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ACTUALIDAD EN EL DERECHO DEL CONSUMO Desayuno Empresarial Bruno Cáceres Salas. 25/01/2017 1 ECONOMÍA Y DERECHO Análisis económico del Derecho Bullard: El AED es la aplicación del método económico para entender a las instituciones jurídicas. Becker: Economía - Capacidad de predecir la conducta humana en base a modelos. Los individuos reaccionan a ciertos incentivos de una manera predecible. Tendencia a buscar beneficios y reducir costos. EL AED Y LA REFORMA DEL CÓDIGO DE CONSUMO AED busca reducir los costos de transacción del sector privado en la economía. Antes de la modificación - Código de Consumo, Ley 29571 – Obstaculizaba la obtención de soluciones eficientes ante controversias suscitadas entre consumidores y proveedores. Modificaciones – Incentivan la resolución directa de controversias entre proveedores y consumidores – maximización de beneficios. Proveedores y consumidores – Auténticos protagonistas del mercado. BENEFICIOS DE LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE CONSUMO Subsanación infracción antes inicio procedimiento – Atenuante al graduar la sanción. El allanamiento no exoneraba al proveedor del pago de costos y no era considerado atenuante. Subsanación infracción antes inicio procedimiento Improcedencia de la denuncia de parte y finalización del procedimiento. Regla: El allanamiento es un atenuante que si se formula con los descargos, genera la conclusión liminar del procedimiento, libera al proveedor del pago de costos y reduce la sanción a una amonestación. Excepciones: Discriminación, vida, etc. Multa por incumplimiento de medida correctiva o cautelar era impugnable. Multa por incumplimiento de medida correctiva o cautelar no es impugnable. Procedimiento sumarísimo - Recurso de revisión ante la Sala. Se ha eliminado el recurso de revisión (Pronunciamientos oportunos). La autoridad continuará con el procedimiento aun cuando se presente el desistimiento o conciliación. El desistimiento o conciliación se consideran atenuantes al graduar la sanción. Sólo los acuerdos conciliatorios y transacciones con las formalidades previstas en el ordenamiento jurídico tiene efecto para impedir la interposición de una denuncia, archivarla o denunciar posteriormente su incumplimiento Se declara la conclusión anticipada El desistimiento, acuerdo conciliatorio, la mediación, transacción o cualquier otro acuerdo que solucione la controversia antes de la notificación de la resolución que agota la vía administrativa, supone la conclusión anticipada del procedimiento. Ya no sólo los acuerdos conciliatorios sino cualquier acuerdo que dé por culminada la controversia, tiene efecto para impedir la interposición de una denuncia, archivarla o denunciar posteriormente su incumplimiento VIGENCIA Todas las normas procesales se aplican de manera inmediata a los procedimientos administrativos iniciados antes de la entrada en vigencia de la norma (31 de diciembre del 2016) en el estado en que se encuentren (es decir, en calificación de denuncia, bien en trámite en primera o segunda instancia administrativa) Gracias Calle Misti 410 Yanahuara Tel. 054 251610 legal@ismodesabogados.com www.ismodesabogados.com