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Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 Número 25 Gener - Febrer 2011 Secció de Psicologia Jurídica del COPC CONTINGUTS: 1. ACTIVITATS REALITZADES ........................................2 2. ACTIVITATS FORMATIVES .........................................3 3. CONGRESSOS I JORNADES........................................5 4. INFORMACIÓ AL COL·LEGIAT .....................................7 5. NOTÍCIES EN PREMSA ..............................................7 6. BIBLIOGRAFIA ....................................................... 15 7. APORTACIONS MEMBRES SECCIÓ ............................ 18 1 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 1. ACTIVITATS REALITZADES 19-20 Novembre de 2010 - Còrdova II Jornada científica ASEMIP: “La convivencia de los hijos tras la crisis de pareja” Els dies 19 i 20 de novembre del 2010 es van portar a terme, a la ciutat de Còrdova, la II Jornada Científica de la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (ASEMIP). La Jornada comptava amb la participació de les nostres col·legues Dra. Conxita Cartil i Dra. Mila Arch. El tòpic que va articular aquesta trobada era “la convivència amb els fills desprès de la crisis de parella”. La sessió del divendres 19 es va obrir amb la ponència de la Magistrada de Família i professora de l’Escola judicial del Consell General del Poder Judicial, Mercedes Caso, que de forma comparativa i molt il·lustradora va reflexionar sobre els diferents models de custòdia. En la següent taula rodona, coordinada per la nostra companya Conxita, la Magistrada de l’Audiència Provincial de Barcelona Dolors Viñas i la Catedràtica de psicologia Dra. Francisca Fariña van reflexionar, cadascuna des de el seu camp de coneixements, sobre aspectes com: les circumstàncies que afavoreixen la decisió cap a una custòdia monoparental, quins obstacles es troben a l’hora de concedir la guarda compartida, sobre el fet de separar germans i, de quan hi ha psicopatologia en un dels progenitors. Per acabar reflexionant sobre la necessitat de realitzar un seguiment del les circumstàncies de cada model de custòdia. Durant la tarda, es va dur a terme una taula rodona del mateix format, amb Ana Mª Sarivia com a Magistrada de família i Mª José Catalán com a psicòloga forense de l’Audiència Provincial de Múrcia, coordinada per la Professora de Psicologia Social de la Universitat de Santiago de Compostela, Mercedes Novo. Van reflexionar sobre les circumstàncies que podien portar a modificar la custòdia, aspectes com el fracàs escolar dels menors, el trasllat de domicili del progenitor custodi o la incidència de les noves parelles dels progenitors. Tot plegat es va valorar amb la relativitat del cas per cas, donant també espai per reflexionar sobre la voluntat del menor que manifesta el desig d’un canvi de custòdia. Amb un teló de fons, si es podia pensar que la custòdia monoparental estava fracassant i es podien reconèixer com a tals les postulades bondats de la custòdia compartida. 2 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 Durant el dissabte dia 20 es va realitzar la ponència del Fiscal de la AP de Còrdova, Fernando Santos, sobre l’interès del menor i la seva interpretació actual en els contextos judicials. I, posteriorment, en una taula rodona coordinada per la professora del Departament de Psicologia de la Universitat de Màlaga Ana Mª Regueiro, el magistrat de família de Màlaga Jose Luis Utrera i la psicòloga dels Equips tècnics de la mateixa ciutat Mª Angeles Peña van reflexionar sobre els problemes que es troben respecte del compliment del règim d’estances i comunicació del progenitor no custodi amb els fills menors; des de la circumstància de que el propi no custodi incompleixi a quan l’incompliment és per part del custodi o del fill que es nega a la realització de les visites. Respecte d’aquestes situacions, van analitzar els recursos extrajudicials existents per intervenir, especialment la mediació, els programes postruptura per evitar la conflictivitat familiar, i els serveis tècnics de punts de trobada. La jornada va estar clausurada pel Excm. Sr. D. Álvaro Cuesta Martínez President de la Comissió de Justícia del Congrés dels Diputats que va informar sobre les reformes legislatives en matèria de dret de família. 2. ACTIVITATS FORMATIVES SESSIONS DE FORMACIÓ CONTINUADA EN PSICOLOGÍA JURÍDICA 24 de Febrer de 2011 “El peritatge psicològic en la Justícia Penal” Pel Dr. Josep M. Tamarit Sumalla, Catedràtic de Dret penal de la Universitat de Lleida. A les 19:00h a la Sala d’actes del COPC És imprescindible comunicar l’assistència al telèfon 932 478 650 o a l’adreça electrònica seccio@copc.cat (Isabel Clemente). Activitat vàlida com a activitat formativa del TIP. Es servirà un petit refrigeri. 3 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 19 de maig de 2011 “Sobre el millor interès del Menor” Per Xavier Bonal, ex-Síndic de Greuges de menors, professor en sociologia. A les 19:00h a la Sala d’actes del COPC És imprescindible comunicar l’assistència al telèfon 932 478 650 o a l’adreça electrònica seccio@copc.cat (Isabel Clemente). Activitat vàlida com a activitat formativa del TIP. Es servirà un petit refrigeri. CURS “Marc jurídic i exploració psicològica forense en violència domèstica” Docents: Il·lma. Montserrat Tutusaus Lasheras; Dra. Noemí Pereda Beltrán, Sra. Maria Checa Casado; Dra. Núria Vázquez Orellana, i Sra. Pilar Bonasa Jiménez. Calendari: 14-15-21-22 i 28 GENER DE 2011 (divendres tarda i dissabte mati). CURS INTRODUCTORI A LA PSICOLOGIA JURÍDICA: CURS DE FORMACIÓ PER AL TORN D’INTERVENCIÓ PROFESSIONAL DELS ÀMBITS CIVIL I PENAL (100 hores). Canvi de dates: A partir de Març de 2011 . El divendres de les 16 a les 20 hores i el dissabte de les 10 a les 14 hores Calendari de noves dates: 4, 5, 11, 12, 18, 19 i 26 DE MARÇ 1, 2, 8, 9, 15, 16 D’ABRIL 6, 7, 13,14, 20, 21, 27 i 28 DE MAIG 3 i 4 DE JUNY Informació: 932 478 650 (ext. 5) - Núria Camarasa www.copc.cat 4 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 3. CONGRESSOS I JORNADES II Jornadas de Psicología Jurídica: “La Psicología Jurídica en la investigación del delito”. 18 i 19 de Març de 2011, en el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid. http://www.invede.com.ve/ III Congreso Nacional INVEDE “Psicología Jurídica, Investigación Criminal, Ciencias Penales y Forenses”. 1 i 2 d’Abril de 2011, a Venezuela. http://www.invede.com.ve/ VI Congreso de la Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense. Del 27 al 30 d’Abril de 2011, a Palma de Mallorca. http://sepjf2011.iconference.es/ Participació des de la Secció de Psicologia Jurídica del Col·legi Oficial de Psicòlegs de Catalunya amb la comunicació “Caracterización de las víctimas menores de edad en los medios de comunicación: un análisis descriptivo de publicaciones escritas” dins del simpòsium “Victimología del desarrollo (II)”. ABSTRACT: Introducción: La preocupación por el bienestar de los menores y su correcto desarrollo es indudable en nuestra sociedad. No obstante, a diario somos conocedores del padecimiento y las repercusiones que tienen en los niños, niñas y jóvenes la experiencia de acontecimientos de violencia interpersonal como son los delitos comunes, el maltrato intrafamiliar, la violencia por parte de iguales, la victimización sexual, la victimización indirecta o exposición a violencia, la afectación de la guerra en estos menores, los delitos vinculados a bandas o la victimización por Internet, que pueden, incluso, llegar a provocarles la muerte. El presente trabajo tiene como objeto analizar la información y el trato que ofrecen algunos medios de comunicación a estas víctimas infantiles. En esta línea, y como objetivos específicos, nos planteamos identificar qué tipo de delitos sufren las víctimas menores de edad y hasta qué punto su intimidad es protegida. 5 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 Método: Se seleccionaron aquellas noticias publicadas en los tres periódicos nacionales de mayor tirada, El País, El Mundo y El Periódico, en los últimos dos años, entre el 1 de enero del 2009 y el 31 de diciembre del 2010, mediante el uso de palabras clave (“menor” AND “víctima”) y cuyo título o resumen incluyera noticias sobre casos, no artículos de opinión ni revisiones teóricas. El acceso a las publicaciones seleccionadas se llevó a cabo a través del proveedor My News S.L., que permite el acceso al texto completo de las noticias publicadas en los diarios analizados. Para gestionar las bases de datos se utilizaron las funciones avanzadas del motor de búsqueda “Trobador”, del Servicio de Bibliotecas de la Universidad Autónoma de Barcelona. Resultados: Se presentan datos del tipo de victimización al que ha sido sometido el menor, la relación con su agresor y/o agresores, el sexo de éste y su edad. A su vez, se analiza el sexo y la edad de la víctima, así como los datos de identificación que se ofrecen tanto del menor como de su presunto victimario, ya sean directos (e.g., proporcionar el nombre y apellidos), como indirectos (e.g., proporcionar datos de su escuela, progenitores, u otros). Conclusiones: Los resultados obtenidos de las publicaciones revisadas muestran un elevado número de noticias referidas a la experiencia de violencia interpersonal en menores. Si bien no siempre se proporciona datos que permitan identificar al menor, aún son frecuentes los casos en los que no se protege su identidad. Se subrayan las implicaciones de estos resultados para los profesionales de la comunicación de este país y para todos aquellos que trabajan con menores víctimas. 