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Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 1 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Contenido 1. INTRODUCCION ......................................................................................... 4 2. ANTECEDENTES ........................................................................................ 4 3. JUSTIFICACION .......................................................................................... 5 4. EJECUTORES DEL PROGRAMA ............................................................... 6 4.1. Elaboración del protocolo de vigilancia ......................................................... 6 4.2. Recepción de denuncias de casos compatible con rabia .............................. 6 4.3. Investigación y seguimiento de casos compatible con rabia ........................ 6 4.4. Toma de Muestras......................................................................................... 6 4.5. Diagnóstico Laboratorial ................................................................................ 6 4.6. Aplicación de medidas sanitarias .................................................................. 7 5. ALCANCE .................................................................................................... 7 5.1. COBERTURA DEL PROGRAMA .................................................................. 7 5.2. Población a riesgo ......................................................................................... 7 6. Tiempo .............................................................................................................. 7 7. OBJETIVOS ................................................................................................. 7 7.1. Objetivo General............................................................................................ 7 7.2. Objetivos específicos..................................................................................... 7 8. ENFERMEDAD A VIGILAR ......................................................................... 8 8.1. Nombre de la enfermedad ............................................................................. 8 8.2. Historia natural de la enfermedad ................................................................. 8 8.3. Agente etiológico ........................................................................................... 8 8.3.1. TAXONOMÍA .......................................................................................... 8 8.3.2. ESTRUCTURA ....................................................................................... 9 © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 2 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 8.3.3. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General PROPIEDADES FÍSICO-QUÍMICAS ......................................................... 9 8.3.4. COMPOSICIÓN ANTÍGENICA ............................................................. 10 8.4. Huéspedes, vectores, reservorios y vías de transmisión............................. 10 8.5. Mecanismos de transmisión ........................................................................ 11 9. DEFINICION DE CASO ............................................................................. 12 9.1. Caso sospechoso ........................................................................................ 12 9.2. Caso positivo ............................................................................................... 12 9.3. Caso negativo ............................................................................................. 12 10. ESTRATEGIAS PARA LA VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO EPIDEMIOLOGICO 12 10.1. Bases legales y reglamentarias ............................................................... 12 10.2. Sistema de información y notificación ...................................................... 14 10.2.1. Reporte de Sospecha de Enfermedad............................................... 14 10.2.2. Seguimiento de casos clínicamente compatibles con Rabia ............. 14 10.2.3. Toma y envío de muestras al Laboratorio ......................................... 15 10.2.4. Registro en el SIVE ........................................................................... 15 10.2.5. Diagnóstico Laboratorial .................................................................... 15 10.2.6. Resultado Laboratorial....................................................................... 15 10.2.7. Entrega de Resultados ...................................................................... 15 10.2.8. Elaboración de Informes y Comunicaciones según el nivel que corresponda ...................................................................................................... 15 11. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA ............................................................... 16 11.1. Descripción de las características de la población huésped .................... 16 11.2. Tipo de Vigilancia ..................................................................................... 17 12. DIAGNOSTICO LABORATORIAL ............................................................. 