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Estado de la implementación
de la garantía Juvenil
Documento Político
Tabla de contenido
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Introducción: el problema del desempleo juvenil en España. ..................................................................... 1
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Recomendación del Consejo de 22 de abril de 2013 sobre el establecimiento de la Garantía
Juvenil .............................................................................................................................................................................................. 1
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Definición de la Garantía Juvenil: .............................................................................................................................. 2
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Aplicación en España: evolución y límites de la Garantía Juvenil. ............................................................. 3
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Problemáticas principales y propuestas ................................................................................................................ 5
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Conclusiones. ..................................................................................................................................................................... 7
Bibliografía .................................................................................................................................................................................... 8
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1.1 Introducción: el problema del desempleo juvenil enEspaña.
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La crisis que ha afectado a las economías de la Eurozona desde 2008 ha tenido efectos
particularmente dramáticos en los países del arco mediterráneo, en especial en Grecia, Portugal y
España, así como en otros como Irlanda o Letonia. En el caso de España la crisis se ha traducido,
primeramente, en una tasa de desempleo que ha llegado al 26,9% de la población activa en el
primer trimestre de 2013, y que en el tercer trimestre de 2015 se sitúa en el 21,2%, si bien el
descenso de la tasa de desempleo se ha debido además de al reducido aumento del empleo, a una
caída de la población activa que se ha nutrido del desánimo, las prejubilaciones y la emigración. La
evolución de los salarios ha descrito una caída abrupta, que ha continuado el descenso durante el
periodo anterior a la crisis, con salarios medios en crecimientos inferiores al de los precios al
consumo o en franca reducción. La temporalidad en España ha representado cerca de un tercio de
los contratos totales, muy por encima del resto de economías europeas, desde las primeras
reformas del mercado de trabajo de la década de los ochenta, y siempre con condiciones de trabajo
y de remuneración mucho más precarias que los contratos indefinidos. Si bien durante la crisis la
temporalidad se ha reducido en casi 10 puntos porcentuales, esto no hace más que señalar que los
contratos temporales han sido la variable de ajuste principal del empleo durante la crisis, y no que
haya dejado de ser una realidad preocupante y con efectos sociales duraderos, como por ejemplo la
difícil inserción laboral, la pérdida de cualificación de los/as trabajadores/as, entre otras
consecuencias. Con todo, la temporalidad vuelve a incrementarse en 2015, con un aumento de más
de un punto porcentual en el tercer trimestre. Por otra parte, el número de los hogares con todos
sus miembros en paro se sitúa en el tercer trimestre de 2015 en 1.572.900, si bien con una
reducción del 5,37% respecto al anterior, señalando la distribución asimétrica de la destrucción de
empleo dentro de la población.
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En este contexto, la juventud se ha visto si cabe más perjudicada. En diciembre de 2014, en torno a
5 millones de jóvenes (menores de 25 años) estaban desempleados en la Europa de los Veintiocho,
de los cuales más de 3,2 millones, en la zona del euro. Además, 7,5 millones de la juventud europea
de entre 15 y 24 años no tienen trabajo, no estudian y no reciben formación alguna (los/as
denominados/as «ninis»). En el caso de España, si la tasa general de desempleo señalaba un
problema social de magnitud insólita y aberrante no bien se compara con otras economías
europeas, la situación de la juventud señala un problema si cabe mayor. El dato habitual tiende a
agregar las edades que van desde los 16 a los 24 o 29 años, no obstante, partir en segmentos de
edad más pequeños este periodo vital ayuda a comprender mejor el problema no sólo de
desempleo sino de introducción en el mercado de trabajo. Para los/as jóvenes entre 16 y 19 años, el
periodo especialmente sensible y con una fuerte influencia en la trayectoria posterior en el que la
población sin estudios superiores busca su primer empleo, en el cuarto trimestre de 2013 se rozan
cotas del 75,5% de desempleo, actualmente en un 63,7%. Por otro lado, en la franja de edad
posterior que va de los 20 a los 24 años, en el mismo momento se alcanza el 50,9% de tasa de
desempleo, actualmente en un 42,9%, a mayor distancia de los/as más jóvenes que en momentos
más crudos de destrucción de empleo. Estos dos segmentos de edad son de enorme importancia
porque permite separar a los primeros solicitantes de empleo sin cualificación o de grado medio del
efecto que produce la llegada de los/as universitarios/as, siempre con mayores tasas de
empleabilidad. Por último, entre los 25 y los 29 años, la tasa de desempleo se ha mantenido cinco
puntos porcentuales por encima de la general a lo largo de la crisis, rozando cotas a principios de
2013 de 35,1% y del 27,8% en la actualidad.
