Download REQUISITOS PARA IMPORTAR OSO A LA REPUBLICA
Document related concepts
Transcript
REQUISITOS PARA IMPORTAR OSOS A LA REPUBLICA DOMINICANA. 1- Para importar osos es necesario presentar una solicitud de permiso previo a la importación, en original y tres copias a la DIRECCIÓN GENERAL DE GANADERIA. En la solicitud debe figurar en número por especie, raza, sexo, valor y país de procedencia, destino que dará a dichos animales y anexo vendrá un sello de la ley 2254-50 de Impuestos internos. 2- Esta solicitud debe venir acompaña de un certificado de “no-objeción a la importación”, que otorga el departamento de vida silvestre de la Secretaria de Estado de Agricultura. 3- Los osos vendrán acompañados de un certificado de salud, expedido por un veterinario oficial del país de origen y avalado por el departamento de agricultura del país de origen. Este certificado será expedido en un período de 15 días previo al embarque, que se podrá extender a 45 días, siempre que los animales después que hayan sido sometidos a examen clínico y de laboratorio, estén aislados y no se vuelvan a poner en contacto con otros animales hasta su llegada a la República Dominicana. 4- EL CERTIFICADO DEBE ACREDITAR: a) Que los osos son del país de procedencia o que permanecieron en el mismo los últimos (90) noventa días, anteriores a la exportación. b) Deben ser inspeccionados en el lugar de procedencia, encontrándolos libres de evidencias que indiquen alguna enfermedad y que se determine que durante los 90 días anteriores a la exportación dicho animales no han estado en contacto con animales enfermos. c) Deben venir vacunado contra: 1- Hepatitis canina infecciosa (Adenovirus canino 2); tipo de vacuna virus muerto. 2- Rabia, fueron vacunado contra rabia como mínimo 6 meses y como máximo un año antes del embarque en caso de primo-vacunación, la cual se les administró a los tres meses de edad por lo menos como máximo un año antes del embarque en caso de vacunación con una vacuna a base de virus inactivado. En caso de que no vengan vacunados de la rabia o no cumplen con los requisitos anteriores expuestos, en ese caso el animal será aislado en el Zoológico Nacional o en la Estación de Cuarentena donde podría durar 40 días de cuarentena. 3- Leptopirosis: Bacterina con inmunógena contra serotipos de la Leptopirina interrogans, L. Canicola y L. Haemorraquiae, tipo de vacuna a virus muerto. Los animales no serán vacunados con vacunas vivas, atenuadas o modificadas en los últimos 15 días anteriores al embarque. N.A.R. 2005.