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mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Economia solidaria. Colombia Autor: RUBEN DARIO CARDENAS ESPINOSA 1 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Presentación del curso Conoce la economía solidaria, concretamente el caso colombiano, en este curso de economía. Acércate a la realidad de las cooperativas y las organizaciones solidarias en un momento de debate económico, donde la globalización de la economía, la modernización de los estados, el desarrollo de nuevas tecnologías, el uso de nuevas formas de comunicación, la producción en cadena, la comercialización y el despido masivo protagonizan las portadas de los periódicos. La concepción tradicional del trabajo y la empresa han cambiado sus paradigmas tradicionales, obligando a los factores de producción a ser más eficientes y competitivos. 2 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 1. Economía solidaria. Conceptos fundamentales DIGNIDAD HUMANA: Es el fundamento de todos los derechos humanos, es una cualidad de la persona que hace que merezca algo correspondiente y proporcionado a su mérito y condición, es además su decoro e integridad en la manera de comportarse que inspira respeto de los demás; mediante esta cualidad se busca la promoción de la libertad responsable del hombre para elegir como un ser singular sus convicciones sobre la moral y la religión, su bienestar en todo sentido, el desarrollo de su personalidad. Está presente en el día a día del ser humano, en su entorno familiar, social, laboral. Cabe anotar que dentro de la convivencia y comunicación con otras personas, se puede influir sobre sus cualidades ya sea de modo indirecto o directo. EL TRABAJO SOLIDARIO: El ser humano es social por naturaleza, quiere decir, que la mayor parte de su vida, transcurre en compañía de otros seres humanos con quienes tiene la responsabilidad de aprender a convivir y compartir en su ambiente familiar, social y laboral, es aprender a negociar con generosidad los conflictos en convivencia sin perder su individualidad y no sólo dedicarse a sobrevivir, como ocurre con mucha frecuencia. Convivir es el desarrollo del ser social para vivir en equilibrio con todos y con todo: Ø Es despertar y aprender a compartir con los semejantes la vida con amor. Ø Es comprender que todos somos iguales como seres humanos y dignos de igual respeto y consideración, en todos los ámbitos de nuestra vida. Ø Es aceptar que existe la interdependencia entre las personas que comparten el mismo entorno laboral como una gran oportunidad para el progreso . Ø Es vivir en paz, despojarse de la soberbia, para aprender a compartir en la diferencia, para lograr armonía en el trabajo. Ø Es desarrollar la capacidad de comprender y despojarse de la manía de juzgar. Ø Es conscientizarse de que unidos obtendremos mejores resultados para la empresa y el entorno Ø Es disponerse a aprender de los demás todo lo bueno que tienen para aportar y asimismo dar lo mejor de sí. Ø Es saber que no existen enemigos, sino personas inconscientes, opositoras o contradictoras con quienes se puede dialogar y conciliar racionalmente las diferencias. En las organizaciones solidarias, lo más relevante en su funcionamiento es la aplicación de la premisa "uno para todos y todos para uno", es de entender que éste es el principio básico del trabajo en equipo, por lo tanto, podemos decir que el trabajo solidario es la unión de un grupo de personas que realizan un esfuerzo colectivo en forma organizada para cumplir una misión a través del logro de objetivos y propósitos previamente establecidos. Características del trabajo solidario: Ø Comunicación abierta. 3 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Ø Clima de confianza. Ø Participación cooperativa. Ø Confrontación y diferencia. Ø Unidad y cohesión. Ø Liderazgo compartido. Ø Compromiso con los objetivos. Ø Evaluación de la efectividad. Cualidades para realizar un buen trabajo solidario: Ø La interacción. Ø Realizaciones recíprocas. Ø Definición de roles. Ø Pertinencia. Ø Motivación. Ø Objetivos comunes. Ø Solidaridad. Ø Compromiso. Ø Establecimiento de metas. Ø Resolución de problemas. Ø Toma de decisiones. Ø Cumplimiento de tareas. Las entidades solidarias requieren de un trabajo en equipo que vaya íntimamente ligado con la creatividad, y para ello es importante definir el concepto de equipo creativo y las características que lo conforman, para alcanzar efectividad y eficiencia en las acciones adelantadas por los asociados que redunden en el desarrollo y progreso del sector solidario y de quienes lo conforman. DESARROLLO INTEGRAL: Es un proceso orientado a satisfacer las necesidades humanas, tanto materiales como espirituales; con especial atención a las necesidades no satisfechas de las mayorías poblacionales con bajos ingresos, este desarrollo debe surgir de cada sociedad, de sus valores y sus proyectos para el futuro, basados primordialmente en el esfuerzo y recursos propios, buscando la autosuficiencia colectiva. PROYECTO DE VIDA: Para el Sector Solidario, la construcción de un PROYECTO DE VIDA es válido partiendo de lo individual a lo colectivo, queda entonces atrás el concepto de MI proyecto de vida aislado y único para mi, y se convierte en NUESTRO proyecto de vida en comunidad para crecer juntos en todos los sentidos y ser proactivos para lograr las metas esperadas. El desarrollo personal del ser humano es un proceso natural, en el campo físico, espiritual, intelectual, emocional, familiar, 4 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes social, laboral y económico. Un proyecto de vida colectivo se construye acorde con las necesidades del medio, a partir de nuestras potencialidades puestas al servicio de otros para mejorar procesos. Se debe partir de donde estamos para trazar una misión y a donde queremos llegar o sea plantear una visión basados en las metas de llegar juntos a alcanzar un mismo objetivo. Es por tanto necesario plantear una matriz DOFA, es decir, determinar las Debilidades, Fortalezas (Internas), Oportunidades y Amenazas (Externas), nos permita un mejoramiento continuo en comunidad partiendo de la reflexión hasta llegar a la acción y así liberar tensiones, romper paradigmas, solucionar conflictos para que analizado todo lo anterior podamos entrar a identificar objetivos, establecer las metas y políticas. Luego de este proceso se deben definir las estrategias, las competencias personales y laborales, los recursos que se necesitan, la metodología de administración y los planes de acción, que nos conducirán al buen desarrollo de nuestras actividades en el campo laboral que generen el crecimiento y progreso del sector solidario y sus empresas. El ser humano esta marcado dentro de tres grandes aspectos: COMPROMISO DE VIDA Tiene que ver con la manera de ver la vida y su razón de ser en el mundo. LIBERTAD La libertad como la oportunidad de elegir y tener autonomía. TIEMPO El ser humano puede llenar la vida de tiempo o puede llenar el tiempo de vida. Estas tres razones hacen del ser humano un ser histórico que se proyecta, se realiza, que puede desarrollar su personalidad, tener una identidad y dejar un legado de vida a su familia y a la sociedad. El ser humano, para realizarse en el tiempo para ser libre debe proyectar su vida, la vida resulta, así, un proceso continuado de hacerse según sucesivos proyectos. El proyecto tiene como condición la temporalidad; en el presente decimos lo que se quiere ser en el instante inmediato y en el futuro, condicionados por el pasado. Entonces el plan de vida es el conjunto de proyectos que el ser humano estructura para realizarse en todas sus dimensiones: económica, social, cultural, ambiental, espiritual, familiar, política, y laboral, entre otras. Construir el plan de vida significa tener la posibilidad de trazar una ruta más clara para poder alcanzar no solo la satisfacción de necesidades, si no también la construcción de sueños colectivos como comienzo de una nueva realidad. PASADO, PRESENTE, Y FUTURO: Los participantes deben ponerse de pie, cerrar los ojos, respirar profundamente y reflexionar sobre como era su vida hace cinco años, como es en el presente y como quiere que sea en cinco años. Deben tratar de evaluar por qué acciones realizó para conseguir el éxito en las áreas donde lo haya conseguido y que pudo haber hecho para mejorar o solucionar problema o conflicto que hoy todavía está presente, se sugerirá a los participantes que tengan en cuenta estos factores para lograr lo que desean en el futuro, corrijan errores y perfeccionen las buenas acciones que hayan realizado. Luego de haber hecho este recorrido por el pasado, el presente y el futuro, deberán complementar el siguiente cuadro. 5 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Familia: esposo (a) , hijos, padres, familia extensa. Salud: apariencia, salud, física, salud mental, alimentación. Trabajo: Satisfacción, rendimiento, relaciones. 1.hace 5 años mi vida era: 2.En la actualidad mi vida es : 3.Quiero que en cinco años mi vida sea: 4.Que tareas debo emprender para lograr lo que quiero en cinco años: 5. Como me puede servir ser asociado de una organización solidaria para lograr lo que deseo: Para asumir el reto de lograr en cinco años las metas que cada participante se propuso en el cuadro anterior, se debe conocer las habilidades con las que cuenta para lograr las meta y reconocer en cuales es necesario trabajar , para que no resulte siendo un impedimento para lograr el éxito. Los participantes deben completar el siguiente cuadro, otorgándole un valor de uno a cinco, siendo uno la habilidad menos desarrollada y cinco la que ponen en acción con mayor frecuencia. 1 2 3 4 5 Entusiasmo Motivación Esfuerzo 6 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 2. Antecedentes históricos de la economía solidaria Hay quienes colocan los personajes por encima de los acontecimientos y lo hacen porque para este análisis el Hombre es quien hace los acontecimientos. Otros dicen que la historia es producto de la espontaneidad y que los hechos se dan porque eso no es lo normal, hay también quienes piensan que la historia ya esta señalada, predestinada y que es bobada innovar para el mejoramiento. Para otros la historia es producto del medio ambiente, de las circunstancias, de la costumbre de los Hombres; en todo esto impera la envidia y el egoísmo y narran la historia desde este ángulo. Otra forma es a partir del desarrollo de las fuerzas productivas en oposición con las relaciones sociales las que imprimen dinámica a las fuerzas productivas. Queda por explicar que el Cooperativismo (Economía Solidaria) no se puede entender como un movimiento que siempre ha existido, analizado así, tenemos que buscar su iniciación en la historia. El incremento en la producción por motivos de la Revolución Industrial (1750 -1850), la puesta en marcha de la producción en serie a partir del siglo XIX, la desaparición del taller artesanal y la conversión en fábricas donde se concentra la producción hizo aparecer teóricos que tenían su propia interpretación del mundo social. En el marco del modo de producción capitalista tiene lugar la concentración de los medios de producción en manos de capitalistas individuales, lo que constituye la base de la cooperativización de los obreros asalariados, no se pidió solidaridad se requirió ayuda mutua, cooperación. Las cooperativas nacen en los grandes centros de industriales en medio de las apremiantes necesidades de la clase obrera. Muchos buscaron solución a los grandes problemas de la clase trabajadora, como Robert Owen (1771-1858), Carlos Fourier (1772-1837), Federico Guillermo Raiffeisein (1818-1888), William King (1786-1865) y Hernan Schu1ze-Delitzch (1808-1883). Con las ideas de estos ideólogos se fundaron muchas empresas con características de cooperativa no solidarias, y si ésta se daba, era de razón a la acción en cooperación. Unas salieron adelante y otras quebraron por falta de solidaridad, sino por desconocimiento a lo que es la gestión colectiva, o porque no tenían claridad en cuanto a la filosofía, a la administración, a los controles, a la distribución de excedentes y a la carencia de una dirigencia consciente y bien preparada. Ante el desequilibrio entre la riqueza y sus poseedores y las grandes masas de campesinos y trabajadores de las ciudades que vivían en la pobreza, algunos pensadores de la época trabajaron en la búsqueda de soluciones desde la autogestión de la gente, ya que los empresarios y gobiernos no se ocupaban de su situación entre ellos Robert Owen en 1771 quien fue creador de técnicas y formas sociales de producción y los que aquí citamos. AUTOR PAIS DOCTRINA 7 TEORIA mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Schultze-Deltzsch 1853 Alemania La cooperativa es un medio de combatir el Socialismo de Estado Introducción de los principios Responsabilidad y Creación de los de ayuda propia administración bancos populares en la propias. administración. 