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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase Al No. 2777 13 de marzo, 2001 DAGJ-361-2001 Ing Olman Elizondo Morales Secretario Técnico a.i Consejo Nacional de Concesiones Estimado señor: Asunto: Denegatoria de solicitud de Contratación Directa.con la Empresa: Arkeos Consultorías, RLD. Monto: ¢16.731.876.00 Nos referimos al Oficio s/n del 16 de febrero del año en curso en donde se nos informa que el Consejo Nacional de Concesiones promovió la Licitación Pública Internacional nº 01-98 para la concesión de la carretera San José- Caldera, bajo la modalidad de contratación administrativa autorizada por la Ley General de Concesión de Obra Pública con servicios públicos. Entre otros aspectos se nos indica que el proyecto ha contado con los estudios técnicos necesarios para este tipo de inversiones, incluyendo un amplio estudio arqueológico. Se nos menciona que el primer estudio arqueológico del derecho de vía del proyecto San José- Caldera se realizó en 1998 dentro del estudio de Impacto Ambiental desarrollado por Convenio suscrito entre el MOPT y FUNDEVI (UCR). Se nos señala que con fundamento en las recomendaciones del estudio de Impacto Ambiental y tomando en consideración las especificaciones del Cartel de Concesión, el Consejo Nacional de Concesiones financió un nuevo proyecto. Nos informan que para ello se contó con recursos con un monto de ¢ 50.000.000.00 ( CINCUENTA MILLONES DE COLONES) que fueron depositados en FUNDEVI bajo el marco técnico jurídico del “ Convenio para la elaboración de estudios de Impacto Ambiental y estudios arqueológicos entre el MOPT y FUNDEVI”. Se nos indica que a estos recursos se sumaron ¢ 25.188.850 ( VEINTE. Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA COLONES) aportados por medio de la FUNDACIÓN DE COOPERACIÓN ESTATAL (FUCE). Se nos informa que mediante el segundo estudio efectuado se determinó que el sitio con mayores rasgos culturales es el denominado PAN DE AZÚCAR, el cual se encuentra localizado en Concepción de Atenas. 2 En concordancia con lo anterior y manifestándonos la necesidad de ejecutar la obra pública a la mayor brevedad posible solicitan autorización para contratar en forma directa al mismo equipo de arqueólogos con los que han venido realizando los trabajos en el sitio. Una vez analizado el documento de solicitud y con fundamento en lo establecido en el artículo 83 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, estima esta División de Asesoría y Gestión Jurídica que no se han dado suficientes razones para otorgar la solicitud que se plantea en los términos pretendidos es decir con una empresa determinada, obviando un proceso de contratación que permita mayor participación. Atentamente, Lic. José Antonio Solera Víquez Gerente Asociado Mg. Marta María Vinocour Fornieri Fiscalizadora MMVF/ds NI: 3927 Autorizaciones, aprobaciones y certificaciones