11th Annual International Association of Forensic Mental Health Services Conference. Del 29 de Juny al 1 de Juliol de 2011, a Barcelona. http://www.iafmhs.org/iafmhs.asp The 12th European Congress of Psychology. Del 4 al 8 de Juliol de 2011, a Istanbul. http://www.ecp2011.org/ 32nd Congress of the International Academy of Law and Mental Health. Del 17 al 23 de Juliol de 2011, a Berlín. http://www.ialmh.org/template.cgi 6 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 4. INFORMACIÓ AL COL·LEGIAT 5. NOTÍCIES EN PREMSA LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA PERMITE LA REVISIÓN DE TODAS LAS SEPARACIONES La norma da un año para reclamar y los juzgados reciben ya tantos convenios antiguos como demandas nuevas. Ramón J. Campo. ZARAGOZA La revolución en las separaciones que ha provocado la ley de custodia compartida solo acaba de empezar. Desde la entrada en vigor de la norma, el pasado 8 de septiembre, los tres juzgados de familia de Zaragoza han sumado una docena de nuevas demandas de separación, a las que se añaden otras tantas anteriores que también han solicitado la revisión del convenio para poder acceder a la custodia compartida de los hijos. La pionera ley aragonesa, que ha abierto la senda a otras Comunidades autónomas, ofrece esta posibilidad si se presenta en el plazo de un año la revisión del proceso. La norma se aplica con el principio de retroactividad al entender que favorece a todas las parejas separadas. «Tenemos tantos nuevos casos desde la entrada en vigor de la ley (el pasado 8 de septiembre) como convenios en marcha que han solicitado la revisión», explicó el juez Francisco Javier Forcada Miranda, titular del Juzgado de Familia número 6. Los abogados matrimonialistas empiezan a recibir llamadas y peticiones de separados, en su mayor parte hombres, que esgrimen motivos económicos en plena crisis para que se cambie el régimen y se aplique la custodia compartida. «Yo gano lo mismo que mi mujer y tengo que pasarle la pensión porque tiene la custodia», es la queja más frecuente de los hombres para pedir que se reabran sus casos de separación. “Casuística tremenda” El magistrado Francisco Javier Forcada, que dictó la primera sentencia que aplicó la nueva ley, destaca que no caben “reglas generales” en su aplicación. «La custodia compartida tiene una casuística tremenda, con situaciones familiares muy distintas. La solución será diferente para cada grupo», sostiene el juez que añade: «Hay que hacer una camisa a la medida para cada separación». El interés que ha despertado la aplicación de la nueva ley de custodia compartida ha motivado que este tema haya sido escogido por la Justicia de Aragón como objeto de 7 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 debate en el Foro de Derecho Aragonés, que se celebrará el próximo día 23. Francisco Javier Forcada es uno de los ponentes, junto al profesor titular de Derecho Civil, Carlos Martínez de Aguirre. Forcada destaca que lo importante de la nueva ley es que «no frena las potestades de los fiscales y los jueces para tomar decisiones sobre quién se queda con la vivienda. Es el juez el que decide quién se queda con la casa». La ley de custodia compartida supone una revolución jurídica porque antes estaba sujeta a la petición de una parte y a unos informes que la avalaran. Ahora, el juez tiene la potestad de decidir a quién le otorga la casa. Posturas irreconciliables La aplicación ha despertado la polémica entre la Asociación de Mujeres Juristas, contrarias a la norma que modifica la situación anterior que solía entregar la custodia a las mujeres, y la Asociación de Padres Separados, que está a favor porque supone la aplicación de la igualdad. «Son posturas irreconciliables entre las asociaciones de mujeres y las de padres separados. Es difícil que se puedan llegar a poner de acuerdo, hoy por hoy», asume el juez de familia. «Pero como ideario, nadie discute que la custodia compartida es lo mejor para todo el mundo. Nadie pone en cuestión que la sociedad va cambiando poco a poco». De cualquier manera, los Juzgados de Familia critican que la DGA todavía está en proceso de crear el servicio de mediación previsto en la ley de custodia compartida. «Es un misterio que está por desentrañar. En Aragón no se ha puesto en marcha todavía. Cuando tengamos ese servicio podremos ver su influencia real», señala el juez Forcada. «» Falta personal y también que el servicio funcione como prevé la nueva ley. En el caso de Zaragoza, hay que recordar cuando se aprobó la ley del divorcio en 1981, había dos juzgados de Familia. En estos treinta años tan solo se ha creado un tercero, a pesar de que las exigencias de la sociedad han crecido día a día. Es cierto que los divorcios bajaron entre un 3% y 5% el año pasado, pero con la crisis se han dispararon las modificaciones de medidas. Heraldo.es http://www.heraldo.es/noticias/aragon/la_ley_custodia_compartida_permite_revi sion_todas_las_separaciones.html JUEZ DA CUSTODIA PROVISIONAL DE DOS HIJOS A PADRE DENUNCIADO POR ABUSO SEXUAL Valladolid, 19 nov (EFE). El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 1 de Valladolid ha otorgado la custodia provisional de dos menores a su padre, sobre el que pesa una denuncia de abusos sexuales cometidos supuestamente sobre sus mismos hijos, un niño de 7 años y una adolescente de 15 que se niegan a ir con él. 8 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 El caso lo ha denunciado hoy en una rueda de prensa la abogada de la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos, Doris Benegas, quien ha alertado de que la entrega de los menores a su progenitor puede producirse en los próximos días, después de una tramitación en los Juzgados que se remonta a mayo, cuando la madre presentó la denuncia