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CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS LEGISLACION Y REGULACION SOBRE MEDICAMENTOS La futura disponibilidad de nuevos fármacos para tratar las diversas enfermedades y molestias que afectan a los seres humanos depende de muchos factores. El presente capitulo trata de algunas de las circunstancias que condicionan el descubrimiento de nuevos medicamentos y de las bases del desarrollo clínico de los productos farmacéuticos. (1) Hipócrates cambio el concepto de enfermedad y enfatizo la simplicidad del tratamiento y su independencia de lo irracional y lo sobrenatural. METODO PARA EL DESARROLLO DE MEDICAMENTOS NUEVOS 1- Purificación de medicamentos a partir de fuentes naturales (2) Al comienzo los productos naturales fueron la única fuente de medicamentos. Los antibióticos son particularmente ilustrativos de la importancia de las fuentes naturales. El primer paso en la identificación y desarrollo de un nuevo antibiótico implica el empleo de un sistema de muestreo a gran escala en los que prácticamente decenas de millares de muestras de suelos se investigan sistemáticamente en busca de microorganismos con actividad antimicrobiana o antimicótica. Algunas veces el descubrimiento de la actividad de un medicamento proviene no de un programa sistemático sino de la observación con un gran componente de azar. (Fleming y la actividad antibacteriana de penicillium notatum). En realidad Fleming lo descubrió pero Florey fue el que efectuó el desarrollo clínico. En la actualidad la purificación de los medios de cultivo y métodos modernos de la química de productos naturales se aplica para aislar, cristalizar y caracterizar químicamente los ingredientes activos a partir de cultivos fungales crudos (estreptomicina, cloranfenicol, neomicina, eritromicina) 2- Modificación de la estructura química (2) La manipulación molecular se usa ampliamente para obtener medicamentos nuevos. Con frecuencia esto se hace para producir un producto que se pueda patentar y que compita con otro producto existente en el mercado. Pueden sin embargo existir razones más importantes como… a- Modificaciones con el objeto de mejorar la acción deseable. b- Modificaciones para alterar la absorción distribución o eliminación. c- Modificaciones con el objeto de mejorar la selectividad de la acción. 3- Sustitución con el objeto de reducir los costos (2) Por ejemplo el dietilestilbestrol, sustituto económico no esteroideo para los estrógenos naturales; la metadona como sustituto económico de la morfina. Ramipril con vida media mas prolongada que permite su administración una vez al día. 4- Creación “de novo” de medicamentos nuevos Como consecuencia de los avances del conocimiento científico, la industria farmacéutica fue encaminada para alterar los métodos adoptados para llegar a nuevos fármacos: de una selección al azar se orientó más y más para esquemas más racionales de trabajo, particularmente cuando fue posible llegar a ideas consistentes sobre el funcionamiento especifico de determinadas proteínas corporales (enzimas) y la sensibilidad de las mismas cuando se ponían en contacto con entidades químicas para las que ellas eran receptivas (neurotransmisores y el conocimiento de los agonistas y antagonistas). www.cfe-fcm.unc.edu.ar 1 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS La nueva estrategia metodológica adoptada en la caza de nuevos agentes terapéuticos (a partir del cual, surgieron fármacos como los antagonistas H2 histamina, cimetidina, ranitidina) y los bloqueadores - adrenérgicos (propanolol) se basa en las etapas enumeradas a continuación: • Inventarios de los componentes y mecanismos celulares sobre los que se pretende actuar. • Síntesis química de compuestos concebidos con vistas a provocar los efectos específicos deseados. Constatación de la actividad del nuevo principio activo, lo que incluye la posibilidad de efectuar previsiones en cuanto a la actividad terapéutica. 