea aséptica Se clasifica siguiendo la siguiente secuencia: • 733.4 Otros trastornos de huesos y cartílagos. Necrosis ósea aséptica, • 905.6 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. Efecto tardío de luxación, código para la lesión aguda primitiva, no presente ya, que generó la secuela, y • código E de efecto tardío más adecuado en cada caso. Servicio Andaluz de Salud 89 CIE-9-MC VII. PROCEDIMIENTOS EN LUXACIONES 1. Luxaciones Los procedimientos ligados a la luxación van dirigidos a la reducción de la misma, por lo que se buscará en el Índice Alfabético por Reducción – luxación. Las reducciones pueden ser abiertas o cerradas e incluyen mecanismos de tracción externos que se clasifican en las subcategorías 79.7 Reducción cerrada de luxación y 79.8 Reducción abierta de luxación, excepto las reducciones de luxación temporomandibular que se codifican como 76.93 Reducción cerrada de luxación temporomandibular o 76.94 Reducción abierta de dislocación temporomandibular. REDUCCIÓN LUXACIÓN Cerrada Abierta CÓDIGO CIE Temporomaxilar 76.93 Otras 79.7 Temporomaxilar 76.94 Otras 79.8 2. Meniscos El tratamiento habitualmente es mediante menicectomía vía artroscópica que se asignará al 80.6 Incisión y escisión de estructuras de la articulación. Escisión de cartílago semilunar de rodilla al que se le añade el código de artroscopia 80.26 Incisión y escisión de estructuras de la articulación. Artroscopia. Rodilla. 3. Luxofractura de Monteggia El manejo de las luxofracturas de Monteggia debe iniciarse con: • Reducción de la luxación de la cabeza del radio cerrada 79.72 Reducción cerrada de luxación de codo o abierta 79.82 Reducción abierta de luxación de codo; posteriormente, • estabilización quirúrgica de la fractura del cúbito en función de si se realiza con o sin fijación y si es cerrada o abierta: - 79.02 Reducción de fractura y luxación. Reducción cerrada de fractura sin fijación interna. Radio y cúbito o 90 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS - 79.12 Reducción de fractura y luxación. Reducción cerrada de fractura con fijación interna. Radio y cúbito o - 79.22 Reducción de fractura y luxación. Reducción abierta de fractura sin fijación interna. Radio y cúbito o - 79.32 Reducción de fractura y luxación. Reducción abierta de fractura con fijación interna. Radio y cúbito. • una reconstrucción del ligamento anular cuando se requiera, 81.85 Artroplastia de codo. En ocasiones se realiza reducción del cúbito con osteosíntesis, dejando la cabeza de radio luxada o bien se elimina. Servicio Andaluz de Salud 91 CIE-9-MC ESGUINCES El esguince es una torcedura articular traumática que origina una distensión o una rotura completa de los tejidos conectivos estabilizadores. Cuando una articulación es forzada más allá de sus límites anatómicos normales se originan cambios adversos en los tejidos. Se puede distender y desgarrar el tejido, y en ocasiones los ligamentos pueden arrancarse de sus inserciones óseas. Los esguinces afectan fundamentalmente al tejido ligamentoso y capsular; sin embargo, los tendones también pueden verse afectados de forma secundaria32. En el momento de aplicación de la fuerza desencadenante de la lesión, pudo existir pérdida momentánea de contacto entre las superficies articulares pero solo de forma instantánea, ya que la articulación mantiene el contacto articular, a diferencia de la luxación33. Los esguinces se clasifican en tres grados en función de su gravedad: • Grado I. Se produce una distensión del ligamento afecto, existe dolor leve y en general los síntomas son escasos. • Grado II. Se produce la rotura parcial del ligamento, aparece dolor moderado acompañado de una inestabilidad articular leve. • Grado III. Existe una laxitud articular manifiesta, rotura completa del ligamento, dolor intenso, deformidad e hinchazón francas. Se codifican mediante códigos de la sección Esguinces y torceduras de articulaciones y músculos adyacentes (840- 848). A la hora de codificar, se considerarán esguince las lesiones definidas como desgarro, hemartrosis, laceración, rotura, torcedura, avulsión, o lesión de origen traumático, que afecten a las estructuras articulares como la cápsula, los músculos, los tendones o los ligamentos. Se excluyen de esta sección: • La laceración del tendón debido a una herida abierta, ya que las heridas abiertas con la implicación del tendón se clasifican en las categorías 880 Heridas abiertas de hombro y brazo u 890 Herida abierta de cadera y muslo. 92 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • Los esguinces pélvicos que ocurren durante el parto se clasifican mediante códigos de la subcategoría 665.6 Otro trauma obstétrico. Lesiones de articulaciones y ligamentos pélvicos. Ejemplo: Un jugador del fútbol realiza una extensión forzada de la rodilla durante un retroceso y se rompe el ligamento cruzado posterior. 844.2 Esguinces y torceduras de rodilla y pierna. Ligamento cruzado de rodilla E927 Esfuerzo excesivo y movimientos o cargas enérgicos y repetitivos E849.4 Lugar de recreo y deporte I. ESGUINCE DE RODILLA La triada puede ser antero-interna, antero-externa, postero-interna, postero-externa y posterior. Las estructuras afectadas son: TRIADAS INTERNA EXTERNA ANTERIOR Triada de O’Donogue: LCA + LLI + Menisco interno LCA + LLE + Menisco externo POSTERIOR LCP + LLI + Menisco interno LCP + LLE + Menisco externo POSTERIOR ------ LCP + Menisco externo + Menisco interno LCA: Ligamento Cruzado Anterior. LCP: Ligamento Cruzado Posterior. LLI: Ligamento Lateral Interno. LLE: Ligamento Lateral Externo. La más frecuente es la triada maligna de O’Donogue, que corresponde a la triada anterointerna y cuyo tratamiento se codifica con un solo código 81.43 Reparación de una triada de rodilla. La pentada puede ser interna, externa, posterior o sin especificar: Servicio Andaluz de Salud 93 CIE-9-MC SIN ESPECIFICAR Generalmente: LCA PENTADAS + LLI + LLE + Menisco externo + Menisco interno INTERNA EXTERNA POSTERIOR LCA + LCP + LLI + Menisco interno + Cápsula LCA + LCP + LLE + Menisco externo + Cápsula LCA + LCP + Menisco interno + Menisco externo + Cápsula LCA: Ligamento Cruzado Anterior. LCP: Ligamento Cruzado Posterior. LLI: Ligamento Lateral Interno. LLE: Ligamento Lateral Externo. Cuando se habla de lesión de la pentada sin más especificación, se trata de una lesión simultánea en el ligamento cruzado anterior, el ligamento lateral interno, el ligamento lateral externo y los meniscos, interno y externo. II. TRATAMIENTO EN LOS ESGUINCES El tratamiento de los esguinces suele ser médico, pero en los esguinces de grado III, al existir rotura ligamentosa, puede requerirse tratamiento quirúrgico con reparación cápsuloligamentosa. La entrada en el Índice Alfabético se realizará por Artroplastia. 94 Servicio Andaluz de Salud TERCERA PARTE: LESIONES LESIONES Y ENVENENAMIENTOS LESIONES INTRACRANEALES SIN FRACTURA DE CRÁNEO I. TRAUMATISMO CRANEAL Se entiende por Traumatismo Craneal (TCE) la alteración en la función cerebral, u otra evidencia de patología cerebral, causada por una fuerza externa34. Esta alteración puede ir desde deterioro funcional del contenido craneal a una lesión física. Esta expresión es inespecífica, por lo que se debe recabar más información para la correcta clasificación de los traumatismos craneoencefálicos. Los TCE se clasifican: • De acuerdo a la severidad y teniendo en cuenta el nivel de conciencia, medido según la escala de Glasgow (GCS) en: - TCE leve: GCS 15-14. La presencia de síntomas como pérdida de conciencia, amnesia, cefalea holocraneal, vómitos incoercibles, agitación o alteración del estado mental, van a diferenciar un TCE leve de un impacto craneal sin importancia que permanecería asintomático tras el golpe y durante la asistencia médica. Los TCE leves deben permanecer bajo observación las 24 horas siguientes al golpe. - TCE moderado: GCS 13-9. - TCE grave: GCS < 9. • Según haya o no comunicación de la cavidad craneana con el exterior por solución de continuidad en el cuero cabelludo, se clasifican en abiertos o cerrados. Cuando la expresión haga referencia a traumatismo craneal que no se acompaña de daño intracerebral y que no requiere especiales cuidados, ni hace referencia a conmoción o a perdida de memoria, se empleará el código 959.01 Otros traumatismos y los no especificados. Traumatismo de cabeza no especificado, que incluye la lesión de cabeza NEOM. Normalmente este tipo de lesiones no causa ingreso. La expresión diagnóstica TCE sin mayor especificación se codificará en 850.90 Conmoción no especificada. Estado de conocimiento no especificado. En la categoría 850, en el caso de que se indique una perdida de conocimiento se especificará con el 4º dígito. Servicio Andaluz de Salud 97 CIE-9-MC Ejemplos: - Niño de 6 años que sufre caída de la bicicleta, golpeándose en la cabeza. La madre comenta un desvanecimiento, así como vómitos. En urgencias presenta dolor de cabeza, vértigos, náusea y vómitos y una herida en scalp. Se descarta lesión intracraneal diagnosticándose de TCE. 850.90 Conmoción no especificada. Estado de conocimiento no especificado 873.1 Otra herida abierta de cabeza. Cuero cabelludo, herida complicada E826.1 Accidente de bicicleta de pedales. Ciclista - Traumatismo craneoencefálico con pérdida de conciencia de aproximadamente 25 minutos. 850.11 Conmoción, con breve pérdida de conocimiento II. CONMOCIÓN La conmoción cerebral se define como aquel estado de aturdimiento o pérdida de conocimiento producido por una fuerza impactante, sin lesión intracraneal. Puede causar una variedad de síntomas físicos, cognitivos y emocionales. No presenta signos de afección neurológica a la exploración y no deja secuelas. En la categoría 850 Conmoción se clasifica la conmoción cerebral sin mención de lesión intracraneal y mediante el 4º dígito se especificará la pérdida de conocimiento. III. CONTUSIÓN La contusión se define como un área de lesión o hemorragia microscópica del cerebro originada tras el traumatismo y que generalmente se asocia con otro daño cerebral. El curso clínico suele ser gradual con deterioro neurológico, seguido de recuperación tras el tratamiento médico35. Una de las lesiones que se pueden producir en el cerebro en esta circunstancia sería la laceración cerebral o desgarro del tejido cerebral. Ambas circunstancias se clasifican mediante un solo código de la categoría 851 Laceración y contusión cerebrales donde el 4º dígito indica si hay contusión o laceración y la presencia o no de herida intracraneal abierta junto a la estructura afectada. 98 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS CATEGORÍA 851 4º dígito Contusión corteza sin/con herida intracraneal .0 -.1 Laceración corteza sin/con herida intracraneal .2 -.3 Contusión cerebelar sin/con herida intracraneal .4 -.5 Laceración cerebelar sin/con herida intracraneal .6 -.7 Otras contusiones y laceración cerebral sin/con herida intracraneal .8 -.9 El 5º dígito identifica la pérdida de conocimiento, la duración y el regreso al estado de conocimiento preexistente. Entenderemos las expresiones «con mención de infección» o «cuerpo extraño» como herida intracraneal abierta. La presencia de herida de cuero cabelludo no es indicativa del concepto de abierta clasificado en el 851, esta circunstancia se codificará con un código de la categoría 873 Otra herida abierta de cabeza. IV. HEMORRAGIAS INTRACRANEALES SIN FRACTURA DE CRÁNEO La hemorragia intracraneal es el sangrado dentro de la cavidad craneal. Este sangrado puede producirse dentro del cerebro en sí (hemorragia intracraneal) o en el área entre el cerebro y el cráneo (hemorragia epidural, subdural y subaracnoidea). Las hemorragias cerebrales especificadas como debidas a contusión o laceración se codifican en la categoría 851 Laceración y contusión cerebrales. La hemorragia traumática intracraneal o cerebral se clasifica en 853 Otra hemorragia intracraneal y hemorragia intracraneal no especificada después de lesión, donde el 4º dígito especifica si está acompañada o no de herida intracraneal abierta. El resto de hemorragias cerebrales traumáticas se clasifican en 852 Hemorragia subaracnoidea, subdural, extradural, después de lesión. V. LESIÓN AXONAL DIFUSA Se denomina también lesión por cizallamiento y es observada frecuentemente en pacientes con traumatismo grave de cabeza. Este tipo de lesión ocurre normalmente en deceleracioServicio Andaluz de Salud 99 CIE-9-MC nes/aceleraciones traumáticas tales como las de accidente de coche. Hay un daño extenso en el tejido nervioso y los procesos químicos normales del cerebro se interrumpen. Los pacientes pueden presentarse con una variedad de disfunciones temporales o permanentes dependiendo de la gravedad de la lesión. Se clasificará en la categoría 854 Lesión intracraneal de otro tipo y de tipo no especificado. VI. SÍNDROME POSCONMOCIÓN CEREBRAL Es un síndrome caracterizado por un conjunto de síntomas somáticos, cognitivos y emocionales, que pueden aparecer y persistir de forma variable después de un traumatismo craneoencefálico, durante semanas. Los síntomas más frecuentemente asociados con el síndrome de posconmoción son dolor de cabeza, mareo, vértigo, fatiga, dificultad para concentrarse, depresión, ansiedad, tinnitus, palpitaciones del corazón y apatía. Se codificará en 310.2 Síndrome posconmoción cerebral. Los pacientes con conmoción cerebral presentan síntomas parecidos en las primeras 48 horas, por lo que en este periodo de tiempo, si el clínico hace referencia a síntomas posconmoción, deberá considerarse conmoción aguda y codificarse con códigos de la categoría 850 Conmoción, y no se utilizará el código 310.2 Síndrome posconmoción cerebral durante las primeras 48 horas tras el traumatismo craneoencefálico10. VII. AUMENTO DE LA PRESIÓN INTRACRANEAL El aumento en la presión intracraneal puede deberse a un aumento en la presión del líquido cefalorraquídeo o también a un aumento en la presión dentro de la materia cerebral, causado por una masa, por sangrado dentro del cerebro o líquido alrededor de éste, o por inflamación cerebral. Los síntomas pueden ser cambios en el comportamiento, disminución del estado de conciencia, dolor de cabeza, letargo y síntomas neurológicos, entre ellos debilidad, entumecimiento, problemas con los movimientos oculares y visión doble, convulsiones y vómitos. El aumento súbito de la presión intracraneal es una situación de emergencia, que se tratará en la unidad de cuidados intensivos. La hipertensión intracraneal se clasifica en 348.2 Otras enfermedades cerebrales. Hipertensión intracraneal benigna. 100 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS La medición de la presión intracraneal se realiza con un pequeño catéter fijado al paciente en el cráneo mediante una ventriculostomía o tornillo subaracnoideo que se conecta a un transductor que registra la presión. Existen muchos tipos de dispositivos de monitorización de la presión intracraneal, clasificándose en 01.10 Incisión y escisión de cráneo, cerebro y meninges cerebrales. Monitorización de la presión intracraneal. El tratamiento de elección para la presión intracraneal elevada es la colocación de un tubo de ventriculostomía que se codificará 02.2 Otras operaciones sobre cráneo, cerebro y meninges cerebrales. Ventriculostomía. VIII. HISTORIA PERSONAL DE LESIÓN CEREBRAL TRAUMÁTICA El código V15.52 Otro historial personal que presenta riesgos para la salud. Historia de lesión cerebral traumática, se usa en pacientes que han tenido una historia anterior de lesión cerebral traumática sin afección residual. Servicio Andaluz de Salud 101 CIE-9-MC LESIONES INTERNAS DE TÓRAX, ABDOMEN Y PELVIS Se clasifican con códigos de la sección Lesión interna de tórax, abdomen y pelvis (860869), siguiendo un eje anatómico y el concepto de presencia o no de herida abierta intracavitaria; en este concepto va incluida la propia herida, por lo que no se asignará código específico para la misma. Mediante 5º dígito se proporciona una mayor especificidad en relación al tipo de lesión o la localización anatómica del traumatismo, excepto para hígado, bazo y riñón en los que el 5º dígito especifica el grado de la lesión, en la cápsula o el parénquima del órgano. Se deberá revisar la historia clínica para asignar las lesiones de estos tres órganos con la mayor especificidad posible. Por definición, cuando la expresión diagnóstica se acompaña con términos como cuerpo extraño, arma de fuego o arma blanca se considera traumatismo abierto. Se buscará en el Índice Alfabético con la entrada en Traumatismo - interno, buscando posteriormente el órgano afectado, o bien por Laceración. 102 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS LESIONES POR APLASTAMIENTO I. CONCEPTOS GENERALES Es un cuadro que se produce como resultado de la compresión prolongada de las extremidades inferiores o superiores, tronco, etc. al ser comprimido el paciente entre dos objetos pesados. Suele ocurrir a consecuencia de derrumbamientos de edificios, explosiones, catástrofes naturales como terremotos, desprendimientos en el lugar de trabajo como minas o zanjas, etc. Como resultado de la compresión de la zona hay una interrupción de la circulación que, si es mantenida en el tiempo, desemboca en necrosis tisular, fundamentalmente muscular, que puede liberar metabolitos al torrente sanguíneo, produciéndose una rabdomiolisis e insuficiencia renal. La lesión por aplastamiento, además de presentar un cuadro clínico de hematomas, síndrome compartimental o infección secundaria, puede presentar otras lesiones asociadas como heridas abiertas, fracturas, lesiones de nervios, lesiones de órganos internos, etc. II. NORMAS DE CODIFICACIÓN Se clasifican en la sección Lesión por aplastamiento (925 – 929) que sigue un eje anatómico de cabeza, tronco, miembro superior, miembro inferior, localizaciones múltiples y sitios no especificados. Se rigen por criterios de codificación múltiple, codificando primero la lesión del aplastamiento, seguida de códigos adicionales para identificar las lesiones asociadas (fracturas, lesiones de órganos internos, etc.) como indica la nota al principio de esta sección. La excepción serán las contusiones que van implícitas en el aplastamiento y por tanto no se codifican, como señala el Índice Alfabético. Contusión (superficie de la piel intacta) 924.9 - con - - traumatismo de aplastamiento – veáse Aplastamiento Servicio Andaluz de Salud 103 CIE-9-MC LESIONES DE VASOS SANGUÍNEOS Y NERVIOS I. LESIONES DE VASOS SANGUÍNEOS Las lesiones traumáticas de vasos sanguíneos se clasifican en la sección Lesión de vasos sanguíneos (900- 904) siguiendo un eje anatómico; el 4º y 5º dígito identifican el vaso lesionado (arteria o vena), existiendo determinados códigos para la asignación de lesiones de vasos sanguíneos múltiples según sitio. La entrada en el Índice Alfabético que localiza estas lesiones se realizará por el término principal Traumatismo – vaso sanguíneo, con modificadores esenciales por localización (cabeza, tórax, etc.) o vaso afectado (aorta, porta, etc.). Otras entradas como Aneurisma o Fístula traumática (arteriovenosa), Avulsión, Corte, Hematoma arterial traumático o Herida no aportan información, presentando referencias cruzadas con Traumatismo. Se excluyen las relacionadas con lesión de vasos intracraneales que se clasifican en código único de las categorías (851.0 - 854.1). II. LESIONES DE NERVIOS Las lesiones de nervios se clasifican en la sección Lesión de nervios y médula espinal (950 – 957) para la asignación de códigos de lesiones de nervios craneales, médula espinal no asociada a fractura vertebral, raíces nerviosas y plexos, otros nervios del tronco (incluidas las de nervios y ganglios simpáticos) y nervios periféricos. Al inicio de la sección se relacionan las lesiones de nervios, incluidas las asociadas a heridas abiertas, que son: • • • • División. Lesión en continuidad. Neuroma traumático. Parálisis traumática transitoria. La entrada en el Índice Alfabético que localiza estas lesiones es por el término principal Traumatismo – nervio. El resto de entradas en el Índice Alfabético no aporta información, presentando referencia cruzada con ésta. 104 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS III. LESIÓN DE VASO SANGUÍNEO O NERVIO ASOCIADA A OTRAS CIRCUNSTANCIAS 1. Daños menores del paquete vasculonervioso Cuando una lesión primaria, por ejemplo una herida abierta, presenta daños menores con resultado de afectación del paquete vasculonervioso del sitio, la lesión primaria se codificará en primer lugar, añadiendo códigos adicionales para identificar las lesiones de vasos sanguíneos, que se recogen mediante la sección Lesión de vasos sanguíneos (900- 904), o las de los nervios, en la sección Lesión de nervios y médula espinal (950 – 957). Si la lesión principal es en un vaso sanguíneo o nervio, a la que se asocian otras lesiones, se asigna el código de lesión vascular o nerviosa en primer lugar10. Ejemplo: Herida abierta de la pared abdominal con ruptura de la aorta por agresión con cuchillo en una discoteca. 902.0 Lesión de vasos sanguíneos del abdomen y pelvis. Aorta abdominal 879.2 Herida abierta de otras localizaciones y localizaciones no especificadas salvo miembros. Pared abdominal, anterior, sin mención de complicación E966 Agresión por instrumento cortante y punzante E849.6 Lugar de acontecimiento. Edificio público 2. Lesiones de vasos o nervios durante procedimiento Las lesiones de vasos sanguíneos y/o nervios, ocurridas accidentalmente durante un procedimiento quirúrgico se clasifican como complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos en el código 998.2 Punción o laceración accidental durante un procedimiento. La entrada en el Índice Alfabético se realizará por los términos principales Laceración, Punción y Traumatismo con los modificadores esenciales – accidental (cuando com- plica cirugía) o – instrumental (durante cirugía). Servicio Andaluz de Salud 105 CIE-9-MC 3. Pérdidas sanguíneas en lesiones de vasos Frecuentemente la lesión de vasos determina una importante pérdida sanguínea. Esta pérdida no tiene por qué producir anemias, aunque se realicen transfusiones de concentrados. Cuando sea especificada una anemia aguda secundaria a un sangrado por lesión de vasos la clasificaremos en 285.1 Otras anemias y anemias no especificadas. Anemia posthemorrágica aguda. El sangrado correspondiente a la lesión de un vaso en el momento del traumatismo no debe confundirse con la complicación precoz, de hemorragia secundaria después de hemorragia inicial en el momento de producirse el traumatismo, clasificándose esta última hemorragia secundaria en 958.2 Ciertas complicaciones precoces de los traumatismos. Hemorragia secundaria y recurrente. IV. LESIONES DE MÉDULA ESPINAL 1. Concepto Dado que la inervación de tronco y extremidades superiores e inferiores se realiza por los nervios espinales, la localización de la lesión de la médula espinal (segmento afectado), junto con la intensidad, completa o parcial, de la misma es la que determina la clínica. Las lesiones por encima de C5 causan cuadriplejía e insuficiencia respiratoria, mientras que las lesiones de T1 y por debajo causan paraplejía; el nivel se determina basándose en el grado de pérdida sensorial. Las complicaciones que pueden producir, dependiendo de su afectación motora y/o sensitiva, son muchas y graves: tetraplejía, insuficiencia respiratoria, pérdida de control de esfínteres, etc. 2. Codificación de las lesiones medulares La entrada fundamental en el Índice Alfabético para la localización de código de lesión medular traumática es Traumatismo – espinal (médula). Las lesiones medulares traumáticas asociadas a fracturas vertebrales del mismo nivel se clasifican en códigos de combinación de la categoría 806 Fractura de columna vertebral con lesión medular con 4º dígito de subcategoría, que clasifica la región vertebral afectada (cervical, dorsal, etc.) y su carácter de fractura cerrada o abierta. Con el 5º dígito de subclasificación, excepto para la región lumbar, se identifica el nivel o segmento afectado y la lesión medular. 106 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Las lesiones medulares traumáticas sin mención de fractura vertebral se clasifican en la categoría 952 Lesión de médula espinal, sin evidencia de lesión vertebral con 4º dígito de subcategoría que identifica la región afectada, cervical, torácica, etc., y con el 5º dígito de subclasificación se identifica, para las lesiones cervicales y torácicas, el nivel o segmento afectado y la lesión medular ocasionada. NIVEL DE LA LESIÓN INTENSIDAD DE LA LESIÓN COMPLETAS INCOMPLETAS NO ESPECIFICADA CERVICALES DORSALES O TORÁCICAS C1 – C4 C5 – C7 T1 – T6 T7 – T12 Completas 952.01 952.06 952.11 952.16 Síndrome medular anterior 952.02 952.07 952.12 952.17 Síndrome medular posterior o incompleto o parcial 952.04 952.09 952.14 952.19 Síndrome medular central 952.03 952.08 952.13 952.18 Síndrome medular no especificado 952.00 952.05 952.10 952.15 Las lesiones medulares completas presentan pérdida de la función motora y sensitiva distal a la lesión o interrupción total de la médula con parálisis flácida, anestesia completa, alteraciones vegetativas y abolición de los reflejos osteotendinosos (ROT) y cutáneos por debajo de la lesión. El nivel de la lesión se determina en el examen neurológico como el nivel subsiguiente al que presenta funciones motoras y sensitivas aún intactas. Se puede presentar un cuadro de lesión medular transversa completa, sin ninguna función por debajo de la lesión, o lesión medular graduada, en la que existe cierto grado de función motora en niveles medulares inferiores. Las lesiones medulares parciales o incompletas presentan síndromes medulares de acuerdo al área medular más afectada. Son: • Síndrome medular anterior El daño afecta a los dos tercios anteriores de la médula espinal, quedando las columnas posteriores intactas. Se caracterizan por tetra o paraplejía según nivel afectado. Parálisis e hiperestesia por debajo del nivel de la lesión, con preservación de la propiocepción, tacto y sensación de vibración. • Síndrome medular central Pérdida de la actividad motora en extremidades superiores más que en las inferiores, disfunción vesical y grados variables de pérdida de sensibilidad por debajo de la lesión. Servicio Andaluz de Salud 107 CIE-9-MC • Síndrome medular posterior Se respetan tractos anteriores por lo que están preservadas las funciones motoras y sensoriales, excepto el tacto y la temperatura. • Síndrome medular parcial (hemiplejía y hemianestesia opuesta) Es menos frecuente y también es conocido como hemisección medular o síndrome de Brown-Séquard con daño de una mitad de la médula y respeto de la otra mitad, por lo que presenta parálisis de la función motora y pérdida de la sensación de posición y de la propiocepción de un lado, y sensación de vibración con pérdida contralateral de la temperatura y dolor. La entrada en el Índice Alfabético por Síndrome de Brown-Séquard nos lleva al código 344.89 Otros síndromes paralíticos especificados. Este código, de acuerdo a la nota de inclusión de la propia categoría, puede ser lesión antigua o condición actual ligada a diversas causas como podría ser la traumática. En el caso de lesiones actuales traumáticas debemos codificarlas como 952 Lesión de médula espinal, sin evidencia de lesión vertebral más 344.89 Otros síndromes paralíticos especificados. Si se realiza la entrada en el Índice Alfabético por Hemisección, medula espinal –véase Fractura, vértebra, por sitio, con traumatismo de la médula espinal. Sin embargo las lesiones medulares sin fractura vertebral se clasifican no como fracturas, sino en la sección 952 Lesión de médula espinal, sin evidencia de lesión vertebral. • Síndrome radicular Es un síndrome producido fundamentalmente por lesión de las raíces cervicales o lumbares o ambas; en los niveles dorsales es más raro. La lesión de raíces anteriores o posteriores o de los nervios raquídeos se manifiesta según el segmento afectado. Las lesiones lumbares pueden producir el síndrome de cola de caballo o cauda equina, que se clasifica en el código 952.4 Lesión de médula espinal, sin evidencia de lesión vertebral. De la cauda equina, y se caracteriza por presentar diferentes grados de parálisis e hipoestesia en miembros inferiores y periné, disfunción vesical e intestinal y dolor radicular (ciatalgia). 3. Efectos tardíos de las lesiones medulares Las secuelas de las lesiones medulares se clasifican mediante codificación múltiple, con código primario que identifica la secuela presente y código secundario de efecto tardío de lesión medular, 907.2 Efectos tardíos de lesiones del sistema nervioso. 