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AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d’Actes Pl. de la Concòrdia, 6 46950 Xirivella Tel. (96) 313 50 50 Fax (96) 370 31 79 xirajuntament@cv.gva.es José M. Ferrando Barberá, Licenciado en Derecho y Secretario Accidental del Ayuntamiento de Xirivella (Valencia) CERTIFICA: Que el Pleno del Ayuntamiento, en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 29 de junio de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: núm.: 11, 11.16.- Propuesta sobre los cargos de la Corporación a desempeñarse por dedicación exclusiva Por Secretaria se da cuenta de la propuesta de Alcaldía sobre los cargos de la Corporación a desempeñarse por dedicación exclusiva Para una adecuada atención de las obligaciones inherentes al ejercicio del cargo de Alcaldía-Presidencia de una ciudad como Xirivella, con el volumen de asuntos y tareas que desde el Ayuntamiento y su Presidencia se hace preciso acometer, es aconsejable que dicho cargo sea ejercido en régimen de dedicación exclusiva. El llamado primer pacto local estatal ha venido a redefinir el marco de actuación de los municipios como Entes prestadores de servicios de mayor calidad de cara al ciudadano y paralelamente ha querido que el vértice del esquema de gobierno municipal , en analogía con los esquemas de gobierno de otras Administraciones se articule con una función ejecutiva y de gobierno con amplias y variadas atribuciones que abarcan desde la labor representativa a la Jefatura de Personal y hasta la dirección del aparato administrativo municipal. Ahora se está barajando un segundo pacto local que vendrá a significar un nuevo impulso para los Entes Locales que van a gozar de mayores responsabilidades de modo y manera que el llamado principio de subsidiaridad se vislumbra como una próxima realidad, y en consecuencia una gran mayoría de los servicios públicos serán prestados por los Ayuntamientos como administración mas cercana al ciudadano. Un nuevo hito en este devenir lo constituye el anteproyecto de ley del Gobierno y la Administración Local que vaticina una reforma de las bases organizativas y de funcionamiento municipal que cubren las nuevas necesidades de servicios que demandan los ciudadanos. Para atender estas demandas el legislador contempla un reforzamiento de las competencias municipales para que los municipios impulsen , ordenen y gestionen servicios con sus propios políticos de ámbito municipal. Con la finalidad de responder a dicho reto el gobierno local debe disponer de medios y mecanismos que permitan la adopción ágil de decisiones por parte del llamado poder ejecutivo local Todo ello conlleva que para la debida atención a la Presidencia y los asuntos que de ella se derivan se hace preciso contar con un Concejal con dedicación exclusiva y, previsiblemente otro con dedicación parcial de hasta un 50% de la jornada que trabajen en estrecha colaboración con el Sr. Alcalde. Abierto debate ……………….. Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 11 votos a favor del grupo PP. 7 votos de abstención del grupo PSOE y 3 votos en contra de los grupos EU-Els Verds y Compromís per Xirivella, acuerda: PRIMERA.- Determinar como cargo a desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva a la AlcaldíaPresidencia, cuyo titular es D. Enrique Ortí Ferre. SEGUNDO.- Determinar como cargo a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva un puesto de Concejal del equipo de gobierno, cuyo titular es D. Guillermo Garrido Jiménez TERCERO.- Aprobar en atención a su responsabilidad una retribución anual para el Sr. Alcalde de 47.480,72 €. brutos divididos para su devengo en 14 mensualidades, haciéndose efectivas 2 mensualidades en junio y diciembre, debiéndose dar la correspondiente alta en Seguridad Social. CUARTO.- Aprobar en atención a su responsabilidad una retribución para el Concejal Sr. Guillermo Garrido Jiménez de 36.577,80 €. brutos, divididos para su devengo en 14 mensualidades, haciéndose efectivas 2 mensualidades en junio y diciembre, debiéndose dar de alta en Seguridad Social de manera similar a la del Sr. Alcalde y con efectos del día siguiente a la aprobación del presente acuerdo. QUINTO.- Determinar como cargo de dedicación parcial de hasta un 50% de jornada del Ayuntamiento por atención a las responsabilidades derivadas de su cargo para un concejal del equipo de gobierno, que se designará su momento, si procede, y será sometido a aprobación por el Pleno, aprobando en atención a sus responsabilidades una retribución de hasta 18288,9 euros en 14 mensualidades haciéndose efectivas 2 mensualidades en junio y diciembre, debiéndose dar de alta en Seguridad Social con efectos del día que corresponda. SEXTO.- Disponer que en el caso de la Alcaldía los efectos derivados del presente acuerdo se produzcan a partir del día 13 de junio, ratificando así el punto 5 de la resolución de Alcaldía 960/11 que de manera transitoria y para evitar situaciones de vacío se dictó respecto del personal de confianza y régimen de dedicación y retribuciones de la Alcaldía. SEPTIMO.- Las asignaciones anteriores se actualizarán de manera anual, aplicando las variaciones que figuran en la Ley general de Presupuestos del Estado, de igual manera que para el personal municipal. OCTAVO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente acuerdo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 75.5 de la Ley de Bases de Régimen Local. NOVENO.- Que por la Intervención Municipal se habilite la formula presupuestaria que corresponda para hacer frente al gasto que el presente acuerdo suponga. Y para que así conste y surta sus efectos, y con la reserva a que se refiere el artículo 206 del Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. AlcaldePresidente D. Enrique Ortí Ferre, en Xirivella a cuatro de julio de dos mil once Vº Bº El Alcalde, AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d’Actes Pl. de la Concòrdia, 6 46950 Xirivella Tel. (96) 313 50 50 Fax (96) 370 31 79 xirajuntament@cv.gva.es