contra el padre por abusos sexuales hacia sus hijos. Antes de que se desencadenara esta situación, la mujer se había separado de su marido y había presentado una demanda contra él por malos tratos, aunque fue archivada por el Juzgado al no considerar probado el maltrato. La defensa de esta mujer considera, respecto a la denuncia por abusos sexuales que está aún pendiente de sustanciarse, que existen “indicios y pruebas suficientes” para determinar que esos abusos se produjeron, entre otras los propios testimonios de los menores, especialmente el del niño de 7 años, a quien el padre mostraba vídeos pornográficos, según Benegas. Fue en junio, a pesar de la denuncia planteada por abusos sexuales, cuando el titular del Juzgado concedió la custodia provisional de los hijos al padre, al considerar el equipo de psicólogos del Juzgado que la madre “malmetía” a los menores contra su progenitor y «sin tener en cuenta que el rechazo de los hijos hacia él estaba motivado por la actitud del padre», ha añadido la letrada. A raíz de esta situación, la defensa de la madre planteó una recusación contra el juez por considerarlo parcial –“falta de imparcialidad”-, ya que no esperó a que se concluyera el trámite de la denuncia por abusos sexuales. La defensa legal de la madre lamenta que el juez «ni siquiera haya tomado declaración al denunciado» y se haya limitado a realizar una comprobación de la veracidad del relato de los menores con la orden de comparecer ante el equipo psicosocial del Juzgado de los cuatro integrantes de la familia. La inminencia de la entrega de los menores se debe a que los abogados del padre han pedido que se ejecute la custodia provisional dictada en junio y el juez sustituto del recusado ha dado cinco días a la Fiscalía para que se pronuncie sobre el caso, que se cumplen hoy. EXPERTOS ABOGAN POR LA IGUALDAD EN LA CUSTODIA Jornadas de Derecho de Familia DIARIO CÓRDOBA. Domingo, 21 de noviembre de 2010. Juan M. Niza - Córdoba. Nunca tantas autoridades de tantas disciplinas distintas habían tratado en España a nivel técnico y práctico uno de los problemas más espinosos de nuestra sociedad: la custodia de los hijos tras la ruptura de la pareja, algo en lo que los expertos coinciden 9 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 en propugnar, si no la llamada custodia compartida, sí el concepto de “corresponsabilidad parietal”. Éste es uno de los candentes temas que han abordado cerca de 250 profesionales de la justicia, la psicología, la sociología y la medicina forense que ayer clausuraron en Córdoba la segunda Jornada de Derecho de Familia, ciclo organizado por la Asociación España Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (Asemip) y que, dirigido por Antonio Javier Pérez Martín, ha contado con la asistencia de personalidades como Álvaro Cuesta Martínez, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. La terminología jurídica actual (fuente de agravios entre los progenitores), las consecuencias de la crisis de la pareja en los hijos o el incumplimiento del régimen de visitas fueron algunos de los aspectos tratados a través de profundos debates y ponencias como Los distintos modelos de custodia, La atribución de la custodia, La modificación de la custodia, Una interpretación actual del interés del menor (a cargo de Fernando Santos Urbaneja, fiscal de la Audiencia de Córdoba) o La problemática del régimen de estancias, explicó María Dolores Azaustre Garrido, coorganizadora de las jornadas. Azaustre, que calificó el encuentro como “un éxito absoluto” por la profundidad científica y práctica de los temas tratados, por la asistencia de especialistas de toda España y por lo candente de estos problemas en la sociedad española, explicó que, de nuevo, ha quedado patente la necesidad de ir hacia una “corresponsabilidad parietal”, un concepto que va más allá del de la custodia compartida. «Desde hace tiempo se viene reclamando que la custodia no esté ligada al ladrillo, a la vivienda y al dinero de la pensión», ya que esta imposición de la actual normativa crea situaciones perversas en donde el bienestar de los hijos no es ni mucho menos lo más importante, explica la abogada. Sin embargo, matiza Azaustre, los expertos han estudiado en estas jornadas tanto los beneficios como los inconvenientes (que también los hay) de la custodia compartida, ya que “no hay un sistema perfecto” en situaciones tan complejas. EL PADRE IMPUTADO POR VIOLENCIA DE GÉNERO PERDERÁ LA CUSTODIA El Consejo de Ministros estudia reforzar las normas contra la agresión sexista. EL PAÍS. Viernes, 26 de noviembre de 2010. L. R. Aizpeolea y M.R. Sahuquillo - Madrid. El Gobierno quiere asegurarse de que los imputados en un proceso penal por violencia de género pierden la custodia de los hijos. La lucha contra la violencia de género, con reformas en tres vertientes —la guarda de los hijos, el patrimonio de las víctimas y el protocolo de los médicos de atención primaria— acaparará el Consejo de Ministros de hoy. La ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, planteará al 10 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 Consejo la reforma