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Contexto Normativo Eficiencia Energética en la Edificación (Directiva 2002/91/CE) Constantino Baile Royo (GEE) Curso CTE-HE1. PROYECTO RENAISSANCE UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA 22-02-2010 Índice de la sesión: Antecedentes Normativos, Consideraciones previas. y documentos relacionados. Definiciones “oficiales”. Contenido. Legislación actual en España. Variaciones a futuro. 1. Antecedentes Normativos. 79: NBE-CT79 Copia de una normativa alemana, basada en aislamiento. Insuficiente para el clima español donde la inercia juega un papel importante. 80: RICCA Reglamento de Instalación Calef+Climat+ACS:. 93: Directiva SAVE 76/93. Limitación emisiones sector residencial. Primera medida reducción de gases invernadero. 98: RITE Calificación todos los edificios, nacen los CALENER, basados en: (Directiva SAVE). 1. Antecedentes Normativos. 2001: Nace el primer C.T.E (Código Técnico de la Edificación). 2002: Directiva 2002/91/CEE, (DEEE). 2006: Transposición de Requisitos mínimos. C.T.E DB – HE (Código Técnico de la Edificación – Documento Básico – Ahorro de Energía). 2007: Trasposición de la Certificación Energética de Edificios R.D 47/2007 Actualización CALENER. Formato etiqueta Eficiencia Energética. 2007: Transposición de eficiencia en instalaciones térmicas de edificios (CTE-HE2), es decir el RITE. Inspecciones periódicas de Calderas y SAA. 2. Consideraciones Previas. Directiva 2002/91/CE de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética de edificios. Conceptos amplios: Demandas y sus fuentes de energía, equipos, etc. Transposición a la normativa española. CTE. http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=23&Itemid=57 2. Consideraciones previas Situación energética: 40% del consumo de energía final para el sector residencial. Información objetiva sobre características energéticas de los edificios y fomento de inversiones en ahorro de energía. Aislamientos y eficiencias mejorables. Ejemplo: Fachadas en Zaragoza. NBE-CT-79: U = 1.2 W/m2·ºC PP Valdespartera: U = 0.6 W/m2·ºC CTE 2006: U = 0.66 W/m2·ºC 2. Consideraciones previas Directiva SAVE (Septiembre 1993): Objetivo: Reducción consumo energético y limitación de emisiones. Campos: Certificación de edificios, solo desarrollado mediante la CEV de 1999 (voluntaria) Mayor aislamiento (CTE 2006) Factura energética según consumo real Inspección de calderas con P > 20 kW… 2. Consideraciones Previas. Protocolo Kioto (Diciembre 1997): Reducir demandas. Mejorar eficiencias. Reducir emisiones CO2 (respecto a 1990). Compromiso UE: Reducción del 8%. Compromiso España: Aumento del 15% Situación España 2008: Aumento del 42.7% 2. Consideraciones Previas. Situación España 2008: Aumento del 42.7% Opciones que propone el Protocolo de Kioto: Compensar emisiones aumentando los “sumideros”. Mercado del Carbono. Ambigüedad, EE.UU y Australia retiraron su compromiso. 2. Consideraciones previas Fuentes principales de pérdidas: Clima Nivel de aislamiento y de renovaciones Normativa Factor de forma: FF = Sext/V Compacidad: C = V/Sext Sin regular!!! Edificio de referencia: Mismo factor de forma 2. Consideraciones previas Comparativa pérdidas Zaragoza - Suecia: Zaragoza: Q / A = U * DT Q / A = 0.66 * (20 – 6.1) = 9.2 W/m2ºC Suecia: Q / A = 0.15 * (20 – (-2.9) = 3.4 W/m2ºC 2. Consideraciones previas Otros documentos de interés: Normativas sobre materiales de construcción, pinturas, PVC, HCFC, etc. Ecológicos. Normativas sobre equipos productores de calor y/o frío. Rendimiento. 3. Definiciones “oficiales” Las definiciones que aparecen al principio del documento permiten realizar una introducción al contexto de los consumos energéticos en edificios. 3. Definiciones “oficiales” Edificio: Volumen cerrado Superficies exteriores, opacos o huecos. Espacio acondicionado 3. Definiciones “oficiales” Eficiencia energética de un edificio: ¿Cómo podría definirse? CANTIDAD DE ENERGÍA CONSUMIDA Suma de calentamiento, refrigeración, ventilación e iluminación No tiene en cuenta los consumos de electrodomésticos. 3. Definiciones “oficiales” Certificado de eficiencia energética de un edificio: Documento público. Resultados de eficiencia energética del edificio. 3. Definiciones “oficiales” Cogeneración. Producción varios tipos de energía a la vez. TRIGENERACIÓN: Producción de calor, frío y electricidad en una misma central. Muy apto para sistemas de distrito. 