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Seguridad en campos electromagnéticos Directiva CEM 2013/35/UE La seguridad de los trabajadores, una responsabilidad corporativa El largo camino hasta la implantación La primera directiva sobre requisitos mínimos de salud y seguridad relativos a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de campos electromagnéticos se publicó ya en 2004. Fundamentalmente, las preocupaciones en los círculos médicos provocaron la derogación de esta versión inicial y su sustitución por la nueva directiva CEM 2013/35/UE, que entró en vigor en junio de 2013. Los Estados miembros de la UE deben implementar esta directiva en sus leyes nacionales antes del 1 de julio de 2016. Los Estados miembros deben aprobar las necesarias regulaciones legislativas y administrativas antes del 1de julio de 2016 Nueva directiva con valores ajustados a la práctica En la nueva directiva se incluyen todos los efectos biofísicos conocidos, tanto directos como indirectos, de los campos electromagnéticos, con el fin de garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores. Los valores límite especificados y las medidas de protección personal se han determinado sobre la base de los últimos hallazgos científicos, y hacen referencia exclusivamente a efectos directos a corto plazo comprobados científicamente. Hay que añadir que la directiva no pretende cancelar otras regulaciones nacionales existentes y más restrictivas sobre valores límite Ahora es el momento de que actúen las empresas A fin de proteger a los trabajadores, todos los lugares de trabajo deben someterse a una evaluación de riesgos conforme a los requisitos de la directiva CEM. Las cantidades físicas, los valores límite de exposición y los niveles de actuación especificados en la directiva se basan en las recomendaciones de la Comisión Internacional sobre la Protección frente a la Radiación No Ionizante (ICNIRP). En este sentido, supone una ayuda la referencia a una amplia gama de indicadores y situaciones estándar que se indican en directrices. Las sanciones aplicables a una empresa en caso de incumplimiento varían de un Estado miembro de la UE a otro. En cualquier caso, las sanciones deben ser efectivas, adecuadas y disuasorias. Principales puntos de la directiva CEM 2013/35/UE de 26 de junio de 2013 La directiva prevé la realización de evaluaciones de riesgos en todos los lugares de trabajo dentro de la UE, con la correspondiente documentación de los resultados, por ejemplo en forma de mediciones adecuadas. La responsabilidad de que se lleve a cabo esta evaluación corresponderá al empleador, quien además deberá adoptar medidas para evitar o reducir los riesgos. La directiva es aplicable a la exposición a campos eléctricos, magnéticos o electromagnéticos con frecuencias de entre 0 Hz y 300 GHz. Efectos biofísicos Se distingue entre dos tipos de efectos biofísicos directos que pueden ser causados por campos electromagnéticos: Efectos térmicos como el calentamiento de tejidos por la absorción de energía. Estos se producen principalmente en campos con un rango de frecuencias de entre 100 kHz y 300 GHz. Estimulación de músculos, nervios y órganos sensoriales. Estos efectos son causados principalmente por campos con un rango de frecuencias de entre 0 Hz y 10 MHz. La directiva también menciona otros efectos indirectos como descargas de chispas, corrientes de contacto, interferencias con dispositivos médicos electrónicos (como marcapasos u otros implantes), así como el riesgo de que objetos ferromagnéticos salgan volando en campos magnéticos estáticos. Valores límite de exposición y valores de actuación Todos los valores límite de exposición (VLE) se refieren a valores de campo dentro del cuerpo humano. En este sentido, la directiva define VLE para efectos sensoriales: límites para percepciones sensoriales perturbadas transitoriamente VLE para efectos sobre la salud: Límites para efectos adversos térmicos y no térmicos Dado que es imposible medir los valores de campo dentro del cuerpo humano, y que determinar de alguna otra manera estos valores requeriría cálculos extremadamente complejos, la directiva define los llamados niveles de actuación. Los niveles de actuación (NA) son valores de campo en el lugar de trabajo hasta un nivel en el cual se considera que no se han excedido los valores de nivel de exposición. Estos niveles se pueden medir directamente. Se distingue entre Niveles de actuación bajos (NA bajos) para efectos sensoriales Niveles de actuación altos (NA altos) para efectos sobre la salud En cuanto se exceden los NA bajos, se deben adoptar medidas protectoras o preventivas. Obligaciones de los empleadores Los empleadores deben garantizar que no se excedan los valores límite de exposición. Para ello pueden servirse de datos de emisión proporcionados por los fabricantes de los equipos, mediciones, o cálculos para evaluar los riesgos y determinar los niveles de exposición. La evaluación debe ser realizada por un servicio profesional o por técnicos profesionales, repetirse a intervalos adecuados, y documentarse de forma que sea posible su trazabilidad. Además, la directiva obliga a los empleadores a adoptar medidas para evitar o reducir los riesgos, informar a los empleados y/o sus representantes sobre estos riesgos, y explicar sus posibles consecuencias o efectos. El riesgo de lesiones también se puede reducir mediante equipos de protección personal (p. ej. dispositivos de advertencia). Esto es especialmente aconsejable cuando pueden producirse aumentos en los niveles de exposición en áreas de trabajo variables. Excepciones Se aplicarán regulaciones especiales para la investigación, el desarrollo y el uso de sistemas de imagen por resonancia magnética (IRM) en el campo médico. Podrán utilizarse sistemas de protección diferentes en equipos militares operacionales o durante acciones militares. En este caso también se deben evitar los efectos perjudiciales sobre la salud, así como cualquier riesgo para la seguridad. Verificación por medición de niveles de actuación conforme a la directiva 2013/35/UE Efectos no térmicos de 0 Hz a 10 MHz Efectos térmicos de 100 kHz a 300 GHz Dispositivos de medición de banda ancha ELT-400 THM-1176 NBM-520 NBM-550 Dispositivos de medición selectivos EHP-50F EHP-200A SRM-3006 Nardalert S3 RadMan Dispositivos de protección personal Valores límite para efectos no térmicos: Valores límite de exposición y niveles de actuación en el rango de frecuencias de 0 Hz a 10 MHz Niveles de actuación para campos magnéticos (B) Campo eléctrico E Campo magnético B Niveles de actuación para campos eléctricos (E) Frecuencia Frecuencia Valores límite para efectos térmicos: Valores límite de exposición y niveles de actuación en el rango de frecuencias de 100 kHz a 300 GHz Niveles de actuación para campos magnéticos (B) Valores medios durante intervalos de 6 minutos (RMS) Campo eléctrico E Campo magnético B Niveles de actuación para campos eléctricos (E) Valores medios durante intervalos de 6 minutos (RMS) Frecuencia Frecuencia Soluciones de medición de Narda: protección en todo el ancho de banda Narda es uno de los proveedores líderes de soluciones de medición de alta calidad creadas a la medida del cliente. Su amplia gama de productos para la seguridad de las personas en campos electromagnéticos (CEM) incluye dispositivos de medición de banda ancha, instrumentos de medición selectivos, sistemas de monitorización y monitores personales. La precisión en la medición original significa seguridad Cuando ocurre algo, poder demostrar la precisión de las mediciones puede ser vital. Así pues, lo mejor es ir sobre seguro con un dispositivo de medición que se calibre periódicamente. Por eso Narda, como laboratorio de calibración acreditado para dispositivos de medición de la intensidad de campo, ofrece una ventaja adicional para conseguir aún más fiabilidad y seguridad con tres de los laboratorios de calibración más modernos del mundo. Dispositivos de medición Narda para campos eléctricos y magnéticos, de banda ancha o selectivos, de 0 Hz a 60 GHz. Dispositivos de seguridad personal RadMan, Nardalert Efectos no térmicos THM, EHP, ELT Efectos térmicos NBM, SRM roener-design.de 2013/35/UE Narda Safety Test Solutions GmbH Sandwiesenstraße 7 72793 Pfullingen, Alemania Tel. +49 7121 97 32 0 Fax +49 7121 97 32 790 info.narda-de@L-3com.com www.narda-sts.com Narda Safety Test Solutions 435 Moreland Road Hauppauge, NY11788, EE.UU. Phone +1 631 231-1700 Fax +1 631 231-1711 NardaSTS@L-3COM.com www.narda-sts.us Narda Safety Test Solutions srl Via Leonardo da Vinci, 21/23 20090 Segrate (MI) ITALIA Phone +39 02 26 998 71 Fax +39 02 26 998 700 support@narda-sts.it www.narda-sts.it NSTS 12/15-ME-ES314A Salvo progresos técnicos, errores u omisiones © Narda Safety Test Solutions 2014. ® El nombre y el logotipo son marcas comerciales registradas de Narda Safety Test Solutions GmbH y L3 Communications Holdings, Inc. Los nombres de marcas son marcas registradas de sus respectivos propietarios. Conforme con la directiva CEM