del artículo 92 del Código Civil para que los jueces puedan determinar que los hombres involucrados en un proceso judicial —imputados, no solo denunciados— por un delito grave de violencia de género no puedan conservar la guarda individual de sus hijos, que se garantizará a la víctima. Una medida que ha desatado la polémica y las críticas de varias asociaciones de jueces que la consideran innecesaria. Los artículos 48 y 57 del Código Penal ya recogen como pena accesoria por delitos de violencia machista la posibilidad de retirar al maltratador la guardia y custodia de los hijos. Sin embargo, esa opción tiene ciertas lagunas que han permitido a los jueces otorgar la custodia de los hijos a padres condenados por violencia de género tras un divorcio o una muerte. Son pocos casos, pero existen. Lo que pretende la reforma del artículo 92, tal y como recoge el texto que estudiará el Consejo de Ministros y al que ha tenido acceso este periódico, es precisar que en un asunto de divorcio, cuando hay abierto un proceso penal contra el padre como supuesto maltratador, no se le pueda dar la custodia individual —la ley ya impedía que pudiera tenerla compartida—. La nueva norma se aplicará a los “incursos en un proceso penal” por delitos de género, es decir, no basta la denuncia sino que debe ser admitida a trámite por un juez, que tendrá la última palabra, subraya el Gobierno. La reforma busca con ello que ninguna mujer tema iniciar un proceso de divorcio. De hecho, explica Consuelo Abril, abogada de familia y vicepresidenta de la Coordinadora de Organizaciones de Mujeres para la Igualdad (Compi), este miedo actúa como “elemento disuasorio” para muchas mujeres que no entablan una demanda de separación por el riesgo a perder a los menores a su cargo. Solo hay que observar los datos: apenas un 13% de las mujeres maltratadas inician un proceso de divorcio, además de uno por delitos de maltrato. La norma tiene, además, otro ángulo. Los maltratadores no podrán quedarse la custodia de los hijos tampoco en caso de fallecimiento de la pareja, según precisó ayer una portavoz del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. «Se trata de proteger al menor en todos los casos», explica esta portavoz. Se calcula que alrededor de 800.000 menores han sufrido de manera directa o indirecta por la violencia machista. Este año, además, es particularmente sangrante, 13 menores han muerto asesinados junto a sus madres por sus padres. Sin embargo, en cinco años de aplicación de la ley integral contra la violencia machista solo se ha retirado la guarda y custodia a padres condenados por malos tratos en 11.000 ocasiones. Y más allá, solo en 544 casos perdieron la patria potestad. Esto entre 145.000 condenados por violencia sexista. «Los jueces no suelen aplicar estas medidas porque las considera demasiado tajantes. La reforma permitirá unificar sus decisiones y que la custodia de los hijos no sea discutible. Un maltratador no puede ser un buen padre. Esa es la esencia», esgrime Consuelo Abril. La reforma evitará casos como el que esta jurista ha recurrido ante los tribunales, el de un juez que otorgó la custodia única de los hijos a un hombre 11 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 condenado por malos tratos a su pareja porque esta tenía peor horario laboral para cuidar a los menores. Pero la de la custodia no es la única medida: Pajín también llevará la lucha contra la violencia de género al terreno patrimonial. Para ello pretende la reforma de los artículos 756 y 855 del Código Civil con el objetivo de evitar que un hombre condenado por maltrato se quede con el patrimonio de su pareja en caso de fallecimiento de esta. La reforma establecerá que sean desheredados quienes hayan sido condenados no solo por el asesinato de su pareja, sino también delitos contra la integridad física y moral, la libertad de su cónyuge o pareja y la de los hijos que convivan con ambos cuando dichos delitos conlleven pena grave. La ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad llevará al Consejo de Ministros de hoy también una medida para asegurar que las víctimas de la violencia de género compatibilicen las ayudas económicas por este concepto con la pensión contributiva. Actualmente, si su renta anual excede los 4.755,80 euros como consecuencia de la ayuda como víctima pierde el derecho a percibir la pensión no contributiva. Pero la reforma que propondrá el Gobierno quiere incidir también en la prevención. Por eso se propondrá el desarrollo de protocolos de actuación y formación sobre violencia de género para los servicios sanitarios. Los centros de atención primaria suelen ser los primeros en localizar síntomas de agresiones machistas. Sanidad, Política Social e Igualdad pretende desarrollar una fórmula de colaboración con los colectivos sanitarios para que se involucren en denunciar las situaciones que detecten. Ahora mismo solo un 19% de los centros de salud dispone de un protocolo específico de actuación en casos de violencia de género, según la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (Semfyc). EL GOBIERNO INSTA A LOS JUECES A NO ESGRIMIR UNA PATOLOGÍA INEXISTENTE Un informe concluye que el llamado Síndrome de Alienación Parental, usado supuestamente por madres para lograr la custodia, carece de validez científica. EL PAÍS - Lunes, 10 de Enero de 2011. Joaquín Prades – Madrid. Nuevo (y severo) toque de atención del Gobierno a los jueces, fiscales y peritos judiciales que siguen empleado el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) en vistas y sentencias. “Perversión jurídica”, “montaje”, “cúmulo de despropósitos” o “fraude de ley” de “peligrosas consecuencias para la mujer y la infancia” son algunas de las recomendaciones que se van a hacer llegar a los juzgados, fiscalías, colegios de abogados, psicólogos, médicos y organizaciones de asistentes sociales. Es decir, a todos aquellos profesionales que intervienen cuando una pareja está inmersa en un 12 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 proceso de divorcio y uno de los cónyuges —en el 89% de los casos el hombre, según datos de un exhaustivo informe oficial elaborado por el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género— acusa al otro de manipular al menor para que sienta aversión hacia él. El informe insiste en que ni la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos, ni la Asociación Española de Neuropsiquiatría ni la Organización Mundial de la Salud conceden validez científica al SAP o lo consideran un trastorno verificado por la comunidad científica. El Síndrome de Alienación Parental —hasta los años 90 se denominaba Síndrome de la Mujer Maliciosa— es un término acuñado por Richard Gardner, un psiquiatra militar norteamericano que en la década de los ochenta lo definió como trastorno mental invalidante para ocuparse de los hijos. Es, según él, «una campaña de denigración injustificada contra un progenitor alienado», para que el menor rechace vivir con él o acudir a las visitas. Se aplica sobre todo en algunos estados estadounidenses, Argentina y España. La Asociación de Psicólogos de estos dos últimos países avalan el SAP, la comunidad médica no lo rechaza —el Colegio de Médicos entiende que es una decisión que corresponde a cada profesional— y otro tanto ocurre con el Colegio de Abogados. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo ha tenido en cuenta en las alegaciones de algunos procesos revisados. En este contexto variopinto, algunos jueces lo aplican a rajatabla. Y eso es, sobre todo, lo que preocupa al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y al Observatorio. La polémica, siete años después de la primera sentencia española que tomaba en consideración el SAP, continúa. El pronunciamiento oficial sobre este supuesto síndrome constituye una vieja reivindicación de las asociaciones de mujeres, que reprochaban a la ex ministra de Igualdad, Bibiana Aído, el silencio del Gobierno. Ahora como secretaria de Estado, y con Leire Pajín como ministra, el Ejecutivo asume su inexistencia y tiene previsto hacer público el informe en los próximos días. Los jueces de sesgo machista, que en palabras del delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, son “pocos pero ruidosos” figuran como objetivo principal del informe. En él se parte de la base de que «las creencias de género están presentes en nuestros tribunales» y advierte: «En el ámbito judicial este presunto síndrome ha provocado un efecto devastador en muchos menores y en sus madres al considerar a los niños y niñas como mentirosos y a las madres como enfermas mentales», al tiempo que alerta de que, bajo el disfraz de palabras distintas, dado el descrédito creciente del SAP como tal, se sigue empleando en los juzgados. Es la gran anomalía que intentamos corregir, concluye Lorente. La fiscal de la Sala Delegada contra la Violencia de Género, Soledad Cazorla, ya advirtió en 2007 a los fiscales que reflexionaran antes de considerar el SAP, y el Consejo General del Poder Judicial, a través de Paloma Marín, recordó un año después la potestad de los jueces de no asumir “de forma acrítica” los informes de los peritos y citó expresamente aquellos que daban validez científica al SAP: las 13 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 comunidades de Madrid, Asturias y Murcia y ciudades como Barcelona, Málaga, Valencia, Pontevedra y Sevilla, entre otras. Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Asociación de Mujeres Separadas y activa coordinadora del informe, «siempre confían en el SAP los mismos jueces, y los abogados de los litigantes lo saben. Siempre ratifican las mismas audiencias provinciales», y cita a algunas del Sur. Añade: «Con este informe esperamos acabar con semejante barbaridad». Pérez del Campo destaca entre todas las sentencias analizadas en el informe una de Cataluña de 2009, en la que se aportaron ocho informes, siete contra el síndrome y uno acusando a la madre de trastornada manipuladora. El tribunal hizo caso de este último y desechó los otros para quitarle la custodia de los hijos y otorgársela al padre. Numerosas asociaciones de padres separados y la mayoría de las que reivindican la custodia compartida de los hijos más pequeños creen que el SAP es una triste realidad, independientemente de cómo se denomine. «He pasado el maltratador a mis hijos” La presidenta de la Asociación de Mujeres Separadas, con varias décadas de profesión defendiendo a mujeres, asegura que cuando una mujer alega maltrato en un litigio de divorcio, el hombre contraataca en muchas ocasiones denunciándola a ella por haber manipulado a los hijos. El juez le da la razón y la mujer pierde a su familia. El síndrome de alienación parental (SAP), en estos casos, origina uno de los lamentos más frecuentes que Pérez del Campo escucha en su bufete: «Yo me he quitado de encima al maltratador, pero se lo he pasado a mis hijos. Tal vez si hubiese aguantado los malos tratos, los niños no vivirían ahora con un psicópata». ¿Qué ocurre cuando una mujer malmete contra el padre, se llame como se llame esta conducta? Miguel Lorente responde: «Claro que ese tipo de mujer existe, al igual que el hombre que fomenta la aversión a la madre. Pero si el vínculo con los hijos es sano a la vez es muy intenso, y por mucho lavado de cerebro que se alegue, el vínculo no se rompe». Cuando un niño rechaza a alguno de sus progenitores es porque sabe, porque lo ha padecido él o el adulto, que es violento y agresivo. En esta idea coinciden ambos expertos. Uno de los comportamientos habituales de los profesionales que intervienen ante acusaciones de SAP es negar toda credibilidad al relato de los niños, especialmente si son menores de ocho años. «En los informes periciales», denuncia la jurista Paloma Marín en el informe, «se minimiza la angustia y el miedo de los menores». «Estos informes», prosigue, «parten de una observación de los menores de apenas 20 minutos o media hora y en ocasiones incluso se han llegado a redactar informes privados diagnosticando supuesto SAP sin haber visto al menor o a la madre». Esto último es lo que le ocurrió a una madrileña de 40 años que no quiere que se publique su nombre, a la que el juzgado número 1 de Madrid le aplicó el criterio SAP en mayo de 2009 y concedió la custodia del hijo de seis años al padre, denunciado previamente por ella como maltratador y abusador sexual del menor. El hombre, 14 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 profesor en un instituto de secundaria de Madrid, fue absuelto de un delito de violación previo a su matrimonio y de abusos sexuales después. La mujer dice con rotundidad que ha perdido la confianza en la justicia, y ha impulsado una web (Madre Rea) para mujeres y menores víctimas del SAP. 6. BIBLIOGRAFIA Adolfo Jarne y Álvaro Aliaga (Comps.): Manual de Neuropsicología forense. De la clínica a los tribunales. 2010. 44 €uros. Sinopsis: Cada vez más, los juzgados demandan a profesionales de la neuropsicología por las valiosas aportaciones que pueden realizar en materias civiles, laborales y penales. El Manual de Neuropsicología Forense es el primer libro sobre esta temática que se publica en lengua española y que ha contado con la colaboración de profesionales de España, Chile, Argentina, México y Estados Unidos adscritos a prestigiosas universidades, centros de investigación, hospitales y unidades forenses especializadas. La primera parte es una revisión teórica de la neuropsicología forense y los aspectos elementales que constituyen su ejercicio, mientras que la segunda se centra en la evaluación pericial en patologías neurológicas y neuropsiquiátricas específicas. Este manual constituye un material fundamental para psicólogos y psiquiatras forenses, neuropsicólogos, neurólogos, neurocientíficos y juristas. http://www.herdereditorial.com/section/4122/ Marisol Lila: Manual de intervención con maltratadores. 2010. 28.50 €uros. Sinopsis: La violencia contra la mujer en las relaciones de pareja es un problema social que afecta a miles de mujeres en todo el mundo. En la lucha contra esta forma de violación de los derechos humanos, un gran número de gobiernos han introducido en los últimos años medidas sociales, políticas, judiciales y policiales con objeto de prevenir y erradicar tales actos de violencia contra las mujeres. http://www.vuestroslibros.com/detalleproducto.php?IDItem=20421 Miguel Clemente Díaz: Manual de Psicología Jurídica Laboral. 2010. 18 €uros. Sinopsis: Hasta el momento de aparecer esta obra, no existía en el mercado en lengua hispana una obra general sobre la Psicología Jurídica Laboral. Está lector ante un material 15 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 inédito y de gran utilidad, ayuda imprescindible para el profesional que desde la Psicología Jurídica aborda periciales psicológicas sobre asuntos de Derecho del Trabajo y que debe actuar ante Juzgados de lo Social, para el estudiante de las asignaturas de Psicología Jurídica tanto en Facultades de Psicología como de Derecho, y para los especialistas en Psicología del Trabajo y de las Organizaciones, que deben tratar fenómenos de gran impacto social como el acoso laboral, las enfermedades provocadas por el puesto de trabajo, el fenómeno de “estar quemado”, o realizar estudios de clima laboral y organizacional. Por último, este manual se convierte en un arma de gran ayuda para quienes deben peritar psicológicamente incapacidades derivadas de la accidentabilidad laboral, bien por su función de psicólogos de las mutuas de accidentes, como por su papel de peritos judiciales. En definitiva, se trata de un trabajo de gran utilidad para un conjunto amplio de profesionales de la Psicología, del Derecho, y del mundo del trabajo. http://www.vuestroslibros.com/detalleproducto.php?IDItem=18338 B.N. Tiffon Nonis: Manual de actuación profesional en psicopatología clínica, criminal y forense. Una dimensión jurídico legal. 