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I CURSO DE EXPERTO EN REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA EMPRESARIAL w w w. v i l l a n u e v a . e d u INTRODUCCIÓN HORARIO Los recientes cambios del Derecho español de la insolvencia introducidos por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, el Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, el Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre y la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, han modificado sustancialmente el marco legal de los acuerdos de refinanciación de la deuda empresarial y su reestructuración. Este curso pretende formar profesionales expertos en esta materia tan concreta en el ámbito jurídico y económico-financiero. Sesiones presenciales: jueves, de 16.00 a 20.00 h. Sesiones prácticas: Se entiende que el alumno debe completar los conocimientos adquiridos en las clases presenciales con la preparación de actividades prácticas que cada profesor les haya indicado. Dado que la regulación en materia de refinanciación y reestructuración se encuentra en constante cambio, el contenido del curso será objeto de actualización permanente. Honorarios completos: 2.500 €, desglosados en: • Reserva de plaza y matrícula: 10%. • Honorarios: Dos pagos, uno con el comienzo del curso del 50% y otro en el mes enero por el otro 50%. • En el caso que se abone íntegramente los honorarios al inicio del Curso, se le aplicará un descuento del 5%. d os en: A QUIÉN VA DIRIGIDO Abogados, Economistas, Peritos Mercantiles y Auditores de Cuentas. También se dirige a los profesionales que se dedican a la administración concursal. Personal de los departamentos jurídico y de refinanciación de las entidades bancarias. También se dirige a los directivos o responsables de los departamentos financieros de las empresas. DURACIÓN Un Curso Académico (del 15 de enero al 16 de julio de 2015), con 100 horas de formación presencial. RÉGIMEN ECONÓMICO METODOLOGÍA Este Curso propone una metodología en la que se combina las clases teóricas o de formación, los seminarios de actualización y los talleres prácticos. Se pretende que el alumno aprenda, adquiriendo los conocimientos suficientes para que pueda desarrollar esta actividad profesional caracterizada por el rigor y la excelencia. Para ello, la orientación de la enseñanza será eminentemente práctica y potenciará el trabajo en grupo. Este curso finalizará con la realización de CASOS PRÁCTICOS REALES DE REFINANCIACIÓN. SISTEMA DE EVALUACIÓN Se exige una asistencia mínima del 85% de las clases presenciales y seminarios de actualización. DIRECCIÓN DEL CURSO D. PEDRO-BAUTISTA MARTIN MOLINA D. CARLOS MARÍN LUCAS D. ALFONSO GÓMEZ BILBAO INFORMACIÓN CENTRO UNIVERSITARIO VILLANUEVA Dª. Mª Ángeles Sánchez o Dª. Sheila Sáenz C/ Claudio Coello 11 Tfno.: 91.577.56.66 - Mail: refinanciacion@villanueva.edu CLAUSTRO DE PROFESORES Formado por Magistrados de los juzgados de lo Mercantil y las Audiencia Provinciales de lo Mercantil; por catedráticos, Titulares y Profesores de la Universidad; por Profesionales independientes, abogados y economistas, expertos en esta materia. PROGRAMA 1. Antecedentes. La regulación de las refinanciaciones en la Ley Concursal. a. Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, en la Disposición Adicional 4ª de la Ley 22/2003. b. Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. c. Ley 14/2013, de 27 de septiembre. d. Ley 26/2013, de 27 de diciembre. e. Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo. f. Referencias al Derecho Comparado. g. Recomendaciones de la Unión Europea y normativa comunitaria. 2. Los “acuerdos de refinanciación” como instituto extraconcursal. Instituciones protectoras de las refinanciaciones. 3. Los acuerdos de refinanciación como herramienta frente al sistema concursal. 4. Contenido de los acuerdos de refinanciación. a. Santdstill agreement. b. Term sheet. c. Plan de viabilidad. d. Informe del experto independiente. e. Restructuración empresarial. f. Quitas (condonación) y esperas (aplazamiento de la deuda). g. Dinero nuevo o “Fresh Money”. h. Dación en pago. i. Capitalización de la deuda y préstamos participativos. j. Otras posibles modalidades dentro de los acuerdos. 5. Las refinanciaciones irrescindibles. a. Supuestos de irrescindibilidad de las refinanciaciones. b. El alcance del blindaje de las refinanciaciones irrescindibles. c. La elección de la vía de refinanciación más acertada y las posibles incompatibilidades entre trámites refinanciadores distintos. 6. Los efectos del inicio del procedimiento refinanciador: las refinanciaciones blindadas. a. Requisitos sustantivos. b. El nuevo carácter potestativo del informe del experto independiente. ¿Auditor de Cuentas?. c. Los requisitos de las refinanciaciones con plan de viabilidad y mayoría de pasivo (nuevo arto 71 bis 1 LC). d. Los requisitos de las refinanciaciones sin plan de viabilidad ni mayoría de pasivo (artículo 71 bis 2 LC). e.Los requisitos de las refinanciaciones homologadas judicialmente (Disposición adicional 4a LC). f. Tratamiento transitorio del dinero nuevo o “Fresh Money” ante un eventual fracaso de la refinanciación que conlleve la solicitud de concurso. 7. Los efectos del inicio del procedimiento refinanciador: el nuevo art. 5 bis. a. Presupuestos de aplicación del art. 5 bis LC. i. Jurisdicción. ii. Comunicación al juzgado del inicio de las negociaciones con los acreedores. iii. Publicidad en el Registro Público Concursal iv. Procedimiento y control de legalidad de la comunica iii. Procedimiento y control de legalidad de la comunicación. iv. Efectos de la comunicación. v. Efectos de la comunicación. vi. Consecuencias jurídicas derivadas del transcurso del plazo previsto en el art. 5 bis. vii. Comunicación fraudulenta. viii. Ejecuciones: paralización. Judiciales. Singulares. Reales. ix. Resolución sobre bienes necesarios. x. Acciones de acreedor disidente contra fiadores y avalistas. 8. La homologación judicial de los acuerdos de refinanciación. a. La finalidad de la homologación judicial de los acuerdos de refinanciación de la deuda. b. Solicitud de homologación. i. Decreto de admisión de la solicitud. ii. Requisitos exigidos para la homologación de los acuerdos de refinanciación. iii. Auto de declaración judicial y normas de publicidad. c. Efectos de la homologación. i. Espera pactada. ii. Contenido de la espera. iii. Acreedores dotados de garantía real. iv. La paralización de las ejecuciones. d. Ejecución de los autos de homologación de los acuerdos de refinanciación. e. Ventajas para las entidades financiadoras de la conclusión de una operación de refinanciación. 9. Acuerdo extrajudicial de pagos (Ley 14/2013). a. Características generales. b. Los sujetos del acuerdo. c. Desarrollo del procedimiento. 10. La extensión de efectos de los acuerdos de refinanciación. a. La extensión de efectos de los acuerdos extrajudiciales de pago (Ley 14/2013). b. La extensión de efectos de las refinanciaciones homologadas judicialmente. i. La parcial desvinculación de la extensión de efectos y las condiciones de irrescindibilidad del artículo 71 bis. ii. La extensión de efectos a los acreedores financieros sin garantía real. iii. La extensión de efectos a los acreedores financieros con garantía real. iv. Problemas comunes a la extensión de efectos de los acuerdos de refinanciación en situaciones transfronterizas y el régimen transitorio. 11. Impugnación de la homologación del acuerdo de refinanciación. a. Procedimiento. b. Partes del proceso. c. Causas de impugnación. i. Que no concurra el porcentaje exigido por la LC ii. Sacrificio desproporcionado. d. Carga de la prueba. e. Efectos de la sentencia. 12. Incentivos comunes a acuerdos de refinanciación homologados y no homologados. a. La exclusión de la consideración de persona relacionada con el deudor del acreedor que capitaliza y administración de hecho. b. La introducción de una nueva presunción iuris tantum de concurso culpable. c. Incentivos contables. d. Incentivos fiscales. 13. Incentivos a la capitalización de la deuda en los acuerdos homologados de refinanciación. Provisionalidad de estas medidas de capitalización. 14. Tratamiento contable en las entidades de crédito de las operaciones reestructuradas derivado de un acuerdo de refinanciación. a. Criterios adoptados por la Comisión Ejecutiva del Banco de España en Circular 4/2014. b. Prórroga del régimen excepcional de pérdidas por deterioro. c. ¿Qué es pasivo financiero?. 15. Medidas fiscales derivadas del Real Decreto-ley 4/2014. a. Impuestos sobre Sociedades y Convenio. Tratamiento fiscal de las quitas. b. Otras medidas fiscales. MODULO II. CASOS PRÁCTICOS DE REFINANCIACIÓN Y DE REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA COLABORADOR: