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CAJA DE SALUD DE LA BANCA PRIVADA (C.S.B.P.) TÉRMINOS DE REFERENCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONAL MÉDICO CIRUJANO PEDIATRA 1. Objeto de la Contratación o Prestación de Servicios .Vender servicios médicos de calidad y con calidez a los asegurados y beneficiarios de la C.S.B.P. en la especialidad de Cirugía Pediátrica, adecuándose al marco de las políticas institucionales y normatividad vigente, velando por el cumplimiento de los protocolos. 2. Obligaciones Específicas en la Prestación de Servicios .Cumplir con las siguientes obligaciones a) Con las normas, protocolos y reglamentos de atención médica de tipo institucional y general b) Con la atención medica en el marco de las disposiciones legales vigentes y las normativas emanadas del Ministerio de Salud y Deportes. c) Cumplir con eficacia, eficiencia, puntualidad y a cabalidad con las horas asignadas por la C.S.B.P. para la venta de servicios médicos. d) Llenar las historias clínicas y los registros de atención médica con información oportuna y de calidad e) Cumplir con los instructivos, emanadas por Jefatura Médica. 3. recomendaciones y requerimientos Actividades Técnico-Médicas de la Prestación de Servicios .GENERALES a) Realizar la prestación de servicios de atención médica con oportunidad eficacia, efectividad y eficiencia. b) Brindar servicios médicos integrales, personalizados con calidad y calidez en Policonsultorio y Hospitalización. c) Otorgar atención médica en el contexto del nuevo modelo de atención médica institucional, incorporando al proceso de la consulta médica el contenido asistencial y preventivo de las patologías. d) Realizar procesos de atención médica en el marco de las normas, protocolos de tipo general e institucional sujetos al rigor científico de los conocimientos en el campo de la salud. e) Resolver problemas de salud utilizando medios de diagnóstico y tratamiento médico de manera racional y con sustento técnico médico. f) Es Obligación de todo Profesional médico, elaborar en forma cuidadosa y legible el expediente clínico a nivel de Policonsultorio y Hospitalización, bajo los siguientes alcances 1. La historia Clínica Informatizada completa y de calidad con su respectiva impresión debidamente firmada y rubricada. 2. Las prescripciones farmacéuticas elaboradas y sustentadas de acuerdo a reglamento institucional (Formulario 016 y/o LINAME). debidamente firmada y rubricada. 3. Las solicitudes de servicios complementarios de diagnóstico y tratamiento de acuerdo a normativa institucional y protocolos médicos. debidamente firmada y rubricada. 4. Informe médico é informe de las juntas médicas en las que participe, en un plazo no mayor a las 48 horas, tal cual establece el Reglamento de Informes y de Juntas Médicas, dichos informes deberán tener un sustento médico científico, debidamente firmada y rubricada. 5. Elaborar la Epicrisis con carácter obligatorio al egreso del paciente, dicho documento medico legal deberá contener información resumida de todo el proceso de atención hospitalaria, debidamente firmada y rubricada.. 6. Elaborar el Protocolo operatorio de carácter obligatorio inmediatamente a la finalización de cada cirugía. dicho documento medico legal deberá contener información resumida de todo el proceso de intervención quirúrgica, debidamente firmada y rubricada.. 7. El Médico tratante da a conocer al paciente y hacer firmar el Consentimiento Informado obligatorio, previo al proceso quirúrgico o de tratamiento médico. 8. Cualquier otro registro manual o electrónico que en el marco de la prestación de servicios se considere conveniente disponer para el registro de información g) Prescribir medicamentos en el marco de las normativas y las políticas del Ministerio de Salud y Deportes y de la institución. h) Asistir a la prestación de servicios médicos en el Policonsultorio con oportunidad y puntualidad, de acuerdo al horario establecido. i) El médico tratante debe asistir a la atención médica de sus pacientes internados para atención Hospitalaria, hasta antes de las 9:30 a.m. a fin de emitir órdenes médicas. ESPECÍFICAS a) Cumplir las atenciones médicas asignadas por la institución para la atención de pacientes de acuerdo a normativa institucional. b) Realizar seguimiento al proceso de atención médica de los pacientes evitando duplicidad en la otorgación de medicamentos y exámenes de apoyo diagnóstico. c) Realizar atención médica personalizada y seguimiento al paciente con presencia física no pudiendo dar indicaciones por comunicación telefónica para pacientes hospitalizados d) Participar en reuniones de coordinación y