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, Municipalidad del Partido de Tres Arroyos Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Universidad Nacional de Mar del Plata Facultad de Psicología ACUERDO ESPECÍFICO ENTRE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA Y LA MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE TRES ARROYOS En el marco del Convenio suscripto entre la Universidad Nacional de Mar del Plata y la Municipalidad de Tres Arroyos, ratificado por O.C.S. N°1282/06 teniendo en cuenta lo previsto en su artículo 3°, la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con domicilio en la calle Funes 3.250 de esta ciudad, en adelante la Facultad, representada en este acto por la Sra. Decana Lic. Alicia Zanghellini y el Sr. Rector de la Universidad Nacional de Mar del Plata Arg. Daniel Ricardo Medina; y la Municipalidad de Tres Arroyos, con domicilio en la calle Avenida Rivadavia N° 1 de la ciudad de Tres Arroyos, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Don Carlos Alberto Sánchez y el Secretorio de Gobierno Hugo Fernández, en adelante la Municipalidad, se celebra el presente acuerdo. PRIMERO: La Facultad desarrollará, a partir del ciclo lectivo 2007, en la Ciudad de Tres Arroyos las actividades académicas correspondientes a la Carrera de Licenciatura en Psicología. Las mismas comprenderán el dictado teórico y práctico de las asignaturas correspondientes al Plan de Estudios de la carrera aprobada por OCS N° 143/89, SEGUNDO: Este dictado (así como los contenidos del Ingreso presencial) se realizarán siguiendo los programas aprobados por el HCA de la Facultad: O.C.A. N° 523/06; O.C.A. N°748/06 y O.C.A. N° 696/06 de conformidad a lo que de igual forma se dicta en la ciudad de Mar del Plata. TERCERO: Las partes podrán acordar, cuando lo consideren conveniente, la incorporación de otras actividades de grado, actualización y/o post grado, que se desarrollen en la Facultad. CUARTO: Las actividades curriculares a que se hace referencia en el artículo segundo, estarán a cargo de los docentes que forman parte del Plantel Docente de la Facultad. QUINTO: Todo procedimiento administrativo que vincule al postulante o al estudiante con la carrera, seguirá los circuitos administrativos vigentes para la U nj.v r ad Nacional de Mar del Plata y la Facultad. Todo estudiante que fecti y i e su ingreso y posterior cursada en la Ciudad de Tres Arroyos, posee / Municipalidad del Partido de Tres Arroyos Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Universidad Nacional de Mar del Plata Facultad de Psicología idénticos derechos y obligaciones que un estudiante que cursa en la ciudad de Mar del Plata, por ser ambos estudiantes de la Facultad. La Municipalidad tendrá a su cargo la recepción de la documentación, en caso que sea necesario, pertinente para la inscripción de los alumnos en las carreras, para el cursado de las materias y para rendir exámenes y su posterior remisión a la Facultad, a los fines de su procesamiento y control por la Secretaría Académica y la División alumnos de la Facultad. SEXTO: Los alumnos inscriptos en la Municipalidad deberán reunir y ajustarse a los requisitos exigidos por la Facultad y serán por lo tanto alumnos regulares de la misma. SÉPTIMO: La Municipalidad se obliga a: Abonar el monto que se establezca en el Protocolo Complementario, para cubrir los costos docentes: Abonar los gastos de viáticos y movilidad que se convienen en el Protocolo Complementario; Brindar la infraestructura y equipamiento necesarios pare el normal desarrollo de las actividades docentes y administrativas; Abonar el monto que se convenga para el personal administrativo de apoyo. OCTAVO: La Municipalidad deberá financiar las actividades académicas desarrolladas por la Facultad sin recurrir al cobro de aranceles obligatorios a los estudiantes que cursen en Tres Arroyos. NOVENO: La supervisión de la implementación de los cursos que se desarrollen en la Ciudad de Tres Arroyos estará a cargo de la Secretaría Académica de la Facultad. DECIMO: El presente acuerdo tendrá vigencia mientras no fuere denunciado formalmente por las partes, obligándose ambas, a concluir las actividades académicas as" coma administrativas y compromisos financieros del año en que se producía interj_)pción del servicio. Y Municipalidad del Partido de Tres Arroyos Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Universidad Nacional de Mar del Plata Facultad de Psicología DECIMOPRIMERO: Se deja constancia que el presente Acuerdo deberá ser aprobado por el Honorable Consejo Académico de la Facultad y ratificado por el Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Mar del Plata. DECIMOSEGUNDO: Las partes acuerdan que cualquier controversia que surgiere de la aplicación del presente acuerdo Será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la ciudad de Mar del Plata. En prueba de conformidad y a solo efecto, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en la Ciudad de Tres Arroyos a los15 días del mes de Septiembre de 2006. 1-1u ndez Secretario e Gobierno lic. Alicia Zanghellini Decana q. Daniel Rector Alberto Sánchez Intendente