2009. 79 €uros. Sinopsis: La Justicia Penal juzga conductas; La Justicia Civil juzga intereses económicos; La Justicia de Familia juzga intereses familiares, de pareja y/o del menor; La Justicia Penitenciaria juzga intereses de libertad; La Justicia Laboral juzga intereses socioprofesionales y económicos; La Justicia Contenciosa-Administrativa juzga intereses del ciudadano. Y, en esencia a todo ello, la Psicología y la Psicopatología Forense evalúa los sentimientos, las emociones y las disfunciones mentales subyacentes a todos estos complejos procesos jurídico-legales. Con la actual y presente obra, el Dr. Bernat-Noël Tiffon Nonis viene a completar su anterior obra titulada "Manual de Consultoría en Psicología y Psicopatología Clínica, Legal, Jurídica, Criminal y Forense" (Editorial Bosch, Barcelona, 2008); profundizando, en esta ocasión, en los diferentes campos de aplicación de las distintas aplicaciones del Derecho. De nuevo, el Dr. Bernat-Noël Tiffon publica una original obra que aúna ambos campos: la disciplina Sanitaria de la Salud Mental y la disciplina Jurídico-Legal revisando temas clásicos y novedosos: la dimensión temporal del informe pericial psicopatológico; las pautas de actuación profesional. Se revisan aspectos sobre el Internamiento Psiquiátrico y sobre las Medidas Privativas y No Privativas de Libertad. Se plantean temas novedosos en el ámbito legal: la trimorbilidad forense emergente basada en la combinación entre el Trastorno Límite de la Personalidad (TLP), el Trastorno del Control de los Impulsos (TCI), el Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH) y su correlato con el abuso de sustancias tóxicas; la consideración del sustrato psicopatológico en la comisión de Delitos Informáticos (visualización de pornografía infantil por Internet); así como del estado mental de las 16 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 internas de las Unidades de Madres en los Centros Penitenciarios de Mujeres, entre otros temas de actuación profesional en el campo de la Psicopatología Forense. Al final de cada capitulo existe un amplio espectro de anécdotas y de curiosidades históricas de la Psicología, de la Psicopatología y de la Criminología que procuran hacer ameno y atrayente para el lector la multiplicidad de variables que pueden incidir en la manifestación de algún tipo de trastorno mental y que puedan tener relación con el ámbito forense, criminológico o sencillamente, clínico. http://www.vuestroslibros.com/detalleproducto.php?IDItem=15428 Javier Urra Portillo: El pequeño dictador: Cuando los padres son las víctimas. Del niño consentido al adolescente agresivo. 2006. 19 €uros. Sinopsis: No sólo en el trabajo o la escuela encontramos ejemplos de “mobbing” o “bullying”, sino también en el ámbito del hogar. En la actualidad existen muchos más casos de hijos acosadores de los que cabe imaginar. Niños consentidos, sin conciencia de los límites, que organizan la vida familiar, dan órdenes a sus padres y chantajean a todo aquel que intenta frenarlos; jóvenes que engañan, ridiculizan a sus mayores y a veces roban; adolescentes agresivos que desarrollan conductas violentas. En definitiva, hijos desafiantes que terminan imponiendo su propia ley. Este libro necesario de Javier Urra, psicólogo forense, primer Defensor del Menor en España y autor de “Escuela práctica para padres” -también publicado por esta editorial-, está pensado para todos los padres que son víctimas de estos pequeños o no tan pequeños tiranos, y para quienes desean prevenir situaciones extremas, muchas veces fomentadas por nuestra misma realidad social. Para ello es preciso educar en el respeto y el afecto, transmitir valores, hablar con nuestros hijos y escucharles, e intentar acrecentar su capacidad de diferir las gratificaciones y tolerar las frustraciones. En otras palabras, apoyar la labor educativa en los tres pilares básicos: autoridad, competencia y confianza. http://www.vuestroslibros.com/detalleproducto.php?IDItem=15378 W. Bernet (Ed.). Parental Alienation, DSM-V, and ICD-11. 2010. 44 €uros. Editorial: Charles C. Thomas ARTÍCLES: Bernet, W.; von Boch-Galhau, W.; Baker, A.J.L. & Morrison, S.L. (2010). Parental Alienation, DSM-V, and ICD-11. The American Journal of Family Therapy, 38 (2), 76-187. (URL: http://dx.doi.org/10.1080/01926180903586583) 17 Info-Jurídica. Secció de Psicologia Jurídica del COPC Número 25 Gener - Febrer 2011 7. APORTACIONS MEMBRES SECCIÓ NOU APARTAT!!!!!! ESPEREM REBRE ELS VOSTRES COMENTARIS I/O LES VOSTRES COL·LABORACIONS I APORTACIONS. Ho podeu fer arribar al correu electrònic del COPC: seccio@copc.org 18