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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO G/TBT/N/CRI/121 27 de julio de 2011 (11-3820) Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio Original: español NOTIFICACIÓN Se da traslado de la notificación siguiente de conformidad con el artículo 10.6. 1. Miembro que notifica: COSTA RICA Si procede, nombre del gobierno local de que se trate (artículos 3.2 y 7.2): 2. Organismo responsable: Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica. Nombre y dirección (incluidos los números de teléfono y de telefax, así como las direcciones de correo electrónico y sitios Web, en su caso) del organismo o autoridad encargado de la tramitación de observaciones sobre la notificación, en caso de que se trate de un organismo o autoridad diferente: Centro de Información de Obstáculos Técnicos al Comercio Ministerio de Economía, Industria y Comercio- MEIC Apartado Postal. 10216-1000 Teléfono: +(506) 2291-2115, ext. 206 Telefax: +(506) 2291-2015 Correo Electrónico: crotc@meic.go.cr 3. Notificación hecha en virtud del artículo 2.9.2 [ X ], 2.10.1 [ ], 5.6.2 [ ], 5.7.1 [ ], o en virtud de: 4. Productos abarcados (partida del SA o de la NCCA cuando corresponda; en otro caso partida del arancel nacional. Podrá indicarse además, cuando proceda, el número de partida de la ICS): ICS 77.140 5. Título, número de páginas e idioma(s) del documento notificado: RTCR 452: 2011 Barras y alambres de Acero de Refuerzo para Concreto. Especificaciones. (16 páginas en español). 6. Descripción del contenido: El presente reglamento se aplica a las barras de acero de construcción indicados a continuación que se fabriquen en el país o se importen para su comercialización en el territorio nacional: 2.1. Barras de acero al carbono lisas y corrugadas para refuerzo de concreto. 2.2. Barras de acero de baja aleación lisa y corrugada para refuerzo de concreto. 2.3. Alambre de acero al carbono grafilado para refuerzo de concreto. Asimismo, establecer las características y especificaciones técnicas para las barras y alambres de acero empleadas como refuerzo de concreto. . /. G/TBT/N/CRI/121 Página 2 7. Objetivo y razón de ser, incluida, cuando proceda, la índole de los problemas urgentes: Salvaguardar la vida y la integridad humana. 8. Documentos pertinentes: - 9. ASTM A 615: Standard Specification for Deformed and Plain Carbon-Steel Bars for Concrete Reinforcement. ASTM A 706: Standard Specification for Low-Alloy Steel Deformed and Plain Bars for Concrete Reinforcement. ASTM A 496: Standard Specification for Steel Wire, Deformed, for Concrete Reinforcement. Norma INTE 06-09-02: Especificación normalizada para barras de acero de baja aleación lisas y corrugadas para refuerzo de concreto. Norma INTE 06-09-03: Especificación para alambrón deformado para refuerzo de concreto. Norma INTE 06-09-04: Método de Ensayo de Tracción para barras de acero al carbono. Norma INTE 06-09-05: Método de Ensayo de Doblado para barras de acero al carbono. Fecha propuesta de adopción: A la fecha de su publicación en el Diario Oficial La gaceta. Fecha propuesta de entrada en vigor: Rige tres (3) meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 10. Fecha límite para la presentación de observaciones: 60 días a partir de la fecha de notificación. 11. Textos disponibles en: Servicio nacional de información [X] o dirección, números de teléfono y de telefax, correo electrónico y dirección del sitio Web, en su caso, de otra institución: Centro de Obstáculos Técnicos al Comercio OTC Punto de Contacto O.M.C.: crotc@meic.go.cr San José, Costa Rica Tel.: (+506) 2291-2115, ext. 206 Fax: (+506) 2291 2015 Texto completo del documento: http://members.wto.org/crnattachments/2011/tbt/CRI/11_2455_00_s.pdf