1866 Dejardíns, A. Alemania 1900 Las cooperativas representan un papel suplementario dentro del sistema capitalista. Raiffeisen, F.W. Las cooperativas son un medio para defender a los campesinos de los usureros y no una organización para reemplazar el orden capitalista. Creador de las cooperativas de ahorro y crédito para apalancar el desarrollo del sector rural, administradas bajo los mismos principios de Schultze- Deltzsch Canadá Propuso la idea de la unión por la vida, frente a la de la lucha por la vida. LA COOPERATIVA DE ROCHDALE (1844) Nació esta cooperativa en un centro industrial carbonífero donde ya se habían dado movimientos cooperativos que no fructificaron, por ello es común oírle a los pioneros de Rochdale que aprendieron de los fracasos anteriores. Salieron adelante por: La gran devoción de los dirigentes. Porque interpretaron que; la cooperativa era una empresa y ellos eran sus dueños, Porque descubrieron el cómo repartir los excedentes, no en función del dinero aportado sino de acuerdo a las operaciones que cada asociado hiciera en su cooperativa, Por la capacidad de los obreros para administrar. Por la constancia de los asociados fundadores. Porque recibieron un ideal filosófico ajustado a la práctica. Con esta Cooperativa se creó una organización que se extendió por toda Inglaterra y después por todos los países. EN COLOMBIA: Tanto para América, como para Colombia, en particular, tiene un significado especial la llegada del modelo asociativo sustentado en la ayuda mutua, la cooperación y la solidaridad, puesto que las comunicaciones indígenas y la 8 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes afrocolombianas tenían en ese momento una historia de trabajo comunitario que los escritos de la época llamaron de diferentes maneras: MINGA: Organización de trabajo colectivo para construir obras o realizar labores agrícolas que benefician a toda la comunidad. CONVITE: Sistema donde todos participan en trabajo en una obra para el beneficio de uno de los miembros del grupo. MANO PRESTADA: Trabajo del grupo o de uno de los miembros del grupo en la tierra de uno de ellos, que luego este retribuirá con trabajo en la tierra de otro. FAEBA: Sistema para realizar obras de beneficio común, en el que cada miembro de la comunidad aporta jornadas de trabajo de medio día. WAKI: Organización colectiva del trabajo para cultivar la tierra en la que se utilizan semillas de propiedad común y e divide la cosecha por surcos. AYNI: Sistema de préstamos pactados para mutuo beneficio de jornadas de trabajo agrícola, la que se cancelan en posteriores oportunidades. PASANACU: Fondo comunitario al que sus miembros hacen aportes iguales, se utiliza para atender calamidades familiares graves. A la llegada de los españoles las culturas más desarrolladas eran la Tairona y la Musica “Tenían grandes aldeas densamente pobladas, agricultura muy adelantada por sus técnicas y sus cultivos en terraza, cerámica y textiles desarrollados, activo comercio, la sociedad organizada en sectores bien diferenciados por la riqueza o por el oficio, y un gran adelanto político ya que los cacicazgos se unían o estaban en vías de formar grandes confederaciones “. DANSOCIAL, 2002. El Español hizo aparecer otras formas como resguardo, la encomienda y la mita, para las relaciones indígenas; para la población negra traída de África, se revivió la esclavitud. Estas organizaciones según las concepciones solidarias, si tenían un alto contenido solidario, había que ayudar a las comunidades más necesitadas. Este fue el pretexto para apropiarse de lo que se producía, si es que el concepto de solidaridad existía para la época. El concepto que existía era caridad disfrazada. La producción, resultado de estas relaciones, era social y las relaciones eran de protección, de culturización y de dominación, en una frase, de explotación. Los negros que escapaban de sus opresores formaron palenques y allí los cimarrones, nombre que recibieron los esclavos escapados, producían en forma comunitaria imperando la cooperación. La oligarquía criolla después de la independencia necesitaba trabajadores para sus tierras y la burguesía, trabajadores para sus incipientes empresas; esto motivó el que se acabara con la esclavitud y en parte con los resguardos. En la época actual el indígena es subyugado y arrincado por la mentalidad de la explotación y por la violencia de los invasores. Como cada época trae sus problemas y con ellos también la preocupación de estudiosos para poder resolverlos, en Colombia en 1899 se crearon las “Sociedades de socorro mutuo” en Manizales, Bogotá y Cúcuta. También se crearon por esos tiempos las “Natilleras” en Antioquia, Valle y Cundinamarca; las cuales fueron predecesoras de los fondos de empleados. En 1904 Rafael Uribe Uribe elabora un programa de socialismo liberal con intervención del Estado, donde éste asumiera la reivindicación de los derechos de los trabajadores, abogaba por la creación de restaurantes populares, colonias de vacaciones, cajas y ahorros, sindicatos y cooperativas. En 1931 se promulgó la primera ley cooperativa Ley 134 de 1931. En 1932 con el decreto Ley 874 dicta medidas para el fomento cooperativo. El Decreto 1339 reglamenta la ley 134.En 1963 el Gobierno dicta el decreto ley 1598 9 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes que se constituye en el nuevo marco legal delcooperativismo colombiano, con este decreto ley se inicia el auge del Cooperativismo en Colombia. Mediante el decreto 1587 de 1963 se establece la Superintendencia de cooperativas, posteriormente por decreto 1629 del mismo año se le da estructura y funciones a la superintendencia. En 1968 por decreto 2059 se reglamenta el decreto 1598 de 1963. En 1981 la Ley 24 transforma la superintendencia en Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. En 1988 en diciembre 23 la ley 79 actualiza el régimen legal del cooperativismo y da nueva vida al sector cooperativo. En 1998 mediante la ley 454 se transforma el DANCOOP en DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE LA ECONOMIA SOLIDARIA - DANSOCIAL. “Los términos de la economía solidaria, aunque de reciente acuñación tiene sus raíces conceptuales en la primera mitad del siglo XlX. En Colombia su empleo se inició hacia 1976, cuando fueron consignados en el nuevo proyecto de legislación cooperativa… a su difusión en América latina contribuyó la presencia de Juan pablo II durante su visita al sur del continente en 1987 cuando en su discurso ante la CEPAL planteo con fuerza la idea de una economía de la solidaridad como esperanza para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de América Latina. La Economía es una ciencia social que estudia el conjunto de procesos sociales de producción, distribución y consumo de los bienes y servicios que demanda una sociedad en un período de tiempo determinado. La economía como ciencia independiente solo data de hace dos ciclos, pues anteriormente las reflexiones económicas estaban incluidas en los textos filosóficos, históricas, políticos y morales. En cada época la economía se ocupo de tratar los problemas surgidos a partir de las contradicciones e interrogantes que surgen respecto a los procesos de producción, distribución y consumo y servicios que demanda una sociedad”. (Herrera Beethoven, 1996) La lógica de producir, consumir, distribuir y acumular, con alta incidencia incluso en nuestros comportamientos cotidianos, se desarrollan en el marco del concepto que originalmente le atribuía Aristóteles a la economía, como el cuidado y gestión de nuestro ambiente, de nuestra casa, del entorno (oikos-nomía). La economía contemporánea se ha transformado fundamentalmente en una ciencia orientada a estudiar asuntos relacionados con el dinero y los precios, olvidando sus raíces más humanistas. La economía es mucho mas que meras formulas matemáticas; implica tomar decisiones con vistas a la satisfacción de las necesidades humanas. Y desde el momento en que debemos comenzar a definir nuestras necesidades y debemos tomar nuestras decisiones, comienzan a importarnos los marcos sociales en los que estamos participando. En este sentido la economía debe quedar enmarcada en lo social y no caracterizada por un dominio absoluto de lo económico sobre el resto de las esferas humanas, lo 10 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes cual significa pensar en la economía intima relación con la ética, la moral y la cultura (valores, ritos, normas y racionalidades desarrolladas en determinado contexto). La evolución de la Economía como ciencia social, ha quedado lugar al surgimiento de modelos económicos alternativos entre los cuales se encuentra la economía solidaria, a partir de la cual se busca rescatar todas aquellas experiencias que demuestran en los hechos como es posible, además de deseable, producir, distribuir, consumir, y acumular con sentido solidario. Hay gente que hace economía solidaria sin darse cuenta de ello, lo que demuestra cómo el trajín de la práctica cotidiana suele envolver en un manto de reserva, las cualidades propias de cada experiencia. En tal sentido, una cultura individualista será la plataforma perfecta para el desarrollo de una economía neoliberal, así como una cultura comunitaria, y solidaria, posibilitará el desarrollo de una economía con rostro mas humano. Una de nuestras misiones consiste en observar las prácticas de nuestros pueblos para detectar cuánto de individualista y cuánto de solidario hay en nuestras culturas. En realidad, las prácticas económicas y los valores culturales se afectan mutuamente. La sentencia arriba mencionada es solo a los efectos de ilustrar sobre la importancia de los valores en el comportamiento global de la economía. (Guerra Pablo A. 2004) Existen varias formas de abordar la historia, de pronto con cualquier forma quedamos satisfechos siempre y cuando dicha forma corresponda a nuestra ideología. Veamos porque: 11 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 3. Organizaciones solidarias Son un conjunto de organizaciones que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social y no tienen como fundamento el enriquecimiento o la posesión y crecimiento del capital económico. Dichas organizaciones tienen como principios comunes la libre adhesión, la democracia, la ausencia de ganancia individual, el desarrollo de la persona natural y la independencia total frente al Estado. En Colombia puede hablarse de dos grandes sistemas que funcionan dentro del sector conformado por las organizaciones solidarias, primero, el de economía solidaria, en el cual se relacionan las organizaciones definidas por la ley 454; segundo, un sistema conformado por las Fundaciones, Corporaciones y Asociaciones, las Juntas de Acción Comunal y los grupos de voluntariado, en el que el marco legal esta totalmente disperso. 1. ORGANIZACIONES SOLIDARIAS DE DESARROLLO 2. ORGANIZACIONES DE ECONOMIA SOLIDARIA Son aquellas organizaciones que sin animo de lucro y empleando bienes y servicios privados construyen bienes y servicios públicos, es decir de uso social. Su característica común es que ejercen la solidaridad de adentro hacia fuera. ASOCIACIONES: Son organizaciones que sin ánimo de lucro conformadas por personas con intereses comunes. No tienen un número mínimo de máximo de afiliados, son de libre adhesión y se regulan plenamente por sus estatutos. FUNDACIONES: Son patrimonio autónomo que se destinan única y exclusivamente al objetivo establecido por sus fundadores. No tienen ánimo de lucro, no tienen una monto mínimo en su patrimonio y se regulan totalmente por sus estatutos. CORPORACIONES:Son organizaciones sin ánimo de lucro que buscan alcanzar un objetivo social. Sus miembros requieren vínculo común, no existe valor mínimo en sus aportes y se regulan totalmente por sus propios estatutos. Las corporaciones y fundaciones se encuentran enmarcadas dentro del Código Civil artículo 633, además de reseñas constitucionales como artículo 38,103 y 355, y para actividades específicas existen desarrollos legales particulares (e,j. actividades con comunidades indígenas actividades científicas y culturales)”. La vigilancia y control es ejercidas por las Gobernaciones y por la Alcaldía sólo para el caso de BogotáD.C. ORGANIZACIONES DE VOLUNTAD (ODV): Son personas jurídicas y sin ánimo de lucro que tienen por finalidad desarrollar planes, programas, proyectos y actividades de interés general implementadas por personas naturales o jurídicas que ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación carácter civil y voluntario. Están reguladas por la ley 720 de 2002. ACCION COMUNAL: La acción comunal regida por la ley 743 de 2002, es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, tiene como propósito promover el desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad. Son organismos de acción comunal de primer grado las juntas de acción comunal y las juntas de vivienda comunitaria, dentro de su estructura cuentan con las comisiones empresariales; las cuales tienen como responsabilidad 12 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes promover organizaciones de Economía Solidaria y gestionar proyectos comunales rentables. Son organizaciones caracterizadas por estar sustentadas y desarrollar simultáneamente tres ejes: el económico mediante actividades de producción de bienes y/o servicios , el social atendiendo las necesidades de los asociados, sus familias y la comunidad de entorno y el eje cultural solidario como dinamizador de los anteriores haciendo que los(as) asociados(as) cumplan sus responsabilidades como trabajadores o usuarios y simultáneamente sean sus aportantes y gestores a partir de la autogestión democrática la cual les permiten generar los recursos necesarios para soportar sus acciones en pro del desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía. Para poder realizar sus procesos económicos, sociales y culturales solidarios las organizaciones de la Economía Solidaria realizan de manera permanente, continua y oportuna actividades de educación solidaria desde su proyecto educativo socioeconómicas. Dentro de las organizaciones de Economía Solidaria están: · Mutuales · Fondo de Empleados · Cooperativas · Precooperativas · Instituciones auxiliares de la Economía Solidaria · Empresas asociativas de trabajo · Empresas comunitarias · Empresas de servicios en las formas de administraciones Públicas cooperativas · Empresas solidarias de salud · Organismos de segundo y tercer grado , y · Todas aquellas que cumplan con lo establecido en el capitulo l de la ley 454 de 1998: · Principios, fines, características y demás lineamientos en el marco del sistema de la economía solidaria. Dentro de sus características están: Estar organizada como empresa que contemple en su objetivo social el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer las necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario. tener establecido un vinculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la ley 454 de 1998. tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados durante su existencia. Integrarse social y económicamente, sin perjuicios de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano. Como principios económicos las organizaciones de Economía Solidaria deberán: 13 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes a) Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. b) Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, ya reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservados en su valor real. LEY 454 de 1998, Art. 14 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 4. Empresa de capital versus empresa de economía solidaria EMPRESAS DE CAPITAL Y DE ECONOMÍA SOLIDARIA ASPECTOS A TENER EN CUENTA EMPRESAS DE CAPITAL ORGANIZACIONES DE ECONOMIA SOLIDARIA DUEÑOS Socios que colocan capital y buscan el crecimiento económico. Asociados que aportan capital, pero principalmente aportan trabajo, creatividad y actitud solidaria para el mejoramiento de la calidad de vida de ellos, sus familias y comunidad de entorno. TRABAJADORES Dependientes, asalariados considerados medios de producción y por ello se les denomina “recurso humano”. Asociados que aportan su capacidad laboral, conocimientos, recursos y empeño para aprender y trabajar en equipo, por ello se les denomina “talento humano”. GOBIERNO Según el número de acciones; quien tiene el mayor número de acciones, tiene mas poder de decisión en la empresa. Un (a) asociado(a) un voto, y la administración es democrática con posibilidad de participar en la toma de decisiones en todos los estamentos directivos, ejecutivos y de control. MODELO DE TRABAJO Estructura vertical: socios, trabajadores ya sea de mandos medios u obreros. Estructura horizontal en donde todos se capacitan para poder ejercer cualquiera de los cargos de la organización. 