17 © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 3 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 12.1. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Laboratorio designado para el proceso de las muestras .......................... 17 12.1.1. Laboratorio Nacional.......................................................................... 17 12.1.2. Laboratorio de Referencia ................................................................. 17 12.2. Muestras .................................................................................................. 18 12.2.1. Tipo de Muestras ............................................................................... 18 12.2.2. Descripción del método de la toma de muestras ............................... 18 12.2.3. Pruebas Laboratoriales a utilizar para el diagnóstico ........................ 19 13. CAPACITACION ........................................................................................ 21 14. EVALUACION Y SEGUIMIENTO .............................................................. 22 15. DEFINICIONES ......................................................................................... 22 16. ABREVIACIONES ...................................................................................... 23 17. Bibliografía ................................................................................................. 23 18. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS .................................................... 24 Manual de Procedimientos. Programa Nacional de Rabia ................................... 24 Anexo1-Formulario de Notificación de Denuncia .................................................. 24 Anexo 2-Formulario Hoja de Visita ........................................................................ 24 Anexo 3-Censo de Población ................................................................................ 24 Anexo 4-Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1) .............................................................................................................................. 24 Anexo5-Instructivo para la toma y envío de muestras para diagnóstico de EEB y Rabia. .................................................................................................................... 24 © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 4 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 1. INTRODUCCION La rabia es una enfermedad que presenta un período de incubación largo y un curso agudo y mortal, de distribución mundial y ataca a los animales de sangre caliente y transmitida por mordedura.(1) El crecimiento de la población así como la búsqueda de nuevas alternativas de vida, llevaron al hombre a ocupar áreas de trabajo inexploradas y a colonizar territorios ampliando cada vez más las fronteras agrícolas. Su expansión introdujo en la selva modificaciones en el equilibrio ecológico que están produciendo un ciclo de transmisión de la rabia distinto al original. En este nuevo ciclo, el hombre y el ganado compiten por espacio con algunos animales de la fauna silvestre que ocupan un lugar en la cadena epidemiológica de la enfermedad. En el pasado se conocían brotes esporádicos de rabia transmitidos por murciélagos hematófagos que afectaban al ganado y a pocas personas y que generalmente seguían el mismo patrón ecológico. Eran campesinos que iniciaron su actividad en tierras ganadas a la selva y donde la introducción del ganado favorecía el incremento de la población del vector por el aumento de la fuente de alimentación. Actualmente se producen brotes que afectan a muchas personas en Latinoamérica, observándose un patrón ecológico y epidemiológico diferente del clásico y una repercusión social que afecta a todos los niveles de la comunidad. La Rabia por su impacto sanitario y social, es una de las zoonosis de mayor importancia en América Latina y el Caribe. 2. ANTECEDENTES En 1981 se inició el Programa Nacional de Rabia Paralítica Bovina con la construcción y puesta en marcha del Laboratorio de Diagnóstico Veterinario en Barreal de Heredia, con una oficina y un pequeño Laboratorio, en el que se © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 5 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General realizaban únicamente las pruebas de Sellers, al día de hoy es el único laboratorio de rabia en el país. Se mantenía una pequeña reserva de vacunas antirrábicas y algunas redes de niebla, con lo que se le daba asistencia técnica a los ganaderos que solicitaban los servicios para disminuir la población de Desmodus rotundus en sus fincas, asimismo se atendían casos de denuncias por muerte de bovinos con sospecha de la enfermedad en todo el territorio nacional. En julio de 1985, se presentó un brote en el Valle de la Estrella, provincia de Limón, en el que murieron 145 bovinos, este evento sirvió para montar un programa sostenible y para capacitar a la mayoría de Médicos Veterinarios y Técnicos del MAG.(2) Hasta hoy, se han presentado 64 brotes de la enfermedad con una mortalidad de 830 bovinos. 