108 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Efecto tardío de lesión de médula espinal, tanto para las lesiones medulares aso- ciadas a fractura vertebral como para las no asociadas, y código E de efecto tardío de la causa externa que origina la lesión. Las secuelas más frecuentes son: • Paraplejía o paraparesia Es la parálisis de miembros inferiores más o menos completa. Según la altura de la lesión puede extenderse a gran parte del tronco, pelvis, piernas y pies. Se codifica en 344.1 Paraplejía. Puede ser incompleta si solo afecta a ciertos grupos musculares de las extremidades inferiores. • Tetraplejía o tetraparesia Cuando la lesión de médula espinal se produce en el segmento cervical afecta a las cuatro extremidades. Se codifica en la subcategoría 344.0 Cuadriplejía y cuadriparesia. • Hemiplejía o hemiparesia Es la parálisis de una pierna y brazo del mismo lado. Se codifica en la categoría 342 Hemiplejía y hemiparesia. • Monoplejía o monoparesia Es la parálisis limitada a un solo miembro, si es extremidad superior se clasifica en la subcategoría 344.4 Monoplejía de miembro superior y si es de extremidad inferior se clasifica en la subcategoría 344.3 Monoplejía de miembro inferior. Servicio Andaluz de Salud 109 CIE-9-MC LESIONES SUPERFICIALES Recogen conceptos como quemaduras por fricción, abrasiones, excoriaciones, desolladuras, raspaduras, rasguños o arañazos con pérdida de la capa superficial (epidermis), picaduras de insectos no venenosos, astillas y cuerpos extraños superficiales sin herida abierta o ampollas por rozamiento. Se clasifican en la sección Lesión superficial (910–919). Las categorías se clasifican siguiendo un eje anatómico de cabeza, tronco, extremidad superior, extremidad inferior, ojo y anexos, múltiples sitios y no especificados. El 4º dígito de subcategoría clasifica el tipo de lesión y la presencia o no de infección en la misma. Ejemplo: Niño que presenta estrangulación por un pelo de dedo del pie derecho con infección secundaria. 917.9 Otra lesión superficial y lesión superficial no especificada de pie y dedos del pie, infectada E928.4 Constricción externa causada por pelo El uso del término «estrangulación por pelo» en este supuesto no implica un corte en el suministro de sangre. La entrada fundamental en el Índice Alfabético es por el término principal Traumatismo, superficial, por sitio. Otros términos principales útiles para la localización del código adecuado de estas lesiones son: • Mordedura y picadura La CIE-9-MC, diferencia entre picaduras de insectos venenosos, a las que considera intoxicación por veneno, y picaduras de insectos no venenosos, que clasifica como traumatismos superficiales por sitio. Es de destacar que determinadas mordeduras o picaduras de insecto no tienen importancia en sí, pero sí las infecciones transmitidas por animales a través de la mordedura, que son clasificadas en el Capítulo 1 Enfermedades Infecciosas y Parasitarias. 110 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Mordedura (de) - ácaros 133.8 - insecto - - no venenosa – veáse Traumatismo, superficial, por sitio - - venenosa 989.5 - perro rabioso (muerte por) 071 - venenosa 989.5 • Ampolla La CIE-9-MC diferencia entre las ampollas que son resultado de quemadura de segundo grado, que son clasificadas en la sección Quemaduras (940 – 949), de las que se deben a circunstancias como abrasiones, excoriaciones, cuerpo extraño, fricción, etc. que se asignan a Traumatismo, superficial, por sitio. Cuando estas lesiones estén situadas en el mismo foco que otras lesiones más importantes, por ejemplo fracturas, no se asigna código de lesión superficial siendo identificadas en el código de la lesión más importante10. Servicio Andaluz de Salud 111 CIE-9-MC CONTUSIÓN CON SUPERFICIE CUTÁNEA INTACTA Las contusiones, hematomas, cardenales, magulladuras, moraduras, etc. son lesiones con piel intacta que se clasifican en la sección Contusión con superficie cutánea intacta (920–924), cuyas categorías siguen un eje anatómico de cabeza, ojos y anexos, tronco, extremidad superior, extremidad inferior y otros sitios o no especificados. La entrada fundamental en el Índice Alfabético es por el término principal Contusión que en sus modificadores esenciales dirige a códigos de otra sección cuando se asocia a otras lesiones mayores en la misma localización: • • • • • • • Luxaciones. Fracturas. Heridas abiertas. Lesión de nervios. Lesión de órganos internos. Lesión intracraneal. Lesión por aplastamiento. Ejemplo: Contusión (superficie de la piel intacta) 924.9 - con - - fractura – veáse Fractura, por sitio - - traumatismo de aplastamiento – veáse Aplastamiento Otras entradas de menor importancia en el Índice Alfabético son: Cardenal; Hematoma; Morado, ojo, con referencia cruzada que dirige al término principal Contusión. Hay que diferenciar el concepto de contusión superficial de la cabeza, que se codifica en 920 Contusión de cara, cuero cabelludo y cuello, salvo ojo(s), de la contusión con lesión cerebral, que seguirá las normas especificadas en el apartado de traumatismo craneoencefálico. 112 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS CUERPO EXTRAÑO I. CUERPO EXTRAÑO QUE ENTRA POR ORIFICIO En la sección Efectos de cuerpo extraño que entra a través de orificio (930-939) se clasifican los traumatismos originados por cuerpos extraños que entran por orificios naturales (boca, esófago, laringe, etc.) o en la superficie ocular. Los procedimientos de extracción de cuerpos extraños que entran en orificios naturales pueden ser por incisión o sin incisión (por ejemplo mediante endoscopia, que precisa código adicional para la identificación de ésta). II. OTROS CUERPOS EXTRAÑOS • Cuerpos extraños de la piel que se identifican en la sección Lesión superficial (910– 919). • Cuerpos extraños asociados a heridas abiertas, que se clasifican como heridas abiertas complicadas en la sección Heridas abiertas de cabeza, cuello y tronco (870–897). • Cuerpos extraños dejados inadvertidamente en procedimientos quirúrgicos, que se codifican en 998.4 Cuerpo extraño dejado accidentalmente durante un procedimiento o 998.7 Reacción aguda a sustancia extraña dejada de forma accidental durante un procedimiento. • Cuerpos extraños presentes en las quemaduras, que no se codifican, pues van implícitos en el código de la quemadura. • Cuerpos extraños antiguos o residuales retenidos; se clasifican en distintos códigos, según el tejido afectado: - Piel y tejidos blandos sin granuloma: 729.6 Cuerpo extraño residual en tejido blando. - Piel y tejidos blandos con granuloma: 709.4 Granuloma de cuerpo extraño en la piel y tejidos subcutáneos. - Músculo con granuloma: 728.82 Granuloma de músculo por cuerpo extraño. Servicio Andaluz de Salud 113 CIE-9-MC - Hueso: 733.99 Otros trastornos y trastornos no especificados de hueso y cartílago. Otra. - Oído: 385.83 Cuerpo extraño retenido en el oído medio. - Músculo ocular y órbita: 376.6 Cuerpo extraño (antiguo) retenido, después de herida penetrante de la órbita. - Párpado: 374.86 Cuerpo extraño retenido en el párpado. - Intraoculares: subcategoría 360.5 Cuerpo extraño intraocular (antiguo) retenido, magnético o subcategoría 360.6 Cuerpo extraño intraocular (antiguo) retenido no magnético. Estos códigos se acompañaran de un código adicional de la categoría V90 Cuerpo extraño retenido, para especificar la naturaleza del cuerpo extraño retenido durante un periodo de tiempo: - fragmentos radioactivos V90.0 Cuerpo extraño retenido. Retención de fragmentos radiactivos, - fragmentos metálicos V90.1 Cuerpo extraño retenido. Retención de fragmentos de metal, - fragmentos plásticos V90.2 Cuerpo extraño retenido. Retención de fragmentos de plástico, - fragmentos orgánicos V90.3 Cuerpo extraño retenido. Retención de fragmentos orgánicos, - otros cuerpos extraños retenidos V90.8 Cuerpo extraño retenido. Otros tipos especificados de cuerpo extraño retenido o - material no especificado V90.9 Cuerpo extraño retenido, material no especificado. La entrada para la búsqueda en el Índice Alfabético se realizará por: Cuerpo Extraño - retenido (antiguo) (no magnético) (en) - - fragmento(s) Cuando el cuerpo extraño ha sido retirado del organismo se empleará el código V15.53 Otro historial personal que presenta riesgos para la salud. Lesión. Historia personal de cuerpo extraño retenido totalmente eliminado. 114 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS HERIDAS I. CONCEPTOS GENERALES Las heridas son lesiones que generan la pérdida de continuidad en la integridad de los tejidos blandos (piel, tejido subcutáneo, tendones, músculos, etc.) que pueden producirse por agentes externos físicos o químicos (cuchillos, vidrios, armas de fuego, etc.) o agentes internos (hueso fracturado). Las heridas pueden ser: • Heridas abiertas. Son heridas con separación de los tejidos blandos. • Heridas cerradas. No se observa separación de los tejidos blandos y generan hematomas, producidas generalmente por golpes. Según el elemento que las produce se pueden clasificar en: • Heridas punzantes. Son heridas abiertas causadas por objetos puntiagudos (clavos, agujas, anzuelos, etc.). • Heridas incisas o cortantes. Son heridas abiertas causadas por objetos afilados (vidrios, cuchillos, latas, etc.) con bordes limpios y lineales. • Heridas punzocortantes. Son heridas abiertas causadas por objetos puntiagudos y filosos (puñales, tijeras, cuchillos, huesos fracturados, etc.), combina los dos tipos de heridas anteriores. • Heridas contusas. Son heridas cerradas producidas por la resistencia que ejerce el hueso ante un golpe (puñetazos, palos, piedras, etc.) produciéndose la lesión de los tejidos blandos. • Heridas incisocontusas. Son heridas donde se entremezclan las anteriores formas clínicas, producidas por un agente romo que golpea un sector cutáneo que descansa sobre un relieve óseo curvo o agudo (cráneo, ceja, etc.) que es el que realmente actúa como elemento cortante. • Laceraciones. Son lesiones producidas por objetos de bordes dentados que generan desgarros del tejido con bordes de heridas irregulares. • Avulsiones. Son lesiones que desgarran, separan y destruyen el tejido y suelen presentar una hemorragia abundante (mordeduras de perro). Servicio Andaluz de Salud 115 CIE-9-MC • Heridas por arma de fuego. Son heridas abiertas producidas por proyectiles; generalmente el orificio de entrada es pequeño, redondeado y limpio, mientras que el de salida es de mayor tamaño, la hemorragia depende del vaso sanguíneo lesionado; puede presentar fractura o lesión de órgano interno, según la trayectoria del proyectil. • Amputaciones. Son lesiones con pérdida de un fragmento o una extremidad a diferentes alturas. • Aplastamientos. Son lesiones producidas por presión que pueden generar fracturas, hemorragias externas e internas abundantes y lesiones de órganos internos. • Magulladuras. Son heridas cerradas generadas por golpes que se presentan como una mancha de color morado. • Raspaduras, excoriaciones, desolladuras o abrasiones. Son lesiones producidas por fricción o rozamiento de la piel con superficies duras que producen pérdida de la capa más superficial de la piel (epidermis) con dolor tipo ardor y hemorragia escasa; se infecta con frecuencia. Dependiendo del grado de contaminación, según Benson, las heridas se clasifican en: • Grado I. Herida limpia. No hay señales de cuerpos extraños (ejemplo: heridas abiertas producidas por cristales o cuchillos limpios, etc.). • Grado II. Herida ligeramente contaminada. Hay presencia de pequeña cantidad de tela u otro material extraño en tejidos superficiales. • Grado III. Herida moderadamente contaminada. Hay presencia de material extraño, grasa o polvo en regiones profundas de la herida. • Grado IV. Herida muy contaminada. Contiene grasa, tierra o cualquier otro material extraño y/o daño muscular con necrosis. La existencia de herida contaminada no implica infección de la herida, sino un aumento del riesgo de infección, pero sí se recogerá como herida complicada. Así, las heridas de grado I de Benson se codificarán como heridas sin complicación, mientras que los grados II, III y IV se codificarán como heridas complicadas dada la presencia de cuerpo extraño. A continuación se presenta una tabla resumen de los tipos de heridas y su correspondiente codificación. 116 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS HERIDAS CODIFICACIÓN Heridas punzantes Heridas incisas o cortantes Heridas incisocontusas Laceraciones Heridas abiertas (870 - 897) excepto los casos que afectan a órganos internos Heridas punzocortantes Heridas abiertas (870-897) excepto los casos que afectan a órganos internos y las debidas a huesos fracturados pues no se codifican al estar incluidas en las fracturas abiertas. Avulsiones Heridas abiertas (870 - 897) excepto las lesiones que originan avulsión ligamentosa, luxación, fractura, etc. en las que solo se codificarán estas condiciones. Heridas armas de fuego Heridas abiertas (870 - 897) excepto los casos que afectan a órganos internos o aquellas que originan luxación, fractura, etc. en las que solo se codificarán estas condiciones. Amputaciones Heridas abiertas (870 - 897) Raspaduras Excoriaciones Desolladuras Abrasiones Lesión superficial (910 - 919) Heridas contusas Magulladuras Contusión con superficie cutánea intacta (920 - 924) Aplastamiento Lesión por aplastamiento (925 - 929), al que se añade código adicional de las lesiones asociadas como fracturas, lesiones de órganos internos, etc. II. HERIDAS ABIERTAS 1. Normas de codificación La entrada fundamental para la localización de las heridas abiertas en el Índice Alfabético es por el término principal Herida, abierta que presenta dos notas: una de normas de codificación cuando se asocia con lesiones de órganos internos, fracturas de huesos, etc. y otra para heridas múltiples. Otros términos principales del Índice Alfabético útiles para la localización de heridas abiertas son: • Laceración, que diferencia las de origen traumático de las originadas por accidente quirúrgico o asociada a aborto, embarazo molar o ectópico, trauma obstétrico o desgarro antiguo. Servicio Andaluz de Salud 117 CIE-9-MC • Amputación, que distingue las traumáticas (de extremidades, pene o clítoris, etc.), las congénitas y las posquirúrgicas/postraumáticas curadas o con problemas actuales. • Desgarro, desgarrado, que diferencia los de origen traumático de los antiguos, no traumáticos o incidentales. Presenta referencia cruzada con herida abierta. • Mordedura, que distingue las debidas a insectos venenosos o no, animales productores de infecciones específicas o no, mordeduras humanas, etc. • Avulsión (traumática) con referencia cruzada a heridas abiertas, traumatismos internos, luxaciones, esguinces, etc. • Ruptura, para la localización de rupturas traumáticas específicas (ojo, pene, tendones con o sin heridas abiertas, etc.) diferenciándolas de las no traumáticas. • También existen otros términos principales que no aportan información adicional y que dirigen en referencia cruzada a heridas abiertas: Corte (externo) Cuerpo extraño Incisión, incisional Punción Puñalada Rotura Traumatismo Para clasificar correctamente las lesiones que aparezcan en las expresiones diagnósticas se deberá aplicar el criterio de codificación múltiple, asignándose códigos para cada lesión, a no ser que la CIE proporcione un código de combinación. La herida más grave, determinada por el clínico, debe ser codificada en primer lugar. Los códigos genéricos de heridas múltiples no deben ser utilizados a no ser que no dispongamos de información más específica. Los códigos de heridas abiertas no serán usados para la cicatrización normal de heridas quirúrgicas o para identificar complicaciones de heridas quirúrgicas. Cuando la herida va acompañada, en la misma localización, de otras lesiones más graves (fracturas abiertas, luxación abierta, quemaduras, etc.) no se codificarán las heridas. 118 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS La CIE-9-MC divide las heridas abiertas mediante 4º dígito de subcategoría entre complicadas y no complicadas. El concepto de complicada se refiere a una herida con retraso en la cicatrización, tratada de forma tardía, con cuerpo extraño o infectada. Si la herida se describe como infectada debe asignarse un código adicional para identificar al germen. Estas heridas infectadas suelen acompañarse de celulitis, osteomielitis, etc. La selección del diagnóstico principal en una herida infectada asociada a alguna de estas complicaciones se hará en función del objetivo terapéutico del ingreso. 2. Heridas abiertas de cabeza, cuello y tronco Se clasificarán en la sección Heridas abiertas de cabeza, cuello y tronco (870-879). Las heridas en el ojo, categorías 870 Herida de anexos oculares y 871 Herida abierta de globo ocular, no contemplan la condición de complicada o no complicada, y son clasificadas en función de las estructuras lesionadas y del tipo de lesión, laceración o penetración. En esta última circunstancia debe diferenciarse entre penetración por cuerpo extraño magnético o no. 3. Heridas abiertas de extremidades Se codificarán en la sección Heridas abiertas del miembro superior (880 – 887) y sección Heridas abiertas del miembro inferior (890 – 897). El 4º dígito de estas secciones, además de asignar la condición de herida complicada o no, distingue si existe lesión del tendón en la herida. Si la lesión del tendón fuese traumática por ruptura, desgarro, avulsión, laceración, torcedura, etc. se codificará mediante un código de la sección Esguinces y torceduras de articulaciones y músculos adyacentes (840–848), salvo que se presente con herida abierta en el sitio del esguince. En esta circunstancia solo se codificará como herida abierta con afectación de tendón, no precisando código adicional de esguince. Ante una herida de extremidades complicada, de cualquier forma, y con afectación de tendón, se asignará solo el código para la lesión tendinosa. Cualquier complicación infecciosa, como celulitis, absceso, osteomielitis, etc. derivada de la complicación de la herida sí deberá ser codificada. Servicio Andaluz de Salud 119 CIE-9-MC 4. Heridas abiertas múltiples Para su correcta clasificación necesitarán de codificación múltiple, debiéndose asignar código a todas las lesiones presentes. Ejemplo: Hombre de 45 años agredido con arma blanca que presenta heridas en antebrazo derecho, muñeca izquierda y hombro izquierdo, por actitud defensiva. 880.00 Heridas abiertas de hombro y brazo. Región del hombro. Sin mención de complicación 881.00 Heridas abiertas del codo, antebrazo o muñeca. Antebrazo. Sin mención de complicación 881.02 Heridas abiertas del codo, antebrazo o muñeca. Muñeca. Sin mención de complicación E966 Agresión por instrumento cortante y punzante 5. Heridas abiertas junto a otras lesiones en la misma localización No se codificarán las heridas abiertas que acompañan a las siguientes lesiones: • Órganos internos con herida abierta. • Fracturas abiertas. • Luxaciones abiertas. • Lesión intracraneal con herida abierta (sin fractura craneal). Ejemplo: Herida abierta con desgarro capsular de bazo por agresión con cuchillo. 865.12 Traumatismo del bazo con desgarros capsulares, sin disrupción grave del parénquima con traumatismo abierto de cavidad abdominal E966 Agresión por instrumento cortante y punzante Sin embargo, sí se codificarán las heridas abiertas que acompañen a las siguientes lesiones: • Lesiones de vasos sanguíneos (900 – 904). • Lesiones de nervios y de médula espinal (950 – 957). 120 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 6. Amputación traumática La CIE-9-MC clasifica la amputación traumática en la sección de heridas abiertas según sitio de amputación o códigos específicos de amputación para las extremidades, no diferenciando si la amputación es completa o parcial, que se identifican con el mismo código. El 4º dígito de subcategoría para las extremidades identifica si la amputación es unilateral o bilateral; esta última condición incluye las amputaciones en ambas extremidades, sean cuales sean sus localizaciones. Ejemplo: Amputación traumática de mano derecha y brazo izquierdo por accidente de tráfico. 887.6 Amputación traumática de brazo y mano (completa) (parcial) bilateral [cualquier nivel], sin mención de complicación E819.9 Accidente de tráfico de vehículo motorizado de tipo no especificado, persona no especificada Las amputaciones traumáticas han de diferenciarse del término amputación utilizado en la descripción de procedimientos quirúrgicos que se realizan por diferentes causas (vasculares, traumáticas, etc.). La amputación quirúrgica se clasifica en la categoría 84 Otros procedimientos sobre aparato musculoesquelético de la lista de procedimientos o en 86.26 Ligadura de apéndice dérmico como operación de piel y tejido subcutáneo para la amputación de dedo supernumerario de la mano. Ejemplo: Paciente diabético con angiopatía periférica al que se le realiza amputación supracondílea derecha. 250.70 Diabetes mellitus tipo II o de tipo no especificado, no establecida como incontrolada con trastornos circulatorios periféricos 443.81 Angiopatía periférica en enfermedades clasificadas bajo otros conceptos 84.17 Amputación por encima de la rodilla Servicio Andaluz de Salud 121 CIE-9-MC La revisión del muñón de amputación se clasifica en el código 84.3 Revisión de muñón de amputación e implica el corte de la circunferencia entera del hueso que se realiza sobre herida existente (recorte o reamputación), no distinguiendo la localización del muñón; no importa la longitud del hueso cortado o resección, sino el hecho de que se corta la circunferencia entera del hueso por revisión de herida existente (sitio de amputación anterior). La revisión quirúrgica de una amputación traumática actual se clasifica como amputación de miembro por sitio. La CIE-9-MC asigna la amputación metatarsal al código 84.11 Amputación de dedo de pie mientras que la amputación transmetatarsal la considera en el 84.12 Amputación a través de pie10. En la mano, tanto la amputación carpiana como la transcarpiana se asignan en el mismo código, 84.03 Amputación a través de mano. 7. Segundos tiempos quirúrgicos de heridas abiertas En algunas situaciones de heridas abiertas complicadas, su tratamiento se realiza en dos tiempos, precisando de una segunda atención programada para continuar o terminar el tratamiento. En estos casos, al segundo ingreso no se considera complicación del tratamiento previo ni efecto tardío, sino que se codificará como herida abierta actual. Estos segundos tiempos quirúrgicos se pueden producir, por ejemplo, en heridas sucias como las producidas por armas de fuego, mordeduras de animal, heridas con abundantes cuerpos extraños o con gran pérdida de sustancia, que por lo general no se cierran de inmediato, sino que se dejan abiertas pudiéndose realizar un cierre diferido entre el 3er y el 7º día y se codificará igual que en el primer ingreso, como herida abierta aguda. 8. Complicaciones asociadas a heridas abiertas Las complicaciones precoces de las heridas abiertas se clasifican en la categoría 958 Ciertas complicaciones precoces de los traumatismos, que son códigos secundarios a la lesión, aunque excepcionalmente podrán ser código principal cuando la complicación haya sido el único motivo del ingreso. 122 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS A veces las heridas abiertas se acompañan de otras lesiones vasculares o nerviosas, que precisan codificación adicional para su identificación: • Daño vascular, códigos de la sección Lesión de vasos sanguíneos (900 – 904). • Daño nervioso, códigos de la sección Lesión de nervios y médula espinal (950 – 957). Las infecciones son complicaciones habituales en las heridas abiertas y deberán tipificarse como herida abierta complicada. La Lista Tabular indica, al principio de la sección, la necesidad de emplear código adicional para su identificación. Las infecciones más frecuentemente asociadas a las heridas abiertas son la celulitis y la osteomielitis, y se añadirá el código del germen si se conoce. La secuenciación de códigos dependerá del motivo de ingreso. Ejemplos: - Paciente con herida abierta de la mano por corte en el hogar con un cuchillo hace 3 semanas que ha desarrollado posteriormente osteomielitis por la que se ingresa. 730.04 Osteomielitis aguda de mano 882.1 Herida abierta de mano, salvo dedo(s) de la mano exclusivamente, complicada E920.3 Accidentes causados por instrumentos u objetos cortantes y punzantes. Cuchillos, espadas y puñales E849.0 Lugar de acontecimiento. Hogar - Paciente con herida por punción leve en la mano producida hace una semana que ingresa por evidencia de celulitis en el sitio de la herida, no requiriendo atención por la herida en sí misma. 682.4 Otra celulitis y absceso. Mano, salvo dedos y pulgar - Paciente que ingresa por herida incisa por cuchillo en la cocina de su casa, en la mano, complicada con celulitis que precisa desbridamiento escisional. 882.1 Herida abierta de mano, salvo dedo(s) de la mano exclusivamente. Complicada 682.4 Otra celulitis y absceso. Mano, salvo dedos y pulgar E920.3 Accidentes causados por instrumentos u objetos cortantes y punzantes. Cuchillos, espadas y puñales E849.0 Lugar de acontecimiento. Hogar 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura Servicio Andaluz de Salud 123 CIE-9-MC 9. Ingreso para retirada de apósitos o suturas Se clasificarán en la subcategoría V58.3 Cuidado de vendajes y suturas que será diagnóstico principal. • V58.30 Admisión para cambio o retirada de vendaje de herida no quirúrgica. • V58.32 Admisión para retirada de puntos de sutura. 10. Secuelas de las cicatrices por heridas abiertas Las secuelas más frecuentes son la cicatriz hipertrófica, el queloide y otros estados cicatriciales (cicatriz adherente, retráctil, viciosa, etc.). El efecto tardío de herida abierta necesita de codificación múltiple: • 1º código: la secuela o manifestación presente. El queloide y la cicatriz hipertrófica se clasifican en 701.4 Otros procesos hipertróficos y atróficos de la piel. Cicatriz queloide. El resto de estados cicatriciales de la piel se clasifican en el código 709.2 Otros trastornos de la piel y de los tejidos subcutáneos. Estados cicatriciales y fibrosis de la piel. • 2º código: se añadirá un código adicional para el efecto tardío. 906 Efectos tardíos de lesiones de la piel y tejidos subcutáneos. 905.8 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. Efecto tardío de lesión de tendón. • 3º código: código E de efecto tardío de causa externa productora de la lesión. 11. Complicaciones precoces de heridas abiertas Las complicaciones precoces de las heridas se clasifican en la categoría 958 Ciertas complicaciones precoces de los traumatismos. Esta categoría se utilizará para codificación secundaria, secuenciándose en primer lugar el código de la herida. Excepcionalmente podrá ser código principal cuando la complicación haya sido el único motivo del ingreso (ver apartado de Complicaciones tempranas de traumatismos y lesiones). 124 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS QUEMADURAS I. CONCEPTOS GENERALES Son lesiones que afectan a los tejidos blandos (piel, tejido celular subcutáneo, músculos, etc.) u otros órganos (ojos, árbol respiratorio o aparato digestivo), causadas por agentes físicos (radiaciones, electricidad, etc.), químicos (ácidos o álcalis) o térmicos (frío o calor). Las lesiones varían desde el eritema a la destrucción o necrosis tisular de las estructuras afectadas, acompañándose de un síndrome humoral por la pérdida de líquidos y electrolitos que puede desencadenar un shock hipovolémico, Síndrome de Respuesta Inflamatoria Sistémica (SIRS), con o sin disfunción multiorgánica aguda. La gravedad depende de su extensión y su profundidad, por lo que se clasifican en función de estos criterios. Según la extensión se clasifican en: • Quemado grave o crítico. También llamado gran quemado, que se caracteriza por presentar una Superficie Corporal Quemada (SCQ) igual o superior al 15%. • Quemado leve. Paciente que presenta SCQ inferior al 15%. Según la profundidad de la quemadura se clasifican en: • Quemadura de primer grado Consiste en una destrucción de la epidermis y su característica macroscópica es el eritema. Es muy dolorosa (hiperestesia), no presenta problemas de pérdidas de líquidos y electrolitos, y su curación es espontánea en 4-5 días y sin secuelas. • Quemadura de segundo grado Consiste en una destrucción de la epidermis y de la dermis, que puede ser superficial o profunda: - Quemadura de 2º grado superficial. Es la destrucción de la epidermis y la dermis superficial y su característica macroscópica es la ampolla o flictena roja y muy dolorosa, con un exceso de exudado; su curación es espontánea en 7-10 días sin dejar secuelas (si no se infecta). - Quemadura de 2º grado profunda. Es la destrucción de la epidermis y la dermis profunda y su característica macros- Servicio Andaluz de Salud 125 CIE-9-MC cópica es la ampolla o flictena blanca o gris, no conserva folículos pilosebáceos, hay menor exudado y no hay dolor (hipoestesia). Son propensas a desarrollar infecciones, con secuelas (cicatrización hipertrófica) y precisan tratamiento quirúrgico. • Quemadura de tercer grado Consiste en la destrucción de todo el espesor de la piel y zonas profundas. Es negruzca con pérdida de volumen de líquido con efectos sistémicos. En las quemaduras de 3er grado profundas hay vasos sanguíneos trombosados con necrosis subyacente, pérdida de sensibilidad y anestesia; presentan secuelas importantes y precisan tratamiento quirúrgico. La infección es una complicación frecuente. II. NORMAS GENERALES DE CODIFICACIÓN La gran mayoría de quemaduras se clasifican en la sección Quemaduras (940-949). Quedan excluidas: • Quemaduras producidas por el sol y por radiación ultravioleta, que se clasifican en códigos específicos del Capítulo 12 Enfermedades de la Piel y de los Tejidos Subcutáneos. 