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UNIVERSIDAD SALESIANA DE BOLIVIA UNIDAD 1: INTRODUCCIÓN Dra. Carla Paola Aparicio Barrenechea MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Palmieri 1964 “Conocimientos Médicos al servicio de las exigencias de la Justicia” MEDICINA LEGAL AUTOR Bonet 1980 DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL “Es el engranaje que permite proveer el ordenamiento jurídico de una sociedad, del sustrato biológico en que pueda sustentarse” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL José Torres Torrija “La aplicación de las ciencias médicas a la ilustración de los hechos investigados por la justicia” 1991 MEDICINA LEGAL AUTOR Rinaldo Pellegrini 1995 DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL "La disciplina médica que se propone el estudio de la personalidad fisiológica y patológica del hombre en lo que respecta al derecho". MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Fernando Verdú 2000 “Conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Fernando Verdú 2000 “Rama de la medicina que se encarga de aplicar los conocimientos médicos para las necesidades de la ley y la justicia” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Luis Hidalgo y Carpio 2000 "El conjunto de conocimientos en medicina y ciencias accesorias indispensables para ilustrar a los jueces en la aplicación o en la formulación de algunas de las leyes". MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Sociedad Chilena de Medicina Legal 2000 “Es la rama de la medicina que asesora sobre asuntos biológicos, físicos, químicos o patológicos al Poder Judicial, entidades administrativas del Estado y personas jurídicas que lo requieran” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Viera “La medicina legal es el Walter puente entre el pensar jurídico 2002 y el pensar biológico. Es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Sociedad Española de Medicina Legal, 2003 “La medicina legal es la disciplina que efectúa el estudio, teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o provisionales, con utilitaria aplicación propedéutica a estas cuestiones” MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Villanueva “Es la Ciencia que tiene por objeto el estudio de las cuestiones que se presentan en el ejercicio profesional del jurísta y cuya resolución se funda total o parcialmente, en ciertos conocimientos médicos o biológicos previos” 2006 MEDICINA LEGAL AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL Villanueva et all “Es el conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes como es su perfeccionamiento y evolución” 2006 MEDICINA LEGAL 1. NECESIDAD DE CONOCIMIENTOS Clínicos y biológicos para resolver ciertos problemas jurídicos, que de otra manera quedarían insolubles. MEDICINA LEGAL 2. FUNCION DOCTRINAL Que la Medicina aporta, al proporcionar conocimientos de naturaleza biológica y médica al continuo desenvolverse y perfeccionarse del Derecho. SON SINÓNIMAS?? MEDICINA LEGAL MEDICINA FORENSE AMBAS SE REFIEREN A LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS MÉDICOS Y BIOLÓGICOS EN SEDE JUDICIAL SON DIFERENTES EN DOCTRINA Y METODOLOGÍA MEDICINA FORENSE AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA FORENSE Fernando Vedús “Aplicación de la Medicina Legal al foro Judicial” 2000 MEDICINA FORENSE AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA FORENSE Gisbert Calabuig “O Medicina Legal PERICIAL, en sede Judicial” 2004 CIENCIAS FORENSES AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE CIENCIAS FORENSES Matte “Conjunto de Ciencias y tecnologías al servicio de la Justicia” 1970 CIENCIAS FORENSES AUTOR DEFINICIÓN-CONCEPTO DE CIENCIAS FORENSES Villanueva “Conjunto de Ciencias y tecnologías a las que el jurista recurre para la búsqueda de la verdad de las causas criminales, civiles y sociales” 2006 MEDICINA ESTADÍSTICAS TECNOLOGÍAS MEDICINAL LEGAL PSIQUIATRÍA FORENSE ODONTOLOGÍA FORENSE BIOLOGÍAS CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS FÍSICA QUÍMICA BIOQUÍMICA MEDICINA TECNOLOGÍAS ESTADÍSTICA EPIDEMIOLOGÍA FORENSE BIOLOGÍAS CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS FÍSICA QUÍMICA BIOQUÍMICA FÍSICA TECNOLOGÍAS MÉDICINA BIOLOGÍAS CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS FÍSICA TÉCNICA FÍSICA FORENSE ESTADÍSTICAS QUÍMICA BIOQUÍMICA TECNOLOGÍAS MÉDICINA BIOLOGÍAS CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS FÍSICA ESTADÍSTICAS QUÍMICA FORENSE – TOXICOLOGÍA BIOQUÍMICA QUÍMICA TECNOLOGÍAS MÉDICINA QUÍMICA CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS FÍSICA ESTADÍSTICAS BIOLOGÍA FORENSE BIOLOGÍA MOLECULAR GENÉTICA FORENSE BIOLOGÍA TECNOLOGÍAS MÉDICINA QUIMICA CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES FÍSICA ESTADÍSTICAS BIOLOGÍA PENAL CIVIL CANÓNICA LABORAL ADMINISTRATIVA DERECHO TECNOLOGÍAS MÉDICINA QUIMICA CIENCIAS FORENSES CIENCIAS SOCIALES SOCIOLOGIA PSICOLOGÍA ANTROPOLOGIA FILOSOFIA FÍSICA ESTADÍSTICAS BIOLOGÍA DERECHO TECNOLOGIA MÉDICINA QUIMICA CIENCIAS FORENSES FÍSICA ESTADÍSTICAS BIOLOGÍA CIENCIAS SOCIALES DERECHO SER HUMANO SER BIOLÓGICO SER SOCIAL SER PSICOLÓGICO SER HUMANO SER BIOLÓGICO SER HUMANO SER PSICOLÓGICO SER HUMANO Funciones importantes que nacen del Sistema Nervioso Central. Estas funciones son: •Conciencia •Lenguaje •Praxia SER PSICOLÓGICO •Gnosia •Memoria •Inteligencia SER HUMANO SER SOCIAL ECOSISTEMAS LEY Y DERECHO Ley es la regla de conducta obligatoria a la que todos los miembros de una comunidad deben someterse LEY Y DERECHO LEYES Unidas de forma sistemática DERECHO LEY Y DERECHO Guillermo Cabanellas como "Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquier sociedad civil, para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza” FUNCIONES DE LA MEDICINA LEGAL PERICIAL DOCTRINARIA CIENTÍFICA PERICIAL Es exclusivamente práctica, es la aplicación de los conocimientos médicos en el campo judicial DOCTRINARIA Interpretación de la ley ya hecha (desde el punto de vida médico y legal) CIENTÍFICA OBSERVACIÓN HIPÓTESIS CONCLUSIONES CLASIFICACIÓN 1. DERECHO MÉDICO Conjunto de disposiciones legales que regulan el ejercicio de la profesión Médica en general, así como las obligaciones y derechos del médico CLASIFICACIÓN 2. CRIMINALÍSTICA Estudio de las técnica Médicas y Biológicas usadas en la investigación Criminal sobre las huellas objetivas de los hechos delictivos CLASIFICACIÓN 3. TANATOLOGÍA MÉDICO LEGAL Estudio del cadáver y de sus fenómenos evolutivos, así como de las técnicas más adecuadas para ello CRONOTANATODIAGNÓSTICO AUTOPSIAS NECROPSIAS CLASIFICACIÓN 4. PATOLOGÍA FORENSE Estudio de los mecanismos de lesiones traumática y tipos de muertes LESIONOLOGÍA FORENSE ASFIXIOLOFÍA FORENSE CLASIFICACIÓN 5. SEXOLOGÍA FORENSE Problemas periciales relacionados con la Libertad sexual, el producto de la Concepción y el matrimonio CLASIFICACIÓN 6. PSIQUIATRÍA FORENSE Estudio del enfermo mental en sus relaciones con la legislación CLASIFICACIÓN 7. TOXICOLOGÍA FORENSE Estudio de los envenenamientos como causas de enfermedades y muertes. CLASIFICACIÓN 8. MEDICINAL LEGAL LABORAL Proyección Social de la Medicina Legal (Incapacidades laborales, Riesgos, Accidentes y Enfermedades profesionales CONOCIMIENTO JURÍDICO Y BIOLÓGICO DERECHO MEDICINA CONOCIMIENTO JURÍDICO Y BIOLÓGICO MEDICINA DERECHO MEDICINA LEGAL UN POCO DE HISTORIA •Libro de Moisés •Libro de Talmud •Los papiros de Kahum •Papiros de Luxor •De Tebas •Hsi Yuan HISTORIA - MESOPOTAMIA Babilonia - CÓDIGO HAMMURABI - siglo XVIII a.C. - Honorarios médicos - Cuestiones Responsabilidad - Indenminización por lesiones HISTORIA - EGIPTO Conservación de cadáveres Embalsamamientos HISTORIA - ISRAEL Costumbres y obligaciones con la actividad sexual: * Circuncisiones * Nulalidad del matrimonio * Divorcio UN POCO DE HISTORIA • En China: Hsi Yuan Lu “normas para la supresión de la injusticia” - Diferenciaba las heridas mortales y no mortales - Comprobar cuando fueron realizadas las heridas -Identificación de cadáveres - Fusión de las gotas de sangre - Vibración de la cuerda HISTORIA - CHINA Costumbres y obligaciones con la actividad sexual: * Circuncisiones * Nulalidad del matrimonio * Divorcio HISTORIA - INDIA * Valoración de lesiones * Castigos a los victimadores amputaciones (manos, naríz)*** UN POCO DE HISTORIA INVASIÓN DEL IMPERIO ROMANO Indemnización por heridas causadas a otro Se “tasaban” el precio de las heridas para efectos de pago UN POCO DE HISTORIA GRECIA: HIPÓCRATES, Juramento Hipocrático, que el médico si proteje la salud y la vida recibirá honores y si hace lo contrario recibirá castigos... GRECIA: GALENO, Docimasia pulmonar Diferencia existente entre el pulmón fetal que respiró del que no lo hizo UN POCO DE HISTORIA ROMA: JUSTINIANO, código que hace referencia a la inimputabilidad de los menores y de los alienados (estudios de Psicopatología Forense) Señala el “Intérvalo Lúcido” UN POCO DE HISTORIA ROMA: PAPA GREGORIO IX, escribe sobre la nulalidad del matrimonio JUAN XXII Y MARTÍN V., tribunal de la Rota resolviendo problema médico - eclesiásticos UN POCO DE HISTORIA ROMA: SIGLO XVI: Constitución criminal Carolina: Código Carolino, disposiones sobre el Aborto, violación, infanticidio y la obligariedad a la AUTOPSIA CULTURAS CLÁSICAS ROMA Reparación de lesiones LEX CORNELIA DE INJIRIIS, LEX AQUILIA Restricción a uso de venenos (LEX CORNELIA DE SICARIIS ET VENEFICIIS) UN POCO DE HISTORIA HUGO DE LUCCA, es nombrado el primer perito de Bolonia Las escuelas de Medicina Legal en Medicina y Derecho tienen apertura en 1249. UN POCO DE HISTORIA FRANCIA •Obligatorio el testimonio médico por decreto de Luis IX y Felipe III • Felipe IV a principios del siglo XIV “los expertos cirujanos juraban en el Tribunal de París” ETAPA MEDIEVAL ESPAÑA: Código de las Partidas Alfonso X de Castilla en el siglo XIII ITALIA - ALEMANIA Y FRANCIA: * Estudio de lesiones * Mecanismo - castigo ETAPA MEDIEVAL ITALIA - ALEMANIA Y FRANCIA: * Sexología médico legal * Patología mental * Cuestiones procesales * estudios en cadáver UN POCO DE HISTORIA “Padres” de la Medicina Legal: Ambrosio Paré (1517-1590) En 1575 explicó detalladamente las lesiones por venenos, por traumatismos Público “Informes ante el Tribunal” EL RENACIMIENTO AMBROSIO PARÉ: Cirugía Europea, cuestiones médico legales, embalsamamientos EL RENACIMIENTO EL RENACIMIENTO JUAN FRAGOSO: Tratado de las declaraciones que han de hacer los cirujanos acerca de las diversas enfermedades y maneras de muerte (1581) EL RENACIMIENTO JUAN B. CODRONCHI método testificandi FORTUNATO FEDELE Relatos medicos a la corte EL RENACIMIENTO RODRIGO DE CASTRO Medicina y política GASPAR BAUHIN Sexología forense UN POCO DE HISTORIA “Padres” de la Medicina Legal: Pablo Zacchia (15841659). Publicó “Questiones Médico Legales”, detectar los venenos, delitos de carácter sexual, perfiles criminales y otros. EL RENACIMIENTO EL RENACIMIENTO GOTTFRIED WELSCH Partos múltiples y heridas mortales (1667) JOHANNES BOHM Heridas mortales (1689) EL RENACIMIENTO J. G. ZELLER - Infanticidio (1691) NICOLAS DE BLEGNY Informes médicos (1684) JOHAN SCHREYER Docimasia pulmonar EL RENACIMIENTO MICHAEL VALENTINI Corpus juris médico - legale (1729) HERMAN TECHMEYER Instituciones médico legales (1723) EL RENACIMIENTO M. ALBERTI - Sistema de jurisprudencia médica C.G. LUDWIN DE LEIPZG (Instituciones médicos legales (1785) EL RENACIMIENTO ANTOINE LOUIS Ahorcadura BRUHIER D´ABLANCOURT Diagnóstico de muerte (1742) EL RENACIMIENTO C. PREVOST Jurisprudencia médica (1753) G. CHAMPEAUX - Muerte por sumersión ( 1768) EL RENACIMIENTO RICHARD MEAD - Venenos (1702) J. HOWARD Y SAMUEL FARR - Estado de las prisiones (1777) EL RENACIMIENTO DOMINGO VIDAL - Cirugía Forense (1783) Cátedra de Cirugía forense RONCHI 1789 UN POCO DE HISTORIA SIGLO XVII: Código de procesamiento penal Francés, ordenanzas criminales de Luis XIV MALPIGHI: Padre de la dactiloscopía UN POCO DE HISTORIA SIGLO XVIII: JEAN JACQUES ROUSSEAU (1712 – 1778) CESAR BONESSANA (1738 – 1749) Iniciadores de la Criminología UN POCO DE HISTORIA SIGLO XVIII: JUAN PURKINJE (1787 – 1869): dactiloscopía ALFONSO DEVERGIE (1798 – 1879): Estudio las modificaciones que sufre el cadáver en diferentes medios, su obra “Medicina Legal: Teoría y Práctica” UN POCO DE HISTORIA SIGLO XVIII: El Español MATEO J. ORFILIA (1787 – 1843): Publicó a los 26 años su obra “Tratado de toxicología General” UN POCO DE HISTORIA UN POCO DE HISTORIA ALFONSO DEVERGIE (1798 – 1879): Fundó la primera sociedad de Medicina Legal En Alemania: JOHAN LUDWING CASPER publicó la obra “Disección Forense y Manual Práctico de Medicina Legal” UN POCO DE HISTORIA SIGLO XIX La medicina Legal de consolida como ciencia y arte, aparecen figuras como: AUGUSTE AMBROISE TARDIEU (1818 – 1879) y CARLOS LIMANN (1818 – 1891), describieron las lesiones que son producto de ASFIXIAS UN POCO DE HISTORIA SIGLO XIX CÉSAR LOMBROSO (1836 – 1909): Publicó antropología criminal ALPHONSE LACASSAGNE: señaló la importancia médico legal del lugar de los hechos RAÚL HIPÓLITE BROUARDEL: Clasificó lesiones por ahorcamiento y estrangulación UN POCO DE HISTORIA SIGLO XIX BALTHAZARD Y DERVIEUX, señalaron la importancia de la identificación humana mediante la antropometría (edad, peso, talla y rasgos personales faciales). UN POCO DE HISTORIA Los países europeos de habla inglesa fueron los últimos en acoger esta disciplina sin embargo ya en el siglo XIX eran los principales centros de enseñanza. abriendo cátedras de esta disciplina en sus universidades. UN POCO DE HISTORIA Universidad de Edimburgo: la primera en crear la cátedra de Medicina Legal, en el año 1807, siendo su creador el doctor Andrés Duncan. Le sucedió en 1822 el doctor Cristison quien fue por más de 50 años una verdadera autoridad médicolegal. UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA 1756: Creación de la Universidad de San Felipe, con ello se mejoró la situación de la Medicina Chilena En la Colonia y en los primeros cincuenta años de la República, el ejercicio de la Medicina dependía del Protomedicato. UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA Protomedicato Institución que se regía por la regla de la Novísima Recopilación dictada por los reyes españoles Existió en Chile hasta 1875 UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA EN LA ARGENTINA •Nerio Rojas •Bonet •R. Ciafardo •Issac Freindenberg UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA EN BRASIL •Nina Rodriguez •Afranio Peixoto •Leonidio Ribeiro •Hilario de Carvalho ARGENTINA: 3 de mayo de 1826 Cuerpo médico legal, Morgue Judicial, Cuerpo médico de policia COLOMBIA: 1825 a 1830, sus precursores Guillermo Uribe Actualmente cuenta el centro Regionales, distritales y muchos centros de enseñanza Guillermo Blest Cunningham 1833-1851 Juan Miquel 1851-1860 Vicente Padín del Valle 1860-1868 Pablo Zorrilla 1868-1883 Federico Puga Borne 1883-1897 Gregório Amunategui Solar 1897-1901 Carlos Ibar de la Sierra 1901-1928 Alberto Benítez Sanhueza 1928-1931 Jaime Vidal Oltra 1931-1959 Alfredo Vargas Baeza 1959-1977 Roberto Von Bennewitz Gostlich 1977-1984 Alberto Teke Schlicht 1984-1997 Luis Ciocca Gómez 1997- BOLIVIA BOLIVIA ÉPOCA MILENARIA: SIRKAS: Cirujanos que practicaban trepanaciones de cráneo y otro tipo de cirugías. KHARISIRI: Médico curandero, que tenía sus poderes tras extraer energía de las personas KALLAWAYA: Médico que curaba, con ciencia y prevención BOLIVIA ALGUNOS PUEBLOS QUE PRACTICARON LA MEDICINA LEGAL: * CHIPAYAS: Con su técnica de momificación - primeras autopsias médico - legales en este territorio * QOLLAS: Apoyan este avance que apoyan la leyes y la medicina: No mentiras… No robarás… No Matarás… No serás adulón... BOLIVIA ALGUNOS PUEBLOS QUE PRACTICARON LA MEDICINA LEGAL: * QUECHUAS: Dieron origen toxicología en Bolivia, al igual que le pueblo Guaraní BOLIVIA En 1568 el Rey Felipe II de España crea el PROTOMEDICATO “Imponer los médicos titulares; autorizar curanderos, empíricos y comadronas para casos urgentes y diligencias judiciales” BOLIVIA En 1834 se ampliaron: “Dar licencias a los oficiales de sanidad, a los sangradores... Clasificar y juzgar los delitos profesionales” BOLIVIA Según la resolución ministerial del 26 de junio de 1893, el desempeño de funciones médico legales fue recomendado a los cirujanos mayores de los ejércitos en campaña BOLIVIA En el artículo 39 del decreto supremo del 23 de abril de 1846, se disponía que los médico cirujanos se turnaran mensualmente para el servicio judicial. BOLIVIA La ley del 4 de diciembre de 1893 promulgada por Mariano Baptista, crea los tribunales médicos, así se regulan las funciones médico legales: BOLIVIA Art. 17. “En cada capital de departamento donde haya tribunal médico, habrá dos médicos forenses nombrados por el gobierno a propuesta en terna del tribunal, para los reconocimientos médico legales y cuya dotación se asignará en el presupuesto departamental” BOLIVIA Estos cargos fueron suprimidos por ley de 5 de diciembre de 