5- Explotación de los efectos colaterales de los medicamentos existentes (2) Efecto colateral: Tipo de efecto indeseado que es consecuencia directa de la acción farmacológica. El aprovechamiento astuto de los efectos colaterales de las sulfamidas condujo al desarrollo de agentes que no son antibacterianos sino diuréticos, inhibidores de la anhidrasa carbónica, y antidiabéticos, sulfonilureas. La industria no es especialmente innovadora. Por mucho que cueste creerlo en los últimos años solo se han comercializado un puñado de medicamentos nuevos de verdadera importancia terapéutica, y la mayoría se basaron en investigación financiada con impuestos realizada en instituciones académicas, en pequeñas compañías de biotecnología, o en los Institutos Nacionales de la Salud (NIH). La gran mayoría de medicamentos “nuevos” no son realmente medicamentos nuevos sino variaciones de otros medicamentos que ya están comercializados, y que se conocen como medicamentos “me too.” La idea es acaparar una parte de un mercado establecido, que es lucrativo, produciendo algo parecido al medicamento que tiene las mayores ventas. Por ejemplo, ahora tenemos en el mercado seis estatinas para disminuir los niveles de colesterol, todas son variaciones de la primera. Marcia Angell LA VERDAD SOBRE LAS COMPAÑÍAS FARMACÉUTICAS (Departamento de Medicina Social, Facultad de Medicina, Harvard University) Traducido por Núria Homedes de: The truth about the drug companies de The New York Review of Books, 15 de Julio, 2004:52-57 www.cfe-fcm.unc.edu.ar 2 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS LEGISLACION Y REGULACION SOBRE MEDICAMENTOS (2) La primera farmacopea propiamente dicha, titulada “Dispensatorium” fue publicada en Alemania en 1545. La primera norma oficial para todo un país se publico en Inglaterra en 1618. Las leyes que afectan la producción y el uso de medicamentos varían de un país a otro. Son varios los factores que influyen en el tipo de legislación, relativa al registro de medicamentos, que se encuentra en los diferentes países. En general, los siguientes grupos desempeñan un papel importante: las compañías farmacéuticas, multinacionales, compañías productoras de medicamentos genéricos, los gobiernos federales y el público consumidor. (2) Los tres componentes principales que debe contener un marco legal sobre medicamentos son; registro de productos (evaluación y autorización de medicamentos y seguimiento de su efectividad y seguridad) regulación de su manufactura, importación y distribución y regulación de la promoción e información La producción de medicamentos esta principalmente dominada por compañías multinacionales que son responsables de gran parte del volumen de ventas a nivel mundial. (2) Mientras que en los países que concentran la mayor parte del mercado como Estados Unidos, Canadá, Francia, Alemania, Italia, España, Reino Unido y Japón, se llevan a cabo las actividades de investigación y desarrollo de nuevos fármacos, en los países subdesarrollados, las actividades más importantes están representadas por la manufactura de productos terminados tales como tabletas, cápsulas, grageas, líquidos, ungüentos, polvos e inyectables. La síntesis de productos nuevos y la investigación y desarrollo de estos productos se efectúan de manera muy limitada. Algunos consideran que la legislación excesiva puede impedir la innovación farmacéutica y producir un freno en el estímulo para la investigación farmacológica y en consecuencia la disponibilidad de los medicamentos nuevos. Si bien estos conceptos hacen parecer que el tiempo que requiere la investigación y desarrollo de un medicamento y los pasos que debe requerir para su aprobación y comercialización (e idealmente beneficios demostrados sobre un determinado problema de salud en la población) son muy extensos, existe actualmente una situación a nivel mundial que demuestra que existen intereses con mayor beneficio en la economía de la industria que en la Salud de la población mundial. De acuerdo a un informe de la IMS Health (NYSE: RX)(3), el principal proveedor mundial de inteligencia de mercado para las industrias farmacéutica y de la salud, anunció que las ventas mundiales totales de productos farmacéuticos en 2005 crecieron siete por ciento a 602.000 millones de dólares, a tipos de cambio constantes. En los 10 mercados principales, el crecimiento auditado fue de 5,7 por ciento en 2005, en comparación con 7,2 por ciento el año anterior. Este grupo representa 81 por ciento del mercado farmacéutico mundial, pero mercados emergentes como China, Corea del Sur, México, Rusia y Turquía, todos con un crecimiento de dos dígitos, superaron el ritmo mundial de crecimiento y experimentaron importantes cambios en el mercado. www.cfe-fcm.unc.edu.ar 3 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS En 2005, el crecimiento mundial de la industria farmacéutica fue impulsado por el aumento de la longevidad de la población, el crecimiento de la riqueza, el desarrollo de nuevos productos innovadores y nuevas aplicaciones para productos ya existentes. Rendimiento regional: En 2005, América del Norte, que representa 47 por ciento de las ventas farmacéuticas mundiales, creció 5,2 por ciento a 265.700 millones de dólares, mientras que Europa experimento un crecimiento algo mayor de 7,1 por