692.71 Quemadura solar, para las de primer grado, 692.76 Quemadura solar de segundo grado, 692.77 Quemadura solar de tercer grado y 692.82 Por otros agentes especificados. Dermatitis por otras radiaciones. Las quemaduras producidas por otras radiaciones como rayos X, rayos catódicos, rayos infrarrojos, sí se clasifican como quemaduras en la sección Quemaduras (940 – 949), tal como indica el Índice Alfabético. • Quemaduras por fricción o abrasión que se consideran lesiones superficiales y se clasifican en la sección Lesión superficial (910–919) del capítulo 17. La CIE-9-MC, en el inicio de la sección de quemaduras, detalla los términos incluidos en ésta: • Escaldados • Quemaduras por: - Dispositivo de calefacción eléctrica - Electricidad - Llama 126 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS - Objeto caliente - Radiación - Rayo • Quemaduras químicas (externas) (internas) El Índice Alfabético, en su término principal Quemadura, presenta una serie de modificadores no esenciales que amplía los términos existentes en la Lista Tabular: - ácido cal calefactor eléctrico fuego irradiación líquido u objeto caliente llama química radiación rayo catódico rayos X térmica vapor Otra entrada de interés para la localización de las quemaduras es Sol, quemadura por, que identifica a las quemaduras solares o por radiación ultravioleta. 1. Codificación múltiple Las quemaduras requieren de codificación múltiple, con la siguiente secuencia de códigos: • Código primario. Clasifica la localización anatómica y el grado de la quemadura. Si el paciente presenta varias quemaduras se utilizarán tantos códigos como sean necesarios, secuenciándose en primer lugar la quemadura de mayor grado o profundidad (más severa), que se asigna mediante 4º dígito de subcategoría10. • Código secundario. Clasifica la extensión o superficie corporal quemada, si se conoce. Solo se necesita un código. • Código E primero. Clasifica la causa externa productora de la quemadura. • Código E segundo. Clasifica el lugar en que se produce la quemadura, por ejemplo en el hogar. Servicio Andaluz de Salud 127 CIE-9-MC 2. Localización anatómica La CIE-9-MC recoge la estructura anatómica afectada por la quemadura siguiendo dos ejes: • Primer eje, mediante la categoría, clasifica en grandes estructuras anatómicas: cabeza, ojo, tronco, extremidad superior, muñeca y mano, miembro inferior, múltiples sitios, órganos internos y sitios no especificados. • Segundo eje, con 5º dígito de subclasificación, clasifica estructuras más específicas dentro de cada una de las categorías. Excepciones son las categorías: - 940 Quemadura limitada al ojo y anexos, que especifica mediante 4º dígito el sitio y la causa (sustancia química, alcalina u otra causa) de la quemadura y - 947 Quemadura de órganos internos, que especifica órgano mediante 4º dígito. La entrada en el Índice Alfabético se realizará por Quemadura y se buscará el modificador esencial correspondiente al lugar anatómico. Se emplearán tantos códigos como sean necesarios para clasificar todas las estructuras anatómicas afectadas. La categoría 946 Quemaduras múltiples sitios especificados no deberá utilizarse, deben asignarse los códigos específicos para cada zona de quemadura. En la categoría 949 Quemadura, no especificada el concepto no especificado se refiere tanto a la localización como a la extensión, y no debería ser utilizada10. Generalmente, en quemados con casi toda la superficie afectada no se especifican las localizaciones, pero sí su extensión; en estos casos solo se asignará el código de la categoría 948 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada10, siendo la única situación donde se usará esta categoría 948 como código único y no adicional. 3. Profundidad de la quemadura La profundidad de la quemadura se especifica para las categorías 941 – 946 y 949 mediante 4º dígito de subcategoría. 128 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 4º DÍGITO PROFUNDIDAD DE LA QUEMADURA 0 Grado no especificado 1 Eritema [primer grado] 2 Ampollas, pérdida epidérmica [segundo grado] 3 Pérdida del grosor total de la piel [tercer grado NEOM] 4 Necrosis profunda de tejidos. Subyacentes [tercer grado profundo] sin mención de pérdida de una parte del cuerpo 5 Necrosis profunda de tejidos. Subyacentes [tercer grado profundo] con mención de pérdida de una parte del cuerpo 4. Extensión de la superficie corporal quemada La identificación de la superficie total afectada o extensión (%) de la quemadura, se recogerá con un solo código de la categoría 948 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada que permiten recoger el total de la SCQ así como la superficie con quemaduras de tercer grado. • Mediante 4º dígito de subcategoría se especificará el porcentaje afectado por el conjunto de quemaduras, sean del grado que sean. Para su cálculo se sumarán los porcentajes de todas las superficies quemadas. • Mediante 5º dígito de subclasificación se especificará el porcentaje de superficie corporal afectada por quemaduras de tercer grado. Este porcentaje nunca podrá ser superior al especificado para el conjunto de las quemaduras, valor asignado mediante 4º dígito de subclasificación, por ello se especifican los rangos de 5º dígito válidos en cada una de las subcategorías. Cuando no se especifique o no existan quemaduras de tercer grado se asignará 5º dígito 0. La entrada en el Índice Alfabético para clasificar la extensión se realizará por: Quemadura - extensión (porcentaje de superficie corporal) El uso de esta categoría 948 está basado en la clásica «regla de los nueves» estimando la superficie corporal afectada. Dada la importancia de la extensión de la superficie corporal quemada en la severidad de una quemadura, aumentando el riesgo de muerte con la mayor extensión, se Servicio Andaluz de Salud 129 CIE-9-MC justifica la necesidad de conocer ésta. Para la medición, cuando no se especifica el porcentaje de superficie quemada, se empleará la regla de los nueve36: La siguiente tabla muestra de forma detallada los porcentajes de superficie afectada según localización y edad. PORCENTAJES RELATIVOS DE ÁREAS CORPORALES SEGÚN EDAD Área Corporal Nac.- 1 año 1-4 años 5-9 años 10-14 años 15 años adulto Cabeza 19 17 13 11 9 7 Cuello 2 2 2 2 2 2 Tronco anterior 13 13 13 13 13 13 Tronco posterior 13 13 13 13 13 13 Glúteo derecho 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 Glúteo izquierdo 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 Genitales 1 1 1 1 1 1 Antebrazo derecho 4 4 4 4 4 4 Antebrazo izquierdo 4 4 4 4 4 4 Brazo derecho 3 3 3 3 3 3 Brazo izquierdo 3 3 3 3 3 3 Mano derecha 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 Mano izquierda 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 Muslo derecho 5,5 6,5 8 8,5 9 9,5 Muslo izquierdo 5,5 6,5 8 8,5 9 9,5 Pierna derecha 5 5 5,5 6 6,5 7 Pierna izquierda 5 5 5,5 6 6,5 7 Pie derecho 3,5 3,5 3,5 3,5 3,5 3,5 Pie izquierdo 3,5 3,5 3,5 3,5 3,5 3,5 Esta regla es válida solo para adultos; en los niños, por su mayor superficie craneal y extremidades inferiores más cortas, se utilizará la clasificación de Lund y Browder o habría que hacer un reajuste en la regla de los 9. Para calcular, en términos de porcentaje, la extensión de una quemadura de los segmentos corporales de un niño, se usa la regla de la palma, donde la palma cerrada de la mano del paciente representa el 1% de su superficie corporal. 130 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS El codificador no asignará la superficie corporal quemada en función de esta regla, pues la misma puede ser modificada por el médico por diversas circunstancias como, por ejemplo, la morfología de un paciente debido a grandes nalgas, abdomen o muslos. 5. Códigos E Se deberán recoger dos códigos E: • Primer código, identifica la naturaleza de la quemadura. Se buscará en el Índice Alfabético de Causas Externas la entrada principal Quemadura. Otras entradas son Choque eléctrico, Electrocución y Radiación. Los códigos E relacionados con las quemaduras son: E890-E899 Accidentes causados por fuego y llamas. E924.X Accidente causado por sustancias u objetos calientes, material cáustico o corrosivo y vapor. E925.X Accidente causado por corriente eléctrica. E968.0 Agresión por otros medios y por medios no especificados. Fuego. E968.3 Agresión por otros medios y por medios no especificados. Líquido caliente. E958.1 Suicidio y lesión autoinfligida por otros medios y por medios no especificados. Quemaduras. Incendio. E958.2 Suicidio y lesión autoinfligida por otros medios y por medios no especificados. Escaldamiento. E929.4 Efectos tardíos de lesión accidental. Efectos tardíos de accidentes causados por incendio. E926.2 Exposición a la radiación. Fuentes de luz visible y ultravioleta. Cuando la quemadura se produce por intervención legal (E970-E978), acto terrorista (E879) o guerra (E990-E999) se codificarán estos en primer lugar, seguidos de los códigos E de la naturaleza de las quemaduras (ver apartado Clasificación suplementaria de causas externas de lesiones e intoxicaciones: Código E). • Segundo código, identifica el lugar de acontecimiento, E849 Lugar de acontecimiento, al igual que ocurre en todas las lesiones. Las secuelas o efectos tardíos de quemaduras precisan de código E adicional de efecto tardío de causa externa, tanto para el agente como para la circunstancia (intervención legal, guerra o terrorismo). Servicio Andaluz de Salud 131 CIE-9-MC III. QUEMADURAS MÚLTIPLES Se codifican todas las quemaduras presentes en el paciente, asignando códigos de las categorías 941 – 947, distintos para cada lugar anatómico afectado. Cuando existen quemaduras múltiples de diferente grado en la misma localización anatómica -es decir, tendríamos varios códigos de la misma categoría y con diferente 4º dígito-, solo debe usarse un código, correspondiendo éste a la quemadura de mayor grado de profundidad y tendremos en cuenta el porcentaje de todas las quemaduras para el uso del código 948, en el cálculo de la superficie total afectada10. Ejemplo: Quemadura de 1º y 3º grado de MMII provocada por llama de brasero en el domicilio. La de primer grado supone el 18% de la SCQ y la de tercer grado supone el 9%. 945.30 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Pérdida del grosor total de la piel [tercer grado NEOM]. Miembro inferior [pierna], sitio no especificado 948.20 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada. 20 - 29 % de la superficie corporal. Menos del 10 por 100 o no especificado E895 Accidente causado por fuego controlado en vivienda particular E849.0 Lugar del acontecimiento. Hogar La quemadura de 1º grado de la pierna, 945.10 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Eritema [primer grado]. Miembro inferior [pierna], sitio no especificado no se codifica, al ser código de la misma categoría y de menor profundidad. El código asignado de la categoría 948 se construye mediante el 4º dígito 2 (SCQ entre 20% y 29%) pues la superficie total quemada, suma de primer grado más tercer grado, es de un 27%, y un 5º dígito 0 (SCQ de tercer grado menos de 10%), pues el paciente presenta el 9% de superficie con quemadura de tercer grado. Si la quemadura afectase a ambas extremidades, con igual localización anatómica en ambas y diferente grado, se asignarán los dos códigos. 132 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Ejemplo9: Un paciente ingresa por una quemadura de segundo grado en la pierna izquierda que afecta al 9% de la SCQ y una quemadura infectada de tercer grado en la pierna derecha que afecta al 18% de la SCQ provocada por llama de brasero en el domicilio. 945.30 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Pérdida del grosor total de la piel [tercer grado NEOM]. Miembro inferior [pierna], sitio no especificado 958.3 Infección de herida postraumática, no clasificada bajo otros conceptos 945.20 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Ampollas, pérdida epidérmica [segundo grado]. Miembro inferior [pierna], sitio no especificado 948.21 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada. 20 - 29 % de la superficie corporal. 10 - 19 % E895 Accidente causado por fuego controlado en vivienda particular E849.0 Lugar de acontecimiento. Hogar El código asignado de la categoría 948 se construye mediante el 4º dígito 2 (SCQ entre 20% y 29%) pues la superficie total quemada, suma de primer grado más tercer grado, es de un 27%, y un 5º dígito 1 (SCQ de tercer grado de 10% al 19%), pues el paciente presenta el 18% de superficie con quemadura de tercer grado. En las quemaduras múltiples, el motivo o circunstancia de ingreso determinará el diagnóstico principal. Cuando no se especifica preferencia de una quemadura en el motivo de admisión, debe secuenciarse en primer lugar al código que refleja la quemadura de mayor grado de profundidad o más extensa, con códigos adicionales para las quemaduras de otros sitios10. La categoría 946 Quemaduras múltiples sitios especificados agrupa las quemaduras de múltiples sitios clasificables bajo más de una categoría entre 940 – 945. Esta categoría 946 solo debe utilizarse si no se conoce con detalle la localización de las quemaduras; en caso contrario se asignarán los distintos códigos para cada sitio de las quemaduras10. Servicio Andaluz de Salud 133 CIE-9-MC Ejemplos: - Quemadura de 1º grado de la pierna izquierda, desde la rodilla al tobillo, con afectación de un 15% de SCQ y quemadura de 2º grado del pie izquierdo con afectación de un 4% de SCQ al poner leña en una hoguera de la playa. 945.22 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Ampollas, pérdida epidérmica [segundo grado]. Pie 945.14 Quemadura del miembro(s) inferior(es), Eritema [primer grado]. Pierna inferior 948.10 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada. 10 - 19 % de la superficie corporal. Menos del 10 por 100 o no especificado E897 Accidente causado por fuego controlado no dentro de edificio o estructura E849.4 Lugar de acontecimiento. Lugar de recreo y deporte Se codifican ambas quemaduras, pese a ser de la misma categoría, pues son independientes y de localización claramente distinta. El código asignado de la categoría 948 se construye mediante el 4º dígito 1 (SCQ entre 10% y 19%) pues la superficie total quemada, suma de primer grado más segundo grado, es de un 19%, y un 5º dígito 0 (SCQ de tercer grado menor de 10% o no especificado), pues este dígito se asigna también a los pacientes sin quemaduras de tercer grado. - Múltiples quemaduras de 2º grado que afectan a un 7% de SCQ y de 3º grado que afecta a un 3% de SCQ, en varios sitios de MMSS, sin afectar a la muñeca y mano, provocadas por accidente con agua caliente en la cocina en su casa. 943.39 Quemadura de miembro superior, salvo muñeca y mano. Pérdida del grosor total de la piel [tercer grado NEOM]. Múltiples sitios de miembro superior, salvo muñeca y mano 948.10 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada. 10-19% de la superficie corporal. Menos del 10 por 100 o no especificado E924.0 Accidente causado por sustancias u objetos calientes, material cáustico o corrosivo y vapor. Líquidos y vapores calientes, incluido el vapor E849.0 Lugar de acontecimiento. Hogar El código asignado de la categoría 948 se construye mediante el 4º dígito 1 (SCQ entre 10% y 19%) pues la superficie total quemada, suma de primer grado más segundo grado, es de un 10%, y un 5º dígito 0 (SCQ de tercer grado menor de 10% o no especificado), pues el paciente presenta el 3% de superficie con quemadura de tercer grado. 134 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS IV. QUEMADURAS EN FASE AGUDA Y SECUELAS DE LAS QUEMADURAS Dado que las quemaduras curan a diferentes velocidades, un paciente puede presentar en el mismo episodio de atención médica quemaduras actuales y secuelas de quemaduras curadas, por lo que pueden coexistir en el mismo ingreso códigos de quemaduras agudas y códigos de efectos tardíos10. Las quemaduras no curadas y la necrosis de la piel quemada se codificarán como quemadura aguda actual, mientras que las secuelas (cicatrices o contracturas) que permanecen después se codificarán como secuelas con la secuencia de efectos tardíos: • Primer código: Secuela • Segundo código 906.5 Efecto tardío de quemadura de ojo, cara, cabeza, y cuello. 906.6 Efecto tardío de quemadura de muñeca y mano. 906.7 Efecto tardío de quemadura de otras extremidades. 906.8 Efecto tardío de quemadura de otros sitios especificados. 906.9 Efecto tardío de quemadura de sitio no especificado. • Tercer código: Código E - El código E929.4 Efectos tardíos de lesión accidental. Efectos tardíos de accidentes causados por incendio identifica los efectos tardíos de quemaduras causadas por causa externa -fuego o llama-. - El E929.8 Efectos tardíos de lesión accidental. Efectos tardíos de otros accidentes que identifica los efectos tardíos de causas externas de quemaduras por agua o vapor caliente, sustancias cáusticas, corriente eléctrica o radiaciones, etc. No se utilizarán los códigos de causa externa actual. Servicio Andaluz de Salud 135 CIE-9-MC Ejemplo: Paciente ingresado para reparar cicatriz en el cuello mediante injerto de piel debida a una quemadura por fuego. Durante la hospitalización, la paciente recibió también cambios de apósito y el desbridamiento de una quemadura en el dorso del pie de 3º grado sin cicatrizar, que es un 2% de la SCQ. 709.2 Estados cicatriciales y fibrosis de la piel 906.5 Efecto tardío de quemadura de ojo, cara, cabeza, y cuello E929.4 Efectos tardíos de lesión accidental. Efectos tardíos de accidentes causados por incendio 945.32 Quemadura del miembro(s) inferior(es). Pérdida del grosor total de la piel [tercer grado NEOM]. Pie 948.00 Quemaduras clasificadas según la extensión de la superficie corporal implicada. Quemadura [cualquier grado] que implica a menos del 10 % de la superficie corporal. Menos del 10 por 100 o no especificado E899 Accidente causado por incendio no especificado El código asignado de la categoría 948 se construye mediante el 4º dígito 0 (SCQ menor del 10%) pues la superficie total quemada es del 2%, y un 5º dígito 0 (SCQ de tercer grado menor de 10% o no especificado), pues el paciente presenta el 2% de superficie con quemadura de tercer grado. No se debe emplear el código V51.8 Otra asistencia posterior que implica el uso de cirugía plástica en el caso de ingresos para reparación de cicatrices, contracturas u otras secuelas de quemaduras, dado que la secuela es una condición que precisa tratamiento, por lo que para su codificación se siguen los criterios de efectos tardíos. V. QUEMADURAS DE ÓRGANOS INTERNOS Se clasifican en la categoría 947 Quemadura de órganos internos, que incluye las quemaduras producidas por ingestión de sustancias químicas. El 4º dígito de subcategoría indica el órgano interno afectado, no identificándose la severidad o profundidad de la quemadura, a diferencia de las categorías que clasifican las quemaduras externas (categorías 941 – 946). El problema fundamental para la codificación de las quemaduras por sustancias químicas deriva de la deficiente descripción clínica del registro médico para identificar correcta- 136 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS mente el cuadro clínico, para distinguir si se trata bien de una quemadura interna o de intoxicación: • La intoxicación o envenenamiento es la reacción de un organismo a la entrada de cualquier sustancia tóxica que afecta sus funciones por un mecanismo de acción de alteración enzimática o genética del transporte de oxígeno, etc. que causa la lesión o enfermedad y en ocasiones la muerte. • Las quemaduras internas son lesiones en órganos internos (esófago, estómago, laringe, pulmón, vagina, etc.) provocadas fundamentalmente por agentes químicos, aunque también pueden ser agentes físicos o térmicos (ejemplo, agua caliente), que localmente producen un daño tisular con resultado de necrosis en el órgano, que clínicamente produce hemorragia, úlceras e incluso perforación. Para recoger la extensión de la quemadura se utilizará un código de la categoría 948, siguiendo la secuencia de codificación de quemaduras. 1. Quemaduras del aparato digestivo Se clasifican en las siguientes subcategorías: - 947.0 Quemadura de órganos internos. Boca y faringe. - 947.2 Quemadura de órganos internos. Esófago. - 947.3 Quemadura de órganos internos. Tracto gastrointestinal, para las que- maduras de colon, estómago, intestino delgado y recto. Las quemaduras del aparato digestivo (orofaringe, esófago, estómago y duodeno) son producidas fundamentalmente por agentes cáusticos, alcalinos (sosa cáustica, lejía, detergentes, hidróxido de sodio, etc.) o ácidos (ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, etc.) y que provocan necrosis. Hollinger en 1968 clasificó las quemaduras del aparato digestivo según la profundidad de la lesión en: • 1º Grado o de espesor parcial: caracterizada por hiperemia, edemas, hemorragias y necrosis superficial de la mucosa. • 2º Grado o espesor parcial superficial y profundo: se caracteriza por necrosis superficial de la mucosa y ulceraciones que pueden afectar a la pared muscular. • 3º Grado o espesor total: afecta a la pared y también daña a las estructuras que le rodean: mediastino, pulmón, peritoneo, etc. Servicio Andaluz de Salud 137 CIE-9-MC Pueden provocar determinadas complicaciones tempranas graves como son: neumonía por aspiración, Síndrome de Distress Respiratorio Agudo (SDRA), perforación de órgano, mediastinitis, neumotórax, peritonitis, etc. Se deberán buscar las complicaciones asociadas y codificarlas. En cuanto a las secuelas, las más frecuentes son la estenosis esofágica y la pilórica. Ejemplo: Ingreso programado para dilatación esofágica por estenosis, secuela de antigua quemadura esofágica por lejía. 530.3 Estrechez y estenosis de esófago 906.8 Efecto tardío de quemadura de otros sitios especificados E929.8 Efectos tardíos de otros accidentes 42.92 Dilatación de esófago 2. Quemaduras de vías aéreas Se clasifican en 947.1 Quemadura de órganos internos. Laringe, tráquea y pulmón. Las quemaduras de vías aéreas pueden ser causadas por inhalación de vapor, aire sobrecalentado o vapores tóxicos, favorecida si ocurre en espacios poco ventilados. Puede ser: • Lesión directa del tracto respiratorio superior por calor o vapor de agua, que provoca inflamación y edema de orofaringe y laringe, y que puede obstruir las vías aéreas. • Lesión química de vías aéreas que afecta a todo el árbol respiratorio provocada por inhalación de humos (mezcla de gases, gotas líquidas, vapores, hollín, etc). La afectación traqueobronquial va desde edema con desprendimiento epitelial hasta la necrosis con ulceraciones y hemorragias. Pueden provocar obstrucción de vías aéreas de pequeño calibre, neumonías, edemas pulmonares y SDRA. Las secuelas más frecuentes son la estenosis laríngea, asma, bronquiolitis obliterante, bronquiectasia y fibrosis pulmonar. 138 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Con frecuencia las quemaduras de las vías aéreas están acompañadas de otras complicaciones derivadas de la quemadura o de las circunstancias o causas que las producen. En estos casos el diagnóstico principal dependerá del motivo que origina el ingreso: Ejemplo: En un incendio en su casa el paciente no sufrió quemaduras graves, pero fue ingresado por un problema respiratorio secundario a los efectos tóxicos del humo, por lo que se le realizó ventilación mecánica durante dos días. 987.9 Efecto tóxico de otros gases, humos y vapores. Gas, humo o vapor no especificado E890.2 Incendio en vivienda particular. Otros humos y vapores por incendio 96.71 Intubación e irrigación no quirúrgicas. Ventilación mecánica invasiva continua inferior a 96 horas consecutivas 96.04 Intubación e irrigación no quirúrgicas. Inserción de tubo endotraqueal Se añadirán los códigos que correspondan a las quemaduras descritas. VI. COMPLICACIONES DE LAS QUEMADURAS Las quemaduras pueden presentarse asociadas a otras lesiones y presentar múltiples complicaciones agudas que comprometan la vida del paciente, como infecciones, sepsis, arritmias, shock traumático, deshidratación, insuficiencia renal aguda, etc. Todas ellas deberán ser codificadas10. • Infecciones Cuando la quemadura está infectada (infección en el lugar de la quemadura) requiere dos códigos, secuenciando en primer lugar la quemadura y como código secundario se asignará el 958.3 Infección de herida postraumática, no clasificada bajo otros conceptos. • Arritmias ventriculares Las quemaduras eléctricas, sobre todo las provocadas por cables de alta tensión, pueden causar fibrilación o fluter ventricular, que ponen en grave riesgo la vida del lesionado y precisan de atención inmediata. Se recogen en la subcategoría 427.4 Fibrilación y fluter auricular. Servicio Andaluz de Salud 139 CIE-9-MC • Shock traumático Puede estar presente en el momento del ingreso o manifestarse como complicación inmediata a la lesión. El código 958.4 Shock traumático incluye el shock hemorrágico, hipovolémico o por deshidratación debidos a traumatismos. • Deshidratación Se codifica mediante el 276.51 Trastornos de los equilibrios osmóticos, electrolítico y ácido básico. Deshidratación. • Síndrome de Respuesta Inflamatoria Sistémica (SIRS) En función de la presencia o no de disfunción multiorgánica se asignará el código 995.93 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso sin disfunción orgánica aguda o 995.94 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso con disfunción orgánica aguda (ver apartado Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso). • Insuficiencia renal aguda Se deberá asignar un código de la categoría 584 Fallo renal agudo (insuficiencia renal aguda). • Sepsis Para la codificación de la sepsis se necesitan por lo menos dos códigos con la siguiente secuencia37: - primero el código de infección sistémica (Ej.: 038.XX, 112.X) - y después el código 995.91 Sepsis. • Otras manifestaciones Otras manifestaciones existentes como neumonías, tromboflebitis, íleo paralítico, hemólisis, etc. deberán identificarse con los códigos correspondientes. Ciertas patologías preexistentes del paciente pueden condicionar el pronóstico del mismo, por lo que han de añadirse códigos adicionales que las identifiquen. 