3. JUSTIFICACION Las pérdidas económicas ocasionadas por la enfermedad y su vector en el país, alcanzan los quinientos millones de colones, pérdidas que se dan por: Muertes de bovinos por rabia Debilitamiento por pérdida crónica de sangre Baja conversión alimenticia Baja en la producción de leche Otras infecciones secundarias Depreciación de pieles Oclusión de canales galactóforos en cerdas de reproducción Una de las causas que incide en el desmejoramiento de la producción y productividad pecuaria son las enfermedades, y dentro de este grupo tiene especial importancia la rabia transmitida por el murciélago hematófago (vampiro).(3) © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 6 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 4. EJECUTORES DEL PROGRAMA 4.1.Elaboración del protocolo de vigilancia El coordinador del Programa Nacional de Rabia y la Unidad de Epidemiología son los responsables de analizar y actualizar el protocolo cada año o cuando se requiera. 4.2.Recepción de denuncias de casos compatible con rabia Direcciones Regionales y Técnicos del Programa Gusano Barrenador son responsables de recibir las denuncias de sospecha de enfermedad mediante el formulario de Notificación de Denuncia (Anexo 1) y el Médico Veterinario del Sector atenderá la misma. 4.3.Investigación y seguimiento de casos compatible con rabia Direcciones Regionales, los Médicos Veterinarios oficiales serán los responsables de dar seguimiento a la denuncia realizando el examen clínico del o los animales con sintomatología compatible. Ante la visita deberá utilizar los formularios Hoja de Visita (Anexo 2), Censo de Población (Anexo 3), y Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1, Anexo 4). 4.4.Toma de Muestras Es responsabilidad de los Médicos Veterinarios si se trata de animales con sintomatología compatible con Rabia Paralítica o de personal formado específicamente, para ello (técnicos), si el animal está muerto, de la toma y del envío de la muestra. Para la toma de muestras se utilizará el procedimiento para la toma y envío de muestras (Anexo 5) 4.5.Diagnóstico Laboratorial Es responsabilidad del Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios recibir y procesar la muestra de encéfalo y realizar la prueba de inmunofluorescencia directa, en aquellos casos en que exista duda del resultado obtenido con la técnica anterior, será necesario realizar la prueba biológica en ratones lactantes. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 7 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 4.6.Aplicación de medidas sanitarias Es responsabilidad de los Médicos Veterinarios oficiales del SENASA establecer los controles a nivel de la finca o sector para el manejo de los bovinos muertos y la comercialización de productos y subproductos, realizar la vacunación de población expuesta y tratar de controlar la población del vector. 5. ALCANCE 5.1.COBERTURA DEL PROGRAMA El Programa de Vigilancia Epidemiológica de la Rabia, abarcará todo el territorio de la República de Costa Rica. 5.2.Población a riesgo El programa incluirá todos a todas las especies productivas, silvestres y de compañía de la familia de los mamíferos. 6. Tiempo El presente protocolo será utilizado durante el año 2010, y se actualizará en diciembre del mismo año. 7. OBJETIVOS 7.1.Objetivo General Establecer las directrices para la vigilancia de la Rabia con el fin de determinar las medidas que se requieren para la detección, la prevención y el control de la enfermedad para reducir las pérdidas económicas y el riesgo de exposición de los seres humanos. 7.2.Objetivos específicos 7.2.1. Atención inmediata de todos los brotes de rabia a nivel nacional. 7.2.2. Vacunación de animales susceptibles y control de la población de vectores en los sectores con historial de la enfermedad. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 8 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 7.2.3. Fortalecimiento del diagnóstico laboratorial. 7.2.4. Educación sanitaria y capacitación del recurso humano 8. ENFERMEDAD A VIGILAR 8.1.Nombre de la enfermedad Rabia. 8.2.Historia natural de la enfermedad La Rabia es una de las enfermedades más antiguas, aunque hay evidencias fósiles de la existencia de murciélagos hematófagos, relatos de la conquista de América, la transmisión de la enfermedad por estos animales comenzó a sospecharse durante la ocurrencia de brotes de una enfermedad paralítica en bovinos que habían sido mordidos por vampiros en Brasil en 1907 y 1908. Carini, del Instituto Pasteur de Sao Paulo, Brasil, en 1911 identificó los corpúsculos de Negri en el cerebro de un bovino y usando material encefálico reprodujo la enfermedad en conejos, comprobando de esta forma la relación de este vector con la rabia en bovinos. Desde entonces, se han reportado numerosos casos de rabia transmitida por vampiros en el ganado, caballos y aún en el hombre en diferentes países de Latinoamérica. 