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Comentarios de la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico1 sobre la transformación contributiva propuesta para Puerto Rico Resumen Puerto Rico está en un punto de inflexión crítico de su historia económica. El resultado del debate legislativo sobre los cambios de política tributaria propuestos será fundamental para el futuro bienestar económico de Puerto Rico. Sensibles a la precaria situación que afecta a Puerto Rico, recomendamos al Gobierno que invierta tiempo y recursos en proponer el nuevo Código de Rentas Internas de 2015 para Puerto Rico en el Proyecto de la Cámara de Representantes 2329 ("HB 2329"). Esa tarea es abrumadora y supone importantes desafíos y compensaciones. Apoyamos el concepto global de la transformación contributiva, pero creemos que hay deficiencias importantes en la legislación tal como se la propone y ofrecemos algunas sugerencias específicas de mejora que creemos ayudarían a mejorar considerablemente la legislación y, lo que es más importante, promoverían el resultado deseado de un mayor crecimiento económico, creación de empleo, aumento de la productividad y de los ingresos. Puerto Rico ha experimentado poco progreso económico en los últimos siete años aproximadamente, y el Estado Libre Asociado se ha visto bajo una creciente presión para adoptar modificaciones de la política tributaria basadas en los ingresos. Lamentablemente, estas modificaciones al régimen tributario no han fomentado un clima atractivo para las inversiones que se necesitan para impulsar el crecimiento económico. En cambio, hubo un aumento significativo de las contribuciones, disposiciones fiscales punitivas (como la devastadora "Patente Nacional") incompatibles con la práctica fiscal de otras economías, y cambios frecuentes y drásticos en las leyes contributivas para inversiones en Puerto Rico. La industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico está muy preocupada de que esta falta de estabilidad, previsibilidad y equidad inhiba la base del crecimiento de empleo que aumentaría los ingresos fiscales. Ciertas disposiciones del actual HB 2329, así como el anterior impuesto especial "Patente Nacional" reducen considerablemente el rendimiento de la inversión obligando a las empresas del servicio de telecomunicaciones inalámbrico a considerar la reducción de la inversión en Puerto Rico y su reasignación en otros países o mercados de los Estados Unidos. Un régimen tributario estable y predecible es de vital importancia para la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico de alta tecnología debido al extenso tiempo de preparación que se necesita para planificar el despliegue de activos fijos de alto costo. En la economía de alta tecnología del siglo XXI, la inversión en redes de banda ancha de alta velocidad crea una infraestructura económica que es tan importante como lo fue en el pasado la inversión en los ferrocarriles y el sistema de autopistas interestatales. La industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico Las empresas de la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico que apoyan este documento incluyen a AT&T, Sprint, and T-Mobile. 1 1400 16th Street, NW Suite 600 Washington, DC 20036 Main 202.785.0081 Fax 202.785.0721 www.ctia.org está compitiendo actualmente por desplegar redes inalámbricas de cuarta generación (conocidas como "4G" o LTE) en la parte continental de los Estados Unidos y en Puerto Rico. De hecho, la red de banda ancha de alta velocidad se puede describir mejor por analogía con el sistema circulatorio de la economía, con la capacidad de desempeño de la economía sujeta a la amplitud y solidez de la red de telecomunicaciones de banda ancha. Estas redes de telecomunicaciones de alta velocidad son claves para impulsar el desarrollo económico dado que crean nuevos puestos de trabajo, proporcionan un aumento de la productividad para muchos sectores, en particular las pequeñas empresas y aceleran la productividad que ampliará las oportunidades educativas y económicas para todos los segmentos de la población. Por no hablar de la inversión en el despliegue de estas redes que emplea a numerosas pequeñas empresas locales, como ingenieros, contratistas de la construcción, electricistas, especialistas en generadores de energía, corredores de bienes raíces, entre muchas otras. Sin embargo, el crecimiento económico se verá dificultado en toda una jurisdicción, como Puerto Rico, si las políticas contributivas y regulatorias no crean un clima favorable para la inversión. Por el contrario, las políticas que incentiven las inversiones en telecomunicaciones limitando las contribuciones sobre inversiones en nuevas redes van a acelerar el crecimiento económico y la creación de empleo. Por lo tanto, la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico está muy interesada en la adopción de un paquete de transformación contributiva que sea justo, equitativo y solidario con la inversión empresarial y el crecimiento. (Ver Anexo 1, que pone de relieve la importancia de la inversión en la banda ancha en Puerto Rico). Comentario sobre la transformación contributiva propuesta La industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico apoya la reducción de la tasa general de contribución sobre ingresos a corporaciones al 30% y la tasa de la contribución alternativa mínima al 25%, así como la reducción de las tasas de contribución sobre ingresos a individuos para muchas personas de Puerto Rico. Esta propuesta presenta un camino inexplorado para una economía atada a la de los Estados Unidos, ya que propone adoptar un Impuesto al Valor Añadido ("IVA") como medio para mejorar el cumplimiento fiscal y financiar los diversos aspectos de la transformación contributiva corporativa y personal. Aunque el IVA propuesto tiene pros y contras en términos de aplicación y alcance, la magnitud sin precedentes del aumento y el método de aplicación propuesto amenazan con retrasar el crecimiento económico en el mejor de los casos o tal vez llevar a la economía de Puerto Rico a una recesión en el peor de los casos. Con riesgos de esta magnitud, creemos que el Gobierno de Puerto Rico debería reconsiderar y modificar algunas de las disposiciones clave de la legislación. A la luz de las cuestiones de desarrollo económico señaladas anteriormente, ofrecemos las siguientes sugerencias como formas de mejorar la legislación para que sea un vehículo para fomentar la inversión y el crecimiento económico, aumentando al mismo tiempo los ingresos fiscales necesarios para el Estado Libre Asociado. I. Impuesto al Valor Añadido 1. La tasa del IVA del 16% debe reducirse y debe haber un período introductorio de varios años. La adopción de una tasa del 16% con su amplia aplicación amenaza inmediatamente con paralizar materialmente el crecimiento económico de Puerto Rico. Además, puede incentivar a algunos contribuyentes a contratar servicios fuera del país para evitar la aplicación del IVA, lo que afectaría potencialmente el empleo y los ingresos de Puerto Rico. El tamaño y el alcance del aumento son tan masivos que el Gobierno debe adoptar una estrategia escalonada para cualquiera que sea la tasa elegida. Los contribuyentes necesitan un período de tiempo para adaptarse a los cambios. 2. Eliminar el texto que prohíbe informar el IVA como un cargo separado del servicio o la propiedad que se compra. Las disposiciones actuales de la legislación prohíben que los contribuyentes informen por separado el IVA del precio de los bienes o servicios que se venden sujetos al IVA. Esta disposición no debe ser adoptada por varias razones. Como una cuestión de buena política tributaria y transparencia, es importante que los contribuyentes sean conscientes del impuesto sobre las transacciones aplicable a su compra. Adicionalmente, en lo que respecta a las empresas del servicio de telecomunicaciones inalámbrico, tal prohibición puede ir en contra de los derechos de libertad de expresión de las empresas en virtud de la Primera Enmienda. Además, si Puerto Rico requiere que los operadores incluyan este impuesto en las tarifas de los operadores del servicio de telecomunicaciones inalámbrico, esto también podría ser prohibido por la Ley de Telecomunicaciones de 1996, que se opone a la regulación estatal de las tarifas del servicio de telecomunicaciones inalámbrico. Por último, en un nivel muy práctico, eliminar la presentación de contribuciones de las facturas de los clientes y las etiquetas y los documentos de las tiendas es una tarea enorme que ni T-Mobile, ni probablemente ningún operador podrá hacer de forma rápida y sin costo sustancial; un costo que no es beneficioso ni para los clientes ni para las empresas. 