140 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS TRATAMIENTO DE HERIDAS Y QUEMADURAS I. CONCEPTOS GENERALES La curación de las heridas y quemaduras se produce por la cicatrización de las mismas, que es el conjunto de procesos biológicos que utiliza el organismo para recuperar su integridad y arquitectura y que consta de 3 fases: • Inflamatoria. Es inmediata y forma la costra que sella la herida. • Fibroplásica. Es la fase intermedia y forma el tejido de granulación y recanalización de vasos linfáticos y capilares sanguíneos. • Maduración. Logra la cicatrización completa por un proceso de epitelización y aumento de la fuerza tensil de la piel y posterior remodelación del colágeno y regresión endotelial, que disminuye el color cicatrizal. La actuación terapéutica sobre el proceso biológico de la cicatrización de las heridas es de tres tipos, según el período y la forma en que ésta ocurra: • Cicatrización primaria o por primera intención Los tejidos cicatrizan por unión primaria. Hay mínimo edema y cicatriz, y no hay reparación de los bordes. Son heridas incisas y asépticas, no complicadas, con poca pérdida de sustancia. La unión inmediata de los bordes es mediante puntos de sutura o cierre directo. • Cicatrización secundaria o por segunda intención Cuando la herida no se afronta por falta de atención o por indicación médica (heridas muy sucias o con pérdida de sustancia), se lleva a cabo un proceso de cicatrización más prolongado y complicado. La herida cicatriza desde las capas profundas y desde sus bordes. Generalmente deja una cicatriz no estética. • Cicatrización terciaria o por tercera intención (cierre primario diferido) Es el método seguro de reparación de heridas muy contaminadas o de tejidos muy traumatizados. El cirujano realiza un aseo concienzudo de la herida y deja crecer el tejido de granulación y difiere el cierre para un período posterior (3º - 7º día), de acuerdo a la evolución local, asegurando un cierre sin complicaciones. También se produce en suturas por primera intención en las que se ha producido dehiscencia o infección posterior; en estos casos hay que esperar a que granule. Servicio Andaluz de Salud 141 CIE-9-MC II. CIERRE DIRECTO O SUTURA DE LA HERIDA CON AFRONTAMIENTO DE LOS BORDES Se identifica en el código 86.59 Cierre de piel y tejido subcutáneo de otros sitios. III. DESBRIDAMIENTO DE PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO El desbridamiento es un procedimiento médico o quirúrgico dirigido a la retirada de tejidos necróticos, exudados, colecciones serosas o purulentas y/o cuerpos extraños asociados, es decir, todos los tejidos y materiales no viables presentes en lecho de la herida o quemaduras para acelerar el proceso de cicatrización y que incluye la extirpación de tejidos alrededor de la lesión. El desbridamiento se puede realizar sobre una lesión aguda antes de suturar la herida o sobre una lesión cronificada. Hay varios términos que pueden utilizarse en la descripción de estos restos de tejidos desvitalizados en función de su apariencia: • Tejido necrótico, en general, tejidos de color negro o marrón oscuro. • Escara, una placa definida, generalmente de color parduzco o negro, espesa, sólida, seca, de textura correosa que aumenta en dureza conforme se va desecando. • Esfacelos, son restos de material fibrinoso de color amarillo-verdoso o blanco-grisáceo, muy difíciles de aprehender por su consistencia blanda. En la clínica existen estadios intermedios entre los esfacelos y la placa necrótica que suelen coexistir en una misma herida. Existen distintos métodos de desbridamiento que pueden utilizarse de acuerdo a las diferentes situaciones del paciente y características de la lesión. Generalmente se trata de métodos compatibles, recomendándose la combinación de varios de ellos para hacer más eficaz y rápido el proceso (por ejemplo, desbridamiento cortante asociado a desbridamiento enzimático y autolítico). Estas diferentes técnicas de desbridamiento, médicas o quirúrgicas, implican diferencias en la codificación. 142 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS El Índice Alfabético de Procedimientos tiene diferente respuesta en el término principal Desbridamiento según el modificador esencial. • El modificador esencial - infección (piel) remite por defecto al código 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura. • Para los modificadores esenciales - quemadura (piel) y - piel o tejido subcutáneo (infección) (herida) (quemadura) se asigna directamente el 86.28 Desbridamiento no escisional de herida, infección o quemadura. En ambos casos, se modifica posteriormente por el término - - escisional y - - no escisional. Por ello ha de analizarse detenidamente la técnica y conocer si se ha realizado o no escisión, pues este término es el único que determina de forma correcta el código a asignar, quirúrgica (escisional) o no quirúrgica (no escisional). 1. Desbridamiento quirúrgico o escisional Es una técnica que consiste en la eliminación de tejido esfacelado o necrótico, cuerpos extraños de una herida o quemadura por medios quirúrgicos, con bisturí, para favorecer la posterior aproximación y unión de los bordes de la herida. Normalmente son resecciones amplias que implican la retirada de tejido necrótico y parte del tejido sano. El desbridamiento escisional puede realizarse en el quirófano o junto a la cama del paciente, dependiendo de las circunstancias38. El uso de un instrumento cortante en el desbridamiento no siempre indica que el desbridamiento es escisional. El facultativo debe expresarlo de esa forma o bien hay que revisar en la documentación, para comprobar cómo se ha llevado a cabo el procedimiento de desbridamiento, y si se ha realizado un corte definitivo del tejido desvitalizado, y si éste incluye una zona de tejido sano alejada del borde de la herida38. Se clasifica en el código 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura. El desbridamiento de heridas o quemaduras que afectan a tejidos más profundos que la piel y el tejido celular subcutáneo, se clasifica de acuerdo al tejido profundo desbridado; este tratamiento lleva implícito el desbridamiento de piel, por lo que éste no se codifica39. Servicio Andaluz de Salud 143 CIE-9-MC Ejemplo: Desbridamiento de una zona de la pierna que incluye el desbridamiento de piel y tejido subcutáneo, músculo y hueso. 77.67 Escisión local de lesión o tejido de hueso. Tibia y peroné Cuando el desbridamiento se realiza en dos sitios diferentes (por ejemplo, la nalga y la pierna) llegando cada uno a diferentes estructuras, se codificará cada uno por separado. Ejemplo: Desbridamiento de una zona de la pierna que incluye el desbridamiento de piel y tejido subcutáneo, músculo y hueso, y desbridamiento quirúrgico de úlcera en nalga. 77.67 Escisión local de lesión o tejido de hueso. Tibia y peroné 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura El desbridamiento de la piel y tejido celular subcutáneo, como el de otras estructuras afectadas como músculo etc. en el mismo foco donde se produce una fractura abierta, no debe ser codificado adicionalmente, recogiéndose solo el desbridamiento del foco de fractura con el código 79.6 Desbridamiento de sitio de fractura abierta40. Cuando no haya entrada de índice CIE-9-CM para el desbridamiento de las áreas que no sean la piel y el tejido subcutáneo, se buscarán otros términos como extirpación o escisión de lesión por sitio41. Ejemplo: Desbridamiento de tejidos blandos o fascias. 83.39 Escisión de lesión de otro tejido blando Escisión - lesión (local) - - fascia 83.39 - - tejido - - - blando NCOC 83.39 - - tendón 83.39 144 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Si es en la mano se asignarán códigos de la subcategoría 82.3 Otra escisión de tejido blando de mano, donde se diferencian diversas estructuras como bolsa sinovial, tendones, fascia, músculos y otros. El desbridamiento de la uña se recoge específicamente en el código 86.27 Desbridamiento de uña, base de uña o pliegue de uña. 2. Desbridamiento mediante técnica de Friedrich La técnica de Friedrich consiste en el corte limpio con tijera o bisturí de los tejidos avasculares hasta lograr unos nuevos bordes limpios y vitalizados. Conviene planear previamente, e incluso pintar sobre la piel, la zona de resección prevista para evitar la eliminación excesiva de tejido sano. Se clasifica en el código 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura. 3. Escarotomía Incisión quirúrgica de un tejido necrótico producido por una quemadura grave. A veces es necesaria para evitar que el edema aumente la presión intersticial tanto como para afectar a la repleción capilar y producir isquemia. Se codificará 86.09 Incisión de piel y tejido subcutáneo. Otra incisión de la piel y del tejido subcutáneo42. 4. Desbridamiento cortante Se reserva este concepto al procedimiento que normalmente realiza la enfermera a pie de cama, retirando de forma selectiva el tejido desvitalizado. Se efectúa en distintas sesiones y hasta el nivel de tejido viable, realizándose con instrumental estéril y extremando las medidas de asepsia. Su riesgo fundamental es el sangrado. Implica la extracción de tejido desvitalizado, necrosis o escaras por medio de cepillado, lavado, irrigación o raspado. Se clasifica en el código 86.28 Desbridamiento no escisional de herida, infección o quemadura. Servicio Andaluz de Salud 145 CIE-9-MC 5. Desbridamiento enzimático Es una técnica médica que consiste en la aplicación local de pomadas de enzimas exógenas (estreptoquinasas, colagenasas, etc.) para, junto a las enzimas endógenas, degradar la fibrina, el colágeno desnaturalizado y la elastina, por la producción de enzimas proteolíticas (proteasas) que ayudan a la separación de tejido necrótico. No requiere codificación. 6. Desbridamiento autolítico Ocurre de forma natural en todas las heridas (los fagocitos junto a los macrófagos y enzimas proteolíticas actúan en el lecho de la lesión licuando y separando tejido necrótico y estimulando la granulación del tejido) y se propicia por apósitos e hidrogeles (cura húmeda). La aplicación de apósitos en el tratamiento de heridas o quemaduras se clasifica con el código 93.57 Aplicación de otro vendaje de herida. 7. Desbridamiento osmótico Consiste en el intercambio de fluidos de distinta densidad por la aplicación de soluciones hiperosmolares o de apósitos de poliacrilato. Se clasifica con el código 93.57 Aplicación de otro vendaje de herida. 8. Terapia larval Es la terapia con larvas estériles de la mosca verde botella (Lucilia sericata) que produce potentes enzimas que licuan el tejido desvitalizado para posteriormente eliminarlo. Es una alternativa no quirúrgica para desbridar lesiones cavitadas y de difícil acceso quirúrgico o cortante, y con gran cantidad de tejido necrótico. No requiere codificación. 9. Desbridamiento mecánico Consiste en la abrasión mecánica por apósitos o gasas húmedas o secas, irrigación continua a presión, etc. El desbridamiento con Whirlpool es un ejemplo de desbridamiento mecánico no quirúrgico. El Whirlpool es un tipo de hidroterapia que usa una bañera especial para tratamiento de heridas y quemaduras38. 146 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS El desbridamiento digresivo con lavado pulsado es considerado un desbridamiento mecánico no quirúrgico. No implica cortar o escindir por fuera del tejido desvitalizado. En el lavado pulsado se libera una solución irrigadora bajo presión con succión. El lavado pulsado es usado para desbridamiento de hueso y tejido en limpieza de heridas a fin de eliminar agentes infecciosos y restos. Este método de limpieza de heridas es conocido también como «lavado mecánico», «lavado pulsátil», «irrigación mecánica» e «irrigación a alta presión»38. El desbridamiento mediante dispositivo Versajet consiste en un generador de alta presión con una consola y accesorios desechables. Un chorro de líquido crea un vacío natural que remueve los fragmentos de tejido. El dispositivo tiene características especializadas que permiten al médico desbridar heridas traumáticas, heridas crónicas u otras lesiones de tejidos blandos, aspirando y removiendo contaminantes y otros restos43. El sistema de tratamiento de heridas Qoustic de Arobella usa una cubeta con ultrasonidos para desbridar heridas. Es considerado un desbridamiento mecánico no quirúrgico44. El desbridamiento mecánico se clasificará en el código 86.28 Desbridamiento no escisional de herida, infección o quemadura. 10. Desbridamiento láser El desbridamiento de herida o quemadura con láser se codifica con 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura. Cuando no hay una entrada específica para desbridamiento por láser, la técnica láser se codificará con los códigos derivados de las diferentes entradas por Escisión (con excepción de la fotocoagulación de los ojos cuya entrada es por fotocoagulación)45. IV. OTROS DESBRIDAMIENTOS 1. Desbridamiento del muñón de amputación El desbridamiento del muñón de amputación por necrosis del tejido puede llevarse a cabo mediante desbridamiento escisional o no escisional. Servicio Andaluz de Salud 147 CIE-9-MC La revisión del muñón de amputación clasificada en el código de 84.3 Otros procedimientos sobre aparato musculoesquelético. Revisión de muñón de amputación, lleva implícita la resección no solo de tejido celular subcutáneo sino también la resección de toda la circunferencia del hueso46. Ejemplos: - Paciente con historia de amputación del 2º, 3er y 4º dedos del pie derecho es ingresado por celulitis ascendente e infección del lugar de amputación. Las notas de evolución clínica indican un desbridamiento a pie de cama, con bisturí, de piel y tejido necrosado en el lugar de la amputación, en el tercer día de la hospitalización. En el día sexto la documentación muestra la realización de un desbridamiento menor no escisional. 997.62 Complicación tardía de muñón de amputación. Infección (crónica) 681.10 Celulitis y absceso de los dedos de la mano y del pie. Dedo de pie. Celulitis y absceso no especificados E878.5 Intervención quirúrgica y otros procedimientos quirúrgicos como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior, sin mención de accidente en el momento de realizarse la intervención. Amputación de miembro(s) 86.22 Desbridamiento escisional de herida, infección o quemadura 86.28 Desbridamiento no escisional de herida, infección o quemadura - Hombre diabético de tipo II de 65 años, en postoperatorio de tres semanas tras amputación por encima de la rodilla, fue ingresado por apertura de la herida con protrusión del fémur. El paciente fue sometido a revisión de la amputación. El cirujano abrió la herida en modo elíptico, extirpando el tejido de granulación hasta llegar a bordes de piel sangrante viables. Se realizó resección del fémur de unos 5 cm, cierre de herida con drenajes. 997.69 Complicación tardía de muñón de amputación. Otras 250.00 Diabetes mellitus sin mención de complicación, tipo II o de inespecífico, no establecida como incontrolada E878.5 Intervención quirúrgica y otros procedimientos quirúrgicos como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior, sin mención de accidente en el momento de realizarse la intervención. Amputación de miembro(s) 84.3 Otros procedimientos sobre aparato musculoesquelético. Revisión de muñón de amputación Una revisión de amputación incluye la sección de la circunferencia completa del hueso. La longitud del hueso seccionado o resecado no es tan importante como el hecho de que toda la circunferencia del hueso sea cortada y se haga la revisión en lugar de la amputación. 148 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Desbridamiento del árbol bronquial mediante broncoscopia por láser Se utiliza para la repermeabilización de la vía aérea principal (tráquea, bronquios principales e intermediarios) obstruida en las estenosis cicatriciales. Se codifica en 32.01 Escisión local o destrucción de lesión o tejido bronquial. Escisión endoscópica o destrucción de lesión o tejido bronquial47. 3. Desbridamiento de absceso de herida operatoria abdominal Se clasifica en el 54.0 Incisión de pared abdominal. El desbridamiento de la herida no se debe codificar por separado ya que es parte integral del procedimiento completo48. Ejemplo: Una paciente en estado posthisterectomía abdominal es ingresada para tratamiento de absceso de la herida operatoria. Se realizó incisión y drenaje con desbridamiento. El cirujano abrió la incisión aproximadamente 12 cm y se extrajo todo el exudado purulento. Se usaron tijeras de Metzenbaum para desbridar las áreas desvitalizadas y finalmente la herida se cubrió. 998.59 Otras infecciónes postoperatorias 54.0 Incisión de pared abdominal V. COLGAJOS E INJERTOS Los injertos cutáneos libres se clasifican en códigos de la subcategoría 86.6 Injerto cutáneo libre, incluida la piel artificial o el implante protésico dérmico que se recoge mediante el código 86.67 Injerto regenerativo de piel. Los colgajos de piel, tanto su corte y preparación, como los avances o la fijación, así como su revisión y desbridamiento se codificarán en la subcategoría 86.7 Injertos de pedículos o colgajos, diferenciándose con el 4º dígito la técnica utilizada, excepto los de las siguientes localizaciones: • Códigos de subcategoría 08.6 Reconstrucción de párpado con colgajo o injerto de piel, que incluye la ceja. • 21.86 Rinoplastia limitada para los colgajos nasolabiales. Servicio Andaluz de Salud 149 CIE-9-MC • Códigos de la subcategoría 21.8 Operaciones de reparación y cirugía plástica sobre la pirámide nasal, para los injertos nasales según sea reconstrucción total, de la punta u otra. • 27.56 Otro injerto de piel aplicado a labio y cavidad bucal y 27.55 Injerto de piel de grosor total aplicado al labio y cavidad bucal, para los injertos de labios. • 61.49 Otra reparación de escroto y túnica vaginal para los colgajos de escroto. • Código 83.82 Injerto de músculo o fascia y en el código 82.72 Operación plástica sobre mano con injerto de músculo o fascia, para los injertos de fascias o músculos, excepto mano. Y los códigos 82.79 Operación plástica sobre mano con injerto o implantación y 83.81 Injerto de tendón, para los injertos de tendón. • Códigos de la subcategoría 78.0 Injerto de hueso para los injertos óseos, excepto faciales. Si es de hueso facial se clasifica en el código 76.91 Injerto óseo a hueso facial y en 76.44 Ostectomía total de otro hueso facial con reconstrucción, si hay asociada una ostectomía total. • Los injertos óseos asociados a artoplastia o artrodesis no se codifican. • Códigos 39.56 Reparación de vaso sanguíneo con injerto de parche de tejido, 39.57 Reparación de vaso sanguíneo con injerto de parche sintético o 39.58 Reparación de vaso sanguíneo con tipo de injerto de parche no especificado, para los injertos de vasos (arteriales o venosos). • Si el injerto está asociado a una angiectomía se codificará en la subcategoría 38.4 Resección de vaso con sustitución. 150 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS VI. OTROS TRATAMIENTOS QUIRÚRGICOS Entre otros tratamientos quirúrgicos se consideran de interés: SUTURAS MANO OTROS Sutura muscular 82.46 Sutura de músculo o fascia de la mano 83.65 Otra sutura de músculo o fascia Sutura tendinosa directa o por primera intención 82.44 Otra sutura de tendón flexor de mano 83.64 Otra sutura de tendón 82.45 Otra sutura de otro tendón de mano 82.43 Sutura retardada de otro tendón de 83.62 Sutura retardada de tendón Sutura tendinosa retardada mano 82.44 Otra sutura de tendón flexor de mano 83.61 Sutura de vaina de tendón Sutura de vaso sanguíneo Subcategoría 39.3 Sutura de vaso Sutura de nervio 04.3 Sutura de nervios craneales y periféricos VII. OTRAS TERAPIAS COMPLEMENTARIAS 1. Retirada de suturas Se localizan en el Índice Alfabético de Procedimientos por el término principal Extracción, con el modificador esencial de sutura. Ejemplo: Extracción - sutura NCOC 97.89 - - cabeza y cuello 97.38 - - pared abdominal 97.83 - - por incisión – veáse Incisión, por sitio 2. Tratamiento con oxazolidinonas Las heridas traumáticas tratadas con oxazolidinonas se codifican en 00.14 Inyección o infusión de antibióticos del grupo de las oxazolidinonas para el tratamientos de bacterias GRAM (+), e incluso GRAM (-), de infecciones graves resistentes a varios antibióticos. Servicio Andaluz de Salud 151 CIE-9-MC COMPLICACIONES TEMPRANAS DE TRAUMATISMOS Y LESIONES La secuencia de codificación para las complicaciones precoces dependerá del motivo de ingreso: • Si la complicación se produce en el mismo episodio que la lesión, ésta será el diagnóstico principal y como diagnóstico adicional la complicación. • Si la complicación es la causa de un ingreso posterior, ésta será el diagnóstico principal. El shock traumático es una complicación precoz de los traumatismos y se clasifica en el código 958.4 Shock traumático. Quedan excluidos en este código otros tipos de shock. El embolismo graso se trata de una complicación precoz de los traumatismos ya que se desarrolla habitualmente entre el segundo o tercer día tras un traumatismo importante; se clasifica con el código 958.1 Embolia grasa. Las hemorragias tras fase aguda del traumatismo se codificarán mediante 958.2 Hemorragia secundaria y recurrente. La infección tras fase aguda de traumatismo se incluirá en el código 958.3 Infección de herida postraumática, no clasificada bajo otros conceptos. Este código se deberá añadir como código adicional a cualquier quemadura infectada49. La anuria traumática se puede deber a fallo renal postraumático o al síndrome de aplastamiento. En ambos casos se codifica como 958.5 Anuria traumática. La contractura isquémica de Volkmann: en la oclusión de las arterias profundas durante 6 horas o más se produce isquemia de los músculos y nervios, con la consiguiente necrosis. El músculo necrótico queda posteriormente sustituido por tejido cicatricial fibroso que determina un acortamiento permanente del músculo afectado. Se clasifica en 958.6 Contractura isquémica de Volkmann. El síndrome compartimental traumático se produce por un aumento de la presión en un espacio tisular cerrado, que hace disminuir el flujo sanguíneo a los músculos y células nerviosas. Se codifica con 958.9 Síndrome compartimental traumático. 152 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS El enfisema subcutáneo traumático es una condición creada por la introducción de aire u otros gases al interior de los tejidos blandos. Se codifica mediante 958.7 Enfisema traumático subcutáneo. Otras complicaciones precoces como son: parada cardiorrespiratoria, tromboembolismo pulmonar, coagulación intravascular diseminada, gangrena gaseosa, tétanos, etc. se codificarán en el 958.8 Otras complicaciones precoces de los traumatismos, más los códigos correspondientes y específicos de la complicación. Servicio Andaluz de Salud 153 CIE-9-MC MALOS TRATOS I. NORMAS DE CODIFICACIÓN Los malos tratos10 se identifican con códigos de la subcategoría 995.5 Síndrome de malos tratos de niños y subcategoría 995.8 Otros efectos adversos especificados, no clasificados bajo otros conceptos, para los malos tratos en adultos. En ambos casos el 5º dígito de subclasificación indica el tipo de abuso. La secuencia de códigos en maltratos será la siguiente: • Primer código. Un código de la subcategoría 995.5 Síndrome de malos tratos de niños o 995.8 Otros efectos adversos especificados, no clasificados bajo otros conceptos. • Códigos adicionales. Cuando el abuso produce lesiones físicas o cualquier otra patología se especificará la lesión o patología mediante el código adecuado de la Lista Tabular general. • Códigos E. Identifican la naturaleza del abuso y el autor, por lo que como mínimo deberemos utilizar dos códigos E: - Cuando es maltrato intencionado se asignarán los siguientes códigos E: · En primer lugar, para identificar la naturaleza del abuso, se asignará un código de la sección Homicidio y lesiones inflingidas de forma intencionada por otras personas (E960 – E969), excepto las categorías E967 Apaleamiento y otros malos tratos de niños y adultos y el código E969 Efectos tardíos de lesión inflingida de forma intencionada por otra persona. · En segundo lugar, para identificar la relación entre el maltratador y el maltratado, un código de la categoría E967 Apaleamiento y otros malos tratos de niños y adultos46. - En caso de que la causa del maltrato sea accidental, esto es, cuando la intención se determine como accidental, se asignará: · En primer lugar el código de la categoría E904.0 Abandono o descuido de niños y personas imposibilitados. · En segundo lugar, para identificar la relación entre el maltratador y el maltratado, un código de la categoría E967 Apaleamiento y otros malos tratos de niños y adultos. 154 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Cuando el ingreso se produzca por sospecha de violación o de maltrato, estas condiciones se codificarán como ciertas siguiendo las normas generales de codificación. Ejemplo: Mujer 18 años que ingresa por sospecha de violación, sin evidencia de lesiones. 995.83 Violaciones a adultos E960.1 Violación E967.9 Apaleamiento y otros malos tratos de niños y adultos. Por persona no especificada II. CÓDIGOS V Y MALOS TRATOS Los códigos V relacionados con problemas de abuso o de negligencia se asignarán para recoger asesoramiento a víctimas o maltratadores, o para historia de malos tratos. Para el asesoramiento en temas relacionados con malos tratos, tanto a víctimas como a maltratadores, se utilizan los siguientes códigos: • V61.12 Asesoramiento al autor de los malos tratos al cónyuge o pareja. Puede ser diagnóstico principal o secundario. • V61.21 Asesoramiento a las víctimas de malos tratos infantiles. Puede ser diagnóstico principal o secundario. • V61.22 Asesoramiento a los padres autores de malos tratos a los niños. Puede ser diagnóstico principal o secundario. • V62.83 Asesoramiento al autor de los malos tratos físicos/sexuales. Solo puede ser diagnóstico secundario. • V61.11 Asesoramiento a las víctimas de malos tratos por parte del cónyuge o pareja. Puede ser diagnóstico principal o secundario. Para recoger la información de que un paciente estuvo sometido a malos tratos se emplearán códigos de la categoría V15.4 Historial de trauma psicológico, que no podrán ser diagnóstico principal. Servicio Andaluz de Salud 155 CIE-9-MC III. MALOS TRATOS PSICOLÓGICOS Se especifican mediante el código 995.51 Malos tratos psicológico/emocionales a niños o 995.82 Malos tratos psicológico/emocionales a adultos. Se añadirá un código E adicional de la categoría E967 Apaleamiento y otros malos tratos de niños y adultos para identificar la relación entre maltratado y maltratador. IV. EFECTOS TARDÍOS DE MALOS TRATOS Para recoger las secuelas de malos tratos seguiremos la secuencia de los efectos tardíos de la siguiente forma: • Primer código: Código de secuelas. Se utilizarán códigos de las manifestaciones que hayan quedado. Se deberán usar tantos códigos como manifestaciones estén presentes. • Segundo código: Código de efecto tardio. No existe un código específico de efecto tardío de malos tratos, por lo que emplearemos los códigos correspondientes a las lesiones infligidas, categorías 905-909. • Código E: Tampoco existe un código E específico de efectos tardíos a malos tratos, por lo que emplearemos el E969 Efectos tardíos de lesión infligida de forma intencionada por otra persona. Ejemplo: Paciente con cicatriz en la cara como secuela de una agresión con ácido infligida por su marido. 709.2 Estados cicatrízales y fibrosis de la piel 906.5 Efecto tardío de quemadura de ojo, cara, cabeza y cuello E969 156 Efectos tardíos de lesión infligida de forma intencionada por otra persona Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS SÍNDROME DE RESPUESTA INFLAMATORIA SISTÉMICA POR UN PROCESO NO INFECCIOSO El Síndrome de Respuesta Inflamatoria Sistémica (SIRS) es una respuesta sistémica a una infección o traumatismo. El SIRS tiene un diagnóstico clínico donde aparece: • Temperatura corporal > 38 °C o < 36 °C. • Frecuencia cardiaca > 90 ppm. • Hiperventilación (frecuencia respiratoria > 20 rpm, o bien PaCO2 < 32 mmHg). El SIRS no infeccioso se codifica mediante 995.93 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso sin disfunción orgánica aguda o 995.94 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso con disfunción orgánica aguda. La secuencia de códigos será: • Primer código. La enfermedad subyacente, pancreatitis, traumatismo, quemadura etc. • Segundo código. 