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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RECTORADO 048: CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO — LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO PACC. Conste por el presente documento, el convenio Específico de Cooperación nterinstitucional que suscriben, EL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, debidamente representado por su presidente Arq. Jorge lsaacs Acurio Ttito, identificado con DNI N° 23899091, con Credencial N° 551 emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 20 de diciembre del 2010, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n, Wanchaq Cusco — Perú, a quien en adelante se le denominará EL GOBIERNO REGIONAL; LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, con RUC N° 20172474501, con domicilio legal en la Calle Tigre N° 127, distrito provincia y departamento del Cusco, debidamente representado por su Rector Dr. Germán Zecenarro Madueño, identificado con DNI N° 23811037, designado como tal con esolución de Asamblea Universitaria R-N° AU-021-2011-UNSAAC, a quien en adelante se le denominará LA UNSAAC; e INTERCOOPERATION Fundación Suiza para el Desarrollo y la Cooperación Internacional, debidamente representado por su apoderada para el Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC, la Sra. Lenkiza Enna Angulo Villarreal, identificada con DNI N° 08271073, con domicilio legal en la Av. Ricardo Palma 857, Urb. La Aurora, Miraflores — Lima, a quien en adelante se le ominará INTERCOOPERATION — PACC; que proceden debidamente facultados nforme a sus leyes y reglamentos vigentes, en los términos y condiciones siguientes: Regeonli ir] o, a• n, LÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES. a) EL GOBIERNO REGIONAL y LA UNSAAC, tienen suscrito y vigente un convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, entre cuyos objetivos específicos se contempla el suscribir convenios de carácter específico para realizar en forma compartida estudios y/o trabajos de investigación que contribuyan al desarrollo regional, ejecutar programas de capacitación y transferencia tecnológica para el personal de ambas instituciones, a nivel de diplomados, especializados y de post grado, gestionar y suscribir convenios con entidades públicas y privadas y/o extranjeras para estudios, proyectos y/o programas de desarrollo y capacitación. b) EL GOBIERNO REGIONAL E INTERCOOPERATION — PACC, tienen suscrito un convenio de Cooperación Interinstitucional N° 111-2009-GR-CUSCO/PR de fecha 17 de junio de 2009, para la ejecución del Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC en la Región del Cusco, de acuerdo a su plan rector y a los recursos que COSUDE ha puesto a disposición para tal fin a través de INTERCOOPERATION — PACC. c) Mediante las Resoluciones N° 1118-2010-UNSAAC de fecha 23 de junio de 2010 y CU-362-2011-UNSAAC, de fecha 26 de agosto de 2011, se aprobó la realización del I y II Diplomado en "Ciencia y Gestión frente al Cambio Climático" llevado a cabo el 03 de julio al 14 de noviembre de 2010 y del 20 de mayo al 19 de noviembre del 2011, en coordinación con los representantes de las Universidades: Agraria La Molina, Mayor de San Marcos, LA UNSAAC a través del Instituto de Investigación Universitaria y Región (IIUR) y la Universidad de Zurich-Suiza; con el apoyo técnico y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA en el primer y segundo Diplomado y también con ARARIWA en este último. Calle Tigre 127 - Teléfono 222271 - FAX 238156 - Apdo. 921 CUSCO - PERÚ E-mail: rectorado@unsaac.edu.pe UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RECTORADr CLÁUSULA SEGUNDA: DE LAS PARTES. a) EL GOBIERNO REGIONAL, como persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencias constitucionales, exclusivas y compartidas; con jurisdicción en el Departamento del Cusco, tiene por finalidad, fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública privada y el empleo; garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. b) LA UNSAAC, es una persona jurídica de derecho público interno del más alto nivel académico, con autonomía en sus regímenes: de Gobierno, académico, administrativo y económico; se rige por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución Política del Perú y las leyes pertinentes. Sus principales fines son: la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual tanto como la investigación tecnologia y científica; estando además de todo lo ya expuesto, facultada para suscribir convenios que le permitan el cabal cumplimiento de sus fines y objetivos. c) INTERCOOPERATION-PACC, es una fundación de derecho privado suizo sin fines de lucro, tiene tres áreas de concentración temática: Economía Rural, Agricultura sostenible y Manejo de Recursos Naturales; Gobernabilidad Local y Sociedad Civil, opera en los países andinos Ecuador, Perú y Bolivia a través de la Delegación Intercooperation en América Latina (DICA) con sede en Lima. Lidera el Consorcio Interinstitucional integrado además por LIBELULA, empresa consultora especializada en tema de cambio climático y; PREDES, organismo no gubernamental especializado en la gestión de riesgo, consorcio que está encargado de dar facilitación técnica y soporte administrativo a la fase de implementación del Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC, financiada con fondos del COSUDE. CLÁUSULA TERCERA: - - BASE LEGAL. Constitución Política del Perú del año 1993. Decreto Legislativo 295, que aprueba el Código Civil peruano. Ley N° 27783 Ley de Bases de Descentralización. Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902. Decreto Legislativo N° 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional. Decreto Supremo N° 015-92-PCM reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional. Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo Gen eral. La normativa y reglamentación del Gobierno Regional del Cusco pertinente al objeto del presente acuerdo. Resoluciones N° R-1118-2010-UNSAAC, de fecha 23 de junio de 2010 y CU362-2011-UNSAAC, de fecha 26 de agosto de 2011. CLÁSULA CUARTA: DEL OBJETO DEL CONVENIO. EL GOBIERNO REGIONAL, LA UNSAAC e INTERCOOPERATION-PACC, están de acuerdo en establecer una colaboración mutua y específica para la ejecución de acciones en los alle Tigre 127 - Teléfono 222271 - FAX 238156 - Apdo. 921 CUSCO - PERÚ E-mail: rectorado@unsaac.edu.pe UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RECTO RADO campos de Investigación y Programas de Capacitación a nivel de la región Cusco, en la temática vinculada al Cambio Climático. o LÁUSULA QUINTA: RESPONSABILIDADES CONJUNTAS DE LAS PARTES. co El GOBIERNO REGIONAL, La UNSAAC e INTERCOOPERATION-PACC establecerán colaboración y responsabilidades conjuntas en lo siguiente: EN EL CAMPO DE LA INVESTIGACIÓN: La formulación de una Agenda Concertada de Investigación sobre los efectos e impactos del cambio climático en la región Cusco en sus diversas dimensiones: física, biológicas, económicas, sociales y culturales, que aporte alternativamente en acción y tecnologías identificadas en la estructura regional del cambio climático de la Región Cusco, para hacer frente a dicha problemática. Agenda que tomará en cuenta prioridades de investigación identificadas en le Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Cusco así como los vacios de conocimiento identificados en la investigación de base producida por el Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC y otros Programas y Proyectos de Cambio Climático en la Región. ‘<l' ,‘El desarrollo por parte de la UNSAAC a través del Vice Rectorado de Investigación, de royectos que respondan a las prioridades establecidas en la Agenda Concertada de Investigación sobre Cambio Climático, a ser financiadas con recursos del Canon que 'para tal fin recibe dicho Centro Académico. INTERCOOPERATION-PACC, para apoyar transitoriamente el desarrollo de las investigaciones priorizadas en la Agenda Concertada, constituirá con recurso de la Cooperación Suiza, un fondo de incentivo para los docentes investigadores que diseñen y conduzcan los proyectos de investigación a través del Consejo de Investigación, vinculados al Cambio Climático en el año 2012, hasta por un monto de S/. 100,000 nuevos soles y cuya aplicación se reglamentará en forma conjunta. EN EL CAMPO DE LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN: A) Institucionalizar una oferta formativa permanente a nivel de post-grado en la temática del Cambio Climático, tomando como antecedente la malla curricular y los contenidos desarrollados para los Diplomados Ciencia y Gestión frente al Cambio Climático, realizados a través de las modalidades de Diplomado y/o Maestría. B) Para la institucionalización de dicha oferta formativa, el Vice Rectorado Académico, evaluará su transferencia a la Facultad Académica que reúna las mejores condiciones para tal fin. CLÁUSULA SEXTA: CONFORMACIÓN DE UNA INSTANCIA INTERINSTITUCIONAL DE COORDINACIÓN. Para establecer un Plan de Acción que precise y programe las actividades a realizar para el cumplimiento del objetivo y las responsabilidades conjuntas establecidas en las cláusulas cuarta y quinta del presente convenio, se conformará una comisión interinstitucional integrada por dos representantes de EL GOBIERNO REGIONAL, tres representantes de La UNSAAC y un representante de INTERCOOPERATION — PACC. La coordinación de la comisión interinstitucional recaerá en un representante de LA UNSAAC, el que junto con los otros dos representantes de este Centro Académico, serán designados mediante resolución rectoral y comunicado a las otras partes. le Tigre 127 - Teléfono 222271 - FAX 238156 - Apdo. 921 CUSCO - PERÚ E-mail: rectorado@unsaac.edu.pe UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RECTORADO La designación de los representantes de EL GOBIERNO REGIONAL e INTERCOOPERATION-PACC se realizará luego de la designación de los representantes de LA UNSAAC, será acreditada mediante carta suscrita por los representantes legales de cada institución. La comisión interinstitucional deberá instalarse en un plazo no mayor de quince días luego de la designación de los representantes de LA UNSAAC y acordará su modalidad y periodicidad de reuniones de trabajo. CLÁUSULA SEPTIMA: ENTRADA DE VIGOR Y DURACIÓN. La vigencia del presente convenio será de tres años contados a partir de la firma, este plazo podrá ser renovado si las partes convienen expresamente y por escrito noventa (90) días antes de su expiración. Para el caso de INTERCOOPERATION-PACC, las responsabilidades que contrae a través 'del presente convenio tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2012, fecha en la cual concluye el periodo de consolidación de su primera fase. CLÁUSULA OCTAVA: DE LOS ASPECTOS NO CONTEMPLADOS. os aspectos no previsto en el presente convenio y las modificaciones que las partes stimen convenientes, serán determinadas de común acuerdo vía suscripción de dendas. CLÁUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de este convenio, incluidas las de su nulidad o invalidez, serán resueltas entre las partes siguiendo las reglas de buena fe y común intención. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en cuatro ejemplares a los veintidós días del mes de marzo del año 2012. 1 7 JUL2012 ran"11111al Arq. Jorge Isaacs Acudo Tito Presidente Gobierno Regional Cusco án Zecenarro Madueño Rector Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. O 75 o PR G o at,/ Arq. a Angulo Villarreal Apoderada de 1 ERCOOPERATION para el PACC Calle Tigre 127 - Teléfono 222271 - FAX 238156 - Apdo. 921 CUSCO - PERÚ E-mail: rectorado@unsaac.edu.pe