15 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes RENTABILIDAD DE LOS PROCESOS FINES Ganancia o utilidades repartidas según número de acciones que se tengan. Excedentes que se reparten de la siguiente manera: 20% revalorización de los aportes de capital hechos por los asociados, 20% para la educación, 10% para el fondo de solidaridad y el otro 50% la asamblea lo distribuye según los programas sociales y económicos que tengan. Crecimiento económico Desarrollo integral del ser humano: crecimiento económico en armonía con el desarrollo social de las personas, fomento de la cultura solidaria mediante la educación solidaria, fortalecimiento político de los asociados mediante la participación democrática y autosostenibilidad ambiental porque las actividades que se realizan cuidan el medio ambiente y las relaciones de las comunidades consigo mismas, con los demás y con el entorno como compromiso con las generaciones futuras. 16 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 5. Valores. Principios y fines de la economia solidaria Valores: En la declaración de la ACI sobre identidad cooperativa se introduce por primera vez de modo especial el tema de los valores, no porque antes se hubieran subestimado, sino porque se consideró que estaban implícitos en la formulación de los principios. De todos modos ha sido un acierto que se ponga énfasis en los valores cooperativos para que se comprenda mejor la validez y la eficacia de los principios. Pero, en términos generales, ¿Qué son los valores? Breves conceptos de un autor contemporáneo nos pueden acercar al conocimiento y profundo significado de los valores. Dice así: "Valor significa literalmente algo que tiene un precio que es querido, que es de mucha estima o que vale la pena, consiguientemente, algo por lo que uno está dispuesto a sufrir o a sacrificarse, algo que es una razón para vivir y, si fuera preciso para morir..." "Los valores proporcionan motivos. Dan identidad a la persona, le ponen facciones, nombre, carácter..." "Los valores son algo que ocupa el centro de la propia vida, marcando su extensión y su profundidad..." El aspecto esencial de los conceptos anteriores es su vinculación estrecha con la conducta de los seres humanos que, en el caso concreto de las cooperativas, señalan derroteros precisos a dirigentes, administradores, empleados y asociados. La declaración de identidad resume el resultado de una amplia labor previa llevada a cabo para precisar los conceptos correspondientes que incluyó análisis detallado de diversas manifestaciones de la ética cooperativa; reconoce que los valores propuestos no le pertenecen de modo exclusivo a la actuación de las cooperativas. Hecha tal declaración y con fundamento en las ideas expresadas y practicadas por los fundadores del sistema de la Cooperación propone, además de los valores generales de autoayuda o esfuerzo propio, responsabilidad propia, democracia, igualdad, equidad y solidaridad los de un mayor contenido de ética personal como la honestidad, la transparencia, la responsabilidad y la vocación social. Por la estrecha relación entre los valores y los principios cooperativos, se sintetizarán enseguida con frases cortas, los rasgos sobresalientes de los citados valores. VALORES BÁSICOS Autoayuda o esfuerzo propio: El asociado no puede ser el sujeto pasivo de la acción benéfica de otros, sino el participe activo para el mejoramiento de su propio destino. 17 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Responsabilidad propia: Significa asumir las propias responsabilidades en la conducción de las cooperativas y no delegarlas a personas ó personas ajenas. Democracia: Dirección y administración de la cooperativa en manos de sus asociados con base en la igualdad. Igualdad: Como manifestación de la dignidad de la persona humana por encima de otras consideraciones. Equidad: Característica particular de la justicia que está más allá de formalismos simplistas. Solidaridad: Característica sobresaliente del sistema cooperativo que se manifiesta cuando los esfuerzos individuales hacia el objetivo común se entrelazan estrechamente para configurar un esfuerzo colectivo que supone la participación de todos. VALORES ÉTICOS Honestidad y transparencia: Conceptos que vinculan convicciones y actividades relacionadas con honradez, decencia, franqueza, aplicadas a la empresa cooperativas en las finanzas, los precios, las pesas y medidas, la verdad en los informes y estados financieros. Responsabilidad y vocación social: Valores que hacen referencia a la presencia activa de las cooperativas y sus asociados en las comunidades donde actúa con el fin de contribuir a su mejoramiento integral o desarrollo humano sostenible. Principios: Como se afirma en la Declaración, los principios son pautas o guías maestras mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores, pero, además, son los parámetros para juzgar su comportamiento y tomar decisiones. Por otra parte, los principios cooperativos, sustentados en los valores, por su ordenación lógica dan lugar a todo un sistema en el cual los conceptos económicos, sociales, técnicos o administrativos y sus expresiones en términos jurídicos se hallan subordinados a unos mismos principios. Por lo demás, con el fin de facilitar su aplicación, la declaración de Manchester, 18 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes como lo habían hecho formulaciones anteriores de la ACI, agrega a la enunciación de algunos de los principios sus procedimientos concretos para llevarlos a la práctica. PRINCIPIOS COOPERATIVOS Primer principio Adhesión voluntaria y abierta Aspectos básicos de este principio: Distinción entre adhesión libre o "puerta abierta" y adhesión voluntaria. Adhesión libre: Implica obligación para la cooperativa de permitir el ingreso de la persona que lo desee. Adhesión voluntaria: Significa prohibición general de forzar a las personas para que se afilien a la cooperativa. Capacidad para utilizar servicios y disposición para aceptar responsabilidades; explica las limitaciones razonables al principio por causas económicas o técnicas, actividades específicas etc. Ausencia de discriminación en: lo social (clases sociales); lo político (partidos, ideologías); lo religioso (confesiones, ateísmo); lo racional (etnias) y lo de género (sexos). Importancia del criterio de identidad asociado-usuario: "... la cooperativa debe comprometerse de manera muy especial con los servicios a sus asociados que es la razón principal de su existencia". Segundo Principio Gestión democrática por parte de los asociados Aspectos básicos de este principio: Estrecha relación entre derechos y responsabilidades. La democracia cooperativa: "tarea sin fin, difícil, valiosa e incluso esencial". Participación activa de los asociados en la determinación de políticas y en la toma de las principales decisiones en asambleas generales, consejos de administración, comités y aún en actividades empresariales específicas, especialmente en las cooperativas de trabajo asociado. Responsabilidad de los asociados elegidos para los organismos de dirección y control frente al conjunto de los demás asociados. Formas concretas del ejercicio democrático: Muy precisas en las cooperativas de primer grado: "una persona, un voto en la asamblea". 19 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes En organismos cooperativos de grado superior seguir las siguientes orientaciones: Número de asociados de las cooperativas afiliadas; Grado de compromiso entre las cooperativas asociadas; Limitación del voto calificado para evitar que las grandes cooperativas dejen a las pequeñas sin verdaderas opciones de participar y decidir; Revisión relativamente frecuente de los procedimientos. Tercer Principio Participación Económica de los Asociados Aspectos básicos de este principio: Una idea predominante enmarca la expresión y el contenido de este principio, la Equidad, como valor básico del cooperativismo, que se expresa: En la formación e incremento del patrimonio, por parte de los asociados, de manera equitativa y no igualitaria: los aportes deben guardar alguna relación con el uso de los servicios; En la administración del patrimonio y de la aplicación de excedentes. Que está en manos de los asociados de manera democrática; En la constitución e incremento de un patrimonio colectivo que asegure la solidez de una cooperativa y garantice su desarrollo futuro; En los modos concretos de aplicar los excedentes: Para fortalecimiento del patrimonio, Para incremento y mejoramiento de los servicios, Para distribuirlos en proporción a las operaciones realizadas con la cooperativa por los asociados. Retorno en cooperativas de consumo. Complemento de lo recibido de menos en las cooperativas de comercialización y en las de trabajo asociado. Para apoyar el desarrollo del movimiento cooperativo en sus diversos niveles, o de las comunidades en las cuales actúan las cooperativas. Cuarto Principio Autonomía e independencia Aspectos básicos de este principio: Las cooperativas no pueden prescindir de establecer relaciones con el Estado y, de modo particular, de aceptar cierto grado de control y vigilancia por parte del gobierno sobre sus actividades. 20 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes En general, es razonable que pongan empeño en mantener relaciones claras y abiertas con los entes públicos siempre y cuando estos reconozcan su autonomía de manera semejante a como se reconoce la de las demás empresas del denominado sector privado. Es también natural que las cooperativas establezcan relaciones con otras entidades privadas como asociaciones y fundaciones e igualmente con empresas económicas de diversa naturaleza, especialmente las mercantiles basadas en el ánimo de lucro de sus propietarios y que, en consecuencia, puedan celebrar con ellas acuerdos relacionados con sus actividades. En todas estas relaciones es imprescindible que las cooperativas mantengan su libertad, garantía de la conservación de su especialidad y de su derecho a controlar su propio destino. Quinto Principio Educación, Capacitación e Información Aspectos básicos de este principio: Es necesario hacer resaltar en primer término, que el llamado principio de la educación ha sido considerado como la condición indispensable para conocer y poner en práctica los demás principios. De acuerdo con la declaración de la ACI, debe abarcar los siguientes campos: En cuanto al campo de la educación y capacitación, la responsabilidad de la cooperativa incluye los siguientes aspectos: El de la Educación entendida como acción Formadora, es decir, que produzca efectos profundos en la mente y en la voluntad de los seres humanos con el fin de propiciar una conducta orientada por los valores y principios de la cooperación, con fundamentos en adecuados conocimientos y experiencias. El de la Capacitación-entrenamiento o adiestramiento que hace referencia a las muy variadas habilidades o destrezas que deben desarrollar los directivos, administradores, empleados y asociados, de acuerdo con sus responsabilidades específicas, para asegurar la eficacia y eficiencia de la empresa cooperativa. Educación y capacitación son los elementos indispensables para que quienes estén en capacidad de entender sus requerimientos, evaluar su desarrollo y sugerir métodos que permitan mejorar los servicios o establecer otros nuevos. En cuanto al campo de la información, la responsabilidad de la cooperativa incluye los siguientes aspectos: Debe dirigirse de modo preferencial a los jóvenes y a los líderes de la opinión (políticos, servidores públicos, representantes de los medios de comunicación y educadores). 21 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Se le señala como objetivo hacer conocer "La naturaleza y beneficios de la cooperación, vale decir su historia, sus valores, principios así como también sus realizaciones prácticas en el país y en el mundo". Sexto Principio Cooperación entre cooperativas Aspectos básicos de este principio: La cooperación entre cooperativas surge de la propia naturaleza de estas organizaciones. Su origen histórico se presenta poco después de la aparición de las primeras cooperativas por exigencia de carácter económico y también de promoción y representación. En la época actual ésta cooperación entre cooperativas se hace imprescindible. La cooperación entre cooperativas puede llevarse a cabo de muchas maneras: Por medio de la integración federativa en uniones, asociaciones, ligas, federaciones, central confederaciones. Mediante incorporaciones y fusiones. A través de acuerdos y alianzas estratégicas de una gran variedad. De la misma manera, esta cooperación puede existir a diversos niveles: nacionales, regionales e internacionales. En la realidad contemporánea las cooperativas deben considerar, con más frecuencia que antes, la posibilidad de actividades en conjunto a nivel internacional. "...es importante de manera crucial que los diferentes tipos de cooperativas se unan para dirigirse al gobierno o le hagan promoción ante el público a la Vía Cooperativa". Séptimo Principio Interés por la comunidad Aspectos básicos de este principio: La existencia de las cooperativas se justifica en primer lugar con el fin de dar satisfacción a las necesidades comunes económicas, sociales y culturales de sus asociados. Si embargo, la existencia de las cooperativas en un ámbito geográfico determinado, las hace pertenecer a las comunidades correspondientes. Lo anterior crea para ellas responsabilidades concretas en aspectos económicos, sociales y culturales, que los asociados no pueden dejar de aceptar. La respuesta a estas responsabilidades deberán darla los propios asociados por medio de políticas y decisiones aprobadas por ellos y en la medida de sus posibilidades. FINES DE LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA 22 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Promover el desarrollo integral del ser humano. Generar prácticas de vida desde un pensamiento solidario, crítico, creativo, emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo social y económico. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la información, el trabajo, la propiedad, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna. 23 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 6. Tipos y clases de cooperativas Existen tanto tipos de Cooperativas, como actividades económicas que ejecute el hombre. Sin embargo, se pueden clasificar de la siguiente forma: 1. Por el tipo de actividad: estas pueden ser; (artículos: 62,63 y 64 Ley 79/1988). a) Especializadas: se dedican a una sola rama de la actividad económica. b) Multiactivas: desarrollan actividades de diversa índole al mismo tiempo como ahorro y crédito, consumo, educación, comercialización. c) Integrales: desarrollan dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios. 2. Por el tipo de Vínculo: pueden ser: a) Abiertas: reciben todo tipo de asociados. b) Cerradas: sólo aceptan asociados de un sector específico, por ejemplo los trabajadores de una determinada empresa. 3. Por el nivel de desarrollo: encontramos: a) Pequeña Empresa Cooperativa Tradicional: es de tamaño reducido, organización sencilla y donde los cooperados se conocen entre sí. b) Cooperativa de Mercado: puede ser una forma avanzada de la anterior donde exista un mayor número de asociados, es difícil que se conozcan todos, su estructura organizacional es más compleja haciendo que se deleguen funciones entre los asociados para cumplir la función y la prestación de los servicios. c) Cooperativa Económicamente Integrada: la cual es bastante fuerte para disputar mercados, tiene una eficiente gestión, y a diferencia de las anteriores controla las decisiones de sus asociados para evitar que se distorsionen sus objetivos y, por tanto, sus metas económicas y sociales. 4. Por su función: Pueden ser: a) De Producción: aquellas que adelantan actividades de extracción o explotación de los recursos no renovables o la transformación de los mismos a un producto final, como por ejemplo, de producción agrícola y pecuaria, mineras, de silvicultura y pesca, de fauna y flora, de producción industrial, agroindustrial, artesanal y manufactureras; b) De Servicios: aquellas que cumplen actividades para el bienestar de los integrantes de la organización o de la comunidad en general, en áreas de la salud, 24 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes educación, recreación, transporte, financieros, abastecimiento de bienes básicos, cultura, deporte, asistencia técnica y orientación profesional; c) Multiactivas: cumpliendo funciones de producción y servicios mediante actividades que aunque no son complementarias, si son necesarias para la comunidad, como aquellas que cumplen funciones de banco y de comercializadora o de droguería veterinaria y de acopio, etc. 25 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 7. Aspectos administrativos en las organizaciones solidarias 1. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA EMPRESA SOLIDARIA ASAMBLEA GENERAL: Máximo órgano de Administración, sus decisiones son para todos los asociados y son de obligatorio cumplimiento, siempre que se hayan adoptado con relación a la ley y los estatutos. La conforman todos los asociados y sus delegados y sus decisiones que adoptan por simple mayoría de votos, existiendo mayorías especiales distintas. Por ejemplo, para reformar los estatutos, para disolver la cooperativa o para incorporarla o para fusionarla a otra entidad similar. La ley determina que deberá reunirse ordinariamente una vez al año, durante los tres primeros meses del año, es de carácter obligatorio. Y extraordinariamente cuando así lo requiera, en ésta, estrictamente se tratarán los temas para los cuales fue convocada por el Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia, el Revisor Fiscal o el 15% del total de los asociados hábiles a la fecha. ¿QUIÉN LA CONSTITUYE? La constituye la reunión de asociados hábiles o de los delegados elegidos por éstos sus decisiones son obligatorias para todos los asociados siempre y cuando se hayan adoptado de conformidad con las Normas legales y estatutarias. POR QUE ES IMPORTANTE LA ASAMBLEA? La realización de la Asamblea General no constituye un acto de orden legal solamente; es IMPORTANTE en la Gestión empresarial por los siguientes aspectos: Permite conocer las actividades desarrolladas, el crecimiento y el cumplimiento de todas las obligaciones por parte de los órganos de administración y control de las cooperativas. Los asociados tienen la oportunidad y la libertad de expresar sus ideas, sus criterios, sus opiniones y sus críticas constructivas. Hay intercambio de ideas, se fortalece la cooperación, las relaciones interpersonales, la comprensión y se amplían conocimientos en el aspecto social y económico. Es el espacio para conocer y contribuir en la formulación de los planes y proyectos para su organización; allí se ejerce el derecho democrático con la libertad y autonomía en todos los aspectos en donde los asociados participan activamente en todo el proceso de desarrollo de la Asamblea. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL Establecer las políticas y directrices generales de la organización para el cumplimiento de su objeto social. Reformar los estatutos cuando sea necesario. 26 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Examinar los informes de los "órganos de administración y vigilancia. Aprobar e improbar los estados financieros de cada ejercicio. Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en la ley y en los estatutos. Fijar aportes o contribuciones extraordinarias según el caso cuando las circunstancias lo amerite. Elegir los miembros de los órganos de administración y control. Elegir el revisor fiscal su suplente y fijarle su remuneración y Decidir la fusión, incorporación, transformación y liquidación Las demás que señale los estatutos y las leyes. CLASES DE ASAMBLEAS · Asamblea de Constitución. · Asamblea General Ordinaria. · Asamblea General Extraordinaria. COMO PUEDEN SER LAS ASAMBLEAS DE ASOCIADOS: Asisten los asociados personalmente y no pueden hacerse representar en ningún caso y para ningún efecto. DE DELEGADOS: A ésta asisten asociados hábiles previamente elegidos como delegados según lo determinen los estatutos; puede darse cuando se dificulte en razón del número de asociados por estar domic1liados en diferentes municipios del país o cuando resulte demasiado costosa su realización. El número mínimo de delegados es de 20. PROCEDIMIENTO PARA CONVOCAR A ASAMBLEA Por regla general la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria será convocada por el consejo de administración. Para fecha, hora y lugar determinados. La junta de vigilancia, el revisor fiscal, o un 15% mínimo de los asociados podrá solicitar al consejo de administración la convocatoria a Asamblea general extraordinaria y en forma excepcional también podrá solicitar la convocatoria la superintendencia de Economía Solidaria. Los estatutos de las cooperativas, determinará los procedimientos y la competencia para efectuar la Asamblea General ordinaria, cuando el consejo de Administración no realice dentro del plazo establecido en la ley cooperativa y desatienda la petición de convocar. 27 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes La convocatoria se hará conocer a los asociados hábiles o delegados elegidos, en la forma y términos previstos en los estatutos. La junta de vigilancia Verificará la lista de asociados hábiles o inhábiles y la relación de estos últimos será publicada para conocimiento de los afectados. QUORUM PARA DELIBERAR y ADOPTAR DECISIONES VALIDAS. La asistencia de la mitad de asociados hábiles o de los delegados convocados constituirán quórum para deliberar y adoptar decisiones válidas; si dentro de la hora siguiente a la convocatoria no se hubiere integrado este quórum la asamblea podrá deliberar y adoptar decisiones válidas con un número total no inferior al 10% del total de asociados hábiles ni al 50% del número requerido para constituir una cooperativa. En las Asambleas generales de delegados el quórum mínimo será el 50% de los elegidos y convocados. Una vez constituido el quórum este no se entenderá desintegrado por el retiro de alguno o de algunos de los asistentes siempre que se mantenga el quórum mínimo a que se refiere el inciso anterior. DECISIONES ESPECIALES EN LAS ASAMBLEAS GENERALES. Por regla general las decisiones de la Asamblea general se tomarán por mayoría Absoluta de los asistentes, para las reformas de los estatutos, la fijación de Aportes extraordinarios, la amortización de aportes, la transformación, La Fusión, la incorporación y la disolución para liquidación. se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los asistentes. La elección de órganos o cuerpos plurales se hará mediante los procedimientos y sistemas que determine los estatutos o reglamentos de cada cooperativa; cuando se adopte el de listas o planchas. se aplicará el sistema de cuociente electoral. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O JUNTA DIRECTIVA Órgano permanente de administración subordinado a las políticas y directrices de la Asamblea General. Nombrado por la misma. Esta compuesta ordinariamente por un número impar de socios hábiles con sus respectivos miembros principales y suplentes. Después de la Asamblea General, el organismo con más autoridad administrativa es el consejo de administración. Él aprueba la reglamentación de los estatutos y señala por directrices planteadas por la Asamblea las políticas de la cooperativa. Esta compuesto por asociados hábiles nombrados en Asamblea General. Esta es la razón por la cual el primer administrador de la cooperativa es el asociado, los cuales deben conocer ampliamente las normas internas de la cooperativa. NUMERO DE INTEGRANTES, PERIODO Y RENOVACION. El consejo de administración es el órgano permanente de administración subordinado a las directrices y políticas de la Asamblea General. El número de integrantes, su período, las causales de remoción y sus funciones serán fijados en los estatutos, los cuales podrán consagrar la renovación parcial de sus miembros en cada Asamblea. 28 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes EL GERENTE Es el director ejecutivo de la Empresa cooperativa, representante legal, ejecutor del mandato de la Asamblea General. Será nombrado por el consejo de administración y sus funciones serán precisadas en los estatutos. ORGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA Junta de Vigilancia o Comité de Control social y Revisor Fiscal (podrá ser exonerado), encargados de controlar la gestión de la cooperación en el marco de sus propias competencias. La junta de vigilancia es elegida por la Asamblea General y es un organismo totalmente independiente de la organización empresarial misma, pues su labor consiste básicamente, el cuidar su correcto funcionamiento y la eficiente administración de la empresa, cual debe informarse a la Asamblea. El Revisor Fiscal, de profesión de Contador Público es nombrado por la Asamblea General, con su respectivo suplente. La Junta de Vigilancia es responsable del cumplimiento de sus funciones ante la Asamblea General. Las obligaciones de control que tiene la Junta de Vigilancia son amplias y exigentes. Abarcan el funcionamiento social de la Cooperativa. El cumplimiento de las amplias e importantes funciones de la Junta de Vigilancia, exige a sus miembros que conozcan bien las materias, instrumentos, modalidades y demás aspectos del control. Necesitan ellos buena preparación, para estar a la altura de sus deberes. Además, tienen que trabajar con honradez y consagración. Dos consejos resultan oportunos al hablar de la Junta de Vigilancia: - - El primero es que la Asamblea mande establecer en el presupuesto de la Cooperativa, unos renglones para gastos propios de la Junta de Vigilancia. El objeto de estos renglones es garantizar su funcionamiento. - - El segundo consejo va también a los asociados reunidos en Asamblea. Se trata de pedirles que no tomen como "rellenos" los nombramientos para la Junta de vigilancia. En otras palabras, que no nombren allí por nombrar. Los asociados deben caer en cuenta de que son ellos los directos interesados en que su cooperativa funcione bien y sea eficiente. Les interesa que sus aportes y depósitos sean bien manejados, y que los productos (bienes o servicios) de la Cooperativa, les resulten de la mejor calidad y al menor precio. Con estos intereses de por medio, los asociados deben escoger para la Junta de Vigilancia a los compañeros mejor preparados. Las cooperativas, por regla general, tendrán un Revisor Fiscal, que debe ser contador público con matrícula vigente. También puede cumplir esta función un organismo cooperativo de segundo grado, una institución auxiliar o una cooperativa de trabajo asociado especializada. Por disposición legal, ningún contador público podrá desempeñar el cargo de Revisor Fiscal en la cooperativa de la cual sea asociado, Además, la Superintendencia de Empresas Solidarias SES, puede eximir a una cooperativa de tener revisor fiscal cuando las circunstancias económicas, o de ubicación geográfica o el número de 29 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes asociados lo justifiquen. Son deberes del Revisor Fiscal: Ejecutar la revisión de bienes, fondos y registros, y refrendar el balance, con su examen financiero y análisis de cuentas, que son de someter a estudio de la Asamblea General En el estatuto y en los manuales de funciones y de procedimientos de la Cooperativa, deben aparecer los deberes de la Junta de Vigilancia y del Revisor Fiscal. Conviene que estos deberes sean determinados con claridad y precisión, para evitar conflictos entre ambos responsables del control. Por otra parte, la Junta de Vigilancia y el Revisor Fiscal tienen que coordinar el ejercicio de sus funciones. Con buena coordinación aprovechan mejor los esfuerzos, pues no caen en repeticiones inútiles o dañinas. La coordinación entre la Junta de Vigilancia y el Revisor Fiscal, supone información y comunicación permanentes de estos órganos. OTROS RESPONSABLES DEL CONTROL Responsables Internos y Externos Los responsables del control en la Cooperativa son numerosos. La mayoría de ellos pertenece a la Cooperativa misma; están dentro. Los Ilamamos responsables internos. Otros actúan desde fuera de la Cooperativa. Denominamos a éstos responsables externos. Entre los responsables internos podemos distinguir: - Los que tienen a cargo las funciones de control. Son la Junta de Vigilancia y el Revisor Fiscal. Acabamos de hablar de ellos. - Los que tienen a cargo la función de dirigir. Son la Asamblea General, el Consejo de Administración, el Gerente y los demás señalados en instrumentos de organización (estatuto, manuales de funciones y procedimientos, reglamentos). Hay un responsable externo de control a la Cooperativa, obligatorio por mandato de la ley: el Gobierno. La vigilancia que corresponde al Gobierno se halla a cargo de la Superintendencia de Empresas Solidarias SES. Puede haber otros controladores externos de la Cooperativa, cuando la Asamblea de Asociados así lo dispone. Esa función puede ser ejercida por una entidad cooperativa de segundo grado, o por una auxiliar del cooperativismo especializada en auditoria, o por una empresa de revisoría fiscal. Sean internos o externos, los responsables del control en la Cooperativa deben señalar las correcciones que estimen oportunas, para que los directores y ejecutores de cada función, las apliquen. Con tales sugerencias, los controladores prestan otro servicio, que es el de asesorar los órganos controlados. Asamblea de Asociados La función de control hace parte de la autoridad suprema que la ley asigna a la Asamblea General. La Asamblea General ejerce control mediante el estudio y calificación de los informes de labores y de los estados financieros. Ante la Asamblea rinden informes del cumplimiento de funciones, la Junta de Vigilancia, el Revisor Fiscal, el Consejo de Administración, la Gerencia, el Comité de Educación y los demás comités 30 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes asesores u operativos. La Asamblea también recibe y analiza el balance y sus anexos. Con base en estos documentos, la Asamblea aplica los excedentes de cada ejercicio (año de trabajo). Además, la Asamblea puede solicitar informes especiales o designar omisiones investigadoras, cuando necesite o quiera conocer la verdad de casos o conflictos en particular. Por definición, la Asamblea se realiza con la participación de los Asociados de la Cooperativa. La Asamblea constituye magnifica oportunidad para que los asociados expresen sus puntos de vista, acerca del funcionamiento Y la eficiencia de su empresa solidaria. Esto equivale a decir que la Asamblea de Asociados es un foro de control. Consejo, Gerente Y demás Directores El Consejo de Administración Y el Gerente son responsables de controlar las actividades que ellos dirigen. Lo mismo sucede con las demás personas a quienes el estatuto, o el manual de funciones o los reglamentos, asignen la dirección de procesos o tareas de la Cooperativa. La función de dirigir está seguida, por lo común, de las funciones de coordinación y control. Quien dirige también coordina y controla lo que dirige. Este control a cargo de directores se llama control administrativo para distinguirlo del que ejercen los que tienen la función particular de controlar (Junta de Vigilancia y Revisor Fiscal), COMITES DE TRABAJO Para lograr una mayor participación de los asociados en el desarrollo de los programas y actividades de las empresas solidarias. Estas internamente, podrán constituir los comités especiales que estimen convenientes a su estructura de servicios. De todas maneras, la legislación cooperativa vigente, establece que en el estatuto, deberá preverse el funcionamiento de un comité u órgano de administración encargado de orientar y coordinar las actividades de la Organización; así también otros comités que propenden por una formación integral de los asociados, directivos y empleados, cumplir fines de interés social y desarrollo integral del ser humano e impartir educación formal para garantizar la buena marcha de la EMPRESA SOLIDARIA, honorabilidad y corrección, aptitud e idoneidad y capacitación en Economía Solidaria. Comité de Educación Las cooperativas están obligadas a realizar de modo permanente actividades que tienda a la formación de sus asociados y trabajadores, métodos y características del cooperativismo; así como para capacitar a los administradores en la gestión empresarial propia de cada cooperativa. Las actividades de asistencia técnica, de investigación y de promoción del cooperativismo, hacen parte de la educación cooperativa que establece la ley. Se podrá dar cumplimento a la obligación de la educación, mediante la delegación y ejecución de programas conjuntos realizados por organismos cooperativos de segundo grado o por instituciones auxiliares del cooperativismo. En los estatutos o reglamentos de cada cooperativa deberá preverse el Funcionamiento de un comité u órgano de administración encargado de orientar y coordinar las actividades de educación cooperativa y elaborar cada año un plan o programa con el correspondiente presupuesto en el cual se incluirá la utilización del fondo de educación. La educación cooperativa es obligatoria y debe ser a todos los sectores de la 31 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes cooperativa y en forma continua planeada y coherente. Comité de Solidaridad Según las últimas disposiciones de la Superintendencia de Economía Solidaria, es fundamental establecer en los estatutos de cada cooperativa su conformación y sus funciones. LOS EMPLEADOS Cada empresa solidaria, de acuerdo con el volumen de operaciones que tenga, establecerá su propia planta de personal, la cual bajo la subordinación de la gerencia cumplirá todas las funciones administrativas y operativas necesarias para lograr la más eficiente prestación de servicios que tenga establecida la entidad. El Consejo de Administración, previo visto de necesidades creará los diversos cargos, determinando el nivel salarial y será el gerente; en su calidad de representante legal y responsable directo por la entidad de la administración de la entidad, el encargado de designar las personas que van a desempeñar los distintos cargos. Básicamente toda entidad debe contar con: Secretaria, Tesorero o Secretario Tesorero, Contador, entre otros. 2. DEL FUNCIONAMIENTO: EL ESTATUTO: Documento que concreta el acuerdo de los asociados, es de obligatoria existencia y cumplimiento, conformado por capítulos y cada uno de ellos contiene una serie de artículos, estos son aprobados por la Asamblea. Se fundamenta en la Ley 79 de 1.988 y Ley 454 de 1.998. Contiene la s normas y procedimientos por los cuales rigen los asociados, así como los deberes y derechos entre otros. CUERPO DEL ESTATUTO Razón Social, Domicilio y ámbito territorial Acuerdo cooperativo y Actividades. Admisión, Derechos y Deberes. Procedimiento para resolver conflictos. Sanciones. Régimen de organización interna: (Órganos de Administración). Asamblea General, Consejo de Administración. Representante Legal. Órganos de vigilancia y control. Secretario, Tesorero, contador. Régimen económico. Regímenes y responsabilidades de las Cooperativas y sus asociados. 32 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Normas sobre Fusión, Incorporación y Liquidación. Algunas reformas de los Estatutos. LOS REGLAMENTOS: La legislación interna de cada uno de los servicios y de las actuaciones del consejo, los comités y de la Junta de Vigilancia, se fundamenta en los ESTATUTOS. Son elaborados por cada comité y aprobados por el consejo de Administración. La Junta de Vigilancia aprueba su propio reglamento. CUERPO DE LOS REGLAMENTOS: Del acuerdo Cooperativo. Integrantes: Número, Convocatoria. Funciones y Sanciones. Acuerdo Económico y Presupuesto. Firmas y Aprobación. 3. LEGALIZACIÓN: Es la existencia física de los respectivos acuerdos, establecidos en Asamblea, Consejo y comités. De obligatorio cumplimiento. La legalización se constituye por el levantamiento de ACTAS, tanto de constitución, elaboración de reglamentos, como de reuniones de los respectivos órganos. 4. MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS: Para alcanzar los objetivos institucionales, una empresa asociativa tiene que cumplir con una serie de tareas o actividades conexas o complementarias que, en su conjunto, dan como resultado la producción de un bien o la prestación de un servicio. El instrumento más idóneo y práctico que permite concentrar en forma ordenada y clara, tanto las diversas actividades que se cumplen en una empresa como las condiciones y requisitos que debe reunir cada uno de los responsables en su ejecución, son los manuales de funciones y de procedimientos. Los términos para desarrollar estos manuales son los siguientes: MISIÓN: Objetivo o fin de cada puesto o desempeño. FUNCIONES: Tareas correspondientes al puesto o proceso. CARGO: Denominación o Responsable del puesto. AUTORIDAD: Competencia para tomar ciertas decisiones y para imponerlas a sus subordinados y, a veces, a los que se encuentran fuera del ámbito de mando a través de la proyección funcional, cual sucede con el jefe de personal. ORGANIZACIÓN: Estructura del departamento o servicio correspondiente. RELACIONES: Causas que indican su posibilidad de relacionarse con otros departamentos y niveles de la empresa. 33 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 8. Entidades de apoyo al sector solidario Consejo Nacional de la Economía Solidaria, CONES Es el organismo que formula y coordina, a nivel nacional, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la Economía Solidaria. El CONES podrá conformar capítulos regionales y locales con funciones similares al nacional, en su ámbito regional. Conformación del Consejo Nacional de Economía Solidaria–Cones. El Consejo Nacional de Economía Solidaria –Cones– estará conformado por un representante de cada uno de los componentes del sistema, elegidos democráticamente por el respectivo sector a través de sus órganos de integración, de acuerdo a las normas estatutarias del Cones así: Un representante de cada uno de los organismos de tercer grado y en el caso de la no-existencia del órgano de tercer grado de los organismos de segundo grado que agrupen cooperativas, instituciones auxiliares de la Economía Solidaria u otras formas asociativas y solidarias de propiedad. Un representante de los capítulos regionales elegido por los capítulos que se crearán dé acuerdo con el reglamento que expida el Cones. El Director del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, quien asistirá como invitado con voz pero sin voto. Funciones del Consejo Nacional de Economía Solidaria-Cones. Fomentar y difundir los principios, valores y fines de la Economía Solidaria. Formular, coordinar, promover la ejecución y evaluación a nivel nacional de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales al interior del sistema de la economía solidaria. Integrar los componentes del sistema de la Economía Solidaria. Aprobar sus propios estatutos y reglamentos internos. Nombrar al Secretario Ejecutivo y demás cargos directivos de conformidad con sus estatutos. Participar en los organismos de concertación del desarrollo nacional. Ser órgano consultivo del Gobierno Nacional en la formulación de políticas relativas a la Economía Solidaria. Designar las comisiones técnicas especializadas que sean necesarias. Trazar las políticas en materia de educación solidaria. Las demás que la ley, los estatutos y reglamentos le asignen. Fondo de Fomento de la Economía Solidaria FONES Con personería jurídica, patrimonio propio y naturaleza solidaria vinculado al Departamento Nacional de la Economía Solidaria y sometido al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Miembros afiliados al Fones. Serán miembros del Fones las entidades de la Economía Solidaria que suscriban aportes según lo determinen los reglamentos. La afiliación al Fones será voluntaria y tendrán acceso a sus créditos únicamente las entidades afiliadas. Funciones del Fones. Son funciones del Fones. Otorgar créditos para los proyectos de desarrollo de las entidades de Economía Solidaria inscritas. Administrar los recursos a su disposición. Fomentar las organizaciones solidarias de producción y trabajo asociado. Otorgar créditos 34 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes organizaciones solidarias de producción y trabajo asociado. Otorgar créditos solidarios para fortalecer las organizaciones de la Economía Solidaria más pequeñas. Patrimonio del Fones. El capital del Fondo de Fomento de la Economía Solidaria. Fones, se constituirá con: Aportes privados de sus miembros, del sector solidario y con las apropiaciones que se le asignen en el Presupuesto Nacional según lo determine el Gobierno para lo cual tendrá facultades especiales con el fin de dar cumplimiento a la Constitución Política en sus artículos 58, 333 y concordantes. Las organizaciones de la Economía Solidaria podrán destinar una parte de los fondos de educación y solidaridad como aportes o contribuciones al Fones. Junta Directiva del Fones. La Junta Directiva del Fones estará constituida así: Tres representantes del Gobierno Nacional que serán el Director del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria quien lo presidirá, el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, y el Ministro de Desarrollo Económico o su delegado. Un representante del Consejo Nacional de la Economía Solidaria –Cones. Un representante de las entidades de la Economía Solidaria aportantes al Fones. La Secretaría técnica estará a cargo del Director del Fones quien asistirá con voz pero sin voto. Funciones de la Junta Directiva del Fones. Son funciones de la Junta Directiva, además de las que se determinen en los estatutos, las siguientes: Fijar las políticas generales del Fones, en concordancia con las políticas trazadas por el Consejo Nacional de la Economía Solidaria, Cones. Reglamentar el otorgamiento de crédito y fomento a sus afiliados y definir la clase de garantías admisibles. Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria DANSOCIAL. Objetivos. dirigir y coordinar la política estatal para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo empresarial de las organizaciones de la Economía Solidaria, determinadas en la ley 454 de 1.998, y para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Constitución Política de Colombia Funciones Formular la política del Gobierno Nacional con respecto a las organizaciones de la Economía Solidaria dentro del marco constitucional. Elaborar los planes, programas y proyectos de fomento, desarrollo y protección del Estado con respecto a las organizaciones de la Economía Solidaria y ponerlos a consideración del Departamento Administrativo Nacional de Planeación. Coordinar las políticas, planes y programas estatales para el desarrollo de la Economía Solidaria, entre las diversas entidades del Estado del orden nacional, departamental, distrital o municipal, así como frente a las funciones específicas que dichas instituciones públicas realicen en beneficio de las entidades de la Economía Solidaria y en cumplimiento de sus funciones. Procurar la coordinación y complementación de las políticas, planes, programas y funciones del Estado relacionadas con la promoción, fomento y desarrollo de la Economía Solidaria, con respecto a similares materias que tengan establecidas las entidades de integración y fomento de dicho sector, o las que adelanten otras instituciones privadas nacionales o internacionales, interesadas en el mismo. Coordinar redes intersectoriales, interregionales e interinstitucionales 35 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes para la promoción, formación, investigación, fomento, protección, fortalecimiento y estímulo del desarrollo empresarial, científico y tecnológico de la Economía Solidaria. Adelantar estudios, investigaciones y llevar estadísticas que permitan el conocimiento de la realidad de las organizaciones de la Economía Solidaria y de su entorno, para el mejor cumplimiento de su objetivos. Promover la creación y desarrollo de los diversos tipos de entidades de Economía Solidaria, para lo cual podrá prestar la asesoría y asistencia técnica, tanto a las comunidades interesadas en la organización de tales entidades, como a estas mismas. Impulsar y apoyar la acción de los organismos de integración y fomento de las entidades de la Economía Solidaria, con los cuales podrá convenir la ejecución de los programas. Divulgar los principios, valores y doctrina por los cuales se guían las organizaciones de la Economía Solidaria y promover la educación solidaria, así como también la relacionada con la gestión socio-empresarial para este tipo de entidades. Identificar, coordinar e impulsar los recursos a nivel interinstitucional e intersectorial. Organizar los procesos de inducción y educación en la práctica de la Economía Solidaria y expedir certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de Economía Solidaria. Estructura. Para desarrollar y cumplir sus funciones, el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria tendrá la siguiente estructura: 1. Despacho del Director. a) Oficina Jurídica; b) Oficina de Control Interno; c) Oficina de Comunicaciones y Divulgación; d) Oficina de Sistemas y Estadística. 2. Despacho del Subdirector. a) Unidad de educación y formación; b) Unidad de investigación socioeconómica; c) Unidad de Planeación y Evaluación; d) Unidad de Promoción y Fomento; 3. Secretaría General. a) Unidad de Recursos Humanos; b) Unidad Administrativa y Financiera. El Gobierno Nacional, atendiendo a los principios constitucionales de la función pública y, en cumplimiento de los objetivos y finalidades del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, desarrollará la nueva estructura y asignará las funciones de las distintas dependencias, pudiendo reordenar las dispuestas en este artículo o crear nuevas. El ejercicio de estas facultades se desarrollará de tal forma que de acuerdo con las políticas de descentralización, se fortalezca y amplíe la labor de fomento y promoción, en todo el territorio nacional. Superintendencia de la Economía Solidaria SES 36 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Es un organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera. Entidades sujetas a su acción. El Presidente de la República ejercerá por conducto de la Superintendencia de la Economía Solidaria la inspección, vigilancia y control de las organizaciones de la Economía Solidaria que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito Multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, las funciones serán asumidas por esta Superintendencia, mediante el establecimiento de una delegatura especializada en supervisión financiera, la cual recibirá asistencia tecnológica, asesoría técnica y formación del recurso humano de la Superintendencia Bancaria. Objetivos y finalidades. La Superintendencia de la Economía Solidaria, en su carácter de autoridad técnica de supervisión desarrollará su gestión con los siguientes objetivos y finalidades generales: Ejercer el control, inspección y vigilancia sobre las entidades que cobija su acción para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos. Proteger los intereses de los asociados de las organizaciones de Economía Solidaria, de los terceros y de la comunidad en general. Velar por la preservación de la naturaleza jurídica de las entidades sometidas a su supervisión, en orden a hacer prevalecer sus valores, principios y características esenciales. Vigilar la correcta aplicación de los recursos de estas entidades, así como la debida utilización de las ventajas normativas a ellas otorgadas. Supervisar el cumplimiento del propósito socioeconómico no lucrativo que ha de guiar la organización y funcionamiento de las entidades vigiladas. Funciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Son facultades de la Superintendencia de la Economía Solidaria para el logro de sus objetivos: 1. Verificar la observancia de las disposiciones que sobre estados financieros dicte el Gobierno Nacional. 2. Establecer el régimen de reportes socioeconómicos periódicos u ocasionales que las entidades sometidas a su supervisión deben presentarle, así como solicitar a las mismas, a sus administradores, representantes legales o revisores fiscales, cuando resulte necesario, cualquier información de naturaleza jurídica, administrativa, contable o financiera sobre el desarrollo de sus actividades. 3. Fijar las reglas de contabilidad a que deben sujetarse las entidades bajo su supervisión, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales que regulen la materia. 4. Realizar, de oficio o a solicitud de parte interesada, visitas de inspección a las entidades sometidas a supervisión, examinar sus archivos, determinar su situación socioeconómica y ordenar que se tomen las medidas a que haya lugar para subsanar las irregularidades observadas en desarrollo de las mismas. Los informes de visitas serán trasladados a las entidades vigiladas. En cuanto fuere necesario para verificar hechos o situaciones relacionados con el funcionamiento de las entidades supervisadas, las visitas podrán extenderse a personas no vigiladas. 37 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes supervisadas, las visitas podrán extenderse a personas no vigiladas. 5. Interrogar bajo juramento a cualquier persona cuyo testimonio se requiera para el esclarecimiento de hechos relacionados con la administración, con la fiscalización o, en general con el funcionamiento de las entidades sometidas a su supervisión. En desarrollo de esta atribución podrá exigir la comparecencia de la persona requerida, haciendo uso de las medidas coercitivas que se consagran para estos efectos en el Código de Procedimiento Civil. 6. Imponer sanciones administrativas personales. Sin perjuicio de la responsabilidad civil a que haya lugar, cuando cualquier director, gerente, revisor, fiscal u otro funcionario o empleado de una entidad sujeta a la vigilancia del Superintendente de la Economía Solidaria autorice o ejecute actos violatorios del estatuto de la entidad, de alguna ley o reglamento, o de cualquier norma legal a que el establecimiento deba sujetarse, el Superintendente de la Economía Solidaria podrá sancionarlo, por cada vez, con una multa hasta de doscientos (200) salarios mínimos a favor del Tesoro Nacional. El Superintendente de la Economía Solidaria podrá, además, exigir la remoción inmediata del infractor y comunicará esta determinación a todas las entidades vigiladas. 7. Las multas previstas en este artículo, podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. 8. Imponer sanciones administrativas institucionales. Cuando el Superintendente de la Economía Solidaria, después de pedir explicaciones a los administradores o a los representantes legales de cualquier institución sometida a su vigilancia, se cerciore de que estos han violado una norma de su estatuto o reglamento, o cualquiera otra legal a que deba estar sometido, impondrá al establecimiento, por cada vez, una multa a favor del Tesoro Nacional de hasta doscientos (200) salarios mínimos, graduándola a su juicio, según la gravedad de la infracción o el beneficio pecuniario obtenido, o según ambos factores. 9. Las multas previstas en este numeral podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 208 del presente estatuto. 10. Ordenar la remoción de directivos, administradores, miembros de juntas de vigilancia, representantes legales, revisor fiscal y funcionarios o empleados de las organizaciones solidarias sometidas a su supervisión cuando se presenten irregularidades que así lo ameriten. 11. Decretar la disolución de cualquiera de sus entidades vigiladas, por las causales previstas en la ley y en los estatutos. 12. Realizar los actos de registro e inscripción previstos en el artículo 63 de la ley 454 de 1.998. 13. Ordenar la cancelación de la inscripción en el correspondiente registro del documento de constitución de una entidad sometida a su control, inspección y vigilancia o la inscripción que se haya efectuado de los nombramientos de sus órganos de administración, vigilancia, representantes legales y revisores fiscales, en caso de advertir que la información presentada para su inscripción no se ajusta a las normas legales o estatutarias. La cancelación de la inscripción del documento de 38 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes constitución conlleva la pérdida de la personería jurídica, y a ella se procederá siempre que el defecto no sea subsanable, o cuando siéndolo ha transcurrido el plazo prudencial otorgado para su corrección. 14. Ordenar las modificaciones de las reformas estatutarias adoptadas por las entidades sometidas a su control, inspección y vigilancia, cuando se aparten de la ley. 15. Disponer las acciones necesarias para obtener el pago oportuno de las contribuciones a cargo de las entidades sometidas a su control, inspección y vigilancia. 16. Dar trámite a las reclamaciones o quejas que se presenten contra las entidades supervisadas, por parte de quienes acrediten un interés legítimo con el fin de establecer eventuales responsabilidades administrativas y ordenar las medidas que resulten pertinentes. 17. Absolver las consultas que se formulen en asuntos de su competencia. 18. Desarrollar acciones que faciliten a las entidades sometidas a su supervisión el conocimiento sobre su régimen jurídico. 19. Asesorar al Gobierno Nacional en lo relacionado con las materias que se refieran al ejercicio de sus funciones. 20. Fijar el monto de las contribuciones que las entidades supervisadas deben pagar a la Superintendencia para atender sus gastos de funcionamiento en porcentajes proporcionales. 21. Definir internamente el nivel de supervisión que debe aplicarse a cada entidad y comunicarlo a ésta en el momento en que resulte procedente, y 22. Convocar de oficio o a petición de parte a reuniones de Asamblea General en los siguientes casos: a) Cuando no se hubieren cumplido los procedimientos a que se refiere el artículo 30 de la Ley 79 de 1988; b) Cuando se hubieren cometido irregularidades graves en la administración que deban ser conocidas o subsanadas por el máximo órgano social. 23. Autorizar la fusión, transformación, incorporación y escisión de las entidades de la Economía Solidaria sometidas a su supervisión, sin perjuicio de las atribuciones de autorización o aprobación que respecto a estas operaciones corresponda ejercer a otras autoridades atendiendo las normas especiales. 24. Instruir a las instituciones vigiladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que rigen su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación. 25. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control en relación con las entidades cooperativas de ahorro y crédito y las multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito en los mismos términos, con las mismas facultades y siguiendo los mismos procedimientos que desarrolla la Superintendencia Bancaria con respecto a los establecimientos de crédito, incluyendo dentro de ellas, las atribuciones relacionadas con institutos de salvamento y toma de posesión para 39 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes administrar o liquidar". 26. En todo caso, tales procedimientos se establecerán con base en metodologías adaptadas a la naturaleza cooperativa. 27. Las demás que le asigne la ley. El Gobierno Nacional podrá determinar niveles de supervisión para el ejercicio de las funciones aquí previstas. En desarrollo de sus facultades de inspección, vigilancia y control, la Superintendencia de la Economía Solidaria podrá apoyarse parcialmente, para la obtención de colaboración técnica, en organismos de integración de las entidades de Economía Solidaria, en instituciones auxiliares de la Economía Solidaria o en firmas especializadas. TIPOS DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS Condiciones para el ejercicio de la actividad financiera El artículo 99 de la Ley 79 de 1988 quedará así: La actividad financiera del cooperativismo se ejercerá siempre en forma especializada por las instituciones financieras de naturaleza cooperativa, las cooperativas financieras, y las cooperativas de ahorro y crédito, con sujeción a las normas que regulan dicha actividad para cada uno de estos tipos de entidades, previa autorización del organismo encargado de su control. Las cooperativas Multiactivas o integrales podrán adelantar la actividad financiera, exclusivamente con sus asociados mediante secciones especializadas, bajo circunstancias especiales y cuando las condiciones sociales y económicas lo justifiquen, previa autorización del organismo encargado de su control. La actividad aseguradora del cooperativismo se ejercerá siempre en forma especializada por las cooperativas de seguros y los organismos cooperativos de segundo grado e instituciones auxiliares del cooperativismo de seguros. Para efectos de la ley 454 de 1.998 se entenderá como actividad financiera la captación de depósitos, a la vista o a término de asociados o de terceros para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados o de terceros. Solamente las cooperativas financieras podrán prestar sus servicios a terceros no asociados. En concordancia con las previsiones del artículo 335 de la Constitución Política, la Superintendencia encargada de la vigilancia de la entidad infractora, adelantará las medidas cautelares establecidas en el numeral lº del artículo 108 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero respecto de las entidades que adelanten actividad financiera sin haber recibido la autorización pertinente, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 3º del artículo 208 del mismo ordenamiento. COOPERATIVAS FINANCIERAS. Son cooperativas financieras los organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en adelantar actividad financiera, su naturaleza jurídica