8.3.Agente etiológico 8.3.1. TAXONOMÍA El agente causal de la rabia es un virus filtrable que pertenece a la familia Rhabdoviridae y al género Lyssavirus, este género comprende todas las cepas del virus rábico y otros cinco virus relacionados antigénicamente con el (Mokola, Duvenhage, Lagos Bat, Obodhiang y Kotonkan). © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 9 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Pasteur distinguió dos tipos de virus rábico: el virus natural o virus de la calle y el virus fijo o de laboratorio. El virus calle se aisla de animales infectados en ciclos de transmisión natural, principalmente de los perros y gatos en las áreas urbanas y de los zorros, coyotes, mangostas y quirópteros en las áreas silvestres, produce un período de incubación prolongado y variable, invade las glándulas salivales y en el cerebro induce la formación de corpúsculos de Negri. El virus fijo que deriva del anterior, es una variante de laboratorio que se obtiene mediante pasajes intracerebrales seriados que provocan períodos de incubación más cortos de 4 a 7 días no produce corpúsculos de Negri y no invaden glándulas salivales.(4) 8.3.2. ESTRUCTURA El virus de la rabia tiene forma de un cilindro alargado con un extremo cónico y otro plano, lo que se asemeja a una bala de fusil. La partícula del virus mide aproximadamente 180 nm de longitud por 75 nm de diámetro, constituido básicamente por una molécula de ARN rodeada por una cápside en la cual se identifican 3 proteínas: un polipeptido fosforilado “N” que es su componente mayoritario, otro llamado “L” de alto peso molecular y baja concentración, y por último la proteína “NS” (no estructural), de la cual se pueden generar dos fracciones, un componente altamente fosforilado y otro con menor grado de fosforilación. El ARN y la cápside están cubiertos por una envoltura de naturaleza lipoproteíca en la cual se destacan dos capas lipídicas. 8.3.3. PROPIEDADES FÍSICO-QUÍMICAS El virus de la rabia es un microorganismo muy sensible a la acción de los agentes físicos y químicos, en pocos minutos se inactiva por acción de los ácidos y las bases fuertes, la luz solar, la radiación ultravioleta, los cambios de pH y la temperatura. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 10 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Es resistente in vitro a todos los antibióticos y quimioterápicos de uso en medicina humana y animal. 8.3.4. COMPOSICIÓN ANTÍGENICA El virus de la rabia tiene dos grupos antigénicos principales, uno en la superficie y otro en el interior de la partícula. Los primeros son específicos y han permitido agrupar a los virus en serotipos, los cuales han servido de base para diferenciar cepas. El antígeno de superficie es la glicoproteína que forma las espículas y que induce la formación de anticuerpos demostrables por neutralización y hemaglutinación indirecta. Este antígeno induce una respuesta protectora que confiere inmunidad frente a nuevas inoculaciones de virus rábico. La glicoproteína de las espículas presenta 3 o 4 sitios antigénicos principales a los cuales se unen los anticuerpos neutralizantes. Estos puntos, llamados epitopes, cumplen de esa manera una función decisiva en la protección. La nucleoproteína es el grupo antigénico que se encuentra en el interior del virus. Induce la formación de anticuerpos que se ponen de manifiesto mediante técnicas de precipitación, inmunofluorescencia y fijación del complemento. Estos anticuerpos son específicos de grupo y por lo tanto son comunes a todas las cepas de virus de la rabia. 8.4.Huéspedes, vectores, reservorios y vías de transmisión Los animales susceptibles de padecer la rabia, son todas las especies de sangre caliente, incluido el hombre, mostrando una sensibilidad bastante variada ante la infección, diferenciándose los muy susceptibles: carnívoros de la fauna silvestre, gatos y bovinos, los medianamente susceptibles: perros, caballos y primates y los poco susceptibles: el zorrillo y el hombre. Perros: La rabia canina es una de las zoonosis más importantes en el mundo, entre los carnívoros la enfermedad es transmitida mediante la mordedura, a través de la © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 11 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General saliva infectante, el 74% de los perros muertos de rabia, presentan el virus en las glándulas salivales. Bovinos: La rabia en bovinos es transmitida por el murciélago hematófago y se encuentra distribuido en amplias regiones del área tropical de América.(5) Epidemiológicamente, la rabia puede dividirse en dos grupos, la Rabia Urbana cuyo ciclo lo integran fundamentalmente el perro como especie reservorio y el hombre como especie que cierra este ciclo y la Rabia Silvestre, en la que intervienen varias especies animales, según el nicho ecológico y geográfico de que se trate. El murciélago vampiro Desmodus rotundus es el que más frecuentemente se encuentra involucrado en la transmisión de la Rabia Paralítica Bovina y a los humanos. Estos adquieren la infección por mordeduras en las peleas dentro o fuera de los refugios. En condiciones normales, los vampiros pueden excretar el virus en la saliva por 10 o más días antes de presentar signos clínicos y morir. Durante este período, la transmisión de la rabia ocurre cuando el murciélago muerde un huésped susceptible. 8.5.Mecanismos de transmisión La rabia habitualmente se transmite por vía transcutánea debido a las mordeduras de un animal rabioso que inocula junto con su saliva, el virus contenido en las glándulas salivales. Además de esta puerta de entrada casi exclusiva se han observado otras vías de poca importancia epidemiológica, entre las cuales se pueden citar las vías epidérmica, digestiva, respiratoria y el trasplante de órganos. Desde el sitio de entrada el virus procede a infectar a la célula nerviosa del área, viaja por vía nerviosa hasta llegar al encéfalo. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 12 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 9. DEFINICION DE CASO 9.1.Caso sospechoso Cuando el animal se separa del hato, presenta cierta inquietud, incoordinación, dificultad para caminar y se inicia una parálisis ascendente del tren posterior que se va acentuando hasta que este permanece echado en el suelo en decúbito ventral y aunque trate de levantarse no puede hacerlo, se observa torsión de cuello y por último muere en esa posición. Basados en estos signos clínicos se debe sospechar de rabia, hasta que un diagnóstico laboratorial sea dado. 9.2.Caso positivo Animales con resultado positivo a rabia por inmunofluorescencia o prueba biologica, realizada en el Laboratorio Nacional de Diagnóstico Veterinario (LANASEVE) o un laboratorio de referencia 9.3.Caso negativo Animales con resultado negativo a rabia por inmunofluorescencia o prueba biologica, realizada en el Laboratorio Nacional de Diagnóstico Veterinario (LANASEVE) o un laboratorio de referencia 10. ESTRATEGIAS PARA LA VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO EPIDEMIOLOGICO 10.1. Bases legales y reglamentarias Derecho a la Salud: El artículo 21 de la Constitución Política de la República de Costa Rica regula el Derecho a la Vida, del cual se deriva el Derecho a la Salud, en concordancia con el amplio desarrollo que sobre el particular ha realizado la Sala © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 13 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Constitucional en su jurisprudencia. Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Asimismo, el artículo 46 de la Constitución Política contempla el derecho a la protección de la salud de los consumidores. Competencia para aplicar medidas sanitarias sobre la actividad comercial: El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias aprobado por Ley Nº. 7475, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº. 245, del 26 de diciembre de 1994, reconoce la potestad del Estado costarricense de adoptar las medidas necesarias para proteger la salud de sus habitantes y la de sus animales, entre otras. En igual sentido, la Ley de Ejecución de los Acuerdos de la Ronda Uruguay de Negociaciones Multilaterales Nº. 7473 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 246 del 27 de Diciembre de 1994, en su artículo 8, establece que corresponderá a los Ministerios de Salud y de Agricultura y Ganadería aplicar lo concerniente a las medidas sanitarias y fitosanitarias que incidan directa e indirectamente en el comercio. Aplicación Obligatoria de Medidas Sanitarias: La Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, creado mediante la Ley N°8495, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°93 del 16 de mayo de 2006, regula lo relativo a la aplicación de medidas sanitarias de prevención y control de las enfermedades. En éste sentido, declara de interés público y de aplicación obligatoria, las medidas sanitarias establecidas en la ley y todas aquellas que promueven el mejoramiento de la producción animal y su directa repercusión en la salud del hombre. Designa al Servicio Nacional De Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería como la responsable de la ejecución de tales medidas. La declaración obligatoria de la enfermedad: El Decreto Ejecutivo Nº. 34669, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 156 del 13 de agosto de 2008, reforma el decreto Ejecutivo Nº. 14584 –A publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 120 del 24 de junio del 1983 y reafirma a la Rabia como una enfermedad de declaración obligatoria y de combate particular, además establece los requisitos, los mecanismos para su notificación y las sanciones administrativas por el incumplimiento de deberes. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 14 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología El control del Desmodus rotundus. Aprobado por: Director General Los ganaderos afectados pueden utilizar redes de niebla para controlar el vector en sus fincas por los Decretos Ejecutivos Nº. 24405 del 10 de julio de 1995 y su modificación Decreto ejecutivo Nº. 25170 del 11 de junio de 1996. Reglamento de la Estructura Organizativa del Servicio Nacional de Salud Animal: El Decreto Ejecutivo N° 34319-MAG, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 41 del 27 de Febrero del 2008, establece la estructura organizativa del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y crea los Programas Nacionales para el mejor cumplimiento de las competencias y funciones encomendadas La Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, creado mediante la Ley N°8495, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°93 del 16 de mayo de 2006. 10.2. Sistema de información y notificación 10.2.1. Reporte de Sospecha de Enfermedad Los funcionarios de las Direcciones Regionales y del Programa Gusano Barrenador, reciben las denuncias de los casos con sintomatología compatible con Rabia, mediante el formulario Registro de Notificación de Denuncia (Anexo 1) y envían al médico veterinario oficial encargado del sector dicha denuncia para su respectivo análisis. 