3. Definiciones “oficiales” Sistema de aire acondicionado: Variar la temperatura. Vigilando humedad y calidad del aire. 3. Definiciones “oficiales” Caldera: 3. Definiciones “oficiales” Potencia nominal efectiva (información). Garantizada en un régimen de funcionamiento continuo. Bomba de calor. Se utiliza en sistemas de climatización, ciclo reversible, además posee rendimientos energéticos muy buenos. 4. Contenido Metodología de cálculo. Resultado: Eficiencia energética. Opción: Indicador de emisiones (recomendado). ESPAÑA: LIDER / CALENER y posibilidad de homologar otros en el futuro. 4. Contenido Requisitos de eficiencia energética: A establecer por los Estados. Diferenciar edificio nuevo y existente. Revisados cada 5 años (no se hace). 4. Contenido Requisitos de eficiencia energética: 4. Contenido Edificios nuevos. Siempre: Cumplir los requisitos que se establezcan. > 1000 m2: Buscar otras mejoras (renovables, cogeneración, etc.) INDEFINIDO!! 4. Contenido: Edificios existentes (reformas): Establecer requisitos. ESPAÑA: Cumplir en la reforma lo que se pide a los edificios nuevos. 4. Contenido Certificado de eficiencia energética Obligatorio y válido para 10 años. Debe incluir valores de referencia Edificio de referencia. Obligatorio para edificios públicos nuevos o no. Exhibir temperaturas recomendadas No se hace. 4. Contenidos Inspección de calderas RITE Diferentes periodos de mantenimiento según potencia y tecnología Sustitución de calderas antiguas. Calderas de carbón antes de 2012!! RITE. 4. Contenidos Inspecciones sistemas aire acondicionado Promulgar una inspección periódica para sistemas > 12 kW, incluyendo ciertas condiciones. 4. Contenido Otros aspectos: Certificadores independientes. Posibilidad de variaciones en la Directiva Informar a los ocupantes Revisiones regulares de los anexos. Cada 2 años. Comité de asistencia técnica. 4. Contenido Transposición: Plazo límite: 4 de Enero de 2006 Posibles prórrogas, debido a falta de medios. 4. Contenido Anexo. Consta de tres partes: Aspectos a tener en cuenta en los cálculos de eficiencia energética. Aspectos a valorar como positivos. Clasificación de edificios. 4. Contenido Anexo 1. Aspectos para cálculos. Cerramientos. Se cuenta su transmitancia térmica (U), no su inercia. Estanqueidad al aire. Solo como recomendación, pero es importante. Instalaciones de ACS y calefacción, con su aislamiento. Aire acondicionado. Ventilación (tensiones entre parte térmica y de salubridad). 4. Contenido Anexo 1. Aspectos para cálculos. Iluminación. Destaca la parte no residencial, pero la residencial es importante. Disposición y orientación de edificios. Importante en especial para la superficie de huecos. Sistemas solares pasivos (Inveranderos, Trombe) y protección solar (ARQBIO). Ventilación natural. Condiciones interiores. 4. Contenido Anexo 2. Aspectos de incidencia positiva. Sistemas solares activos (instalación solar térmica) y otras fuentes energéticas renovables. Electricidad para cogeneración. Sistemas de distrito. Iluminación natural. 4. Contenido Anexo 3. Tipos de edificios. La Directiva nombra diferentes tipos de edificios según su uso, si bien no queda establecido qué hacer con cada uno. 5. Legislación España DEEE (OBJETIVOS vs INSTRUMENTOS) •El endurecimiento progresivo de la reglamentación sobre calidad térmica de los edificios de nueva planta •Requisitos mínimos de eficiencia energética de edificios nuevos •La promoción de edificios de nueva planta con alta eficiencia energética •Certificación energética de edificios. •Identificación de medidas de mejora de la eficiencia energética en edificios existentes dentro de un contexto de viabilidad técnica y económica. •Inspección periódica de calderas y sistemas de aire acondicionado de edificios 5. Legislación España DEEE (OBJETIVOS vs INSTRUMENTOS) •Real Decreto 314/2006 Código Técnico de la Edificación CTE – (DB-HE) •Real Decreto 47/2007 Certificación energética de edificios de nueva planta. •Real Decreto 1027/2007 (CTEHE2),Nuevo RITE •Requisitos mínimos de eficiencia energética de edificios nuevos •Certificación energética de edificios. •Inspección periódica de calderas y sistemas de aire acondicionado de edificios 5. Legislación España RD 314/2006. CTE-HE1. Limitación demanda. Transmitancias térmicas de cerramientos, puentes térmicos, etc. Estanqueidad al aire de carpinterías. Variaciones según orientación. Protecciones solares. Condiciones interiores de carga interna y humedad. Zonas climáticas. Condensaciones (salubridad y durabilidad) 5. Legislación España CTE-HE2 (RITE). Requisitos de calderas y equipos productores de calor y frío. Aislamientos y requisitos de los sistemas de distribución. Requisitos a equipos emisores (radiadores, etc.) CTE-HE3. Iluminación artificial. Sistemas de control y regulación. Eficiencia energética adecuada (cálculo VEE). Plan de mantenimiento. 