se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988 y se encuentran sometidas al 40 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes control, inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. Estas cooperativas son establecimientos de crédito. Para adelantar las operaciones propias de las cooperativas financieras, se requiere la autorización previa y expresa en tal sentido de la Superintendencia Bancaria, entidad que la impartirá únicamente previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: Demostrar ante la Superintendencia Bancaria experiencia no menor de tres (3) años en el ejercicio de la actividad financiera con asociados como cooperativa de ahorro y crédito o multiactiva o integral con sección de ahorro y crédito, en una forma ajustada a las disposiciones legales y estatutarias. Acreditar el monto de aportes sociales mínimos que se exija para este tipo de entidad. La Superintendencia Bancaria se cerciorará, por cualesquiera investigaciones que estime pertinentes de la solvencia patrimonial de la entidad, de su idoneidad y de la de sus administradores. La Superintendencia Bancaria podrá establecer planes de ajuste para la conversión en cooperativas financieras de las cooperativas que a la fecha de entrada en vigencia de la ley 454 de 1.998 se encuentren sometidas a su vigilancia. COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO. Son cooperativas de ahorro y crédito los organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en adelantar actividad financiera exclusivamente con sus asociados, su naturaleza jurídica se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988 y se encuentran sometidas al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Para adelantar las operaciones propias de las cooperativas de ahorro y crédito, se requiere la autorización previa y expresa en tal sentido de la Superintendencia de la Economía Solidaria, entidad que la impartirá únicamente cuando acrediten el monto de aportes sociales mínimos que se exija para este tipo de entidad. La Superintendencia de la Economía Solidaria se cerciorará, por cualesquiera investigaciones que estime pertinentes de la solvencia patrimonial de la entidad de su idoneidad y de la de sus administradores. El Gobierno Nacional podrá establecer la obligación para las cooperativas de ahorro y crédito de mantener un fondo de liquidez en entidades segundo grado de la economía solidaria que desarrollen actividad financiera, y determinar sus características, modalidades y sanciones. Las cooperativas que a la fecha de entrada en vigencia de la ley 454 de 1.998 se encuentren sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, podrán optar por la transformación en cooperativas de ahorro y crédito dentro del año siguiente a esa fecha. En consecuencia si es del caso, deberán dar aviso a la Superintendencia Bancaria para fijar un plan de ajuste que permita ajustarse a la relación establecidas en el artículo 43 de la ley 454 de 1.998. Este mecanismo también podrá ser ordenado por la Superintendencia Bancaria como medida de salvamento aplicable a cooperativas financieras. APORTES SOCIALES MÍNIMOS. Las cooperativas financieras deben acreditar y mantener un monto mínimo de aportes sociales pagados equivalente a una suma no inferior a mil quinientos 41 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes millones de pesos ($1.500.000.000). Las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas Multiactivas e integrales con secciones de ahorro y crédito, deberán acreditar y mantener un monto mínimo de aportes sociales pagados no inferior a quinientos millones de pesos ($500 millones). § El Gobierno Nacional podrá establecer montos mínimos inferiores a los señalados en este artículo, teniendo en cuenta el vínculo de asociación, y la insuficiencia de servicios financieros en el área geográfica de influencia. En todo caso, el ejercicio de esta facultad deberá responder a la fijación de criterios generales aplicados a las cooperativas que se ajusten a ellos. § En concordancia con lo dispuesto en la Ley 79 de 1988 deberá establecerse en los estatutos que los aportes sociales no podrán reducirse respecto de los valores previstos en el presente artículo. § Las cooperativas que adelanten actividad financiera en los términos de la ley 454 de 1.998, se abstendrán de devolver aportes cuando ellos sean necesarios para el cumplimiento de los límites previstos en el presente artículo así como de los establecidos en las normas sobre, margen de solvencia. § El monto mínimo de capital previsto por este artículo deberá ser cumplido de manera permanente por las entidades en funcionamiento. § Los valores absolutos indicados en este artículo se ajustarán anual y acumulativamente a partir de 1999, mediante la aplicación de la variación del índice de precios al consumidor, total ponderado, que calcula el DANE. CONVERSIÓN Las cooperativas de ahorro y crédito estarán obligadas a solicitar autorización para su conversión en cooperativas financieras, cuando durante dos (2) meses consecutivos la proporción del total de captaciones respecto a sus pasivos alcance o supere, el cincuenta y uno por ciento (51%). § En todo caso, las cooperativas que se encuentren en esta situación, deberán informar inmediatamente, del hecho a la Superintendencia de la Economía Solidaria, presentar dentro del mes siguiente el plan de ajuste, para el cumplimiento de los requisitos establecidos para la conversión en cooperativas financieras. El procedimiento a seguir será el establecido para la conversión de establecimientos de crédito. Si la entidad cuenta con un sistema de autocontrol, el organismo correspondiente deberá informar en el momento en que tenga conocimiento del hecho. § En caso de que la Superintendencia Bancaria no autorice la conversión, la cooperativa deberá ajustarse con la mayor brevedad posible la relación fijada en este artículo y, en todo caso, dentro del plazo que señale la Superintendencia de la Economía Solidaria. § Lo dispuesto en el presente artículo no se aplicará a las cooperativas intervenidas o que se encuentren en causal de disolución. § El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a sanciones y multas por parte del organismo de control. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma. 42 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes ESPECIALIZACIÓN. Las cooperativas Multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito deberán especializarse para el ejercicio de la actividad financiera cuando durante más de dos (2) meses consecutivos, el monto total del patrimonio de la cooperativa multiplicado por la proporción que represente el total de depósitos de asociados respecto al total de activos de la entidad, arroje un monto igual o superior al necesario para convertirse en cooperativa financiera en los términos previstos en el artículo 42 de la ley 454 de 1.998. § En todo caso, las cooperativas que se encuentren en esta situación, deberán informar inmediatamente del hecho a la Superintendencia de la Economía Solidaria y presentar dentro del mes siguiente el plan de ajuste para el cumplimiento de los requisitos necesarios para constituirse como cooperativas financiaras ante la Superintendencia Bancaria. Una vez autorizada la conversión o especialización en algunas de las alternativas que se señalan en el artículo siguiente, el plan de ajuste deberá cumplirse dentro del plazo que se acuerde con la Superintendencia Bancaria. El organismo de Autocontrol correspondiente y las entidades de integración que desarrollen programas de Autocontrol también deberán informar en el momento en que tengan conocimiento del hecho. § En caso de que la Superintendencia Bancaria no autorice la especialización, la cooperativa deberá ajustarse con la mayor brevedad posible al límite de captaciones fijado en este artículo y, en todo caso, dentro del plazo que señale la Superintendencia de la Economía Solidaria. § Lo dispuesto en el presente artículo no se aplicará a las cooperativas intervenidas o que se encuentren en causal de disolución. § El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a sanciones y multas por parte del organismo de control. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma. ALTERNATIVAS PARA LA ESPECIALIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS MULTIACTIVAS O INTEGRALES CON SECCIÓN DE AHORRO Y CRÉDITO. Las cooperativas Multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito podrán especializarse para el ejercicio de la actividad financiera mediante una de las siguientes modalidades: Escisión, preferentemente para conformar otra entidad de naturaleza solidaria, en la forma y condiciones previstas para las sociedades comerciales. Transferencia, mediante cesión, de la totalidad de activos y pasivos de la correspondiente sección de ahorro y crédito a una cooperativa de ahorro y crédito o a un establecimiento de crédito. Creación de una o varias instituciones auxiliares del cooperativismo, la(s) cual(es) tendrá(n) como objetivo la prestación de los servicios no financieros de la cooperativa multiactiva o integral, quedando ésta, en adelante, especializada en la actividad financiera. EXCEPCIONES A LA CONVERSIÓN Y ESPECIALIZACIÓN. No estarán obligadas a convertirse ni a especializarse las cooperativas de ahorro y crédito y las Multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito que estén integradas por asociados que se encuentren o hayan estado vinculados laboralmente a una misma entidad pública o privada. 43 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes OPERACIONES AUTORIZADAS A LAS COOPERATIVAS FINANCIERAS. Las cooperativas financieras están autorizadas para, adelantar únicamente las siguientes operaciones: Captar ahorro a través de depósitos a la vista o a término mediante expedición de Certificados de Depósito de Ahorro a Término (CDAT), y Certificados de Depósito a Término (CDT). Captar recursos a través de ahorro contractual. Negociar títulos emitidos por terceros distintos de sus gerentes, directores y empleados. Otorgar préstamos y, en general, celebrar operaciones activas de crédito. Celebrar contratos de apertura de crédito. Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidas por entidades de derecho público de cualquier orden. Otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio. Otorgar avales y garantías en términos que para el efecto autoricen la Junta Directiva del Banco de la República o el Gobierno Nacional, cada uno según sus facultades. Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring sobre toda clase de títulos. Abrir cartas de crédito sobre el interior en moneda legal. Intermediar recursos de redescuento. Realizar operaciones de compra y venta de divisas y demás operaciones de cambio, dentro, de las condiciones y regulaciones que al efecto expida la Junta Directiva del Banco de la República. Emitir bonos. Prestar servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que en desarrollo de las actividades previstas en los estatutos o por disposición de la ley cooperativa pueden desarrollar, directamente o mediante convenios con otras entidades. En todo caso, en la prestación de tales servicios las cooperativas no pueden utilizar recursos provenientes de los depósitos de ahorro y demás recursos captados en la actividad financiera. Celebrar convenios dentro de las disposiciones legales para la prestación de otros servicios, especialmente aquellos celebrados con los establecimientos bancarios para el uso de cuentas corrientes. Las que autorice el Gobierno Nacional. INVERSIONES AUTORIZADAS A LAS COOPERATIVAS FINANCIERAS. Las cooperativas financieras sólo podrán invertir en: Entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, por la Superintendencia Bancaria o por otros entes estatales, diferentes de cooperativas financieras. En el Fondo de Fomento de la Economía Solidaria, Fones. Entidades de servicios financieros o de servicios técnicos o administrativos, con sujeción a las reglas establecidas en el estatuto orgánico del sistema financiero. En sociedades diferentes a las entidades de naturaleza cooperativa, con la condición de que la asociación sea conveniente para el cumplimiento de su objeto social, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 79 de 1988 y hasta por el diez por ciento (10 %) de su capital y reservas patrimoniales. En bienes muebles e inmuebles con sujeción a lo establecido para los demás establecimientos de crédito. La totalidad de las inversiones de capital de las cooperativas financieras, no podrá superar el cien por cien (100%) de sus aportes sociales y reservas patrimoniales. En todo caso, con estas inversiones las cooperativas no deben desvirtuar su propósito de servicio ni el carácter no lucrativo de su actividad; si no existiere este propósito, la entidad deberá enajenar la respectiva inversión. Las cooperativas financieras no podrán realizar aportes de capital en sus entidades socias. OPERACIONES AUTORIZADAS A LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y A LAS SECCIONES DE AHORRO Y CRÉDITO DE LAS COOPERATIVAS 44 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes MULTIACTIVAS O INTEGRALES. Las cooperativas de ahorro y crédito y las secciones de ahorro y crédito de las cooperativas Multiactivas o integrales están autorizadas para adelantar únicamente las siguientes operaciones: Captar ahorro a través de depósitos a la vista, a término, mediante la expedición de CDAT o contractual. Otorgar créditos. Negociar títulos emitidos por terceros distintos a sus gerentes, directores y empleados. Celebrar contratos de apertura de crédito. Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidas por entidades de derecho público de cualquier orden. Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring sobre toda clase de títulos. Emitir bonos. Prestar servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que en desarrollo de las actividades previstas en los estatutos o por disposición de la ley cooperativa pueden desarrollar, directamente o mediante convenios con otras entidades. En todo caso, en la prestación de tales servicios las cooperativas no pueden utilizar recursos provenientes de los depósitos de ahorro y demás recursos captados en la actividad financiera. Celebrar convenios dentro de las disposiciones legales para la prestación de otros servicios, especialmente aquellos celebrados con los establecimientos bancarios para el uso de cuentas corrientes. Las que autorice el Gobierno Nacional. INVERSIONES AUTORIZADAS A LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y A LAS SECCIONES DE AHORRO Y CRÉDITO DE LAS COOPERATIVAS MULTIACTIVAS O INTEGRALES. Las cooperativas de ahorro y crédito y las secciones de ahorro y crédito de las Cooperativas Multiactivas o integrales sólo podrán invertir en: Entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, por la Superintendencia Bancaria o por otros entes estatales, diferentes de cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas Multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito. Entidades de servicios financieros o de servicios técnicos o administrativos, con sujeción a las reglas establecidas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. En sociedades, diferentes a entidades de naturaleza cooperativa, con la condición de que la asociación sea conveniente para el cumplimiento de su objeto social, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 79 de 1988 y hasta por el diez por ciento (10%) de su capital y reservas patrimoniales. En bienes muebles e inmuebles con sujeción a lo establecido para los establecimientos de crédito. La totalidad de las inversiones de capital de las cooperativas de ahorro y crédito y de las secciones de ahorro y crédito de las cooperativas Multiactivas o integrales, no podrán superar el cien por cien (100%) de sus aportes sociales y reservas patrimoniales. En todo caso, con estas inversiones las cooperativas no deben desvirtuar su propósito de servicio ni el carácter no lucrativo de su actividad, si no existiere este propósito, la entidad deberá enajenar la respectiva inversión. Las cooperativas de ahorro y crédito y las secciones de ahorro y crédito de las cooperativas Multiactivas o integrales no podrán realizar aportes de capital en sus entidades socias. 45 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 9. La piedra de hacer sopas en la comunidad Una mañana soleada, llegó a un pequeño pueblo que se encontraba cerca del bosque, una mujer anciana. Margarita, que así se llamaba la dulce viejita, aL recorrer el pueblo descubrió que todos sus habitantes eran tristes y siempre andaban apesadumbrados. ¿Qué les pasa a todos? –Preguntó la anciana a un hombre que paso por su ladoTodos parecen estar muy tristes. El hombre les contestó: -Lo que sucede es que en este pueblo todos somos pobres, no tenemos muchas veces con que comer y no hay nada que hacer, ese es nuestro destino y así lo aceptamos, todos en este pueblo saben que esa es la vida que nos tocó vivir. Margarita se entristeció mucho y siguió caminando sin poder sacar de su mente las palabras de aquel hombre, no creía posible que alguien fuera tan pesimista y se resignara a vivir en la pobreza, viviendo tan cerca de un bosque que les podría brindar muchos beneficios. Fue entonces cuando recordó que ella no siempre fue optimista, que durante mucho tiempo ella también vivió sin albergar ninguna esperanza, hasta que la vecina la invitó una tarde a disfrutar de una deliciosa sopa de piedra. De esta forma, Margarita, en sus recuerdos, encontró la forma de hacer que el pueblo al que acababa de llegar, se diera cuenta de que las cosas con trabajo, disciplina y solidaridad, sí pueden cambiar. La anciana entonces llamó a su vecina y le preguntó si quería ir a su casa y disfrutar de una deliciosa sopa, la cual prepararía con una piedra poderosa: la piedra de hacer sopas.- Tan pronto esté lista podrá venir a comer conmigo – dijo Margarita.-¿Una sopa hecha con una piedra? ¡Eso es imposible! –dijo la vecina. - Se equivoca – contestó la anciana- ya verá que se equivoca. A la media hora su vecina y otras mujeres del pueblo estuvieron en la casa de la anciana para saber si era cierto que existía una piedra con tales poderes. Margarita ya tenía todo listo, después de lavar muy bien una piedra que encontró en su jardín, la metió dentro de una olla con agua y la puso a calentar. La anciana probó la sopa delante de las mujeres y luego dijo: -Mmmh, está quedando deliciosa, pero creo que le falta algo. ¿Alguna de ustedes tienen sal en su casa? Una de las mujeres contestó afirmativamente y fue a su casa corriendo a traerla. Luego la anciana dijo: La sal ayudó y aunque está muy sabrosa, todavía le falta algo. ¿Alguna de ustedes tiene un pedazo de carne para qué la sopa quede aún mas rica? Otra vecina, respondió afirmativamente y fue a traerlo de inmediato. Así paso el tiempo y la anciana logró que sus vecinas se reunieran, ellas solas colocaron todos los ingredientes para hacer una deliciosa sopa. Cuando ésta estuvo lista, todas la disfrutaron. Fue entonces cuando Margarita contó la verdad, empezó diciendo que estaban disfrutando de la piedra de hacer sopas en COMUNIDAD, y que así como ellas habían podido reunir con esfuerzo sus ingredientes para hacer la sopa, podían trabajar unidas en otras causas y lograr lo que quisieran, que el destino no estaba escrito y que dependía de la actitud y de las acciones que se realizarán. 46 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 47 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 10. Mirad los gansos Mientras estudiaba uno de los últimos cursos de mi doctorado, un profesor nos leyó un inspirado ensayo de un autor desconocido. Este autor cambió por completo el espíritu de nuestro grupo. Pedí una copia y la traduje dice así: El próximo otoño cuando veas los gansos dirigiéndose hacia el sur para el invierno, fíjate que vuelan formando una “V”. Es bien interesante que sepas lo que la ciencia ha descubierto acerca de porqué algunas aves vuelan de esta forma se ha comprobado que cada pájaro bate sus alas produce movimiento en el aire que ayuda al pájaro que va detrás de él. Volando en “V” la bandada completa aumenta por lo menos en un 71% su poder, más allá de lo que lograría cada pájaro si volara solo. Esta demostrado que las personas que se unen y comparten una dirección común con sentido de comunidad, llegan más rápido y más fácil a donde desean porque se apoyan y se fortalecen mutuamente. Cada vez que un ganso se sale de su formación, siente inmediatamente la resistencia de la aire, se da cuenta de la dificultad de hacerlo solo y rápidamente regresa a la formación para beneficiarse del poder de los compañeros que van delante y ayudar a los que van detrás. Si nosotros actuáramos con la inteligencia de los gansos, haríamos todo lo posible de superar las diferencias, compartir una misma dirección y servir con lo mejor de nosotros mismos. Cuando el líder de los gansos se cansa, se pasa a uno de los puestos de atrás y otro ganso toma su lugar. Siempre obtenemos mejores resultados si tomamos turnos haciendo los trabajos más difíciles, en lugar de permitir que el peso lo lleven unos pocos o uno solo. Los biólogos han observado que los gansos van detrás producen un sonido propio de ellos para alentar a los que van adelante a mantener la velocidad. Una palabra de aliento produce grandes beneficios. El estimulo motiva y reconforta. Finalmente, cuando un ganso se enferma o cae herido por un disparo, otros dos gansos salen de su formación y lo siguen para ayudarlo y protegerlo. Se quedan acompañándolo hasta que esté nuevamente en condiciones de volar o hasta que muera y, solo entonces, los dos compañeros vuelven a su bandada o se unan a otro grupo. Si nosotros aprendemos de los gansos, somos solidarios con quien nos necesita y nos mantenemos uno al lado del otro acompañándonos y apoyándonos. 48 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 11. Para reflexionar en cuestión de carpintería CUESTIÓN DE CARPINTERÍA Cuentan que en una carpintería hubo alguna vez una extraña asamblea fue una reunión de herramientas para arreglar sus diferencias. El martillo ejerció la presidencia pero la asamblea le notifico que tenía que renunciar. ¿La causa? hacía demasiado ruido, y además, se pasaba el tiempo golpeando. El martillo aceptó la culpa, pero pidió que también fuera expulsado el tornillo; dijo que había que darle muchas vueltas para que sirviera de algo, ante el ataque, el tornillo aceptó igualmente, pero a su vez pidió la expulsión de la lija, hizo ver que era muy áspera en su trato y siempre tenía fricciones con el metro, que siempre se la pasaba midiendo a los demás, según su medida, como si fuera el único perfecto. En ese momento entró el carpintero, se puso el overol e inició su trabajo. Utilizó el martillo, la lija, el metro y el tornillo. Finalmente, la tosca madera inicial se convirtió en un mueble robusto y confortable. Cuando la carpintería quedó nuevamente sola, la asamblea reanudó la deliberación. Fue entonces cuando tomó la palabra el serrucho y dijo: “Señores ha quedado demostrado que todos tenemos defectos, pero el buen carpintero trabaja con nuestras cualidades, eso es lo que nos hace valiosos. Así que no pensemos ya en nuestros puntos malos y concentrémonos en la utilidad de nuestros puntos buenos” La asamblea encontró entonces que el martillo era tan fuerte, el tornillo unía y daba fuerza, la lija era especial para afinar y limar asperezas y observaron que el metro preciso y exacto. Se sintieron entonces un equipo capaz de producir muebles de calidad, y una gran alegría los embargó al darse cuenta de la suerte que tenían de poder trabajar juntos. Reconocieron sus debilidades, analizaron sus oportunidades, se sintieron orgullosos de sus fortalezas y se prepararon para las amenazas y se sintieron orgullosos de trabajar juntos. Lo mismo ocurre con los seres humanos. Cuando una persona busca defectos en otra, la situación se torna tensa y confusa. Al contrario, cuando se busca con sinceridad los puntos fuertes de otro, florecen las mejores conquistas humanas. Es fácil encontrar defectos... cualquiera puede hacerlo! ¿Pero encontrar cualidades? Esto es para sabios!!! Es hora de pienses en ti mismo y en lo que puedes aportar a los demás, aprovecha para reflexionar y dar un nuevo rumbo a tu vida: ¿Cuáles son los valores más importantes que poseo?, ¿Al servicio de quién los he puesto?, ¿Qué estoy aportando al bien de mi familia, de mi organización y de todos los que me rodean? A la memoria de mi tío José Hernán Espinosa Martinez (EBANISTA Y CARPINTERO) quien fue un padre para mí (mi mentor) y le debo lo que soy hoy día “que la luz de su alma nos siga guiando por el camino de la vida” . 49 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 50 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes 12. Manejo productivo de los conflictos en los equipos de trabajo A continuación, se presentan algunos factores que ayudan a la comprensión de una serie de comportamientos, que pueden estar interfiriendo en la efectividad de los equipos de trabajo. Así mismo, se mencionan algunas de sus principales causas y la manera como el líder debe tratar de solucionarlas. PROBLEMAS COMUNES EN UN EQUIPO PROBLEMA POSIBLES CAUSAS MANEJO DEL LÍDER Observar críticamente el funcionamiento del equipo. Falta claridad en la tarea. Falta de confianza Clarificar las metas. Analizar los obstáculos y temores. entre los miembros. Dudas sobre el paso a Revisar el Plan de Trabajo. seguir, temor a avanzar. Falta de consenso Temor a la crítica. Vacilaciones. Pedir cooperación a esta Participantes Presencia de “expertos” persona. Dar importancia a los despóticos. datos más que a la persona con temor a perder que opina. Enfatizar la autoridad. Miembros que desean igualdad e importancia de los Subvaloración de los ejercer de manera miembros. exagerada su influencia. demás o autosuficiencia. Participantes dominantes. Miembros que desean ser el centro de atención, inhiben el desarrollo del equipo y desaniman a los demás. Deseo de mostrar su importancia. Actitud competitiva. Falta de sentido de pertenencia. Falta de Personas que casi nunca interés por las metas de equipo. Demasiada hablan. introversión. Participantes reacios Aceptación de opiniones como hechos Tendencia a aceptar las Presencia de miembros muy seguros, con 51 Fomentar la participación equitativa en torno a los asuntos importantes. Poner límite a las discusiones e intervenciones. Estructura de la participación. Asignar tareas individuales. Pedir directamente la opinión. Pedir datos. Preguntar “¿cómo sabes mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes En el manejo productivo de los conflictos también es importante considerar otros factores tales como Las relaciones con las metas y necesidades individuales, El ser humano es cambiante e influenciado por su entorno; sus metas y necesidades pueden variar. PROBLEMA POSIBLES CAUSAS Opiniones, creencias y suposiciones como si fueran hechos. Ascendencia en el grupo. Decisiones apresuradas. Impaciencia por actuar que desanima los esfuerzos para analizar con cuidado el asunto. MANEJO DEL LÍDER que eso es verdad?” Temor a cuestionar Utilizar el método científico. Facilismo Prevalencia de decisiones individuales.Presiones basadas en intereses individualistas. Enfatizar la necesidad de utilizar el método científico Frenar las presiones. Atribuciones. Tendencia a atribuir motivos a la gente cuando no estamos de acuerdo o no entendemos su opinión o comportamiento. Dificultad para analizar, Preguntar: “¿Cómo sabemos buscar explicaciones reales. eso? ¿Podemos confirmarlo? Menosprecio. Restar importancia o Dificultad para entender al ridiculizar los valores o otro. Subvalorar a los creencias de los demás demás. lo cual causa hostilidad. Desviaciones. Abordar asuntos sin importancia. Falta de concentración, disciplina. Falta control Usar agenda escrita con tiempo para cada asunto. Escribir los asuntos en el papelógrafo. Dirigir la discusión. Intereses en conflicto Actitud competitiva. Seleccionar bien a los miembros. Hacer que los adversarios discutan los asuntos fuera del grupo. Obligarlos a un acuerdo sobre su comportamiento en el grupo. Salirse de tema.. Rivalidades. Desacuerdo entre los miembros que generan conflicto, Utilizar la técnica de escuchar activamente. Apoyar a la persona menospreciada. Hablar fuera del grupo con quien siempre menosprecia o ignora las opiniones de los demás. 52 mailxmail - Cursos para compartir lo que sabes Economía solidaria. Bibliografía · LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS EN COLOMBIA UNA EXPERIENCIA ALTERNATIVA EN LA MODERNIZACION DEL ESTADO, Revista Observatorio de la Economía y la Sociedad Latinoamericana, Edición Número 130 de Abril 2010, ISSN: 1696-8352, EUMED, Universidad de Málaga. http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/co/10/rdce.htm · Direccionamiento institucional fondo de empleados de la Universidad Autónoma de Manizales y FUNDECA – FEDAF. Tesis Esp. Gerencia en Finanzas. http://www.monografias.com/trabajos38/fondo-empleados/fondo-empleados.shtml · Artículos en el Periódico Autonomía de la UAM: o Empresas de Base Tecnológica, Reflexiones sobre Planeación Estratégica. o ¿Cómo Piensa el Ser Humano?. o Balance Social en las Organizaciones Solidarias 53