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ALESSANDRO BARATTA CRIMINOLOGIA CRITICA Y CRITICA DEL DERECHO PENAL Los efectos del sistema entendido como aspecto “institucional” de la reacción al comportamiento desviado y del control social correspondiente Comportamientos normativos que consisten en la formación y en la aplicación de un sistema penal dado Objetivos de la Sociología Jurídicopenal a) Las reacciones no itt. al comportamiento desviado, entendidas como un aspecto integrante del control social correspondiente. b) A las conexiones e/ un sistema penal dado y la correspondiente ett. económ-social Se plantean problemas en relación a la anterior definición Relación entre la sociología jurídico-penal con la sociología criminal Relación entre la sociología jurídico-penal y la sociología general SOCIOLOGÍA CRIMINAL Estudia el comportamiento desviado con significación penal, su génesis y su función dentro de la estructura social SOCIOLOGÍA JURIDICO-PENAL Estudia propiamente los comportamientos que representan una reacción ante el comportamiento desviado, los factores condicionantes y los efectos de esta reacción, así como las implicancias funcionales de la misma respecto de la ett social global Aún reconociendo esta delimitación, los límites se sobreponen necesariamente en lo que se refiere a la noción, constitución y función de la desviación, que pueden ubicarse en conexión estrecha con la función y los efectos estigmatizantes de la reacción social, tanto institucional como no institucional PERSPECTIVA MICROSOCIOLOGICA PERSPECTIVA MACROSOCIOLOGICA UNIDAD Delimita objetos específicos de indagación Define un horizonte explicativo e interpretativo dentro del cual se consideran los fenómenos singulares ALESSANDRO BARATTA “Los impulsos de renovación y profundización crítica no deben buscarse sólo en el seno de ella misma, sino además y sobre todo en la sociología general y en los otros sectores específicos de la sociología general y en los otros sectores específicos de la sociología con los cuales se relaciona nuestra disciplina, a saber, en la teoría del Estado, en la economía política, en la historia social, así como, en fin, en las tendencias y en los aportes específicos de las demás disciplinas jurídicas con lasque tiene relaciones más estrechas. ” (pág. 20)