3. Recuperación completa del IVA por las empresas. Una piedra angular de un IVA aplicado adecuadamente es proporcionar la recuperación plena del IVA por parte del consumidor final. Las empresas no deben ser obligadas a asumir el costo del IVA según quién sea el consumidor. De hecho, al exigir a las empresas que se hagan cargo del IVA en este caso, esto actuará para desalentar a las empresas de ofrecer servicios a estos consumidores. Más bien, la legislación debe ser modificada para establecer que las ventas con IVA a consumidores exentos no deben ser gravadas con el fin de permitir la recuperación total del IVA sin perjuicio del consumidor final. De esta manera, para los clientes que no estén sujetos al IVA, el costo de la exención correrá a cargo de la base imponible general del IVA. II. Disposiciones del impuesto sobre la renta 1. Eliminar la disposición que establece la denegación del 51% de deducciones para los montos pagados a una persona relacionada por gastos no sujetos a ingresos o retenciones y reemplazarla por el régimen formal de precios de transferencia de acuerdo con el principio de "plena competencia". El Proyecto de la Cámara de Representantes 2329 mantiene la disposición actual del código que no permite la deducción del 51% de los montos pagados a una persona relacionada por gastos no sujetos a ingreso o retención. Según la redacción actual, esta disposición es una medida arbitraria que no toma en cuenta la realidad económica de las transacciones de servicios entre compañías y puede provocar que un contribuyente incurra en una tasa efectiva de contribución sobre ingresos superior al 100%; un resultado que es absolutamente indeseable tanto para los contribuyentes como para el Estado Libre Asociado. Las autoridades fiscales de todo el mundo reconocen que la contratación de servicios entre empresas es inevitable y, como tal, han adoptado normas y reglamentos que aceptan transacciones de servicios entre empresas comercialmente razonables, pero atienden y prohíben al mismo tiempo las operaciones abusivas en este tipo de transacciones entre las partes relacionadas. En lugar de esta disposición arbitraria de denegación, Puerto Rico debería adoptar una política de precios de transferencia y establecer reglas consistentes con los principios adoptados en todo el mundo. Dada la relación especial entre Puerto Rico y los Estados Unidos y el hecho de que más del 80% de la inversión extranjera en Puerto Rico proviene de los Estados Unidos, las normas de precios de transferencia de los Estados Unidos podrían servir de base para el establecimiento de las reglas de Puerto Rico. Esto permitiría, como mínimo, un tratamiento coherente de las transacciones entre empresas, pero también apoyaría el establecimiento de una metodología razonable que debería dar lugar a resultados económicamente sólidos. a. Eliminar las disposiciones de la legislación que anulan los acuerdos de conciliación alcanzados con el Tesoro sobre modificación de las disposiciones de denegación para efectos de la contribución alternativa mínima. Un acuerdo de cierre es un acuerdo final entre el Secretario y el contribuyente sobre una cuestión o responsabilidad técnica específica. Una vez que el Secretario aprueba un acuerdo, este será definitivo y concluyente a menos que hubiere una demostración de fraude, malversación, o distorsión de los hechos materiales. No podrá ser reabierto en cuanto a los asuntos acordados o modificados por el Secretario, ni podrá (para cualquier acción legal de acuerdo con el mismo) ser anulado, modificado, dejado de lado, o no tenido en cuenta en cualquier demanda, acción o procedimiento. Es en todo sentido y forma un contrato entre los contribuyentes y el Tesoro. Tanto los contribuyentes como el Tesoro se benefician de un acuerdo de cierre correctamente formalizado. El contribuyente obtiene certeza de que los temas se concluyeron finalmente y de forma permanente y se proporciona orientación sobre cómo proceder con respecto a los temas tratados en el acuerdo. Por su parte, el Tesoro resuelve un problema de cumplimiento contributivo que podría haber demandado una cantidad significativa de tiempo y recursos antes de llegar a una conclusión. Ha sido una práctica común en Puerto Rico celebrar acuerdos con el Tesoro. La expectativa de los contribuyentes es que una vez que se formaliza el acuerdo, este será respetado y aplicado de manera regular durante el período cubierto por el mismo. Esta previsibilidad es de suma importancia, sobre todo porque como parte de la consideración de un acuerdo, por lo general se ha pedido a los contribuyentes que realicen un pago al formalizarlo. Teniendo en cuenta que el elemento más importante de un acuerdo de cierre es que proporcione certeza sobre el tratamiento de un tema, se frustraría su esencia y finalidad si los contribuyentes corrieran el riesgo de que las cuestiones cubiertas por el acuerdo fueran reinterpretadas por el Tesoro en los próximos años. Como tal, la aprobación de una disposición que socave los acuerdos de cierre existentes dañará el entorno empresarial ya difícil de Puerto Rico y no ayudará a conseguir que las empresas se radiquen o inviertan en Puerto Rico. b. Restablecer la disposición que permite al Secretario formalizar acuerdos que modifiquen la denegación de deducciones. En la medida en que se mantenga la disposición de denegación del 51%, deberá mantenerse la disposición del Código de 2011, que permite que los contribuyentes soliciten al Tesoro la modificación de la denegación en base a una información completa y justificación de los hechos y circunstancias que apoyan una modificación de la denegación en todo o en parte. Este era un aspecto crítico para evitar la aplicación arbitraria e injusta de la regla de denegación del 51%. Esta modificación debe ser reinstalada porque de otra manera la disposición de denegación del 51% reduce drásticamente el beneficio de la reducción de la tasa de contribución corporativa y aumenta el costo de hacer negocios en Puerto Rico. 2. Eliminar la sección que dispone la denegación como una deducción de los gastos de la contribución alternativa mínima sobre el ingreso por servicios o costos de afiliados o una oficina domiciliaria no sujeta al impuesto sobre la renta en Puerto Rico. El HB 2329 propone restablecer un ajuste de la contribución alternativa mínima que deniegue efectivamente los gastos al calcular la contribución alternativa mínima sobre el ingreso en los casos en que se acumularon o pagaron tales gastos a una persona relacionada en la medida en que puedan atribuirse a industrias y comercios establecidos en Puerto Rico y que no estén sujetos a contribuciones sobre ingresos o retenciones. Esta disposición es mala política contributiva y no se justifica económicamente. Esta disposición puede tener el efecto de colocar a los contribuyentes en una contribución alternativa mínima permanente. Aumenta el costo de hacer negocios en Puerto Rico y socava la reducción gubernamental de la tasa contributiva para estimular el crecimiento económico de Puerto Rico. Cualquier limitación de las deducciones por contribución alternativa mínima debe abordarse a través de la adopción de la norma de plena competencia para la fijación de precios de transferencia, que puede garantizar que los gastos en Puerto Rico están en consonancia con la práctica de terceros y económicamente justificados. 3. Adoptar la depreciación acelerada de activos fijos puestos en servicio. El Código de 2011 permite actualmente a los contribuyentes la opción de amortizar activos de una manera acelerada. El proyecto de ley propone eliminar el método de depreciación acelerada. Esta disposición es inherentemente injusta para las empresas de capital intensivo, como la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico. La experiencia de las empresas de la parte continental de los Estados Unidos es particularmente instructiva a este respecto en Puerto Rico. El grupo Tax Foundation dio a conocer recientemente una declaración sobre el impacto que la depreciación acelerada ha tenido en los EE.UU.: "Un nuevo estudio ... encuentra que la depreciación de la prima ha proporcionado un gran impulso a la inversión, es decir, sin ella la economía estadounidense habría estado en un estado mucho peor. Los autores son Eric Zwick, de la Universidad de Chicago, y James Mahon, de Harvard, y concluyen que "la depreciación de la prima aumentó las inversiones elegibles en un 17.3% en promedio entre 2001 y 2004 y un 29.5% entre 2008 y 2010. Se trata de un análisis muy completo que proporciona pruebas convincentes de que la depreciación de la prima funciona. Confirma que la depreciación acelerada y el asentar como gastos tienen poderosos efectos sobre las inversiones". Por lo tanto, se vuelve muy importante permitir la recuperación rápida de las inversiones de capital para que estos fondos puedan ser reinvertidos en el negocio generando más empleo y crecimiento económico. a. Si se mantiene la amortización lineal en la legislación, solo deberá aplicarse a los activos adquiridos de forma prospectiva. En la medida en que se adopte la depreciación lineal, solo deberá aplicarse a nuevos activos adquiridos después de la adopción de la nueva legislación. Resulta caro para muchos contribuyentes tener que reajustar el método de depreciación de los activos preexistentes y no parece justificarse para el impacto de ingresos propuesto. Para ello será necesario gastar en un asunto administrativo el dinero que se podría utilizar en la compra de activos de la empresa o la creación de puestos de trabajo. Conclusiones: Como parte fundamental de la infraestructura económica de Puerto Rico y también como una importante fuente de empleo, la industria del servicio de telecomunicaciones inalámbrico se compromete a trabajar en colaboración con el Gobierno para encontrar una solución a la actual crisis económica. Apoyamos algunos aspectos de la transformación contributiva presentada en HB 2329, pero nos preocupan seriamente aspectos específicos del proyecto y creemos que se deben hacer cambios en determinadas disposiciones relativas al IVA, así como en la contribución sobre ingresos de las corporaciones antes de promulgar la ley. Apreciamos mucho el tiempo que dedique a la revisión de nuestras recomendaciones y esperamos con interés colaborar con usted durante el proceso legislativo de este asunto. Anexo 1 La importancia de fomentar las inversiones en la banda ancha en Puerto Rico se puede demostrar haciendo referencia estadísticas recientes de la Comisión Federal de Comunicaciones sobre el acceso a la banda ancha de alta velocidad en Puerto Rico. (Vea la página siguiente). Tabla 18 Porcentaje de conexiones por velocidad de descarga por Estado al 31 de diciembre de 2013 (Conexiones de más de 200 kbps en al menos una dirección) Más de 200 kbps de subida y Estado % más de 200 kbps de descarga % al menos 768 kbps de descarga % al menos 3 Mbps de descarga % al menos 6 Mbps de descarga % al menos 10 Mbps de descarga Alabama 97.5 85.5 77.0 48.6 39.4 Alaska 88.0 86.2 35.9 28.0 18.6 * * * * * 97.8 84.7 72.4 56.9 47.3 Samoa Americana Arizona Arkansas 97.8 88.8 78.0 31.1 24.9 California 97.8 89.8 76.6 49.1 38.3 Colorado 98.0 87.2 74.9 55.1 45.3 Connecticut 98.3 87.2 79.9 73.8 44.1 Delaware 97.7 85.9 79.5 58.2 50.9 Distrito de Columbia 96.8 81.8 72.3 54.9 36.4 Florida 98.4 93.0 83.0 58.0 44.3 41.2 Georgia 97.6 86.9 78.4 71.3 Guam 100.0 100.0 63.7 45.5 41.7 Hawái 98.9 91.2 81.8 50.1 37.3 Idaho 96.0 81.1 69.5 49.8 40.5 Illinois 98.1 89.8 78.8 50.9 39.1 Indiana 97.7 87.5 78.1 47.5 39.1 Iowa 97.8 85.5 67.2 46.8 39.0 Kansas 96.4 87.0 57.9 48.9 37.7 Kentucky 97.5 90.5 48.0 37.2 28.8 Luisiana 97.4 91.1 80.8 37.1 27.8 Maine 97.3 87.7 62.8 47.5 42.4 Maryland 97.7 86.9 77.4 55.8 48.2 Massachusetts 98.1 85.8 79.1 74.0 50.9 Michigan 97.7 87.7 76.6 56.7 45.3 Minnesota 97.8 87.1 77.0 56.5 45.3 Misisipi 98.2 74.4 61.6 27.6 20.7 Misuri 98.0 92.8 79.9 43.8 31.0 Montana 94.4 76.1 56.0 50.8 47.0 Nebraska 96.9 80.0 68.6 53.9 44.2 Tabla 18 - Continuación Porcentaje de conexiones por velocidad de descarga por Estado al de 31 de diciembre de 2013 (Conexiones de más de 200 kbps en al menos una dirección) Más de 200 kbps de subida y Estado % más de 200 kbps de descarga % al menos 768 kbps de descarga % al menos 3 Mbps de descarga % al menos 6 Mbps de descarga % al menos 10 Mbps de descarga Nevada 98.6 91.7 79.3 49.7 38.1 Nuevo Hampshire 97.0 81.5 75.2 59.0 54.2 Nueva Jersey 97.7 85.3 78.8 58.3 52.1 Nuevo México 97.3 83.2 56.8 51.7 42.5 Nueva York 98.0 87.2 79.8 60.5 51.5 Carolina del Norte 97.7 84.4 73.7 55.2 46.2 Dakota del Norte 97.5 82.1 61.3 54.8 50.9 Islas Marianas del Norte * * * * * Ohio 97.2 84.0 74.3 54.8 45.4 Oklahoma 98.5 95.2 82.7 32.9 23.8 Oregón 98.1 88.5 77.9 52.4 44.2 Pensilvania 97.5 86.6 78.3 52.3 44.9 Puerto Rico 99.6 94.2 56.7 22.5 13.6 Rhode Island 98.1 87.3 79.1 73.0 51.5 Carolina del Sur 97.5 83.2 73.7 56.3 48.6 Dakota del Sur 97.2 81.6 58.0 53.2 47.9 Tennessee 97.2 83.3 73.2 66.4 41.7 Texas 98.5 93.3 81.8 47.5 33.1 Utah 98.3 88.3 77.4 55.4 43.7 Vermont 96.8 85.4 55.1 45.6 38.8 Islas Vírgenes 99.2 94.5 19.4 9.1 0.2 Virginia 97.6 85.6 74.2 52.8 46.1 Washington 98.0 89.0 80.5 54.4 46.1 Virginia occidental 97.6 93.1 49.8 32.3 27.4 Wisconsin 98.0 90.3 76.4 48.9 39.7 Wyoming 96.8 79.4 57.7 53.3 49.2 Total 97.8 88.2 76.5 53.1 41.5 * = Datos retenido para mantener la confidencialidad. Fuente: FCC Formulario 477, Parte I. Lo que el informe demuestra en términos contundentes es que en términos de acceso a velocidades de descarga de 6 Mbps y 10 Mbps, Puerto Rico se ubica en el penúltimo lugar entre los 50 estados, DC, Islas Vírgenes y Puerto Rico, y es el séptimo de la parte inferior en velocidades de descarga de 3 Mbps. En la medida en que el Gobierno adopte disposiciones que limiten aún más el atractivo de mayores inversiones en Puerto Rico, esta brecha solo aumentará y obstaculizará aún más los esfuerzos por hacer crecer la economía en Puerto Rico.