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Resolución N°2775/11 ///Plata, 12 de octubre de 2011. SPL 004/10 Alcance I N.E 778/11 VISTA: La solicitud efectuada por la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mar del Plata, respecto a la asignación del espacio correspondiente al subsuelo del inmueble sede de ese Tribunal en calle Falucho n° 2330, chalet "Los Gobelinos", donde se encuentran depositados expedientes correspondientes al fuero penal, tramitados conforme el régimen del decreto Ley 3589 derogado. Los fundamentos esgrimidos por la Cámara citada, vinculados con las necesidades edilicias y la urgencia de recuperar los espacios cedidos transitoriamente para la guarda de los expedientes penales, hace aproximadamente ocho años. Y CONSIDERANDO: Que en principio es necesario señalar, que como consecuencia de las actuaciones oportunamente sustanciadas por expte. 3001-260/07 de la entonces Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales, se adoptaron una serie de medidas de seguridad tendientes a preservar el material depositado en el edificio "Los Gobelinos", en virtud de la presentación efectuada por el Juzgado Federal n° 1 de Mar del Plata, en los autos caratulados "Secretaría de Derechos Humanos s/ Denuncia" (n° 17.521), (ver Res. 862/07- Pte-). Que en función de ello, toda decisión que en relación al traslado del material se concrete, debe comprender dichas medidas de seguridad. Que habiendo intervenido la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios y la Subsecretaría de Control de Gestión, en marco del Programa de relevamiento, organización y destrucción de expedientes (PRODE) implementado por Resolución n° 768/10 y 1061/11, emitieron opinión favorable para dar curso a la mudanza de los expedientes, proponiendo que aquellas causas pertenecientes al ex Juzgado de Transición n°l, se ubiquen en un lugar del Archivo Departamental de Mar del Plata, trasladando el resto de los expedientes del fuero al inmueble que ocupa el PRODE en la calle Tucumán n° 3458. Que la Dirección General de Receptorías de Expedientes y Archivos ha prestado su consentimiento para efectivizar la propuesta. Que a los fines de llevar a cabo la tarea, corresponde que previamente se reacondicionen los lugares de la sede del PRODE, distribuyendo los puestos de trabajo y 1 colocando estanterías adecuadas donde quedarán resguardados los expedientes, para su posterior análisis en los términos del Acuerdo 3168. Que es menester intervenga la Secretaría de Administración, a través de la Delegación pertinente, para que tome los recaudos necesarios para proceder a la mudanza, traslado de las causas y -fundamentalmente- la instalación de las medidas de seguridad en los nuevos destinos, conjuntamente con la Delegación de Arquitectura. Que asimismo, los agentes y funcionarios que integran el Programa PRODE, deberán realizar inventarios previos de los legajos de expedientes penales a trasladar, tanto los que ingresarán como depósito al Archivo (causas del ex Juzgado de Transición n° 1) como de las que reservarán en el Edificio sede de sus funciones. Que en consecuencia y no existiendo objeciones para proceder conforme lo reseñado, resulta necesario dar curso a la propuesta, debiendo comunicarse -con la pertinente antelación- a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia y a las Cámaras de Apelación de Mar del Plata lo aquí dispuesto. POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones, RESUELVE Artículo 1°: Autorizar el traslado de los expedientes del fuero penal, tramitados por ante el régimen del decreto Ley 3589 (transición), los que se encuentran depositados en el inmueble de calle Falucho n° 2330 (chalet "Los Gobelinos" de la ciudad de Mar del Plata), disponiendo que los legajos de causas que tramitaran ante el ex Juzgado de Transición n°l se depositen en el Archivo Departamental y el resto de los legajos se conserven en el Edificio de calle Tucumán n° 3458 Artículo 2°: A los fines de llevar a cabo el traslado, se encomiendan las siguientes actividades previas: a) El personal que integra el Programa de relevamiento, organización y destrucción de expedientes, deberá relevar los legajos de causas a trasladar, realizando un inventario para constancia, bajo la coordinación y monitoreo de la Subsecretaría de Control de Gestión. b) La Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios adoptará las medidas para culminar la tarea de reacondicionamiento de los espacios del inmueble de calle Tucumán, además de proceder a la colocación de las estanterías necesarias. Asimismo verificará las instalaciones del Archivo Departamental para la ubicación de los legajos del Juzgado de Transición n° 1, realizando las reparaciones que se requieran. 2 c) La Secretaría de Administración preverá la mudanza y traslado de los legajos, conjuntamente con la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios y las medidas de seguridad indispensables para colocar en el edificio sede del PRODE. d) El personal del Archivo departamental y el personal del PRODE ejecutarán las tareas de ubicación y control de los expedientes depositados, los que quedarán bajo custodia del funcionario letrado que se encuentra a cargo de cada una de esas dependencias. Artículo 3°: Hacer saber –con la debida antelación- lo aquí resuelto a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y a las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal y en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata, a los fines que tomen la intervención que para el caso pueda corresponder. Artículo 4°: Regístrese y comuníquese. FIRMADO: EDUARDO JULIO PETTIGIANI, EDUARDO NESTOR de LAZZARI, HECTOR NEGRI, DANIEL FERNANDO SORIA, JUAN CARLOS HITTERS, LUIS ESTEBAN GENOUD, HILDA KOGAN, NESTOR TRABUCCO Secretario. 3