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Estándares Internacionales para la Definición de una Política Migratoria Integral Jorge Peraza Breedy Organización Internacional para las Migraciones Seminario Taller “Propuesta de Lineamientos para una política migratoria integral e implicaciones y desafíos de la nueva Ley de Migración y Extranjería” Estructura de la Presentación 1. 2. 3. 4. Aspectos generales sobre políticas migratorias Prácticas efectivas sobre políticas migratorias (Iniciativa Berna, Agenda Internacional para la Gestión Migratoria) Autoridad y responsabilidad del Estado Derechos Humanos fundamentales, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y otros instrumentos internacionales Reto Fundamental de la Política Migratoria Marco Balanceado para la Gestión Migratoria Marco de Derechos Humanos Marco de Control Migratorio Definición de Políticas de Migraciones Internacionales Exige un proceso de decodificación de opiniones, actitudes, presiones internas y externas. La formulación requiere de una modalidad, un patrón migratorio en el cual se encuadra y la intencionalidad de sus objetivos. Es necesario estar consiente de los tres planos de definición: ideal - óptimo, real y posible; a su vez, ¿responde a elementos programáticos o coyunturales? Patrón Migratorio Direccionalidad (inmigración – emigración) Temporalidad Selectividad Voluntariedad Composición de las migraciones (socioculturalmente definida) Intencionalidad: retención, promoción, regulación, recuperación e incorporación. Fundamentos para la definición y desarrollo de políticas migratorias Derechos humanos del migrante y su familia (derecho a no migrar, derecho a la libre movilidad, derecho a la justicia social, derecho a su identidad cultural) Desarrollo económico Requerimientos de mano de obra Estructura social (aspectos demográficos, migraciones y seguridad política, migraciones y condiciones sociales, migraciones y delincuencia) Relaciones internacionales (compromisos internacionales, agendas binacionales o multilaterales, otros) Espacio físico (colonización, poblamiento) Medio ambiente Prácticas efectivas relativas a las políticas migratorias nacionales (1/3) Establecer políticas que consideren la migración de manera exhaustiva y equilibrada, considerando sus causas, manifestaciones y efectos. Políticas flexibles que respondan a las necesidades del mercado laboral, faciliten la reunificación familiar, satisfagan obligaciones humanitarias y encaren la seguridad interna. Políticas que induzcan a legislaciones que rijan la admisión, residencia, expulsión y nacionalización de extranjeros. Prácticas efectivas relativas a las políticas migratorias nacionales (2/3) Las políticas deben ir de la mano con un marco legal e instituciones transparentes, flexibles y consecuentes. Crear o reforzar estructuras administrativas de gestión de la migración y dotarlas de la capacidad suficiente para realizar las tareas asociadas al encauzamiento de la migración. Fomentar la coordinación entre las autoridades encargadas de las distintas etapas del proceso de migración. Prácticas efectivas relativas a las políticas migratorias nacionales (3/3) Elaborar políticas nacionales que tengan debidamente en cuenta los procesos regionales y subregionales sobre migración y sean consecuente con los mismos. Desarrollar políticas migratorias en estrecha consulta y colaboración con importantes interlocutores: sector privado, ONGs y otros miembros de la sociedad civil, a fin de fomentar la aceptación pública, la eficacia de las políticas y de promover la cohesión social. Autoridad y Responsabilidad del Estado (1/4 ) Es una máxima del derecho internacional que toda nación soberana tiene el poder, inherente a la soberanía, y esencial para la auto-preservación, de prohibir la entrada a foráneos dentro de sus dominios, o de admitirlos en tales casos y bajo tales condiciones que se consideren que prescriban. LOS ESTADOS SON LAS UNIDADES FUNDAMENTALES QUE EJERCEN LA AUTORIDAD EN ASPECTOS MIGRATORIOS Autoridad y Responsabilidad del Estado (2/4) Lo anterior implica: 1. Los estados acarrean la responsabilidad primaria para asegurar la salud, seguridad y bienestar económico de sus poblaciones, las cuales consisten ante todo sus ciudadanos. 2. Los estados basan, como en muchas otras áreas, sus intereses en materia migratoria con base en los medios para garantizar lo señalado en el anterior principio. Autoridad y Responsabilidad del Estado (3/4 ) Los estados tienen la autoridad continua de establecer sus propios criterios de admisión o estadía y a partir de allí, determinar quién va a ser incluido en la población que se beneficie de los esfuerzos del Estado en satisfacer las obligaciones primarias asociadas a los derechos humanos. No obstante, es raro que el Estado ejercite al máximo su poder teórico de detener la migración del todo – en el nuevo contexto, esto está asociado también a la cooperación internacional 3. Autoridad y Responsabilidad del Estado (4/4) Los Estados pueden moldear las políticas migratorias en términos de seguridad y objetivos políticos –no obstante, se llama la atención sobre acuerdos internacionales de derechos humanos, aplicables principalmente en aspectos relativos a la admisión y expulsión. Autoridad