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COMISIÓN EUROPEA COMUNICADO DE PRENSA Bruselas, 7 de enero de 2014 Fondos Estructurales y de Inversión: la Comisión impulsa el papel de los interlocutores en la planificación y el gasto La Comisión Europea ha adoptado hoy un conjunto común de normas para mejorar la consulta, la participación y el diálogo con sus interlocutores (autoridades regionales, locales, urbanas y otras autoridades públicas, sindicatos, asociaciones de empresarios, ONG y organismos responsables de fomentar la inclusión social, la igualdad de género y la no discriminación) sobre la planificación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de los proyectos financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos. Estos fondos son: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP). Este código de conducta europeo sobre el principio de asociación exige a los Estados miembros que refuercen la cooperación entre sus autoridades responsables del gasto de los Fondos Estructurales y de Inversión y los interlocutores de los proyectos, a fin de que sea más fácil compartir información, experiencia, resultados y buenas prácticas en el periodo de programación 2014-2020 y contribuir así a garantizar que el dinero se gaste de manera eficaz. «Queremos asegurarnos de que los Estados miembros trabajen en asociaciones constructivas con las partes interesadas representativas para planificar y aplicar los programas financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión, a fin de maximizar el impacto de ese dinero», ha declarado el comisario Andor. El código de conducta, que adopta la forma de un Reglamento de la Comisión jurídicamente vinculante, establece objetivos y criterios para garantizar que los Estados miembros apliquen el principio de asociación. Esto significa que los Estados miembros están obligados a: garantizar la transparencia en la selección de quienes representen a las autoridades regionales, locales y otras autoridades públicas, a los interlocutores sociales y económicos y a los organismos de la sociedad civil como miembros de pleno derecho en los comités de seguimiento de los programas; presentar interlocutores que dispongan de la información adecuada y de tiempo suficiente (requisito previo para un verdadero proceso de consulta); garantizar que sus interlocutores se impliquen eficazmente en todas las fases del proceso, desde la preparación hasta la aplicación, incluyendo la supervisión y la evaluación, de todos los programas; apoyar el refuerzo de las capacidades de los interlocutores para mejorar sus competencias y capacidades con miras a su participación activa en el proceso, y IP/14/5 crear plataformas para el aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas y de enfoques innovadores. El Reglamento establece los principios que deben aplicar los Estados miembros, pero les deja un amplio margen de maniobra para que organicen de manera precisa las modalidades prácticas de participación de los interlocutores correspondientes en las distintas etapas de la programación. Contexto La asociación, uno de los principios clave de la gestión de los fondos de la Unión Europea, supone la estrecha cooperación de las autoridades públicas nacionales, regionales y locales de los Estados miembros con el sector privado y otras partes interesadas. Hasta ahora, a pesar de que forman parte de la política de cohesión, las observaciones de las partes interesadas indican que su aplicación ha variado considerablemente entre los diferentes Estados miembros, en función de si el marco institucional y la cultura política en un Estado miembro ya era favorable a la consulta, la participación y el diálogo con las partes interesadas pertinentes. Las nuevas normas, en forma de Reglamento de la Comisión jurídicamente vinculante y directamente aplicable (denominado «acto delegado»), refuerzan, por tanto, la asociación contemplada en el artículo 5 del Reglamento por el que se establecen disposiciones comunes relativas al FEDER, el FSE, el Fondo de Cohesión, el Feader y el FEMP para el periodo 2014-2020. Más información En el sitio de la Dirección General de Empleo: Página de László Andor: http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/andor/index_en.htm Siga a László Andor en Twitter: http://twitter.com/LaszloAndorEU Suscríbase por correo electrónico al boletín gratuito de la Comisión Europea sobre empleo, asuntos sociales e inclusión: http://ec.europa.eu/social/e-newsletter http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=89&newsId=2019&furtherNews=yes Personas de contacto: Jonathan Todd +32 22994107 Cécile Dubois +32 22951883 2