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Las consecuencias de esta situación son de suma gravedad, tanto para la juventud que la sufren
como para la sociedad en su conjunto. Por un lado se da un fenómeno de precarización y
empobrecimiento de la juventud respecto a sus padres que dificulta de forma decisiva la
satisfacción de los proyectos vitales de las personas jóvenes, expresado en: 1) Un creciente riesgo
de exclusión y pobreza; 2) Bajas tasas de emancipación; 3) Emigración de un creciente número de
jóvenes; 4) deslegitimación de las instituciones políticas; 5) debilitamiento de la cohesión social.
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Todos ellos son factores que afectan además de forma clara y directa la sostenibilidad de la propia
sociedad española en su conjunto, tanto a nivel político como económico si nos referimos a las
enormes pérdidas económicas generadas por la emigración juvenil en España (entre el 4,5% y el
5,6% del PIB del año 20131), o la propia posibilidad de mantenimiento del sistema de pensiones, en
el medida en que puede suponer un cambio demográfico dramático en los próximos años derivado
de la baja tasa de emancipación y, consecuentemente, de fecundidad.
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2 Recomendación del Consejo de 22 de abril de 2013 sobre el
establecimiento de la Garantía Juvenil
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El problema social que representa el desempleo y el riesgo de exclusión social de la juventud tiene,
además de unas consecuencias que van más allá de la juventud y que se prolonga hacia el futuro a
través de la correa de transmisión del envejecimiento, son causas que hay que conocer para dar la
respuesta adecuada a la situación que plantea la Garantía Juvenil. En este sentido, la perspectiva
oficial del gobierno sobre las principales causas del desempleo juvenil en España corresponderían a
la conjunción de un déficit formativo que perjudica radicalmente la empleabilidad de las personas
jóvenes, especialmente el desconocimiento de idiomas extranjeros, situaciones de exclusión y
problemas de socialización relacionados que impiden la adquisición del capital social y cultural
requerido para introducirse con éxito en el mercado laboral, la adecuación por nivel formativo o
edad a empleos en los escalafones más bajos y peor remunerados de la estructura ocupacional, así
como las dificultades para el emprendimiento y el autoempleo como soluciones a la falta de
demanda de trabajo por parte de las empresas. A estas causas habría que añadir otras, tales como la
inadecuación de la estructura productiva y de la demanda a las necesidades de empleo de la
población, lo que se traduce no sólo en desempleo, sino en tasas de temporalidad o parcialidad no
deseadas, o la ausencia de políticas públicas de demanda junto con transformaciones del marco
institucional capaces de equilibrar situaciones de desigualdad en la distribución del ingreso y el
acceso al mercado laboral.
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Cualquier diseño de soluciones tiene que conocer el problema y sus causas. De este modo, las
políticas públicas dirigidas a aumentar la empleabilidad y el empleo de la juventud debe tener en
cuenta ambos lados del mercado laboral, el de las normas que regulan el empleo y el de la
financiación de los puestos de trabajo. Una ley especialmente laxa con las condiciones de
contratación puede tener efectos nulos sobre el empleo si la economía no genera los recursos y la
demanda necesaria, ya sea por motivos económicos o de la adecuación al puesto de trabajo; incluso,
puede llegar a perjudicar la estabilidad de la economía rompiendo los esquemas de ingreso y
consumo vigentes. Por tanto, la intervención pública tiene que incidir también en la creación de
puestos de trabajo ya sea financiándolos directa o indirectamente como la forma más segura de
garantizar la juventud y sus derechos.
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No obstante, el enfoque general de políticas públicas y económicas llevadas a cabo en Europa para
enfrentar la crisis económica han seguido un esquema centrado en las llamadas reformas
estructurales, tanto las referidas a la estabilización de los agregados macroeconómicos,
principalmente a través del equilibrio de las cuentas públicas por el lado del gasto, como a los
cambios en el marco institucional, entre los que destacan los cambios en la legislación sobre el
mercado de trabajo. Sin embargo, la evolución de la crisis y sus efectos sobre la sociedad han
subrayado, cuanto menos, la insuficiencia de estas medidas. En este sentido, soluciones más
1
Véase IZQUIERDO, Mario; JIMENO, Juan Francisco Jimeno y LACUESTA; Aitor, “Los flujos migratorios en España
durante la crisis”, Boletín Económico del Banco de España, Septiembre 2014, ps: 53-62. Disponible en
http://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/InformesBoletinesRevistas/BoletinEconomico/14/Sep/
Fich/be1409.pdf
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ambiciosas, destinadas a colectivos vulnerables y que devolvieran la iniciativa a las instituciones a
través de creación directa de empleo han sido reclamaciones constantes y desatendidas durante los
años más duros de la recesión y depresión posterior.
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En consecuencia, reconociendo parcialmente estas reclamaciones y la evidencia de los crecientes
niveles de desempleo y vulnerabilidad juvenil, que suponen una amenaza real para el modelo social
europeo y para la recuperación económica, se aprueba la Recomendación del Consejo del 22 de
abril de 2013 sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil a propuesta de los Consejos de la
Juventud en el marco del Diálogo Estructurado, que se apropia del modelo implantado
exitosamente en los países nórdicos en décadas anteriores. El programa busca, en consonancia con
la Estrategia de Juventud de la UE 2010–2018, proveer mayores y más equitativas oportunidades
para la gente joven en las áreas de educación y empleo. Para este programa se ha destinado un
presupuesto de 6.400 millones de euros (concentrada en las regiones que registraron en 2012
una tasa de desempleo juvenil superior al 25 %), de los cuales alrededor de 920 millones han
sido asignados al Estado español para la puesta en marcha de iniciativas en este sentido
desde 2014.
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3 .Definición de la Garantía Juvenil:
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La definición del programa que busca una juventud garantizada es de enorme importancia para
comprender los limites, posibilidades y derechos que supone para las personas jóvenes. La
Comisión Europea establece que, en el marco de la Garantía Juvenil, los Estados miembros deben
poder ofrecer a las personas jóvenes menores de 25 años, en el plazo de los cuatro meses siguientes
a que abandonen la escuela o pierdan un empleo, una colocación de calidad acorde con su
formación, capacidades y experiencia, o bien la posibilidad de adquirir la formación,
capacidades y experiencia necesarias para encontrar un empleo en el futuro, ya sea a través de un
periodo de aprendizaje profesional o de prácticas, o de la formación continua.
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Queremos destacar que no se trata de un programa paliativo o puntual, sino que, como reconoce el
propio gobierno, debe orientarse a “promover un cambio de carácter estructural en el
funcionamiento de las Administraciones, que generalice lo que actualmente son las mejores
prácticas en atención a las personas jóvenes dentro y fuera de España, con un enfoque integral de la
atención, es decir, tanto educativa, como de empleo y, en su caso, social. De este modo, su
establecimiento efectivo conllevará la reforma de los servicios públicos de empleo; la mejora de
la calidad y cantidad de oportunidades de aprendizaje profesional y de educación y formación;
así como la implantación de sistemas para identificar y activar a la juventud más alejada del
mercado de trabajo (los/as «ninis»), contando con la colaboración de diversos actores privados ,
de la administración y de la sociedad civil; así como un plan de lucha contra el abandono escolar
prematuro y la creación de estrategias de divulgación de esta iniciativa.
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La Garantía Juvenil es una modalidad de intervención original del Consejo Nórdico definida como
“situación social en la que se garantiza a los/as jóvenes verdaderas oportunidades de educación,
formación y empleo acordes, por un lado, con las aspiraciones, capacidades e intereses de la
persona, y por otro, con las necesidades y los objetivos de la sociedad”. Para lograr sus objetivo,
además de dar alguna modalidad de prioridad a la juventud en el presupuesto del Estado, se
desarrollan iniciativas de prevención y solución del abandono escolar, un sistema de orientación
específico y práctico para la búsqueda de empleo, actuación temprana para identificar y ofrecer
soluciones a jóvenes en riesgo de exclusión social y laboral, coordinación de los agentes sociales y
administraciones relacionadas con la situación de la juventud, medidas de apoyo a la integración en
el mercado laboral, entre otras. El modelo de Garantía Juvenil ha decidido seguir el modelo nórdico,
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definiendo como una prioridad la inclusión social y laboral de la juventud desde el primer
momento.
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Conviene reiterar que un plan de estas características supone un avance en la consolidación de
derechos sociales en la medida en que trata como una garantía política la inserción en el mercado
laboral y la formación de las personas jóvenes. Además, va más allá de una concepción institucional
que restringe las áreas de intervención a la oferta productiva, negando tanto la capacidad del gasto
para intervenir exitosamente en el comportamiento económico como la obligación del gobierno de
garantizar las condiciones de reproducción económica de un colectivo social. Por tanto, hay que
contemplar el programa no sólo instrumentalmente, con la importancia central que tiene el objeto
mismo del plan, sino, además, como un vía de desplazar el enfoque de la administración respecto a
los problemas o las demandas sociales. En otras palabras, dotar a la administración pública de estos
recursos y desarrollar los instrumentos y las instituciones necesarias para implementarlo
constituye un paso en el reforzamiento de las capacidades y la legitimidad pública para emprender
intervenciones beneficiosas y necesarias para la población. Si las administraciones públicas
encuentran dificultades para llevar a efecto la Garantía Juvenil no es solamente por la limitación
técnica, sino por la falta de memoria de una responsabilidad pública en este asunto. Del éxito de
programas como éste puede depender a medio plazo el éxito de otras iniciativas, por ejemplo,
programas de empleo garantizado que se extiendan a otros segmentos del mercado laboral o de la
población, cruciales para la mejora de las condiciones de vida de colectivos como la juventud, o de
la sociedad en su conjunto.
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4 Aplicación en España: evolución y límites de la Garantía
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En España el programa comenzó el 7 de Julio de 2014, desarrollándose dentro de las acciones
recogidas en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven aprobada por el actual Gobierno. Las
acciones a llevar a cabo se plasmaron de forma detallada en el Plan Nacional de Implantación de la
Garantía Juvenil. Los fondos provienen del Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil,
debiendo asignar España, al menos, un importe equivalente a cargo de la financiación procedente
del Fondo Social Europeo. Deberán asignarse íntegramente a los dos primeros años de periodo de
programación 2014-2020, es decir, deberán programarse en su totalidad en los años 2014 y 2015.
Deberá destinarse exclusivamente a actuaciones directas al colectivo objeto de dicha Iniciativa.
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El 50% del programa estará gestionado por las comunidades autónomas y el resto por la
Administración General del Estado y sus entidades colaboradoras, cada una en el marco de sus
competencias. A parte, se trata de favorecer la participación de todas aquellas instancias que
pueden aportar a la atención de los jóvenes: Servicios Públicos de Empleo, pero también los
sistemas educativos y de Formación Profesional y, junto a ellos, los servicios sociales, las
administraciones locales y los propios agentes sociales, así como agencias privadas de colocación,
las entidades del tercer sector con larga experiencia en la inserción laboral y la formación, las
empresas privadas y los órganos del ámbito empresarial, como las cámaras de comercio
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Al término del tercer trimestre de 2015, y recogiendo datos de la EPA y del fichero de inscripción
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del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (datos referidos al 30 de septiembre de 2015) , el número
2
Respecto a la población que ni estudia ni trabaja, se ha recurrido, siguiendo las indicaciones de Eurostat y las
recogidas en el Anexo del Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España de diciembre de 2013, si
bien empleando los datos de la EPA para las variables de parados según cursen o no estudios por sexo y grupo de
edad (4.14) y de inactivos según cursen o no estudios por sexo y grupo de edad (5.10). Si bien el concepto tiene su
propio indicador en Eurostat, éste se refiere a una franja de edad (16-34) más amplia que la más interesante de 16-
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de las personas jóvenes entre 16 y 29 años que, siendo activos o inactivos, ni estudian ni
trabajan, y que se encuentran inscritos es de 119.514, esto es, el 7,71% de los 1.549.400
ciudadanos/as en esa situación. Se trata de un aumento sustanciar respecto a los 4,2% de un año
antes, pero manifestando una cobertura marginal y claramente insuficiente. Durante el último
trimestre del año el aumento de registros ha sido del 49,9%, hasta los 179.161.