de Admisión y Exclusión Las políticas que gobiernan la admisión pueden variar considerablemente, entre ellas: Protección del mercado laboral Capacidad de autosostenibilidad Restricciones por causas de: salud, criminalidad, violaciones previas de leyes migratorias, seguridad nacional u orden público. Establecimiento de cuotas o números tope para ciertos tipos de admisión. (por ejemplo, estudiantes) Tratados bilaterales Desarrollo económico (requerimientos de mano de obra selectivos, turismo y globalización) Derechos Humanos Fundamentales (1/2) Derecho a la vida Prohibición contra genocidio Prohibición contra la esclavitud y/o comercio de esclavos Prohibición contra tortura u otro trato cruel, degradante o inhumano Prohibición contra detención arbitrariamente prolongada Prohibición contra una discriminación racial sistemática Derecho a la auto-determinación Derechos Humanos Fundamentales (2/2) Derecho a un trato humano durante detención Prohibición contra medidas penales retroactivas Igualdad ante la ley Derecho a la no discriminación Derecho a abandonar cualquier país y regresar al país de origen Principio de “non-refoulement” Obligaciones de los Migrantes No existe un cuerpo de leyes internacional que regule las obligaciones de los migrantes hacia el Estado receptor Los migrantes tienen la obligación de respetar la autoridad del Estado y cumplir con la legislación y los procedimientos operativos derivados de esta autoridad De acuerdo con el derecho internacional, los migrantes deben cumplir con la legislación nacional del Estado receptor Un país receptor no está obligado a aceptar prácticas que violan el derecho nacional o internacional Se pueden establecer prácticas para otorgamiento de ciudadanía, no necesariamente aplicables para regular la migración Principios de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1/4) Consideraciones: Vulnerabilidad Derechos humanos de los migrantes no son adecuadamente tomados en cuenta Impactos negativos de la migración en la familia y el tejido social Condiciones desfavorables de los migrantes irregulares Desalentar contratos de migrantes en situación irregular Protección universal Principios de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (2/4) Aplica a todos los trabajadores migratorios, sin ningún tipo de distinción Convención aplica durante todo el proceso de migración No discriminación en el reconocimiento de derechos Restricciones a la libre movilidad por: seguridad nacional, orden público, salud o moral públicas o derechos y libertades ajenos (en reconocimiento de otros derechos) Principios de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (3/4) Consideraciones generales: derecho a la vida, tortura o tratos degradantes e inhumanos, esclavitud o servidumbre, trabajos forzosos u obligatorios (excepto en casos de sentencias dictadas por tribunales por haberse cometido algún tipo de delito). Derecho a un trato no menos favorable que el que reciben los nacionales en aspectos de empleo y remuneración (por ejemplo, sindicalización) Derecho, en condiciones de empleo, de seguro social Acceso a educación y servicios de salud Identidad cultural Principios de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (4/4) Se debe cumplir con todas las leyes y reglamentos del Estado huésped Otros derechos para las personas en situación regular Disposiciones aplicables a categorías particulares de trabajadores migratorios y sus familiares (trabajadores fronterizos, de temporada, itinerantes, otros) Los Estados mantendrán servicios apropiados para atender cuestiones asociadas a la migración internacional Colaborar para impedir y eliminar los movimientos y empleo ilegales o clandestinos de migrantes en situación irregular Otros Instrumentos Internacionales (1/3) Convenio sobre los trabajadores migrantes –revisado (OIT, # 97, 1949) o Garantizar protección médica adecuada o Justa remuneración, vivienda, seguridad social, derecho de afiliación a organizaciones sindicales o Aspectos de permanencia por accidente (derecho a no retorno) o No aplica a trabajadores fronterizos o Derechos aplican a los familiares del trabajador migrante Disposiciones complementarias (Convenio # 143, 1975) o Suprimir migraciones clandestinas con fines de empleo y empleo de migrantes irregulares o Actuar en contra de los promotores de movimientos migratorios irregulares o Intercambio de información entre los estados o Aún si el ingreso ha sido en forma irregular, se respetarán los derechos laborales adquiridos o Igualdad de oportunidades y trato Otros Instrumentos Internacionales (2/3) Recomendación # 86, OIT, 1949 o o o o Brindar información a los migrantes sobre aspectos asociados a su inserción en el país de acogida Medidas para facilitar la migración Recomendaciones sobre intermediarios (reclutadores de trabajadores migrantes) Reunificación familiar Recomendación # 151, OIT, 1975 o o o Igualdad de oportunidades y trato Establecimiento de políticas sociales Empleo y residencia –extender plazos de estadía para encontrar nuevo empleo, por ejemplo Otros Instrumentos Internacionales (3/3) Declaración Universal de los Derechos Humanos Convención de los Derechos de la Niñez Convención contra la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos