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Salut humana i producció primària Juan Ramón Hidalgo Moya Director FOOD LEGAL SOLUTIONS Advocat especialitzat en Dret Alimentari President de la Sociedad Española de Seguridad Alimentaria-SESAL Director Postgrau en Dret Qualitat I Seguretat Alimentària EPSI-UAB 1.- Salud y seguridad: derecho fundamental 2.- Seguridad de los alimentos 3.- Riesgo alimentario/Información 4.- Prevención/Responsabilidad 5.- Estrategia de actuación LEGISLACIÓN ALIMENTARIA características principales definición amplia contribuir a alcanzar un nivel elevado de protección de la salud en la Unión fin de reducir, eliminar o evitar un riesgo para la salud base científica y técnica Derecho alimentario UE Fuente: Bernd MJ. van der Meulen y Ana Sanhueza Martín; La estructura del Derecho alimentario europeo. SALUD PÚBLICA, SEGURIDAD ALIMENTARIA Y CONSUMO La prestación de salud pública comprende las siguientes actuaciones La protección y promoción de la seguridad alimentaria Seguridad Alimentaria Incluye: Riesgos Alimentarios Seguridad alimentaria Existe Seguridad Alimentaria cuando los consumidores, dentro de un marco general orientado a la protección de su salud e intereses, tienen la garantía de que los alimentos y los piensos comercializados cumplen su legítima expectativa de seguridad en cuanto a la observancia de la legislación, en cuanto a su inocuidad (control, eliminación o reducción de los peligros hasta niveles aceptables)*, a la fiabilidad y suficiencia de la información que los acompaña (referida a los aspectos nutricionales y de composición, de uso, precauciones generales y específicas relacionadas con la sensibilidad individual del consumidor) y que, asimismo, debe permitirles efectuar una elección consciente para aquellos otros factores relacionados con las condiciones de calidad, éticas, ecológicas y de sostenibilidad en las que se obtuvo o produjo el alimento, y en cuanto a que garantiza un entorno de equivalencia de las condiciones de competencia en las transacciones comerciales entre los operadores alimentarios (definición alumno postgrado). Seguridad alimentaria La Seguridad Alimentaria es un bien común que cubre y compete a todos los sectores industriales de la cadena alimentaria, a la Administración y al propio consumidor, distribuyendo las responsabilidades entre estos actores en un marco regido por el cumplimiento de la ley, la evidencia científica, la transparencia y el más elevado grado de comunicación de la información (definición alumno postgrado). Seguridad alimentaria: definición amplia Sanidad animal y vegetal CONTAMINACIÓN AMBIENTAL CALIDAD ALIMENTARIA NUTRICIÓN INFORMACIÓN ALIMENTARIA NUEVOS ALIMENTOS TECNOLOGÍA Legislación alimentaria definición-R.178/2002 Principal objetivo • asegurar un alto nivel de protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores Acciones • establece los principios generales • establece procedimientos para alertas/crisis alimentarias • responsabilidad “explotadores” ALIMENTO SEGURO Concepto • UNICOS PRODUCTOS COMERCIALIZABLES S E G U R I D A D • NO NOCIVO PARA LA SALUD HUMANA • APTO PARA EL CONSUMO HUMANO ALIMENTO SEGURO Elementos de la seguridad EVALUAR LA SEGURIDAD CONDICIONES NORMALES DE USO DEL ALIMENTO POR LOS CONSUMIDORES INFORMACIÓN OFRECIDA AL CONSUMIDOR SOBRE PREVENCIÓN PRODUCCIÓN TRANSFORMACIÓN DE DETERMINADOS EFECTOS DISTRIBUCIÓN PERJUDICIALES FASES ARTÍCULO 14 REGLAMENTO 178/2002 ALIMENTO SEGURO Elementos de la seguridad INOCUIDAD PROBABLES EFECTOS: INMEDIATOS A CORTO PLAZO A LARGO PLAZO para consumidor y descendientes POSIBLES EFECTOS TOXICOS ACUMULATIVOS SENSIBILIDAD PARTICULAR DE ORDEN ORGÁNICO DE UNA CATEGORIA ESPECIFICA DE CONSUMIDORES alimento destinado a dicha categoría ARTÍCULO 14 REGLAMENTO 178/2002 RESPONSABILIDAD Sujetos en el Derecho Alimentario las autoridades los consumidores las empresas RESPONSABLE LEGAL PRINCIPAL DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA El explotador de la empresa alimentaria es quien está mejor capacitado para diseñar un sistema seguro de suministro de alimentos y conseguir que los alimentos que suministra sean seguros. ¿también en este supuesto? Los mismos requisitos deben aplicarse a los piensos y a los explotadores de empresas de piensos. USO ADECUADO USO RESPONSABLE EL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD Nuevas técnicas de producción Nuevos riesgos ADAPTACIÓN PERMANENTE Nuevos productos Nuevos hábitos alimentarios PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR DERECHOS FUNDAMENTALES SEGURIDAD Y SALUD INTERESES ECONÓMICOS DERECHOS FUNDAMENTALES INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN REPRESENTACIÓN Y AUDIENCIA Consumidor medio concepto TJUE PERSONA a quien se le exige cierta diligencia, perspicacia, atención y conocimiento en el ámbito del consumo alimentario, especialmente cuando los máximos responsables de la seguridad alimentaria (los operadores alimentarios) han cumplimentado con aquellas obligaciones que le son propias en el ámbito de protección al consumidor y, específicamente, con aquellas que tienen su relación directa con las características propias del producto y su composición, información nutricional, conservación y, en su caso, de sus posibles riesgos. Riesgos salud/seguridad Los bienes y servicios destinados a las personas consumidoras no pueden comportar riesgos para su salud ni para su seguridad salvo los que sean usuales o legalmente admisibles en condiciones normales o previsibles de utilización Los riesgos usual o reglamentariamente admitidos en condiciones normales y previsibles de utilización deben ponerse en conocimiento de las personas consumidoras de forma clara y con los medios adecuados Información del riesgo Todos los bienes y servicios puestos a disposición de los consumidores y usuarios deberán incorporar, acompañar o, en último caso, permitir de forma clara y comprensible, información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales, en particular sobre las siguientes: e) Instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, advertencias y riesgos previsibles. Artículo 18 .2 RDL 1/2007 Obligación empresarios Quienes produzcan, importen, distribuyan, manipulen o comercialicen bienes y servicios, en su calidad de profesionales obligación de suministrar bienes o prestar servicios seguros deben actuar con diligencia para evitar bienes y servicios inseguros. Muchas gracias! Moltes gràcies! jrhidalgo@foodlegalsolutions.cat Food Law Consultant-FOOD LEGAL SOLUTIONS-DRET ALIMENTARI Twitter: @JRAMONHIDALGO