5. Legislación España CTE-HE4. ACS solar. Obligatoriedad de instalación de captación solar para ACS (Agua Caliente Sanitaria). Requisitos de las instalaciones y sus elementos. CTE-HE5. Fotovoltaica. No es de aplicación para el sector residencial. Fija obligatoriedades según uso y tamaño del edificio. Requisitos de las instalaciones y sus elementos Por ejemplo centros comerciales. 5. Legislación España RD 47/2007. Certificación. Entrada en vigor el 1 noviembre 2007. Ámbito de aplicación: Exclusiones: Edificios de nueva construcción. Grandes reformas Lista idéntica a la directiva: monumentos, edificios religiosos, industriales… Edificios en construcción Validez Certificación 10 años, debiendo renovarse por el propietario del edificio. 5. Legislación España PROYECTO Certificación del Proyecto CALIFICACIÓN (METODOLOGÍA) CONSTRUCCIÓN Certificación del Edificio ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE – EPBD •En enero de 2007 la Comisión propuso un conjunto global de medidas de política energética y climática que comportaba unos objetivos de reducción para 2020 del consumo de energía y de las emisiones de efecto invernadero del 20-20-20 %, así como un aumento de la parte correspondiente a las energías renovables. •La DEEE no fija unos niveles aplicables a escala de la UE, sino que exige que los Estados miembros establezcan requisitos concretos, así como los mecanismos necesarios. •La evaluación de impacto (EI) ha demostrado que la revisión de la DEEE es la actuación más idónea para la consecución de los objetivos de esta política de la UE. 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE - EPBD Se suprime el umbral de 1000 m² que determinaba la obligación de cumplir los requisitos mínimos de eficiencia energética nacionales o regionales en caso de reformas importantes. La definición de «reformas importantes» se mantiene, y se refuerza al pasar del preámbulo al artículo 2. Las inversiones deben ser superiores al 25% del valor del edificio, excluyendo el valor del terreno, por ejemplo el valor actuarial, o cuando se renueva estructuralmente más del 25 % del cerramiento exterior del edificio. 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE - EPBD Se pide a los Estados miembros que promuevan de forma activa la aceptación en el mercado de: ZEB (ZERO EMISSION BUILDINGS) a través de planes nacionales que establezcan definiciones claras y objetivos de aceptación. 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE - EPBD Fijarán objetivos mínimos en relación con el porcentaje que estos edificios deberán representar en 2020 respecto al número total de edificios y respecto a la superficie útil total. ¿Qué es un ZEB? 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE - EPBD Un edificio energía cero (EEC) o edificio energía neta cero es un término aplicado a edificios con un consumo de energía neta cercana a cero en un año típico. En otras palabras, la energía proviene del propio edificio mediante fuentes de energías renovables que deberá ser igual a la energía demandada por el edificio. Demanda energía = generación energía 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •REFUNDICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DEEE - EPBD El problema que presenta el concepto de edificio "energía cero" es que no tiene en cuenta la tasa de retorno energético (TRE) a la hora de evaluar el impacto ambiental del edificio. Esto significa que lo que se pretende es que el edificio no consuma energía durante su periodo de utilización, pero para ello se ignora el coste energético que supone implantar los sistemas necesarios para conseguirlo. 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •PLAN ARAGONÉS DE VIVIENDA 6. PERSPECTIVAS DE FUTURO •DECRETO EN ARAGÓN (transp. RD 47/2007)