ciento, al pasar a 169.500 millones. Las ventas en América Latina tuvieron un crecimiento excepcional de 18,5 por ciento a 24.000 millones de dólares, mientras que Asia-Pacifico (excepto Japón) y África crecieron 11 por ciento a 46.400 millones. Japón, el segundo mercado del mundo, que históricamente mostró un crecimiento más lento, tuvo un fuerte desempeño en 2005, creciendo 6,8 por ciento a 60.300 millones, su más alto crecimiento de un año a otro desde 1991. Ese desempeño fue alentado por el aumento de las terapias con angiotensina II, antihistamínicos y drogas oncológicas, así como un significativo incremento de las terapias de uso geriátrico como Aricept® (donezepilo), para el tratamiento del mal de Alzheimer, y Cabaser® (carbegolina) y Permax® (pergolida), para el tratamiento del mal de Parkinson. Las ventas farmacéuticas en China crecieron 20,4 por ciento a 11.700 millones de dólares en 2005. Fue el tercer año consecutivo en que ese mercado alcanzo un crecimiento superior a 20 por ciento. IMS estima que China se convertirá en el séptimo mercado farmacéutico mundial en 2009. Sería por demás interesante saber si en éstos países el crecimiento de la venta y consumo de medicamentos se correlaciona con datos de efectividad y eficiencia para las patologías que fueron aprobados. En algunos países como Estados Unidos existe una vía rápida para la autorización de fármacos destinados a tratar ciertas enfermedades en las que no existe ninguna otra alternativa de tratamiento. Este beneficio ha sido aprobado también por la Comisión Europea, sólo bajo estrictas condiciones de seguridad y en supuestos muy concretos. Se trata, según ha asegurado el vicepresidente de la Comisión, Guenther Verheugen, de permitir que los pacientes con patologías raras o muy mortíferas puedan tener acceso a nuevas terapias lo antes posible, incluso mientras los fármacos se encuentran aun en fase de investigación. Las nuevas autorizaciones tendrán un año de validez (que podrá renovarse después), durante el que las compañías farmacéuticas estarán obligadas a llevar a cabo estudios de seguimiento sobre la eficacia y seguridad de los medicamentos (4). REGULACIONES PREVIAS A LA SALIDA DE UN MEDICAMENTO AL MERCADO ¿Los nuevos fármacos nacen de la necesidad de tratar las enfermedades? Tanto en el marco social como individual se establecen jerarquías de necesidades en las que un determinado aspecto como la salud, solo adquiere una importancia fundamental cuando todas las necesidades de rango superior están satisfechas. (seguridad, educación, pobreza.) La salud no es un estado absoluto. Su percepción es en gran medida subjetiva y variable en función de las condiciones de vida. El objetivo fundamental de la OMS es conseguir la salud definida como un completo estado de bienestar físico mental y social. En tiempos pasados el máximo deseo del ser humano era evitar el sufrimiento, mientras que en la actualidad en las sociedades opulentas de occidente el objetivo es alcanzar un estado tan relativo y etéreo como la “felicidad”. Mientras tanto en el Tercer Mundo la condición humana todavía esta marcada por el hambre, las enfermedades, y la muerte precoz. Así, las necesidades basadas en un determinado patrón de morbilidad y en la deficiente eficacia de la terapia actual se añaden las necesidades que provienen de las expectativas de las personas, en función de sus condiciones sociales, culturales y económicas. Los www.cfe-fcm.unc.edu.ar 4 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS cambios en este sentido a raíz de las mejorías de las condiciones de vida en la segunda mitad del siglo XX, también se reflejan en los ensayos clínicos que se realizan con medicamentos, de modo que nos es cada vez mas habitual analizar variables como calidad de vida.(1) La cuestión sobre la cual corresponde hacer un hincapié es si de hecho los medicamentos constituyen instrumentos que siempre ofrecen resultados positivos, en cumplimiento a las promesas y/o esperanzas depositadas en ellos, o si realmente una serie de otros condicionantes son indispensables, tanto en el plan individual como en el colectivo, para que los niveles deseables o elevados de la salud sean alcanzados (Laporte). (5) Estudios preclínicos de medicamentos nuevos Medicamento nuevo (FDA) es aquel que no se ha vendido por un tiempo suficiente o en cantidades suficientes para establecer satisfactoriamente su seguridad y efectividad. Esta misma definición también se aplica a cualquier nueva indicación o presentación de cualquier medicamento registrado. Los estudios preclínicos determinan las acciones farmacológicas de la sustancia, al mismo tiempo que su mecanismo