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En términos del reparto de los inscritos en función del género, cabe resaltar el equilibrio, siendo el
53,7% son varones frente al 46,2% de mujeres; si bien se trata de un realidad ligeramente
masculinizada. Por el lado de la extensión territorial de la iniciativa, se trata de Andalucía la
Comunidad Autónoma que más progresos ha realizado en la implantación del plan, reuniendo el
44% de los inscritos, 53.106 como balance del tercer trimestre de 2015. La única Comunidad con
tasas de dos dígitos es Cataluña con un 10% de los inscritos, dejando al resto en una situación de
escasa repercusión. A finales de 2015 la situación guarda proporciones muy similares, con la
variación limitada a un ligero ascenso en Madrid y un continuado incremento en Cataluña y
Andalucía. Si bien se trata de las comunidades más pobladas, las diferencias en los porcentajes no
guardan ninguna relación con las diferencias de población. En cualquier caso, a pesar de que crece
en todas las comunidades el número de inscritos y en un porcentaje elevado dado el punto de
partida tan bajo, se constate una penetración muy pequeña de la iniciativa en el conjunto de la
población objetivo y fuertemente desequilibrada en términos geográficos. Las
administraciones públicas, en su falta de coordinación e iniciativa, demuestran una falta de
responsabilidad, competencia y voluntad política con enormes costes de oportunidad para
la juventud y la futura sociedad española.
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Número de inscripciones en el Sistema de Garantía Juvenil en España por
Comunidades Autónomas al término del tercer y cuarto trimestre de 2015.
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30 de septiembre de 2015
30 de diciembre de 2015
Andalucía
53.106
44,43%
68.049
37,98%
Aragón
3.004
2,51%
4.717
2,63%
Cantabria
458
0,38%
818
0,46%
Castilla La Mancha
3.294
2,76%
6.550
3,66%
Castilla León
5.275
4,41%
7.591
4,24%
Cataluña
11.813
9,88%
22.050
12,31%
Ceuta
326
0,27%
349
0,19%
C. de Madrid
7.554
6,32%
15.164
8,46%
C. Valenciana
6.197
5,19%
8.293
4,63%
Extremadura
4.483
3,75%
8.566
4,78%
Galicia
6.006
5,03%
8.948
4,99%
Islas Baleares
824
0,69%
2.103
1,17%
Islas Canarias
5.072
4,24%
7.678
4,29%
La Rioja
361
0,30%
475
0,27%
Melilla
528
0,44%
780
0,44%
Navarra
2.057
1,72%
3.111
1,74%
País Vasco
1.904
1,59%
2.310
1,29%
P. de Asturias
4.238
3,55%
6.369
3,55%
Región de Murcia
3.014
2,52%
5.240
2,92%
Total
119.514
100,00%
179.161
100,00%
Fuente: datos procedentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Cambio
28,14%
57,02%
78,60%
98,85%
43,91%
86,66%
7,06%
100,74%
33,82%
91,08%
48,98%
155,22%
51,38%
31,58%
47,73%
51,24%
21,32%
50,28%
73,86%
49,91%
24 y la que dispone el plan de acuerdo con la normativa española del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de
16-29.
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Para desarrollar el programa de Garantía Juvenil se plantean cuatro líneas de actuación principales,
que son la mejora de la intermediación, de la empleabilidad, las condiciones de contratación y el
incentivo al emprendimiento. En primer lugar, la mejora de la intermediación se refiere al
desarrollo de las capacidades de los servicios públicos de empleo para perfeccionar la
comunicación entre oferentes y demandantes de empleo; es, sin duda, un problema recurrente de la
administración pública que forma parte de la falta de conciencia y capacidad para aprovechar este
aspecto de la lucha contra el desempleo. Respecto a la empleabilidad, encontramos la apuesta por
crear empleo y compaginar la formación como vía de reciclaje de los jóvenes con baja o inadecuada
cualificación. Además, las bonificaciones y distintas modalidades de contrato en prácticas y
adecuados a jóvenes busca facilitar la introducción en el mercado laboral por el lado del empleador,
al tiempo que se busca consolidar mínimas garantías laborales a través de contratos formales que
en ciertos casos pueden traducirse en acreditaciones de cualificación profesional. Por último, el
principio que busca favorecer el emprendimiento sigue el marco general de fomento del
autoempleo que parece liberar a los trabajadores del factor de la demanda, pero que cuenta con
numerosos inconvenientes, como es la externalización de empleo bajo la forma de autónomo, pero
con aspecto de emprendimiento.
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5 Problemáticas principales y propuestas
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Hasta el momento ha habido una desigual aplicación del programa en las diferentes Comunidades
Autónomas, con falta de coordinación en algunos casos y pobres resultados en términos de
inscripciones. Según la valoración resultante del taller llevado a cabo por la OIT en Portugal3, unas
estrategias efectivas para atraer a jóvenes hacia los servicios y el programa de GJ requieren una
campaña de comunicación agresiva con información diversificada apuntando a diferentes grupos
de personas jóvenes beneficiarios/as (desempleados/as, inactivos/as, adolescentes o jóvenes
adultos/as) y el uso de un amplio espectro de medios tradicionales (webs, banners en internet,
social media, testimonios y redes de pares) y no tradicionales (reality shows, conciertos y otros
eventos de gran audiencia, pero también parroquias y farmacias). Por otro lado, debe facilitarse los
mecanismos de inscripción y permanencia en el sistema, en la medida en que un exceso de
condiciones burocráticas y/o requerimientos tecnológicos es contrario al objetivo de atraer a
quienes están más alejados del mundo laboral, y que probablemente pueden ser desalentados ante
estas dificultades. La publicidad y la transparencia son fundamentales para hacer efectivos y
representativos los derechos que comporta la adscripción al programa.
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Concepción reduccionista de la instrumentación de la Garantía Juvenil. Las principales medidas
tomadas por el gobierno dentro de este plan han consistido en bonificaciones a la contratación y
programas de formación ofertada por entes privados en concurrencia. Los expertos alertan “de la
amenaza que este tipo de medidas pueden conllevar para las arcas de la Seguridad Social”, que
apuntan “al coste del empleo como problema del mercado laboral y no a la falta de actividad”.
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Los objetivos para mejorar la formación no son, sin embargo, necesariamente compatibles con la
reducción de coste laboral, entre otros motivos, porque la falta de una garantía salarial por niveles
de formación rompe los sistemas de incentivos para los/as trabajadores/as4.
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En contraposición, el Consejo Europeo de Juventud (CEJ)5 estima que la garantía juvenil debe
buscar más que conseguir un empleo para una persona desempleada; debe proveer medios para
3
Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Monitoring performance and assessing impact of the youth
guarantee of Portugal”, Informe Final, Lisboa, 17 a 21 de Noviembre, 2014.
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En España del presupuesto en políticas activas de empleo más de dos de cada tres euros se van a incentivos,
mientras que el euro restante se destina casi a partes iguales a formación y autoempleo y emprendimiento.
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afrontar el impacto social de la crisis sobre las personas jóvenes, y particularmente el impacto del
desempleo sobre su confianza y niveles de autonomía. Para ello no basta con los clásicos programas
de formación para el empleo y bonificaciones a empresas, sino que debe ser una política integral,
amplia, que genere cambios estructurales y preserve derechos laborales. En este sentido, es
apreciable cómo se obvian las políticas para garantizar unas condiciones aptas para la juventud en
su proceso de madurez laboral y personal, haciendo referencia exclusivamente a la conexión con las
políticas de educación, formación y empleo. El Consejo Europeo de Juventud, además, considera
que para que la Garantía Juvenil funcione debe estar fundada en un enfoque de derechos sobre el
empleo juvenil, posición que consideramos fundamental y que está recogida en el fundamento de la
Garantía Juvenil como programa de intervención garantía de derechos sociales; sólo hace falta que
las administraciones apliquen efectivamente el mismo, y a partir de ahí se desarrollen iniciativas
más precisas y ambiciosas. El objetivo tiene que ser ofrecer a la juventud una oportunidad de futuro
como exigencia de la reproducción social, y de la igualdad de oportunidades entre generaciones.
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i.
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Respecto a la calidad de las ofertas y la formación, debe vigilarse que la aplicación del
programa no sirva para precarizar aún más al colectivo juvenil en sus condiciones
laborales y hacerse una apuesta por el Trabajo decente (OIT), incluyendo en el programa
acciones de información y formación también sobre derechos laborales. La Garantía Juvenil
no será tal si acepta opciones de precarización, fomenta la subocupación, la
sobrecualificación, o la excesiva temporalidad. Tampoco deberá ser un derecho social que
agreda los derechos laborales de otros colectivos, lo que puede resultar de flexibilizar las
condiciones de contratación en una situación de sobreoferta de trabajadores/as de tal
modo que la rotación de personas trabajadoras jóvenes coarte la evolución profesional de
los/as jóvenes de hace bien poco.
Aunque en el plan de implementación se determina que las ofertas de empleo deben ser de
al menos seis meses de duración, y como mínimo del 50% de la jornada ordinaria, mientras
que las ofertas educativas deben tener un mínimo de 150 horas en el caso de personas sin
formación o experiencia, o 90 horas en el caso de ofertas de complemento (siendo áreas
prioritarias establecidas por el Plan Nacional los idiomas y las tecnologías de la
información y comunicación), no puede asumirse de forma implícita que cualquier oferta
será de calidad, sin establecer criterios de control, evaluación y seguimiento sobre ellas, así
como sin especificar las autoridades responsables y las competencias administrativas.
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ii.
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Existe una clara falta de diálogo, principalmente con las Organizaciones Juveniles, así como
una carencia de información pública, transparente y actualizada sobre la aplicación del
programa (que debería mejorar con el establecimiento de un marco de indicadores para el
seguimiento de la Garantía Juvenil, que recibió el respaldo político de los ministros de
empleo en el Consejo EPSCO de 11 de diciembre de 2014). Así, la organización de
reuniones regulares entre las organizaciones participantes (y las juveniles) es esencial para
mejorar el servicio y el desempeño del programa, además de asegurar consistencia en la
recogida de datos y las prácticas de seguimiento e informe sobre el progreso alcanzado.
Sin embargo, los gobiernos nacionales, a pesar de la Recomendación del Consejo Europeo y
la guía de la Comisión Europea, no han dado a las organizaciones juveniles la oportunidad
de jugar un papel principal en el diseño, implementación y seguimiento del programa. Tres
ámbitos de participación: diseño y seguimiento del programa; ejecución y mejora de
empleabilidad de las personas jóvenes; e incidencia política sobre aspectos del programa.
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YOUTH FORUM, Youth Organisations And The Youth Guarantee In Europe (en línea), 8 de Abril, 2014.
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iii.
iv.
Debe haber escalas progresivas de alcance, con foco en colectivos más vulnerables en
principio. Es necesario recoger, que no lo hace el Plan español, la globalidad del programa,
aunque se haga por etapas y se priorice a ciertos colectivos más vulnerables. Debe además
de hacerse accesible a estos colectivos, facilitando la formación mediante la cobertura, en
caso necesario, de los gastos de alojamiento, y haciéndolo gratuito.
El foco en la población que no desarrolla ni una actividad laboral ni formativa encubre
situaciones de dependencia e incertidumbres problemáticas, como es el caso de la juventud
que estudian como una alternativa a la inactividad pero que precisan de asistencia y apoyo
como forma de mejorar las condiciones de desarrollo de su proceso formativo así como la
garantía de que lleven a término los estudios. Caso paradigmático es el del estudiantado de
doctorado u otros estudios que pueden verse excluidos de este programa, pero cuya
asistencia podría proveer de mayores beneficios indirectos para la economía y la sociedad.
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6 Conclusiones.
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El plan de Garantía Juvenil representa una oportunidad inigualable en las actuales condiciones para
amparar aun limitadamente a uno de los colectivos más vulnerados por la crisis económica, al
tiempo que las exigencias de una implementación efectiva implican el desarrollo de competencias
administrativas y conciencia gubernamental sobre la necesidad de garantizar derechos sociales.
Una oportunidad que se está perdiendo.
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Autoría Técnica del texto original
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Jorge Estévez Rodríguez, Maria Angeles Gómez Benítez y Jacobo Ferrer Hernández
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Bibliografía
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Datos de inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil. Ministerio de Empleo y Seguridad Social
[consultado por última vez el 22 de enero]:
http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/home.html
Encuesta de Población Activa (EPA). Instituto Nacional de Estadística consultado por última vez el
17 de enero]:
http://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&men
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Estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013/2016, Resumen Ejecutivo. Ministerio de Empleo y
Seguridad Social [consultado por última vez el 12 de enero a las 15:34]:
http://www.empleo.gob.es/ficheros/garantiajuvenil/documentos/EEEJ_Resumen_Ejecutivo.pdf
IZQUIERDO, Mario; JIMENO, Juan Francisco Jimeno y LACUESTA; Aitor (2014): “Los flujos
migratorios en España durante la crisis”, Boletín Económico del Banco de España, Septiembre 2014,
ps: 53-62. [consultado el 17 de enero de 2016]:
http://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/InformesBoletinesRevistas/BoletinE
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Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Monitoring performance and assessing impact of the
youth guarantee of Portugal”, Informe Final, Lisboa, 17 a 21 de Noviembre, 2014.
Youth Forum, Youth Organisations And The Youth Guarantee In Europe (en línea), 8 de Abril, 2014.
[consultado el 10 de enero de 2016].
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