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F.Ziad La autonomía del paciente ¿El paciente decide? Perspectivas históricas de la autonomía del paciente en la práctica médica F.Ziad Relación médico-paciente Muchos siglos Modelo vertical Tradición hipocrática ¿Si hay que conseguir Gira alrededor del médico Paternalismo médico La salud del enfermo a toda costa? Principio de la beneficencia * Genuino Testigo de * Solicitado Información Jehová * No Elemento accesorio. solicitado Información terapéutica EEUU Modelo horizontal Usuarios F.Ziad Relación médico-paciente EEUU Usuarios Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión CE 78 LGS de 1986 Principio de la autonomía Información Consentimiento informado Ley 41/2002 1995 F.Ziad Jurisprudencia “dio realidad legislativa al” El término “autonomía” Del griego: Significa literalmente “darse a sí mismo o regirse por normas propias” F.Ziad El principio de autonomía •Kant : La capacidad del sujeto para gobernarse por una norma que él mismo acepta sin coacción externa , una norma que debe ser universalizada por la razón humana. •Mill: La ausencia de coacción en la capacidad de acción y pensamiento del individuo. F.Ziad El principio de autonomía •Engelhardt: “Todo hombre merece ser respetado en las decisiones no perjudiciales a otros”. Llega a la formulación: “No hagas a otros lo que ellos no harían a si mismos y haz por ellos lo que te has puesto de acuerdo mutuamente en hacer”. F.Ziad Requisitos • Una acción autónoma no debe ser forzada. • La noción de autonomía supone que para poder tomar una decisión se necesita poseer opciones reales. • Para que la toma de decisiones sea autónoma, el paciente deberá poseer toda la información relevante. F.Ziad Relación médico-paciente • Modelo vertical • El médico cono eje de la situación. • Principio de beneficencia • La información pasa a un segundo plano. • Información terapéutica. • Modelo horizontal • El paciente como centro de decisión. • Principio de autonomía • La información pasa a primer plano. • Consentimiento informado. F.Ziad Normativas relacionadas con la autonomía del paciente • Ámbito Internacional • Ámbito estatal • Ámbito autonómico F.Ziad Ámbito Internacional • La Carta de las Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26 de julio de 1945. “Reafirmar su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”. F.Ziad Ámbito Internacional • Declaración Universal de Derechos Humanos del año 1948. o Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las N.U. o Ha sido punto de referencia obligado para todos los textos constitucionales promulgados posteriormente. F.Ziad Ámbito Internacional • Código de Nürenberg de 1946. o Una clara afirmación de que cualquier investigación debe tener en cuanta el verdadero consentimiento. o Que no basta con una libre aceptación de la participación en la investigación sino que , además , el que va a ser sometido a ella debe ser adecuadamente informado. F.Ziad Ámbito Internacional • El Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950. • Carta Social Europea de 8 de octubre de 1961 • Declaración de Helsinki de 1964(revisada en Tokio el año 1975). • Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 16 de diciembre de 1966. F.Ziad Ámbito Internacional Informe Belmont , 30 de septiembre de 1978 (Principios éticos y orientación para la protección de sujetos humanos en la experimentación) A. Límites entre práctica e investigación. B. Principios éticos básicos. o Respeto a las personas. C. Aplicaciones. o Consentimiento informado. F.Ziad Informe Belmont-1978 B. Principios éticos básicos. o Respeto a las personas. (dos convicciones): 1. Que todos los individuos deben ser tratados como agentes autónomos. 2. Que todas las personas cuya autonomía está disminuida tienen derecho a la protección. F.Ziad Informe Belmont-1978 C. o 1. 2. 3. Aplicaciones . Consentimiento informado. (tres elementos): Información: Compresión: Voluntariedad: F.Ziad Ámbito Internacional • La Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de la Dignidad del Ser Humano frente a las aplicaciones de la Biología y de la Medicina, del Consejo de Europa.(Convenio de Oviedo / 4 de abril de 1997). F.Ziad Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 • Ha entrado en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000. • Es el primer instrumento internacional con carácter jurídico vinculante para los países que lo suscriben. • Su especial valía reside en el hecho de que establece un marco común para la protección de los derechos humanos y la dignidad humana en la aplicación de la biología y la medicina. F.Ziad Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 • Capítulo I / Disposiciones generales: o Art. 2 Primacía del ser humano. “El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia”. • Capítulo II / Consentimiento: o Regla general. o Deseos expresados anteriormente. F.Ziad Ámbito Nacional • CE de 1978: o Art. 43.2 “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto”. F.Ziad Ámbito Nacional • CE de 1978: o Art. 51.2 “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos , en los términos que la ley establezca”. F.Ziad Ámbito Nacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : o Art. 9 “Los poderes públicos deberán informar a los usuarios de los servicios del sistema sanitario público o vinculado a él, de sus derechos y deberes”. F.Ziad Ámbito Nacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : o Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 5. “A que se le dé en términos comprensibles, a él y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento”. F.Ziad Ámbito Nacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : o Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 6. “A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención , excepto en los siguientes casos: F.Ziad Ámbito Nacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : a) Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública. b) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas a él allegadas. c) Cuando la urgencia no permita demoras por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento. F.Ziad Ámbito Nacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : o Art. 61 “En cada Área de Salud debe procurarse la máxima integración de la información relativa a cada paciente,.....” F.Ziad Ámbito Nacional • • • • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal. Ley 41/2002 ,de 14 de noviembre,la Ley de Autonomía. Ley 44/2003 de 22 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (art.5.e). Ley 55/2003 de 16 de diciembre , de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud(art.19). F.Ziad Ámbito autonómicas • • • • • Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril Aragón: Decreto 100/2003, de 6 de mayo C.Valenciana: Ley 1/2003 F.Ziad Ámbito autonómicas • Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre, sobre los derechos de información concernientes a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica. F.Ziad Ámbito autonómicas • Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes. F.Ziad Ámbito autonómicas • Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril, Capitulo III. Del respeto al derecho a la autonomía del paciente. art. 12.- El consentimiento informado. art. 15.- las voluntades anticipadas. F.Ziad Ámbito autonómicas • Decreto 100/2003, de 6 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y el funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas. F.Ziad Ámbito autonómicas • C.Valenciana: Ley 1/2003, de derechos e información al paciente dispone que “la información se facilitará con la antelación suficiente para que el paciente pueda reflexionar con calma y decidir libre y responsablemente, Y en todo caso, al menos 24h. antes del procedimiento correspondiente, siempre que no se trate de actividades urgentes......”. F.Ziad Relación médico-paciente EEUU Modelo vertical Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión ¿Vía intermedia? Principio de la autonomía Información Consentimiento informado ¿Es contrario a nuestra Cultura mediterránea y latina? F.Ziad ¿Doctor, si usted fuera yo, que haría? F.Ziad