1906, pero fue necesario en 1907 retomar la ley de 1893 con la ley del 25 de octubre: BOLIVIA Art. 1 “ Se restablece el servicio especial de médicos forenses en las capitales de departamento, atribuyéndoles el Poder Ejecutivo el nombramiento de estos funcionarios por medio del Ministerio de Justicia” BOLIVIA Art. 2 El servicio de médicos Forenses se llenará en las provincias conforme a los prescrito en el inciso V. Art. 2 de la ley de 5 de diciembre de 1906. Sobre sanidad Pública. BOLIVIA Art. 3 los médicos forenses en las capitales de departamento, tendrán el mismo sueldo que el juez de partido respectivo. BOLIVIA El decreto reglamentario del 26 de febrero de 1908: Art. 1 En cada capital de departamento habrá dos médicos forenses nombrados por el Ministerio de Justicia. BOLIVIA Art. 2 El sueldo será el mismo que el juez respectivo. Art. 3 Los médicos de sanidad provinciales, ejercerán las funciones de médicos forenses sin remuneración alguna, siempre que sea a requerimiento de autoridad competente. BOLIVIA El Decreto Ley N° 10267 del 19 de mayo de 1972: LEY DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL: Art. 200 La Policía Judicial Técnica estará constituida por investigadores profesionales, detectives, médicos forenses, peritos técnicos en diversas ramas, asesores jurídicos, fotógrafos y el personal suficiente de agentes auxiliares administrativos. BOLIVIA CPE: Art. 7 - 158: Ref DHDH: Art3 Toda persona tiene derecho a la vida, la salud y la seguridad. El Estado tiene la obligación de defender el capital humano protegiendo la salud de la población y garantiza la continuidad de sus medios de subsistencia y rehabilitación de las personas…. La creación de una Facultad de Medicina en La Paz, data desde la creación de los primeros centros de altos estudios de ésta ciudad. En abril de 1826 el presidente Antonio José de Sucre , emite el decreto para la creación del colegio de Ciencias y Artes de San Simón de Ayacucho, con siete cátedras , en las que se incluía "Medicina". Esta cátedra estaba dividida en ocho partes: * Anatomía General y Particular. * Fisiología e Higiene. * Patología y Anatomía Patológica. * Terapéutica y Materia Médica. * Efectos Quirúrgicos, Médicos y Obstétricos. * Clínica Quirúrgica-Médica. * Medicina Legal y Pública. * Materia Farmacéutica y *Farmacia Experimental. Miguel Luna Fundó la Escuela de Medicina en Chuquisaca el 3 de mayo de 1827, una de las primeras cátedras fue la de Medicina Legal El 31 de octubre de 1833, el Gobierno del Mariscal Andrés de Santa Cruz, aprueba el establecimiento de un "Colegio General de Ciencias Médicas" en la ciudad de La Paz. Obras: •AGUSTÍN ASPIAZU en 1862 •LUIS GUZMÁN ARAUJO en 1878 •CASTO ROMÁN •JAIME MENDOZA •CARLOS MORALES Y UGARTE •JOAQUIN SALCEDO INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES Es un órgano dependiente administrativa y financieramente de la Fiscalía General de la República, que está encargado de realizar, con autonomía funcional, todos los estudios científico - técnicos requeridos para la investigación de los delitos o la comprobación de otros hechos por orden judicial INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES (Ley No. 1970 Nuevo Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999, en su Título II, Capítulo II, Art. 75º.) http://www.fiscalia.gov.bo/idif/index.html INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES GRACIAS