995.93 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso sin disfunción orgánica aguda o 995.94 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso con disfunción orgánica aguda si cursa con disfunción orgánica aguda. • Tercer código. Para recoger la disfunción orgánica aguda, si se produjo, se buscará el código correspondiente de la misma en la Lista Tabular. • Códigos E. Si la causa del SIRS es un traumatismo o quemadura, se asignará un código E correspondiente, siempre que el SIRS se desarrolle en el mismo ingreso. Si el paciente es ingresado con SIRS, pero el traumatismo ha sido tratado previamente, no se debe usar un código de causa externa46. Si el clínico asocia una disfunción orgánica aguda al SIRS, éste lo clasificaremos con el código 995.94 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso con disfunción orgánica aguda, pero si un paciente tiene una disfunción orgánica aguda, relacionada con una afección médica diferente al SIRS, no se asignarán los códigos de SIRS Servicio Andaluz de Salud 157 CIE-9-MC con disfunción orgánica. Debe asociarse una disfunción orgánica aguda con el SIRS para que puedan asignarse los códigos correspondientes. Si la documentación no aclara si una disfunción orgánica aguda está relacionada con la sepsis u otra afección médica, habrá que buscar en la documentación clínica para encontrar la relación50. Si un paciente es ingresado por un traumatismo, quemadura, pancreatitis, etc., presentando un SIRS no infeccioso, y desarrolla un shock séptico, se codificará el SIRS de tipo infeccioso con el código 995.92 Sepsis severa y no se asignará el 995.94 Síndrome de respuesta inflamatoria sistémica por un proceso no infeccioso con disfunción orgánica aguda50. La siguiente tabla secuencia los códigos del SIRS no infeccioso dependiendo del motivo de ingreso. SIRS NO INFECCIOSOS Motivo de ingreso 158 1º código 2º código 3º código Pancreatitis que evoluciona a SIRS 577.0 995.93 - Pancreatitis que evoluciona a SIRS con disfunción orgánica aguda 577.0 995.94 Códigos de disfunción orgánica aguda Traumatismo que evoluciona a SIRS 800-939.X 995.93 Traumatismo que evoluciona a SIRS con disfunción orgánica aguda 800-939.X 995.94 Quemaduras que evolucionan a SIRS 940-950 995.93 Quemaduras que evolucionan a SIRS con disfunción orgánica aguda 940-950 995.94 SIRS debido a neoplasia 140-239 995.93 SIRS con disfunción orgánica aguda debido a neoplasias 140-239 995.94 SIRS debido a otras patologías no infecciosas Código de la patología 995.93 SIRS con disfunción orgánica aguda Código de la debido a otra patología no infecciosa patología 995.94 Servicio Andaluz de Salud 4º código - Códigos E Códigos de disfunción orgánica aguda Códigos E Códigos E Códigos de disfunción orgánica aguda Códigos de disfunción orgánica aguda Códigos de disfunción orgánica aguda Códigos E LESIONES Y ENVENENAMIENTOS ENVENENAMIENTOS, EFECTOS TÓXICOS Y REACCIONES ADVERSAS I. CONCEPTOS GENERALES Las reacciones a sustancias de origen medicamentoso pueden ser de dos tipos: • Envenenamientos. • Reacciones Adversas (RAM). Las reacciones a sustancias de origen no medicamentoso se denominan» Efectos tóxicos» 1. Intoxicación o envenenamiento y efecto tóxico 1.a. Intoxicación o envenenamiento Son sinónimos. Aunque la CIE-9-MC utiliza el término envenenamiento, en nuestro ámbito es más común el de intoxicación. Se define como un acontecimiento evitable causado por una utilización inadecuada de un medicamento produciendo una lesión al paciente51. Para considerar que una sustancia terapéutica se puede incluir en la sección de Envenenamientos por drogas, sustancias medicamentosas y sustancias biológicas (960-979), deben darse algunas de las siguientes circunstancias52: • • • • La prescripción médica no fue correcta. La administración fue incorrecta en la pauta o dosis (sobredosificación). Hubo error con respecto al paciente o al fármaco prescrito. Cualquier otra diferente a una correcta prescripción o una adecuada administración. • Interacción entre fármacos cuando en alguno de ellos se dé una de las anteriores circunstancias. • La interacción entre fármacos y alcohol se considera una intoxicación aunque no se den ninguna de las circunstancias descritas anteriormente. 1.b. Efecto tóxico Cuando una sustancia perjudicial (con fines principalmente no terapéuticos) es ingerida o entra en contacto con una persona, se considera como efecto tóxico y se recoge en la sección Efectos tóxicos de sustancias primordialmente no medicamentosas con respecto a su origen (980-989). Servicio Andaluz de Salud 159 CIE-9-MC La CIE-9- MC utiliza «Efecto tóxico» para aquellos envenenamientos o intoxicaciones producidos por sustancias no medicamentosas, para diferenciarlas de los envenenamientos o intoxicaciones medicamentosas que denomina «Envenenamientos». Se incluyen las siguientes sustancias como causantes de efectos tóxicos: alcohol, petróleo, disolventes no derivados del petróleo, tóxicos aromáticos corrosivos, ácidos y alcaloides cáusticos, plomo y sus componentes, otros metales, monóxido de carbono, gases, humos, vapores, sustancias ingeridas como alimentos y sustancias no medicamentosas en su origen. En esta sección no se incluirán las intoxicaciones alimenticias. 2. Reacciones adversas a medicamentos Aunque la CIE-9-MC utiliza el término de «Efecto adverso», en este documento se utilizará el de Reacciones Adversas a Medicamentos (RAM) por ser más comúnmente utilizado en nuestro ámbito. La OMS define una RAM como aquellas manifestaciones o efectos, indeseables o nocivos, que son producto de una sustancia terapéutica correctamente prescrita y adecuadamente administrada. No se dan ninguna de las circunstancias descritas en envenenamientos. No existe período de tiempo para considerar una manifestación como RAM. Según Park y Coleman, los RAM se clasifican en53: • Tipo A. Incremento de las manifestaciones existentes. Son las más frecuentes. Se pueden producir por mecanismos de acción del fármaco con exageración de los efectos farmacológicos, relación dosis-efecto. Revierten una vez que se retira o se controla la dosis. Un ejemplo sería la hemorragia por anticoagulantes. • Tipo B. Reacciones anómalas. Menos frecuentes y generalmente más graves. Están relacionadas con el mecanismo de acción. No dependen de la dosis y son impredecibles. Por ejemplo las reacciones idiosincrásicas. • Tipo C. Reacciones crónicas por tratamientos prolongados. Por ejemplo las disquinesias tardías. • Tipo D. Con manifestación demorada. Aparecen tiempo después de la administración del fármaco. Por ejemplo las malformaciones teratogénicas. 160 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS II. NORMAS DE CODIFICACIÓN 1. Tabla de sustancias responsables de envenenamientos y reacciones adversas a medicamentos o de efectos tóxicos La CIE-9-MC contiene en el Índice Alfabético la Tabla de Fármacos y Químicos para los estados de envenenamientos y reacciones adversas a medicamentos, para los efectos tóxicos y para sus causas externas. TABLAS DE FÁRMACOS Y QUÍMICOS 1 2 3 SUSTANCIA ENVENENAMIENTO CAUSA EXTERNA (CÓDIGOS E) Por ejemplo: Acetilcisteína 975.5 4 5 6 7 Accidente Uso terapéutico Intento suicidio Agresión Indeterminado E858.6 E945.5 E950.4 E962.0 E980.4 • Columna 1. Contiene la relación de sustancias susceptibles de intoxicación, RAM o efecto tóxico. Se asignará uno de los códigos contenidos en la fila de la sustancia en función del significado de cada una de las restantes columnas. • Columna 2. Si se determina que fue una intoxicación o un efecto tóxico se asignará siempre y en primer lugar el código de la columna 2. Si se determinó que fue una RAM nunca se asignará un código de la columna 2. Las restantes 5 columnas asignan el código E adecuado para recoger las circunstancias en las que se produjo la intoxicación o la RAM. • Columna 4. Uso terapéutico (E930-E949). Se asignará si la sustancia ha sido correctamente administrada y con la dosificación terapéutica o profiláctica adecuada; por ello solo se utilizará para recoger la condición de RAM, es decir, los códigos que indican una RAM solo podrán acompañarse de códigos E de esta columna. • Columnas 3, 5, 6 y 7 recogen las causas externas de las intoxicaciones o efectos tóxicos; por ello, siempre que se asigna un código de la columna 2, se deberá asociar a un código E de estas columnas según la siguiente pauta: Servicio Andaluz de Salud 161 CIE-9-MC - código de la columna 3: Envenenamiento accidental (E850-E869). - código de la columna 5: Tentativa del suicidio (E950-E952): Envenenamientos infligidos a sí mismo. - código de la columna 6: Agresión (E961-E962): Envenenamiento infligido por otra persona con intento para dañar o para matar. - código de la columna 7: Indeterminado (E980-E982): Cuando no se puede determinar la intencionalidad. De la tabla de fármacos y sustancias biológicas están excluidos el radio y otras sustancias radioactivas. 2. Pautas para la selección de códigos Para la selección de un código en la tabla se deben considerar las siguientes normas: • Determinar claramente en la historia clínica si es un envenenamiento, una reacción adversa o un efecto tóxico. • Identificar en la historia clínica si está en fase aguda, si se trata de una historia personal o si es un efecto tardío. • Buscar el término principal de la sustancia en la columna 1 teniendo en cuenta las normas generales de búsqueda del Índice Alfabético. • Buscar el código E correspondiente en la fila del término seleccionado. • Comprobar todos los códigos en la Lista Tabular. 162 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS El árbol de decisión a seguir para una correcta codificación será: ¿Las manifestaciones son debidas a drogas, medicamentos, o sustancia biológica? SÍ Códigos de manifestación NO ¿Fue suministrada correctamente la medicación y utilizada exactamente según lo prescrito? SÍ NO ENVENENAMIENTO ¿Se acompañó de alcohol o una droga no prescrita por el médico también? SÍ NO RAM ENVENENAMIENTO 3. Intoxicación o envenenamiento y efecto tóxico 3.a. Intoxicación o envenenamiento La intoxicación o envenenamiento por una sustancia terapéutica se clasifica principalmente en la sección de Envenenamiento por drogas, sustancias medicamentosas y sustancias biológicas (960-979), aunque también se recogen en otros códigos de otros capítulos, como son: • Las patologías asociadas a abuso / adicción crónicas de drogas o alcohol. Categoría 305 Abuso de drogas, sin dependencia. • La intoxicación aguda etílica. Subcategorías 303.0 Síndrome de dependencia del alcohol. Intoxicación alcohólica aguda o 305.0 Abuso de drogas, sin dependencia. Abuso de alcohol. • Dermatitis por contacto. Categoría 692 Dermatitis, ezcema de contacto y otros eczemas. • Dermatitis por ingestión. Categoría 693 Dermatitis por sustancias ingeridas. • Gastritis por aspirina. Subcategoría 535.4 Gastritis y duodenitis. Otras gastritis especificadas. Servicio Andaluz de Salud 163 CIE-9-MC • Linfadenitis alérgica. Subcategoría 289.3 Otras enfermedades de la sangre y los órganos hematopoyéticos. Linfadenitis, no especificada, salvo la mesentérica. • Intoxicaciones patológicas producidas por drogas. La intoxicación patológica o intoxicación atípica, es aquella en la que se produce una excitación brusca y extrema con un comportamiento irracional o violento, incluso después de tomar pequeñas dosis. Su duración oscila entre unos minutos u horas y van seguidas de un período de sueño tras el que el sujeto presenta amnesia parcial o total del episodio. Durante los episodios de intoxicación pueden aparecer ideas delirantes, alucinaciones o incluso se pueden cometer acciones violentas54. • Envenenamiento por fármacos que afectan al recién nacido. Capítulo 15 Determinadas Condiciones con Origen en el Periodo Perinatal. 3.b. Efecto tóxico El efecto tóxico de una sustancia no terapéutica se clasifica en la sección Efectos tóxicos de sustancias primordialmente no medicamentosas con respecto a su origen (980-989). En esta sección no se incluirán las intoxicaciones de las siguientes circunstancias: • Alimenticias por contaminación bacteriana, que se codificarán en la categoría 005 Otras intoxicaciones alimentarias (bacterianas). • Gastroenteritis alimenticias, que se clasifican en el código 558.3 Otras gastroenteritis y colitis no infecciosas y las no especificadas. Gastroenteritis y colitis alérgicas. • Urticarias alimenticias, que se codificarán en 692.5 Dermatitis, ezcema de contacto y otros eczemas. Por alimentos en contacto con la piel o 693.1 Dermatitis por sustancias ingeridas. Por alimentos. 3.c. Secuencia de códigos Para las intoxicaciones y efectos tóxicos será: • En primer lugar el código que recoja la intoxicación o efecto tóxico (columna 2), • en segundo lugar la manifestación de la intoxicación o efecto tóxico, mediante el código adecuado de la Lista Tabular general, y • en tercer lugar se asignará el código E correspondiente a la intencionalidad de la intoxicación (columnas 3, 5, 6 o 7). 164 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS En las intoxicaciones o envenenamientos, si la droga o sustancia terapéutica no está especificada, asignaremos el código 977.9 Envenenamiento por otros fármacos y sustancias medicamentosas y por fármacos y sustancias medicamentosas no especificadas. Fármaco o sustancia medicamentosa no especificada, más los có- digos para identificar las manifestaciones y el código E correspondiente (columnas 3, 5, 6 o 7). 4. Reacciones adversas a medicamentos Las expresiones diagnósticas que hacen referencia a RAM son reacción adversa, reacción sinérgica, efecto secundario, hipersensibilidad, reacción paradójica, reacción idiosincrásica, reacciones alérgicas, etc. • Se consideran RAM, salvo que el clínico indique lo contrario, las siguientes situaciones: - Efectos acumulativos de sustancia terapéutica Se consideran RAM en aquellas sustancias con estrechos márgenes entre rango terapéutico y rango tóxico a pesar de que en su expresión diagnóstica se le denomine intoxicación, excepto que se documente la condición de envenenamiento o intoxicación. Un ejemplo de estas sustancias son el digital, la teofilina, el litio o los anticoagulantes. - Interacción entre fármacos Cualquier interacción en la que ambos fármacos están correctamente prescritos o adecuadamente administrados se considerara RAM. • Sin embargo se considerará intoxicación cuando existe: - Interacción entre fármacos Cualquier interacción en la que uno de los fármacos está incorrectamente prescrito o inadecuadamente administrado. - Interacción entre fármacos y alcohol Cualquier interacción entre fármacos y alcohol, aunque los fármacos estuviesen correctamente prescritos o administrados. Se asignará un código de intoxicación para cada una de las sustancias que ha consumido (fármaco/s y alcohol) así como los códigos E asociados a cada sustancia. Servicio Andaluz de Salud 165 CIE-9-MC Ejemplo: Paciente que presentó coma después de ingerir un comprimido de diazepan y otro de ibuprofeno, ambos prescritos por su médico, asociados a la ingesta de dos martinis. 980.0 Efecto tóxico de alcohol. Alcohol etílico E860.0 Envenenamiento accidental por alcohol, no clasificado bajo otro concepto. Bebidas alcohólicas 969.4 Envenenamiento por agentes psicotrópicos. Tranquilizantes basados en benzodiazepina E853.2 Envenenamiento accidental por tranquilizantes. Tranquilizantes basados en benzodiazepina 965.61 Envenenamiento por analgésicos, antipiréticos y antirreumáticos. Antirreumáticos [antiflogísticos]. Derivados del ácido propiónico E850.6 Envenenamiento accidental por analgésicos, antipiréticos, y antirreumáticos. Antirreumáticos [antiflogísticos] 780.01 Síntomas generales. Alteración de conciencia. Coma • La secuencia de códigos para las RAM será: - En primer lugar se codificará la manifestación producida por el medicamento con el código correspondiente de la Lista Tabular de enfermedades. - En segundo lugar se asignará el código E que recoge el fármaco que ha producido la RAM, columna 4 de la tabla de fármacos y químicos que pertenecen a la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930 – E949). PRIMER CÓDIGO CÓDIGO SECUNDARIO (1º) CÓDIGO SECUNDARIO (2º) Manifestación (000-999) o 995.2 Código E (columna 4) E930-E940 - INTOXICACIÓN (960-979) o 977.9 MEDICAMENTOSA Manifestación (000-999) Código E columna 3,5,6,7 (tabla fármacos y drogas) EFECTO TÓXICO Manifestación (000-999) Código E columna 3,5,6,7 (tabla fármacos y drogas) RAM (980-989) o 989.9 • En el caso de que se exprese que el paciente presenta una RAM y no queden expresadas la manifestación ni ninguna información más, se clasificará en la subcategoría 995.2 Otros efectos adversos y los no especificados de fármaco, 166 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS sustancia medicamentosa y sustancia biológica. Por sustancia medicamentosa correctamente administrada, además de un código adicional de la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930 – E949), para indicar la sustancia responsable. Ejemplo: Paciente que presenta reacción adversa a digoxina. 995.20 Efecto adverso no especificado de fármaco, sustancia medicamentosa y sustancia biológica no especificados E942.1 Agentes que afectan principalmente al sistema cardiovascular. Glucósidos cardiotónicos y fármacos de acción similar • En algunas ocasiones en la historia clínica no aparecen los síntomas derivados de las RAM o de los envenenamientos, expresando el clínico en su diagnóstico los valores alterados de los análisis toxicológicos. En estos casos donde las manifestaciones no queden identificadas, pero sí los datos analíticos de dicha reacción, se empleará el código 796.0 Hallazgos toxicológicos anormales no específicos; este código incluye los niveles anormales de metales pesados o drogas en sangre, orina u otros tejidos. Un código adicional de la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930 – E949), debe ser asignado para indicar la RAM y la sustancia responsable55. Ejemplo: Paciente que presenta digoxinemia. 796.0 Otros hallazgos anormales no específicos. Hallazgos toxicológicos anormales no específicos E942.1 Agentes que afectan principalmente al sistema cardiovascular. Glucósidos cardiotónicos y fármacos de acción similar Servicio Andaluz de Salud 167 CIE-9-MC III. SEDACIÓN FALLIDA La sedación moderada (consciente) sin anestesia puede ser válida para proporcionar seguridad y procurar un alivio adecuado del dolor y/o amnesia en pacientes que son sometidos a procedimientos que no requieren normalmente una anestesia general. Sin embargo, en algunas situaciones se puede producir una insuficiente sedación haciendo que el procedimiento sea más dificultoso de realizar y menos cómodo para el paciente, haciendo necesaria una intervención rápida. Algunas de las razones para la sedación fallida pueden incluir: • Situaciones en que se ha administrado una dosis segura de medicación, pero el paciente permanece sedado inadecuadamente en el procedimiento. • Paciente que muestra una respuesta especial a la medicación administrada. • Paciente que se presenta más sedado de lo pretendido. • Paciente que no es capaz de mantener una vía aérea adecuadamente libre y cuya respiración está deprimida, por lo que el correcto intercambio aéreo está comprometido. • Ocurren cambios hemodinámicos que hacen que el paciente esté en riesgo. • Otras situaciones que surgen más allá del alcance de la experiencia del médico que administra la sedación. Se clasifican en 995.24 Otros efectos adversos y los no especificados de fármaco, sustancia medicamentosa y sustancia biológica Sedación moderada fallida durante un procedimiento. Una historia anterior de sedación fallida durante un procedimiento tiene probabilidades de volver a producirse, por lo que los pacientes necesitan de monitorización adicional siempre que se administre sedación; para recoger esta situación se empleará el código V15.80 Otro historial personal especificado que presenta riesgos para la salud. Historia de sedación moderada fallida. 168 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS IV. SHOCK ANAFILÁCTICO POR FÁRMACOS 1. Reacción adversa a medicamentos Un shock anafiláctico debido a medicamentos correctamente prescritos y administrados, RAM, se clasifica en 995.0 Ciertos efectos adversos no clasificados bajo otros conceptos. Otro shock anafiláctico más el códigos E correspondiente de la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930 – E949). 2. Intoxicación por fármacos o efectos tóxicos Cuando el shock anafiláctico sea debido a una intoxicación por medicamentos, sustancias medicamentosas o sustancia biológica, se clasificará como intoxicación, por lo que en primer lugar se asignará el código correspondiente de envenenamiento de la sección Envenenamiento por drogas, sustancias medicamentosas y sustancias biológicas (960-979), y como código adicional el 995.0 Ciertos efectos adversos no clasificados bajo otros conceptos. Otro shock anafiláctico, más los códigos E que correspondan a la naturaleza de la causa externa10. Si la intoxicación fuese producto de un efecto tóxico, en primer lugar se secuenciaría un código de la sección Efectos tóxicos de sustancias primordialmente no medicamentosas con respecto a su origen (980-989), siendo el resto de la secuencia y como código adicional el 995.0 Ciertos efectos adversos no clasificados bajo otros conceptos. Otro shock anafiláctico, más los códigos E que correspondan a la naturaleza de la causa externa similar a la intoxicación. 3. Intoxicación por alimentos El shock anafiláctico debido a alimentos se clasifica con un código de la subcategoría 995.6 Shock anafiláctico por reacción adversa a alimentos que mediante 5º dígito de subclasificación recoge el tipo de alimento implicado. La siguiente tabla resume la codificación del shock en función de la causa. SHOCK ANAFILÁCTICO CODIFICACIÓN RAM 995.0 + códigos E (930-949) Envenenamiento por fármacos (960-979) + 995.0 + Código E Efectos tóxicos (980-969) + 995.0 + Código E Alimentos 995.6X Servicio Andaluz de Salud 169 CIE-9-MC V. EFECTOS TARDÍOS 1. Efecto tardío de envenenamientos y efectos tóxicos • Se secuenciará en primer lugar la lesión residual mediante un código de la Lista Tabular de enfermedades. • Como código asociado se asignará 909.0 Efecto tardío de envenenamiento por droga, sustancia medicamentosa o sustancia biológica o 909.1 Efecto tardío de efectos tóxicos de sustancias no medicamentosas, para indicar que una intoxicación, no presente ya, provocó la lesión. • Por último, se recogerá el código E que determina cuál fue la primera causa externa de la intoxicación mediante los códigos E929.2 Efectos tardíos de envenenamiento accidental, E959 efectos tardíos de lesión autoinflingida, E969 Efectos tardíos de lesión inflingida de forma intencionada por otra persona o E989 Efectos tardíos de lesión, sin determinarse si fue inflingido de forma accidental o de forma intencionada. 2. Efecto tardío de reacción adversa a medicamento • En primer lugar se secuenciará el código de la Lista Tabular que recoja la lesión residual producida por la RAM. • En segundo lugar el código 909.5 Efecto tardío de reacción adversa a drogas, sustancias medicamentosas o sustancias biológicas para identificar el efecto adverso como causa de la lesión residual. • Por último se secuenciará un código E de la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930 – E949). Por tanto se utilizan los mismos códigos E tanto para una RAM aguda como para la secuela de una RAM. No serán considerados como efectos tardíos las manifestaciones producidas a largo plazo por un fármaco, prescrito y administrado adecuadamente, y que en la actualidad se sigue consumiendo, ya que continúa siendo una RAM10. 170 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Ejemplo: Paciente con diabetes inducida por esteroides que está tomando por una arteritis de la temporal, según la prescripción. 249.00 Diabetes mellitus secundaria sin mención de complicación. No consignada como incontrolada, o no especificada E932.0 Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico. Esteroides de la corteza suprarrenal 446.5 Poliarteritis nodosa y enfermedades relacionadas. Arteritis de células gigantes Si como resultado de haber estado tomando una medicación aparecen determinadas alteraciones o patologías que se manifiestan después de suspender la medicación, estas se clasificarán como efecto tardío. No existe código E de efectos tardíos por lo que el código E de la RAM será el mismo que en el proceso agudo. Ejemplos: - Daño cerebral debido a la reacción alérgica a la penicilina (actual medicación). 348.9 Otras enfermedades cerebrales. Afecciones no especificadas cerebrales E930.0 Antibióticos. Penicilinas - Daño cerebral debido a la reacción alérgica a la penicilina (uso de medicamentos suspendido hace seis meses). 348.9 Otras enfermedades cerebrales. Afecciones no especificadas cerebrales 909.5 Efectos tardíos de otras causas externas y causas externas no especificadas. Efecto tardío de reacción adversa a drogas, sustancias medicamentosas o sustancias biológicas E930.0 Antibióticos. Penicilinas Servicio Andaluz de Salud 171 CIE-9-MC COMPLICACIONES DE CUIDADOS QUIRÚRGICOS Y MÉDICOS NO CLASIFICADOS EN OTROS CONCEPTOS I. CONCEPTOS GENERALES La CIE-9-MC clasifica las complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos en distintos capítulos: • Las complicaciones específicas de sistemas y aparatos, de una localización anatómica, se clasifican en el capítulo correspondiente a ese sistema corporal. Ejemplo: Neumotórax postoperatorio. 512.1 Neumotórax iatrogénico • Las complicaciones del aborto, parto y puerperio se clasifican en el capítulo 11. • Las complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos que afectan a múltiples sitios o sistemas corporales, en el capítulo 17, en las categorías 996 – 999. Son las que vamos a ver en este capítulo. La terminología utilizada para estas circunstancias es diversa y presenta matices que se deben tener en cuenta: • Infortunio. Es un evento adverso que ocurre durante la atención médica o quirúrgica y se debe al tratamiento. Por ejemplo la laceración accidental intraoperatoria. • Complicación precoz o temprana. Es una complicación que generalmente ocurre dentro de 29 días después del procedimiento y no es evidente en el momento de la intervención quirúrgica. Por ejemplo la dehiscencia de la herida operatoria o infección de la herida. • Complicación tardía. Es una complicación que ocurre o persiste por encima de 29 días después del procedimiento. Por ejemplo el hipotiroidismo post-operatorio. • Secuela. Es una manifestación o condición actual como resultado de una complicación post-operatoria ocurrida previamente. Por ejemplo la pérdida de masa muscular como consecuencia de una lesión nerviosa intraoperatoria que ocurrió hace 2 años. 172 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • Manifestaciones transitorias post-operatorias. Condiciones transitorias que ocurren durante el período post-operatorio, pero no son necesariamente consideradas como complicaciones. Algunos ejemplos son dolor de cabeza, náuseas y vómitos, confusión, hipertensión, trastornos electrolíticos, etc. Estas condiciones solo se codificará como complicaciones cuando estén presentes en el momento del alta, persistan por más tiempo de lo que es considerado normal por un médico o estén documentadas por el médico como complicación de la cirugía u otro procedimiento. • Reacción anormal. Es la que presenta la mayor variación, por lo que es más difícil asignar un código correcto. Las reacciones anormales son mucho más frecuentes que los anteriores e incluyen los casos en que un paciente presenta una reacción a un tratamiento dado y que ocurre por causas ajenas a los cuidados proporcionados, además se puede esperar en un determinado porcentaje de casos similares. II. NORMAS DE CODIFICACIÓN 1. Normas generales • Se asignan códigos de complicación cuando quede expresada una relación causal entre la patología y los cuidados recibidos. Requiere que en la historia clínica esté documentado claramente que la condición es debida al procedimiento o a otra asistencia médica. • En algunos casos, esta condición está implícita, como en las complicaciones debido a la presencia de dispositivos internos, implantes, injertos o trasplantes. En otras situaciones, el hecho de que el problema sea una complicación debido a un procedimiento debe ser documentado por el médico, el codificador no debe establecer esta relación causa efecto. • En ocasiones la CIE-9-MC asume directamente esa relación causa-efecto. • El término complicación no tiene connotación con cuidados inapropiados o inadecuados y solo puede aplicarse si el evento llevó a un cambio en el plan de tratamiento. Por ejemplo en una flebitis se tiene que realizar un cambio de vía. • No se consideran complicaciones de cuidados las siguientes situaciones: - Los cuidados inadecuados que no tengan ninguna consecuencia en el paciente. Servicio Andaluz de Salud 173 CIE-9-MC - Los cuidados posteriores en los que la patología que provocó el cuidado ha desaparecido. Personas que entran en contacto con los servicios sanitarios para procedimientos específicos y cuidados posteriores (V50-V58)). - Algunas condiciones residuales derivadas de un procedimiento sin que exista complicación implicada. Por ejemplo, el 579.2 Síndrome del asa ciega. - Complicaciones por fármacos (efectos adversos y envenenamientos) o por sustancias tóxicas, que se clasificarán siguiendo la secuencia de RAM o envenenamientos. - Quemaduras por aplicaciones locales e irradiación. - Complicaciones de la propia enfermedad que indicó la cirugía. • No existe periodo de tiempo para considerar que una complicación es debida a un cuidado. • Quedan excluidas de la sección Complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos no clasificados en otros conceptos 996 – 999, las complicaciones del aborto, embarazo, parto y puerperio que se clasifican en el capítulo 11 de la CIE-9-MC56. • La anemia postoperatoria rara vez se considera una complicación. Cuando en la historia clínica se documenta anemia postoperatoria, se clasificará en 285.9 Anemia no especificada y solo se debe asignar el código 285.1 Anemia posthemorrágica aguda, cuando está documentada como debida a pérdida de sangre10. Ejemplos: - Un corte accidental durante la cirugía que produce un gran sangrado requiriendo tratamiento dirigido a su contención y a la anemia posthemorrágica producida. 998.2 Punción o laceración accidental durante un procedimiento 998.11 Hemorragia que complica un procedimiento 285.1 Anemia posthemorrágica aguda E870.0 Corte, punción, perforación o hemorragia accidental durante cuidados médicos y quirúrgicos Se consideraría una complicación. 174 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS - Paciente que presenta anemia aguda transitoria por pérdida de sangre después de la cirugía de reemplazo de cadera. 285.1 Anemia posthemorrágica aguda E878.1 Intervención quirúrgica y otros procedimientos quirúrgicos como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior, sin mención de accidente en el momento de realizarse la intervención. Intervención quirúrgica con implantación de dispositivo interno artificial La cirugía de reemplazo de cadera es un procedimiento conocido que causa anemia de forma rutinaria en una proporción significativa de pacientes y que se codifica como una reacción anormal. • El dolor postoperatorio solo se codificará si está documentado por el facultativo como diagnóstico al alta. Se identificará además con códigos de la categoría 338 Dolor, no clasificado bajo otros conceptos, para identificar el dolor como agudo o crónico. Por defecto, el dolor se considera agudo. En la siguiente tabla se recogen las complicaciones de cuidados quirúrgicos y médicos no clasificados en otros conceptos. COMPLICACIONES DE CUIDADOS QUIRÚRGICOS Y MÉDICOS Complicaciones en múltiples aparatos y sistemas 996.00 – 999.9 Mecánicas 996.00 -996.59 De procedimientos quirúrgicos y/o terapéuticos y/o diagnósticos 996.00 – 998.9 Por dispositivos, implantes e injertos 996.00 – 996.79 Infecciosas 996.60 -996.69 Otras 996.70 – 996.79 Por trasplantes 996.80 – 996.99 Otras específicas de sistemas y aparatos 997.00 – 997.9 Otras complicaciones 998.0 – 998.9 De cuidados médicos 999.0 – 999.9 Complicaciones específicas de sistemas y aparatos Clasificadas en su capítulo correspondiente Servicio Andaluz de Salud 175 CIE-9-MC 2. Asignación de código Para la correcta codificación de la complicación se deben seguir los siguientes pasos: • Buscar en el Índice Alfabético, en primer lugar el término principal de la condición y un subtérmino que recoja la condición iatrogénica postoperatoria o debida a un procedimiento. Por ejemplo: Adherencia - postoperatorias (tracto gastrointestinal) (véase además Adherencias, peritoneo) 568.0 - - párpado 997.99 - - uretra 598.2 • Cuando el término principal no se encuentra en el Índice Alfabético se debe buscar por Complicación y el subtérmino que indique la condición: - La naturaleza de la complicación mediante términos principales como cuerpo extraño, punción accidental, hemorragia, etc. - El tipo de procedimiento del cual se deriva la complicación, con términos principales como: transfusión, terapia ventilatoria, trasplante, gastrectomía. colostomía, diálisis, shunt, etc. - Lugar anatómico o sistema afectado (respiratorio, cardíaco, etc.). - Términos generales como mecánica, debida a, infección, etc. Es muy importante seguir las instrucciones del Índice Alfabético y realizar una lectura minuciosa de las notas de «Excluye» e «Incluye» de la Lista Tabular, ya que condiciones que parecen similares pueden ser indexadas de diferente forma. Sería recomendable examinar periódicamente los casos que contienen códigos de complicaciones y supervisar la asignación coherente de esos códigos. El objetivo sería que la incidencia de las complicaciones del paciente fuese real, por lo que la información de esos incidentes debe ser exacta, justa y coherente a fin de que las mediciones sean significativas y permitan las estrategias de prevención para trabajar adecuadamente. Es una de las principales razones de la aplicación de los diagnósticos presentes al ingreso (POA) para poder determinar si las complicaciónes u otro código que indica problemas potenciales de calidad se han desarrollado en el hospital o los traía el paciente al ingreso. 176 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS III. COMPLICACIONES MECÁNICAS POR DISPOSITIVOS, IMPLANTES E INJERTOS Son complicaciones mecánicas debidas a ciertos procedimientos, derivadas del empleo de sustitutos artificiales (Dracon, metal, teflón) y naturales (hueso), empleados en técnicas de anastomosis, implantación, injerto, introducción de dispositivos internos, trasplantes, reimplantes, etc. Las expresiones diagnósticas que hacen referencia a este tipo de complicaciónes son avería, obstrucción, desplazamiento, protrusión, perforación, rechazo, etc. Se agrupan en subcategorías en función del órgano donde se ha realizado la técnica. Se clasificarán en las subcategorías 996.0 – 996.5. IV. COMPLICACIONES DEL SISTEMA NERVIOSO POR PROCEDIMIENTOS 1. Derivación ventricular • Las complicaciones mecánicas de la derivación ventricular se codifican en el 996.2 Complicación mecánica de dispositivo, implante o injerto del sistema nervioso. • No se debe confundir esta complicación con los diferentes ingresos para recambio del sistema de derivación cuando el niño va creciendo y va quedándose pequeño; en estos casos, se asignará como diagnóstico principal el código V53.01 Colocación y ajuste de otro dispositivo. Implante y ajuste de derivación ventricular cerebral57. • Las complicaciones infecciosas se codificarán mediante el 996.63 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico, implante e injerto internos (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto en el sistema nervioso. • Cualquier otra complicación como estenosis, oclusión, etc. se clasificará como 996.75 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por dispositivo, implante e injerto del sistema nervioso. 2. Lesión cerebral anóxica tras procedimiento Si tras un procedimiento se produce una anoxia cerebral se asignará el código 997.01 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no Servicio Andaluz de Salud 177 CIE-9-MC clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones del sistema nervioso central más el código 348.1 Otras enfermedades cerebrales. Lesiones cerebrales anóxicas. 3. Hemorragia cerebral tras procedimiento La hemorragia o infarto cerebrovascular que ocurre como resultado de una intervención médica49, se codifica en el 997.02 Complicaciones del sistema nervioso. Hemorragia o infarto cerebrovascular iatrogénico y deberá asignarse además el código adecuado para la hemorragia o la oclusión de arterias cerebrales o precerebrales de la sección Enfermedad cerebrovascular (430-438) a excepción del código 436 Enfermedad cerebrovascular aguda mal definida, que no debe ser usado como diagnóstico secundario con el código 997.02. V. COMPLICACIONES CARDÍACAS POR PROCEDIMIENTOS Y CUIDADOS MÉDICOS58 1. Marcapasos Las complicaciones debidas a alteraciones en el funcionamiento del marcapasos se codifican en el 996.01 Por marcapasos cardiaco (electrodo). El síndrome del marcapasos es una complicación hemodinámica motivada por la discordancia auricular y ventricular, por la pérdida de la contracción atrial o por efectos reflejos cardiovasculares ocasionados por contracciones auriculares con las válvulas mitral y tricúspide cerradas. La clínica que presenta es disnea, cansancio e incluso cuadros presincopales y sincopales, que se resuelven reprogramando el marcapasos. Este síndrome puede eclipsar cualquier mejora de la terapia de marcapasos y puede llegar a provocar un empeoramiento de los síntomas que estaban presentes antes de que el marcapasos se implantase. Se clasificará en el código 429.4 Trastornos funcionales postcirugía cardiaca10. 2. Revascularización coronaria Las complicaciones debidas a cirugía de revascularización coronaria mediante injertos se clasifican en 996.03 Complicación mecánica dispositivo, implante e injerto cardíacos. Por injerto de desviación coronaria (bypass). Esta oclusión del injerto suele ocurrir por falta de permeabilidad o por hiperplasia de la íntima del injerto, que hace que al final se cierre. Quedan excluidas de esta categoría: 178 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • La oclusión del injerto, por el progreso de la enfermedad arteriosclerótica expresada como arteriosclerosis de injerto coronario o del stent, que se clasifica en la subcategoría 414.0 Aterosclerosis coronaria. • La obstrucción producida por un trombo o embolismo en los injertos coronarios, que se clasifica en la categoría 996.72 Otras formas de cardiopatía isquémica crónica. Otras complicaciones de dispositivo protésico, implante e injerto internos (biológico) (sintético). Por otro dispositivo, implante e injerto cardiaco. Ejemplo: Paciente con historia de by-pass coronario que es ingresado en el hospital con un infarto de miocardio. Se realiza cateterismo que revela enfermedad de la arteria coronaria con oclusión de vasos nativos así como re-oclusión de dos injertos: - Si la historia clínica documenta que el infarto fue resultado de la oclusión de injertos, se asignarán: 996.03 Complicación mecánica de dispositivo, implante e injerto cardíacos. Por injerto de desviación coronaria (bypass) 410.90 Episodio de atención no especificado. Infarto agudo de miocardio 414.01 Aterosclerosis coronaria. De arteria coronaria nativa - Si la historia clínica documenta que el infarto fue consecuencia de la aterosclerosis de los vasos coronarios nativos, se asignarán: 410.90 Episodio de atención no especificado. Infarto agudo de miocardio 414.01 Aterosclerosis coronaria. De arteria coronaria nativa 996.03 Complicación mecánica de dispositivo, implantación e injerto cardíacos. Por injerto de desviación coronaria (bypass) Si la historia clínica no documenta la causa del infarto, cualquiera de las dos secuencias anteriores podría ser utilizada. 3. Complicaciones funcionales cardíacas postintervención59 • Las complicaciones funcionales cardíacas inmediatas como fallo cardiaco, paro cardíaco, etc. tras cualquier tipo de cirugía, incluida la cirugía cardíaca, se codificarán como 997.1 Complicaciones cardíacas. • Las complicaciones funcionales a más largo plazo pero solo por cirugía cardíaca se asignarán al código 429.4 Trastornos funcionales postcirugía cardiaca. Servicio Andaluz de Salud 179 CIE-9-MC • Otras complicaciones funcionales cardiacas postcirugía cardiaca o causadas por prótesis a largo plazo y que se clasifican en el 429.4 son: el fallo cardiaco, la Insuficiencia Cardiaca Crónica (ICC), el síndrome postcardiotomía y el síndrome postvalvulotomía. 4. Otras complicaciones por cirugía cardíaca Existe un grupo de complicaciones no funcionales del corazón debidas a cirugía cardiaca que no se asignarán al 997.1 Complicaciones cardíacas. Las excepciones son: • Las complicaciones mecánicas de derivación coronaria, que se codificarán como 996.03 Complicaciones propias de ciertos procedimientos especificados. Por injerto de desviación coronaria (bypass). • Las complicaciones producidas por embolia o trombos, que se clasificarán en el código 996.72 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por otro dispositivo, implante e injerto cardíaco. • Las complicaciones mecánicas relacionadas con marcapasos o electrodos, que se codificarán en 996.01 Complicación mecánica de dispositivo, implante e injerto cardíacos. Por marcapasos cardiaco (electrodo). • Los avances de la enfermedad arteriosclerótica sobre la derivación coronaria, que se clasificarán en la categoría 414 Otras formas de cardiopatía isquémica crónica, ya que no se consideran complicación. 5. Paro cardíaco postoperatorio Cuando se produce un paro cardíaco como complicación postoperatoria, se clasificará como 997.1 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones cardíacas, más el código 427.5 Paro cardíaco60. 6. Infarto agudo de miocardio durante cateterismo Si un paciente ingresa con una angina inestable y tiene un Infarto Agudo de Miocardio (IAM) durante un cateterismo cardiaco y el médico establece que el IAM se debió al procedimiento, el diagnóstico principal es la angina inestable 411.1 Síndrome coronario intermedio (cuando no se ha determinado la causa de angina) o bien el 180 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS de arteriosclerosis (si se ha determinado ésta como la causa de la angina) más 411.1 Síndrome coronario intermedio. Posteriormente se añadirían los códigos de la complicación por cateterismo: 997.1 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones cardíacas más el código de la categoría 410 Infarto agudo de miocardio. VI. COMPLICACIONES VASCULARES POR PROCEDIMIENTOS 1. Fístula arteriovenosa Normalmente una fístula arteriovenosa necesita de 2 a 3 meses para madurar. La no maduración se considera una complicación mecánica y se codificará en el 996.1 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante, o injerto vascular. Una de las causas más frecuentes de la no maduración de una fístula arteriovenosa es el estrechamiento venoso10. 2. Catéter de diálisis Las complicaciones mecánicas de los catéteres de diálisis peritoneal se codifican mediante 996.56 Complicación mecánica de otro dispositivo protésico, implante e injerto especificado. Por catéter de diálisis peritoneal. 3. Infección Las infecciones y reacciones inflamatorias debido a la presencia de un dispositivo, implante o injerto interno se clasifican en la subcategoría 996.6 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto; el 5º dígito hace referencia al órgano o sistema implicado: • Infección de catéter arterial: 996.62 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otros dispositivos, implantes e injertos vasculares. • Infección de catéter venoso periférico: 996.62 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otros dispositivos, implantes e injertos vasculares. • Infección de catéter venoso central: 999.31 Infección por catéter venoso central. Servicio Andaluz de Salud 181 CIE-9-MC • Infección de catéter no especificado de otra manera: 996.69 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo, protésico interno, implante e injerto. Las posibles complicaciones asociadas con estos catéteres comprenden infecciones locales o sistémicas, incluyendo infecciones de la localización del catéter, infecciones sanguíneas relacionadas con el catéter, tromboflebitis séptica, endocarditis y otras infecciones a distancia, como por ejemplo, abscesos pulmonar o cerebral, endoftalmitis y osteomielitis. Los catéteres venosos centrales incluyen el catéter de Hickmann, catéter central insertado periféricamente y el catéter de triple luz. 4. Injerto vascular Los embolismos y trombos de injertos vasculares se codifican mediante el código 996.74 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto vascular de otro tipo. Ejemplo: Mujer portadora de TIPS (Shunt portosistémico intrahepático transyugular) entre vena suprahepática derecha y tronco portal principal. Ingresa por presentar un nuevo episodio de deposiciones melénicas. La ecografía abdominal manifiesta hígado en situación, morfología y ecoestructuras normales. El TIPS es no permeable. El paciente presenta varices fúndicas y ascitis. 996.1 Complicación mecánica de otro dispositivo, implantación o injerto vascular 578.1 Sangre en heces 789.5 Ascitis 456.8 Varices de otros sitios E878.2 Intervención quirúrgica y otros procedimientos quirúrgicos como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior, sin mención de accidente en el momento de realizarse la intervención. Intervención quirúrgica con anastomosis, derivación o injerto, con tejidos naturales o artificiales empleados como implantes Si el paciente hubiese tenido el mismo cuadro pero con obstrucción del TIPS por trombosis, el diagnóstico principal sería 996.74 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto vascular de otro tipo. El resto de códigos hubiese permanecido igual. 182 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 5. Arterioesclerosis sobre injerto vascular La obstrucción de los vasos de un injerto por progresión de la enfermedad arteriosclerótica no se considera complicación y se codifica mediante códigos de la subcategoría 440.3 Aterosclerosis. De injerto de las extremidades. 6. Embolismo por placas ateromatosas El embolismo de la placa ateromatosa a otros órganos por desprendimiento de fragmentos de la misma como complicación de determinados procedimientos se codificará según el órgano afectado. SITUACIÓN CODIFICACIÓN Embolismo de arterias cerebrales 997.01 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones del sistema nervioso central 434.1 Embolia cerebral Embolismo de arterias coronarias 997.1 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones cardiacas Embolia pulmonar postoperatoria 997.2 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones vasculares periféricas 410 Infarto agudo de miocardio 415.1 Embolia pulmonar e infarto 997.2 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Tromboembolismo venoso profundo Complicaciones vasculares periféricas 453.9 Otras embolias y trombosis venosas. De sitio no especificado Embolismo de arterias renales 997.5 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones urinarias Lesión renal 7. Flebitis y tromboflebitis La flebitis de vía periférica secundaria a infusión o perfusión se clasificará en el 999.2 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Otras complicaciones vasculares debiéndose añadir el código adecuado para la flebitis, más el código E879.8 Otras técnicas, sin mención de accidente en el momento Servicio Andaluz de Salud 183 CIE-9-MC de practicarlas, como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior. Otras técnicas especificadas. 8. Extravasación de vía La extravasación de vía se define como la salida de líquido intravenoso hacia el espacio perivascular debida a filtrados o por desplazamiento del catéter fuera de la vena. Se conoce habitualmente como infiltraciones o celulitis química y se clasificará mediante códigos de la subcategoría 999.8 Otra reacción por transfusión e infusión. No todas las infiltraciones o extravasaciones intravenosas tienen que ser codificadas sistemáticamente; solo se codificarán las extravasaciones de sustancias vesicantes (sustancias químicamente activas que pueden producir ampollas en contacto directo con la piel o membranas mucosas, llegando a destruir los tejidos y como resultado ocasionar complicaciones significativas). El daño de una extravasación puede durar meses y afectar a nervios, tendones y articulaciones. El tratamiento depende de la destrucción y/o afectación de tejido, pudiendo ser desde un desbridamiento quirúrgico, injerto de piel, hasta una amputación. Los códigos 999.81 Extravasación de quimioterápico vesicante y 999.82 Extravasación de otro agente vesicante se asignarán en la extravasación de vesicantes que implican lesión o daño. AGENTES VESICANTES 184 QUIMIOTERÁPICOS NO QUIMIOTERÁPICOS Actinomicina-D Aminofilina Adriamicina Clordiazepóxido Carmustina Diazepan Carboplatinum Digoxina Dacarbacina Nafcilina Daunorubiina Nitroglicerina Doxorubicina Fenitoina Ectopósido Propilenglicol Fluradabina Tiopental sódico Gemcitabina Tetraciclinas Idarubicina Nutrición parenteral total Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS QUIMIOTERÁPICOS NO QUIMIOTERÁPICOS Irinotecan Mecloretamina Mitramicina Mitomicina-C Paclitaxel Topotecan Estreptozocin Vinblastina Vincristina Vinorelbina 9. Complicaciones de infiltración intravenosa Tal como indica la normativa, la infiltración intravenosa normalmente no necesita ser codificada, mientras que el efecto en el paciente y su cuidado sea mínimo. Sin embargo, cuando la infiltración da como resultado una complicación sí se codificará, como ocurre en los casos descritos en el apartado anterior. VII. COMPLICACIONES RESPIRATORIAS POR PROCEDIMIENTOS La subcategoría 997.3 Complicaciones respiratorias incluye las neumonías postventilación mecánica o las debidas a aspiración como complicación de un procedimiento. En ambos casos se asociará un código adicional para identificar el organismo y no se asignará un código adicional específico para la neumonía49. Sin embargo, si el paciente ingresa por una neumonía y desarrolla una segunda neumonía asociada a la ventilación mecánica, se clasificará la neumonía inicial como diagnóstico principal mediante el código adecuado de la sección Neumonía y gripe (480-488) o cualquier otro que indique el Índice Alfabético, seguido del 997.31 Neumonía asociada a ventilador, más un código que identifique al germen. El código 997.31 Neumonía asociada a ventilador no debe ser asignado para los casos en que el paciente presente neumonía pero no se especifique en la historia clínica que la neumonía sea debida a la ventilación. Las neumonías debidas a procedimientos diferentes a la ventilación mecánica se codificarán en el código 997.39 Otras complicaciones respiratorias. Servicio Andaluz de Salud 185 CIE-9-MC VIII. COMPLICACIONES DIGESTIVAS POR PROCEDIMIENTOS El código 997.4 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones del aparato digestivo incluye: • Las complicaciones de la anastomosis de derivación como dehiscencia de sutura anastomótica. • El fallo hepático después de un procedimiento, la obstrucción intestinal y el síndrome hepatorenal. Se excluyen gran número de complicaciones gastrointestinales que están clasificadas en el Capítulo 9 Enfermedades del Aparato Digestivo y que se relacionan en el «Excluye» del código 997.4. Una complicación postoperatoria muy común, después de la cirugía abdominal, es el íleo paralítico u obstrucción intestinal. Ocurre comúnmente después de la cirugía abdominal o pélvica y rutinariamente dura de 3 - 5 días. No debería ser codificado después de este tipo de cirugía de forma rutinaria, a menos que afecte el progreso de la enfermedad, o requiera intervención o algún tipo de medida terapéutica, por ejemplo, la reinserción de una sonda nasogástrica. Cuando el íleo postoperatorio está documentado como complicación, se clasificará en el código 997.4 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones del aparato digestivo, más el código 560.9 Obstrucción intestinal no especificada. IX. COMPLICACIONES GENITOURINARIAS POR PROCEDIMIENTOS 1. Catéter urinario Las complicaciones mecánicas de catéter urinario se clasificarán en el 996.31 Complicación mecánica de dispositivo, implante e injerto genitourinario. Por catéter uretral [residente]. La infección de catéter urinario se identificará con el código 996.64 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por catéter urinario residente. 186 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Las complicaciones NEOM de catéter uretral se codificarán como 996.76 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto vascular de otro tipo. Los pacientes con sondaje vesical pueden presentar hematuria que puede ser debida a una obstrucción o movilización de la sonda, clasificándose como complicación mecánica en el 996.31 Complicación mecánica de dispositivo, implante e injerto genitourinario. Por catéter uretral [residente], debiendo añadir un código de hematuria de la categoría 599.7 Hematuria, dependiendo de si es macroscópica, microscópica o no especificada. En el caso de que no se especifique la causa de la Hematuria en un paciente sondado, se clasificará en el 996.76 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto genitourinario, más un código de hematuria de la categoría 599.7 Hematuria. 2. Globo vesical El globo vesical se produce como consecuencia de una retención aguda de orina debida a múltiples factores. Cuando se expresa como una complicación de un procedimiento se clasificará como 997.5 Complicaciones que afectan a sistemas y aparatos corporales especificados, no clasificadas bajo otros conceptos. Complicaciones urinarias, más un código de la subcategoría 788.2 Retención de orina. 3. Complicaciones de otros dispositivos genitourinarios Las complicaciones urinarias de dispositivos genitourinarios que no sean sondas uretrales se clasifican en 996.30 Complicación mecánica de dispositivo, implante e injerto genitourinario. Dispositivo, implante e injerto genitourinario no especificado. Las complicaciones infecciosas de dispositivo genitourinario que no sean sondas uretrales se identificarán en el código 996.65 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo, implante e injerto genitourinario. Las complicaciones NEOM se codificarán como 996.76 Otras complicaciones de dispositivo protésico, implante e injerto internos (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto genitourinario. Servicio Andaluz de Salud 187 CIE-9-MC Las hemorragias debidas a dispositivos anticonceptivos intrauterinos (DIU) se clasifican en 996.76 Otras complicaciones de dispositivo protésico, implante e injerto internos (biológico) (sintético). Por dispositivo, implante e injerto genitourinario. X. COMPLICACIONES DE INJERTOS DE PIEL Los avances en el tratamiento de las quemaduras y otras afecciones de la piel ofrecen nuevas tecnologías que pueden regenerar o reemplazar permanentemente las capas de piel. Esto incluye piel artificial, alodermis descelularizada y células epiletiales cultivadas. 1. Rechazo de injerto de piel Las complicaciones mecánicas debidas al desplazamiento del injerto o a la no adhesión, rechazo, etc., se clasifican en 996.55 Complicación mecánica de otro dispositivo protésico, implante e injerto protésico especificado. Por injerto de piel artificial o alodermis descelularizada. El rechazo de un injerto de piel que no sea artificial se clasifica en 996.52 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante e injerto protésico especificado. Por injerto de otro tejido, no clasificado bajo otro concepto. El código V43.83 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Piel artificial, código de estado, se asigna para indicar que el paciente tiene un injerto de piel artificial, en cualquier otra situación diferente a la complicación del mismo. 2. Infección de injerto de piel Las infecciones de injerto de piel, tanto artificial como no, se clasifican en 996.69 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo protésico interno, implante e injerto. En cualquier otra situación diferente a la complicación del injerto, se expresará que el paciente tiene un injerto de piel artificial mediante el código V43.83 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Piel artificial. XI. COMPLICACIONES DE LOS IMPLANTES MAMARIOS Las complicaciones pueden ser por contractura capsular periprotésica, por ruptura o por infección. 188 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS SITUACIÓN CÓDIGOS CIE Contractura capsular peri prótesis mamaria 611.83 Contractura capsular de implante mamario Ruptura de implante 996.54 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante e injerto protésico especificado. Por prótesis mamaria Las infecciones o reacciones inflamatorias del implante 996.69 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por otro dispositivo, implante e injerto protésico interno En estos casos se suele retirar la prótesis, codificándose el procedimiento en 85.94 Eliminación de implantes de mama. XII. COMPLICACIONES TARDÍAS DE MUÑÓN DE AMPUTACIÓN 1. Miembro fantasma El síndrome del miembro fantasma es la sensacion no dolorosa de que un miembro amputado todavía está conectado al cuerpo y está funcionando con el resto de éste. Estas sensaciones pueden ser de movimiento, hormigueo, presión y quemazón. Este síndrome se clasificará en 353.6 Miembro fantasma (síndrome). 2. Dolor del miembro fantasma Después de la amputación y una vez que las heridas quirúrgicas han sanado, la mayoría de las personas todavía experimentan dolor en la extremidad amputada. A esta clase de dolor se llama «dolor fantasma». Se clasificará en 997.69 Complicación tardía de muñón de amputación. Otra. 3. Dolor en muñón de amputación El dolor en la parte todavía existente de la extremidad amputada se llama dolor en muñón de amputación. Una de las causas mas frecuentes es la aparición de neuromas que se clasificarán en el código 997.61 Complicación tardía de muñón de amputación. Neuroma de muñón de amputación. 4. Infección del muñón de amputación Estas infecciones se codificarán en el 997.62 Complicación tardía de muñón de amputación. Infección (crónica), debiéndose añadir el código del microorganismo que causa la infección. Servicio Andaluz de Salud 189 CIE-9-MC No hay que confundir las complicaciones del muñón de amputación con el progreso de una enfermedad arterioesclerótica, la cual se clasificará como arteriosclerosis y no como complicación59. Ejemplo: Hombre de 80 años ingresado para amputación de la pierna derecha por encima de la rodilla debido a gangrena seca extendida al dorso y planta del pie. El paciente tenía historia de amputación del segundo dedo derecho un mes antes, por gangrena secundaria a aterosclerosis avanzada o enfermedad vascular periférica grave. 