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GUIÓN DE LA COMPARECENCIA DEL PRESIDENTE DEL CERMI ESTATAL ANTE LA COMISIÓN PARA LAS POLÍTICAS INTEGRALES DE LA DISCAPACIDAD DE LA ASAMBLEA DE MADRID Martes, 15 de noviembre de 2016 10,00 h Luis Cayo Pérez Bueno presidencia@cermi.es http://www.cermi.es/es-ES/Paginas/BiografiaLuisCayoPerezBueno.aspx @Cermi_Estatal www.cermi.es www.convenciondiscapacidad.es www.fundacioncermimujeres.es Salutaciones. Agradecimiento a la Asamblea de Madrid por solicitar la comparecencia del CERMI Estatal ante esta Comisión, en particular, al grupo parlamentario proponente y a la Mesa y Portavoces por aceptarla. Saludos y mención al CERMI Comunidad de Madrid, presente en la sala. Satisfacción por la existencia de esta Comisión en la Asamblea de Madrid. Presentación del CERMI Estatal : Expresión de la sociedad civil organizada para la representación, la interlocución y al incidencia políticas en materia de derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias. Movimiento social unitario y global de derechos humanos que persigue la generación de cambio social para las personas con discapacidad y sus familias. CERMI Estatal: Reconocido por el Estado español oficialmente (Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre) como mecanismo independiente de seguimiento de la aplicación en España de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Objeto de la comparecencia: Exponer la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España desde la óptica del movimiento social de la discapacidad. No me centraré específicamente en el caso de la Comunidad de Madrid, aunque buena parte de lo que diga en términos nacionales, puede proyectarse en este territorio, pues la legitimidad de la representación del movimiento madrileño de personas con discapacidad y sus familias corresponde al CERMI Comunidad de Madrid. Antes de acometer esa exposición, desearía enunciar con sumariedad los presupuestos que enmarcan y condicionan las legislaciones y políticas en materia de discapacidad: Cambio de paradigma. La discapacidad como diversidad humana que enriquece, como valor social. Enfoque de derechos humanos, no discriminación más acción positiva, plasmado en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2016, texto legal imperativo, jurídicamente vinculante en España como Estado parte del tratado. Inclusión en la comunidad, como finalidad, participación plena en la corriente general de la vida en comunidad, interdicción de las respuestas paralelas, segregadas o segregadoras. Empoderamiento de las personas con discapacidad (y sus familias). Las personas con discapacidad como agentes de su propio proceso de inclusión, ejercicio de derechos y acceso a bienes sociales. Diálogo civil. Legislaciones y política coparticipadas, co-construidas y corresponsables entre poderes públicos/movimiento social organizado. Realidad de partida de las personas con discapacidad en España. ¿De qué hablamos cuando hablamos de discapacidad en España? Aproximación cuantitativa: 10 % de la población, y creciendo. 20 % si se cuentan las familias. 60 % mujeres y niñas. 60 % personas mayores/edad avanzada. Nuevo rostro: discapacidad sobrevenida. Multiexclusión. Interseccionalidad. Etc. Aproximación cualitativa: Se tome el indicador, medidor o índice que se tome (desarrollo humano, condiciones de vida, exclusión, pobreza, etc.), existe una peor situación que las personas sin discapacidad (calculado en casi un 33 % de diferencial) Me remito a la escala de inclusión de personas con discapacidad en España (37 indicadores) del Informe Olivenza 2015 del Observatorio Estatal de la Discapacidad, gestionado operativamente por el CERMI Estatal, con datos globales de país: http://observatoriodeladiscapacidad.info/attachments/article/71/I nforme%20Olivenza%202015%20v4.1%20baja.pdf Situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España. Los datos y juicios que enuncie son un decantado de los 8 informes anuales de Derechos Humanos y Discapacidad España, realizados por el CERMI desde 2008 a 2015, tiempo de vigencia de la Convención en nuestro país, publicados en forma de libro y disponibles, todos, en: http://www.convenciondiscapacidad.es/Coleccion_new.html Portada del Informe DDHH y Discapacidad España 2015, último publicado Dos consideraciones iniciales, en este bloque: El 60 % de las personas con discapacidad se han sentido discriminadas o sometidas a trato desigual desfavorable por motivos asociados a su discapacidad, solo el 10 % lo denuncian. Las personas con discapacidad sienten como problema vital de efectos más devastadores la pobreza de sus relaciones sociales, consecuencia de las fuertes restricciones a la participación comunitaria que padecen. Memorial de agravio/relato negro. Relación de violaciones