de acción, la especificidad de su efecto, y la toxicidad. Puesto que todo medicamento tiene el potencial de producir efectos tóxicos, se conducen estudios de toxicidad en animales. Se usan pruebas toxicológicas para determinar la toxicidad de un medicamento y/o sus metabolitos en varios sistemas biológicos con el objeto de poder predecir el riesgo potencial en seres humanos. Las pruebas de toxicidad consisten de estudios agudos, subagudos y crónicos. Actualmente existe el requisito de evaluar el efecto del medicamento sobre la reproducción lo mismo que el potencial carcinogénico o de daño genético. Los estudios agudos de toxicidad son aquello que consisten en la administración de una dosis única, o unas pocas dosis administradas con intervalos idénticas en el lapso de 24 hs. Los estudios de toxicidad de larga duración (subagudos y crónicos) son aquellos que involucran la administración diaria por periodos que varían de días a años. En general, se requiere que se ejecuten investigaciones en un mínimo de 3 especies de mamíferos (una de las cuales no debe pertenecer a los roedores). Primero se determina la dosis (dosis única) letal mediana aguda. Después se hace una serie de pruebas utilizando diferentes rutas de administración para obtener información sobre el espectro de dosis no toxicas y las dosis letales. Al mismo tiempo se estudia absorción, distribución, metabolismo y la eliminación del medicamento. Los estudios de toxicidad de larga duración están dirigidos a determinar los efectos tóxicos cuando un medicamento se administra repetidamente lo mismo que a determinar la relación dosis/respuesta de tales efectos. Es importante también identificar el órgano blanco del efecto toxico, evaluar la reversibilidad y los factores que influyen en tal efecto toxico (sexo, edad, estado nutricional). La primera administración del medicamento a los seres humanos esta fundamentada en información obtenida en estudios a animales y por tanto, se basa en la creencia de que la toxicidad demostrada en animales, o la falta de la misma, es aplicable para los seres humanos. Los estudios toxicológicos en animales son en general buenos indicadores de la toxicidad relacionada con la dosis en humanos mientras que las reacciones adversas no relacionadas con las dosis (reacciones alérgicas o idiosincrásicas) no se detectan normalmente en las pruebas tradicionales de toxicidad.(2) www.cfe-fcm.unc.edu.ar 5 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS Antes de iniciar los primeros ensayos clínicos de fase I es lógico llevar a cabo estudios orientativos de mutagenicidad in Vitro en cultivos (prueba de AMES y otros). Un eventual resultado indicativo de mutagenicidad entraña a menudo la cancelación del proyecto a no ser que trate de un producto destinado al tratamiento del cáncer u otra enfermedad particularmente grave. (1) Los resultados de los experimentos preclínicos forman parte de la documentación que se utiliza para tomar la decisión de proseguir o no con el proyecto (1) y para obtener la autorización por parte del estado (FDA) para proseguir con el mismo. CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LAS FASES DEL DESARROLLO CLINICO FASES OBJETIVOS SUJETOS DISEÑO DE ENSAYO Voluntarios abiertos sanos n 30-100 DURACION I Seguridad, farmacocinética y farmacodinamia* en humanos *cuando es posible 9 – 18 meses II Eficacia, indicaciones, búsqueda de dosis, mecanismo de acción, acción farmacológica, seguridad y farmacocinética de dosis múltiples Pacientes n 100400 Aleatorizados, doble ciego, controlados con placebo. Criterios de inclusión/exclusión estrictos 1 – 3 años III Confirmación de eficacia, indicaciones dosis, pautas de tratamiento, seguridad a largo plazo, farmacocinética, clínica y biodisponibilidad, formulación definitiva Pacientes n 1000 – 3000 Aleatorizados, doble ciego, controlados con placebo y/o fármaco de referencia. Criterios de inclusión/exclusión menos estrictos 2 –4 años (fase a) 1 – 3 años (fase b) IV Nuevas indicaciones, nuevas formulaciones, o vías de administración. Efectividad y seguridad en grupos especiales y en condiciones reales de la práctica clínica. Pacientes n ≥5000 Aleatorizados, doble ciego, controlados con fármaco de referencia. Estudios observacionales El tiempo que el producto esta en el mercado. NOTA: Existe cierta confusión terminológica en el sentido que para algunos las fases suelen servir tanto para determinar el estado de desarrollo de un compuesto como para caracterizar un determinado tipo de estudio. En la fase I, por Ej. Casi siempre se estudian solo voluntarios sanos. Ello entraña con frecuencia la utilización del termino “estudio de fase I” para cualquier estudio en sujetos sanos. Aunque es clásico que en las fases 2 - 4 se estudien pacientes; si se trata del desarrollo de un fármaco muy toxico, por ejemplo citostáticos, la fase I se realiza con pacientes. (1) www.cfe-fcm.unc.edu.ar 6 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS FASE I Estos constituyen la primera administración a seres humanos. El medicamento se administra a voluntarios sanos, primero en dosis única con incrementos graduales, y luego en dosis múltiples hasta cubrir el rango de loas posibles dosis terapéuticas. Estos estudios se efectúan para obtener datos sobre seguridad y farmacocinética, puesto que los síntomas relevantes para investigar eficacia raramente están presentes en los voluntarios sanos. La selección de la dosis inicial es difícil. Los estudios en animales sobre el metabolismo y la toxicidad del medicamento son de utilidad limitada para la selección de la dosis inicial. Una regla de sentido común es empezar con una dosis que corresponda entre 1/10 y 1/5 de las dosis máximas toleradas. Las dosis del medicamento se aumentan gradualmente hasta que se alcanza la dosis efectiva estimada o se desarrollan efectos colaterales. (2) FASE II Búsqueda de dosis y de diferentes pautas de tratamiento (1) Estos constituyen la primera administración del medicamento a pacientes. Se debe evaluar la eliminación del medicamento por el organismo, debido a que los pacientes pueden metabolizarlo diferente a los sujetos sanos. Estos ensayos se clasifican en tempranos y tardíos. Los ensayos de fase II tempranos, corresponden a la administración del medicamento a pacientes con el objeto de estudiar el potencial terapéutico y los efectos colaterales. También se hace el intento de determinar los rangos de la dosis. Los tardíos, están dirigidos a establecer la eficacia. (2) FASE III En esta fase se pone de manifiesto la utilidad de la practica clínica (1) Estos estudios corresponden a los estudios doble ciego controlados con distribución al azar en un número suficiente de pacientes con el objeto de proveer información que permita el análisis estadístico de la eficacia y seguridad del medicamento. Si los estudios en seres humanos indican que el compuesto puede ser un agente terapéutico eficaz y seguro el fabricante puede presentar una solicitud al organismo regulador correspondiente. (FDA – Food and Drugs Administration- EEUU) para obtener una licencia para comercializar el medicamento nuevo. (2) Fase IV Estos estudios se hacen después que el medicamento ha recibido una licencia para su comercialización. En los años siguientes al inicio de la venta, el empleo del medicamento se evalúa ya que puede suceder que el uso extensivo del producto resulte en el descubrimiento de efectos indeseables relativamente raros, toxicidad crónica desarrollada solamente después de años de exposición (cáncer por ej.), interacciones con medicamentos previamente desconocidas, usos potenciales nuevos o recomendaciones sobre esquemas de dosificación mas apropiados. El fármaco puede permanecer con la denominación de medicamento nuevo por varios años. Mientras el producto tiene esta denominación, el fabricante tiene la obligación de comunicar cualquier información nueva con relación a su seguridad o eficacia. La agencia posee el derecho de suspender la notificación de aceptación concedida, si el hacerlo es en beneficio publico. (2) www.cfe-fcm.unc.edu.ar 7 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS Hasta hace algunos años los estudios clínicos completos se concentraban en países donde existe industria de investigación y desarrollo, en América Latina se realizaban estudios fase IV y los de carácter promocional; actualmente se observa un incremento en la realización de estudios fase II; III. Sin embargo, la falta de recursos capacitados dentro de las autoridades reguladoras y en las instituciones que realizan investigaciones, limitan el desarrollo en esta área. A la fecha, la mayoría de los países no cuenta con programas de inspección en la ejecución de ensayos clínicos, limitándose a la autorización de protocolos. En 1995 la OMS elaboro la guía de buenas prácticas clínicas (BPC) para investigaciones de productos farmacéuticos cuyo propósito es de contar con estándares aplicables a nivel mundial para la conducción de investigaciones biomédicas en humanos. (6) Fases * FASE I * FASE II * FASE III * FASE IV MEDICAMENTO NUEVO * FASE 0 FICHA AMARILLA FARMACOVIGILANCIA ESTUDIOS OBSERV CASOS CONTROLES RAM COHORTES * En las fases 0, 1, 2, 3, y 4 del desarrollo de un fármaco se utilizan Ensayos Clínicos Controlados El proceso desde que un medicamento se sintetiza hasta que se comercializa dura aproximadamente 10 años y cuesta alrededor de 100 millones de dólares. El costo promedio de una autorización de comercialización, incluyendo los tests clínicos fracasados, llegaría a la cifra de US$ 48 millones (de 1987) que aumentó a los US$ 96 millones, al sumar a la cifra anterior los costos de investigación preclínica (DiMasi et al. ■A.pud Scherer, 1997). En un texto reciente, Ugalde cuestiona la falta de transparencia de la industria en cuanto a los métodos adoptados para calcular el costo promedio de desarrollo de un nuevo fármaco, sabiendo, en todo caso, que las empresas tienen mucho que ganar si logran presentar costos de producción los más altos posibles (el autor se refiere a estudios del Centerfor Study of Drug Development de la Tufts University, publicado en noviembre del 2001, en el que los costos mencionados llegaron alrededor de los US$ 800 millones) (Ugalde, 2002) (7) www.cfe-fcm.unc.edu.ar 8 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS El estudio elaborado por la ONG Public Citizen, concluye que el costo de desarrollo de fármacos nuevos que llegaron al mercado entre 1994 y 2000, oscilaban entre 71 y 118 millones de dólares. (Ugalde 2002). (7) Imagen tomada de: BMJ 2004;329:577 ¿QUE SON LAS PATENTES? Una patente es el derecho exclusivo a la explotación de una invención sobre un periodo de tiempo limitado (20 años aproximadamente) dentro del país donde se solicita. Las patentes son concedidas para aquellos inventos originales, novedosos (no obvios) y que tienen una aplicación industrial (útiles). Hay otros tipos de derechos exclusivos sobre cualidades intangibles, derechos de escritor, diseños protegidos, marcas de fábrica, pero estas patentes tienen una protección más amplia y se extienden por más tiempo. Debido a este control sobre la tecnología, el poseedor de la patente esta en posición de fijar el precio competitivo más alto por el correspondiente bien o servicio, lo cual permite recuperar los gastos de la invención. En recompensa el aplicante debe publicar el invento en el texto de la aplicación, el cual es publicado 18 meses después de la aplicación. Como una patente es valida solo dentro del país en el cual es otorgada, esta sujeta a las leyes nacionales y a litigios de cortes nacionales. El futuro de la patente comunitaria en Europa será una excepción, aquí esta protegida en todos los países que constituyen la Unión Europea, y los litigios se realizan en una corte especializada. (8) Las empresas propietarias de fármacos originales procuran proteger sus descubrimientos mediante la síntesis y la descripción de la actividad farmacológica, no solo del candidato seleccionado sino también de sus análogos. Ello se hace así para incluirlos en la patente con el fin de que la competencia no pueda introducirse en el campo. (1) Tanto el sector público como el sector privado contribuyen a la investigación y el desarrollo (I+D) de preparaciones farmacéuticas. Muchos de los descubrimientos de medicamentos nuevos tienen lugar en el sector público. El sector privado, que se centra en el desarrollo, depende en gran medida de las patentes. Aunque se supone que éstas recompensan auténticas invenciones, la laxitud de las normas acerca de la patentabilidad y los fallos de los procedimientos permiten obtener protección para innumerables desarrollos de poca importancia. Estas patentes, aunque poco consistentes y posiblemente carentes de validez en muchos casos, se usan para restringir la competencia y retrasar la introducción de medicamentos genéricos. Los países en desarrollo deben diseñar y aplicar leyes en la materia, que les permita: 1- hacer primar la salud de la población por sobre los intereses económicos que protegen las patentes, 2- evitar las patentes estratégicas y promover la competencia y el acceso a los medicamentos. (9) LEGISLACIÓN DE MEDICAMENTOS EN ARGENTINA Qué es la ANMAT? En noviembre de 1992 nace la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Medica (ANMAT) con el objetivo de conformar una estructura profesional, material y humana que www.cfe-fcm.unc.edu.ar 9 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS estuviera a la altura de los desafíos que, en material de salud, se planteaban de cara a los comienzos del Nuevo milenio. La ANMAT es un organismo descentralizado perteneciente a la Administración Publica Nacional creado mediante decreto 1490/92 en cumplimiento de los objetivos prioritarios de las políticas de salud dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional. Su misión es realizar las acciones conducentes al registro, control, fiscalización y vigilancia de la sanidad y calidad de los productos, sustancias, elementos, procesos, tecnologías, y materiales que se consumen o utilizan en medicina, alimentación y cosmética humanas y de controlar las actividades y procesos que median o están comprendidas en estas materias. (10) La legislación de medicamentos en nuestro país, es decir las leyes y decretos que regulan el registro y circulación de medicamento en nuestro país son los siguientes: Es la llamada ley Oñativia Nro 16.463 y su decreto reglamentario (que fuera parcialmente derogado durante el gobierno de Ongania) Nro 9763/64. Luego en el año 1992 durante el gobierno del Dr. Menem, y a instancia de su ministro de Economía Domingo Cavallo se elabora el decreto 150/92 que es el que rige en la actualidad. El mismo fue modificado por los decretos 1890/92 y 177/93 Esquemáticamente podríamos plantearlo así: AÑO 1964: Ley de Medicamentos Nro 16.463 y su Decreto Reglamentario (como se dijo parcialmente derogado) Nro 9763/64. Estableció el régimen de los precios de los productos farmacéuticos, así como las bases actuales de la vigilancia sanitaria en relación a drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnostico y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana. AÑO 1992: Al derogar disposiciones sobre registro, vigentes desde 1964, los Decretos No. 150 y 1.890 clasifican para tales efectos a los productos farmacéuticos en tres categorías diferentes: 1. Medicamentos innovadores, o sea los constituidos por principios activos que no se han registrado previamente en el país o que presentan alguna novedad o ventaja terapéutica por su forma farmacéutica o vía de administración, dosis o concentración, o por proponerse para una nueva indicación terapéutica. 2. Medicamentos autorizados para su consumo en el mercado interno de países con sistemas adecuados de registro y control, taxativamente enumerados en un Anexo I, bajo la presunción de que tales registros se han hecho con todas las garantías que aseguran la eficacia e inocuidad para su uso por la población en general. El registro de estos productos farmacéuticos se realizará en forma automática previa verificación de la documentación que acredite la aprobación, registro y comercialización en alguno de los países mencionados, y siempre y cuando no haya sido rechazado o retirado del mercado en alguno de ellos. El registro solo será válido para la importación proveniente de esos países y no para su elaboración en la Argentina. Estas condiciones permiten el registro “automático” del medicamento. 3. Medicamentos similares a los ya registrados para su comercialización en el mercado local. Los productos farmacéuticos incluidos en esta categoría podrán ser elaborados en el país o importados de países ingresados en una segunda lista que incorporará a los que emitan certificados de exportación en los términos recomendados por la OMS (Resolución WHA 41.1811988) y que posean un grado de desarrollo científico y técnico de su industria farmacéutica aceptable para los Ministerios de Salud y Acción Social y de Economía. Solo se requerirá la presentación de documentación que acredite la eficacia y la inocuidad de los mismos para su uso propuesto, según lo determinen las Normas Técnicas que elabore la autoridad sanitaria, en el caso de los medicamentos innovativos y de los productos farmacéuticos que se importen de países no incluidos en las nóminas anteriormente mencionadas o cuyas autorizaciones no sean válidas para su consumo en el mercado interno de los países de las listas. (11) www.cfe-fcm.unc.edu.ar 10 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS Decreto 150/92 Además… • El Decreto No. 150 estableció adicionalmente en su Capítulo IV la obligatoriedad del uso de los nombres genéricos en todos los textos normativos, en las adquisiciones de medicamentos que realice la administración pública nacional, en los rótulos y prospectos de productos farmacéuticos y en las prescripciones médicas, sí bien de acuerdo con las Resoluciones No. 268 y 748, el médico podrá agregar una marca si desea que esta sea la única dispensada imposibilitando la sustitución genérica. Los farmacéuticos deben ofrecer al público las especialidades medicinales que correspondan al medicamento prescripto por el nombre o los nombres genéricos de sus principios activos componentes de la formulación. (11) ANEXO I EEUU Confederación Helvética Australia Reino Unido Dinamarca Japón Israel Alemania Países Bajos España Suecia Canadá Francia Bélgica Italia AÑO 1992 • • • Se producen modificaciones en relación a las exigencias de los prospectos Se exige la incorporación de las reacciones adversas Se