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REPUBUCA DOMNlCANA TR8uNAL CONSTITUCIONAL PRESIDENCIA PTC-AI-065-20 15 03 dejunio de 2015 Licenciada Cristina Lizardo Mézquita Presidenta Senado de la Repüblica Su Despacho Distinguida y honorable señora Presidenta: Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39 de Ia Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucion ales, Ley No. 137-11, del 13 dejunio de 2011, modificadaporlaLey 145-11 , tenemos abien remitirle el expediente anexo relativo a la acción directa en incons titucionalidad incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Dr. Marino V. Castillo Rodriguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán contra la Ley 24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015) , por vulnerar los articulos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la Constitución de Ia Repüblica. En dicha acciOn se solicita la adopción de medida caute lar y provisional consistente en la inmediata suspension temporal de los efectos de la Ley No. 24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora. SolicItole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar y provisional, la cual deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en un plazo de ocho (08) horas, a partir de la recepciOn de esta comunicaciOn. Atentameni - C 1j(JL Anexo: lo indicado. Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón. Plaza de Ia Bandera y del Soldado Deseonocido, Santo Domingo, Repübliea Dominicana, www.tiibunalconstitucional.gob.do Teléfonos 809-274-4445 y 809-274-4446 REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL CoNsTrrucIoNAL PRESIDENCIA PTC-AI-066-20 15 03 dejunio de 2015 Licenciado Abel Atahualpa MartInez Durán Presidente Cãmara de Diputados de la Republica Su Despacho Distinguido y honorable señor Presidente: Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, Ley No. 137-11, del 13 dejunio de 2011, modificada por la Ley 145-11, tenemos a bien remitirle el expediente anexo relativo a la acciOn directa en inconstitucionalidad incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Dr. Marino V. Castillo Rodriguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán contra la Ley 24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015), por vulnerar los artIculos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la ConstituciOn de la Repüblica. En dicha acción se solicita la adopciOn de medida cautelar y provisional consistente en la inmediata suspensiOn temporal de los efectos de la Ley No. 24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora. Solicitole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar y provisional, la cual deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en un plazo de ocho (08) horas, a partir de la recepción de esta comunicaciOn. Atentamente, Anexo: lo indicado. Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón, Plaza de Ia Bandera y del Soldado Desconocido, Santo Domingo, RepOblica Dominicana, wwwtribunalconstitucionalgob.do Teléfonos 809-2744445 y 809-274-4446 REPUBLICA DOMINICANA TRIBuNAL CoNsmucIoNAL PRESIDENCIA PTC-AI-067-20 15 03 dejunio de 2015 ‘457/ Licenciado Francisco DomInguez Brito Procurador General Procuraduria General de la Repüblica Su Despacho Distinguido y honorable señor Procurador: Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, Ley No. 137-11, del 13 dejunio de 2011, modificada por la Ley 145-11, tenemos a bien remitirle el expediente anexo relativo a la acción directa en inconstitucionalidad incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Dr. Marino V. Castillo RodrIguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán contra la Ley 24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015), por vulnerar los articulos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la Constitución de la Repüblica. En dicha acciOn se solicita la adopción de medida cautelar y provisional consistente en la inmediata suspensiOn temporal de los efectos de Ia Ley No. 24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora. Solicitole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar y provisional, la cual deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en un plazo de ocho (08) horas, a partir de la recepciOn de esta comunicaciOn. Anexo: lo indicado. - Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón, Plaza de Ia Bandera y del Soldado Desconocido, Santo Domingo, RepOblica Dominicana. www.tribunalconstitucional. ob do Teléfonos 809-274-4445 y 809-274-4446