de derechos humanos con mayor carga vulneratoria y efectos más perniciosos y dañinos: Derechos civiles y políticos. Esterilización forzosa para personas incapacitadas judicialmente. Internamientos forzosos para personas con discapacidad psicosocial. Violencia, abusos, acoso y maltrato, que se agrava en el caso de personas con discapacidad institucionalziadas. Violencia de género. Restricciones para contraer matrimonio, formar una familia y tener descendencia (procesos de adopción, reproducción asistida, aborto coercitivo, guardia y custodia de la progenie cuando los progenitores presentan una discapacidad o en el caso de cónyuge con discapacidad en procesos de separación y divorcio, etc.). No reconocimiento de la igual capacidad jurídica. Mantenimiento de los sistemas de incapacitación judicial, que sustituyen a la persona en lugar de apoyarla en la toma de decisiones. Derechos sociales, culturales y económicos. Mantenimiento de la educación segragada y segregadora, no establecimiento de un sistema inclusivo, y amortización y reconversión de las estructuras educativas especiales. Mientras existan modalidades de escolarización diferenciadas, y hasta tanto no se tornen inclusivas, reconocimiento de la libertad de lección del alumno o de sus representantes legales. Apoyos efectivos para una educación inclusiva real. Alumnado con discapacidad en estructuras especiales: Curso 2013/2014 (datos MECD): En el curso 2013-2014 el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado suponía un total de 164.821 personas, de las cuales, 131.229 estaban integradas en centros ordinarios. Ello supone que el 79,6 % de este alumnado estaba escolarizado en entornos inclusivos, y que el 20,4 % restante (33.592 estudiantes) estaban escolarizados en centros específicos de Educación Especial. Memorial de agravio/relato negro. Relación de violaciones de derechos humanos con mayor carga vulneratoria y efectos más perniciosos y dañinos: Derechos civiles y políticos. Privación del derecho de voto: 96.418 personas en toda España, 11.799 en Madrid (elecciones generales 2015). Inaccesibilidad de procesos electorales Acceso a la Justicia (p. e.: Jurado). Reclusos con discapacidad y personas sometidas a medidas de seguridad privativas de libertad (inimputables). Ausencia estructural y sistémica de condiciones de accesibilidad en entornos, bienes, productos y servicios que anulan o restringen el ejercicio de derechos fundamentales. P. e.: 70 % del parque de accesibilidad en viviendas sometidas al régimen de propiedad horizontal. Etc. Derechos sociales, culturales y económicos. Institucionalización. Formas de vida (dónde y con quién vivir) impuestas, no elegidas libremente, por ausencia de recursos o por insuficiencia de ofertas adecuadas a las elecciones y preferencias. Tasas de actividad, empleo y desempleo sistemáticamente más desfavorables que las de la población sin discapacidad. Mayores tasas de pobreza y exclusión. Menor capacidad de renta y gasto más elevado para la compra y adquisición de bienes, productos y servicios por motivos asociados a la discapacidad. Prestaciones sociales públicas claramente insuficientes, precarias y discontinuas, sin la consideración de derechos subjetivos. Dispositivos y recursos públicos de apoyo y acompañamiento no inclusivos, que segregan e impiden a las personas con discapacidad participar en la corriente general de la vida en comunidad. Memorial de agravio/relato negro. Relación de violaciones de derechos humanos con mayor carga vulneratoria y efectos más perniciosos y dañinos: Derechos civiles y políticos. Derechos sociales, culturales y económicos. Exigencia de copagos para el acceso a prestaciones sociales y sanitarias que expulsan a las personas con discapacidad de lo servicios sociales y sanitarios. Ocio, turismo y deporte. Imagen social. Memorial de agravio/relato negro. Relación de violaciones de derechos humanos con mayor carga vulneratoria y efectos más perniciosos y dañinos: Conclusión. Las personas con discapacidad son un grupo social estructural y sistemática excluido, que presenta un déficit severo de ciudadanía, entendida como posibilidad efectiva de ejercicio regular de derechos fundamentales y libertades públicas y acceso y disfrute bienes sociales, por lo que son necesarias políticas y legislaciones vigorosas de derechos, igualdad e inclusión. Referido a derechos humanos, España presenta un problema grave en relación con las personas con discapacidad, por lo que la agenda política nacional y autonómica tiene que afrontarlo con convicción, energía y voluntad acelerada de transformación. Luis Cayo Pérez Bueno presidencia@cermi.es http://www.cermi.es/esES/Paginas/BiografiaLuisCayoPerezBueno.aspx @Cermi_Estatal www.cermi.es www.convenciondiscapacidad.es www.fundacioncermimujeres.es