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DOCUMENTOS DE TRABAJO LA CUESTIÓN CATALANA, HOY ORIOL AMAT Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad Universidad Pompeu Fabra DONATO FERNÁNDEZ NAVARRETE Catedrático de Economía Aplicada Universidad Autónoma de Madrid VALENTÍN PICH Presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España CLEMENTE POLO Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico Universidad Autónoma de Barcelona ALMUDENA SEMUR CORREA Coordinadora del Servicio de Estudios Instituto de Estudios Económicos JOAQUÍN TRIGO Director General Instituto de Estudios Económicos JUAN TUGORES Catedrático de Teoría Económica Universidad de Barcelona INSTITUTO DE ESTUDIOS ECONÓMICOS © Instituto de Estudios Económicos © Los Autores Impreso por FRAGMA Depósito Legal: M-38.476-2012 Noviembre 2012 ÍNDICE ORIOL AMAT Radiografía del tejido empresarial catalán y posibles impactos del debate independentista………………………………………………………………….. 5 DONATO FERNÁNDEZ NAVARRETE Las falsas premisas del Estado catalán………………………………………. 19 VALENTÍN PICH Régimen de financiación de la Generalitat de Cataluña. Modelo impositivo comparado con el resto de las CC.AA………………………………………… 37 CLEMENTE POLO El peso de las exportaciones en la economía catalana……………………….. 57 CLEMENTE POLO Las facturas de la independencia: “eurización”, capital público y deuda pública………………………………………………………………… 77 ALMUDENA SEMUR CORREA La perversidad de las balanzas fiscales………………………………………. 93 JOAQUÍN TRIGO El año de las decisiones discutidas…………………………………………….. 101 JUAN TUGORES Perspectivas económicas: realidades, incertidumbres y temas en la agenda…. 107 La cuestión catalana, hoy 5 Radiografía del tejido empresarial catalán y posibles impactos del debate independentista Oriol Amat Catedrático de la Universidad Pompeu Fabra 1. Introducción Este trabajo tiene dos objetivos. En primer lugar, se trata de analizar las principales características económico-financieras del tejido empresarial catalán. Para ello, se presentan las principales conclusiones del Informe Anual de la Empresa Catalana1. En segundo lugar, se pretenden apuntar posibles impactos que se pueden producir en relación con el debate independentista. Este debate se ha ido acrecentando a partir de la sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional que anuló diversos artículos del Estatuto de Autonomía que había sido aprobado por el Parlamento catalán, por las Cortes españolas, y refrendado en el Referéndum de 2006. Posteriormente, la intensidad del debate creció exponencialmente a partir de 2012 tras la manifestación del 11 de Septiembre y la convocatoria de elecciones autonómicas del 25 de noviembre. 2. Coyuntura económica catalana El entorno económico en el que se mueven las empresas catalanas continúa muy complicado, al igual que sucedió en los años anteriores. A pesar de que ya queda lejos la caída del PIB del 3,73 % del año 2009, el incremento del PIB ha sido sólo del 0,32 % el 1 Este trabajo se basa en el Informe Anual de la Empresa Catalana del año 2011 publicado por el Consejo General de Cámaras de Cataluña. Una versión parcial y previa de este trabajo se ha publicado en Cataluña Económica en octubre de 2012. La cuestión catalana, hoy 6 año 2010 y del 0,82 % en 2011. Estos porcentajes de crecimiento son muy bajos pero, al menos, son positivos. Según los datos del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya, la mejora que se inició en 2010 se explica por varios factores: -Buen comportamiento de la industria. La recuperación de la actividad del sector se ha visto favorecida por su apertura exterior, que le ha permitido beneficiarse del mayor dinamismo de las principales economías europeas. -El sector servicios también mostró una recuperación, sobre todo por el mayor dinamismo de la actividad turística. -Sin embargo, la construcción todavía mantiene una fuerte contracción y no ofrece síntomas de recuperación. La caída de la actividad del sector refleja el ajuste en curso del mercado residencial y el impacto de las restricciones presupuestarias sobre la obra civil. De cara a 2012, los datos que van llegando son peores, puesto que se espera de nuevo un decrecimiento del PIB, aunque con valores bajos. Por lo tanto, la recuperación iniciada en 2010 puede frenarse, entre otros motivos, por las medidas de contención de gasto e inversión de las administraciones públicas, por los aumentos de impuestos y por la desaceleración que se está produciendo a nivel internacional. La evolución del entorno económico debe tener lógicamente su reflejo en las cuentas de las empresas. 3. Número de empresas no financieras por tamaños y sectores El número de empresas con establecimiento en Cataluña que han desaparecido a lo largo de los últimos años es significativo, especialmente en la industria (figura 1). Por dimensiones, donde ha disminuido más el número de empresas es en los segmentos de empresas medianas y grandes (ver figura 2). La cuestión catalana, hoy 7 Número de empresas por sector 2007 2010 2011 Variación 20072011 Industria 50.114 44.776 42.584 -15,02% Construcción 90.857 97.019 91.087 +0,25% Servicios 480.420 477.883 478.080 -0,48% Total 621.391 619.678 611.751 -1,55% Fuente: IDESCAT. Figura 1. Número de empresas en Cataluña por sector. Número de trabajadores de la 2007 2010 2011 empresa Menos de 50 trabajadores Variación 2007-2011 613.058 611.894 604.051 -1,4% Más de 50 y menos de 199 trabajadores 5.993 5.593 5.511 -8,0% Más de 200 trabajadores 2.340 2.191 2.189 -6,4% 621.391 619.678 611.751 -1,5% Total Fuente: IDESCAT. Figura 2. Número de empresas en función del número de trabajadores Seguidamente, se presentan los datos principales que explican la evolución de las empresas catalanas durante estos últimos años. El análisis se fundamenta en las bases de datos de la Central de Balances del Banco de España. El volumen de negocio de las 2.394 empresas que integran la muestra en la que se basa este estudio equivale al 18,8% del valor añadido bruto generado por las empresas no financieras catalanas. 4. Capacidad de generar riqueza y situación financiera Después de unos años muy negativos (2008 y 2009) en los años 2010 y 2011 la evolución de la actividad ha sido positiva. En 2010 el volumen de ventas de las empresas catalanas aumentó un 4,5 % y en 2011 un 2 %. La cuestión catalana, hoy 8 De acuerdo con los datos de la figura 3, la evolución de las ventas en el mercado interior y exterior experimentó un cambio en el año 2010, si tenemos en cuenta la evolución de los años anteriores. Del 2000 al 2009, a excepción de tres años (2000, 2005 y 2009), las tasas de crecimiento de las ventas en el mercado español son superiores a las de las ventas en el extranjero. En 2010, la tasa de variación de las ventas en el extranjero fue muy positiva y mucho más elevada que la de las ventas en España. Lo mismo ha sucedido en 2011. Por lo tanto, ha sido la actividad exportadora la que ha tirado más de las ventas. Este dato explica el repunte de la intensidad exportadora, sobre todo en 2010. La intensidad exportadora es el peso de las ventas en el exterior sobre las ventas totales. La mejora de las ventas en el extranjero es consecuencia de varios factores, entre los cuales se puede destacar que los países a los que se exporta se están recuperando más rápidamente de la crisis. También señalamos la importante actividad que están llevando a cabo muchas empresas en los mercados exteriores, para compensar la caída de las ventas en el mercado nacional. El resultado está permitiendo reducir el déficit exterior. Este déficit es, precisamente, uno de los principales desequilibrios que tiene el patrón de crecimiento de la economía catalana, al igual que la española. La evolución del empleo es muy desfavorable. Por lo tanto el aumento de las ventas no está sirviendo para generar ocupación. En todos los años analizados, desde 2008 hasta 2011, ha continuado la reducción en el número de trabajadores, a pesar de que los porcentajes de destrucción de empleo ya son menores que los de los años anteriores. La reducción ha seguido afectando sobre todo a los trabajadores no fijos. A finales de 2011, el paro registrado era de 600.930 personas. En 2012 también ha continuando destruyéndose empleo y a finales de septiembre el paro registrado era de 632.457 personas, lo que representa más del 22 % de la población activa. La inversión en activos inmovilizados e inversiones inmobiliarias siguió creciendo durante el año 2010, aunque menos que en los años anteriores. En 2011, en cambio, se vio reducida. Por lo tanto, muchas empresas han optado por posponer inversiones en inmovilizado a la espera de tiempos mejores. Esto también puede ser consecuencia de las restricciones crediticias que imposibilitan a muchas empresas a financiar sus planes de inversión. La cuestión catalana, hoy Ventas en España 9 Ventas fuera de España Intensidad exportadora 32 28 24 20 16 12 8 4 0 -4 -8 -12 -16 -20 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 Fuente: Consejo General de Cámaras de Cataluña (2012). Figura 3. Evolución de las ventas en España y en el extranjero En términos de eficiencia hay evoluciones divergentes. Así, en 2010 aumentó la productividad laboral, pero en 2011 volvió a disminuir, a pesar de la reducción de los salarios en términos reales. La causa está relacionada con la caída de los márgenes y el valor añadido, que ha sido superior a la caída de los salarios. Con respecto a la eficiencia en la gestión de los activos, ha habido mejoras en la rotación del inmovilizado en 2010 y en 2011 y, en cambio, ha empeorado la rotación del activo corriente en 2011. En conjunto, la rotación del activo mejoró en 2010 y también, aunque menos, en 2011. Por lo tanto, las empresas son más eficientes en la utilización de activos. Los costes reales de la financiación disminuyeron tanto en 2010 como en 2011, como consecuencia de la bajada de tipos que se ha producido en estos años. De acuerdo con los datos de la figura 4, hasta el año 2009 las empresas catalanas habían ido perdiendo rendimiento del activo. La explicación estaba en la menor rotación de los activos y el menor margen. En cambio, en 2010 cambió la tendencia y tanto la La cuestión catalana, hoy 10 rotación como el margen contribuyeron a mejorar el rendimiento del activo. El efecto positivo del apalancamiento financiero también contribuyó a incrementar la rentabilidad de los fondos propios. En 2011, el margen ha vuelto a bajar y, aunque la rotación de los activos ha mejorado ligeramente, se ha reducido el rendimiento de los activos y también la rentabilidad de los fondos propios. Este es un tema muy importante, puesto que uno de los objetivos principales de cualquier empresa, inclusive en el caso de las organizaciones sin ánimo de lucro, es generar riqueza financiera para poder crecer y retribuir adecuadamente a todas las partes interesadas (socios, trabajadores, proveedores, comunidad...). La rentabilidad de la empresa mide su capacidad de generación de beneficios en relación con la inversión y, por lo tanto, es un indicador del beneficio generado a partir de los recursos disponibles. La figura 4 informa de la evolución de la rentabilidad de los fondos propios y del rendimiento del activo. La rentabilidad de los fondos propios ha estado bajando desde el año 2001, a excepción del año 2010, en que experimentó un repunte. En 2011 la rentabilidad de los fondos propios ha sido algo superior al 5 %. A pesar de ser positiva, es inferior al coste de oportunidad de muchos accionistas, que está normalmente entre el 8 % y el 12 %. El rendimiento del activo ha tenido una evolución similar. También ha ocurrido más o menos lo mismo con el apalancamiento, que mide si la deuda es rentable para la empresa. El hecho de que el apalancamiento sea superior a cero significa que la deuda es rentable, puesto que su coste es inferior al rendimiento de los activos. Rentabilidad de los fondos propios Rendimiento del activo 16 12 8 4 0 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 Fuente: Consejo General de Cámaras de Cataluña (2012). Figura 4. Evolución de la rentabilidad de los fondos propios (Beneficio neto / Fondos propios) y del rendimiento del activo (Beneficio antes de intereses e impuestos / Activo) La cuestión catalana, hoy 11 La figura 5 muestra la evolución de la rentabilidad del patrimonio neto (rentabilidad financiera) y sus determinantes. Se comprueba que la rentabilidad ha caído como consecuencia de la bajada del rendimiento del activo. Este rendimiento ha bajado debido a la caída de los márgenes, consecuencia de la menor productividad y las rebajas en los precios de venta, puesto que las empresas han aumentado ventas a expensas de rebajar precios. La dimensión ha influido en la marcha de las empresas. La evolución ha sido más favorable para las empresas medianas y grandes, puesto que han aumentado más las ventas y han reducido menos los márgenes que las empresas pequeñas. En cambio, el empleo se redujo en todos los casos. Durante los años 2010 y 2011 la estructura del activo de la empresa catalana se ha mantenido bastante estable. Donde ha habido cambios es en la financiación, puesto que ha continuado el proceso de desapalancamiento en el que están inmersas la economía catalana y la española. No hemos de olvidar que una de las debilidades más importantes de nuestra economía es la dependencia de la financiación exterior, dado que el ahorro interno ha sido insuficiente para financiar todas las inversiones que se han hecho durante los años de la burbuja inmobiliaria. En estos últimos años, tanto los particulares como las empresas están reduciendo su volumen de deuda. Por ello, en la parte de financiación las empresas han seguido priorizando los fondos propios, lo cual es bastante razonable. Como ya hemos recordado, sin duda a ello han contribuido las restricciones generadas por la crisis del sistema financiero. Las empresas catalanas tienen un perfil económico y financiero similar al de las empresas del resto de España, aunque hay algunas diferencias. Así, las empresas del resto de España han tenido una mejor evolución de la actividad y valor añadido en los últimos años. Por otra parte, las empresas españolas están más endeudadas, y al igual que las empresas catalanas, disponen de un apalancamiento financiero favorable, hecho que explica que la deuda sea rentable. En las empresas catalanas, el mayor apalancamiento financiero ha permitido que en 2011 la rentabilidad financiera sea algo más elevada que la que obtienen las empresas españolas. 5.- Posibles impactos del debate independentista en las inversiones, comercio con el resto de España y deslocalización de empresas La cuestión catalana, hoy 12 El debate independentista abre muchos interrogantes cuya respuesta condiciona los impactos económicos: Figura 5. Factores que explican la reducción de la rentabilidad de los fondos propios en el 2011 Actividad: Gastos: Ventas en Coste de personal España Productividad, Tipos Deuda a corto plazo con de interés coste Amortizaciones y en el extranjero Coste Rotación activo Márgenes financiero Proporción entre deuda con coste y fondos propios Rendimiento del activo Apalancamiento + Rentabilidad financiera -¿Se producirá la independencia? Este es un tema esencialmente político que no abordamos en este trabajo. -En caso de independencia: ¿Se saldrá de la Unión Europea? De nuevo se trata de un tema jurídico y político que escapa de los objetivos de este trabajo. La cuestión catalana, hoy 13 -Si Cataluña se sale de la Unión Europea: ¿Cuándo volverá a reingresar? ¿Abandonará el euro? ¿Habrá nuevas fronteras y aranceles? En este caso, parece que lo más razonable en un escenario de abandono de la Unión Europea es que Cataluña siguiese con el euro (otros estados que no son de la UE tienen el euro) y no hubiese aranceles para facilitar un reingreso más rápido en la UE. Dada la dificultad de visualizar las características de los escenarios que se abren no es posible cuantificar de manera precisa y creíble los impactos que se producirán. De todas formas, seguidamente, apuntamos algunos de ellos. El análisis de los posibles impactos del debate independentista para las empresas puede hacerse considerando el corto plazo o un horizonte temporal más largo, en caso de que Cataluña pasase a ser un estado independiente. Estos impactos pueden afectar a temas como el comercio entre Cataluña y el resto de España, al comercio entre Cataluña y el resto de la Unión Europea, a la deslocalización de empresas o al aumento de sedes de empresas multinacionales, entre otros. Impactos durante el debate independentista La etapa actual tiene grandes incertidumbres en lo que se refiere a su duración y a cómo acabará, ya que puede ser que al final se descarte la independencia (tanto si se producen cambios en la relación con España como si sigue todo igual que hasta ahora) o bien que Cataluña pase a ser un estado independiente. En esta etapa, el principal impacto puede ser consecuencia de boicots comerciales por parte de empresas y consumidores del resto de España. Ya ha habido otros precedentes de boicots. Por ejemplo, durante el debate de la reforma del Estatuto, las empresas de vino y cava informaron de una reducción de ventas en 2005 en el resto de España de entre un 10 % y 15 %. Algunas empresas han informado recientemente de que aún no han recuperado a todos los clientes que se perdieron durante dicho boicot. Para identificar qué parte de las ventas puede verse afectada por este boicot, es útil la información de la figura 6, en la que se aprecia que las ventas de bienes al resto de España representan una tercera parte de las ventas totales. Este porcentaje se ha ido reduciendo en los últimos internacionalización (figura 7). años como consecuencia del aumento de la La cuestión catalana, hoy 14 Cataluña 38.136 (26,6%) Resto España 49.389 (34,5%) Extranjero 55.525 (38,9%) Total (millones de euros) 143.050 (100%) Fuente: CEPREDE (2012). Datos de 2011. Figura 6. Distribución entre Cataluña, resto de España y extranjero de las ventas de bienes por parte de empresas catalanas Resto España Extranjero Total 1995 75,8% 24,2% 100% 2011 47,1% 52,9% 100% Fuente: DATACOMEX (2012). Figura 7. Peso de las ventas realizadas por empresas catalanas al resto de España y al extranjero De los datos anteriores se desprende que el impacto de este tipo de boicot es menor al que se habría producido hace unos años. Sin embargo, a la vista de los antecedentes expuestos, parece claro que habrá boicot. De hecho, en el momento de redactar estas notas (noviembre 2012), diversas empresas ya han comunicado que no comprarán a proveedores catalanes y son varias las empresas catalanas que han anunciado que algunos clientes les han anulado pedidos. Sobre la reacción de los empresarios ha habido opiniones diversas. Desde empresarios que han manifestado que si hay boicot deberán cerrar la empresa, hasta empresarios que han hecho público que este tema puede tener un impacto mínimo. Otros empresarios han manifestado que los beneficios de la independencia (desaparición del déficit fiscal, corrección de déficits en infraestructuras...) son mayores que las posibles pérdidas de ventas. Lógicamente, esto depende mucho del peso de las ventas realizadas al resto de España para cada empresa. Una encuesta de la patronal CECOT La cuestión catalana, hoy 15 realizada en 2012 entre sus socios muestra que el 66 % de los empresarios no tiene miedo a un posible boicot. Impactos en caso de independencia de Cataluña En caso de que Cataluña se independice, parece obvio que el boicot sería mayor. Sobre este tema, se han efectuado diversos estudios. Guinjoan y Cuadras (2011), tras analizar diferentes escenarios de impacto en el PIB de la reducción de ventas a empresas y a consumidores finales concluyen que el escenario más factible es el de una reducción de ventas a empresas del 20 % y una reducción de ventas a consumidores finales del 40 %, lo que implicaría una reducción del PIB catalán del 4 % (ver figura 8). Más negativos son los impactos previstos por otros estudios como el realizado por Comerford, Myers y Rodríguez (2012), que diagnostican un proceso gradual de caída del comercio entre Cataluña y España (en total una caída del 80 %) para llegar a los niveles de la relación existente con Portugal. También prevén un aumento del comercio entre Cataluña y el resto del mundo del 10 %, por lo que el impacto conjunto sería de una caída del 9 % del PIB catalán. Fuente: Guinjoan y Cuadras (2011). Figura 8. Impacto en el PIB de diferentes escenarios de boicot comercial La cuestión catalana, hoy 16 Según otro estudio elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores el impacto en el PIB catalán sería una caída del 19 % por la disminución de 28.000 millones de euros en el comercio entre Cataluña y España, como consecuencia de la instalación de fronteras y una caída de 7.400 millones de euros en el comercio con la Unión Europea, como consecuencia de la salida de Cataluña de la UE. En cualquier caso, el boicot comercial puede tener un efecto indeseado para los contrarios a la independencia, y es que la menor dependencia de las compras efectuadas desde el resto de España puede dar más alas a los independentistas. Otro aspecto a tener en cuenta es que el boicot a productos catalanes puede provocar un boicot en sentido inverso, si consumidores catalanes sustituyen productos del resto de España por productos de empresas catalanas. Dada la reducción gradual en el saldo comercial entre Cataluña y el resto de España (ver figura 9), en caso de que se produzca este contra boicot, podría reducir de forma significativa el impacto global de un boicot. Otra consecuencia de la independencia serían las deslocalizaciones, ya que hay empresas (Planeta, por ejemplo) que han anunciado que en un escenario de independencia se marcharían de Cataluña. Sin embargo, diversas multinacionales (BASF, Dow...) han comunicado que no tienen intención de marcharse en caso de independencia. Fuente: IDESCAT. Figura 9. Saldo comercial entre Cataluña y el resto de España La cuestión catalana, hoy 17 Finalmente, un estado independiente podría atraer a sedes de multinacionales que en estos momentos tienen la sede española fuera de Cataluña, pero que podrían estar interesadas en abrir una sede en este nuevo Estado. Esto se ha observado en Estados de nueva creación, como Eslovenia o Eslovaquia, por ejemplo. Todos estos impactos dependen también de cómo reaccionen las empresas a las que pueden perjudicar o beneficiar, ya que pueden poner en marcha estrategias empresariales (apertura de filiales en otras ciudades, potenciación de nuevas marcas...) para afrontar este tipo de retos. 6. Conclusiones Este trabajo ha descrito, en primer lugar, las principales características económicofinancieras del tejido empresarial catalán. Hasta el año 2011, las empresas catalanas han tenido una buena evolución de las ventas, sobre todo gracias a la exportación. A pesar de ello, se ha reducido el número de empresas y, sobre todo, el empleo. Desde el punto de vista financiero, las empresas están más capitalizadas puesto que han seguido reduciendo el endeudamiento. En cambio, han perdido rentabilidad puesto que para vender más han funcionado con un margen menor. Este diagnóstico hace evidente que cualquier reducción de ventas puede ser altamente perjudicial, y más en estos momentos en que muchas empresas están sufriendo las negativas consecuencias de una crisis que está durando más de lo previsto. A continuación se han apuntado impactos que se pueden producir en relación con el debate independentista. La cuantificación creíble de los mismos no es posible, ya que requiere utilizar hipótesis demasiado subjetivas. Esto explica las grandes discrepancias en los estudios publicados hasta la fecha. Los estudios elaborados por personas que simpatizan con la independencia muestran que los impactos son poco negativos o incluso favorables para las empresas catalanas y que quien más tiene que perder es España. En cambio, los estudios realizados por personas u organismos contrarios a la independencia concluyen con impactos extremadamente perjudiciales para Cataluña y sus empresas. Independientemente de las hipótesis utilizadas, el debate puede estar produciendo impactos negativos desde el momento en que se ha abierto, como La cuestión catalana, hoy 18 consecuencia de la incertidumbre y de los boicots a productos catalanes y posibles boicots hacia productos del resto de España. También se pueden producir efectos negativos (deslocalizaciones de empresas) o positivos (aumentos de sedes de multinacionales en Cataluña). El resultado final de estos impactos depende mucho de cómo actúen a partir de hoy las empresas, ya que pueden adoptar estrategias para protegerse ante impactos negativos y beneficiarse de los impactos positivos. Teniendo en cuenta el diagnóstico efectuado de las empresas catalanas con fortalezas significativas, pero también debilidades como la caída de la rentabilidad y el empleo, es conveniente incidir en todo lo que pueda contribuir a reducir incertidumbres que pueden retrasar inversiones. Por ello, es fundamental conseguir un nivel de diálogo que permita organizar de una forma adecuada el proceso que lleve a una solución de los problemas existentes, tanto si Cataluña sigue en España como si se acaba independizando. La duda es si los que deberían conseguir pactos y consensos para conseguir situaciones win-win (en las que las dos partes ganen) están por la labor. La historia de los últimos años recuerda que, en la mayoría de temas relevantes, esto no es fácil... y así nos va. Referencias bibliográficas Amat, O. y Genescà, E. (2012): Informe Anual de l’Empresa Catalana, Consell Superior de Cambres de Comerç de Catalunya. Argelaguet, J. (2008): “Consideracions sobre la independència de Catalunya”, Revista del Centre d’Estudis Jordi Pujol, 10. Comerford, D., Myers, N. y Rodríguez, J.V. (2012): “Measuring Costs and Benefits of Independence”, Papel de trabajo. Guinjoan, M. i Cuadras, X. (2011): Sense Espanya, Editorial Portic, Barcelona. Ministerio de Asuntos Exteriores (2012): Impacto de la independencia de Cataluña, Madrid. Tremosa, R. y Pons, J. (2005): Macroeconomic effects of catalan fiscal deficit with the Spanish state (2002-2010), Applied Economics, volume 37, núm. 13. La cuestión catalana, hoy 19 Las falsas premisas del Estado catalán Donato Fernández Navarrete Catedrático de Economía Aplicada 1. Planteamiento general Desde que Cataluña consiguiera su primer Estatuto de autonomía en la Segunda República (que fue abolido por el franquismo), dicha Región ha aspirado a tener una cierta autonomía que finalmente fue conseguida con el Estatuto de Sau de 1979, al amparo de la Constitución de 1978. Cataluña nunca ha aspirado a ser un Estado independiente porque forma parte del corazón de España, a la que históricamente ha contribuido a crear. La reivindicación del soberanismo por los partidos nacionalistas catalanes es, pues, una cuestión artificial y absolutamente novedosa que arranca de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró parcialmente inconstitucional el Estatuto catalán de 2006 (que reforma al de 1979). La crisis económica, que es muy profunda en Cataluña, ha contribuido a agravar la situación debido a las elevadas cotas alcanzadas por el presupuesto de dicha autonomía, que no son financiables con los recursos disponibles en épocas de crisis. Este es, bajo mi punto de vista, el fondo de la cuestión que ahora se debate. La Generalitat viene elaborando balanzas fiscales con el fin de demostrar el supuesto expolio que sufre Cataluña por parte del Estado2. Aparte de señalar la escasa utilidad práctica de estos trabajos en un Estado unitario –con independencia de que esté regionalizado- con un sistema fiscal unificado –a pesar de los matices que puedan hacerse- en el que el sujeto de los tributos es el ciudadano -con independencia de donde viva- y no los territorios, la metodología aplicada por la Generalitat deja mucho que desear. Al no encontrar la réplica y difusión adecuada por otras investigaciones que contrasten sus resultados, tales trabajos, avalados y financiados por una institución 2 . Véase al respecto, el trabajo editado por el Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat. Resultados de la balanza fiscal de Cataluña con el Sector Público central 2006-2009. Generalitat de Catalunya. Monografies número 14, 2012. (http://www20.gencat.cat/docs/economia/70_Economia_Catalana/arxius/MN_2012_14_es.pdf). Y para una comparación internacional, véase Montasell Piñol, Gerard i Sánchez Rata, Esther “Comparació internacional de les balances fiscals de les regions amb el sector públic central: una anàlisi de l’efecte redistributiu”. Generalitat de Cataluya, Papers de Treball, número 1, 2012. (http://www20.gencat.cat/portal/site/economia/menuitem.9924bb17bdcd2bdaf813ae92b0c0e1a0/?vgnextoid=50ccb8 2198649210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextchannel=50ccb82198649210VgnVCM1000008d0c1e0aRCR). La cuestión catalana, hoy 20 pública, se convierten en la verdad establecida3. A este propósito debe recordarse que Cataluña es una de las 15 comunidades autónomas a la que se le aplica el régimen común de financiación que regula la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). Dicha Ley, promulgada en 1980, en buena parte está inspirada en el Estatuto catalán de 1979. Las reformas posteriores lo han sido, en todos los casos, por iniciativa y a plena satisfacción de los gobiernos catalanes aprovechando los sucesivos pactos de los nacionalistas con el PSOE o con el PP. Con la actual crisis económica, en la que se ha producido una fuerte caída de los ingresos tributarios, el gobierno catalán ha dejado de sentirse cómodo en el régimen LOFCA y aspira a conseguir el de Concierto, que es el que se aplica al País Vasco y a Navarra; un modelo, por lo demás, absolutamente insolidario con el resto de las comunidades autónomas, que no debió reconocer la Constitución de 1978 para las dos comunidades citadas. Como la cuestión está planteada, no parece existir otra alternativa viable que la de consensuar algún tipo de acuerdo político, que puede implicar la reforma de la Constitución, para darle una salida a este problema. Una solución que debe ser equitativa para todas las regiones y que no debe suponer privilegio para ninguna de ellas; esto pasa por suprimir el sistema de conciertos, lo que puede abrir otro frente de conflicto. Si dicho acuerdo no se consigue y el pueblo catalán realmente desea la independencia de España y sigue un procedimiento escrupulosamente democrático, Cataluña no puede ser condenada eternamente a permanecer en España. Ahora bien, debe quedar absolutamente claro que la independencia no es gratuita o que incluso puede resultar muy rentable, como hacen creer los nacionalistas. Por el contrario, la 3 . Una de las excepciones la constituye Convivencia Cívica de Cataluña, que en su trabajo “Las trampas de la balanza fiscal de Cataluña”, (http://www.math.temple.edu/~gimenez/NAD/Las%20trampas%20de%20la%20balanza%20fiscal%20de%20Catalu %C3%B1a.pdf), denuncia la falta de objetividad de la Generalitat en la metodología de cálculo de los saldos fiscales: maximiza los impuestos pagados en Cataluña hacia el Estado, minimiza los gastos del Estado en Cataluña, incluye el déficit fiscal con Europa en el del Estado, maquilla los datos obtenidos mediante la denominada “neutralización” y emplea otras técnicas discutibles. Este estudio concluye señalando que “…en el año 2009 según el método de cálculo de “flujo del beneficio” o “carga-beneficio”, que es el método más empleado internacionalmente, Cataluña no tuvo déficit fiscal, sino superávit fiscal de 4.015 millones de euros, lo que representa un 2.1% del PIB”. Otro de los trabajos que también cuestiona la metodología aplicada, es el Fernández, Pascual La balanza fiscal de Cataluña 2006-2009. Análisis del estudio de la Generalitat de Cataluña, que forma parte del estudio El mito fiscal. Razones para un debate. Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), Madrid, 2012. Insiste este autor en que la aplicación preferente que hace la Generalitat del enfoque del flujo monetario sobre el de carga-beneficio, contiene inconsistencias técnicas que conducen a sesgar los resultados. La cuestión catalana, hoy 21 independencia tiene un coste tan elevado que puede suponer para Cataluña su ruina económica por muchos años. Y también la de España, que pagaría un alto precio. En los dos epígrafes que siguen me propongo debatir por qué son falsas las dos premisas de las que parte el nacionalismo para reivindicar una Cataluña independiente: su permanencia en la Unión Europea (UE) y que será un Estado próspero. 2. Una Cataluña independiente no encaja en la UE El nacionalismo no cuestiona la permanencia de una Cataluña independiente en la Unión: la da por supuesta. ¿Una Cataluña independiente podría continuar en la UE? La respuesta es rotundamente no. Y no podría hacerlo porque Cataluña no ha firmado los tratados de la Unión y por lo que no es parte contratante de la misma. Sí lo es España en función de su soberanía y en función de ésta, al igual que el resto de los Estados, le atribuye competencias a dicha Organización internacional. Como Cataluña no es un Estado, ni nunca lo ha sido, de conseguirlo en un futuro, tendría que pedir su ingreso en la Unión como país tercero. Y otro tanto ocurriría con el resto de las organizaciones internacionales. Los tratados comunitarios no contemplan el supuesto de que uno de sus Estados miembros se fraccione en nuevos Estados, ni tampoco el encaje de esos nuevos Estados segregados en la estructura de la Unión. Por el contrario, lo que sí se encargan de regular es que tal supuesto no se dé: “La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros ante los Tratados, así como su identidad nacional, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro” (Art. 4.2 del TUE). La garantía de la integridad territorial de los Estados es un elemento central en la filosofía de los tratados de la UE. Y lo es por razones históricas: los nacionalismos, que proliferan por doquier en Europa, han sido el germen de los conflictos bélicos del pasado. Tratar de construir una Unión sobre las autodenominadas naciones sin Estado significaría la ruina del proceso de integración debido a la defensa que hacen de todo La cuestión catalana, hoy 22 tipo de intereses mezquinos: la ideología nacionalista es un galimatías conceptual que se fundamenta en actos colectivos de fe, en afirmaciones y creencias, pero no en ideas; y en el victimismo, la irracionalidad y la negación del otro. En fin, el modelo de integración comunitario no contempla a las regiones como entidades políticas –sí administrativas- sobre las cuales se vertebre el futuro político de la UE; incluso en una situación federalista de la misma, su base continuarían siendo los Estados, que no desaparecerían. Hasta el vigente Tratado de Lisboa (TL), ninguno de los precedentes contemplaba el abandono de un Estado miembro de dicha Organización internacional. Lo hace por primera vez el TL (que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009), en el apartado 1 del Art.50 del TUE que estipula: “Todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión”. El procedimiento de retirada se desarrolla en los apartados siguientes del mencionado artículo. Hasta el momento, ningún Estado miembro ha solicitado su retirada de la Unión; por lo tanto, no contamos con memoria histórica a este respecto. Sí existen dos casos, ambos de carácter regional, que pueden servir de ejemplo: uno de retirada de la Unión y otro de entrada en la misma. El primero corresponde a Groenlandia, que solicitó salir de la Unión (entonces Comunidades Europeas) en 1985, pero no de Dinamarca de la cual dependía y depende políticamente (Groenlandia no es un Estado independiente). La solución que adoptó la Unión fue la de concederle a esta región el estatus de “Asociación de los Países y Territorios de Ultramar” (que se regula en la Cuarta Parte del TFUE), territorios que si bien tienen vínculos especiales con la UE, no son parte de la misma. El segundo supuesto es de ampliación, fue el que se dio con la reunificación de Alemania en 1990. En este caso, se produjo la absorción por parte de la República Federal -que ya era miembro de la UE-, de la República Democrática, pero no como tal Estado –que dejó de existir- sino de sus cinco Länder que se integraron en la Federal para formar la Alemania reunificada. Fue una ampliación encubierta de la Unión. Cataluña constituiría un ejemplo diametralmente opuesto a los dos anteriores. En este caso, se trata de una región de un Estado miembro (España) que aspira a constituirse en Estado soberano. De culminar con éxito dicho acto de independencia, Cataluña no solo dejaría de formar parte del Estado al que pertenece sino también de La cuestión catalana, hoy 23 todos los organismos internacionales en los que España participa, entre ellos la UE, en los que tendría que pedir su ingreso. Cataluña, de lograr su pretensión de constituirse en Estado soberano, se autoexcluye de la representación del Estado de origen (España), que dejaría de representarla tanto en la Unión como en cualquier otra organización internacional. Centrándonos en el caso de la Unión, la pertenencia de Cataluña a la misma depende mucho de cómo se produjese su separación de España. A mí modo de ver se presentan tres grandes alternativas, que paso a considerar. Primera opción: Cataluña se constituye como Estado asociado de España. En tal supuesto, Cataluña continuaría formando parte de la Unión sin solución de continuidad. España seguiría ostentando la representación en las instituciones de la misma e internamente podría negociarse su reparto. El problema aquí reside en que no es un procedimiento constitucional; y con toda seguridad la Constitución española, de reformarse, tampoco contemplaría este supuesto confederal. Una iniciativa similar ya fue intentada por el gobierno Ibarreche del Partido Nacionalista Vasco (PNV) en su proyecto de Estatuto de 2005, bajo el subterfugio de una Comunidad libremente asociada al Estado Español pero con derecho a decidir libremente su organización y sus relaciones públicas. El proyecto Ibarreche fue rechazado por abrumadora mayoría: ni tan siquiera fue admitido a trámite por el Congreso. Es posible que el futuro gobierno catalán esté en la idea de presentar una propuesta de este tipo. De hacerlo, correrá la misma suerte. Segunda opción: Cataluña negocia su independencia con España. Como la actual Constitución no admite la posibilidad de celebrar un referéndum sobre la cuestión solo en Cataluña, previamente sería necesario reformar la misma y someterla a referéndum en toda España para su refrendo. Si esa nueva Constitución lo admite, habría que celebrar otro referéndum sobre la independencia, en este caso solo en Cataluña. De lograr ésta su pretensión, vendría obligada a abandonar la Unión (y por supuesto el euro y el espacio de Schengen) y a solicitar -siguiendo el procedimiento previsto por el Art.49 del TUE- su ingreso como país tercero. De ser admitida su solicitud de candidato a Estado miembro, que con bastante probabilidad seria vetada por más de un Estado miembro (y que España de alguna forma se vería obligada a celebrar un referéndum al respecto), las negociaciones, una vez cubierto este trámite, podrían La cuestión catalana, hoy 24 prolongarse entre cinco y diez años, que es la media que se viene dando en los nuevos candidatos (España y Portugal, 8 años; la ampliación a los Estados del Este y del Mediterráneo, entre 10 y 14 años; Croacia, 10 años, etc.). Dicho ingreso en la UE no implicaría que lo hiciese simultáneamente en la Eurozona ya que son dos actos diferentes: el primero es una condición necesaria pero no suficiente. El ingreso en la unión económica y monetaria se produciría con posterioridad y dependería del cumplimiento de los criterios establecidos en el Tratado de Maastricht. En el interregno, a lo máximo que podría aspirar Cataluña sería a un acuerdo cambiario de su peseta con el euro (no sería posible un acuerdo monetario) con la Unión, acuerdo que sería administrado por España. Tercera opción: Cataluña se separa de España por un acto unilateral de secesión. En este tercer supuesto (que suele darse en Estados federales o confederales, pero no en los unitarios como lo es España), entrarían en funcionamiento los mecanismos previstos por la Constitución en numerosos de sus artículos, entre otros, el Art.1.2 “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” y el Art. 2 “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. El ejercicio del derecho de autodeterminación de Cataluña para constituirse en Estado soberano es legalmente muy cuestionable por varias razones, entre las que destacan las dos siguientes: la primera, porque a diferencia, por ejemplo, de Escocia que fue Estado independiente hasta 1707, Cataluña nunca lo ha sido; y la segunda porque tampoco ha sido ni es una colonia de España, supuesto para el que ha sido previsto el derecho de autodeterminación4. Como es sobradamente conocido, Cataluña formó parte del Reino de Aragón que, conjuntamente con el de Castilla, crearon la nación española a finales del siglo XV iniciando a partir de entonces la construcción del Estado, uno de los más viejos de Europa. El matrimonio entre Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón permitieron la alianza de las dos coronas participando ambas en la conquista, primero, del Reino de 4 . Véase al respecto el articulo de artículo Solozábal, Juan José, “La autodeterminación y los derechos”. El País, 8 noviembre de 2012. La cuestión catalana, hoy 25 Granada (1492) y, posteriormente, del de Navarra (1512), así como en el descubrimiento de América. A partir de la unión de dichas coronas, la historia de España ha sido común y nunca se ha vuelto a diferenciar entre las antiguas coronas de Aragón y de Castilla y mucho menos entre Cataluña y el resto de España. España ha sido históricamente el común denominador sobre el que se ha cimentado el espacio económico (el mercado interior) a lo largo de varios siglos a través de un prolongado proceso de reformas de todo tipo. Entre estas cabe citar los denostados –por los nacionalistas catalanes- Decretos de Nueva Planta de Felipe V (en la segunda década del siglo XVIII) que permitieron la reorganización de la administración territorial y acabar con muchos privilegios feudales de los reinos. Afectaron al de Aragón, al de Castilla y al Consejo de Indias y fue excluido de las mismas el Reino de Navarra y las provincias vascas. Por dichos Decretos perdieron parte de sus instituciones propias. El de Aragón, que en la Guerra de Sucesión había apoyado mayoritariamente las pretensiones a la corona del Archiduque Carlos, perdió sus fueros y en el de Castilla quedaron suprimidos, entre otros, los privilegios municipales. Un siglo después, a partir de la Constitución 1812, comenzaron a sentarse las bases para la modernización de España. Se abolió la Inquisición, los señoríos jurisdiccionales, los mayorazgos, los gremios, la Mesta, etc.; se prosiguió con la desamortización de la propiedad rústica y urbana (eclesiástica y civil) y la del subsuelo (legislación de minas); se estableció, en 1841, el arancel común; la unidad fiscal, teóricamente se consiguió con la reforma de Alejandro Mon y Ramón de Santillán de 1845; el sistema de pesas y medidas común (el sistema métrico decimal), fue implantado por el ministro de Hacienda, Bravo Murillo, en 1849; la unión monetaria se consiguió en 1868 tomando como base la peseta de cien céntimos (la peseta es de origen catalán y la primera peseta fue acuñada en Barcelona en 1808); etc. Todas las reformas citadas, y otras muchas que se omiten, fueron comunes y afectaron –salvo alguna excepción puntual- a todo el territorio español. Y muchas de ellas fueron impulsadas por insignes catalanes, que afortunadamente han proliferado en la historia de España; baste citar, a mero título de ejemplo, a Juan Prim, Laureano Figuerola, Francisco Cambó, Agustina R.M. Zaragoza y Domènech (Agustina de La cuestión catalana, hoy 26 Aragón), Andreu Nin, Marcelino Domingo, Joan Sardà i Dexeus, Juan Antonio Samaranch, etc. Por lo que respecta a la Unión Europea, Cataluña, lo mismo que en el caso precedente, tendría que abandonarla y pedir su ingreso en la misma como país tercero. Pero en este caso, el proceso se complicaría de manera considerable ya que Cataluña no tendría ni tan siquiera la opción de solicitar su ingreso en muchos años. Al producirse tal independencia por un acto de secesión, no sería reconocida durante un largo periodo por ninguno de los Estados de la Unión, puesto que España invocaría la aplicación del ya mencionado párrafo segundo del Art. 4 del TUE. Y el Consejo Europeo, la Comisión, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia de la Unión, entre otras instituciones, tendrían que pronunciarse al respecto. Cataluña pasaría por un amplio periodo de hibernación quedando como Estado aislado hasta que fuese reconocido por la comunidad internacional y en particular por los Estados de la Unión. Una vez logrado tal reconocimiento por todos los Estados que formen parte de la Unión en ese momento, Cataluña tendría la posibilidad de solicitar su ingreso en la misma. España, y con alta probabilidad otros Estados, vetarían su entrada durante muchos años; incluso el gobierno español, con más razón que en el supuesto precedente, se vería moralmente obligado a celebrar un referéndum para dar su aprobación. En fin, para restañar las heridas producidas, no es descabellado pensar que Cataluña tendría que esperar no menos de 30 años para ser parte de la UE y otros cuantos más para entrar en la Eurozona. 3. El presupuesto de la independencia: el nacionalismo promete un paraíso económico que no existe La segunda de las premisas de la que parte el nacionalismo, que una Cataluña independiente solucionaría sus problemas económicos, también es falsa. Esto equivale a decir que España es una rémora para el desarrollo catalán y que le impide ser uno de los Estados más ricos de Europa. En este extremo, la estrategia nacionalista pasa por el establecimiento de un presupuesto sólido y por pactar con los principales países mundiales, y destacadamente con los de la UE, un rápido reconocimiento de Cataluña como Estado independiente. La cuestión catalana, hoy 27 El presupuesto para el futuro Estado Catalán ha sido elaborado por el Cercle Catalàn de Negoces5. Lleva por el título de El Pressupost de l’Estat Català6 y toma como base el ejercicio de 2012 (como comunidad autónoma) y partir del mismo se hace una proyección, ya como Estado independiente, para los ejercicios 2013 a 2017. En esta simulación, se presume que, en 2013, Cataluña habría recuperado la totalidad de los tributos hoy en poder de España y, naturalmente, se haría cargo de la totalidad de los gastos públicos. El escenario que se expone en el documento presupuestario para el nuevo Estado catalán, no puede ser más prometedor. Sus principales características las voy a agrupar en las siguientes cuatro categorías: - Fuerte crecimiento económico. A partir del 2016, se prevé que el PIB de Cataluña se incremente anualmente entre el 4 y 5%, una tasa muy superior a la media de la UE y de la OCDE, que sitúa entre 0,9 y 2,2%. Un crecimiento de este tipo permitiría la creación de mucho empleo y la reducción drástica del paro; sobre lo primero no ofrece previsiones, pero en lo relativo al paro indica que en cinco o seis años se reduciría a la mitad (pasaría de los actuales 822.000 parados a poco más de 400.000). Ello sería posible por el fuerte crecimiento previsto, por la progresiva reducción del déficit presupuestario, por el incremento de las inversiones en infraestructuras, territorio y sostenibilidad (de 1.563 millones de euros en 2013, se pasa a 3.105 en 2017) y por el incremento de funcionarios (hasta situarlo en una cota por cada 1.000 habitantes similar a los pequeños y ricos países europeos). - Un presupuesto sólido y saneado. En estas condiciones de intenso crecimiento económico, el presupuesto de Cataluña pasaría de los 29.727 millones que tiene en 2012 como Comunidad a 67.393, en 2013 y a 76.062 en 2017, ya como Estado independiente. Esto es, en solo cinco años el presupuesto se multiplicaría por 2,6 veces gracias al fuerte crecimiento del PIB y a que todos los tributos serían recaudados por la hacienda catalana. Se produciría un fuerte incremento en la recaudación por impuestos directos, en particular en IRPF, cuotas de la seguridad social y sociedades; y también en los indirectos, señaladamente en IVA e impuestos especiales. 5 . Cercle Catalàn de Negoces se autodefine como una asociación empresarial independiente y sin ánimo de lucro que fue constituido en Bigues i Riells, el 26 de novembre de 2008. Entre sus fines figura el de “Conscienciar als empresaris de la necessitat que Catalunya esdevingui un estat propi ens els propers anys, per tal de garantir la futura prosperitat empresarial de Catalunya” (Articulo 2, apartado b, de sus estatutos). Está presidida por Ramon Carner i Alivés y su secretario es Joan Canadell i Bruguera. 6 . El lector interesado podrá encontrar el referido trabajo en: http://www.ccncat.cat/sites/default/files/Dmes1.El%20Pressupost%20de%20Estat%20Catal%C3%A0.pd. Septiembre, 2012. La cuestión catalana, hoy 28 Por lo que respecta al déficit y endeudamiento público de Cataluña, se prevé, en cuanto al primero, que sería del 3,7% del PIB en 2013, se incrementaría hasta el 5,4% en 2014 y a partir de ahí se iría reduciendo hasta lograr el 2,7% del PIB en 2017 (y 1,4% en 2018); es decir, en 2017, Cataluña ya cumpliría en este extremo con lo estipulado por el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) de la UE. Y por lo que respecta al endeudamiento público, el estudio lo sitúa en el 75,3% del PIB catalán en 2013, incrementándose hasta el 81% en 2015 en que iniciaría un decrecimiento hasta al 78,7% en 2017 (y del 75,8% en 2018); si bien Cataluña no cumpliría con lo previsto por el PEC, sí se situaría por debajo de la media comunitaria. Como resultado de la favorable situación económica y presupuestaria, de la eliminación del expolio fiscal español y de la acción de la Agencia Tributaria catalana en persecución del fraude fiscal y de la economía sumergida, el Estado Catalán podría reducir los actuales tipos impositivos con el fin de favorecer el consumo privado y la competitividad empresarial. A tal efecto, se estima que, entre 2013 y 2016, se podrían disminuir en un 10% los tipos impositivos del IRPF, del de sociedades y las cotizaciones de los empresarios, asalariados y autónomos a la seguridad social. - Reducido efecto de un posible boicot comercial de España. El informe admite que es previsible que, por parte de España, pudiera producirse un cierto boicot comercial a determinados productos catalanes. En todo caso, dicho boicot sería pasajero y poco importante: elevado en el primer año, moderado en el segundo y residual en el tercero y posteriores. Para paliar sus efectos, se prevé una partida de 1.750 millones de euros en el presupuesto de gastos, a razón de 1.000, 500 y 250 millones de euros para los tres años de su duración. - Un Estado catalán rico y solidario. Es evidente que con una situación como la expuesta, el Estado Catalán será rico, situándose entre los pequeños y desarrollados Estados europeos. Ello le permitirá pagar sin problemas las pensiones de sus ciudadanos (cuyo coste se situará en el entorno de los 23.000 millones de euros anuales), prestaciones por desempleo (de unos 7.000 millones de euros anuales, con tendencia a la baja por la disminución del desempleo), la defensa (1.176 millones de euros anuales), asuntos exteriores (de 313 millones de euros en 2013, pasa a 540 en 2017) y la contribución a la Unión Europea, que se prevé en una cantidad fija de 2.127 millones de euros anuales (de los cuales y a través del presupuesto de la UE -vía fondos estructurales y otros-, retornarían a España 1.475 millones). La cuestión catalana, hoy 29 El esplendor económico del nuevo Estado catalán sería rápidamente apreciado por las agencias internacionales de calificación, que le otorgarían su máximo grado: (entre AA/AAA, en las ratios de las agencias S&P y Fitch, según el trabajo que comentamos) situándola entre los primeros quince países más solventes del mundo, con una prima de riesgo (respecto al bono alemán a 10 años) de solo 140. España, por el contrario, continuaría relegada –y por añadidura intervenida- en su baja calificación de BBB y con una prima de riesgo de 517. Frente a este idílico paraíso que dibuja el estudio del Círculo Catalán de Negocios para una Cataluña independiente, la situación real es muy otra: su actual crecimiento es prácticamente nulo y así es previsible que continúe en el corto plazo (digamos en los próximos cinco años), el paro superaba los 820.000 personas a mediados de 2012 y la deuda pública autonómica es asfixiante: hasta el extremo de que, al carecer de fuentes alternativas de financiación, Cataluña se ha visto obliga a solicitar, como bastantes otras comunidades autónomas, su rescate por el Estado a través del recién creado Fondo de Liquidez Autonómica. La metodología utilizada en la estimación del Presupuesto del Estado Catalán por parte del Círculo incurre en los mismos sesgos que la seguida por la Generalitat en las balanzas fiscales: escaso rigor. Adicionalmente, al basar dicho presupuesto en la continuidad de Cataluña en la Unión sin prever escenarios alternativos, todo este artificio se desmorona irremediablemente. Las principales objeciones que se le pueden hacer a este trabajo, son las siguientes: - Sobrevalora los ingresos y minusvalora los gastos. En las estimaciones realizadas y según convenga a los intereses catalanes en cada caso, se utiliza la ratio de PIB de Cataluña sobre España, el de población y o el de la media de ambos. - Crea un Estado prácticamente sin costes. Así para la rúbrica “Unión Europea, Asuntos Exteriores e Inmigración” se presupuestan 3.696 millones de euros en 2013 aumentando hasta 3.923 en 2017. Si se tiene en cuenta que aproximadamente un 55% de esta cantidad se destina a contribuciones de Cataluña al presupuesto de la UE, con el resto es altamente improbable que se puedan atender con un mínimo de eficacia los otros compromisos que entraña el funcionamiento de un Estado, tales como la defensa, fronteras, relaciones internacionales, etc. La cuestión catalana, hoy 30 - Subestima la deuda pública. El documento que comentamos del Círculo Catalán de Negocios, no menciona ni una sola vez la deuda generada por Cataluña como comunidad autónoma que, a mediados de 2012, se situaba en 44.000 millones de euros, a la que hay que añadir la que también ha generado la maraña de empresas públicas creadas, que en dicha fecha era de 6,4 miles de millones. No obstante, implícitamente sí la tiene en cuenta al estimar la deuda total inicial que correspondería a Cataluña. Dicha deuda ascendería a 149.368 millones de euros en 2013 (75,3% del PIB), iría creciendo hasta situarse en los 181.108 en 2017 (78,7% del PIB) y 183.724 en 2018 (75,8 del PIB). Aunque la deuda total continuaría incrementándose anualmente sobre la inicial de 2012 (que es la misma con la que comenzaría a operar a partir de 2013), su proporción sobre el PIB catalán descendería a partir de 2016 habida cuenta de los importantes incrementos que prevé para este último. Pero lo que ocurre en realidad es que en este, como en otras tantas estimaciones que realiza el documento presupuestario del Círculo, las cuentas no están bien hechas. A junio de 2012, la deuda pública generada por la Comunidad de Cataluña ascendía a 43.954 millones de euros y la que le correspondería del Estado, según mis propios cálculos, sería de otros 142.243,6 (según la ratio de PIB de Cataluña sobre España) o bien 121.705,8, utilizando el de población; cantidades ambas bastante alejadas de la prevista por dicho documento, que sitúa dicha herencia en 97 mil millones7. De manera que la deuda pública total inicial de Cataluña se situaría, en la fecha de referencia, entre 186.197,6 millones de euros (hipótesis máxima) y 165.659,8 (hipótesis mínima) en lugar de los ya mencionados 149.368 millones que refleja el referido documento. El trabajo del Círculo Catalán no hace referencia alguna a la deuda privada catalana que, si bien no corresponde propiamente al presupuesto público, no deja de ser también deuda. En tiempos de crisis como los actuales, es práctica cotidiana que, por el principio de socialización de pérdidas, una parte creciente de dicha deuda se vaya convirtiendo en pública. La deuda privada correspondiente a Cataluña (utilizando la ratio de PIB) era, a mediados de 2012, de 389.280,4 millones de euros; de ellos, 226.405,8 correspondían a empresas no financieras y 162.874,6 a las familias. 7 . En la cuestión de la deuda pública, el presupuesto editado por el Círculo se muestra cauteloso. Si bien aplica la ratio de población, subraya (en este caso, con toda su lógica), que la que asuma el Estado catalán dependerá de sus negociaciones con España. No obstante, sí advierte que será inferior a la que le correspondería por la ratio PIB debido a que la deuda pública española se ha invertido mayoritariamente en otras comunidades autónomas. La cuestión catalana, hoy 31 - Ignora la gravedad de las repercusiones económicas. En este punto sigo el trabajo realizado por Convivencia Cívica de Cataluña8, bajo el título de Las cuentas claras de Cataluña9. Las principales conclusiones a las que llega pueden resumirse en las siguientes: En primer lugar, una separación de Cataluña del resto de España implicaría una disminución de su PIB en 42.266 millones de euros, que se desglosa así: 12.155 por disminución del saldo comercial; 13.632 por deslocalización de empresas y 16.478 por la contracción de la demanda interna (consumo e inversión). Esto significaría una caída del PIB de Cataluña en un 20,5% respecto del que tenía en 2010. En segundo lugar, todo Estado implica la creación de un efecto frontera, incluso -aunque mitigado- dentro de la UE y máxime si no se pertenece a la misma (moneda propia, barreras arancelarias y no arancelarias y otras normas que afectan al comercio). El efecto frontera sería muy negativo para los intereses catalanes. Está ampliamente comprobado que las fronteras nacionales afectan a todo tipo de comercio y señaladamente al de bienes: favoreciéndolo cuando no existen y obstaculizándolo en caso contrario. Los ejemplos que existen a escala internacional, demuestran que la separación política de un territorio y la consiguiente aparición de nuevas fronteras, originan una caída del comercio bilateral entre los nuevos Estados que oscila entre un tercio y dos tercios sobre el que existía cuando estaban unidos. A este respecto baste citar los casos de las viejas repúblicas de la ex-Yugoslavia, de Checoslovaquia o de las repúblicas de la antigua URSS. En 2010, el saldo comercial en bienes de Cataluña con el resto de España fue positivo en 21.937 millones de euros, lo que repercutió en una mejora de su PIB equivalente a un 10,5% (el que obtuvo con el resto del mundo fue negativo). En el trabajo de Convivencia Cívica puede leerse que: “En el año 2010 las ventas exteriores de las empresas catalanas fuera de Cataluña sumaron 130.629 millones de euros. De ellas, más de la mitad, 66.304 millones de euros, fueron compras del resto de España mientras las demás, 64.325 millones de euros, procedieron del resto de los países del 8 . Según puede leerse en su página web, Convivencia Cívica de Cataluña es una Entidad que coordina entidades cívicas y ciudadanos, con la finalidad de “promover el respeto a los derechos y libertades fundamentales de las personas, fomentar las virtudes cívicas, fortalecer los valores democráticos, actuar contra todo tipo de discriminación, ya sea por causa de sexo, raza, origen, lengua, opinión o credo, y defender la pluralidad cultural, educativa y lingüística en el espíritu de los principios recogidos en la Constitución Española de 1978”. Fue constituida en Barcelona el 22 de febrero de 1998. 9 . Este riguroso trabajo elaborado y publicado por Convivencia Cívica de Cataluña, fue presentado en Barcelona, el 6 de noviembre de 2012 con datos referidos a 2010. Puede consultarse en: http://www.math.temple.edu/~gimenez/NAD/Las%20cuentas%20claras%20de%20Catalu%C3%B1a.pdf. La cuestión catalana, hoy 32 mundo. De los 15 principales mercados donde venden las empresas catalanas, 10 son comunidades autónomas españolas. Por citar sólo algunos ejemplos, Cataluña vende más a Murcia que a Estados Unidos, de la misma manera que vende más a Aragón que a Alemania”. En una hipotética independencia de Cataluña, en el supuesto de que las empresas catalanas vendieran en el resto de España lo mismo que actualmente venden a Francia (su otra frontera), sus ingresos se desplomarían en unos 40.000 millones de euros anuales. Los sectores más directamente afectados por el efecto frontera con España serían –señala este Informe- los de la industria agroalimentaria, la textil, la química y la metalúrgica, con una reacción en cadena que se iría transmitiendo a los demás sectores, incluido el público. Esto, unido a la probable deslocalización de grandes empresas, pondría en peligro a 1 de cada 6 empleos actualmente existentes en Cataluña (solo con la deslocalización de SEAT se perderían unos 40.000 empleos directos e indirectos). En tercer lugar, la deshonestidad política del nacionalismo. Los partidos nacionalistas catalanes transmiten a la sociedad datos sesgados e inflados sobre el déficit fiscal de Cataluña con el resto de España; repetida esta información de forma machacona, como se hace constantemente en todo tipo de medios, acaban influyendo sobre la población y de manera determinante a la hora de emitir el voto. La cantidad de 16.409 millones de euros de déficit fiscal de Cataluña en el año 2009, se ha obtenido mediante artificios contables que tratan de enmascarar la drástica caída de impuestos pagados en Cataluña por efectos de la crisis económica. De las cuentas elaboradas por Convivencia Cívica, se desprende que para dicho año lo que realmente hubo fue un superávit de 4.015 millones de euros favorable a Cataluña10. En cuarto y último lugar, la independencia generaría costes económicos difícilmente evaluables pero que sí son muy importantes. Entre ellos están la incertidumbre política que se generaría; las tensiones sociales de todo tipo que surgirían y de manera particular entre la comunidad nacionalista y no nacionalista; la desconfianza que se originaría en los mercados internacionales con la introducción de una nueva moneda provocaría la deslocalización de las grandes empresas instaladas en 10 . Según Convivencia Cívica, esta cifra ha sido reconocida por Consell de Treball Econòmic i Social de Catalunya, un organismo consultivo del gobierno catalán, en un informe de junio de 2012 al que no se le ha dado la debida publicidad. La cuestión catalana, hoy 33 Cataluña, que huirían a otros lugares (ya lo han anunciado el Grupo Planeta, SEAT y Volkswagen-Audi España) y la fuga de capitales buscando refugios más seguros; etc. En fin, y como conclusión final y general, una Cataluña al margen de la UE, con moneda y fronteras propias, con estancamiento económico y con un paro y una deuda pública y privada insoportables, tendría considerables dificultades económicas para constituirse en Estado independiente. Su presupuesto inicial, que en las actuales circunstancias de crisis le impediría acudir a los mercados financieros internacionales, no podría superar los 48.000 millones de euros; es decir, un 28% inferior al previsto por el presupuesto estimado por el Círculo Catalán para 2013. 4. El realismo de los hechos. Las soluciones posibles Es obvio que, tras más de treinta años de andadura, el Estado de las autonomías no funciona. No ha logrado su principal finalidad: la cohesión política española y la solidaridad entre las regiones que pretendía la Constitución de 1978. Los nacionalismos catalán y vasco, con sus insaciables reivindicaciones, no cesan de retar al Estado en todos sus frentes provocando conflictos permanentes al pretender diferenciarse del resto de las comunidades autónomas. En el ámbito económico, las comunidades autónomas y señaladamente las dos citadas, han puesto en cuestión la unidad de mercado nacional que tantos siglos ha llevado conseguir. Es obvio que la libre movilidad de las personas en lo relativo al mercado laboral ya no está garantizada en todo el territorio nacional, desde el momento en que el idioma se ha convertido en una barrera de entrada. También está cuestionada la libre circulación de mercancías y la de servicios mediante una maraña normativa que ha compartimentado el espacio económico español en diecisiete mercados regionales en todo. Los costes de transacción para empresas y ciudadanos son muy elevados debido a las duplicidades –y a veces triplicación- de servicios absolutamente innecesarios que nada añaden en beneficio de la sociedad pero que sí son muy costosos de mantener: representaciones en el exterior -embajadas encubiertas-, empresas públicas deficitarias y otros muchos servicios que ya presta el Estado y que han duplicado las comunidades autónomas sin añadir nada (piénsese, por ejemplo, en los servicios de meteorología, cartográficos, centros de estudios de opinión, agencias autonómicas de protección de datos, control de la competencia y tantos otros). La cuestión catalana, hoy 34 Las comunidades autónomas han contribuido de manera decisiva a incrementar la corrupción en todos sus frentes, en particular en el político. Son las responsables más directas de la burbuja inmobiliaria que se fue generando desde mediados de los años noventa del siglo pasado hasta el estallido de la crisis en 2008. A través del control político que han ejercido sobre las cajas de ahorro, han pervertido sus fines y manipulado su gestión hasta que las han acabado arruinando, provocando la quiebra de la mayoría de ellas que han tenido que ser intervenidas por el Banco de España (estos son los casos de las que han constituido Bankia, Banco CAM, Caja Castilla-La Mancha, Cajasur, Catalunyacaixa, Novacaixagalicia y Unnim). Una de las razones principales del incremento de la prima de riesgo de España (y de su intervención por la Unión Europea) radica en la falta de control de los presupuestos autonómicos, que han provocado el recelo y la desconfianza de los mercados financieros internacionales y de la propia Unión Europea. En estas condiciones, y ante el reto soberanista que ha lanzado el nacionalismo catalán, la Constitución debe ser reformada profundamente y de manera consensuada entre todos los partidos políticos, en particular entre el PP y el PSOE. Las principales opciones que se plantean son estas dos: continuar con el Estado de las autonomías o constituir un Estado federal. Si la opción por la que se optase fuese por continuar con el Estado de las autonomías, que personalmente considero la más acertada, la reforma constitucional, con independencia de que se aprovechase para actualizar todo aquello que se estimase conveniente, se centraría prioritariamente sobre su título VIII: “De la Organización Territorial del Estado”. En sentido estricto, sería una reforma de la actual Constitución. Aprovechando dicha reforma, tal vez fuese conveniente revisar la actual delimitación autonómica procediendo a reducir su número y, desde luego, habría que precisar con absoluta claridad las competencias administrativas, políticas y financieras que pueden asumir las comunidades. Habría que poner fin de una vez a los conciertos económicos vasco y navarro, uno de los frentes de agravio comparativo más importantes que existen con el resto de las comunidades de régimen común, aún a riesgo de provocar otro conflicto con dichas comunidades. Mientras que se continúen manteniendo privilegios financieros de unas comunidades frente a otras, el nacionalismo siempre encontrará razones para sus reivindicaciones. La cuestión catalana, hoy 35 Si la alternativa fuese constituir un Estado federal, la reforma de la Constitución afectaría a gran parte de la misma, hasta el extremo de que se convertiría en una nueva Constitución. Con independencia de que se clarificasen las competencias, incluso de manera más precisa que en el caso precedente –sin que ello significase necesariamente su incremento-, el Estado dejaría de ser unitario y la reivindicación nacionalista añadiría argumentos muy sólidos para lograr sus pretensiones soberanistas, entre ellos, el derecho de autodeterminación. Por otra parte, no existe memoria histórica de Estados unitarios que se transformen en federados –sí, y numerosos, del caso contrario- y el experimento podría resultar traumático para España. Y mucho más si fuese asimétrico. 36 La cuestión catalana, hoy La cuestión catalana, hoy 37 Régimen de financiación de la Generalitat de Cataluña. Modelo impositivo comparado con el resto de las CC.AA. Valentín Pich Rosell Presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España 0. Introducción Con este artículo pretendemos aproximarnos a cómo el gobierno de la Generalitat de Cataluña ha venido, y está, utilizando su capacidad de financiación comparándola con la del resto de las administraciones autonómicas vía impuestos. Dada la amplitud que supondría realizar un análisis en profundidad sobre la influencia de todos los recursos de ésta, vamos a centrarnos en señalar los de mayor peso específico e impacto social, como son los ingresos tributarios. No nos toca valorar si el actual sistema de financiación es el más adecuado o si es o no necesaria su modificación, lo que pretendemos es detectar cómo está siendo utilizado por las autonomías y las consecuencias prácticas de todo ello. Lo que sí nos toca, desde un aspecto puramente técnico, es poner de manifiesto e incluso criticar algunos aspectos que consideramos que no se están realizando conforme lo que establecen algunos principios tributarios esenciales como el de eficiencia. Por estos motivos, además de comparar la situación de Cataluña con las demás autonomías nos atrevemos también a esbozar algunas conclusiones a modo de resumen. Ante todo, debe precisarse que en relación con la financiación de las Comunidades Autónomas, en España existen dos modelos: el régimen común y el régimen foral. A su vez, dentro del régimen común, Canarias posee un régimen económico y fiscal peculiar por razones históricas y geográficas, que ha sido adaptado, respetando sus particularidades, como región ultraperiférica dentro de la Unión Europea. Junto a ella, Ceuta y Melilla son dos ciudades que participan de la financiación autonómica, de conformidad con sus Estatutos de Autonomía y según el régimen de financiación de las Haciendas Locales. Asimismo, disponen de un régimen de fiscalidad indirecta especial, en virtud del cual recaudan el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación. Nosotros trataremos sólo sobre el denominado régimen común. La cuestión catalana, hoy 38 1. Breve reseña histórica del modelo de financiación Hasta el año 1997, la capacidad normativa de las Comunidades Autónomas quedaba circunscrita a los tributos propios, es decir, a los creados por las propias Administraciones territoriales. No será hasta el cercano ejercicio 2003 cuando las Comunidades Autónomas tengan un marco normativo sobre aquellos tributos cuyas competencias son cedidas por el Estado, el cual les otorga facultades de gestión y recaudación. El fundamento legal que posibilita un modelo de financiación autonómico se encuentra esencialmente reconocido en el artículo 156 de la Constitución Española cuando establece que “las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos”. Y el artículo 157 de la Carta Magna es el que enumera los recursos de las Comunidades Autónomas, determinando que estarán constituidos por los impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado. Actualmente es la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas –LOFCA- la que enumera los recursos de las Comunidades Autónomas. En concreto estarán constituidos por los ingresos procedentes de su patrimonio y demás de derecho privado; sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales; los tributos cedidos, total o parcialmente, por el Estado; la participación en el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales; los recargos que pudieran establecerse sobre los tributos del Estado; las participaciones en los ingresos del Estado a través de los fondos y mecanismos que establezcan las leyes; el producto de las operaciones de crédito; el producto de las multas y sanciones en el ámbito de su competencia y, finalmente, sus propios precios públicos. También pueden obtener igualmente ingresos procedentes de las asignaciones que se establezcan en los Presupuestos Generales del Estado y por las transferencias de los Fondos de Compensación Interterritorial. La cuestión catalana, hoy 39 Una vez establecido de manera sucinta el marco legal vamos a detenernos sobre cómo Cataluña y el resto de Comunidades Autónomas han hecho uso en el ámbito del régimen común de la capacidad normativa que les reconoce el marco legislativo actual. 2. Modelo de financiación: tributos propios y cedidos 2.1. Tributos propios La mayor parte de los ingresos de las Comunidades Autónomas son el resultado de la parte de recaudación obtenida de los grandes impuestos estatales: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuestos Especiales. La recaudación conjunta de los tres reportaba a las autonomías en 2009 el 79,69 %, casi 4/5 partes. Concretamente, el 42,79 % lo aporta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En Cataluña, en el año 2011 dentro del total de ingresos, los impuestos representaban un 80 %. No obstante, debido al oscuro mecanismo de financiación territorial, este porcentaje puede variar sensiblemente de un año a otro. Por otro lado, el peso específico de las otras dos grandes figuras tributarias, como son la tasa por abastecimiento de agua potable y la de residuos, son directamente recaudados por los organismos autónomos asignados para ello. Finalmente, hay que traer a colación la nueva figura tributaria por servicios turísticos que ha entrado en vigor recientemente y cuya eficacia no veremos desplegada enteramente en su capacidad recaudatoria hasta el año que viene. Los “tributos propios” suponen un porcentaje muy pequeño sobre los recursos financieros de las Comunidades Autónomas, asumiendo, en determinadas ocasiones, una finalidad distinta a la estrictamente recaudatoria, como es la de financiar determinadas políticas, por ejemplo, medioambientales. La realidad de que no se persiga solo un fin recaudatorio es debido, en gran medida, a que la LOFCA limita bastante su creación, ya que no podrán recaer éstos sobre hechos imponibles que ya sean gravados por los tributos estatales. Tampoco podrán sujetarse elementos patrimoniales situados, rendimientos originados ni gastos realizados fuera del territorio de la respectiva La cuestión catalana, hoy 40 Comunidad Autónoma. Ni suponer, tampoco, un obstáculo para la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales, ni afectar de manera efectiva a la fijación de residencia de las personas o a la ubicación de empresas y capitales dentro del territorio español, ni comportar cargas trasladables a otras Comunidades Autónomas. Ante este contorno limitativo, las autonomías tienen escaso margen de maniobra para establecer tributos y, en numerosas ocasiones, la creación de nuevas figuras ha ido acompañada de recursos de inconstitucionalidad (tales como el impuesto balear sobre el medio ambiente, hoy derogado). Recientemente, en el mes de julio de 2012, el Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso interpuesto contra el Impuesto de Grandes Establecimientos creado en Cataluña donde el recurrente invocaba que se vulneraba el bloque de constitucionalidad, concretamente el art. 6.3 de la LOFCA, que establece la imposibilidad de regular tributos en la legislación de Régimen Local de aquellas materias reservadas al Estado, en el supuesto de hecho concreto, por coincidir con el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas. No obstante, se han establecido nuevos hechos imponibles que han supuesto la aparición de diversos impuestos propios que recaen, entre otros, sobre los premios del bingo (Asturias, Baleares, Galicia y Murcia); las tierras infrautilizadas (Andalucía y Asturias); aprovechamientos cinegéticos (Extremadura); depósitos bancarios (Extremadura) y, el ya citado, sobre grandes establecimientos comerciales (Cataluña, Asturias o Aragón). Cataluña fue la pionera en crear y regular el canon de saneamiento del agua en el año 1981. Fue el primer paso de una Comunidad Autónoma en el ámbito de la fiscalidad del agua, fiscalidad que, progresivamente, ha ido extendiéndose entre un número considerable de Comunidades Autónomas, asumiendo un papel principal en el campo de la imposición propia. Respecto de los Impuestos ambientales, es la modalidad más ampliamente desarrollada por las autonomías en los últimos años. Así, se han creado impuestos que recaen sobre residuos, emisión de gases a la atmósfera o vertidos a las aguas litorales. En cualquier caso, y con carácter general y salvando ciertas particularidades, los tributos propios de las autonomías no han supuesto una elevada recaudación en prácticamente ningún caso y, en numerosas ocasiones, los gastos de gestión del tributo casi superan la recaudación obtenida por el mismo, por lo que, en la actualidad, no representan una fuente de financiación apreciable para las Comunidades Autónomas. Es más, algunas de La cuestión catalana, hoy 41 ellas han optado por suprimir ciertos tributos. Tal es el caso de la Comunidad de Madrid que había creado un impuesto sobre los premios del bingo y un impuesto sobre la modalidad de juegos colectivos de dinero y azar simultáneos y, recientemente, los ha suprimido, llegando a modificar los tipos de gravamen de la tasa sobre el juego para adaptarlos a la nueva situación. Se suma a la causa el caso de Extremadura, que ha decidido suprimir para 2011 el Impuesto sobre el suelo sin edificar y edificaciones ruinosas que había creado con anterioridad. A continuación se muestra un resumen de los principales tributos creados por cada Comunidad Autónoma: CC AA TRIBUTOS PROPIOS Andalucía Aragón Asturias Baleares Canarias Cantabria Castilla – La Mancha Impuesto sobre tierras Infrautilizadas Impuesto sobre depósito de residuos peligrosos Impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales Impuesto sobre depósito de residuos radiactivos Canon de saneamiento Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la instalación de transportes por cable Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de contaminantes a la atmósfera Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta Canon de saneamiento Impuesto sobre fincas o explotaciones agrarias infrautilizadas Impuesto sobre el juego del bingo Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales Recargo sobre el IAE Canon de saneamiento Impuesto sobre los Premios del juego del bingo Canon de vertido Impuesto especial sobre combustibles derivados del petróleo Canon de saneamiento Recargo sobre el IAE Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente La cuestión catalana, hoy 42 Cataluña Extremadura Galicia Madrid Murcia La Rioja Valencia Canon del agua Canon sobre la deposición controlada de residuos municipales Canon sobre la deposición controlada de residuos de la construcción Canon sobre la incineración de residuos municipales Gravamen de protección civil Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos Impuesto sobre depósitos de las entidades de crédito Impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente Canon de saneamiento Impuesto sobre el juego del bingo Impuesto sobre la contaminación atmosférica Impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada Canon eólico Tarifa de depuración de aguas residuales Impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de hostelería autorizados Impuesto sobre depósito de residuos Recargo sobre el IAE Canon de saneamiento Impuesto sobre los premios del juego del bingo Impuesto sobre el almacenamiento o depósito de residuos en la Región de Murcia Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales Impuesto por emisiones de gases contaminantes a la atmósfera Recargo sobre el IAE Canon de saneamiento Recargo sobre el IAE Canon de saneamiento Recargo sobre la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar Cataluña ha ido creando importantes tributos propios, como por ejemplo, el ya citado canon del agua, heredero del canon de infraestructura hidráulica y de saneamiento. Los ingresos obtenidos han ido a financiar las soluciones al problema del tratamiento de las aguas residuales, así como a las mejoras de los ríos y el suministro de agua potable para determinadas poblaciones e industrias. También hacemos referencia al canon de protección civil, destinado a que determinadas actividades privadas asuman los costes de una aportación pública a la protección general. Sin olvidar el Impuesto de grandes establecimientos comerciales, cuyos recursos estaban afectados a la reordenación del pequeño comercio en las ciudades. Reseñamos el canon sobre la deposición de residuos destinado a gravar esencialmente aquellos residuos urbanos y también los industriales que no sean tratados para su posterior reutilización, tratándose de un tributo medioambiental y, finalmente, la ya mencionada figura tributaria de servicios turísticos. La cuestión catalana, hoy 43 En definitiva, aunque el objetivo subyacente de recaudación dista mucho con la importancia de la protección de los recursos, en todas las comunidades, sí se han perseguido, no obstante, otros objetivos loables, como la creación de políticas de tratamientos de agua y de creación de depuradoras y, además, cierta sensibilidad medioambiental en los ciudadanos. 2.2. Tributos cedidos Otra cuestión necesaria de comentar para entender cómo funciona el modelo de financiación autonómica es determinar cuáles son los tributos que pueden ser cedidos a las Comunidades Autónomas, así como el porcentaje de los recursos que suponen a las mismas cada tipo específico. De esta manera, se cede el 100 % del Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre la Electricidad, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, de los Tributos sobre el Juego y del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. Se cede el 58% de los Impuestos Especiales de Fabricación, con excepción del Impuesto sobre la Electricidad, y el 50% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Valor Añadido. Como es conocido, y no es objeto de estos comentarios, existen otros recursos no tributarios que completan el sistema de financiación, como las transferencias del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, cuyo fin es asegurar que cada Comunidad Autónoma recibe los mismos recursos por habitante para financiar los servicios públicos fundamentales esenciales del Estado de Bienestar. El Fondo de Suficiencia Global, que es la diferencia, positiva o negativa, entre las necesidades globales de financiación de la Comunidad Autónoma y la suma de su capacidad tributaria, más la transferencia positiva o negativa del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales o el Fondo de Cooperación que se reparte anualmente entre las Comunidades Autónomas de régimen común que tengan un PIB per cápita inferior a un porcentaje de la media. Como ya ha quedado dicho en la introducción, solo será objeto de análisis la incidencia de los tributos. La cuestión catalana, hoy 44 Anteriormente hemos apuntado que es a partir de 1997 cuando se fija un modelo de la financiación autonómica a través de los tributos cedidos, aunque aún con poco margen de maniobra pues, no es hasta 2003, cuando se tiene un marco normativo. Es a partir del año 2006 cuando las Comunidades Autónomas se lanzan a aprobar un sinfín de normativas, encaminadas, en algunos casos, a disminuir la factura fiscal de sus ciudadanos y, en otros casos, como desde el año 2010, las medidas que se aprueban son, en su gran mayoría, meramente recaudatorias. Como ejemplo un botón: los aumentos de los tipos de gravamen de los diferentes impuestos, en los que Cataluña, como a continuación veremos, ha sido una de las pioneras en elevarlos. Esta Comunidad Autónoma ha ido regulando, fundamentalmente a través de las denominadas leyes de acompañamiento de los presupuestos, todo un marco normativo de financiación respecto a los tributos cedidos.11 Hay que resaltar que las Comunidades Autónomas han acudido con mucha frecuencia a su capacidad normativa. Previamente constatamos, sin ánimo de generalizar, que la tendencia va encaminada a promulgar cada vez más normas y, en muchos casos, sin demasiada trascendencia cuantitativa sino, más bien, con fines de efecto pantalla. Esta circunstancia se consolida y amplía. El resultado es que existen verdaderos problemas para el ciudadano, sus asesores, y para las Administraciones gestoras, no ya sólo en aplicar cada año una nueva norma sobre la que no se han establecido los criterios doctrinales ni jurisprudenciales, sino que, en muchos casos, ya es un logro conseguir adivinar la norma o el precepto aplicable. Existen Comunidades Autónomas que, con buen criterio, publican textos refundidos de sus normas sobre un determinado impuesto, pero otras, con los mismos niveles de promulgación de normas y Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro (BOE de 2 de febrero de 1999). Ley 19/1998, de 28 de diciembre, sobre situaciones convivenciales de ayuda mutua (BOE de 10 de febrero de 1999). Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa (BOE de 25 de enero de 2002). Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOE de 17 de enero de 2003).Ley 7/2004, de 16 de julio, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOE de 29 de septiembre de 2004).Ley 12/2004, de 27 de diciembre de Medidas Financieras de Cataluña (BOE de 17 de febrero de 2005). Ley 21/2005, de 29 de diciembre de Medidas Financieras de Cataluña (BOE de 38 de febrero de 2006). Ley 17/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Financieras (BOE de 27 de febrero de 2008). Decreto Ley 1/2008, de 1 de julio, de medidas urgentes en materia fiscal y financiera. (DOGC de 3 de julio de 2008). Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat (BOE de 31de enero de 2009). Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (BOE de 18 de enero de 2010). Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC de 7 de junio de 2010). Decreto Ley 3/2010, de 29 de mayo, de medidas urgentes de contención del gasto y en materia fiscal para la reducción del déficit público (BOE de 28 de junio de 2010). Ley 24/2010, de 22 de julio, de aprobación de la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DOGC de 29 de julio de 2010). Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre sucesiones y donaciones (BOE de 8 de julio de 2010). Ley 3/2011, de 8 de junio, de modificación de la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre sucesiones y donaciones (BOE de 25 de junio de 2011). Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (B.O.E. de 6 de abril). La cuestión catalana, hoy 45 de cambios en las mismas, ponen a prueba al que quiere saber cuál es la redacción vigente de una determinada letra o apartado de una ley publicada hace cinco años, puesto que es harto probable que haya sufrido modificaciones en cuatro ocasiones. Desde luego, si la Agencia Estatal de la Administración Tributaria no pusiera a disposición del contribuyente el programa de ayuda para la declaración de la Renta, dudamos mucho de que un ciudadano medio pudiese cumplir correctamente con los requisitos exigidos en algunas Comunidades Autónomas con su obligación de presentar la declaración sin contar con el asesoramiento de un profesional. En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados casi siempre se acude a los profesionales y, no digamos ya, en el de Sucesiones y Donaciones, cuando se debe utilizar el sistema de autoliquidación. En definitiva, además de todo lo anterior, el entramado y complejidad de la normativa de carácter formal que hemos indicado, nos da la sensación de que, en un principio, la tendencia es rebajar para determinados colectivos la tributación directa y aumentar la presión fiscal en la imposición indirecta. Todo ello supone que existan notables diferencias entre las distintas Comunidades Autónomas, abriendo el debate sobre si es o no conveniente planificar el vivir en uno u en otro territorio a efectos fiscales o sobre la elucubración teórica o práctica del desarrollo de determinados proyectos en uno u otro territorio. Seguidamente pasamos a resumir las principales tendencias que observamos respecto de los impuestos examinados en este estudio de Cataluña y su comparativa con las del resto de las Administraciones territoriales. 2.2.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Las Comunidades Autónomas pueden regular el importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo del gravamen autonómico, el cual puede incrementar o disminuir dentro de una horquilla. La escala autonómica deberá ser progresiva. Las deducciones por circunstancias personales y familiares. Inversiones no empresariales. Aplicación de renta. Subvenciones y ayudas públicas no exentas percibidas de la Comunidad Autónoma y, finalmente, pueden aumentar o disminuir los porcentajes de deducción por inversión en vivienda habitual. La cuestión catalana, hoy 46 Cataluña fue pionera en lo que se refiere a la regulación del tramo autonómico de la deducción en vivienda rebajándolo en general y aumentándolo en determinados supuestos. En concreto, con carácter general, del 7,5% al 6% e incrementándolo, al 9 %, para jóvenes, discapacitados, parados o parejas con un hijo al menos. Lo que significa que sólo en Cataluña el tipo efectivo de algún contribuyente puede ser superior al que resultaría de aplicar la normativa estatal. En todas las demás Comunidades Autónomas, el tipo efectivo será inferior o igual, según resulte de aplicación o no alguna de las deducciones autonómicas establecidas. Otra comunidad que regula algo parecido es Baleares, que establece un tipo incrementado para obras de adecuación de vivienda a discapacitados. Respecto a la tarifa autonómica, aunque ya en 2010 cuatro Comunidades Autónomas habían aprobado tarifas diferentes y rebajándolas, Cataluña no modifica la misma. Cataluña también se adelantó al resto de Comunidades Autónomas regulando una deducción del 20% (límite de 4.000 euros) de las cantidades invertidas en adquisición de acciones para la constitución o ampliación de capital de una sociedad por un ángel inversor, siempre que se cumplan una serie de requisitos respecto a la sociedad y al inversor, entre los que se cuentan que éste no detente la mayoría del capital y que no realice funciones de dirección o ejecutivas. En paralelo, crea una deducción del 20 % de la compra de acciones en ampliaciones de capital de las empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil (máximo 10.000 euros de deducción). Sometida a requisitos de participación (inferior al 10%) y mantenimiento (2 años). En años posteriores, copian estas medidas algunas Comunidades Autónomas. Es en el año 2011, cuando Cataluña aprueba una nueva tarifa autonómica con dos nuevos tramos a partir de 120.000,20 euros y de 175.000,20 euros, gravándolos al 23,5% y 25,5%, respectivamente, por lo que un residente en dicha Comunidad puede llegar a tributar a un marginal máximo conjunto (Estado más Comunidad Autónoma) del 49%. En este año, la caída de recaudación motivada por la crisis económica parece que invierte la tendencia y solo tres Comunidades Autónomas rebajan la tarifa que se aplicaba por defecto, mientras que seis Comunidades Autónomas han subido tipos para las bases liquidables más elevadas. Esto, unido a la subida estatal de 2 puntos en el marginal máximo, hará que los contribuyentes con rentas muy elevadas puedan llegar a pagar un 47% ó 49%. No obstante, con la incorporación de otros dos tramos en la tarifa estatal y, transitoriamente en 2012 y 2013, con el establecimiento de una tarifa La cuestión catalana, hoy 47 complementaria estatal con tipos que van desde el 0,75% al 7%, se ha producido una notable subida del Impuesto. Podría ocurrir que contribuyentes con rentas muy elevadas tributen, por ejemplo en Cataluña, a un marginal del 56 %. En 2012, el tramo autonómico de la deducción por adquisición de vivienda solo es regulado en Cataluña siendo, en general, del 6% (1,5 puntos inferior al que aplican el resto de Comunidades por defecto -7,5%-), 9% (1,5 puntos superior) para contribuyentes que tengan 32 o menos años y su base no supere 30.000 euros, hayan estado en paro en el ejercicio, sean discapacitados o formen parte de una unidad familiar con un hijo, al menos. 2.2.2. Impuesto sobre el Patrimonio Las Comunidades Autónomas pueden regular exenciones del patrimonio protegido de los discapacitados. Mínimo exento. Tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones propias de la Comunidad y complementarias a las del Estado. Cataluña es una de las Comunidades Autónomas donde se exige este impuesto tras el restablecimiento del Impuesto para 2011 y 2012. Ninguna Comunidad Autónoma ha regulado un mínimo exento general diferente del estatal de 700.000 euros, y únicamente Extremadura ha establecido mínimos exentos más elevados para discapacitados. En las Islas Baleares, Madrid y la Comunidad Valenciana se ha establecido una bonificación del 100% de la cuota, con lo que en estos territorios no se pagará nada por este Impuesto. 2.2.3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Las Comunidades Autónomas pueden crear reducciones propias, siempre que respondan a circunstancias de carácter económico o social. Mejorando las de la norma Estatal. También tiene capacidad para regular la tarifa, la cuantía y los coeficientes del patrimonio preexistente, así como las deducciones y bonificaciones de la cuota. La cuestión catalana, hoy 48 En el año 2009, Cataluña continúa siendo una de las Comunidades Autónomas donde aún se sigue pagando el Impuesto. Prácticamente se ha suprimido en la mayoría de las Comunidades Autónomas para cónyuges, ascendientes, descendientes, adoptados y adoptantes en los territorios forales y en las siguientes Comunidades de régimen común: Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, La Rioja y Comunidad Valenciana. Respecto a las donaciones, en Cataluña se regula un gravamen progresivo del 5% al 9%, como en Galicia. El resto de las Comunidades se encuentran casi liberadas de tributación entre familiares cercanos, además de en los territorios forales, en Canarias, Castilla y León (no para ascendientes y adoptantes), Castilla-La Mancha y Madrid. En Baleares pagan un 7 %, en la Comunidad Valenciana la bonificación del 99 % tiene un límite de 420.000 euros. Queremos incidir, en este punto, sobre la complejidad técnica del legislador catalán, por ejemplo, cuando regula incentivos fiscales por grado de parentesco en el Impuesto sobre Sucesiones. Véase la redacción tan farragosa a pie de página, nota.12 2.2.4. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Las Comunidades Autónomas pueden regular los tipos de gravamen de las concesiones administrativas, de las transmisiones de bienes muebles e inmuebles, así como de la constitución y cesión de derechos reales sobre muebles e inmuebles, excepto los derechos reales de garantía, de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Por 12 Reducciones en adquisiciones “mortis causa”. Por grupos de parentesco. Grupo I: adquisiciones por descendientes y adoptados menores de 21 años 275.000 €, ampliándose hasta los 33.000 € la cantidad adicional de reducción por cada año menor de 21 que sea el causahabiente, hasta un límite de 539.000 €. Grupo II: se diferencia según parentesco: cónyuge: 500.000 €. Hijo o hija: 275.000 €. Resto de descendientes: 150.000 €. Ascendientes: 100.000 € Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad 50.000 €. Grupo IV: en las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños, no se aplica ninguna reducción por razón de parentesco. Los importes anteriores se reducen a la mitad en el caso de que el contribuyente opte por aplicar cualquiera de las siguientes reducciones: por adquisición de empresas o participaciones en empresas. Por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente. Por la adquisición de bienes del patrimonio natural. Las exenciones y reducciones reguladas en la Ley estatal de modernización de las explotaciones agrarias. Cualquiera otra reducción en la base imponible o exención que requiera solicitud por parte del contribuyente o que dependa de la concurrencia de determinados requisitos cuyo cumplimiento corresponda exclusivamente a la voluntad del contribuyente. La cuestión catalana, hoy 49 último, tienen capacidad sobre las deducciones y bonificaciones de la cuota en relación a los actos anteriores. En el año 2009, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, tanto los territorios forales como el resto de Comunidades aplican a las transmisiones de inmuebles el tipo del 7% (6% en la norma estatal) salvo Canarias, con el 6,5%. En muchos casos se prevén tipos reducidos para vivienda protegida o cuando jóvenes, familias numerosas o discapacitados adquieren la vivienda habitual, incentivando también el que no se renuncie a la exención de Impuesto sobre el Valora Añadido para que se satisfaga el impuesto cedido a las Autonomías. En la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, Documentos Notariales, el tipo que se ha generalizado es el 1%, excepto en Canarias, que aplica el 0,75% (0,5% es el establecido por defecto en la norma estatal). También en esta modalidad se establecen tipos inferiores al 1 % que se aplican a escrituras de adquisición o de préstamo hipotecario para viviendas habituales de jóvenes, discapacitados o familias numerosas. Por otra parte, excepto en los territorios forales, Canarias y Castilla-La Mancha, el tipo se incrementa cuando se produce la renuncia a la exención en Impuesto sobre el Valor Añadido. Es en el año 2011, cuando Andalucía, Asturias, Cantabria, Cataluña y Extremadura aplican un tipo general del 8% o una escala que llega hasta dicho tanto por ciento o superior, incluso existen marginales del 10%. No obstante, nuevamente es Cataluña la pionera en subir el Impuesto. Lo mismo ocurre en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (Documentos Notariales) Asturias, Cataluña y Extremadura incrementaron el tipo general, al 1,2% las dos primeras, y al 1,15% la última. También crecen las Autonomías que establecen un tipo mayor del 4% en transmisión de vehículos potentes. Los territorios forales continúan con el tipo general del 6% y en transmisiones de viviendas, el 4%. Existen tipos inferiores sobre todo para adquisición de viviendas por determinados colectivos como jóvenes, discapacitados o familias numerosas. A partir de 2012 más Comunidades Autónomas se unen al carro de la subida de este impuesto debido, fundamentalmente, a la corriente contagiosa de subidas de impuestos, posiblemente condicionada a la situación financiera del momento. La cuestión catalana, hoy 50 3. Conclusiones A continuación recogemos unas series de conclusiones, fruto de todo lo comentado anteriormente, y que, seguramente, no dejarán a nadie indiferente. La idea de las mismas es que suscite cierta reflexión, debate e inquietud en el lector, De ser así ya se justificarían, si cabe aún más, estas humildes reflexiones sobre una realidad cada día más compleja, oscura y dispar, en la que la Comunidad Autónoma de Cataluña no es distinta a las demás. Incluso, nos atreveríamos a afirmar que es una de las Administraciones en donde percepción y realidad coinciden a la hora de abordar el entramado opaco y dificultoso que es esto de la capacidad normativa y de que, seguramente, sea la Comunidad Autónoma donde más tributos se exigen a los ciudadanos. Inquietante vorágine normativa en tributos cedidos y propios Las Comunidades Autónomas han utilizado con profusión su capacidad normativa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo, en el Impuesto sobre el Patrimonio se ha legislado poco, además del hecho de que dicho tributo fue congelado desde 2008 a 2010, ambos inclusive. Como hemos podido ver, la Comunidad de Cataluña es una de las áreas geográficas donde más impuestos se pagan. En este caso, no es sólo una percepción, sino una realidad. Por poner algunos ejemplos: es la Comunidad que más alto tiene el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, llegando hasta un 56% de tipo marginal, frente al 52% estatal13. Se paga el Impuesto sobre el Patrimonio. No ha desparecido con carácter general el Impuesto sobre Sucesiones, como sí ha ocurrido en la práctica totalidad de las autonomías y aún, aunque con cierta rebaja, se sigue 13 Hay que advertir que el tipo marginal se aplica a rentas superiores a 175.000 €. Lo cuál puede analizarse desde dos perspectivas: son rentas muy minoritarias y, por lo tanto, con poco recorrido recaudatorio y la otra perspectiva es más inquietante pues se envían una señales de presión fiscal nada convenientes en un mundo globalizado y competitivo. La cuestión catalana, hoy 51 tributando por las donaciones14. En lo que se refiere al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados15, los tipos de gravamen generales son más altos que en la mayoría de las Comunidades Autónomas16. Beneficios fiscales insustanciales Se puede constatar que buena parte de las normas se aplican a muy pocos contribuyentes por haberse establecido condicionadas al cumplimiento de requisitos muy estrictos. La regulación de los beneficios fiscales en casi todos los impuestos es muy restrictiva, sometiendo el disfrute de las ventajas tributarias a condicionantes estrictos y de regulación complicada. La consecuencia inmediata de lo anterior es que, en general, el impacto recaudatorio de toda esta regulación es insustancial. Por ejemplo, en cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se refiere, las deducciones por circunstancias personales y familiares son muy numerosas y, generalmente, bastante limitadas en su cuantía. Podemos citar las establecidas por nacimiento de hijos, discapacidad, cuidado de hijos (en guardería o con persona empleada en el hogar), estudios (vestuario, libros, etc.) o familias numerosas. Otras deducciones reguladas en bastantes Comunidades Autónomas se refieren a la adquisición de vivienda o por segunda residencia, muchas tienen deducciones para emprendedores, también para el capital semilla y otras por inversiones medioambientales. Cataluña ha seguido esta política de inventos variopintos como el resto de las Comunidades Autónomas y, muchas veces, con poco recorrido e innovando situaciones copiadas luego por otras Administraciones, como así ha ocurrido con los Business Angel por ejemplo. 14 De hecho para la inmensa mayoría de los contribuyentes las donaciones han desaparecido de padres a hijos. No obstante en Cataluña el proceso tan alambicado de exención envía unas señales muy confusas. 15 Todas las Comunidades Autónomas deberían reflexionar en épocas de crisis y de fragilidad en el mercado inmobiliario si tiene alguna lógica el mantener altos los tipos de gravamen, dificultando, cuando no impidiendo, el juego normal del mercado inmobiliario. 16 Véase el estudio sobre la Fiscalidad Autonómica elaborado todos los años por el REAF-CGCEE. La cuestión catalana, hoy 52 Compleja técnica normativa Cuando el legislador autonómico hace uso de la capacidad normativa, lo hace pero complicándolo de manera excesiva; con una legislación que lleva a límites insospechados lo que provoca en los obligados tributarios un desconcierto y una inseguridad jurídica a la hora de aplicar las normas. La técnica de la legislación tributaria autonómica en muchos casos entraña problemas, no sólo porque sea de difícil comprensión, sino porque, a veces, incumplen principios tributarios básicos o normativa comunitaria. En definitiva, la financiación autonómica es muy compleja y opaca, lo que provoca que casi ningún ciudadano la entienda, véase el caso de Cataluña, por ejemplo, cuando el legislador regula un incentivo fiscal en el caso de sucesiones por grado de parentesco del causante con los herederos al que ya hicimos mención anteriormente. Aunque hay Autonomías que publican textos refundidos de las normas que han dictado, en muchas es difícil encontrar el texto vigente en un momento determinado. Este problema es cada vez más grave, por un lado, porque se ha ido incrementando la capacidad normativa y, por otro, porque parece que existe un efecto contagioso y unos territorios emulan a otros cuando introducen modificaciones novedosas. Cataluña no ha aprobado un texto refundido, por lo que es complejo acudir a la norma que actualmente se encuentra en vigor con el desconcierto que ello genera a los contribuyentes. Además, si bien se observa una tendencia clave a promulgar nuevas normas, sin embargo no se revisan las existentes, lo que produce que muchas queden desfasadas y con problemas interpretativos, porque no se corrigen las referencias que quedan obsoletas. Esto es muy frecuente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde nos encontramos referencias, por ejemplo, a la base especial, cuando en el Impuesto ya no existe este concepto. La cuestión catalana, hoy 53 Desigualdades normativas y competitividad territorial En los últimos dos años, coincidiendo con la crisis económica, se ha generalizado la tendencia a subir tipos impositivos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Los tipos impositivos marginales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se han colocado entre los cuatro más elevados de Europa, cosa que puede disuadir a algunas personas a establecer su residencia en nuestro país. Además, son especialmente delicados y peligrosos los tipos elevados, no sólo para las empresas sino especialmente para los directivos. En este punto, es quizás, donde se ve claramente las diferencias de tributación entre los distintos territorios y, por lo tanto, se produce el debate sobre si es o no conveniente la movilidad geográfica para disminuir los costes fiscales, ya no sólo presentes, como la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en el Patrimonio, sino también a vistas del futuro, de sucesión de los bienes y derechos a los herederos para tributar con el menor coste fiscal posible. No es el objetivo de esta exposición que nos ocupa el determinar la fiscalidad como un instrumento de competitividad de nuestra economía. No obstante, hay que reconocer la inquietud creciente de muchos profesionales de la economía que observan con preocupación cómo los tipos nominales de impuestos en nuestro país ya están en la media de los países más desarrollados de la Unión Europea, cuando no son superiores, lo cual no parece conveniente atendiendo a la realidad y posibilidad de nuestro tejido productivo. Especialmente en el caso de Cataluña, en relación al exagerado tipo marginal del Impuesto sobre la Renta del 56% a quienes sus rentas superen los 175.000 euros, y la desafortunada gestión de la normativa del Impuesto sobre Sucesiones se ha hablado de las supuestas deslocalizaciones dentro del territorio nacional. Independientemente de que puedan existir supuestos concretos, el tema de la residencia, La cuestión catalana, hoy 54 establecida como el territorio de aquella Comunidad Autónoma donde el causante tuviera su residencia habitual durante el mayor tiempo de los últimos cinco años anteriores al momento del fallecimiento, tampoco tiene recorrido. Lo cuál no quiere decir que la imagen de Cataluña como una Comunidad Autónoma con impuestos altos, tenga efectos devastadores de cara al futuro. Coste administrativo de control Otra consecuencia de la extensa y complicada regulación es que el control de los beneficios fiscales se hace muy difícil, máxime cuando se establecen requisitos de cumplimiento en ejercicios siguientes al de la autoliquidación en la que se aplican. Para los contribuyentes no sólo es difícil aplicar correctamente las normas de su Comunidad, sino que ya es difícil conocer los beneficios fiscales que puede utilizar. Si para una persona que no se dedique a la materia fiscal ya es complicado seguir la normativa estatal, creemos que para nada es consciente de las normas autonómicas. Buen ejemplo de lo anterior es la diferencia de tipos de retención en algún territorio foral con el que se aplica en el resto del Estado. Los contribuyentes debemos constatar, con un cierto grado de indignación, que en muchas Comunidades es difícil seguir la norma vigente en cada ejercicio al sucederse modificaciones y más modificaciones de una norma antigua. En resumen, se regulan muchos aspectos y, encima, se van modificando. Por ello se agradece la iniciativa de algunas Autonomías que han publicado Textos Refundidos. Las labores en un mundo cada vez más interconectado y complejo se centran en los organismos de control y de gestión de los impuestos como elemento capital. Además, paralelamente a las normativas coercitivas, los Organismos encargados de estas cuestiones deben gestionar el capital más importante: la información. Sin duda, una de las cuestiones cruciales que deberá abordarse es la consolidación de la colaboración y coordinación de la Agencia Tributaria con los organismos específicos autonómicos. Hoy, con los procedimientos digitales y con la avalancha de información, además de la creciente importancia de los contactos internacionales, constituye, sin La cuestión catalana, hoy 55 duda, un tema de gran trascendencia, independientemente de la eficiencia global del sistema, la unidad de criterios, la obtención y gestión de información de una manera sistemática, el control integral de los contribuyentes o la reducción al mínimo de los costes indirectos, constituyen variables imprescindibles a tener en cuenta en este estratégico debate. La calidad de esta legislación autonómica es, en ocasiones, manifiestamente mejorable y, no es raro que encontremos referencias a normas estatales obsoletas, errores de salto o requisitos que la Unión Europea consideraría contrarios a los principios de no discriminación o libertad de establecimiento. 56 La cuestión catalana, hoy La cuestión catalana, hoy 57 El peso de las exportaciones en la economía catalana Clemente Polo Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico Universidad Autónoma de Barcelona 1. Introducción Las exportaciones resultan una fuente de crecimiento importantísima en cualquier economía pero muy especialmente en las economías regionales que, por su relativo pequeño tamaño, dependen en gran medida del resto del “mundo”, tanto para colocar una fracción sustancial de su producción (exportaciones) como para adquirir productos en otras áreas del mundo (importaciones). Cataluña no es una excepción y el objetivo de este artículo es estimar el papel que juegan en su economía las exportaciones que realiza a la economía española. Los cálculos se han realizado empleando la tabla input-output (TIO) de Cataluña elaborada por el Instituto de Estadística de Cataluña (IDESCAT) para el año 2005. Aunque hay datos de exportaciones e importaciones de bienes y servicios para años más recientes, hay que lamentar que la TIO de 2011 está todavía en fase de construcción. La economía catalana tiene un peso importante dentro de la economía española. Con una población estimada de 7.539.618 el 1 de enero de 2011, aproximadamente el 16% de la población de España (47.190.493),17 el INE cifra su Producto Interior Bruto (PIB) en 200.323,5 millones o el 18,7% del PIB español (1.073.383 millones) en 2011.18 El valor añadido bruto asciende a 184.058,1 millones y los impuestos netos sobre los productos a 16.265,2 millones, el 18,7% de las correspondientes cifras para España. El valor añadido bruto se desglosa en remuneración de asalariados, 95.737,3 millones, y el excedente bruto de explotación/renta mixta bruta, 81.529,0 millones, que suponen el 18,9% y el 18,9% de los totales para el conjunto de España. Finalmente, el INE cifra en 3.266,5 el número de ocupados y en 2.928,7 el número de personas asalariadas, aproximadamente el 17,7% y de los totales. En conjunto, las cifras apuntan 17 Las cifras de población estimadas a 1 de octubre de 2012 son 7.251.447 para Cataluña y 46.116.779 para España. 18 El IDESCAT estima el PIB de Cataluña en 210.150 millones. La cuestión catalana, hoy 58 a una economía que aporta algo menos de un quinto del PIB, VAB y empleo a la economía española. El hecho de que Cataluña haya formado parte de España durante al menos cinco siglos, aunque manteniendo algunas peculiaridades, explica la intensidad de las relaciones comerciales entre España y Cataluña, y la configuración territorial del proceso de acumulación de capital y distribución de las infraestructuras que ha producido desigualdades en términos de bienestar y fricciones. La unión aduanera, la armonización impositiva y la libre circulación de personas bienes y servicios se alcanzaron en España mucho antes de que algunos países europeos soñaran siquiera con poner en marcha la CEE en la segunda mitad del siglo XX para lograr esos objetivos, todavía imperfectamente alcanzados. Por ello resulta paradójico que algunos partidos y líderes políticos en Cataluña quieran poner fin a esa unión secular con España, al mismo tiempo que dicen querer formar parte de la UE. Un objetivo inalcanzable en el futuro previsible. En este artículo se cuantifica la importancia de las exportaciones desde Cataluña hacia el resto de España y las pérdidas que podría ocasionar la ruptura de las privilegiadas relaciones existentes hasta ahora si Cataluña se constituyera en Estado independiente. 2. El mercado español y la acumulación de capital en Cataluña En Cataluña se ha concentrado históricamente una significativa fracción de la producción fabril o industrial, términos empleados en distintas etapas históricas, y durante muchas décadas sus empresas se beneficiaron de la existencia de aranceles y otras barreras no arancelarias que restringían la competencia exterior y facilitaban la colocación de sus productos a precios superiores a los que de otro modo habrían satisfecho al resto de españoles por productos importados equivalentes. No sabemos cómo se habría desarrollado la historia económica de Cataluña en ausencia de políticas proteccionistas, pero lo cierto es que los empresarios catalanes y sus dirigentes políticos siempre las exigieron y consiguieron aprobarlas. El nivel de protección nominal19 se mantuvo entre el 20% y el 30% la mayoría de los años desde 1850 a 1899, y ese fue 19 Estimaciones de las cifras de protección nominal fiscal desde 1850 hasta 1926 pueden consultarse en Estadísticas Históricas de España (2005), v. II, pp. 628-29. La cuestión catalana, hoy 59 precisamente el período en que Cataluña se convirtió en la “fábrica de España”20 pasando su peso en la industria fabril del 28,56%, en 1856, al 38,58% en 1900.21 La protección a las manufacturas se acentuó en el primer tercio del siglo XX, situándose las tasas de protección nominal entre el 50% y 60% hasta 1929. Aranceles, controles cuantitativos y barreras no arancelarias se mantuvieron también durante la dictadura de Franco y de ellos se beneficiaron las regiones donde estaba concentrada la actividad industrial. A pesar de la destrucción de capital físico y humano que ocasionó la Guerra Civil, en 1955 Cataluña generaba el 28,65% del valor añadido y el País Vasco el 11,32% y estas proporciones alcanzaron el 33,32% en Cataluña y el 12,5% en el País Vasco en 1975. En ese período, decisiones meramente políticas, como localizar la fábrica de SEAT en la proximidad de Barcelona, resultaron decisivas para el desarrollo de un sector automovilístico moderno en Cataluña, amparado, primero, en una protección que limitaba con efectividad la competencia exterior, y más tarde inyectando dinero público para sanear la empresa antes de transferirla a una empresa extranjera. La importancia de estas decisiones y ayudas del Estado español han resultado también decisivas y sin ellas es difícil entender que esta división suponga el 16,1% del total de bienes exportados al extranjero en 2011.22 Tras la entrada de España en la CEE el 1 de enero de 1986, los impuestos a las importaciones y otras barreras arancelarias se eliminaron gradualmente hasta la puesta en marcha del Mercado Único el 1 de enero de 1992. Desde entonces, solo las importaciones provenientes de países no miembros de la UE están gravadas con el arancel comunitario y las exportaciones catalanas hacia el resto de España compiten en igualdad de condiciones con el resto de importaciones provenientes de la UE. Lo mismo ocurre a la inversa y, lógicamente, la intensidad de los flujos comerciales entre Cataluña y el resto de España ha disminuido al tiempo que se han incrementado los flujos entre ambos y el resto de los países que forman parte de la unión aduanera europea. Hace pocas semanas, Mas, presidente del gobierno catalán, señalaba alborozado que ahora las exportaciones catalanas hacia el resto del mundo han superado las exportaciones hacia el resto de España, dando a entender que “en los tiempos que vienen, es muy bueno que sea de esta manera”, porque así se atenúa el riesgo que 20 Nadal, Jordi (1994): “La industria fabril española en 1900. Una aproximación”, en J. Nadal, A. Carreras y C. Sudriá (compiladores): La economía española en el siglo XX. Una perspectiva histórica. Barcelona, Ariel. 21 Estadísticas Históricas de España (2005), v. I, p. 401. 22 La cifra sería todavía mayor si contabilizáramos las exportaciones de Cataluña hacia el resto de España. La cuestión catalana, hoy 60 comporta su proyecto independentista. Resulta prepotente e injusto olvidar que el capital físico y humano acumulado en Cataluña y el superior nivel de vida que han disfrutado durante décadas los catalanes se explica, en buena parte, por los sacrificios y los elevados costes que pagaron el resto de los españoles, residentes en regiones menos desarrolladas. Y grotescas suenan las palabras escritas en 1976 por Pujol, presidente del gobierno catalán entre 1980 y 2003, sobre la “naturaleza” del “hombre andaluz” –“un hombre poco hecho, un hombre que hace cientos de años pasaba hambre y que vive en un estado de ignorancia y de miseria cultural, mental y espiritual”–, cuya preponderancia numérica “introduciría su mentalidad anárquica y pobrísima” y destruiría Cataluña. Todo indica que los políticos catalanes, tras la eliminación del manto proteccionista que tantos beneficios proporcionó a la economía catalana durante más de un siglo, y comprobar cómo disminuía en el nuevo escenario la dependencia de las empresas catalanas respecto al resto de España y se estrechaban las diferencias materiales y culturales entre los residentes en Cataluña y los de otras regiones menos desarrolladas de España, han llegado a la conclusión de que las beneficios que obtienen del mercado español ya no compensan la mayor carga impositiva que conlleva la elevada concentración de la actividad económica en su territorio y el mayor nivel de renta de sus ciudadanos. Un craso error de cálculo, porque el mercado del resto de España continúa siendo el mercado más importante de la economía catalana y una eventual independencia podría poner en riesgo el bienestar de una fracción significativa de sus ciudadanos. 3. Exportaciones de Cataluña hacia el resto de España y hacia el resto del mundo A pesar de la mencionada disminución en la intensidad de los flujos comerciales entre Cataluña y el resto de España, las cifras disponibles indican que el resto de España continúa siendo, y con gran diferencia, el mercado más importante de las exportaciones catalanas. Además, la importancia de este mercado excede en mucho el mero valor de las exportaciones de bienes y servicios realizadas, ya que para producirlas otras empresas han tenido que producir los bienes intermedios empleados en su producción, y, a su vez, otras empresas han producido los bienes y servicios intermedios empleados por las últimas, y así sucesivamente. En otras palabras, para estimar el impacto de las exportaciones catalanas hacia el resto de España hay que sumar al impacto directo las La cuestión catalana, hoy 61 producciones indirectas a que dan lugar, algo que, al parecer, no comprenden algunos empresarios catalanes que, al observar que sus clientes son otras empresas catalanas, creen que su producción no depende de las exportaciones hacia el resto de España. Y la historia, como saben muy bien todos los economistas, no acaba aquí, porque también las rentas generadas directa o indirectamente en la producción para satisfacer las exportaciones van a parar a familias y empresas catalanas que las utilizan para financiar el consumo y la inversión. Los comerciantes de Vilobí del Penedès, los peluqueros de Vic y los gestores de Mataró están, casi con toda seguridad, convencidos de que la independencia de Cataluña no afectará negativamente a su negocio, sin darse cuenta de que algunos de sus clientes trabajan en bodegas productoras de cava, en empresas alimenticias y multinacionales automovilísticas que exportan sus productos al resto de España y del mundo. Estimar con objetividad el peso real de las exportaciones catalanas en su economía resulta, por tanto, imprescindible para que los ciudadanos puedan calibrar lo que realmente está en juego si Cataluña se constituye en un Estado independiente y queda fuera de la UE, como así ocurriría y durante bastantes años en el mejor de los casos. La TIO de Cataluña elaborada por el Institut d’Estadística de Catalunya (IDESCAT) para 2005 (TIO-CAT05) cifra las exportaciones totales de bienes y servicios no turísticos de Cataluña en 108.948,8 millones, distribuidos entre exportaciones al resto de España (XRDE), 62.654,4 millones, y al resto del mundo (XRDM) 46.294,4. Estas exportaciones constituyen demanda a cada una de las 65 ramas incluidas en la TIO-CAT05, de modo que podemos calcular cuánto hay que producir para satisfacer la demanda dirigida a cada una de ellas, a algún subconjunto o a la totalidad de las ramas presentes en la matriz. Como ya se ha indicado, en este estudio se ha utilizado la información de la TIO-CAT05, por encontrarse todavía en construcción la TIO-CAT para 2011. La información más reciente que proporciona el IDESCAT sobre exportaciones e importaciones de bienes y servicios tampoco permite siquiera actualizar los vectores XRDE y XRDM de la TIO-CAT05.23 En efecto, las estimaciones del PIB por el lado de la demanda para 2011 proporcionan el valor de las exportaciones de bienes y servicios al extranjero que asciende, incluido el consumo de no residentes o turistas, a 72.313 23 Los cuadros de demanda del PIB de Cataluña proporcionan la cifra agregada de exportaciones e importaciones de bienes y servicios al extranjero. El IDESCAT también proporciona el desglose de flujos comerciales con el extranjero por ramas, divisiones, etc. Por otra parte, hay estimaciones no oficiales que tampoco sirven para actualizar los vectores de exportaciones de la TIO-CAT05. La cuestión catalana, hoy 62 millones, y de las importaciones de bienes y servicios del extranjero que alcanza, incluido el consumo de residentes en el extranjero o turistas, 68.492 millones. Aunque el saldo exterior de los flujos con el extranjero es por primera vez positivo, 3.821 millones, la aportación del sector exterior resulta ser bastante mayor, 8.463 millones, al incluir en el cálculo las exportaciones e importaciones al resto de España, que habrían arrojado un saldo positivo de 4.642 millones. Este saldo fue incluso mucho mayor en años anteriores: 8.012 millones en 2009 y 6.431 en 2010.24 En todo caso, se puede afirmar que el resto de España ha sido, y todavía lo era en 2011, una fuente importante de crecimiento de la economía catalana. 4. El peso de las exportaciones en Cataluña Como se ha indicado en la introducción y se explica con detalle en el Apéndice, el peso de las exportaciones de Cataluña a España y al resto del mundo se ha calculado empleando el modelo intersectorial de Leontief para tener en cuenta las relaciones intersectoriales en los procesos productivos y estimar la producción indirecta necesaria para satisfacer la demanda final de exportaciones de bienes y servicios. Los resultados que se presentan en este artículo se refieren exclusivamente a las exportaciones de bienes y servicios tradicionales, esto es, bienes y servicios producidos en un territorio que satisfacen la demanda en otro territorio, el resto de España (RDE) o el resto del mundo (RDM).25 El Cuadro 1 en el Apéndice 2 presenta la producción requerida a cada sector para producir las exportaciones al resto de España en los dos escenarios indicados. En la columna (2) aparecen las producciones que directa e indirectamente (PDI) se requieren para producir las exportaciones al resto de España; y en la columna (3) el porcentaje que representan sobre las producciones totales en la TIO-CAT05 incluidas en la columna (1). La columna (4) proporciona el valor de las producciones requeridas directa e indirectamente e inducidas (PDI+I) al tratar al consumo como un bien producido que cada rama requiere para producir, a su vez, los bienes y servicios; y la columna (5) 24 La falta de información sobre los cálculos realizados para llegar a estos saldos imposibilita hacer un juicio fundamentado sobre la contracción observada en el saldo exterior con el resto de España. 25 El modelo de Leontief también permite estimar la producción requerida para satisfacer la exportación de servicios turísticos, esto es, los bienes y servicios adquiridos por turistas del resto de España (XTRDE) o del resto del mundo (XRDM) como se explica en el Apéndice. La cuestión catalana, hoy 63 proporciona el porcentaje que representa PDI+I sobre la producción total.26 La información del Cuadro 1 presenta una radiografía muy interesante del grado de dependencia de la economía catalana respecto a las exportaciones hacia el resto de España. Así, por ejemplo, indica que el 36,98% de la producción agrícola y ganadera se explica por las exportaciones al resto de España, un porcentaje que aumenta hasta el 47,6% cuando el consumo se considera un bien producido. La información que presenta el Cuadro 1 del Apéndice 2 para la producción se ha obtenido también para el valor añadido, el empleo total y el número de asalariados. Aquí vamos a presentar únicamente los resultados agregados para los sectores más importantes de la economía: Agricultura, Ganadería y Pesca, Industria, Construcción, Servicios Privados y Servicios Privados y Públicos que incluye los servicios Educativos y Sanitarios además de los servicios generales de las AA.PP. Los Cuadros 1, 2 y 3 resumen los resultados obtenidos para la producción, el valor añadido bruto y el empleo. Como puede apreciarse en los resultados globales, las exportaciones de las empresas catalanas hacia el resto de España explican, por su impacto directo e indirecto, el 26,23% de la producción total, el 21,64% del VAB y el 20,22% del empleo total en Cataluña. Cuadro 1: Producción directa, indirecta e inducida por las exportaciones al resto de España, 2005 Grandes sectores Agricultura, Ganadería y Pesca Industria Construcción Servicios Privados Servicios Privados/Públicos Total 26 Producción Producción PDI en Producción PDI+I en Variación total directa e porcentaje de directa, porcentaje de del homogénea indirecta la PTH indirecta e la PTH porcentaje (PTH) (PDI) (2) (3)=(2)/(1)*100 inducida (5)=(3)/(1)*100 PRDI+I(1) (PDI+I) PDI (4) (6)=(5)-(3) 3.927.241 1.450.852 36,94 1.870.686 47,63 10,69 122.366.486 56.134.492 45,87 60.707.645 49,61 3,74 37.981.820 793.141 2,09 1.876.082 4,94 2,85 146.391.870 30.788.421 21,03 56.374.294 38,51 17,48 37.407.653 2.126.975 5,69 5.485.082 14,66 8,98 348.075.070 91.293.882 26,23 126.313.790 36,29 10,06 Véase la explicación que figura en el Apéndice 2. La cuestión catalana, hoy 64 Cuadro 2: Valor añadido directo, indirecto e inducido por las exportaciones al resto de España, 2005 Grandes sectores Valor añadido bruto total (VABT) (1) Valor añadido bruto directo e indirecto (VABDI) (2) VABDI en porcentaje del VABT (3)=(2)/(1)*100 Valor añadido bruto directo, indirecto e inducido (VABDI+I) (4) VABDI+I en porcentaje de la VABT (5)=(3)/(1)*100 Variación del porcentaje VABDI+IVABDI (6)=(5)-(3) Agricultura, Ganadería y Pesca 1.947.043 721.345 37,05 928.825 47,70 10,66 Industria 37.057.820 17.081.733 46,09 18.430.694 49,73 3,64 Construcción 16.514.981 344.868 2,09 815.745 4,94 2,85 Servicios Privados 82.836.930 16.016.820 19,34 31.241.246 37,71 18,38 Servicios Privados/Públicos 24.073.618 981.480 4,08 3.112.331 12,93 8,85 162.430.392 35.146.246 21,64 54.528.841 33,57 11,93 Empleo total directo, indirecto e inducido (ETDI+I) (4) ETDI+I en porcentaje del ET (5)=(3)/(1)*10 Variación del porcentaje ETDI+I ETDI (6)=(5)-(3) Total Cuadro 3: Empleo total directo, indirecto e inducido por las exportaciones al resto de España, 2005 Grandes sectores Empleo total (ET) (1) Empleo total ETDI en directo e porcentaje del indirecto ET (ETDI) (2) (3)=(2)/(1)*100 0 Agricultura, Ganadería 82.146 30.405 37,01 39.159,40 47,67 10,66 Industria 795.047 372.245 46,82 397.974,71 50,06 3,24 Construcción 349.536 7.299 2,09 17.265,04 4,94 2,85 Servicios Privados 1.756.706 294.280 16,75 655.935,82 37,34 20,59 Servicios Privados/Públicos 599.931 20.389 3,40 72.092,27 12,02 8,62 3.583.366 724.618 20,22 1.182.427,24 33,00 12,78 y Pesca Total La cuestión catalana, hoy 65 Estos porcentajes aumentan en más de 10 puntos porcentuales en todos los casos cuando el consumo se incluye como actividad productiva, pasando a ser el 36,29% de la producción, el 33,97% del valor añadido bruto y el 33% del empleo total. Las cifras agregadas incluyen una considerable dispersión sectorial. Cuando el consumo se incluye como un factor de producción, el escenario más realista, las exportaciones de Cataluña al resto de España explican casi el 50% de la producción, el empleo y el valor añadido generado en Agricultura, Ganadería y Pesca e Industria y cerca del 40% en Servicios Privados. En contraste, las exportaciones al resto de España tienen una escasa incidencia en los sectores menos dinámicos como Servicios Privados/Públicos y Construcción. Como puede observarse en el Cuadro 1 en el Apéndice 2, hay sectores industriales donde las exportaciones al resto de España explican más del 50% de la producción (y también del valor añadido bruto y el empleo total), destacando Productos lácteos y helados, 76,27%; Cemento, cal y yeso, 63,25%; Servicios de reciclado, 61,28%; Productos del refino, Bebidas, 59,08 %; Madera, corcho y derivados, 58,54%; Productos editoriales, 57,12%; Vidrio y productos de vidrio, 57,05%; y muchos otros sectores con porcentajes superiores o muy próximos al 50%, como Carnes y productos cárnicos, Productos alimentarios, Vestido y piel, Cuero, productos de cuero y calzados, Metalurgia, Productos metálicos, Servicios de transporte aéreo y espacial, Servicios afines al transporte, Servicios de producción de energía, Gas manufacturado, Productos químicos, etc. Resulta evidente que una caída significativa de las exportaciones a España tendría efectos desastrosos sobre los sectores más dinámicos de la economía catalana. Y eso es lo que ocurriría en caso de producirse una ruptura no pactada –no veo ninguna otra manera de que se produzca- y la constitución de un Estado independiente que, además, quedaría fuera de la UE, y sus entidades financieras inhabilitadas para recurrir al BCE. En un escenario más bien optimista, la reducción del 50% de las exportaciones al resto de España supondría la pérdida del 18,1% de la producción, el 16,6% del valor añadido y el 16,5% del empleo total. Un panorama sencillamente desolador. 5. Conclusiones Varias son las conclusiones que se pueden extraer de lo expuesto en este artículo. Primera, la breve incursión histórica ha dejado patente que la acumulación de capital físico y humano en Cataluña y el consiguiente bienestar relativo que disfrutó su La cuestión catalana, hoy 66 población durante la segunda mitad del siglo XIX y los primeros dos tercios del siglo XX se alcanzaron bajo el manto de unas políticas proteccionistas a las empresas fabriles e industriales que los empresarios y políticos catalanes demandaban al Estado español. Así fue como Cataluña se convirtió en la “fábrica de España” durante la segunda mitad del siglo XIX y mantuvo ese estatus hasta el final de la dictadura, a costa, claro está, de reducir el bienestar económico del resto de los españoles. Segunda, los resultados presentados en las dos secciones anteriores demuestran la enorme importancia que tienen todavía las exportaciones catalanas hacia el resto de España. Cuando únicamente se tienen en cuenta las relaciones intersectoriales, los sectores manufactureros que disfrutaron de protección durante muchas décadas son los que más dependen del resto del mercado español. Ahora bien, cuando el consumo se considera un bien producido más, las exportaciones a España explican hasta el 36% de la producción total y el 33% del valor añadido bruto y el empleo. En dos grandes sectores, Agricultura, Silvicultura y Pesca e Industria, esas proporciones se aproximan al 50% y en el sector Servicios Privados al 40%. Con el grado de dependencia del mercado español que muestran estos resultados, resulta evidente que una reducción en el entorno del 50% de la demanda del resto de España tendría efectos devastadores sobre la producción, el valor añadido y el empleo generado en los sectores más dinámicos de la economía privada. Se puede aducir en contra que el comercio con España no tiene por qué verse afectado, pero quienes así razonan no explican por qué las exportaciones a España en 2005 ascendían a 62.654,4 millones, y al resto del mundo a 46.294,4 millones, ni tampoco por qué Cataluña exportó a Francia tan sólo 9.285,7 millones en 2011, a pesar de tratarse de un país miembro de la UE cuya economía es mucho mayor que la del resto de España y con el que Cataluña comparte frontera. Lo anormal es la intensidad de las “exportaciones” al resto de España y, si tomamos las exportaciones a Francia como punto de referencia, la reducción del 50% de las exportaciones al resto de España resulta ser una hipótesis más bien conservadora. Pero esto no es todo. Las estimaciones que se han presentado deben tomarse como relativamente benignas del impacto de la hipotética independencia de Cataluña, porque a los efectos ya descritos habría que sumar el impacto negativo que tendría el cambio de régimen sobre otros componentes de la demanda final. En primer lugar, las exportaciones al resto del mundo podrían registrar caídas significativas al quedar Cataluña excluida de la UE durante varios quinquenios en el escenario más optimista. La cuestión catalana, hoy 67 Las exportaciones de Cataluña hacia la UE, cifradas en 36.971,6 millones en 2011, equivalentes al 65,4% de las exportaciones al resto del mundo, tendrían que soportar los costes de transacción y aduanas habituales (costes NTB11), que la OCDE estima para los países desarrollados en el 8,5% de su valor. La repercusión de estos efectos precio no puede captarse con el modelo de Leontief empleado en este artículo, pero no cabe duda de que la competitividad de las empresas localizadas en Cataluña se vería afectada negativamente y reforzaría la pulsión a deslocalizarse hacia otros países miembros de la UE, libres de este coste, o a países fuera de la UE con costes laborales más bajos. En segundo lugar, el análisis no incluye el impacto negativo que la constitución de un Estado independiente tendría sobre el consumo de no residentes procedentes del resto de España y de otros países europeos. En la TIO-CAT05, el consumo de no residentes alcanzaba la cifra 10.225,7 millones, 1.550,3 millones realizado por turistas del resto de España y 8.675,4 millones por turistas del resto del mundo. Pues bien, una parte de estos ingresos podría perderse como consecuencia de las reacciones negativas que a buen seguro se producirían en el resto de España, incluida la venta de inmuebles propiedad de españoles en las costas catalanas, y las fricciones y costes adicionales que supondría el establecimiento de fronteras con el resto de los países de la UE. En una ampliación prevista de este trabajo se intentarán cuantificar estos efectos. Finalmente, el modelo empleado no tiene en cuenta los efectos negativos que la reducción de la producción y el valor añadido generado tendrían sobre el ahorro y la inversión. En el Apéndice 1 se presenta un modelo alternativo que incorpora la inversión de reposición como un coeficiente técnico más en todos los sectores y una columna de coeficientes de inversión para representar la tecnología de producción del bien de inversión. Los resultados obtenidos por los autores con este modelo indican que la reducción de la actividad afectaría también a la demanda de bienes de inversión y amplificaría notablemente los efectos de la reducción de las exportaciones al resto de España. De todo lo dicho se deduce que la independencia de Cataluña puede causar serios problemas económicos, añadidos a la difícil situación en que ya se encuentra la economía catalana. El único argumento económico con el que los políticos catalanes han defendido la independencia de Cataluña ha sido la eliminación del déficit fiscal. Además de que para reforzar su argumento eligen la cifra más elevada de cuantas tienen a su disposición, deberían ser, al menos, conscientes de que los beneficios serían muy inferiores si la independencia tiene un impacto negativo sobre la producción, el valor La cuestión catalana, hoy 68 añadido generado y el empleo del orden de la magnitud calculada en este artículo. La recaudación de la nueva administración catalana registraría también caídas importantes en una administración que, recordemos, tiene ya en estos momentos serios problemas de liquidez y de financiación. Decía Zabalza (2012), en una columna en el diario La Vanguardia, que cabía esperar “más costes que beneficios” de la independencia. Los resultados que se han presentado en este artículo refuerzan considerablemente este diagnóstico. Referencias bibliográficas Estadísticas Históricas de España (2005) Albert Carreras y Xavier Tufunell (Coords.). 3 vols., 2.ª edición revisada y aumentada. Bilbao, Fundación BBVA. IDESCAT (2005) Tablas input-output de Cataluña. Leontief, W.W. (1936): “Quantitative input-output relations in the economic system of the United States”, Review of Economics and Statistics, 18(3). Nadal, J., A. Carreras y C. Sudriá (1995): La economía española en el siglo XX. Una perspectiva histórica, 5.ª ed. Barcelona, Ariel. Pujol i Soley, Jordi (1976): La inmigració, problema i esperança de Catalunya. Barcelona, Editorial Terranova. Polo, C. y E. Valle (2009): “Estimating tourism impacts using input-output and SAM models in the Balearic Islands”, en Matias, A. (ed.): Advances in Tourism Research: New Developments. Heilderberg, Springer-Verlag. Polo, C. y E. Valle (2012): “Input-output and SAM models”, en Dwyer, L., A. Gill y N. Seetaram (eds.): Handbook in Research Methods in Tourism. Quantitative and Qualitative Approaches. Chetelham, Edward Elgar Publishing Limited. Wolff E. (1994): “Productivity measurement within an input-output framework”, Regional Science and Urban Economics 24: 75-92. Zabalza, A. (2012): “Más costes que beneficios”, La Vanguardia, 25 de octubre. La cuestión catalana, hoy 69 Apéndice 1. El modelo input-output Como se ha indicado, el peso de las exportaciones en la economía catalana se va a examinar empleando el modelo input-output abierto (MIO) desarrollado por Leontief (1943). Se han empleado dos versiones del modelo. En la primera, los sectores productivos son las únicas variables endógenas. A continuación, el estudio asume que el trabajo es un factor de producción más añadiendo una “industria” adicional. El MIO estándar distingue los flujos de bienes y servicios atendiendo a su origen interior o procedente del resto del mundo y AI y d I (1) donde A I es la matriz interior de coeficientes intermedios y d I es el vector de demanda final de origen interior. Para obtener el peso de las exportaciones al resto de España o al I resto del mundo basta con sustituir el vector d I por los vectores de exportaciones d XRES I o d XRDM . De manera similar, se puede calcular el peso de las exportaciones turísticas o demanda de no residentes del resto de España empleando los correspondientes vectores I I y d XTREM , respectivamente, en la ecuación (1). d XTRES En cuanto a la matriz interior se han empleado dos modelos.27 En el primero, AI es una matriz cuadrada con 65 filas y 65 columnas. En cada una de las columnas I aparecen únicamente los coeficientes técnicos ASP de los 65 sectores productivos en la tabla input-output. En el segundo modelo, la matriz de consumos intermedios de los sectores se amplía incluyendo una fila y una columna: cada entrada de la nueva fila indica la cantidad de bien de consumo requerida para producir una unidad en cada sector y la columna la composición de una unidad de consumo AI A I ' SI l c cI 0 Obsérvese que todos los coeficientes se definen incluyendo únicamente los flujos de origen interior. 27 El lector interesado en el planteamiento del modelo puede consultar Polo y Valle (2009 y 2012). La cuestión catalana, hoy 70 Para obtener con el primer modelo la producción requerida para satisfacer las exportaciones al resto de España o al resto del mundo se resuelven los sistemas de ecuaciones I y XRDE ASI y XRDE d XRDE (2) I y XRDM ASI y XRDM d XRDM que proporciona el vector de producciones brutas requerido para satisfacer la demanda de exportaciones al resto de España y al resto del mundo I A d I y XRDE I ASI d XRDE y XRDM I S (3) I XRDM Con el segundo modelo, la ecuación oferta igual a demanda se puede expresar ahora así y XRDE C A SI ' I l c y XRDM ASI ' I C l c c I y XRDE 0 C I d XRDE 0 (4) I c I y XRDM d XRDM 0 C 0 donde C es el consumo total. La producción requerida para satisfacer la demanda de exportaciones es y XRDE I ASI ' I C l c cI 1 ! y XRDE I ASI ' I C l c cI 1 ! I d XRDE 0 (5) I d XRDE 0 El valor añadido o el empleo se pueden obtener multiplicando el correspondiente vector de coeficientes unitarios de valor añadido o empleo por el vector de producción que proporcionan las ecuaciones (3) o (5). Aunque no se presentan los resultados, el modelo puede también ampliarse para incluir la inversión de reposición como una industria más. Siguiendo a Wolff (1994), el modelo puede plantearse como La cuestión catalana, hoy I yT A C l'c K k' c i yT d TI 0 0 C 0 0 0 K 0 71 (6) donde K es el consume de capital fijo, k ' un vector fila de consume de capital fijo por unidad de producto e i un vector columna de coeficientes de inversión.28 28 “In order to treat capital as an endogenous input, a new (endogenous) industry is created, whose row is the capital stock replaced in each sector of the economy and whose column consists of the inputs required to produce the replacement capital stock. Final demand is valued net of replacement investment…” Wolff, p. 85. La cuestión catalana, hoy 72 Apéndice 2. Resultados sectoriales Cuadro 1: Producción directa, indirecta e inducida por las exportaciones al resto de España, 2005: cifras absolutas y porcentaje sobre el total Productos/Ramas Producción Producció PDI en total n directa e porcentaje homogénea indirecta de la PTH (PTH) (1) (PDI) (2) (3)=(2)/(1)*1 00 Producción directa, indirecta e inducida (PDI+I) (4) PDI+I en porcentaje de la PTH (5)=(3)/(1) *100 Variación del porcentaje (6)=(5)-(3) Productos de la agricultura, 01 la ganadería y servicios relacionados 3.551.942 1.313.405 36,98 1.690.873 47,60 10,63 Productos de silvicultura, la 02 explotación forestal y servicios relacionados 154.729 65.717 42,47 78.722 50,88 8,40 Productos de la pesca, la 03 piscicultura y servicios relacionados 220.570 71.731 32,52 101.091 45,83 13,31 04 Productos energéticos 31.210 11.216 35,94 12.806 41,03 5,09 568.645 227.781 40,06 237.338 41,74 1,68 7.104.440 3.208.284 45,16 4.010.579 56,45 11,29 7.712.849 3.685.081 47,78 4.290.912 55,63 7,85 08 Productos lácteos y helados 1.093.991 754.086 68,93 834.390 76,27 7,34 09 Bebidas 3.238.798 1.576.370 48,67 1.913.563 59,08 10,41 10 Productos textiles 4.814.075 2.541.607 52,80 2.612.651 54,27 1,48 11 Vestido y piel 2.223.159 1.152.868 51,86 1.237.671 55,67 3,81 444.994 123.612 27,78 133.780 30,06 2,29 Madera y corcho y productos derivados 13 (excepto muebles); artículos de cestería y esparto 1.592.449 883.641 55,49 932.269 58,54 3,05 Pasta de papel, papel y 14 cartón y artículos de papel y cartón 3.682.930 1.864.360 50,62 1.982.352 53,83 3,20 15 Productos de edición, impresos y material impreso 5.088.047 2.671.681 52,51 2.906.335 57,12 4,61 16 Coque, productos del refino de petróleo y combust. nucl. 2.963.950 1.561.278 52,68 1.738.949 58,67 5,99 05 Otros minerales (excepto productos energéticos) 06 Carne y productos cárnicos 07 12 Otros productos alimentarios y tabaco Cuero y productos de cuero y calzado La cuestión catalana, hoy 73 16.799.593 8.153.625 48,53 8.367.726 49,81 1,27 5.464.983 2.555.104 46,75 2.669.556 48,85 2,09 19 Vidrio y productos de vidrio 791.197 430.465 54,41 451.409 57,05 2,65 Productos cerámicos, baldosas, ladrillos, tejas y 20 productos de tierra cocida para construcción 710.476 309.898 43,62 320.934 45,17 1,55 21 Cemento, cal y yeso 795.725 493.543 62,02 503.275 63,25 1,22 Hormigón, yeso y cemento; piedra ornamental y para 22 construcción y productos minerales no metálicos 2.328.311 1.018.373 43,74 1.052.447 45,20 1,46 23 Productos de la metalurgia 3.430.529 1.819.096 53,03 1.842.792 53,72 0,69 Productos metálicos 24 (excepto maquinaria y equipos) 8.631.567 4.327.114 50,13 4.445.066 51,50 1,37 25 Maquinaria y equipos mecánicos 7.180.589 2.972.061 41,39 3.123.757 43,50 2,11 26 Máquinas de oficina y equipos informáticos 169.050 50.746 30,02 73.845 43,68 13,66 27 Maquinaria y materiales eléctricos 5.007.131 2.596.633 51,86 2.651.524 52,95 1,10 Materiales electrónicos; 28 equipos y aparatos de radio, televisión y comunicaciones 2.079.957 592.984 28,51 599.297 28,81 0,30 Equipos e instrumentos 29 medicoquirúrgicos, de precisión, óptica y relojería 1.153.727 421.216 36,51 435.724 37,77 1,26 Vehículos de motor, 30 remolques y semiremolques 14.826.808 5.112.828 34,48 5.228.005 35,26 0,78 31 Otros materiales de transporte 1.378.680 520.561 37,76 544.373 39,49 1,73 32 Muebles y otras manufacturas 3.310.121 1.534.151 46,35 1.641.552 49,59 3,24 33 Servicios de reciclado 1.306.662 791.278 60,56 800.705 61,28 0,72 Servicios de producción y 34 distribución de energía eléctrica 3.503.310 1.331.300 38,00 1.789.483 51,08 13,08 17 Productos químicos 18 Productos de caucho y plásticos La cuestión catalana, hoy 74 Gas manufacturado y servicios de distribución de combustibles gaseosos, vapor y agua caliente 1.871.191 756.012 40,40 967.513 51,71 11,30 Servicios de captación, 36 potabilización y distribución de agua 1.067.343 85.642 8,02 355.067 33,27 25,24 37 Trabajos de construcción 37.981.820 793.141 2,09 1.876.082 4,94 2,85 Servicios de comercio, 38 mantenimiento y reparación de vehículos de motor 5.719.301 1.386.495 24,24 2.394.361 41,86 17,62 Servicios de comercio al por mayor e intermediarios 39 (excepto vehículos de motor) 23.626.352 7.996.481 33,85 10.330.674 43,73 9,88 Servicios de comercio al por 40 menor (excepto vehículos de motor) y reparaciones 9.327.941 72.754 0,78 2.903.771 31,13 30,35 Hoteles, camping y otros tipos de alojamiento 2.592.963 61.814 2,38 855.248 32,98 30,60 Servicios de restaurantes, establecimientos de bebidas, 42 comedores colectivos y comida preparada 16.156.916 50.445 0,31 5.251.056 32,50 32,19 35 41 43 Servicios de transporte por ferrocarril 367.811 64.088 17,42 139.583 37,95 20,53 44 Servicios de otros tipos de transporte terrestre 7.875.741 3.057.665 38,82 3.716.734 47,19 8,37 218.393 59.658 27,32 67.237 30,79 3,47 Servicios de transporte 45 marítimo, cabotaje y vías interiores 46 Servicios de transporte aéreo y espacial 1.662.387 831.049 49,99 887.630 53,39 3,40 47 Servicios afines al transporte 7.404.426 3.685.531 49,77 4.095.011 55,30 5,53 1.704.826 69.442 4,07 540.664 31,71 27,64 6.498.906 1.245.820 19,17 2.408.413 37,06 17,89 Servicios de agencias de 48 viajes y operadores turísticos 49 Servicios de correos y telecomunicaciones La cuestión catalana, hoy 75 Servicios de intermediación 50 financiera (excepto seguros y planes de pensiones) 7.220.638 1.770.121 24,51 3.002.765 41,59 17,07 Servicios de seguros y planes de pensiones (excepto 51 Seguridad Social obligatoria) 2.504.032 404.743 16,16 954.226 38,11 21,94 1.627.936 291.850 17,93 631.661 38,80 20,87 53 Servicios inmobiliarios 23.001.664 1.227.974 5,34 6.741.686 29,31 23,97 Servicios de alquiler de maquinaria, efectos 54 personales y enseres domésticos 1.688.907 465.972 27,59 741.574 43,91 16,32 55 Servicios de informática 3.139.638 1.198.887 38,19 1.298.561 41,36 3,17 52 Servicios auxiliares de intermediación financiera 56 Servicios de investigación y desarrollo 1.622.474 406.742 25,07 449.340 27,69 2,63 57 Otros servicios empresariales 20.954.160 6.813.901 32,52 8.407.724 40,12 7,61 Servicios de la Administración pública, 58 defensa y Seguridad Social obligatoria 7.922.968 0 0,00 0 0,00 0,00 59 Servicios educativos 7.024.758 121.616 1,73 878.441 12,50 10,77 Servicios sanitarios y 60 veterinarios y servicios sociales 11.886.893 60.061 0,51 1.180.693 9,93 9,43 1.480.185 160.349 10,83 278.090 18,79 7,95 532.556 45.062 8,46 67.493 12,67 4,21 61 Actividades de saneamiento público 62 Servicios proporcionados por asociaciones 63 Servicios recreativos, culturales y deportivos 6.937.821 1.333.144 19,22 2.631.025 37,92 18,71 64 Otros servicios personales 1.722.100 33.732 1,96 556.282 32,30 30,34 1.376.833 0 0,00 449.433 32,64 32,64 348.075.070 91.293.882 26,23 126.313.790 36,29 10,06 65 Servicios de los hogares con empleados domésticos Total 76 La cuestión catalana, hoy La cuestión catalana, hoy 77 Las facturas de la independencia: “eurización”, capital público y deuda pública Clemente Polo Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico Universidad Autónoma de Barcelona 1. Introducción La independencia de Cataluña por la que abogan algunos partidos catalanes con gran insistencia desde hace unos años se ha convertido en el problema político más grave al que se enfrenta España desde la aprobación de la Constitución en 1978, y lleva trazas de convertirse en un problema económico de primer orden. Las dudas que ha generado este debate sobre la futura configuración territorial del Reino de España en los próximas años constituyen un importante hándicap para los inversores extranjeros, y aumentan la incertidumbre a la que se enfrentan las entidades financieras y las empresas no financieras en un momento donde la combinación de una doble recesión y una profunda crisis financiera han puesto a la economía española contra las cuerdas. Contra lo que han venido afirmando con grave irresponsabilidad Mas, presidente en funciones del Gobierno catalán, Mas-Colell, su consejero de Economía, y otros miembros del mismo, el mero anuncio de su intención de constituir un Estado independiente, y la incertidumbre que ha generado sobre la futura configuración de Cataluña y España, ya está teniendo consecuencias indeseables sobre la actividad económica en Cataluña (y en España) y el bienestar de los catalanes (y españoles). Y si Mas insiste en seguir adelante con su improvisado y conflictivo proceso de secesión tras las elecciones del 25 de noviembre, la incertidumbre irá en aumento, e incluso si el proceso llegara a culminarse con éxito de manera civilizada se puede afirmar que los catalanes, contra lo que afirman Mas y Pujol, tendrán que pagar un alto coste por ello. Además de la retracción en la inversión mencionada, algunos empresarios catalanes ya han manifestado su disposición a trasladarse a España si la eventualidad se materializa, y otros callan, como les aconseja Mas, temerosos de exponer con franqueza su posición por temor a las posibles represalias del Gobierno catalán. Por mucho que La cuestión catalana, hoy 78 Mas cuide la puesta en escena exhibiendo en todas sus apariciones públicas la bandera de la UE junto a la catalana, y reafirme la voluntad europeísta del ‘pueblo’ catalán, todos los líderes europeos, conscientes de que la desunión que preconizan Mas y los independentistas va en contra del espíritu que ha impulsado la constitución de la UE, ya le han advertido que si Cataluña se independiza quedará fuera de la UE. Por cuánto tiempo es algo que nadie sabe, pero el proceso de entrada podría demorarse al menos una década (o incluso no llegar a consumarse) y algunas entidades financieras catalanas, como la Caixa o el Banc Sabadell, saben que si se constituye un nuevo Estado en Cataluña tendrán que hacer las maletas para no quedar excluidas del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). Las grandes empresas no financieras son también conscientes de los enormes riesgos que comporta el proceso y temen, con razón, que la secesión de Cataluña, además de aumentar sus costes de transacción y fiscales, al quebrar la unidad de mercado, acabe teniendo un impacto muy negativo sobre sus exportaciones al resto de España. Un mercado que ha desempeñado un papel esencial en los procesos de acumulación de capital y riqueza en el pasado y del que todavía dependen los sectores más dinámicos de la economía catalana. Polo y Valle cuantifican, en este mismo volumen, el peso en la economía catalana de las exportaciones de bienes y servicios al resto de España, y valoran las negativas consecuencias que tendría la independencia de Cataluña sobre la producción, el valor añadido y el empleo. A estas pérdidas habría que sumar otros dos impactos negativos. Primero, la caída de las exportaciones a la UE, al pasar a estar gravadas las exportaciones catalanas a la UE con el arancel comunitario. Segundo, la probable reducción del consumo de no residentes del resto de España y restantes miembros de la UE. Este artículo aborda las consecuencias económicas de la independencia de Cataluña desde otros ángulos que ponen de manifiesto los altos costes que tendrán que pagar los ciudadanos catalanes para alcanzarla. Para empezar, la exclusión de Cataluña de la UE comportaría también su exclusión de la Eurozona, y el nuevo Estado catalán pasaría a formar parte del ‘selecto’ club de Estados que utilizan una moneda extranjera como unidad de cuenta, medio de cambio y depósito de valor. Esta situación se denomina ‘dolarización’ en la jerga económica y se utiliza para describir la situación de Estados independientes cuyos residentes mantienen una parte sustancial de sus activos La cuestión catalana, hoy 79 denominados en moneda extranjera, el euro en el caso de Cataluña.29 La ‘eurización’ de la economía catalana presenta algunas peculiaridades al formar Cataluña parte de un Estado que adoptó el euro el 1 de enero de 1999, a diferencia de lo que suele ser el caso en los procesos de ‘dolarización’, que conllevan la sustitución de la moneda local por otra moneda, el ‘dólar’. Otra de las cuestiones que amenaza con convertir la independencia de Cataluña en un problema económico muy serio es el reparto de los bienes y las deudas comunes acumulados durante varios siglos, a lo largo de los cuales Cataluña y el resto de España han compartido gobiernos, mercados, moneda, fiscalidad, etc. El capital público, entendido en sentido amplio como la suma del capital propiedad de las administraciones y empresas públicas, localizado en Cataluña, resulta indispensable para el buen funcionamiento tanto de la economía catalana como del resto de España. La cuestión que se plantea en la eventualidad de una secesión de Cataluña es cómo repartir de manera civilizada y equitativa el capital público acumulado en su territorio, y financiado con los impuestos de todos los ciudadanos. Un problema, en mi opinión, insoluble, al haberse concebido el capital público como una red indispensable para el buen funcionamiento de la economía catalana y el resto de España. En el caso de la deuda pública, el reparto no presenta las mismas dificultades por tratarse de un activo financiero. Sin embargo, los problemas aquí son de legalidad, factibilidad y reputación. Me temo que también en este caso nos enfrentamos a un problema insoluble en la práctica. 2. La ‘eurización’ de la economía catalana Aceptado que la independencia de Cataluña resultará en la salida de la UE y de la Eurozona, la pretensión de mantener el euro como unidad de cuenta, medio de cambio y depósito de valor planteará problemas de diversa índole a la economía catalana. El más apremiante de todos se presentará a las entidades financieras que hoy tienen su domicilio fiscal en Cataluña para no quedar excluidas del Sistema Europeo de Bancos Centrales, “cuyas actividades se desarrollan en conformidad con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea”30, y poder seguir operando como entidades de contrapartida 29 30 Bofinger (2009). Banco Central Europeo (2008). La cuestión catalana, hoy 80 de la institución central del sistema, el Banco Central Europeo (BCE). En otro caso, las entidades financieras con domicilio fiscal en Cataluña quedarán excluidas de las facilidades permanentes del Eurosistema y no podrán participar en las operaciones de mercado abierto, una situación claramente inaceptable para la mayoría de ellas. Cabe esperar, por tanto, que las entidades financieras catalanas desplacen de manera inmediata su domicilio fiscal a España tras constituirse Cataluña en un nuevo Estado, y dejen sus operaciones en Cataluña en manos de filiales cuyas operaciones en Cataluña estarían sujetas al control de la ‘agencia de supervisión monetaria’ creada a tal efecto en el nuevo Estado. Un efecto colateral es que estas filiales sólo tributarían al nuevo Estado por los resultados de sus operaciones en Cataluña. Una cuestión de más largo alcance es cómo evolucionará la oferta monetaria en Cataluña. La cantidad de dinero en circulación dependería del saldo de las operaciones entre residentes y no residentes. Por una parte, si bien Cataluña presenta, por primera vez,31 un superávit por cuenta corriente en 2011, los resultados de Polo y Valle en este volumen, indican que el superávit se tornaría en un abultado déficit, tras la caída de las exportaciones (bienes, servicios no turísticos y consumo de no residentes) al resto de España y al resto de la UE, que provocaría su salida de la UE. De ser así, el saldo negativo por cuenta corriente provocaría una contracción de la oferta monetaria. Cataluña ha sido también receptora de importantes inversiones directas, principalmente de empresas multinacionales interesadas en establecer centros de producción en Españ,a tras su ingreso en la Comunidad Europea en 1986. La salida de Cataluña de la UE también afectaría negativamente a este flujo de inversiones porque reforzaría las ventajas que ya ofrecen otros Estados que se han incorporado posteriormente a la UE y presentan costes salariales inferiores. A estos efectos habría que sumar la salida de capitales que induciría el aumento de la incertidumbre de los inversores extranjeros sobre la viabilidad del nuevo Estado catalán. 3. El reparto del stock de capital público en Cataluña y de la deuda pública del Estado Para los independentistas, como el propio presidente en funciones Mas ha sugerido al comparar la independencia de Cataluña, primero, con el divorcio civilizado de una 31 IDESCAT (2012), Cuentas económicas anuales de Cataluña. Base 2008. La cuestión catalana, hoy 81 pareja y, más tarde, con la emancipación de su propia hija, el dilema entre constituir un Estado independiente en Cataluña o seguir formando parte de España debería resolverse por cauces estrictamente políticos, permitiendo a los catalanes expresar libre y civilizadamente en las urnas su opinión al respecto, y aceptando tanto los catalanes que no quieren la independencia como el resto de los españoles el resultado. Dos son los problemas que plantea esta fórmula basada en un mecanismo de decisión estrictamente político. En primer lugar, ni los propios defensores de la independencia defienden el carácter universal de su propuesta que permitiría a cualquier grupo de ciudadanos (los vecinos de Barcelona, Hospitalet, Castelldefells o el Vall d’Aran), organizar consultas para convertirse en un principado como Luxemburgo, una ciudad independiente como Andorra o un cantón suizo. En segundo lugar, resulta inadecuado aplicar un mecanismo estrictamente político a un problema en el que están en juego importantes intereses económicos. Las alusiones que hizo el propio Mas al divorcio de una pareja o a la emancipación de su hija permiten ilustrar lo absurdo que resultaría aplicar un mecanismo de decisión democrático para la resolución de conflictos, incluso en el ámbito familiar. A nadie se le ocurriría resolver por votación en un caso de divorcio quién se queda con todos los activos adquiridos conjuntamente por la pareja mientras duró el matrimonio. O que una hija apoyada por su madre aprovechara su emancipación para exigir al padre que abandonase el hogar familiar. Estos conflictos no se resuelven ‘democráticamente’ realizando una votación, no porque no haya cónyuges o hijos dispuestos a perpetrar el expolio del contrincante, sino porque hay derechos de propiedad y jueces que los interpretan. No parece ser ésta la posición del presidente Mas que, con gran irresponsabilidad, ha afirmado que “la democracia está por encima de las constituciones y los tribunales”. El capital público en Cataluña: del planteamiento político al conflicto de intereses Mas y los independentistas dan por sentado que si una mayoría de catalanes vota a favor de la independencia, el resto de catalanes y españoles han de aceptar que todos los bienes públicos –infraestructuras, edificios civiles, empresas públicas, etc.– concebidos como una red, y financiados conjuntamente durante al menos 500 años de vida en común, pasen a ser propiedad del nuevo Estado catalán. Este planteamiento meramente político de la independencia de Cataluña esconde una transferencia potencial de riqueza La cuestión catalana, hoy 82 del perdedor al ganador del envite, que se apropiaría de todo el capital, y dejaría al perdedor las deudas acumuladas. Y como ocurre con el divorcio, si bien cualquier cónyuge puede solicitar la ruptura del vínculo, son las leyes y los jueces quienes deciden, en última instancia, a quién se asignan los hijos y cómo se reparten los bienes comunes y las deudas pendientes del matrimonio. Los Cuadros 1 y 2 muestran la evolución del valor del stock neto acumulado en euros corrientes del año 2000 de diversos tipos de infraestructuras, educación, sanidad, infraestructuras locales y otras infraestructuras de las Administraciones Públicas y otros entes. El capital público acumulado en Cataluña ha crecido en términos nominales y reales hasta alcanzar los 80.177 millones en 2005, una cifra que no incluye las importantes inversiones realizadas para llevar el AVE primero a Barcelona y ahora hasta la frontera francesa, o la construcción de la nueva terminal del aeropuerto del Prat. No obstante, el capital neto en términos reales creció un 69,2 % entre 1992 y 2005. El reparto del capital público es un asunto que, a pesar de su enorme trascendencia, ha pasado casi inadvertido en el debate sobre la independencia de Cataluña. Numerosos estudios realizados indican que el capital público aumenta la productividad privada, y aunque su tasa de rentabilidad social parece haber disminuido a medida que se incrementaba el stock neto de capital, resulta evidente el importante papel que desempeñan los servicios de las infraestructuras públicas, el capital social y el capital de algunas empresas públicas en los procesos de producción, distribución e inversión en capital humano.32 Financiado con impuestos de todos los ciudadanos y emisiones de deuda a cuyos pagos tendrán que hacer frente en el futuro, la eventual independencia de una Comunidad Autónoma como Cataluña plantea el problema de cómo repartir de manera civilizada y equitativa entre los ‘cónyuges’ el capital público acumulado. Porque lo que es seguro es que la mera apropiación del mismo por el Gobierno de una Cataluña independiente, además de constituir un expolio injustificable, podría provocar graves disfunciones y costes al resto de España. 32 Aschauer (1989), Mamuneas y Nadiri (1995), Fernández y Polo (1998 y 2002) Mamatzakis, (2007) y Álvarez-Martínez y Polo (2010). 3.382 26.512 K10. TOTAL(C) 1.552 553 286 1.204 77 (A106+A403+A5+A6+A7+A8) K09. Resto de las Administraciones Públicas Locales (A401) K08. Infraestructuras urbanas de Corporaciones (A3) K07. Educación de las Administraciones Públicas K06. Salud de las Administraciones Públicas (A2) K05. Infraestructuras portuarias (A105+B5) Administraciones Públicas y otros Entes (A104+B4) K04. Infraestructuras aeroportuarias de las Administraciones Públicas y otros Entes (A103+B3) 11.021 3.020 K02. Infraestructuras hidráulicas (A102+A402+B2) K03. Infraestructuras ferroviarias de las 5.418 K01. Infraestructuras viarias (A101+B1) 1940 1978 1992 2005 231.579 97.169 159.712 87.871 94.478 47.633 417.366 308.376 548.825 2.571.539 950.021 1.576.049 473.523 5.900.652 16.172.507 204.440 1.865.542 5.790.375 349.127 2.557.263 7.333.861 173.074 183.356 1.078.685 3.147.819 83.510 780.418 4.025.141 12.775.716 591.429 2.998.223 6.927.770 756.654 1.344.008 8.420.698 23.882.362 1975 212.658 2.200.838 4.182.885 28.345.050 80.177.999 44.622 11.140 9.964 3.992 12.418 6.892 54.484 30.330 38.816 1959 Cuadro 1. Stock de capital neto nominal en Cataluña (En miles de euros.) La cuestión catalana, hoy 83 13.250 208.440 40.954 79.045 268.609 536.564 K04. Infraestructuras aeroportuarias de las Administraciones Públicas y otros Entes (A104+B4) K05. Infraestructuras portuarias (A105+B5) K06. Salud de las Administraciones Públicas (A2) K07. Educación de las Administraciones Públicas (A3) K08. Infraestructuras urbanas de Corporaciones Locales (A401) K09. Resto de las Administraciones Públicas (A106+A403+A5+A6+A7+A8) Fuente: Fundación BBVA-Ivie. 4.514.710 1.907.460 K03. Infraestructuras ferroviarias de las Administraciones Públicas y otros Entes (A103+B3) K10. TOTAL (C) 522.714 K02. Infraestructuras hidráulicas (A102+A402+B2) 937.675 1940 1.741.681 800.006 1.158.693 637.498 777.849 392.166 3.436.223 2.538.898 6.229.628 1975 1992 2005 2.181.024 1.007.376 1.512.120 749.612 903.486 411.495 3.845.500 2.914.256 5.508.675 4.604.266 5.797.964 1.245.984 2.503.015 2.044.781 7.807.112 12.834.389 2.491.178 3.399.546 1.262.929 1.440.437 732.881 5.375.029 10.158.719 4.003.719 6.622.579 11.244.698 18.990.263 1978 5.353.419 17.712.642 20.147.447 37.757.528 63.688.056 948.359 296.747 214.740 86.027 330.779 183.574 1.451.316 807.914 1.033.964 1959 Cuadro 2. Stock de capital neto real en Cataluña (En miles de euros de 2000) 84 La cuestión catalana, hoy La cuestión catalana, hoy 85 ¿Hay formas civilizadas y equitativas de repartir el capital público? Más allá de la imponente cifra que representa el stock de capital público acumulado en Cataluña, hay otra consideración que no puede olvidarse cuando se buscan fórmulas para repartir de forma civilizada y equitativa el capital público. A saber, que una parte sustancial de las infraestructuras públicas han sido concebidas en forma de red y su productividad depende de que se mantenga su integridad. Los beneficios que derivan los ciudadanos de la construcción del AVE que conecta Madrid –e indirectamente otras muchas ciudades integradas en la red ferroviaria– entre los catalanes partidarios de la independencia y el resto de catalanes, y la mayoría de los españoles que desean seguir formando parte de España, con la frontera francesa, dependerán de que Cataluña continúe siendo una Comunidad o pase a ser un Estado independiente. Algunas posibles soluciones al problema que plantea el reparto del capital público pueden descartarse enseguida. Cataluña podría dividirse en dos zonas contiguas, la ‘catalanófona’ y la ‘castellanófona’, como a veces se ha planteado en Bélgica, aunque esta hipotética solución resulta imposible de poner en práctica al vivir los catalanes partidarios de la independencia y los partidarios de seguir siendo españoles entremezclados, compartiendo a veces incluso el mismo rellano de escalera. Tampoco resultaría factible ni eficiente –los independentistas además tampoco se avendrían a ello- que en Cataluña convivieran dos Estados, como a veces se ha sugerido para Palestina, que compartirían el territorio y cada ciudadano podría elegir el Estado al que pertenece, paga sus impuestos y del que recibe servicios públicos y transferencias. Es obvio que esta posibilidad, además de introducir duplicidades muy costosas, resultaría también muy difícil de implementar en la práctica por las fricciones y tensiones que surgirían entre las dos administraciones y la necesidad de contar, a la postre, con una administración común para financiar las infraestructuras que proporcionaran servicios a las dos comunidades. Descartadas estas dos posibilidades, cabe preguntarse si hay alguna otra fórmula civilizada y equitativa para repartir el capital público entre los catalanes y españoles que quieren seguir formando parte de España, y los catalanes que aspiran a lograr la independencia de Cataluña. Resulta difícil encontrar una solución satisfactoria para repartir unos activos de naturaleza indivisible, y que en bastantes casos forman una red integral, salvo que una de las partes renuncie a sus derechos de propiedad a cambio de una compensación apropiada. Mas, sus consejeros y los independentistas catalanes en 86 La cuestión catalana, hoy general dan por sentado que la titularidad del capital público en Cataluña pasaría inmediatamente a manos del nuevo Estado catalán. Y, ¿qué hay de las compensaciones? Consideran que no harían falta, ya que al mismo tiempo los catalanes renunciarían a sus derechos sobre el capital público acumulado en el resto de España. La solución no resulta, sin embargo, satisfactoria, a menos que la distribución del capital público sea relativamente homogénea en todo el territorio español, y no lo es, y el reparto deje inafectada la productividad del capital público en los dos Estados, algo muy difícil de satisfacer cuando algunas infraestructuras forman parte, como ya se ha indicado, de una red diseñada desde una concepción unitaria del Estado. Que el Estado español esté ahora invirtiendo, por ejemplo, cientos de millones en perforar túneles para que el AVE atraviese el subsuelo de Barcelona en lugar de perforar un túnel en el Pirineo oscense, o anteponga la construcción del corredor ferroviario del Mediterráneo frente al corredor central, sólo se comprende desde esta perspectiva unitaria. Y resulta meridianamente claro que la transferencia de éstas y otras infraestructuras localizadas en Cataluña al nuevo Estado catalán generaría serias disfunciones, y reduciría la productividad de la red ferroviaria en el resto del Estado. Tampoco esta solución resultaría satisfactoria para aquellos catalanes que, para seguir viviendo en España, se verían obligados a dejar sus hogares y empresas en Cataluña. Estamos ante un conflicto de intereses de gran alcance e insoluble en la práctica, por lo que sólo si una abrumadora mayoría de catalanes se manifestara a favor de la independencia –digamos más del 80% del censo– mercería la pena seguir explorando esta opción, a fin de establecer las indemnizaciones pertinentes que el nuevo Estado catalán tendría que pagar a los ciudadanos españoles antes de constituirse en Estado independiente. Y que nadie se engañe, la independencia incluso en este escenario civilizado resultaría también muy gravosa para el nuevo Estado. Además de quedar fuera de la UE y perder casi con toda seguridad una parte significativa de los mercados español y europeo, su Hacienda perdería ingresos por cotizaciones sociales e impuestos sobre los productos al caer la actividad y el empleo, por la exención del IVA de las exportaciones al resto de España y por la reducción de los beneficios de las sociedades, resultante de la menor actividad y deslocalizaciones. Cataluña tendría, además, que destinar recursos para proporcionar multitud de servicios ahora financiados por el Estado español, tales como defensa, representación exterior, recaudación de impuestos, sistema judicial, pensiones, incapacidad temporal, bajas maternales, prestaciones a los desempleados, inversiones en I+D+I, etc., y pagar a España las indemnizaciones La cuestión catalana, hoy 87 acordadas. A la vista de este panorama, la afirmación de que la eliminación del ‘déficit fiscal’ de Cataluña aumentaría entre el 1,35 % y el 2,85% la tasa de crecimiento de Cataluña (Sala i Martí, 2001, p. 16) resulta francamente ridícula. Cabe también, claro está, la posibilidad que el Gobierno catalán ya ha insinuado de declarar unilateralmente la independencia, y proceder a ‘nacionalizar’ las infraestructuras y empresas públicas propiedad del Estado español y no asumir la parte de la deuda que le corresponde, un escenario que nos adentraría en un conflicto abierto cuyas consecuencias podrían resultar trágicas para todos. La independencia como el divorcio sin mutuo acuerdo y con bienes comunes de difícil reparto no puede tratarse con la frivolidad con que lo han hecho Mas, sus consejeros y CDC desde que accedieron al Gobierno a finales de 2010. Su irresponsabilidad nos aboca a un conflicto de imposible solución –Rajoy ha acusado con razón a Mas de llevar “a un dilema imposible a los catalanes”– que sólo servirá para añadir más zozobra e incertidumbre a la ya muy delicada situación que atraviesa la economía española. El reparto de la deuda pública Además de los activos que integran el capital público, hay también pasivos de la Administración Central en circulación por un importe de 685.438 millones al final del segundo semestre de 2012. Estos pasivos se han acumulado mientras Cataluña formaba parte de España y, por tanto, y con independencia del acuerdo alcanzado sobre el reparto del capital público, Cataluña debería asumir la parte que le corresponda en caso de materializarse su divorcio de España, que podría estimarse en 128.177 millones aplicando al total de los pasivos el porcentaje del PIB de Cataluña sobre España (18,7 %), una cifra muy respetable. Hay, para empezar, una dificultad de carácter legal para transferir la titularidad de la deuda, en tanto que los pasivos emitidos por la Administración Central están mejor calificados que los de la administración catalana y los acreedores no estarían dispuestos a aceptar la transferencia. Si Cataluña fuera Dinamarca o la Holanda del Sur, países con los que los independentistas se comparan con frecuencia, es posible que los acreedores accedieran complacidos al cambio, pero la deuda de Cataluña ha alcanzado ya la cotización de bono basura. 88 La cuestión catalana, hoy 4. Conclusiones A la vista de lo expuesto, el escenario de una Cataluña independiente que ofrecen los independentistas debería ser motivo de preocupación para todos los catalanes reflexivos.33 El Gobierno catalán se ha lanzado a una aventura cuya hoja de ruta comienza y termina con la promesa de celebrar una consulta para preguntar a los catalanes “si quieren constituir un Estado independiente miembro de la UE”, como si los deseos pudieran convertirse en realidad. Tras declarar inicialmente que Cataluña ingresaría en la UE en 24 horas, Mas tuvo que reconocer pocos días después que quedaría excluida y apuntó, sin base alguna, que podría incorporarse a la UE en 2020. No obstante, Mas y sus consejeros continúan predicando las enormes ventajas que reportarían a los catalanes contar con un Estado propio: pagarían menos impuestos, se reduciría el fraude fiscal, percibirían pensiones más elevadas, se crearía empleo, mejoraría en dos años la esperanza de vida ‘saludable’, etc. Lo que no les dicen es cómo van a operar semejante milagro cuando acaban de abortar la legislatura porque no pueden pagar las nóminas de los empleados públicos y las facturas de los proveedores del gobierno de la Generalitat. Algunos economistas abducidos por la fiebre independentista mantienen sin rubor “que una Cataluña independiente y fuera de la UE no tendría que abandonar el euro”, todo un logro cuando ya están dentro de la UE y utilizan el euro. Efectivamente, nadie puede obligar a los catalanes a deshacerse de sus activos denominados en euros – ¡lo seguro es que tendrán difícil deshacerse de sus pasivos!–, aunque la perspectiva de la ‘eurización’ de la economía no resulta especialmente halagüeña. Las entidades financieras que hoy tienen domicilio fiscal en Cataluña, y operan en todo el territorio español, se verían obligadas a fijarlo en España para poder seguir operando como entidades de contrapartida del BCE. Por otra parte, la reducción de las exportaciones al resto de España y de la UE resultaría en un déficit por cuenta corriente que tendería a drenar la cantidad de euros en circulación en la economía catalana. Tampoco cabe esperar que un aumento prodigioso de la inversión directa en una Cataluña excluida fuera de la UE pudiera compensar el drenaje de liquidez; más bien al contrario, los inversores preferirán localizarse en Estados miembros de la UE con similares o menores 33 Zabalza (2012). La cuestión catalana, hoy 89 costes laborales. Por otra parte, tampoco cabe esperar grandes inversiones de cartera en un mercado de valores como el catalán y con una deuda de la Generalitat calificada como bono basura. Los independentistas catalanes dan por hecho que tras la creación de un Estado independiente la propiedad de todo el capital público en Cataluña se transferiría al Gobierno del nuevo Estado, sin abonar compensación alguna a quienes hoy ostentan esa titularidad. El hecho cierto es que el capital público instalado en Cataluña y en el resto de España ha sido financiado con los impuestos de todos los ciudadanos, y resulta absurdo creer que su titularidad puede cambiar como resultado de la voluntad expresada por los catalanes en una consulta política. Desafortunadamente para todos, ni la partición del territorio en dos Estados, ni la convivencia de dos Estados paralelos en Cataluña, ni la transferencia de su titularidad al Gobierno catalán, previo establecimiento de las indemnizaciones que correspondan a los catalanes y resto de los españoles que quieren que Cataluña continúe siendo parte de España, permiten solucionar el conflicto de intereses de manera civilizada y equitativa. Nada o poco dicen tampoco los independentistas acerca de si el nuevo Estado catalán asumirá la fracción que le corresponde de los pasivos acumulados por la Administración Central hasta el momento de la independencia, aunque teniendo en cuenta que Cataluña no dispone de liquidez ni puede acceder a los mercados en busca de financiación, no resulta plausible que el nuevo Estado asuma una fracción de dicha deuda en los próximos años. El futuro económico de una Cataluña independiente fuera de la UE y ‘eurizada’ se presenta francamente desolador: caídas significativas de las exportaciones al resto de España y al resto del mundo, deslocalizaciones de empresas no financieras y financieras, reducción de los ingresos impositivos y aumento del gasto público, contracción de la oferta monetaria, menor inversión directa extranjera y escaso atractivo para la inversión en cartera, etc. Este análisis presupone que el proceso de implantación del nuevo Estado se desarrolle de manera civilizada y el Gobierno del nuevo Estado asuma los costes que comporta. Cabe también, claro está, la posibilidad de que el nuevo Gobierno proceda a lo largo de la próxima legislatura a nacionalizar el capital público propiedad del Administración Central y las empresas públicas estatales, y rechace asumir la fracción que le corresponde de los pasivos contraídos por la Administración Central. En ese caso, nos adentraríamos en un conflicto incivilizado entre dos gobiernos con consecuencias todavía más negativas para todos. 90 La cuestión catalana, hoy Examinadas en este artículo algunas de las implicaciones económicas del proceso de secesión de Cataluña, sorprende sobremanera la frivolidad con la que Mas y el ex presidente Pujol lo han impulsado, minimizando ante los ciudadanos sus consecuencias. Una mención especial merece la observación de Mas-Colell, consejero de Economía, quien en su intento por tranquilizar a un grupo de desasosegados empresarios les recordó que, aunque las relaciones entre los pueblos pueden pasar por "momentos más o menos difíciles”, al final se superan, como demuestra que "los croatas votaron a favor de los serbios" en el último festival de Eurovisión. Desafortunada referencia donde las haya, habida cuenta de la cruenta y despiadada guerra que libraron sus ejércitos. Escribía el nacionalista Hurtado (2008) el 8 de junio de 1934 que “Cataluña no ha producido, ni por ahora puede producir, ningún otro tipo político que el agitador propenso a la protesta y diestro en aprovechar cualquier motivo de orden sentimental para dar miedo al adversario mientras dura la llamarada. Desde la Liga hasta el sindicalismo, la historia política de Cataluña se ha desarrollado siempre con este mismo patrón y al mismo ritmo. Puede ser que no valga la pena empeñarse en cambiarlo. Pero esta vez parecía que por el hecho de tener el Gobierno de una Cataluña autónoma se había de ir con más cuidado porque la política tradicional ha de traer como consecuencia dar al pueblo la sensación de que la República, a pesar de haber reconocido la autonomía catalana, es tan odiable como la monarquía, y eso además de injusto, puede ser funesto”. Sustituyan ‘Liga’ y ‘República’ por ‘CDC’ y ‘Estado de las Autonomías’, y el párrafo podría perfectamente describir la situación actual. Si Don Amadeo levantara la cabeza se quedaría pasmado al constatar lo poco que han cambiado las cosas con Mas y el Gobierno de los “mejores” en Cataluña. Referencias bibliográficas Álvarez Martínez, M.T. y C. Polo (2010): “The long run effects of public capital on the Spanish private economy: A VAR approach”, manuscrito en evaluación. BBVA-Ivie (2005): “El stock de capital en España y su distribución territorial (19642003)”, Mas, M., D. Pérez, F. y E. Uriel. Bilbao, Fundación BBVA Bofinger, P. (2009): “Monetary Policy under the facto dollarization”, manuscript, Universdad de Würtzburg. La cuestión catalana, hoy 91 Fernández, M. y C. Polo (2001): “Capital público y productividad privada en España: una panorámica”, Revista Galega de Economía, 10. Fernández, M. y C. Polo (2002): “La productividad privada en presencia de capital humano y tecnológico”, Revista de Economía Aplicada, 29. Hurtado, A. (2008): Abans del sis d’octubre, 2.ª edició. Barcelona: Quaderns Crema: Mamatzakis, E.C. (2007): “EU infrastructure investment and productivity in Greek manufacturing”, Journal of Policy Modeling 29. Mamuneas, T.P. y M.I. Nadiri (1995): “Public R&D policies and cost behaviour of the US manufacturing industries”, NBER WP-5059. Sala i Martín, X. (2001): “Catalanismo obert al sigle XXI: L’economía”, manuscrito. Zabalza, A. (2012): “Más costes que beneficios”, La Vanguardia. 92 La cuestión catalana, hoy La cuestión catalana, hoy 93 La perversidad de las balanzas fiscales Almudena Semur Correa Coordinadora del Servicio de Estudios Instituto de Estudios Económicos 1. Introducción En estos momentos en que la Eurozona no ve la luz al final del túnel y en los que seguimos inmersos en una crisis de deuda, crisis bancaria y con una recesión galopante, en la que nuestro país se enfrenta a una contracción en el PIB, ha saltado a la palestra el debate sobre la financiación autonómica, motivado por las reivindicaciones secesionistas proclamadas por dirigentes políticos de la comunidad autónoma de Cataluña a raíz de la negativa del presidente del Gobierno de España a aceptar el Pacto Fiscal aprobado por el Parlamento de Cataluña el 25 de julio de 2012. En el caso de haberse aceptado, habría significado un cambio radical en el actual sistema de financiación autonómica, aprobado y consensuado por todos los grupos políticos plasmadas en la Ley de Financiación Regional ( Ley 22/2009) y la reforma de la LOFCA (Ley Orgánica 3/2009). Merece la pena destacar que durante los últimos treinta años nuestro país se ha visto inmerso en una gran transformación respecto al grado de descentralización de los ingresos y gastos. Se ha pasado de tener una estructura centralizada a ponerse a la cabeza de los países más descentralizados de la OCDE. Así en el año 2007, los gobiernos regionales llegaban a absorber un 36% del gasto total y un 54% del personal. Si a esto se añaden los servicios prestados por los entes locales y las Administraciones Territoriales, nos encontramos con que representan actualmente la mitad del gasto del Sector Público gestionando los servicios con más incidencia directa sobre el bienestar del ciudadano, como son todos los gastos relacionados con educación, sanidad y servicios sociales (Ángel de Lafuente. La financiación de las Comunidades de Régimen Común. Preliminares). 2. El debate de la Financiación Tanto Cataluña como otras Comunidades Autónomas, han venido denunciando ciertos defectos del actual sistema de financiación y que el mismo necesita una revisión dentro del marco constitucional. Pero cosa bien distinta son las exigencias esgrimidas por la 94 La cuestión catalana, hoy Generalitat de Cataluña para que el Gobierno central tuviera que aceptar un giro tan radical y diera el visto bueno a las medidas introducidas en el Pacto Fiscal, medidas que quedan extramuros de nuestra constitución al pretender extender al Principado catalán los privilegios del Concierto Vasco y Navarro. Esto es, la Generalitat a través de su Agencia Tributaria propia, asumiría la regulación, gestión, recaudación e inspección de los tributos, y como contrapartida aportaría a las arcas del Estado español una cantidad que se negociaría cada cinco años de una manera bilateral. La cantidad aportada cubriría el coste de las competencias no transferidas y otra parte se destinaría a cubrir el porcentaje de solidaridad prefijado por la voluntad de las autoridades catalanas. La propuesta impulsada por la Generalitat, además, pretendía pasar de un sistema de relaciones fiscales basado en la Constitución donde las comunidades autónomas deciden conjuntamente con el Estado a través del Consejo de Política Fiscal, a un sistema de relaciones bilaterales a través de una comisión mixta EstadoGeneralitat, más propia de estados soberanos. Cierto es que el sistema de Financiación actual adolece de determinados fallos, y que necesita una revisión, pero más cierto es que los dirigente políticos de nuestro país han ido condicionado las sucesivas reformas del modelo a cambio de apoyos políticos en épocas electorales. Buena parte de la reforma tendría que suplir las carencias que hay en el actual sistema en cuanto los principios de igualdad de los ciudadanos a la hora de acceder a los servicios públicos, y de responsabilidad fiscal de nuestras comunidades. Con la llegada de la crisis, el debate sobre la financiación se ha ido agudizando en la comunidad autónoma catalana, llegando incluso a convertirse en uno de los principales argumentos del independentismo. El hecho de que no todos los ingresos aportados por la comunidad autónoma catalana través de los impuestos pagados por sus ciudadanos a las arcas del Estado, no reviertan después en la misma proporción en territorio catalán mediante gastos e inversiones, ha calado en la opinión pública catalana de tal manera que una gran proporción de la ciudadanía catalana tiene la sensación de estar injustamente maltratada en materia impositiva al recibir como contrapartida pocos beneficios del Estado. Bajo su punto de vista, el esfuerzo fiscal que soportan los catalanes genera un déficit que resulta perjudicial para el desarrollo económico de Cataluña y España. Y expresiones como “España nos roba “ o “el expolio fiscal” están en el orden del día de la campaña electoral catalana. La cuestión catalana, hoy 95 En referencia a los impuestos pagados por los ciudadanos, cierto es que un ciudadano de Cataluña paga más por IRPF en su comunidad autónoma que un ciudadano de Logroño, o de Extremadura, con un mismo nivel de ingresos, pero esto es debido a que nuestro sistema de financiación permite que las CC.AA. tengan capacidad para poder aumentar la tarifa a tipos impositivos superiores en el tramo autonómico del impuesto, o puedan elevar los mínimos exentos del impuesto; esta posibilidad no incide de ninguna manera en la balanza fiscal, ya que la recaudación percibida por el tramo autonómico va directamente a las arcas de la comunidad autónoma. En cuanto a la parte estatal recaudada del impuesto, los tres ciudadanos pagarían lo mismo. Si se analiza la evolución de los impuestos pagados por los ciudadanos catalanes a las arcas del Estado, se aprecia que la recaudación ha ido disminuyendo durante los períodos 2007/2009 en un 33 %. 2007 42.165 2008 36.519 2009 28257 Fuente: Informe de la AEAT. Millones de euros. Por el contrario, los gastos del Estado en territorio catalán se han ido manteniendo e incluso incrementando. Habría que recordar, que a pesar de que las CC.AA. de régimen común tienen cedido total o parcialmente la mayor parte de figuras tributarias con un peso recaudatorio, no se puede afirmar que se haya logrado alcanzar el objetivo de la corresponsabilidad fiscal. Las CC.AA. siguen apareciendo a los ojos de sus ciudadanos como las responsables en el gasto, pero no como recaudadoras de los tributos, por lo que persiste de manera generalizada la idea de que es el Estado el que recauda la mayoría de impuestos. En materia de ingresos nuestra regulación introdujo un aumento significativo del porcentaje de participación de las CC.AA. en el rendimiento del IRPF, IVA e Impuestos Especiales, alcanzando dicho porcentaje prácticamente el 50 %. Además permite la cesión del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio y Matriculación. Lo que facilita 96 La cuestión catalana, hoy la potestad para fijar la escala de gravamen, las deducciones y la recaudación de determinados impuestos. En este sentido, en materia de imposición indirecta, las CC.AA. carecen de competencias normativas sobre los principales impuestos. Tal es el caso del IVA, en el que por exigencias comunitarias no está permitido modificar el tipo de gravamen por el hecho de que no puede haber distintos tipos de gravamen entre las regiones. Con todas estas medidas, se pretendía que las CC.AA. tuvieran un instrumento que les permitiera obtener unos ingresos adicionales que posteriormente se compensarían con una reducción equivalente de las transferencias estatales recibidas del fondo de suficiencia (Ángel de la Fuente. Sistema de Financiación Autonómica). 3. El déficit de la balanza fiscal de Cataluña Ciertamente existe un déficit con Cataluña hoy, y que ésta aporta más ingresos al Estado que los que recibe, en forma de transferencias, servicios e inversiones, pero al fin y al cabo, lo mismo le ocurre en otras comunidades como es el caso de Madrid. Son las denominadas comunidades ricas que con sus excedentes pagados financian a las comunidades más pobres. Si aplicáramos la misma regla de tres que aplica el Gobierno catalán, los contribuyentes que más impuestos pagan al Estado deberían recibir más contraprestaciones que aquellos que menos pagan. En el caso que nos ocupa, la Generalitat cifraba su déficit en el ejercicio 2009 en 16.409 millones de euros, equivalente a un 8,4 % del PIB catalán. Fuente: Generalitat de Catalunya. Para llegar al cálculo de dicha cifra, la Generalitat utiliza el método del flujo monetario, mediante el cual únicamente se imputan los ingresos y los gastos en el La cuestión catalana, hoy 97 territorio en el que se producen. Lógicamente es el método que más beneficia ya que exagera el déficit fiscal al no tener en cuenta aquellos gastos que, aunque no se hayan realizado físicamente en el territorio analizado, repercuten en él de alguna forma, como puede ser el ejército, la política exterior o ciertas infraestructuras. En cuanto a los ingresos tributarios imputados mediante este método, se computarán en el territorio donde se localiza la capacidad económica sometida a gravamen (hecho imponible). Por ejemplo, el IVA pagado por un ciudadano de Oviedo en un comercio en Mataró se imputaría en Cataluña, que es donde se localiza el hecho imponible ( Resultados de la balanza fiscal 2006-2009 Generalitat de Catalunya). Si por el contrario, el método de cálculo de la balanza se realiza bajo el método del Flujo beneficio, esto es, teniendo en cuenta los gastos pagados por el Estado no necesariamente incurridos en territorio catalán, pero que benefician a dicha comunidad, el déficit fiscal disminuirá a 11.261 millones euros, lo que equivale a un 5,8 % del PIB. Fuente: Generalitat de Catalunya Por tanto de la cifra inicial, reclamada por la Generalitat no refleja el saldo real y habría que sustraer de la misma 5.148 millones, que es la parte que corresponde a Cataluña del coste de los servicios generales prestados por el Estado y que benefician a Cataluña. 4. La discutida neutralización del saldo Como se podrá observar en los cálculos recogidos en las tablas la Generalitat, el saldo está neutralizado por el ciclo económico. Esto es, se tiene en cuenta a la hora de efectuar el cálculo una hipotética situación de existencia equilibrio presupuestario. La doctrina no resulta pacifica en este tema. Según Pascual Fernández, que se muestra contrario a la neutralización de la balanza. En su estudio sobre la Balanza Fiscal de Cataluña 2006-2009, señala “este es un análisis absolutamente ficticio, que 98 La cuestión catalana, hoy evidentemente, no tiene nada que ver con la realidad, porque los flujos financieros que financian el déficit del Estado de cada año se aportan desde mercados de capitales (nacionales -en cuyo caso, una parte tendrá su origen en Cataluña- y extranjeros). Pero la hipótesis que realiza la Generalitat es que el déficit de la Administración General del Estado de cada año, si no se hubiera financiado con deuda, se tendría que haber financiado con mayores ingresos aportados desde las distintas regiones. Y en el caso de superávit presupuestario se tendría que haber devuelto el exceso de ingresos”. “Se trata de un cálculo absolutamente ficticio porque el déficit de cada año (el real no el inventado) se ha financiado con deuda pública -no con ingresos no financieros provenientes de las comunidades autónomas-, y se amortizará a lo largo del tiempo”. En cambio, para Xavier Sala Martín, claro partidario de la neutralización, “las balanzas fiscales no neutralizadas no reflejan la redistribución que el sistema fiscal genera entre las diferentes regiones de un Estado. Por lo tanto, son irrelevantes y no consiguen el objetivo que buscan las balanzas fiscales: estimar la redistribución interregional que genera el sistema fiscal. Para conseguir estimar la redistribución, se puede hacer con un cálculo estructural pero para ello hay que esperar a que el Gobierno central equilibre el presupuesto y pague todo lo que debe. Si no se sabe cuándo el Estado va a pagar sus deudas y, por lo tanto, no se sabe cuando se acaba su ciclo fiscal, la alternativa econométrica es calcular el saldo “neutralizado”. Eso es, exactamente, lo que hace la metodología que usó el conseller Castells en 2008 y lo que ha usado el conseller Mas Colell en 2012. Y es por eso, exactamente, que no se puede decir (como dijo la portavoz del PSC) que las estimaciones de las balanzas no neutralizadas tienen el mismo valor que las neutralizadas. Las no neutralizadas contienen CERO información sobre lo que realmente uno quiere saber de las balanzas fiscales: la redistribución” (Xavier Sala Martín. Por qué neutralizar las Balanzas Fiscales). En definitiva, cuando las cuentas públicas están desequilibradas y existe un déficit, éste debe financiarse de alguna manera. Es cierto que, para volver a la senda del equilibrio, las comunidades autónomas y el Estado han aumentado los impuestos, pero también lo es que el Estado se ha endeudado más, como lo demuestra que la deuda respecto al PIB se ha disparado desde el inicio de la crisis. La cuestión catalana, hoy 99 En el cuadro siguiente elaborado por Pascual Fernández en su estudio sobre “La balanza fiscal de Cataluña 2006-2009” puede observarse la variación que experimenta el saldo del déficit si no se neutraliza. Como dice Antonio Zabalza en referencia al cálculo de las balanzas fiscales ( El País 19 de noviembre de 2012): “No estamos ante un concepto nítido y estadísticamente acreditado como puede ser por ejemplo, el volumen de deuda pública publicado por el Banco de España sino ante un cálculo materialmente complejo”. Es por ello que resulta de gran importancia quitar relevancia a este concepto debido a la gran arbitrariedad existente a la hora de medir los saldos fiscales así como a la dificultad de imputar los ingresos y los gastos. La confección de las balanzas fiscales surgió en España como demanda de las nacionalidades históricas. El Gobierno, presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, se comprometió públicamente durante su discurso de investidura, el 8 de marzo de 2008, a publicar las balanzas fiscales de las CC.AA. Desde el momento en que surge la petición de la publicación de las balanzas fiscales, se alzaron diversas voces críticas. Los principales argumentos esbozados señalaban que la elaboración de las mismas dentro de un territorio nacional era un ejercicio técnicamente imposible. Supongamos una sociedad mercantil cuyo mercado es todo el territorio español, lógicamente la sociedad mercantil tributara por el Impuesto de Sociedades por el beneficio conjunto obtenido en todo el territorio español sin detallar la contribución de cada región al beneficio global de la empresa, hecho que hará técnicamente imposible 100 La cuestión catalana, hoy imputar el Impuesto de Sociedades a las distintas demarcaciones en que se basan las balanzas. Sin embargo la publicación de las balanzas resulta decisiva para la valoración económica de desequilibrios territoriales, sirviendo de instrumento para la evaluación, generación y corrección de las políticas redistributivas del Estado. Debe recordarse que el propio concepto de balanza fiscal territorial es perverso, ya que quienes pagan impuestos son las personas, no los territorios. La balanza fiscal, vista desde esta perspectiva, solamente tiene sentido en el plano individual. Cada individuo es quien tiene una balanza fiscal positiva o negativa, en función de su carga impositiva y de la valoración de los servicios que recibe del Estado. La cuestión catalana, hoy 101 El año de las decisiones discutidas Joaquín Trigo Portela Director General Instituto de Estudios Económicos La presente (aún) legislatura se inició de acuerdo con las pautas estatales y con las orientaciones de la UE. La Administración catalana fue pionera en decidir recortes en la retribución del personal a su cargo, en la reducción de gastos, en la introducción del copago farmacéutico, etc. Sin embargo, tras la reunión fallida del Molt Honorable Mas con el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la vuelta del primero a Barcelona sin lograr una financiación adicional fue el inicio de un rápido cambio. No era normal que a la vuelta de una reunión en Madrid, en la que no se lograron los objetivos deseados, hubiera una recepción de notables en la calle, ni que se hiciera un alegato doble, en contra del trato a Cataluña y a favor de una ruta propia. Ese cambio fue el inicio de una serie de acusaciones acerca de los reiterados abusos de España para con Cataluña que se manifestaban en los intentos reiterados de la primera por debilitar los ingresos y el nivel de vida de la segunda. El actual Gobierno catalán, al hacerse cargo de la gobernanza del país, se encontró con una elevada deuda en un momento de recesión en el que no era posible aumentar la recaudación ni tampoco mantenerla. El recurso inicial al creciente endeudamiento fue caro y escaso y la renovación aún más complicada. La salida de la crisis se veía más lejana y la renovación de la mayoría más incierta. La sugerencia de llegar a un pacto fiscal -que suavizara la carga fiscal soportada por Cataluña- solo encontró apoyo en Cataluña. El Gobierno llegó pronto la convicción de que se podía evitar una renovación incierta y complicada recurriendo a una anticipación sorpresiva y rápida, lo que daría un margen de cuatro años en lugar de los dos que faltaban hasta la renovación. La justificación se apoyaría en cuestionar la gestión de la crisis hecha por el Gobierno y resaltar la carga sobrevenida a Cataluña. La responsabilidad del Gobierno precedente se daba casi por supuesta y, para superar el trance, se ofrecía una nueva era al margen de España que permitiría reducir las cargas fiscales, amentaría los recursos financieros disponibles, aumentaría las prestaciones públicas, reduciría el paro, mejoraría los sueldos. La eventual salida de la UE sería breve o, incluso, no sería necesaria si España 102 La cuestión catalana, hoy compartía sus puestos con Cataluña. Con este nuevo marco se resaltaba la capacidad exportadora de Cataluña y se minimizaba la importancia de las ventas al resto de España. Vista desde el exterior, esta opción puede parece más audaz que lógica. En realidad tiene mucho de las dos cosas pues, en condiciones normales, eso sería muy difícil, aunque, es posible gracias a décadas de comunicación y enseñanza que resaltaban el coste soportado por Cataluña en favor del resto de España, la diferencia del idioma, que se hacía obligatorio y único. También a la exigencia de rotular en catalán con multas a los incumplidores y con delatores voluntarios del incumplimiento, si bien con tolerancia para idiomas como el chino, turco y otros. La exigencia de que los profesores demostrasen el conocimiento del catalán en nivel tres (un nivel alto); la creación y mantenimiento de emisoras de televisión y radio por parte de los distintos niveles de administración del país, que superan en número a otras opciones; el apoyo público a los diarios en catalán y otras medidas tendentes a facilitar y arraigar el idioma… todo puede defenderse como encomiable, pero siembre que se respeten las normas españolas y la pluralidad de puntos de vista. El aumento de los niveles de las administraciones de la Comunidad Autónoma que en lugar de reducirse, cuenta con uno más: los “Consejos Comarcales”, que se ubican entre las Diputaciones y los Ayuntamientos. Para ubicar esta medida cabe decir que Alemania, que prácticamente duplica a España en población, tiene una quinta parte de los ayuntamientos con que cuenta España y de Landers, que equivaldrían a nuestras CC.AA. Los Consejos Comarcales, llegado el caso, podrían agrupar los ayuntamientos bajo su tutela y asumir las funciones de los Ayuntamientos con mejores prestaciones y menor coste, pero, por ahora es un nivel adicional lejos de la potencia que podría tener. Hasta ahora es un nivel que, mantenido entre los otros, tiene una relevancia prescindible. Esta base previa facilitó la rápida difusión de acusaciones y afirmaciones en torno a dos temas básicos: el espolio fiscal del tipo “España nos roba”, y la mejoría económica que se lograría en breve tiempo con un Estado propio si eso llegase a efecto. Los dos enfoques son cuestionables. La afirmación de que España roba a Cataluña se basa en que los impuestos soportados superan al retorno que vuelve en forma de inversiones y ayudas a Cataluña. La cuestión catalana, hoy 103 Esto es lógico aquí y en cualquier otro país, porque los mayores ingresos deben soportar una cuantía más que proporcional, que permite atender a los más necesitados. La queja, sin embargo, considera que lo pagado supera a lo recibido y esa diferencia es el despojo. Aquí se prescinde del carácter progresivo de la tributación, con lo que los ingresos más altos deben pagar más que proporcionalmente. En línea rigurosa con esta consideración se debería devolver a cada Comunidad el total de los impuestos recogidos y, antes de asignar esa suma, devolver a los mayores contribuyentes el diferencial entre lo que han pagado y la media, o algún otro retorno equivalente. Con lo que se habría eliminado la progresividad y con ello la aportación fiscal a la reducción de la diferencias entre ciudadanos. Un alegato parecido, algo más sutil, para aludir al “espolio fiscal“, se apoya en la balanza fiscal. Ésta se obtiene por uno de dos métodos, el del fijo monetario o el del flujo del beneficio, pero sin mezclarlos. El primero recoge el coste soportado por los contribuyentes y el segundo la proporción que representa la devolución fiscal recibida por cada comunidad autónoma. A este respecto hay que decir que es cierto que Cataluña paga más que la media y recibe menos que eso, como ocurre en las regiones más ricas de la UE y, también, añadir que las filiales de empresas catalanas ubicadas en otras CC. AA., hasta ahora, pagan en la casa madre, lo que no ocurriría si Cataluña se desligara de España. Si se mezclan los dos métodos, y en el segundo se prescinde de una buena parte de las prestaciones genéricas, tales como la representación internacional, el ejército, o una parte relevante de las mismas, se puede ampliar a voluntad la brecha entre aportaciones y prestaciones. Antoni Zabalza (El País, 19 nov. 2012) clarificó los malentendidos del saldo fiscal catalán. Partiendo de que, según la Generalitat, en 2009 el Estado obtuvo de Cataluña un saldo fiscal de 16.410 millones de euros, que equivalían al 8,4 % del PIB catalán. Y utilizando la metodología del flujo monetario, recurriendo a las cifras de la Generalitat, en ese año los ingresos del Estado en Cataluña fueron 46.195 millones, mientras que el gasto público del Estado ascendió a 45.403 millones de euros, lo que rebaja el saldo fiscal del Estado dejándolo en 792 millones. De acuerdo con el método del flujo del beneficio, y con la misma fuente, los ingresos del Estado en Cataluña fueron 45.184 millones y el gasto público ascendió a 49.199 millones, lo que deja el saldo fiscal real negativo para el Estado de -4.015 millones. 104 La cuestión catalana, hoy Un tema relevante y poco, o nada, mencionado en el marco de las discusiones previas a la elección, es la financiación bancaria. El Profesor M. Martín Rodríguez presentó (El País, 18 nov. 2012) las proporciones correspondientes a Cataluña en los depósitos y los créditos de las entidades de depósitos. El volumen de los depósitos de sectores residentes en Cataluña representaba, en julio de 2012, el 16,17 % y los créditos el 19,34 % de los préstamos. La relación entre los depósitos y los créditos era del 55 %, lo indica que el 45 % de la financiación bancaria de Cataluña viene del resto de España y, en menor cuantía, del de la financiación mayorista del exterior, lo que supone en torno a algo más del 75 % del PIB catalán. Atinadamente añade que la secesión cortaría vías de financiación externa, como los mercados de capitales nacionales y la financiación de las entidades de depósito en el Banco Central Europeo. La pérdida de estas fuentes puede dilatarse en el tiempo creando serias dificultades a la actividad empresarial. Para justificar la secesión se requiere, por una parte, la presencia de una de tres cosas: Una presión constante contra la historia y cultura, un expolio continuado o, peor aún, ambas cosas. Por otra parte, debe haber una razonable certeza acerca de la capacidad para conseguir el objetivo sin incurrir en costes superiores a las ganancias esperadas. Los que, desde Cataluña postulan la bondad de la secesión quitan importancia a la reducción de ventas al resto de España, que, en plena recesión sigue comprando más que cualquiera otro país aislado, alegando que lo se venda al resto del mundo es más y puede aumentar. Es cierto. Sin embargo “olvidan” algo importante. Los ingresos por ventas al resto de España (49.389 millones de euros en 2011) superan con mucho a las compras provenientes de ella (26.705 millones en 2011), lo que da un saldo favorable de 22.684 millones. Con el resto del mundo las ventas fueron de 55.525 millones (en el mismo 2011) y, en el mismo año, las compras en el extranjero ascendieron a 70.850 millones, lo que aporta un superávit importante que no podría pagarse sin las ganancias generadas en España. La fuente básica acerca del comercio interregional en España es C-intereg, promovida por CEPREDE, y patrocinada por seis entidades entre las que está la Generalitat de Cataluña. Con la misma fuente, el mercado de mayor ingreso de Cataluña en 2010 fue Francia con 2,28 miles de millones de euros (mm €). Seguían Andalucía (7,77 mm €), Aragón (6,76 mm €) y la Comunidad Valenciana (6,56 mm €). A renglón seguido van Italia, Alemania, Comunidad de Madrid, Portugal, el País Vasco, La cuestión catalana, hoy 105 Baleares, Castilla-La Mancha, Reino Unido, Castilla y León, Canarias y Región de Murcia. Tras una secesión las ventas en el resto de España se reducirían, no necesariamente debido a posibles boicots suscitados por el despecho, sino porque otras fuentes de aprovisionamiento serían más asequibles que compradas a un país ajeno a la UE o, también, porque empresas catalanas (y otras con sede social ubicada en terceros países) querrán continuar donde se mantengan las leyes a las que están habituados y, además, podrían estar más cerca de sus mercados ya consolidados en el conjunto de España. La entrada en la UE es lenta para todos. Incluso para quien proviene de un país miembro. Requiere unanimidad, cumplir con los requisitos y dedicar tiempo a conseguirlo. La entrada de Cataluña en la UE podría requerir, a tenor de lo que necesitaron los últimos países incorporados, entre 8 y 14 años. Crear una moneda nueva es posible, y “tratar” de ligarla al euro también es posible, pero conseguirlo es muy difícil, especialmente para un país endeudado que cuestiona a sus compradores y a quienes tienen con él una historia conjunta desde hace siglos que, por más que se proclame, no se sabe bien por qué se cuestiona. Crear una nueva moneda es muy costoso porque no se sabe cómo se gestionará. La voluntad de ligarla al euro es irrelevante porque la aceptación o no de una moneda depende del riesgo que se le presume de modo que, desde el momento de su impresión, tendría un recorte muy importante que dificultaría su uso en los mercados exteriores y, en poco tiempo, en el propio país emisor. La experiencia de la ruptura de un país suele ser amarga, especialmente para la parte menor. La separación de Eslovaquia y Chequia fue rápida y, aparentemente, indolora, y el comercio entre ambas partes apenas cayó algo más del 6 % en el primer lustro. Este caso parece avalar la inocuidad de la separación, pero debe considerarse que ambas partes están en la UE, que se parecen mucho, y que ambas han recibido importantes inversiones desde Alemania. La divergencia está en otra parte: según datos de Eurostat, actualizados a 10 de octubre de 2112, la tasa de paro de larga duración en Eslovaquia, que fue la promotora de la división, fue del 9,2 % la más alta de la UE superando incluso al 9 % de España-, mientras la República Checa estaba en el 2,7 %. 106 La cuestión catalana, hoy La relación que, hipotéticamente, se puede dar entre España y Cataluña parece depender de cada uno, pero en realidad tiene un arraigo basado en la proximidad, la historia y la convivencia. Enfrentar a una parte contra otra puede ser fácil, pero no es ético ni útil. Ambas partes tienen mucho que perder, incluso desde el punto de vista del separador, que busca una ganancia fácil malquistando a unos contra otros y pierde más de lo que obtiene. Un ejemplo superficial que se repite reiteradamente es el del boicot del cava, que fue la respuesta ante una intemperancia, decidida por una persona que, aún hablando por sí misma, tenía un puesto relevante obtenido por votación. La alegación de que España roba a Cataluña es algo más fuerte pero no ha hecho una mella relevante, aún viniendo de personas con cargos académicos, lo que puede deberse a falta de conocimiento o, simplemente, considerarse como una “boutade” irrelevante. No es ninguna de las dos. Es más importante cuando se trata de una entidad, especialmente si se presenta como una asociación empresarial que en su web dice: “El Cercle Catalá de Negocis fa una crida a boicotejar la llet española”… La causa es que una empresa española ha dejado de comprar leche a una empresa catalana. Cui prodest? La cuestión catalana, hoy 107 Perspectivas económicas: realidades, incertidumbres y temas en la agenda Juan Tugores Ques Catedrático de Economía Universidad de Barcelona 1. Introducción Ya sabemos que la economía es una parte importante, pero sólo una parte, de las dimensiones de la vida de las personas y de las sociedades. Y que los mecanismos económicos deben ser instrumentales para otros objetivos de más alto nivel. Pero ello no es justificación para la polarizada dualidad que encontramos en las argumentaciones acerca de los eventuales impactos de una nueva configuración de las relaciones económicas y políticas entre Cataluña y España, incluido el escenario de un proceso de independencia. Los maniqueísmos tan asociados a la naturaleza humana conducen a planteamientos que fluctúan entre lo idílico en un extremo a lo catastrofista en el otro, degradando los argumentos económicos, presentados de forma selectiva y parcial, a simples ratificaciones de posiciones, por supuesto legítimas y respetables, adoptadas en otras esferas. Más allá de estos enfoques de justificación de preconcepciones, el objetivo de estas líneas es ofrecer una visión más panorámica de algunos aspectos relevantes –que no necesariamente coinciden con los que tiene más proyección mediática o política– de las complejidades de los procesos que podrían ponerse en marcha, presentando algunos datos, formulando incertidumbres, y, especialmente, introduciendo en la agenda temas que cualquier vía razonable de reconfiguración o negociaciones debería abordar. Con ello, tal vez se contribuya a clarificar los problemas que se deben afrontar, prerrequisito imprescindible para tratar de encontrar las soluciones adecuadas. Y, llegado el caso, a mejorar la forma en que la ciudadanía pueda expresar sus preferencias y decisiones a través de los mecanismos democráticos de nuestras sociedades. El hilo conductor de las siguientes páginas es presentar algunos aspectos relevantes en los análisis de competitividad y crecimiento, considerando tanto vertientes 108 La cuestión catalana, hoy importantes (cómo salir de la crisis y fundamentar con solidez la recuperación) como otras urgentes (problemas de transición entre escenarios de articulación política) e inquiriendo qué modificaciones, modulaciones o reversiones podrían producirse en las dinámicas actualmente en marcha. La viabilidad de países de reducida dimensión, el potencial del tejido empresarial, los lastres que supone el endeudamiento (explícito o, por ahora, encubierto) eventualmente a repartir de forma negociada, los problemas de acceso a la financiación y los riesgos para la calidad institucional son los epígrafes que consideraremos en las siguientes líneas. 2. Viabilidad, competitividad y dimensión de los países Existen en Europa países con dimensiones –demográficas, territoriales, productivassimilares a las de Cataluña que permiten superar el debate acerca de la viabilidad económica. Es cierto que a escala global estamos discutiendo el papel de los grandes actores y que uno de los argumentos más serios a favor de una construcción europea que supere las graves dificultades actuales es la necesidad de una masa crítica y cohesionada para aspirar a tener una voz y un peso en la esfera global, en la que competir con gigantes como Estados Unidos o China, además de otros como India o Brasil. Pero dentro de Europa hay países-estado de dimensiones más reducidas y con adecuada – incluso envidiable– performance. Suiza (por citar un país con muchas especificidades pero que no es miembro de la UE ni de la Eurozona) ocupa desde hace varios años el primer lugar en el ranking de Competitividad Global que publica el World Economic Forum 34 con una población y territorio limitados, además de una heterogeneidad lingüística notable. Y por lo que hace referencia a otros indicadores de competitividad, si se hace el sencillo ejercicio de comparar, con datos de la Organización Mundial de Comercio 35 , el ranking de países exportadores de mercancías referido a 2011 con el mismo ranking referido al año 2000, se obtiene el resultado de que, entre los diez 34 World Economic Forum, Global Competitiveness Report 2012-2013, publicado en septiembre de 2012, disponible en: www.weforum.org 35 World Trade Organization, International Trade Statistics, varias ediciones, disponibles en www.wto.org La cuestión catalana, hoy 109 primeros países, los dos únicos europeos que ganan posiciones son los Países Bajos y Bélgica (que acompañan a China y Corea del Sur como los que mejoran posiciones dentro del top ten), ambos países de dimensión reducida, mientras que los Estados de la Unión Europea de mayor dimensión se limitan a mantener o perder posiciones. Otro importante estudio comparativo de competitividad, el elaborado anualmente por la escuela de negocio IMD, de Lausanne, hasta 2006 incluía entre los territorios objeto de análisis no sólo a los Estados en sentido jurídico sino asimismo algunas importantes economías territoriales, entre ellas Cataluña, así como Baviera, Sao Paulo, RhôneAlpes, Lombardía, Escocia, Maharashtra (la región de Mumbai-Bombay), Zhejiang (la provincia costera de China en torno a Hangzhou) y otras tan cercanas a las capitales estatales como la región de Île-de-France, obteniendo la economía catalana posicionamientos mejores que los referidos a España 36. 3. El papel del tejido empresarial Si el tejido empresarial es siempre definitorio de una sociedad y un país, su importancia estratégica pasa aún más a primer plano en momentos como los actuales de crisis, incertidumbres y transformaciones. Desde hace algún tiempo se reconoce que el problema de fondo de nuestra economía es encontrar nuevas fuentes de generación de riqueza, actividad y empleo que tomen el relevo, con más solidez, de las que protagonizaron la etapa de crecimiento (ahora sabemos que con demasiadas fragilidades) previa a la crisis. Nuestra economía no se encuentra ante un mero problema cíclico sino de profunda necesidad de “reasignación de recursos”, por utilizar la expresión del premio Nobel de Economía 2010, Peter Diamond. Y es aquí donde las dinámicas emprendedoras, de innovación y creatividad, de asunción de riesgos, se convierten en activos esenciales. La superposición de incertidumbres a escala global con las específicas asociadas al tema que estamos comentando, dan todavía un papel más relevante al comportamiento del tejido empresarial, así como al papel de las políticas y de las condiciones de entorno sociopolítico que inciden sobre los incentivos y las capacidades de las empresas. 36 En el “World Competitiveness Scoreboard 2006” de IMD Cataluña figura en el lugar 34 y España en el 36, al tiempo que Île-de-France se ubica en el 28 y Francia en el 35. 110 La cuestión catalana, hoy A este respecto cabe señalar que Cataluña tiene en su tejido empresarial, de larga tradición, uno de sus activos esenciales, probablemente el más valioso. Pero también en muchos sentidos uno de los más maltratados en los últimos tiempos. Preterido ante los sectores que nos obnubilaron colectivamente antes de la crisis, y ahora sujeto a dificultades que van desde los problemas de acceso razonable al crédito hasta impagos de administraciones públicas y particulares, agravados por políticas contractivas mal orientadas en sus contenidos, pasando por un marco regulatorio que sigue siendo muy restrictivo y convierte en heroica la asunción de iniciativas emprendedoras. La referencia comparativa más interesante para Cataluña es el denominado Mittelstand alemán, el conjunto de empresas no necesariamente grandes sino muy mayoritariamente medianas y pequeñas. Este Mittelstand es un puntal esencial del éxito exportador de Alemania y su excelente posicionamiento global al respecto 37 , que permite a ese país, con una población muy inferior a la de Estados Unidos y China, pugnar desde hace tiempo con esos países por el liderazgo exportador de mercancías a escala mundial. La utilidad y pertinencia de la comparación con el Mittelstand catalán no es tan forzada como algunos podrán estar pensando. Acostumbrados a comparaciones odiosas entre Cataluña y otros territorios de España debemos constatar que uno de los indicadores en que la posición catalana se mantiene con más vigor es precisamente en su papel exportador. Solo por citar datos recientes, entre enero y julio de 2012 las exportaciones catalanas suponían el 26,5% del total de las españolas, más que duplicando a las siguientes comunidades autónomas –Madrid con un 11,8% y Andalucía con un 11,5% – mientras que, por el lado de las importaciones, suponía un 27,5% 38 , lo que, al menos en una significativa porción, refleja asimismo un posicionamiento interesante en las redes globales de producción. Ello es especialmente importante en el actual escenario en que las exportaciones –y, en general, los indicadores de internacionalización– son la principal, y a veces se diría que la única, fuente de noticias positivas para la economía española. 37 Para una valoración no técnica del modelo alemán y su valor como referente internacional puede verse, entre otros, el artículo de Steven Rattner, “The Secrets of Germany’s Success – What Europe’s Manufactirung Powerhouse Can Teach America”, Foreign Affairs, agosto 2011. 38 Según datos del Informe Mensual de Comercio Exterior de julio de 2012, Secretaría de Estado de Comercio, Ministerio de Economía y Competitividad, disponible en: http://www.comercio.gob.es/esES/comercio-exterior/estadisticas-informes/PDF/estadisticas-comercioexterior/INFORME%20COMEX_2012-07.pdf La cuestión catalana, hoy 111 Por eso parece claro sostener que el futuro de la economía catalana, bajo cualquiera de los escenarios alternativos que se puedan imaginar, depende de manera crítica de la performance del Mittelstand catalán. Su potencial es un sólido punto de partida pero, como ya se ha dicho, subsisten importantes dificultades que están impidiendo sacar partido de todo ese potencial. Además de los problemas de financiación, que se comentan más adelante, cabe señalar también algunas influyentes orientaciones que priorizan el papel de las grandes empresas más “emblemáticas” –las denominadas en alguna literatura national champions– proponiendo, en España y Cataluña, centrar las estrategias en ellas y confiar en su capacidad de arrastre del resto del empresariado. Enfoques alternativos como los que reinterpretan el Mittelstand en términos de los denominados “campeones ocultos” –hidden champions– son más prometedores y relevantes para fundamentar con solidez la recuperación, no repetir errores del pasado, y conformar unas economías y sociedades más solventes, entre otras cosas porque la experiencia a menudo demuestra, más allá de cualquier duda razonable, con qué facilidad se da la transición entre la apuesta por (solo o principalmente) un conjunto de grandes empresas y la “captura” por parte de éstas de procesos de decisión político-económica, con resultados que a medio plazo son perjudiciales tanto para la equidad como para la propia eficiencia o competitividad que se dice querer priorizar con los planteamientos de national champions. 4. Problemas de transición Los enfoques más pragmáticos, alejados de interesadas posiciones extremas, tienden a coincidir a que, en la práctica buena parte de las incertidumbres acerca de eventuales escenarios se refieren sobre todo a los problemas de transición entre la situación actual y las nuevas realidades. Algunos de esos problemas están recibiendo tratamientos específicos por parte de autorizados analistas y no se va a entrar en ellos en estas líneas. Nos limitaremos a mencionar dos de ellos. Por un lado, los problemas para Cataluña de eventuales “problemas comerciales” con España, la cuestión coloquialmente denominada como el problema del boicot. Algún precedente no muy lejano referido a algún emblemático producto catalán está en la memoria cercana. Asimismo, existen análisis referidos a problemas similares a escala internacional originados por 112 La cuestión catalana, hoy circunstancias en que la herramienta del boicot comercial se ha planteado como forma de represalia. En general, los estudios disponibles sugieren que, incluso cuando están presentes “efectos frontera”, a medio plazo la racionalidad económica y las pautas de competitividad acaban imponiéndose, al menos entre los agentes económicos cuyas pautas de comportamiento requieren pautas económicas objetivas. Por otra parte, las controversias acerca de la continuidad o no –y en ese caso el procedimiento para la reintegración– de un eventual nuevo Estado catalán a la Unión Europea y a la zona euro tienen su propia especificidad y quedan fuera del alcance de estas líneas, ya que se cuenta con más autorizados especialistas. Sin negar, obviamente, la trascendencia económica y política de los temas (incluidos los problemas de perder el acceso a los recursos de la Política Agrícola Común y otras fuentes de financiación como el Programa Marco de Investigación, que tan buenos réditos ha ofrecido a Cataluña) cabe recordar que la plena condición de miembro no es la única forma de beneficiarse del mercado interior de la UE: los acuerdos de asociación de países del espacio económico europeo son ilustrativos y, en todo caso, tal vez no sea ocioso recordar que ni Suiza ni Noruega, por ejemplo, son integrantes ni de la UE ni de la zona euro sin que su performance parezca resentirse. Algunos incluso argumentarían justo lo contrario… 5. Repartir activos… y deudas La distribución de activos y pasivos es un ingrediente inevitable de cualquier proceso de separación y algunos aspectos esenciales deben tenerse previstos incluso como “plan de contingencia” para evaluar la factibilidad, deseabilidad y capacidad negociadora bastante antes de llegar a plantearse –o evitarse – la cuestión de fondo. La situación del endeudamiento público en España se sitúa todavía en niveles medios en las comparaciones internacionales, pero su rápido ritmo de crecimiento, junto a las dudas acerca de la capacidad para regenerar las fuentes de creación de riqueza y crecimiento, está castigando sobremanera, como es de sobra conocido, en los últimos La cuestión catalana, hoy 113 tiempos el coste del acceso a la financiación de volúmenes importantes de deuda del conjunto del Estado, mientras que las perspectivas de financiación de la deuda autonómica de Cataluña son, por ahora, incluso peores. Los análisis recientes de organismos internacionales apuntan a aspectos preocupantes a corto y medio plazo que aparecerían con toda crudeza en el escenario de tener que poner sobre la mesa “todas las cartas”, tanto las ya conocidas como otras más o menos sigilosamente mantenidas de forma discreta que, eventualmente, aflorarían. Y no se trata sólo de un tema eventualmente “bilateral” entre España y Cataluña sino que nuestros acreedores exigirían clarificaciones importantes al respecto y sus requerimientos condicionarían de forma importante los acontecimientos. Los datos resumidos en el Fiscal Monitor 39 del FMI, en su edición de octubre de 2012, indican que el porcentaje de deuda pública sobre el PIB para España, que era del 40,2% en 2008, podría situarse en 2013 en el 96,9%, aunque concreta que ello sería incluyendo los 9,4 puntos porcentuales del PIB que supondría el pleno acceso a los 100.000 millones previstos en el plan de “rescate bancario” por parte de la eurozona, aprobado inicialmente en junio de 2012. Incluso sin el cómputo de esa cifra, se trata de una dinámica más que delicada. En esa dinámica del endeudamiento cuya distribución se debería clarificar, la publicación del FMI nos recuerda que hay tres ingredientes básicos: por un lado, la evolución de los “déficits primarios”, es decir, los desajustes que persisten entre gastos públicos e ingresos antes de tener en cuenta los pagos de intereses; por otra parte, el coste adicional derivado de que el tipo de interés a pagar por la deuda vigente supera a la tasa de crecimiento del PIB –lo que en la jerga es el componente “r-g”-, que presiona al alza la ratio carga de la deuda respecto al PIB; y el tercer elemento son otras partidas denominadas los “ajustes stock-flow” que, en el caso de la economía española, tienen en las diversas aportaciones de recursos públicos para el rescate de entidades financieras. Especialmente relevante para dimensionar la magnitud de los problemas es el gráfico 8 del Fiscal Monitor citado en que se muestra cómo, según las previsiones del FMI, entre 2011 y 2013, España sería el país en que la acumulación de deuda bruta como 39 Fondo Monetario Internacional, Fiscal Monitor, octubre 2012, disponible en: http://www.imf.org/external/pubs/ft/fm/2012/02/pdf/fm1202.pdf 114 La cuestión catalana, hoy porcentaje del PIB crecería más, incluso por delante de Grecia y Portugal. Se trata pues de un problema grave en todo caso, sujeto al escrutinio de los acreedores, que debería clarificarse para ver cómo gravita sobre el proceso de eventual reconfiguración del marco político. Es cierto que en todo caso se trata de un muy serio problema a afrontar, incluso si continuase inalterado el statu quo, pero la mera consideración de hipótesis de tener que negociar al respecto exigiría clarificaciones. Otro aspecto hasta ahora llevado con discreción, pero cada vez con más dificultades, son los saldos que los bancos centrales nacionales mantienen en el Banco Central Europeo, como reflejo de las crecientes asimetrías entre las economías de la eurozona y la necesidad de financiar los desequilibrios resultantes. Hasta ahora el principal debate se había originado en Alemania, al alcanzar su posición acreedora en el denominado TARGET2 40 , un volumen que algunos analistas –encabezados de forma destacada por Hans Werner Sin – consideraron preocupante e insostenible. No sorprenderá constatar cómo son los bancos centrales de España e Italia los que lideran los saldos deudores. Los debates al respecto incluyen las referencias a que se trata de “rescates encubiertos” que ya habrían alcanzado un volumen notable incluso en ausencia de un “rescate formal”. Y asimismo se ha abierto la cuestión sobre cómo podrían Alemania y otros países acreedores recuperar sus saldos acreedores ante diversas eventualidades, incluida la ruptura de la zona euro. En este clima parece previsible que una eventual negociación acerca de la distribución de activos y pasivos del Estado español tuviese que incluir, de alguna forma, que los saldos deudores acumulados por el Banco de España puedan cifrarse en cientos de millones de euros. Añadir esa cuantía a los datos de endeudamiento más “visibles” conforma un escenario que, debe insistirse, requiere una clarificación de alcance. 6. Reabrir el grifo del crédito: urgente e importante Recordar que el papel esencial del sistema financiero es captar adecuadamente el ahorro y canalizarlo eficientemente hacia la inversión productiva parecería innecesario si no fuese por la constatación de que en los últimos tiempos ese aspecto elemental se ha 40 El Informe oficial del BCE sobre “Target Annual Report 2011” (http://www.ecb.int/pub/pdf/other/targetar2011en.pdf ) publicado en mayo de 2012, ofrece las informaciones básicas. En el recuadro 1 se resumen las posiciones acreedoras y deudoras de los bancos centrales nacionales participantes. El debate acerca de las implicaciones potenciales de esos importantes saldos puede seguirse de forma resumida en las contribuciones de H.W. Sinn y de P. de Grauwe-Y. Ji en www.voxeu.org (de 22 de octubre y 2 de noviembre, respectivamente). La cuestión catalana, hoy 115 olvidado, con graves consecuencias. Antes de la crisis, el carácter “productivo” de las operaciones mayoritariamente financiadas por muchas entidades del sistema quedaba relegado y tras la crisis el desplazamiento del péndulo hacia severas restricciones en el acceso al crédito hace que a menudo proyectos potencialmente interesantes queden sin financiación adecuada. No es ninguna novedad en términos históricos: al menos desde el análisis de Irving Fisher (en 1933) sabemos que el sobreendeudamiento de unos y el correspondiente exceso en la concesión de créditos por parte de las entidades financieras son los elementos comunes más nítidos de todos los episodios de crisis financieras. También entonces Fisher comentó cómo tras los excesos el péndulo oscila con fuerza hacia la restricción de créditos durante la dura –y a menudo larga– etapa de “desendeudamiento”, lo que es uno de los factores explicativos de la mayor gravedad que, en promedio, presentan los episodios recesivos en cuyo origen se encuentra una importante “avería” del sistema financiero 41. No es objetivo de estas líneas entrar en el debate de cómo las políticas públicas deberían ponderar más adecuadamente la reapertura del acceso al crédito, incluso en presencia de importantes problemas de balance de las entidades financieras, especialmente en los países en que el endurecimiento del crédito para el tejido empresarial ha sido más duro 42. Los estudios comparativos resaltan, además, de forma abrumadora, la asimetría entre los países de la eurozona por lo que hace referencia no sólo al volumen de crédito sino asimismo a las condiciones de acceso. Tanto los datos ofrecidos por el Fondo Monetario Internacional en la edición de octubre de 2012 del Global Financial Stability Report (GFSR) –en que los habituales análisis comparativos entre, por ejemplo, Estados Unidos y la zona euro tienen que dejar paso a desagregaciones dentro de ésta, adquiriendo el dueto “Italia y España” presencia específica 43- como por parte del Banco 41 Schularick, Moritz y Taylor, Alan, “ Credit Boom Go Bust: Monetary Policy, Leverage Cycles and Financial Crisis 1870-2008”, American Economic Review, abril 2012, es una autorizada formulación reciente del papel de los factores ya señalados de forma pionera por Irving Fisher. 42 Pese a algunas retóricas de “partes interesadas” los estudios de organismos internacionales evidencian tasas de crecimiento negativas del crédito en España. Asimismo cabe destacar otro aspecto de “retórica”: cómo las declaraciones de principios contenidas en los preámbulos de los textos legales en que se han plasmado sucesivas reformas financieras en España referidas a la importancia de volver a reactivar el crédito al tejido productivo no suele pasar de esas “exposiciones de motivos”. 43 En esa edición del GFSR son más frecuentes que nunca las particiones de la eurozona, bien entre “núcleo” y periferia, países “acreedores” y países “deudores”, y, en varias ocasiones, se singularizan los países más grande de la “periferia Sur”. Italia y España, como en las figuras 1.6, 2.2, 2.3 ó 2.4. Asimismo la figura 1.6 del World Economic Outlook de octubre de 2012 introduce una inusual referencia a “Italia + España” en su resumen de principales desarrollos en el ámbito financiero. 116 La cuestión catalana, hoy Central Europeo en diversas publicaciones, entre las más recientes en el momento de redactar estas líneas el recuadro con el expresivo título “Heterogeneidad en los tipos de interés aplicados por las IFM a los préstamos a sociedades no financieras en los distintos países de la zona del euro” 44, en el Boletín Mensual de noviembre de 2012. Una pregunta esencial a plantear a la hora de valorar cualquier posible escenario de futuro es la referida a cómo quedaría la configuración del sistema financiero y, en especial, cómo podría verse afectada la disponibilidad y el coste del acceso al crédito. Ello es especialmente importante allí donde el tejido empresarial de mediana y pequeña empresa tiene más fuerza, no solo por su mayor dependencia a menudo de la financiación externa sino porque hay evidencias, incluido el reciente artículo del boletín del BCE en el párrafo anterior que, explícitamente, documentan que son este tipo de empresas las más negativamente afectada por las restricciones crediticias. El hecho de que tengan sede en Cataluña, tanto una de las tres entidades más importantes del sistema financiero español, como otra de las que están escalando posiciones entre las que vienen a continuación, ambas con notable presencia e intereses en múltiples lugares del conjunto de España, obliga a plantear dos cuestiones: por un lado, la eventual incidencia de nuevos escenarios sobre los balances de las entidades financieras con sede catalana (pasivos, activos, acceso a fuentes de financiación típica de banca central y, en su caso, mercados internacionales); y por otro lado, clarificar el posicionamiento jurídico y las perspectivas de negocio bancario de las principales entidades financieras con sede en otros lugares de España (y del extranjero). 7. La calidad de las instituciones: ¿hacia dónde vamos? El papel de las instituciones –y de la calidad institucional– hace tiempo que ha ganado reconocimiento como uno de los factores explicativos del crecimiento económico. El 44 Recuadro 2 del capítulo “Evolución económica y monetaria” del Boletín Mensual del BCE, noviembre de 212, disponible (versión en castellano) en: http://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesBCE/BoletinMensualBCE/12/Fi ch/bm1211-2.pdf La cuestión catalana, hoy 117 premio Nobel de Economía, Douglass North, explicó ya hace décadas cómo las instituciones tienen importantes impactos económicos al menos en dos cruciales aspectos: la provisión de los incentivos –más o menos adecuados– a los diferentes actores de la vida económica y sociopolítica, y además afrontar la resolución de los conflictos distributivos que se dan de forma prácticamente inevitable en la vida y que adquieren en épocas de dificultades, incertidumbres y transformaciones una dimensión especialmente relevante. Contar con instituciones que propicien mecanismos y soluciones percibidos como razonablemente equitativos es importante, sobre todo, cuando se hacen llamamientos a participar en proyectos compartidos, a “remar todos en la misma dirección” extrayendo las implicaciones de que “estamos todos en el mismo barco”. De manera especial, Acemoglu y Robinson 45 han venido desarrollando desde hace años (con otros colaboradores que incluyen al antiguo economista jefe del FMI, Simon Johnson) unos comprensivos y documentados análisis acerca del papel de las instituciones en los procesos de crecimiento económico. En su libro “¿Por qué fracasan las naciones?” concretan cómo diferentes tipos de instituciones contribuyen de forma decisiva a la prosperidad o al fracaso de los países. Y destacan un factor que puede ralentizar el progreso: el predominio de unas “élites extractivas” que ponen sus intereses personales, de lobby o grupo, por delante de los intereses generales del conjunto de la sociedad, y consiguen “extraer” una porción desproporcionada de la riqueza generada, incluso a expensas de la eficiencia y equidad del funcionamiento del conjunto del sistema económico y social. Aunque podría parecer que esas “élites extractivas” tienen sus arquetipos en economías de bajo nivel de desarrollo (de hecho, contribuyen a ese rezago) asimismo se pueden detectar manifestaciones de esas pautas en economías con mayor nivel de PIB per capita, especialmente a la hora de explicar comportamientos diferenciales. César Molinas 46 ha formulado una propuesta de aplicación del enfoque de Acemoglu-Robinson para tratar de contribuir a explicar la forma en que se gestó y se 45 Daron Acemoglu y James Robinson, Why Nations Fails–The origens of power, prosperity and poverty, Crown Publishing Group, Random House, 2012. http://whynationsfail.com/ 46 César Molinas, “Una teoría de la clase política española”, El País, versión digital, 10 de septiembre de 2012, accesible en: http://politica.elpais.com/politica/2012/09/08/actualidad/1347129185_745267.html 118 La cuestión catalana, hoy está afrontando la crisis en España que, pese a la polémica abierta, contiene interesantes y en algunos puntos sustanciales elementos de validez. De hecho uno de los argumentos que se esgrimen desde algunas posiciones en Cataluña es la necesidad de contar con un marco político que permita “desconectar” de las importantes deficiencias que genera el capitalismo-con-élites-extractivas (políticas, económicas y financieras) de España. Y ciertamente es importante, para una salida con solidez de la crisis, modificar sustancialmente aspectos de esas pautas de comportamiento que, cabe constatar con preocupación, están por ahora superando la crisis con inmunidad e impunidad, incluso a menudo dando lecciones al conjunto de la sociedad de cómo afrontar los estropicios que ellos mismos generaron. Pero, desde la perspectiva catalana, aflora otro importante elemento de preocupación: los importantes síntomas de que esos argumentos para legitimar la “desconexión” realmente están siendo la coartada para simplemente el relevo de una élite extractiva por otra que, eso sí, adopta, o trata de adoptar, formulaciones más “modernas” que resistirían poco el análisis de sus motivaciones e implicaciones si no tratasen de beneficiarse del clima emocional generado (entre otras importantes causas, por los errores y excesos de las élites a escala estatal) y que esas impacientes nuevas élites están tratando de “capturar”. Es absolutamente legítimo, en mi opinión, plantear todas las opciones de modificaciones en la articulación jurídico-política de Cataluña y su relación con España, pero ello debe hacerse con la mayor transparencia y pluralidad, bajo los parámetros europeos de los países integradores –no patrimonializados por determinados grupos– y democráticos, que potencien, en vez de propiciar retrocesos, lo que probablemente es el rasgo más esencial del amenazado modelo europeo: la complementariedad entre efectiva democracia política, sólido progreso económico y avanzadas políticas de bienestar social.