10.2.2. Seguimiento de casos clínicamente compatibles con Rabia El Médico Veterinario oficial analiza la información de la denuncia y la clasifica según corresponda, si la denuncia clasifica para atención del caso, procede a darle seguimiento a la misma. Durante la visita procede a realizar el examen clínico del o los animales que presentan sintomatología compatible con rabia. Para esta visita deberá utilizar los formularios Hoja de Visita (Anexo 2), Censo de Población (Anexo 3) y Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1) (Anexo 4). © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 15 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 10.2.3. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Toma y envío de muestras al Laboratorio El Médico Veterinario si se trata de animales con sintomatología compatible con rabia o personal capacitado específicamente para ello (Técnicos), si el animal está muerto, procede a la toma y el envío de la muestra, según lo establecido en el “Procedimiento para la toma y envío de muestras” (Anexo 5). 10.2.4. Registro en el SIVE El Médico Veterinario oficial y/o técnico del SENASA, envía copia de la información recopilada al Jefe del Departamento de Registro de la Dirección Regional que corresponda, para la incorporación y registro de los eventos en la base de datos del “Sistema de Vigilancia Epidemiológica (SIVE)”. 10.2.5. Diagnóstico Laboratorial Las muestras son recibidas en el Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios del MAG, donde se les será asignado un número de identificación y se procesarán. 10.2.6. Resultado Laboratorial El jefe de Diagnostico de Rabia emite un resultado, el cual envía al Jefe de la Unidad de Servicios Generales del LANASEVE. 10.2.7. Entrega de Resultados El resultado se entrega o envía a la Dirección Regional donde corresponda y además entrega una copia al Director Técnico de la Unidad de Epidemiología, al Jefe de Operaciones Nacionales y al Coordinador del Programa de Rabia. 10.2.8. Elaboración de Informes y Comunicaciones según el nivel que corresponda Reporte semanal de los funcionarios de las Direcciones Regionales y del Programa Gusano Barrenador al Director de cada región del país, siguiendo los procedimientos e instrumentos definidos para este efecto. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 16 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 11. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA Ejercer vigilancia significa realizar investigaciones continuas sobre una población determinada, en el presente caso, sobre la población bovina en todo el territorio nacional con vistas a detectar la presencia de enfermedad lo más pronto posible a efectos de control sanitario. 11.1. Descripción de las características de la población huésped La descripción de las características de la población huésped se deberá centrar en los factores que puedan influir en la aparición de las enfermedades o estén asociados a ella. Para efectos de vigilancia de Rabia, es preciso conocer la estructura de la población susceptible en valores absolutos, caracterizada por grupos etáreos. En la tabla No. 1 se presentan los datos poblacionales de bovinos en Costa Rica derivados del censo realizado en el año 2000. Tabla No. 1 Caracterización de la población bovina de Costa Rica según rango de edad y sexo GRUPO ETAREO No. DE BOVINOS TOTAL SEGÚN SEXO © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 17 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General HEMBRAS MACHOS < de 12 meses 153.000 124.000 277.000 De 12 a 24 meses 154.000 133.000 287.000 >de 24 meses 649.000 145.000 794.000 TOTAL 956.000 402.000 1.358.000 Fuente: Censo Nacional, Gusano Barrenador, CORFOGA, MAG (2001) 11.2. Tipo de Vigilancia Vigilancia Pasiva La vigilancia pasiva consiste básicamente en la detección de animales con sintomatología nerviosa por parte de veterinarios o de los ganaderos, y que resiste a todo tratamiento, todas las denuncias referidas a mortalidad, enfermedad progresiva o aguda y sospechas clínicas en animales deberán ser atendidas. 12. DIAGNOSTICO LABORATORIAL 12.1. Laboratorio designado para el proceso de las muestras 12.1.1. Laboratorio Nacional Será el Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios de SENASA el responsable del diagnóstico de rabia a nivel nacional. 12.1.2. Laboratorio de Referencia En caso de tener problemas para detección de la especie transmisora, se podrá enviar al CDC Atlanta, Georgia, USA, para la caracterización del virus. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 18 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 12.2. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Muestras 12.2.1. Tipo de Muestras La muestra para el diagnóstico de rabia es el encéfalo completo, ya que se utiliza Asta de Amón, corteza cerebral, cerebelo y médula. 