440.24 Aterosclerosis de las extremidades con gangrena V49.62 Estado de amputación de miembro superior. Otros(s) dedo(s) 84.17 Amputación por encima de la rodilla XIII. COMPLICACIONES DE HERIDAS QUIRÚRGICAS 1. Disrupción de herida quirúrgica La subcategoría 998.3 Disrupción de herida recoge las disrupciones de suturas internas y externas de cirugía, así como las de suturas de heridas traumáticas. Debe diferenciarse claramente entre: - la evisceración, salida de contenido visceral abdominal, por una herida quirúrgica que ha sufrido una disrupción o dehiscencia, que se codifica mediante el 998.32 Disrupción de herida operatoria externa. - la evisceración, salida de contenido visceral abdominal, por una hernia, producida en una zona de la pared abdominal con la musculatura debilitada por una incisión antigua, que se codifica en 551.21 Otra hernia abdominal gangrenada. Incisional gangrenada, 552.21 Otra hernia abdominal obstructiva sin mención de gangrena. Incisional obstructiva o 553.21 Otra hernia abdominal, sin mención de obstrucción ni gangrena. Por incisión. La dehiscencia de anastomosis gastrointestinales no se codificará como 998.31 Disrupción de herida operatoria interna, sino que se asignará el código 997.4 Complicaciones del aparato digestivo. 190 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS La dehiscencia de anastomosis del tracto urinario se codifica como 997.5 Complicaciones urinarias. La disrupción de una sutura en herida traumática, tanto interna como externa, se codificará mediante el 998.33 Disrupción de reparación de herida traumática. 2. Evolución tórpida de herida Cuando una herida tiene una cicatrización tórpida, es decir, que no cicatriza, se clasificará en 998.83 Heridas quirúrgicas sin cicatrizar. XIV. COMPLICACIONES DE DISPOSITIVOS ORTOPÉDICOS 1. Complicaciones mecánicas Las complicaciones de dispositivos ortopédicos se incluyen en la subcategoría 996.4 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante e injerto. 1.a. Complicaciones mecánicas por dispositivos de fijación Las complicaciones mecánicas por dispositivos de fijación tales como rotura, movilizaciones etc. se clasifican en 996.49 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante e injerto. Otra complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante e injerto. En el caso de que no quede especificada la complicación mecánica, se clasificará en 996.40 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante e injerto. Complicación mecánica no especificada de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. 1.b. Complicaciones mecánicas por dispositivos de prótesis articular Las complicaciones mecánicas por prótesis articular se clasifican en las categorías 996.41 – 996.47. Se añadirá un código adicional para identificar la articulación protésica con complicación mecánica, V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación. Se codificarán tantos códigos de esta categoría como se necesiten para recoger todas las lesiones que presente el paciente, pudiendo concurrir por ejemplo un desgaste de la prótesis con una rotura. Servicio Andaluz de Salud 191 CIE-9-MC En casos de prótesis cementadas, estas complicaciones reciben el nombre de descementaciones asépticas, donde existe una pérdida de contacto entre el hueso y el cemento y como consecuencia los implantes se movilizan. Se clasifican en 996.41 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante e injerto Aflojamiento mecánico de prótesis articular. Es muy frecuente que en los recambios de prótesis exista un desgaste del par de fricción, fundamentalmente el injerto de polietileno. Debe buscarse en la historia clínica esta circunstancia, asignándose en ese caso el código 996.46 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. Desgaste de superficie de apoyo de prótesis articular. En algunas circunstancias se presenta gran destrucción del hueso periprotésico, debiéndose asignar, junto al código de la movilización de la prótesis, el código 996.45 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. Osteolisis periprotésica y, si procede, el 731.3 Osteítis deformante y osteopatías asociadas a otros trastornos clasificados bajo otros conceptos. Defecto óseo importante. Ejemplo: Paciente 64 años que presenta osteolisis periprotésica en rodilla que ha causado un defecto óseo en el extremo proximal de la tibia Se realiza artroplastia de revisión del componente tibial con injerto óseo alogénico. 996.45 Osteolisis periprotésica 731.3 Defecto óseo importante V43.65 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Rodilla. 00.81 Revisión de sustitución de rodilla, componente tibial 78.07 Injerto óseo. Tibia y peroné La rotura de la prótesis articular se clasificará en el código 996.43 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto. Rotura de implante articular protésico. 192 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Complicaciones infecciosas 2.a. Complicaciones infecciosas por dispositivos de fijación Las complicaciones infecciosas de los dispositivos de fijación se clasifican en 996.67 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. 2.b. Complicaciones infecciosas por dispositivos de prótesis articular Las infecciones protésicas se definen como toda infección que se manifiesta en el contexto de una artroplastia, profunda al plano aponeurótico, con o sin aflojamiento protésico, y que puede o no acompañarse de compromiso sistémico61. Las infecciones asociadas a articulaciones protésicas se codificarán en el 996.66 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por prótesis articular interna. En el caso de prótesis cementadas se llaman también descementaciónes sépticas. La mayoría de ellas están favorecidas por las descementaciones asépticas. Se añadirá un código adicional para identificar la articulación protésica con complicación mecánica, V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación. En caso de ingreso por aflojamiento séptico de una prótesis articular, se asignarán dos códigos, uno de la subcategoría 996.4 Complicación mecánica de dispositivo ortopédico interno, implante, e injerto y el código 996.66 Reacción infecciosa e inflamatoria por dispositivo protésico interno, implante e injerto. Por prótesis articular interna. Como diagnóstico principal podría elegirse uno u otro. 3. Dolor Otras complicaciones como el dolor se codificarán con 996.77 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto internos (biológico) (sintético). Por prótesis interna de articulación, y se deberá añadir un código para el dolor, de la categoría 338 Dolor, no clasificado bajo otros conceptos. 4. Complicaciones de la escayola Las úlceras por escayola se clasificarán en la categoría 707 Úlcera de decúbito. Servicio Andaluz de Salud 193 CIE-9-MC 5. Recambio de prótesis articular • Reconstrucción en un tiempo Si el recambio se puede realizar al mismo tiempo que se quita la prótesis, se codificará como Revisión -reemplazamiento (sustitución) articular. El código diagnóstico será el de la complicación que motivó el recambio de la prótesis, y el código E correspondiente, añadiéndose además un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación, para especificar la articulación afectada. RECAMBIO EN 1 TIEMPO Diagnóstico principal Diagnóstico secundario CÓDIGO CIE Complicación infecciosa 996.41 - 996.47 Complicación mecánica 996.66 Otras complicaciones 996.77 Articulación sustituida por prótesis V43.60 - V43.69 Código de causa externa Código E • Reconstrucción en dos tiempos En el primer tiempo el código diagnóstico será el de la complicación que motivó el recambio de la prótesis, y el código E correspondiente, añadiéndose además un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación, para especificar la articulación afectada. En el segundo tiempo el código diagnóstico será el correspondiente de la categoría 736 Otras deformidades adquiridas de los miembros, más un código de la subcategoría V43.6 Órgano o tejido sustituido por otro medio. Articulación, para especificar la articulación afectada. En este segundo tiempo no se asigna ningún código de complicación ni ningún código E62. RECAMBIO EN 2 TIEMPOS Diagnóstico principal 1º tiempo Diagnóstico secundario CÓDIGO CIE Complicación Infecciosa 996.41-996.47 Complicación mecánica 996.66 Otras Complicaciones 996.77 Articulación sustituida por prótesis V43.60 - V43.69 Código de causa externa Código E Continúa en página siguiente 194 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS RECAMBIO EN 2 TIEMPOS 2º tiempo CÓDIGO CIE Diagnóstico principal Otra deformidad adquirida de los miembros 736.XX Diagnóstico secundario Articulación sustituida por prótesis V43.60 - V43.69 En cuanto a la técnica, en un primer tiempo se extraen ambos componentes protésicos y todo el cemento óseo en el caso de las prótesis cementadas, seguido de desbridamiento y amplio lavado, clasificándose en el código 80.0 Artrotomía para retirada de prótesis. Se coloca la prótesis espaciadora o las perlas con antibiótico o cemento óseo impregnado en antibiótico 84.56 Inserción o sustitución de espaciador (de cemento). Las prótesis espaciadoras se mantienen durante un período de aproximadamente seis meses. En un segundo tiempo, al término del período anterior, si localmente se mantiene controlado el proceso infeccioso, se procede a realizar el recambio protésico definitivo, y se coloca preferiblemente una prótesis cementada al usar cemento óseo impregnado en antibiótico. Se codificará tanto la inserción de la prótesis como la retirada del espaciador con el código 84.57 Retirada de espaciador (de cemento). • Reconstrucción en tres tiempos Muchos pacientes a los que se les realiza la extracción de la prótesis tienen muy mala calidad ósea, con grandes defectos óseos que requieren de injerto. Esta circunstancia ha llevado al desarrollo del recambio en tres tiempos. El diagnóstico del primer tiempo sería igual que en el caso anterior. Tanto para el segundo como para el tercer tiempo se seguirán las normas descritas en el apartado anterior. RECAMBIO EN 3 TIEMPOS Diagnóstico principal 1º tiempo Diagnóstico secundario 2º y 3º tiempo CÓDIGO CIE Complicación Infecciosa 996.41-996.47 Complicación mecánica 996.66 Otras Complicaciones 996.77 Articulación sustituida por prótesis V43.60 - V43.69 Código de causa externa Código E Diagnóstico principal Otra deformidad adquirida de los miembros 736.XX Diagnóstico secundario Articulación sustituida por prótesis V43.60 - V43.69 Servicio Andaluz de Salud 195 CIE-9-MC Inicialmente se realiza una extracción de la prótesis y el cemento óseo con desbridamiento y administración de antibióticos por vía parenteral durante 4 – 6 semanas; se codifica en el 80.0 Artrotomía para retirada de prótesis. Posteriormente se procederá a la colocación de injertos óseos a los 3 – 12 meses después de la extracción de la prótesis cuando se elimine la infección, clasificándose en la subcategoría 78.0 Injerto de hueso. En una tercera intervención se colocará la prótesis, una vez que el injerto esté incorporado, en un tiempo que varía de 6 a 12 meses. Deberán codificarse, tanto la inserción de la prótesis como la retirada del espaciador, con el código 84.57 Retirada de espaciador (de cemento). XV. COMPLICACIONES DE TRASPLANTES Se clasifican mediante las subcategorías 996.8 Complicaciones de órgano trasplantado y la 996.9 Complicaciones de extremidad o parte del cuerpo reimplantada, que no solo se refieren a aquellas derivadas de la intervención, sino también a las que afecten a la función del órgano transplantado o reimplantado, por lo que se necesitará de codificación múltiple. • Código apropiado de la subcategoría 996.8. • Código secundario que identifica la naturaleza de la complicación, como son 078.5 Enfermedad por citomegalovirus, 199.2 Neoplasia maligna asociada a órgano trasplantado, 238.77 Trastorno linfoproliferativo postrasplante (PTLD) o 279.5 Enfermedad injerto contra huésped. No se debe usar un código de la categoría V42 Órgano o tejido sustituido por trasplante con un código de las subcategorías arriba recogidas ya que en el código de complicación se contempla de forma detallada la parte trasplantada. La inmunosupresión no terapéutica es indicativa de rechazo crónico, lo que se codificará como complicación de trasplante63. No se clasificarán en estas categorías las siguientes situaciones: • Las afecciones preexistentes o las afecciones que se desarrollen tras el trasplante, a no ser que afecten a la función de los órganos trasplantados. 196 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • Las complicaciones post-trasplante que no se relacionan con la función del órgano trasplantado son clasificadas por su complicación específica. Por ejemplo, una dehiscencia de herida operatoria sería codificada como dehiscencia de herida, no como una complicación de trasplante. 1. Trasplante renal e insuficiencia renal crónica Los pacientes que han sido sometidos a trasplante de riñón pueden tener alguna forma de fallo renal crónico, porque el trasplante de riñón no podrá restablecer plenamente la función renal. Se asignará V42.0 Órgano o tejido sustituido por trasplante. Riñón para indicar la situación del paciente, más el código correspondiente del fallo renal, con códigos de la categoría 585 Nefropatía crónica. Es incorrecto suponer que una insuficiencia renal crónica leve o moderada después de un trasplante renal es un fracaso del trasplante, a menos que se documente como tal en la historia clínica. Si está documentado el fracaso de trasplante en pacientes con insuficiencia renal crónica o enfermedad renal terminal, se asignará el código 996.81 Complicaciones de órgano trasplantado. Riñón. Si en un paciente, después del trasplante renal, se documenta un fallo renal crónico y en la documentación no está claro si hay fracaso o el rechazo del trasplante, es necesario consultar al clínico64. Ejemplo: Paciente de 53 años de edad, con trasplante renal, continúa en seguimiento en nefrología por enfermedad renal crónica fase 3. 585.3 Nefropatía renal crónica, Estadio III (moderada) V42.0 Órgano o tejido sustituido por trasplante. Riñón La documentación no indica que la actual insuficiencia renal crónica esté relacionada con el trasplante de riñón, fracaso del injerto o rechazo, por lo que no debe ser asignado el código 996.81 Complicaciones de órgano trasplantado. Riñón. 2. Neoplasias relacionadas con trasplantes Los órganos trasplantados pueden desarrollar una neoplasia, bien porque el órgano transplantado estuviese afectado con células malignas, bien porque el paciente al que se le transplanta el órgano tuviese una historia de cáncer que disemina, o bien por el desarrollo primario de un tumor debido a una sistema inmunitario debilitado por el tratamiento del trasplante. Servicio Andaluz de Salud 197 CIE-9-MC Las neoplasias desarrolladas en órganos transplantados se clasifican con un código de las subcategorías 996.8 Complicaciones de órgano trasplantado, más el código 199.2 Neoplasia maligna asociada a órgano trasplantado. 3. Trastorno linfoproliferativo post-trasplante A veces los pacientes trasplantados de órgano sólido/médula ósea, y debido a un sistema inmunitario debilitado -habitualmente por la medicación inmunosupresora-, desarrollan un crecimiento fuera de control de células B, que se codifica mediante 238.77 Trastorno linfoproliferativo postrasplante (PTLD). Está asociado a menudo con la infección por Virus de Epstein-Barr (VEB). El paciente presenta fiebre, malestar y pérdida de peso que pueden simular un rechazo del trasplante u ocurrir al mismo tiempo con rechazo agudo, pero la presentación normal es la aparición brusca de una masa linfoide externa o interna que va creciendo. Los síntomas, entonces, se relacionan con los efectos del tumor, como dificultad respiratoria, obstrucción intestinal o dolor abdominal. Cuando aparece un trastorno linfoproliferativo post-trasplante (TLPT) se asignará en primer lugar el código adecuado de la subcategoría 996.8 Complicaciones de órgano trasplantado, más el código 238.77 Trastorno linfoproliferativo postrasplante (PTLD). El TLPT puede progresar a linfoma no Hodgkin, clasificándose como neoplasia asociada a órgano trasplantado. 4. Enfermedad injerto contra huésped La enfermedad Injerto Versus Huésped (IVH) (en inglés GVHD) ocurre más a menudo como complicación de trasplante de médula ósea; sin embargo puede ocurrir raramente tras transfusión de sangre o trasplante de cualquier órgano. La enfermedad IVH se produce cuando las células donantes que son responsables de la respuesta inmune en el organismo (linfocitos T) atacan las células del receptor. Puede ocurrir incluso cuando el donante y el receptor están bien relacionados. Los efectos pueden ser agudos o crónicos. La enfermedad IVH aguda aparece dentro de los dos meses tras el trasplante; puede progresar a crónica, que puede durar años. La enfermedad IVH crónica ocurre después de los tres meses del trasplante. Ambas formas de enfermedad aumentan la susceptibilidad a la infección. El tratamiento incluye corticosteroides, inmunosupresores, antibióticos e inmunoglobulinas. 198 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Se clasifica mediante códigos de la subcategoría 996.8 Complicaciones de órgano trasplantado, más un código de la subcategoría 279.5 Enfermedad injerto contra huésped. Se emplearán códigos adicionales para recoger las manifestaciones del paciente, tales como: • Dermatitis descamativa, 695.89 Otros estados eritematosos especificados. Otros. • Diarrea, 787.91 Síntomas que afectan al aparato digestivo. Otros síntomas que afectan al aparato digestivo. Diarrea. • Elevación de bilirrubina 782.4 Síntomas de afectan a la piel y a otro tejido tegumentario. Ictericia, no especificada, no del recién nacido. XVI. PUNCIÓN O LACERACIÓN ACCIDENTAL DURANTE PROCEDIMIENTO El término desoserar se refiere al corte sobre serosa. Es equivalente a punción o laceración. No hay que presumir la existencia de una punción accidental (yatrógena) como complicación de las maniobras de punción, laceración o apertura que se realizan deliberadamente como parte del procedimiento. Estas circunstancias no pueden considerarse como complicaciones. Ejemplo: Pseudoaneurisma desarrollado tras cateterismo cardíaco vía arteria femoral. 998.12 Hematoma que complica un procedimiento 997.2 Complicaciones vasculares periféricas 442.3 Otros aneurismas. De arteria de extremidad inferior El código 997.2 Complicaciones vasculares periféricas debe ser utilizado para recoger complicaciones vasculares como un pseudoaneurisma, después de cateterismo cardiaco. Un pseudoaneurisma normalmente ocurre en el lugar de una cirugía vascular previa o debido a una punción de un vaso sanguíneo. Como la punción es parte de un procedimiento (cateterismo cardiaco) y no se trata de una punción accidental, es por lo que no se asigna 998.2 Punción o laceración accidental durante un procedimiento65. Servicio Andaluz de Salud 199 CIE-9-MC XVII. CUERPO EXTRAÑO DEJADO ACCIDENTALMENTE La respuesta del organismo ante la presencia de cuerpos extraños es una reacción inflamatoria no alérgica en la que se desarrolla una respuesta de histiocitos y células gigantes, que tienden a delimitar primero y eliminar después el cuerpo por mecanismos de fagocitosis. La prolongación en el tiempo del estímulo desencadena secundariamente una reacción de fibrosis, formando un granuloma que se codifica mediante 998.4 Cuerpo extraño dejado accidentalmente durante un procedimiento. En esta subcategoría se clasifican las adherencias, obstrucciones y perforaciones producidas por cuerpo extraño dejado de forma accidental en heridas operatorias y cavidades durante un procedimiento quirúrgico. Cuando el cuerpo extraño se infecta, se abre camino hacia la superficie después de formar una pequeña tumoración fluctuante que drena material mucopurulento. Se clasifica en 998.7 Reacción aguda a sustancia extraña dejada de forma accidental durante un procedimiento. Si existiese absceso o seroma como producto de este proceso, se codificará además esta condición como código asociado mediante algún código de la subcategoría 998.5 Infección postoperatoria, a ello se añadirá, si se conoce, el código para identificar el organismo. Por último, si el proceso continuase terminaría por fistulizarse, y se codificaría en 998.6 Fístula postoperatoria persistente, aunque en la expresión diagnóstica no quede reflejado el término persistente. Pero el material dejado accidentalmente durante una intervención no siempre se infecta; en este caso el granuloma a cuerpo extraño se codifica como 998.4 Otras complicaciones de procedimientos, no clasificadas bajo otros conceptos. Cuerpo extraño dejado accidentalmente durante un procedimiento. En nuestro medio se define la peritonitis química como la infección peritoneal producida por contaminación a partir de alteraciones del conducto gastrointestinal, sistema biliar, páncreas y tracto genitourinario, que pueden ser debidas a alteraciones intestinales inflamatorias, mecánicas, vasculares o neoplásicas. Esta patología la codifica la CIE-9-MC mediante un código de la categoría 567 Peritonitis e infecciones retroperitoneales. 200 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Esta circunstancia debe ser diferenciada de la peritonitis como complicación debida a cuerpo extraño o sustancia dejada durante la intervención, por ejemplo, talco de los guantes, que se codifican mediante 998.7 Reacción aguda a sustancia extraña dejada de forma accidental durante un procedimiento. Se debe tener especial cuidado en diferenciar estas dos circunstancias y asignarle el código correcto, en función de que sea o no complicación. No debe seguirse la indicación del Índice Alfabético que envía el término Peritonitis – química a 998.7. En nuestro medio el término se utiliza como se ha descrito anteriormente y, por lo tanto, se le asignará el código 567 Peritonitis e infecciones retroperitoneales. Para recoger que un paciente ha tenido un cuerpo extraño y que no está presente por haber sido extirpado se empleara el código V15.53 Otro historial personal que presenta riesgos para la salud. Historia personal de cuerpo extraño retenido totalmente eliminado. XVIII. HEMORRAGIA, HEMATOMA O SEROMA POR PROCEDIMIENTO De la subcategoría 998.1 Hemorragia, hematoma, seroma que complica un procedimiento se excluyen las hemorragias o hematomas producidos por un dispositivo injertado o implantado inintencionadamente, que se codifican mediante códigos de la subcategoría 996.7 Otras complicaciones de dispositivo protésico interno, implante e injerto (biológico) (sintético). XIX. COMPLICACIONES POR BOMBA DE INSULINA Las complicaciones mecánicas debidas a la bomba de insulina se clasifican en el 996.57 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante e injerto protésico especificado. Debida a bomba de insulina. Hay que distinguir entre mal funcionamiento de la bomba o error de la persona en la administración del bolo de insulina. Los problemas mecánicos de la bomba suelen ser por descarga de batería, con lo que la alarma deja de funcionar, o porque la línea de infusión gotea o se cae durante la noche, etc. Como resultado de un mal funcionamiento, el paciente tendrá infradosificación o sobredosificación. El mal funcionamiento se codificará siguiendo las pautas de la siguiente tabla. Servicio Andaluz de Salud 201 CIE-9-MC SITUACIÓN CODIFICACIÓN 996.57 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante e injerto protésico especificado. Debida a bomba de insulina Infradosis de insulina 250.XX Diabetes mellitus Códigos E 996.57 Complicación mecánica de otro dispositivo, implante e injerto protésico especificado. Debida a bomba de insulina Sobredosis de insulina 962.3 Envenenamiento por hormonas y sustitutos sintéticos. Insulinas y agentes antidiabéticos 250.XX Diabetes mellitus Códigos E XX. REACCIÓN TRANSFUSIONAL Cada persona posee un tipo específico de sangre caracterizado por los grupos sanguíneos AB o 0 y la presencia o ausencia del factor Rh (Rh positivo o Rh negativo). Cuando se produce una transfusión de sangre incompatible se produce reacción transfusional, que es la respuesta anormal con efectos adversos que un paciente presenta o desarrolla con la administración de los diferentes componentes sanguíneos. La magnitud y aparición en el tiempo es de carácter variable, y repercute en el estado del paciente, agravando en muchas ocasiones el cuadro clínico del mismo, o produciéndole complicaciones a largo plazo. Las reacciones transfusionales se clasifican: • Según el tiempo de aparición de los síntomas: - Agudas o Inmediatas (si aparecen antes de las 24 horas). - Tardías (aparecen días después, incluso meses o años). • Según su mecanismo de producción: - Inmunológicas. - No inmunológicas. 202 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS TIPO DE REACCIONES PATOLOGÍAS Reacción hemolítica aguda (AHTR) Reacción febril no hemolítica Inmunológicas Reacción alérgica Lesión pulmonar aguda asociada a transfusión (TRALI) Agudas Aloinmunización con destrucción plaquetaria inmediata Contaminación bacteriana No inmunológicas Sobrecarga circulatoria Hemólisis no inmune Reacciones hipotensivas Reacción hemolítica retardada (DHTR) Aloinmunización frente a antígenos eritrocitarios, plaquetarios, leucocitarios o proteínas plasmáticas Inmunológicas Tardías Púrpura postransfusional Enfermedad del injerto contra el huésped postransfusional Inmunomodulación No inmunológicas Transmisión de agentes infecciosos Hemosiderosis postransfusional 1. Reacción transfusional hemolítica La Reacción Transfusional Hemolítica (HTR) es el efecto adverso más grave asociado a la transfusión sanguínea. Los hematíes transfundidos son destruidos de forma aguda por anticuerpos presentes en el plasma del receptor, debido a la incompatibilidad entre éste y el donante de sangre. La causa más frecuente es la incompatibilidad ABO. Puede ser aguda (AHTR) o tardía (DHTR). Las reacciones debidas a una incompatibilidad ABO se clasifican en 999.6 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Reacción de incompatibilidad ABO; las debidas a una incompatibilidad Rh, en 999.7 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Reacción de incompatibilidad Rh y otros grupos no ABO debida a transfusión de sangre y hemoderivados y 999.8 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Otra reacción por transfusión e infusión y la no especificada. Servicio Andaluz de Salud 203 CIE-9-MC En todas estas subcategorías, mediante códigos de subclasificación, se pueden recoger reacciones transfusionales hemolíticas tanto agudas como retardadas. 2. Reacción febril no hemolítica La reacción febril no hemolítica (Febrile Non-Hemolytic Transfusion Reaction –FNHTR-) es una reacción transfusional no hemolítica que normalmente se produce tras una transfusión sanguínea. Este tipo de reacción está asociada con fiebre pero no con hemólisis. Se produce aproximadamente de una a seis horas tras la transfusión y los síntomas que presenta consisten en fiebre, escalofríos y malestar. Se clasifican en 780.66 Fiebre y otros trastornos fisiológicos de la regulación de la temperatura. Reacción transfusional febril no hemolítica. 3. Lesión pulmonar aguda postransfusional El daño pulmonar agudo relacionado con la transfusión (Transfusión-Related Acute Lung Injury –TRALI-) se caracteriza por insuficiencia respiratoria aguda y/o hallazgos compatibles con edema pulmonar, pero sin evidencia de insuficiencia cardíaca. Tiene un código específico, no clasificándose en el capítulo 17, sino en el código 518.7 Otras enfermedades pulmonares. Lesión pulmonar aguda postransfusional (TRALI). 4. Infecciones transmitidas por transfusiones Las infecciones transmitidas por transfusión de sangre entera o sus productos se clasifican en el código 999.39 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Otra infección. Infección tras otra infusión, inyección, transfusión o vacunación, más los códigos adicionales que identifiquen la infección. Los códigos E serán diferentes en función de que la infección se hubiese transmitido por contaminación de la aguja, E872.3 Pérdida de las precauciones de esterilidad durante técnicas. Inyección o vacunación, o por contaminación del hemoderivado, E875.0 Sangre, otro líquido, fármaco o sustancia biológica contaminados o infectados. Sustancia contaminada transfundida o infundida. 5. Hemocromatosis La hemocromatosis (sobrecarga de hierro) asociada a transfusión es el resultado de repetidas transfusiones de sangre durante largo tiempo, pudiendo producir daños en órganos como corazón, riñón e hígado. 204 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS La terapia de quelación se utiliza para disminuir la acumulación de hierro en pacientes que han recibido transfusiones múltiples. Se clasifica en el código 275.02 Trastornos del metabolismo del hierro. Hemocromatosis debida a transfusiones repetidas de hematíes. 6. Púrpura postransfusional La Púrpura Postransfusional (PTP) se caracteriza por trombocitopenia grave súbita, generalmente de 5 a 12 días después de la transfusión de sangre. El Índice Alfabético envía directamente al código 287.41 Trombocitopenia secundaria. Púrpura tras transfusión. Además debe añadirse el código E correspondiente. 7. Reacción injerto-huésped La reacción de injerto contra huésped (Graft Versus Host Disease –GVHD-) es una complicación infrecuente y tardía que puede seguir al tratamiento con una transfusión sanguínea. Puede desarrollarse a los 10 días de la transfusión en adultos o tras 1 mes de la misma en neonatos. Se clasifica en el 999.89 Complicaciones de cuidados médicos, no clasificadas bajo otros conceptos. Otra reacción por transfusión, más un código de la subcategoría 279.5 Trastornos que implican el mecanismo inmunitario. Enfermedad injerto contra huésped, más códigos adicionales para identificar manifestaciones asociadas. XXI. SOBRECARGA DE VOLUMEN La sobrecarga de volumen circulatorio se manifiesta por edema pulmonar. Puede deberse a: • Transfusion (Transfusion Associated Circulatory Overload – TACO –). Consiste en edema pulmonar cardiogénico. Esta afección ocurre cuando se transfunde demasiado líquido o éste se transfunde muy rápidamente. Normalmente se produce entre las 2 y 6 horas desde la transfusión y los síntomas incluyen, entre otros, distress respiratorio, cianosis, taquicardia, incremento de la presión sanguínea, presión de enclavamiento pulmonar aumentada. No es una complicación rara de la transfusión, pero puede no ser informada debido a que se puede presentar como distress respira- Servicio Andaluz de Salud 205 CIE-9-MC torio en paciente transfundido. Se codifica mediante 276.61 Trastornos de los equilibrios osmótico, electrolítico y ácido básico. Sobrecarga de líquido. Sobrecarga circulatoria asociada a transfusión. • No transfusional. 276.69 Trastornos de los equilibrios osmótico, electrolítico y ácido básico. Sobrecarga de líquido. Otros tipos de sobrecarga de líquido. 206 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS EFECTOS TARDÍOS DE LESIONES Y ENVENENAMIENTOS I. CONCEPTOS GENERALES La CIE-9-MC considera como efecto tardío aquella secuela o lesión residual, de duración indefinida, que resulta de una enfermedad o lesión aguda padecida con anterioridad. No existe período de tiempo establecido para que se considere una secuela como efecto tardío, así que puede aparecer muy precozmente o surgir tiempo después de desaparecer la enfermedad o lesión inicial. II. CLASIFICACIÓN La clasificación de los efectos tardíos se realiza en los siguientes capítulos: • Capítulo 1 Enfermedades Infecciosas y Parasitarias. 137. Efectos tardíos de tuberculosis. 138. Efectos tardíos de poliomielitis aguda. 139. Efectos tardíos de otras enfermedades infecciosas y parasitarias. • Capítulo 3 Enfermedades Endocrinas, de la Nutrición, Metabólicas y Trastornos de la Inmunidad. 268.1 Raquitismo, efecto tardío. • Capítulo 6 Enfermedades del Sistema Nervioso y de los Órganos Sensoriales. 326. Efectos tardíos de absceso intracraneal o de infección piógena. • Capítulo 7 Enfermedades del Aparato Circulatorio59. 438. Efectos tardíos de enfermedad cerebrovascular. • Capítulo 11 Complicaciones de la Gestación, Parto y Puerperio56. 677 Efectos tardíos de embarazo, parto y puerperio. III. CAPÍTULO 17 LESIONES Y ENVENENAMIENTO La sección Efectos tardíos de lesiones, envenenamientos, efectos tóxicos y otras causas externas (905-909) se emplea para indicar los efectos tardíos de enfermedades clasificables en las categorías 800-999. Servicio Andaluz de Salud 207 CIE-9-MC Para clasificar los efectos tardíos de lesiones y envenenamientos, por norma general se utilizarán 3 códigos, con la siguiente secuencia: • 1º Código: Para la secuela o lesión residual el término clave se encontrará de la forma habitual, como cualquier otra enfermedad o lesión. • 2º Código. Para la causa de la secuela, el término se buscará como Tardío - efecto(s) (de) en el Índice Alfabético de Enfermedades. - 905 Efectos tardíos de lesiones musculoesqueléticas y de los tejidos conectivos. - 906 Efectos tardíos de lesiones de la piel y tejidos subcutáneos. - 907 Efectos tardíos de lesiones del sistema nervioso. - 908 Efectos tardíos de otras lesiones y de lesiones no especificadas. - 909 Efectos tardíos de otras causas externas y causas externas no especificadas. • 3º Código. Para la causa externa que provocó la lesión o enfermedad y que ya no está presente se buscará igualmente como Tardío - efecto(s) (de) en el Índice Alfabético de causas externas. Los códigos E para este fin son: - E929 Efectos tardíos de lesión accidental. - E959 Efectos tardíos de lesión autoinfligida. - E969 Efectos tardíos de lesión infligida de forma intencionada por otra persona. - E977 Efectos tardíos de lesiones por intervención legal. - E989 Efectos tardíos de lesión, sin determinarse si fue inflingido de forma accidental o de forma intencionada. - E999 Efecto tardío de lesión por operaciones de guerra y terrorismo. Ejemplo: Paciente con trastorno bipolar I grave en estado depresivo. Ingresa para dilatación de estenosis de esófago producida por una ingesta de cáusticos en un intento de suicidio hace tres años. 530.3 Estrechez y estenosis de esófago 906.8 Efecto tardío de quemadura de otros sitios especificados E959 Efectos tardíos de lesión autoinfligida 296.53 Trastorno bipolar I, episodio más reciente (o actual) depresivo. Grave, sin mención de comportamiento psicótico 42.92 Dilatación de esófago 208 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Las excepciones a esta secuencia son: • Si la secuela o efecto tardío no se especifica, el código de la causa de este efecto tardío será el primer código. Ejemplo: Paciente con secuelas por aplastamiento en accidente de moto. Ingresa para estudio y tratamiento si procede. 906.4 Efecto tardío de aplastamiento E929.0 Efectos tardíos de accidente de vehículo motorizado • Si no existe código que corresponda a la causa del efecto tardío descrita en la expresión diagnóstica, se codificará solamente la secuela. Ejemplo: Trastorno distímico en paciente que fue sometida a abusos sexuales en su infancia. 300.4 Trastorno distímico • Si la causa es la cirugía previa, se empleará un código de complicación de cirugía, dependiendo de las circunstancias. • En algún caso el Índice Alfabético dirige la secuencia de codificación indicando que se codifique el residuo como código asociado y la causa como primario. Servicio Andaluz de Salud 209 CUARTA PARTE: CLASIFICACIÓN SUPLEMENTARIA DE CAUSAS EXTERNAS DE LESIONES E INTOXICACIONES - CÓDIGOS E - LESIONES Y ENVENENAMIENTOS OBJETO Y ESTRUCTURA DE LA CLASIFICACIÓN Los códigos E (E800-E999) son códigos alfanuméricos que forman una clasificación suplementaria donde se clasifican acontecimientos, circunstancias, fármacos o condiciones ambientales causantes de accidentes, lesiones, envenenamientos, reacciones adversas a medicamentos y otros efectos nocivos. Existe un Índice Alfabético específico de causas externas. Estos acontecimientos son una causa importante de morbi-mortalidad e incapacidad laboral. Proporcionan una información valiosa para la investigación y prevención de lesiones, ya que identifican la causa, la intencionalidad del acontecimiento y el lugar en donde ocurrió. La clasificación suplementaria de causas externas de lesiones y envenenamientos (códigos E) se estructura en tres ejes: • Causa del envenenamiento o lesión. • Intencionalidad. • Lugar del acontecimiento. Servicio Andaluz de Salud 213 CIE-9-MC NORMAS DE CODIFICACIÓN DE CÓDIGOS E I. NORMAS GENERALES Para su clasificación se aplican las normas generales de la CIE-9-MC. Serán siempre códigos adicionales para recoger la causa externa de cualquier otro código diagnóstico que indique lesión, envenenamiento o efecto adverso. En ningún caso se utilizarán los códigos E como código principal. Institucionalmente son de uso obligatorio en el Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) de Andalucía. Para la CIE-9-MC solo son obligatorios los de reacción adversa a medicamentos de la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos adversos en su empleo terapéutico (E930-E949). Se secuenciará en primer lugar, entre los códigos E, aquel que esté más relacionado con el diagnóstico principal, salvo que alguna nota de la clasificación indique otra prioridad. Se utilizarán tantos códigos E como sean necesarios para explicar completamente la causa del envenenamiento o lesión, la intencionalidad y el lugar de acontecimiento. No se repetirá el código E para explicar la misma circunstancia. Si no se especifica la causa de la lesión se utilizarán alguno de los siguientes códigos: • E928.9 Otras causas ambientales y accidentales y causas ambientales y accidentales no especificadas. Emplearemos este código si la intencionalidad es conocida pero se desconoce la causa. • E958.9 Suicidio y lesión autoinfligida por otros medios y por medios no especificados. • E968.9 Medios no especificados, para agresión por otros medios y por medios no especificados. • E887 Fractura, causa no especificada cuando la lesión es una fractura de causa no especificada. La localización en el Índice Alfabético de causas externas para los lugares clasificados en esta categoría se realizará mediante el término principal Accidente y como modificador esencial -que tiene lugar en. 214 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Cuando se desconozca la intencionalidad del acontecimiento se codificará como accidental en la sección Lesiones indeterminadas ya sean provocadas por accidente o a propósito (E980 - E989). En los casos donde tengamos varios códigos E relacionados para especificar una circunstancia, debemos elegir como primero el más relacionado con el diagnóstico principal, salvo si son múltiples las causas, en cuyo caso asignaremos primero el código E correspondiente a la lesión más grave, pero teniendo en cuenta la siguiente jerarquía: • Los códigos E para el abuso del niño y del adulto deben preceder al resto de los códigos E. • Los códigos E para terrorismo tienen prioridad sobre los demás códigos E excepto abuso de niños y de adultos. • Los códigos E para sucesos catastróficos (ventisca, huracán, inundación, volcán, tornado, terremoto, etc.) preceden sobre todos los códigos E excepto códigos del abuso del niño y del adulto y terrorismo. • Los accidentes del transporte toman prioridad sobre todos los códigos E excepto los de abuso y los acontecimientos catastróficos. • Si un accidente de transporte implicó a más de un tipo de vehículo, se seguirá el siguiente orden de prioridad: - Accidentes de transporte aéreos y espaciales (E840-E845). - Accidentes de medios de transporte acuáticos (E830-E838). - Accidentes de tráfico de vehículos motorizados (E810-E819). - Accidentes no de tráfico de vehículos motorizados (E820-E825). - Otros accidentes del vehículo de carretera (E826-E829). - Accidentes ferroviarios (E800-E807). En todas estas secciones de accidente de transporte, mediante 4º dígito de subcategoría se debe especificar la condición de la persona lesionada en el accidente, por ejemplo pasajero, conductor, tripulación de aeronave, etc. II. ACCIDENTE DE TRANSPORTE La sección Accidentes ferroviarios (E800-E807) es muy específica con respecto a los tipos de vehículos incluidos en las descripciones del código. Servicio Andaluz de Salud 215 CIE-9-MC Se debe leer la nota al principio de esta sección, donde se recogen las definiciones y los ejemplos relacionados con los accidentes del transporte, para tener una buena comprensión de los tipos de vehículos y de circunstancias del transporte cubiertos por estos códigos. Algunos de estos códigos E recogen en sus divisiones el lugar del accidente. Si ello no fuese así existe la categoría E849 Lugar de acontecimiento para recoger el lugar del accidente, que siempre debe ser secundario a otro código E. Un accidente no de tráfico de vehículo de motor es cualquier accidente de vehículo de motor que tenga lugar en cualquier lugar que no sea una carretera pública. Por el contrario un accidente de motor se considera de tráfico cuando se origina o termina en carretera pública. Esencialmente, un accidente del transporte implica un dispositivo que se diseñe o se utilice para transportar personas o mercancías de un lugar a otro. Los accidentes donde están implicadas las maquinas agrícolas se considerarán accidentes de transportes, siempre que se desplacen por su fuerza motriz y en una carretera; de lo contrario se considerarán maquinaria, E919 Accidentes causados por maquinaria. A menos que se especifique lo contrario, se presume que un accidente de vehículo motorizado se ha producido en la carretera y por lo tanto se clasificará como tráfico, con la excepción de los accidentes de vehículos motorizado a campo traviesa, que se clasifican como accidentes no de tráfico a menos que se indique lo contrario. III. LUGAR DEL ACONTECIMIENTO La categoría E849 Lugar de acontecimiento identifica el lugar donde ocurre el suceso de lesión o envenenamiento y siempre se utiliza de forma secundaria. Al estar en cursiva, obliga primero a codificar la actividad del paciente en ese momento, acompañando, pues, a otro código E. No se deben asignar estos códigos si el lugar del suceso no está especificado. IV. REACCIÓN ADVERSA A MEDICAMENTO Las códigos E correspondientes a la Reacción Adversa a Medicamento (RAM) se clasifican en la sección Fármacos y sustancias medicamentosas y biológicas que causan efectos 216 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS adversos en su empleo terapéutico (E930-E949) y deben ser usados para identificar la sustancia causal de un efecto adverso de fármaco, sustancia medicinal o biológica correctamente prescrita y apropiadamente administrada. Son códigos de uso obligatorio, pues son la única forma de determinar qué sustancia es la que produjo la RAM. Se deben utilizar tantos códigos como sea necesario para describir completamente todos los fármacos y sustancias medicamentosas o biológicas. Si el mismo código E puede describir el agente causal de más de una reacción adversa, asigne el código una sola vez. Cuando resulta una reacción de la interacción de medicamentos con alcohol, se asignará un código E de envenenamiento para ambos. Si hay que emplear distintos códigos de 4º dígito en la misma categoría de tres dígitos, use el código de la categoría «Otro especificado». Si no hay códigos de «Otro especificado» en esta categoría, use el código «No especificado» apropiado de dicha categoría66. Ejemplos: - Taquicardia supraventricular secundaria a uso de digitálicos y Valium, utilizados los dos de la forma prescrita. 427.61 Extrasístoles supraventriculares E942.1 Agentes que afectan principalmente al sistema cardiovascular. Glucósidos cardiotónicos y fármacos de acción similar E939.4 Agentes psicotrópicos. Tranquilizantes derivados de benzodiazepinas - Mujer encontrada en su casa, en coma debido a una sobredosis accidental de valium prescrito por su médico. 969.4 Envenenamiento por agentes psicotrópicos. Tranquilizantes basados en benzodiazepina 780.01 Coma E853.2 Envenenamiento accidental por tranquilizantes. Tranquilizantes basados en benzodiazepina E849.0 Lugar de acontecimiento. Hogar Servicio Andaluz de Salud 217 CIE-9-MC V. ENVENENAMIENTO Envenenamiento accidental con drogas, medicinas y sustancias biológicas; incluye sólidos, líquidos, gases y vapores. Quedan excluidos de los envenenamientos: • Ingestión con intento de homicidio o suicidio, o con intento no determinado como accidental o a propósito. • Reacción adversa a los fármacos correctos y apropiadamente administrados. • Envenenamiento de alimentos (bacteriano). • Envenenamiento y reacciones tóxicas debidas a las plantas. • Envenenamiento por monóxido de carbono de un vehículo motorizado. Embarcación marina o aeronave en tránsito. • Envenenamiento por monóxido, de humo y gases en un incendio. Cuando la intencionalidad de la causa externa de la intoxicación no se establece, se asigna un código de intoxicación indeterminada mediante la Sección Lesiones indeterminadas ya sean provocadas por accidente o a propósito (E980-E989). VI. INFORTUNIO DE CUIDADOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS Incluye los códigos de la sección Accidentes de pacientes durante cuidados quirúrgicos y médicos (E870-E876) y se utiliza para identificar aquellas circunstancias producto de accidentes durante cuidados y tratamientos. Se excluyen las sobredosis accidentales de drogas. Debe quedar claramente definida en la historia clínica la condición de accidente, por cuidados y tratamientos, como causante de lesiones. Si no se diese esta constatación se considerará complicación postoperatoria. Los eventos adversos de lado equivocado, cirugía equivocada o persona equivocada están en la lista de eventos graves declarables (anteriormente denominados «never events») aprobados por el National Quality Forum como graves, altamente prevenibles. Los siguientes códigos recogen estas situaciones: 218 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS • E876.5 Otros accidente y accidentes no especificados durante cuidados médicos. Realización de operación (procedimiento) equivocada en el paciente correcto, para recoger situaciones donde se implanta por ejemplo un dispositivo equivocado en sitio quirúrgico correcto. • E876.6 Otros accidente y accidentes no especificados durante cuidados médicos. Realización de operación (procedimiento) en paciente no programado para cirugía, para recoger la realización de operación (procedimiento) destinada a otro paciente o bien la realización de operación (procedimiento) en paciente equivocado. • E876.7 Otros accidente y accidentes no especificados durante cuidados médicos. Realización de operación (procedimiento) correcta en lado equivocado o en parte del cuerpo equivocada, para recoger la realización de operación (procedimiento) correcta en lado equivocado o la realización de operación (procedimiento) correcta en sitio equivocado. VII. COMPLICACIONES POSTOPERATORIAS Se recogen con códigos de la sección Accidentes de pacientes durante cuidados quirúrgicos y médicos (E870-E876) y contemplan técnicas quirúrgicas y médicas como causa de reacción anormal del paciente o de complicaciones posteriores, aunque tengan su origen durante la intervención, pero sin mención de accidente en el momento de realizar la intervención. Si hubiese ocurrido accidente durante la intervención se codificará como infortunio. VIII. EFECTOS TARDÍOS Se encuentran clasificados bajo la entrada Efecto tardío en el Índice Alfabético y se siguen las mismas normas que para el resto de efectos tardíos, excepto para las reacciones adversas a medicamentos, en las que se utilizará el mismo código E que si la situación fuese actual. Los códigos E de efectos tardíos se clasifican según sean de: • Accidente E929. • Suicidio E959. • Homicidios E969. Servicio Andaluz de Salud 219 CIE-9-MC • Intervenciones legales E977. • Intencionalidad no especificada E989. • Acciones de guerra E999. IX. MALTRATO Los códigos E a utilizar serán: • 1º Código: categorías E960-E966 o E968 para identificar el mecanismo específico de lesión. • 2º Código: categoría E967 como un código adicional para identificar el autor del abuso. X. ACCIDENTE LABORAL No existe de momento ningún código específico para esta condición, ya que la situación de «accidente laboral» no es ninguna causa externa, por lo que habrá que buscar cuál fue la causa externa que provocó el accidente: maquinaria agrícola, hoz, caída, caballo, deporte, etc. XI. CAÍDA ACCIDENTAL La CIE-9-MC diferencia entre caídas al mismo nivel y caídas a nivel diferente. No se incluyen en estas categorías las caídas de coche en circulación, de barco, etc., que se codificarán como accidente de transporte. Cuando en una fractura aguda se desconozca el mecanismo desencadenante de la misma se asignará E887 Fractura, causa no especificada y no E888.9 Caída no especificada pues el primer código aporta más información que este último. XII. RADIOLOGÍA, RADIOTERAPIA O RADIOISÓTOPOS La determinación de que una patología se debe a un accidente durante la realización de alguna de estas pruebas se expresa mediante E873.2 Sobredosis de radiación o E873.3 Dosificación inadecuada. Exposición por descuido de paciente a radiación durante cuidados médicos. 220 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS Si la causa de esa patología se debiese a estas pruebas, pero sin que se hubiese producido accidente durante su realización, se asignará E879.2 Otras técnicas, sin mención de accidente en el momento de practicarlas, como causa de reacción anormal del paciente, o de complicación posterior. Técnica radiológica y radioterapia. Si la patología tuviese origen en una reacción a contraste, se usa para determinar que esta fue la causa E947.8 Otros fármacos y sustancias medicamentosas, y fármacos y sustancias medicamentosas no especificadas. Otros fármacos y otras sustancias medicamentosas. Estos agentes físicos pueden producir accidentes al margen de su uso como elemento diagnóstico o terapéutico, en cuyo caso se utilizarán E926.3 Exposición a la radiación. Rayos X y otras radiaciones ionizantes electromagnéticas o E926.5 Exposición a la radiación. Isótopos radiactivos. XIII. AHOGAMIENTO Y SUMERSIÓN La categoría E910 Ahogamiento y submersión accidental recoge los ahogamientos por sumersión en agua, tanto durante la práctica de deporte acuático como durante actividades de recreo o durante actividades higiénicas, por ejemplo en el baño. El concepto de ahogamiento se refiere a un accidente en el medio acuático, con o sin resultado de muerte. Los accidentes en el medio acuático producidos en el entorno del transporte se codificarán con los códigos correspondientes a los accidentes de transporte. XIV. FUEGO Y LLAMAS La sección Accidentes causados por fuego y llamas (E890 – E899) agrupa estos accidentes en función de tres parámetros: • Condición del fuego como controlado o no controlado. • Lugar en que se produce el fuego: vivienda particular, otros edificios y no edificios. En esta última condición se incluyen los accidentes por fuego y llamas producidos en cualquier vehículo de transporte cuando no está en desplazamiento. • Material combustible como ropa, materiales altamente inflamables, etc. Servicio Andaluz de Salud 221 CIE-9-MC Las lesiones causadas por el mal funcionamiento mecánico de las armas de fuego o de aire se codifican el código E928.7 Otras causas ambientales y accidentales y causas ambientales y accidentales no especificadas. Mecanismo o componente de arma de fuego y aire comprimido. XV. MATERIALES CÁUSTICOS O CORROSIVOS Y VAPOR Los accidentes por materiales cáusticos o corrosivos y por vapor se recogen en la categoría E924 Accidente causado por sustancias u objetos calientes, material cáustico o corrosivo y vapor. No se incluirán en esta categoría las circunstancias en que estas sustancias se estuviesen utilizando en entorno terapéutico o diagnóstico, que se asignarán a la sección Accidentes de pacientes durante cuidados quirúrgicos y médicos (E870 – E876), ni aquellas circunstancias en que se hubiese producido quemadura interna por ingestión, que se clasificarán mediante códigos de la sección Envenenamiento accidental por otras sustancias sólidas y líquidas, gases y vapores (E860 – E869). Las quemaduras internas por inhalación de vapor de agua se codificarán también en esta categoría, mediante E924.0 Accidente causado por sustancias u objetos calientes, material cáustico o corrosivo y vapor. Líquidos y vapores calientes, incluido el vapor de agua. XVI. ASFIXIA Y SOFOCACIÓN 1. Asfixia y estrangulación accidental La asfixia o sofocación accidental puede producirse por: • Obstrucción de vías aéreas, codificándose mediante las categorías E911 Inhalación e ingestión de comida que causa obstrucción del tracto respiratorio o ahogo o E912 Inhalación o ingestión de otro objeto que causa obstrucción del tracto respiratorio o ahogo. • Por causas mecánicas, que impiden la respiración por la boca, como bolsa, espacio carente de aire, ahorcamiento accidental, etc. Se codifican todas estas circunstancias mediante la categoría E913 Ahogo mecánico accidental. 222 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS 2. Asfixia y estrangulación autoinfligida Se codifican mediante la categoría E953 Suicidio y lesiones autoinfligidas por ahorcamiento, estrangulación y asfixia. 3. Asfixia y estrangulación por agresión Se codifican mediante la categoría E963 Agresión por ahorcamiento y estrangulación. 4. Agresión por ahorcamiento y estrangulación Se codifica mediante la categoría E983 Ahorcamiento, estrangulación o asfixia, sin determinarse si fueron infligidos de forma accidental o de forma intencionada. XVII. CUERPO EXTRAÑO POR ORIFICIO ACCIDENTAL Se codifican mediante E915 Cuerpo extraño que entra dentro de orificio de forma accidental. De forma específica para el ojo se asignaría E914 Cuerpo extraño que entra dentro del ojo y anexos de forma accidental. XVIII. ACCIDENTE DE MAQUINARIA Se codifica mediante códigos de la categoría E919 Accidentes causados por maquinaria. Para utilizar esta categoría, la maquinaria debe estar realizando la función para la que fue construida. Si es en otras circunstancias, se asignará el código que recoja esta circunstancia, por ejemplo, accidente con excavadora mientras circula por carretera se codificará como accidente de vehículo de motor. XIX. ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS • Cuando se producen en contexto diferente a la guerra o el terrorismo, se recogen mediante códigos de las categorías E922 Accidente causado por proyectil de arma Servicio Andaluz de Salud 223 CIE-9-MC de fuego y proyectil de escopeta de aire o E923 Accidente causado por material explosivo. • Si es por terrorismo, se codifican mediante códigos de la sección Terrorismo (E979). • Si es durante guerra, incluyendo la instrucción cuando se produzca ataque enemigo, se asignarán códigos de la sección Lesión como resultado de operaciones de guerra (E990 – E999). Se emplean para permitir la identificación de la causa externa de las lesiones sobre personal militar y también pueden ser usados para lesiones en civiles como resultado de operaciones militares. XX. ELECTRICIDAD Las causas externas que producen lesión por electricidad se codifican mediante E925 Accidente causado por corriente eléctrica. De esta categoría se excluyen las lesiones producidas por el calor desprendido por la electricidad, que se recogen mediante E924.8 Accidente causado por sustancias u objetos calientes, material cáustico o corrosivo y vapor. Otra, y las lesiones producidas por la electricidad de un rayo que se recogen me- diante E907 Accidentes por factores naturales y ambientales. Rayos. XXI. INFECCIONES TRANSMITIDAS POR AGUJA Las infecciones accidentales transmitidas por aguja debidas a causa médica se codificarán mediante E872.3 Pérdida de las precauciones de esterilidad durante técnicas. Inyección o vacunación. Si la transmisión se produce por drogadicción o por accidente en un trabajador sanitario, se asignará E920.5 Accidentes causados por instrumentos u objetos cortantes y punzantes. Aguja hipodérmica. XXII. SOBRESFUERZO Los sobresfuerzos como causa de lesiones se codifican en E927 Esfuerzo excesivo y movimientos o cargas enérgicos y repetitivos. 224 Servicio Andaluz de Salud LESIONES Y ENVENENAMIENTOS XXIII. SITUACIÓN DE CAUSAS EXTERNAS Se ha creado una nueva sección de códigos E para identificar el estatus (ej. civil en el trabajo, actividad estudiantil o militar) en el momento en que se produce la lesión. Estos códigos se usan con otras causas externas para indicar el estatus del paciente en el momento del incidente. Se clasifican en la categoría E000 Estado asociado a causa externa: - E000.0 Actividad civil realizada a cambio de retribución o pago. - E000.1 Actividad militar. - E000.2 Actividad de voluntariado. - E000.8 Cualquier otro estado asociado a causa externa. - E000.9 Estado sin especificar asociado a causa externa. La entrada en el Índice Alfabético se hará por: Causa externa, status XXIV. CÓDIGOS E DE ACTIVIDAD Junto a los códigos que describen las causas de la lesión o afección sufrida como consecuencia de la actividad, se utilizarán códigos para informar sobre dicha actividad, que realizaba la persona en el momento de sufrir la lesión o afección médica. Estos códigos pueden utilizarse tanto en lesiones agudas como en aquellas que son debidas a efectos acumulativos de una actividad a lo largo del tiempo. Los códigos de actividad deben usarse con otros códigos de causa externa en los que se describe el estatus de la actividad de causa externa (E000) y lugar de acontecimiento (E849). Para recoger la actividad se emplearán las categorías E001- E030. La entrada en el Índice Alfabético se hará por Actividad (que incluye). Servicio Andaluz de Salud 225 LESIONES Y ENVENENAMIENTOS REFERENCIAS 1. Ministerio de Salud y Consumo. Clasificación Internacional de Enfermedades, 9ª Revisión Modificación Clínica. 8ª ed. Madrid: Ministerio de Salud y Consumo, 2012. 2. 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