puede con dos firmas prescribir genéricos o no. AÑO 1993 • • • • • • • Se modifica la reglamentación del decreto y el decreto en algunos de los artículos Se puede prescribir por genéricos o no Se cambia la redacción de las exigencias para los proyectos de prospectos y las reacciones adversas quedan detrás de las palabras: 2 y cuando corresponda…” Se incluye un anexo II que amplia los países a los que se hace referencia en el anexo I El inciso “c” del artículo 2 dice: Tratándose de solicitudes de inscripción de especialidades medicinales que se presenten al registro para: “ importarse siendo productos manufacturados en países no incluidos en el anexo I del decreto 150/92 y no estuviesen autorizados para ser consumidos en algunos de los países de anexo I del decreto 150/92; deberán acompañar para su tramitación la información requerida por el artículo 3 y la documentación que acredite la eficacia e inocuidad del producto propuesto” En el artículo 5 de la modificatoria de 1993, se faculta a la Secretaria de Salud del Ministerio de Salud y Acción social y a la Secretaria de industria y Comercio del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos para introducir modificaciones a la nómina de países previstos en el anexo I del Decreto 150/92 y el anexo UU del presente decreto Se omiten en la nueva redacción del artículo 3 lo siguiente: “ la solicitud de registro de un producto será denegada cuando se compruebe que una solicitud similar fue denegada o el registro del producto se haya suspendido o cancelado en algunos de los países del anexo I” “los condiciones del registro podrán ser modificadas o ampliadas así como también suspendidas o canceladas cuando tales cambios o medidas se hayan producido en el registro de los países del anexo I” www.cfe-fcm.unc.edu.ar 11 CURSO LIBRE DE FARMACOLOGIA APLICADA LEGISLACION Y REGULACION DE MEDICAMENTOS ANEXO II Australia Cuba Hungría Luxemburgo México Chile Irlanda Noruega Brasil Finlandia China Nueva Zelanda Entre 1993 y 1999 sales diferentes decretos y resoluciones que van agregando algunas cosas positivas tales como regulación de prospectos de los medicamentos de venta libre, reglamentaciones sobre quienes pueden vender o importar medicamentos en el país y un propuesta de registro. En 1999 sale una disposición de Anmat la 3185 que reglamenta y propone la biodisponibilidad de los medicamentos y propone un cronograma. En 2002 sale la ley de Genéricos Nor. 25649, que obliga a todos los prescriptores a hacerlo por nombre genérico o denominación común internacional(DCI) . En 2004 Anamat saca una disposición que exige el cumplimiento de normas GMP 92 para la fabricación de medicamentos a los laboratorios productores e importadores. Se exige para el registro que los establecimientos Farmacéuticos elaboradores o importadores con laboratorio de Control de Calidad, inscriptos en ANMAT el cumplimiento como se dijo de las normas GMP 92. Se exige también un pago de arancel que va cambiando. Se exige cumplir con las normas de calidad, seguridad y eficacia del decreto 150/92. Los trámites actualmente se pueden hacer vía Internet. Los certificados con validez federal duran 5 años Los productos previos a su comercialización requieren de aprobación y verificación de INAME del Primer Lote de Producción o Importación. Disposición 6877/2000. BIBLIOGRAFIA 1-Bakke Ol, Carné Cladellas X, Garcia Alonso F. Ensayos clínicos con medicamentos. Cap V. Investigación y desarrollo de nuevos fármacos. 1º Edición. 1994. 2-Naranjo C; Busto U. Desarrollo de fármacos y regulaciones sobre medicamentos. 3-IMS Health Reports Global Pharmaceutical Market Grew 7 Percent in 2005, to $602 Billion; Emerging Ma. Thai Business News Press Release. On line http://www.asiaprnews.com/biomedical-health/ims-health-reports-global-pharmaceuticalmarket-grew-7.html [acceso abril 2006] 4-Valerio M. La UE abre la via rapida para aprobar medicamentos ante situaciones especiales. El Mundo Salud. España. On line: http://www.essentialdrugs.org/efarmacos/archive/200604/msg00037.php [acceso abril 2006] 5-Laporte, J.R-Tognoni,G. 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Revisión y análisis de la legislación vigente en los países objeto de estudio.1992.Edición digital. Biblioteca Digital de la Universidad de Chile (SISIB) On line www.trantor.sisib.uchile.cl/bdigital * ** Elaboración: García Adelaida , Aguirre Jorge , Roitter Claudia, Milone Caterina, López Ana *** Cristina ** *** * Médico adscripto, Director, Jefe de Trabajos Prácticos del Curso Libre de Farmacología Aplicada dependiente del Centro de Farmacoepidemiología y Uso racional de medicamentos. www.cfe-fcm.unc.edu.ar 12