12.2.2. Descripción del método de la toma de muestras Todo animal que se sospeche que está enfermo de rabia no debe ser sacrificado, se debe mantener con vida en un lugar seguro para observar los síntomas y la evolución de la enfermedad. Para extraer el encéfalo de un animal, deben adoptarse las máximas medidas de seguridad aplicando una cuidadosa técnica operatoria y protegiendo las manos con guantes de autopsia de hule grueso y los ojos con anteojos especiales. La cabeza se separa del cuello entre el occipucio y el atlas, de tal forma que no quede ninguna vertebra, se sujeta e inmoviliza y con un cuchillo de disección o un bisturí se hace un corte a lo largo de la línea media del cráneo atravesando la piel, las fascias y los músculos, empezando por encima de los ojos hasta la base del cráneo. Se separan quedando expuesto el hueso, con una sierra, un escoplo de huesos o un cuchillo de carnicero, se realiza el corte a los dos lados del cráneo desde el agujero occipital hasta los huesos frontales, luego se unen los cortes longitudinales con una incisión transversal por la lámina del hueso frontal, inmediatamente por encima de los ojos y se levanta con una pinza y un escoplo el corte realizado. Para extraer el encéfalo del cráneo, se disecan las meninges y la tienda del cerebelo, luego se llega hasta la parte posterior seccionando el bulbo, los nervios craneales y la prolongación anterior del tálamo. Se extrae el encéfalo del cráneo con la ayuda de una espátula de madera y se deposita en una bandeja de cartón o una placa de Petri grande. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 19 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Luego se coloca en doble bolsa plástica, se cierra herméticamente y se identifica de forma clara y legible, se pone en una hielera si se va a enviar en un término de hasta 48 horas, si el tiempo de envío supera las 48 horas, la muestra debe ser inmersa en una solución salina con glicerina al 50%, sino fuese posible la refrigeración. 12.2.3. Pruebas Laboratoriales a utilizar para el diagnóstico Las pruebas que se utilizan para el diagnóstico de rabia recomendadas en el capítulo 2.2.5 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de DIE y por la OPS son: 12.2.3.1. La técnica de anticuerpos fluorescentes Es una prueba diagnóstica en la que para detectar la reacción antígeno anticuerpo, se usa como indicador una sustancia fluorescente o fluorocromo unida al anticuerpo. Esta sustancia es visualizada en el microscopio al ser excitada por la luz ultravioleta. El fluorocromo usado para marcar los anticuerpos antirrábicos es el isotiocianato de fluoresceína y el anticuerpo marcado es el conjugado. Si se coloca el conjugado sobre antígeno rábico, impresión de cerebro de un animal rabioso, se puede detectar el complejo antígeno-anticuerpo observando la impresión en un microscopio para fluorescencia. El antígeno rábico unido al conjugado aparecerá marcado de color verde manzana o verde amarillento. Con tijeras y pinzas de disección, se corta un trozo de cerebro de medio centímetro de la porción del trígono olfatorio, se coloca en una paleta y se extiende de manera que quede pegado a éste con el corte hacia arriba, se toma un portaobjetos y se hace una impresión de unos 2 cm de diámetro aproximadamente, todo esto se hace por duplicado, se deja fijar en acetona por 10 minutos. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 20 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Se deja secar durante 30 segundos, tomar un palillo con barniz o lápiz de cera y se hacen círculos de 1 cm de diámetro para delimitar el margen de observación y no desperdiciar los conjugados. Se aplica el CVS (Conjugado de virus estándar), en el círculo de la orilla y el CSN (Conjugado en Suspensión Normal) en el otro círculo. Se meten en una cámara de humedad los portaobjetos y esta a la estufa a 37 grados centígrados durante 30 minutos. Se sacan y se enjuagan con solución salina amortiguadora (Ph 7.4) durante 10 minutos y se secan. Se pone glicerina fosfatada al 50% (pH 7.6) a las impresiones y se observan el microscopio de luz ultravioleta. Se examina primero la impresión positiva dado que la suspensión tiene cerebro de ratón normal, el conjugado estará libre para teñir el antígeno rábico en la impresión y aparecerán como inclusiones o polvo fino color verde. Luego la impresión testigo positivo, dado que el antígeno rábico está presente en esta suspensión, el conjugado antirrábico es absorbido y no está disponible para teñir el antígeno rábico presente en la impresión por lo que no debe observarse material verde fluorescente. Se observan las impresiones testigo negativas en el mismo orden, ninguna debe tener fluorescencia. Si los controles negativos y positivos aparecen satisfactorios, se procede a observar las impresiones recibidas para el diagnóstico . Una interpretación positiva puede hacerse solo cuando el color verde característico se ve en la impresión teñida con el CRN pero no se ve en la teñida con CVS. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 21 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General De esta manera, la prueba cuenta con un control para determinar la especificidad de la tinción. Se observan partículas de color verde manzana o amarillo verdoso, dotadas de una fluorescencia brillante, su tamaño es muy diverso, a veces minúsculo apenas visibles (polvo viral) mientras que otros son, por sus dimensiones comparables a los corpúsculos de Negri.