actividades académicas sobre aspectos técnicos médicos programados por la Jefatura Médica de manera periódica. e) Utilizar de manera oportuna, adecuada y confiable el software médico institucional, aplicando los formularios correspondientes. f) Realizar la referencia y contra referencia oportuna de pacientes así como las interconsultas médicas cuando el caso amerite, utilizando para el mismo los formularios correspondientes tanto en policonsultorio como en hospitalización g) Participar obligatoriamente en Juntas Médicas a las que fuera convocado. h) Aportar con criterios técnicos al desarrollo o ejecución de los procesos administrativos e institucionales. i) 4. Presentar el Informe “Técnico Médico” de Venta de Servicios en forma mensual así como la nota fiscal correspondiente hasta el último día hábil del mes. Otras Actividades de la Prestación de Servicios .Obligación de asistir a: - Juntas medicas y discusión de casos - Visitas médicas generales de acuerdo a reglamento especifico - Actividades de capacitación institucional - Actividades técnico administrativas programadas internas y externas - Actividades de prevención y promoción de la salud 5. Alcance del servicio y precio .El profesional venderá los servicios detallados a continuación a la C.S.B.P. de acuerdo a su requerimiento y según la carga horaria y actividades que se indican y por los que se pagará el siguiente precio: Servicio Hospitalización Consulta Externa 5.1 Hora/médico/mes 1 hora 1/2 1 hora 1/2 Para efectos de precisión del alcance de los servicios se entenderá como: Hospitalización: Atención médica y/o quirúrgica que se brinda a pacientes que, por su condición clínica, requieren de manejo hospitalario. Registro de órdenes médicas hasta antes de las 9:30 AM. Seguimiento de los pacientes internados cuando son remitidos del consultorio externo, como responsables del ingreso, seguimiento y alta correspondiente, con responsabilidad del proceso de atención medico/quirúrgico hasta el egreso o alta. Visitas médicas mínimo una diaria Consulta Externa: Atención médica otorgada en el ámbito de la consulta ambulatoria en el Policonsultorio de la C.S.B.P. o en el consultorio particular del profesional médico. 5.2 El precio conforme a lo presupuestado por la venta de los servicios detallados en el Numeral 5.1 será de Bs. ……………- por un año. Dicho precio será pagado en función a las actividades efectivamente realizadas y, dentro de ellas, al número de atenciones médicas brindadas en cada período mensual según el siguiente detalle: Número Cuota 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Mes/Año 2014 01/2014-2015 02/2014-2015 03/2014-2015 04/2014-2015 05/2014-2015 06/2014-2015 07/2014-2015 08/2014-2015 09/2014-2015 10/2014-2015 11/2014-2015 12/2014-2015 TOTAL Precio en Bolivianos 5275,6 5260,2 5664,56 5534,76 5563,36 5578,76 5530,36 5545,76 5534,76 5563,36 5567,76 5565,56 66184,8 5.3 6. Para el pago de la venta de los servicios efectuados por el profesional, éste deberá presentar el “Informe Técnico Médico” de Venta de Servicios” correspondiente, debidamente aprobado por la Jefatura Médica Regional a la Administración Regional acompañado de la factura de ley o en su caso se procederá a la retención determinada por ley. De la supervisión y control a. La actividad del profesional será evaluada y supervisada por Jefatura Médica Regional y supervisor médico respectivamente de forma periódica. b. La CSBP desarrollara, designará y/o determinará medios e instrumentos que puedan ayudarle a concluir o verificar que el profesional contratado ha cumplido con la venta de servicios de acuerdo a las horas requeridas por la C.S.B.P. c. La CSBP., de acuerdo a sus políticas institucionales, implementara mecanismos de control y evaluación de la calidad de la atención médica 7. Perfil profesional requerido para efectuar la prestación de servicios: 1. Tener formación de Nivel Licenciatura o Especialidad en Cirugía Pediátrica 2. Experiencia en la especialidad de Cirugía Pediátrica. 3. Manejo de paquetes informáticos. 4. Conocimiento del idioma inglés oral y escrito (deseable). 5. Conocimiento de la normativa establecida por el Ministerio de Salud y Deportes. 6. No ser incompatible por relación de parentesco consanguíneo o de afinidad con ningún personal al interior de la CSBP, según norma interna de la C.S.B.P. 7. No ser incompatible por superposición horaria. Aspectos personales: a) b) c) d) Alto grado de responsabilidad, compromiso (y ética profesional) Excelencia y calidad humana en el trato del paciente Capacidad para desarrollar y expresar ideas Facilidad para trabajar en equipos o juntas médicas Dr. Henry Zubieta Arnez CIRUJANO PEDIATRA