(6) 12.2.3.2. Prueba Biológica Se preparan emulsiones individuales de cada cerebro con suero Bovino Fosfatado estéril (8.5 ml), se agregan 1000 UI de Penicilina Potásica y 1 mg de Dihidro Estreptomicina/ml. Sus emulsiones se centrifugan por 10 minutos a 2500 rpm y se inocula un grupo de 8 ratones lactantes de 15 a 21 días de edad por vía intracraneana con dosis de 0.03 ml. Se observan diariamente por 21 días, no se toman en cuenta los muertos durante los primeros 3 días. Los que mueran en adelante, se les corre la prueba de anticuerpos fluorescentes. 13. CAPACITACION Un programa de educación en salud, en el área de rabia debe ser constante, estimulando la adopción de medidas de prevención. Se debe capacitar a médicos veterinarios oficiales y privados, ganaderos y público en general. Es importante contar con material divulgativo como folletos y carteles, integración con establecimientos públicos y privados de enseñanza para incentivar la vacunación y la necesidad de controlar las poblaciones de Desmodus rotundus, la notificación de refugios y de casos sospechosos de la enfermedad, con el fin de adoptar las medidas de prevención específicas. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 22 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia 14. Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General EVALUACION Y SEGUIMIENTO Este Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia será revisado una vez al año o cuando cambie el estatus de la enfermedad en el país. 15. DEFINICIONES Especie doméstica de interés económico: Especie de animal cuya reproducción, vida y explotación están controladas por el hombre Exposición: Acción por la cual una persona o animal susceptible entra en contacto directo con un ambiente que contiene virus activo de la rabia Foco: Área geográfica donde se localizan los casos de rabia Finca: Lugar donde se agrupan animales de interés económico, bajo un manejo común y destinados al abasto Herida: Lesión en que se presenta solución de continuidad Infección: Situación que se presenta cuando el virus de la rabia ha penetrado al organismo de una persona o animal. Murciélago hematófago: Quiróptero que se alimenta exclusivamente de sangre de animales domésticos y silvestres, inclusive del hombre. Prevención: Conjunto de procedimientos sanitarios, destinados a proteger al hombre y animales de una infección del virus rábico Producto Vampiricida: Cualquier producto químico elaborado con anticoagulante para la eliminación del murciélago hematófago. Rabia: Enfermedad infecto contagiosa, aguda y mortal, que ataca el sistema nervioso central, provocada por un virus del género lyssavirus y de la familia rhabdoviridae. Transmitida al hombre o animales por la saliva de algún animal enfermo o material contaminado. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 23 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General Reservorio: Cualquier animal donde normalmente vive y se multiplica el virus de la rabia y del cual depende para su supervivencia, donde se replica de manera que pueda ser transmitido a un huésped susceptible. Sospechoso: Persona o animal cuyos síntomas y signos indican que posiblemente padece o está desarrollando la enfermedad Vacunación: Administración de antígenos rábicos a una persona o animal en la dosis adecuada con el propósito de inducir la producción de anticuerpos contra la rabia a niveles protectores. Vigilancia Epidemiológica: Estudio sistemático de cualquier aspecto relacionado con la manifestación y propagación de la rabia para su control eficaz. Zoonosis: Enfermedades que de una manera natural se transmiten entre los animales vertebrados y el hombre. 16. ABREVIACIONES SENASA: Servicio Nacional de Salud Animal 17. Bibliografía 1 Acha P.N & Szyfres B. Zoonosis y enfermedades transmisibles al hombre y a los animales. OPS. 1986 2 L. Vargas A., VH. Sancho. Rabia Paralítica Bovina en el Valle de la Estrella. Descripción y análisis de un brote. Ciencias Veterinarias. Vol XII. No. 1. 1990 3 Alfonso Ruiz. Epidemiología de la rabia trasmitida por vampiros. OPS. 1991. 4 OPS. Guía para el tratamiento de la rabia en el hombre. Publicación Técnica. 1994 5 Correa G.P., Aspectos Generales de la Rabia en Humanos y en las especies domésticas. Ed. R. Flores C. 1998 © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Rige a partir de: PROGRAMA NACIONAL DE RABIA 01/01/2010 Código: PN-RABIA-MC-PV-01 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de Rabia Versión 01 Página 24 de 24 Elaborado por: Programa Nacional Rabia Revisado por: Unidad de Epidemiología Aprobado por: Director General 6 Secretaría de Salud. Instituto de Diagnóstico y Referencias Epidemiológicas: Manual de Técnicas de Diagnóstico de Rabia. México DF, 1991. 7 La Rabia en las diferentes especies, sus transmisores y su control. 1 Edición. Flores Crespo. 1998. 18. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Manual de Procedimientos. Programa Nacional de Rabia Anexo1-Formulario de Notificación de Denuncia Anexo 2-Formulario Hoja de Visita Anexo 3-Censo de Población Anexo 4-Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1) Anexo5-Instructivo para la toma y envío de muestras para diagnóstico de EEB y Rabia. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada