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DIVORCIO Y SEGUNDO MATRIMONIO MIGUEL ARTURO DONOVAN RIVERA TRABAJO DE INVESTIGACIÓN MONOGRÁFICO Un requisito parcial de la asignatura: METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN Profesor. J. Santiago Garro E. SEMINARIO TEOLÓGICO TEMUCO TEMUCO - CHILE JUNIO 2007 2 INDICE Pág INDICE............................................................................................................................. 2 INTRODUCCION............................................................................................................ 3 I. FUNDAMENTOS BÍBLICOS................................................................................... 4 1. Antecedentes del Antiguo Testamento ..................................................... 4 2. En el Nuevo Testamento .......................................................................... 7 II. EL DIVORCIO Y EL SEGUNDAS NUPCIAS EN LA HISTORIA DE LA IGLESIA 11 1. Los primeros siglos de la Iglesia (S. I al IV).......................................... 11 2. La Edad Media (S. V al XV) .................................................................. 13 3. La Edad Moderna y el protestantismo (S. XV al XVIII)........................ 14 4. Protestantismo y divorcio (S. XIX y XX) .............................................. 16 5. El Catolicismo (S. XVI al XX)............................................................... 16 III. LA POSICIÓN DE LA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA ........................ 17 CONCLUSIÓN .............................................................................................................. 20 BIBLIOGRAFIA ............................................................................................................ 22 BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA...................................................................... 23 3 INTRODUCCION El divorcio es un problema histórico y actual. La realidad en la que vivimos de desintegración familiar es tan grande que cada vez con más frecuencia llegan personas divorciadas o con familias disfuncionales a nuestras comunidades de iglesia, como alguien dijo “las personas divorciadas son una avalancha”. Los casos de parejas separadas de hecho o legalmente, segundos matrimonios, parejas que conviven, parejas que conviven después de experiencias anteriores son algunos de los ejemplos a los que tenemos que guiar y acompañar como hijos del Dios viviente con un mensaje para ellos de restauración y vida nueva. “Según estadísticas recientes, la mitad de los matrimonios chilenos están ‘separados de hecho’ ”.1 “Entre el 2000 y el 2006 un tercio de los matrimonios terminan divorciándose o anulándose… Entre Enero y Octubre 2006, de acuerdo a datos oficiales, se registraron 1.413 nulidades y poco más de 7.500 divorcios, frente a casi 27 mil matrimonios. Respecto a los motivos que originan las separaciones… siete de cada diez quiebres matrimoniales se deben a infidelidades o violencia intrafamiliar”.2 Estos tipos de casos se dan tanto en no creyentes como creyentes. ¿Cómo responder al respecto?, ¿qué tiene Dios que decirnos en relación a esta temática? Muchas son las preguntas que surgen en relación con este tema: ¿qué es el matrimonio para Dios?, ¿el matrimonio es para el pueblo escogido únicamente?, ¿es indisoluble el matrimonio?, ¿las Escrituras perdonan el divorcio como pecado? La Corporación Alianza Cristiana y Misionera ha establecido en los distintos Concilios en los que ha abordado la temática que la denominación no acepta divorcio y segundas nupcias a no ser en casos que tengan un sustento bíblico, pero ¿cómo interpretamos lo que dice la Biblia?, ¿cómo llevar a la práctica lo que Dios nos dice a través de su palabra en medio de nuestra fragilidad, presupuestos y condicionamientos que traemos con nosotros? Una respuesta fácil a esta última pregunta es hacer lo que la Palabra de Dios dice, sin importar la circunstancia ni la ocasión, en cuyo caso caemos en lo que conoce en el Nuevo Testamento como “legalismo”. Otra respuesta opuesta e igualmente extrema es hacer lo que, a nuestro criterio, más conviene a cada situación, sin importar lo que la Palabra de Dios dice. Esto es tratar de adaptarla lo más posible a las circunstancias, en cuyo caso podemos estar cayendo en “relativismos”, “humanismo”. Es necesario estudiar este problema a fondo, tener una opinión, la Iglesia debe poder pronunciarse al respecto. Los invitamos entonces a hacerse parte de esta investigación que intenta resolver algunas de las interrogantes planteadas. 1 2 2004, http://www.mujereshoy.com/secciones/1739.shtml 2006, http://www.separadosdechile.cl/datosseparaciones.htm 4 I. FUNDAMENTOS BÍBLICOS Para poder realizar un buen estudio sobre esta materia del divorcio es preciso estudiar este tema a partir de su origen, revisemos por lo tanto la historia de este asunto desde la ley de Moisés. Esta es por demás la recomendación para una buena interpretación dada por los especialistas tanto en los ámbitos legales como en el ámbito teológico. 1. Antecedentes del Antiguo Testamento “Y creó Dios al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creó; varón y hembra los creó.” (Gn. 1:27) Desde el comienzo del relato bíblico se nos habla que el hombre y la mujer fueron creados el uno para el otro, de la misma esencia y sustancia del uno del otro, con la figura tan vívida de la mujer siendo sacada desde el interior del hombre (Gn 2:21). Se necesitan uno al otro para alcanzar la plenitud, “ayuda idónea” fue hecha (Gn 2:18). La unión del hombre con la mujer es idea y creación de Dios, podemos decir es su proyecto para el ser humano. El amor mutuo se transforma en imagen del amor absoluto de Dios hacia el ser humano. Dios mismo invita al hombre a dejar al padre y la madre para unirse llegando a ser un solo ser: “Por tanto dejará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán una sola carne”. (Gn 2:24) Esta declaración implica que el matrimonio es exclusivo entre “el hombre” y “su mujer”, no entre el hombre y sus mujeres por ejemplo. Segundo esta declaración indica permanencia “se unirá a su mujer”, no dice estará con ella por algún tiempo por ejemplo. Con la entrada de la desobediencia y el pecado en la historia empiezan los problemas y conflictos, tan pronto dejaron el camino que Dios había establecido el Hombre culpa a la Mujer de la desgracia sin asumir su propia responsabilidad: “El hombre le respondió: —La mujer que me diste por compañera me dio del árbol, y yo comí”. (Gn 3:12) Se produjo una ruptura de la relación con Dios, una ruptura de la relación entre hombre/mujer, una ruptura de la relación consigo mismo. El divorcio es una consecuencia de la caída del ser humano. Más allá de las causas es en último caso un fracaso del amor entre la pareja y el triunfo de la corrupción. En el acto de divorcio, según se registra en la Palabra de Dios, se produce un acto de repudio de uno de los miembros de la unión para con el otro. A este respecto no es menor la consideración de lo que Dios le manifiesta a Israel: “Otra cosa que ustedes hacen es inundar de lágrimas el altar del Señor; lloran y se lamentan porque él ya no presta atención a sus ofrendas ni las acepta de sus manos con agrado. Y todavía preguntan por qué. Pues porque el Señor actúa como testigo entre ti y la esposa de tu juventud, a la que traicionaste aunque es tu compañera, la esposa de tu pacto. ¿Acaso no hizo el Señor un solo ser, que es cuerpo y espíritu? Y ¿por qué es uno solo? Porque busca descendencia dada por Dios. Así que cuídense ustedes en su propio espíritu, y no traicionen a la esposa de su juventud. «Yo aborrezco el 5 divorcio —dice el Señor, Dios de Israel—, y al que cubre de violencia sus vestiduras», dice el Señor Todopoderoso. Así que cuídense en su espíritu, y no sean traicioneros”. (Mal 2:13-16, NVI) Dios odia el divorcio, pero no al divorciado. “El divorcio o separación era una práctica común en las naciones antigua y también una práctica dentro del pueblo de Dios. Dios no anula la práctica del divorcio en su pueblo, sino que la limita, buscando evitar la corrupción y deshumanización social”3. Al igual que en otras épocas, en la de Moisés muchos judíos trataban con crueldad a sus esposas, y teniendo en cuenta su crueldad y su dureza de corazón, Dios permitió el divorcio, que es distinto a que hubiese ordenado. Fue un paso que protegió el matrimonio más que antes, aún si hoy nos pudiese parecer demasiado liberal. “Cuando alguien toma una mujer y se casa con ella, si no le agrada por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, se la entregará en la mano y la despedirá de su casa. Una vez que esté fuera de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre. Pero si este último la rechaza y le escribe una carta de divorcio, se la entrega en la mano y la despide de su casa, o si muere el último hombre que la tomó por mujer, no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue envilecida, pues sería algo abominable delante de Jehová, y tú no debes pervertir la tierra que Jehová, tu Dios, te da como heredad”. (Dt 24:1-4, NVI) En función de condicionantes que podemos encontrar en el texto, por ejemplo: “si no le agrada… Pero si este… no podrá su primer marido…volverla a tomar”. El énfasis del pasaje es prohibir a la parte que se ha divorciado de uno que se vuelva a casar con él. Al parecer la idea es que si su “indecencia” la había “envilecido” tanto que había sido causa suficiente de divorcio, era también razón suficiente para no volverla a tomar por mujer. Esta regla puede también haber tenido la intención de advertir al marido contra una decisión precipitada, porque una vez que tomada no podría arrepentirse, y/o proteger a la esposa contra la explotación. La palabra usada aquí en Dt 24:1 que hace referencia a una «carta de divorcio» es PTTPkerituÆ t4PTTP, y su sentido etimológico tiene que ver con «cortar», es decir cortar el vínculo existente. El sentido de “alguna cosa indecente” es tremendamente amplio, lo que dificulta darle una interpretación precisa. De todas formas los judíos “Se divorciaban “por cualquier causa” (Mt 19.3). Se divorciaban de ellas por los motivos más frívolos: porque les quemaban el pan o porque no les sazonaban bien la comida: porque no les gustaban sus modales o porque no 3 Alberto Gandini, op. cit., p.52. Vine, W.E., “Vine Diccionario Expositivo de Palabras del Antiguo y del Nuevo Testamento Exhaustivo”, Nashville, Estados Unidos, Editorial Caribe, 2000 4 6 eran buenas amas de casa; “porque les salía más una comida” o porque encontraban a “otra mujer más atractiva que ellas.” La legislación judaica sobre el divorcio giraba en torno al capricho y el antojo del marido.”5 A partir del texto de Dt. 24:3-4 se puede destacar el hecho de que una vez disuelto el matrimonio había opción para la mujer de “ir y casarse con otro hombre”. Si el segundo esposo se divorciaba de ella, se declaraba disuelto el segundo matrimonio y ella quedaba en libertad para casarse una tercera vez; aún cuando Dios había establecido que no podía volver a casarse con el “primer marido”. A partir de que el texto se refiere al primer marido como el anterior esposo se entiende que cuando una mujer se casaba de esta manera por segunda vez no significaba que tuviera dos esposos. “Si se considera la tesis de la no disolución del matrimonio, resultaría inevitable la conclusión de que Dios aprobaba el adulterio en el segundo matrimonio, como también que los hijos del segundo casamiento tendrían un carácter ilegítimo”.6 1.1 Ocasiones de Divorcio como Nación En dos ocasiones excepcionales se insistió sobre la necesidad del divorcio. Uno fue el caso de los exiliados que retornaron casados con mujeres paganas (Esd. 9–10, y probablemente Neh. 13.23ss, aunque aquí la referencia al divorcio está implícita y no explicita). En Mal. 2.10–16 algunos habían abandonado a sus mujeres judías para casarse con paganas. 1.2 Prohibiciones de divorcio Aparte de lo visto anteriormente sobre el tema del divorcio desde la Biblia, no se pueden dejar de mencionar dos situaciones en las que el divorcio está sencillamente prohibido: “Cuando alguien tome mujer y la desprecie después de haberse llegado a ella, le atribuya faltas que den que hablar, y diga: “A esta mujer tomé y, al llegarme a ella, no la hallé virgen”, entonces el padre y la madre de la joven tomarán las señales de su virginidad y las llevarán a los ancianos, a la puerta de la ciudad. El padre de la joven dirá a los ancianos: “Yo di mi hija a este hombre por mujer, y él la menosprecia; ahora le atribuye faltas que dan que hablar, diciendo: ‘No he hallado virgen a tu hija’. Pero ved aquí las señales de la virginidad de mi hija”. Y extenderán la vestidura delante de los ancianos de la ciudad. Entonces los ancianos de la ciudad tomarán al hombre y lo castigarán, multándolo con cien piezas de plata, las cuales 5 Talmud. Gittin, 9.10; Josefo, p.134, citados por Duty Guy, “Divorcio y nuevo matrimonio”. Editorial Betania, 1975, p.28. 6 Duty Guy, op. cit., p. 28. 7 darán al padre de la joven, por cuanto esparció mala fama sobre una virgen de Israel. Ella seguirá siendo su mujer, y él no podrá despedirla en toda su vida”. (Dt. 22.13–19) “Cuando algún hombre halle a una joven virgen que no ha sido desposada, la toma y se acuesta con ella, y son descubiertos, el hombre que se acostó con ella dará al padre de la joven cincuenta piezas de plata; ella será su mujer, por cuanto la humilló, y no la podrá despedir en toda su vida”. (Dt. 22.28–29) “Si alguien engaña a una joven que no ha sido desposada y duerme con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. Si su padre no quiere dársela, él le pagará conforme a la dote de las vírgenes”. (Ex. 22.16–17) En la primera cita (Dt. 22.13–19) vemos entonces que la prohibición ocurre cuando el hombre ha acusado falsamente a su esposa de infidelidad antes del matrimonio; y en las otras dos citas (Dt. 22.28–29; Ex. 22.16–17) se trata de el caso cuando un hombre ha tenido relaciones con una joven, y el padre de ella lo ha obligado a casarse con ella. 2. En el Nuevo Testamento En la época que Jesús vivió, uno de los temas candentes entre los judíos era este del divorcio. En la historia de los hebreos se la conoce como la controversia Hillel-Sammai. Estos eran rabinos judíos que dirigían escuelas rabínicas en Jerusalén. Vivieron aproximadamente una generación antes que Jesús. Hillel interpretaba que el judío podía divorciarse de su mujer por cualquier causa que se le ocurriera. Shammai en contra sostenía que la única causa era la infidelidad. Otro antecedente valioso es que para los judíos era desconocida la prohibición de volverse a casarse después del divorcio. A este respecto el autor Guy Duty en su libro “Divorcio y nuevo matrimonio” cita una antología sobre el matrimonio judío en el que se puede ahondar sobre este tema7. La opinión que predominaba era la de Hillel, por lo que el divorcio se practicaba ampliamente en la Palestina de los tiempos de Jesús. Una clara ilustración de este hecho podemos encontrarla en el relato de Juan 4:1-30 en el que Jesús se encuentra con una samaritana que había tenido cinco maridos y el actual no era su marido. La enseñanza de Jesús para sus discípulos en el sermón del monte en relación al divorcio fue: “También fue dicho: “Cualquiera que repudie a su mujer, déle carta de divorcio”. Pero yo os digo que el que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella adultere, y el que se casa con la repudiada, comete adulterio.” (Mt. 5:31-32) 7 Philip y Hanna Goodman, “Jewish Marriage Anthology”, Jewish Publication Society, 1965, p. 294, citado por Duty Guy, op. cit., p 29. 8 La enseñanza de Jesús para los judíos de los dos grupos rabínicos sobre el tema fue: “Entonces se le acercaron los fariseos, tentándolo y diciéndole: —¿Está permitido al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa? Él, respondiendo, les dijo: —¿No habéis leído que el que los hizo al principio, “hombre y mujer los hizo”, y dijo: “Por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne”? Así que no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó no lo separe el hombre. Le dijeron: —¿Por qué, pues, mandó Moisés darle carta de divorcio y repudiarla? Él les dijo: —Por la dureza de vuestro corazón, Moisés os permitió repudiar a vuestras mujeres; pero al principio no fue así. Y yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”. (Mt. 19:3-9) Los fariseos estaban preocupados por las causas del divorcio, Jesús por la institución del matrimonio. Los fariseos llamaron mandamiento a la provisión de divorcio hecha por Moisés, Jesús la llamó concesión debida a la dureza de los corazones humanos. Los fariseos consideraban el divorcio a la ligera; Jesús lo tomaba tan en serio que, con una sola excepción, llamó a todo nuevo matrimonio después el divorcio adulterio. Lo natural de una persona divorciada es unirse con otra, sólo esta suposición puede explicar las declaraciones de Mt 5:23, 19:9 que dicen que un hombre que se divorcia de su mujer sin causa “hace que ella adultere”, dado que esto ocurriría únicamente si ella se une con otra persona. Resulta importante aclarar que significa la palabra “fornicación”, como frecuentemente se traduce que además da la idea de inmoralidad del soltero versus la inmoralidad del caso (adulterio), la Versión Popular lo traduce como “inmoralidad sexual” que da una buena idea del sentido. La palabra en griego es porneia, derivara de porne, prostituta, sin especificar si ella (o su cliente) es casada o soltera. En la Septuaginta se usa esta palabra para la infidelidad de Israel, la novia de Dios. Entonces podemos concluir que porneia es “una palabra amplia, que incluye adulterio, fornicación y vicio anormal”8 Cabe resaltar que el sentido amplio no es un sentido vago, por ejemplo igualar a porneia con “incompatibilidad”, dado que no hay garantía etimológica para esto. El sentido es de cualquier acto de inmoralidad sexual física. Haciendo una paráfrasis de Mt 5:31-32 tendríamos algo como: “habéis oído que los maestros judíos apelan a Deuteronomio 21:1 con el interés de divorciarse de sus esposa libremente a placer -simplemente proveyéndolas de un documento que da debida fe de la transacción. ‘Pero yo os digo’, continúa Jesús, que tal conducta irresponsable de parte del esposo lo conducirá, conducirá a su esposa y a sus compañeros posterior a 8 R.V.G. Tasker, “The Gospel according to St. Matthew”. Citado por John Stott “Contracultura cristiana”, Ediciones certeza, 1978, p.109. 9 uniones que no constituyen matrimonio sino adulterio. Para este principio general no existe una sola excepción. La única situación en la que el divorcio y el nuevo casamiento son posibles, sin quebrantar el séptimo mandamiento9, es aquella en la cual éste ya ha sido quebrantado por algún pecado sexual grave. En este caso, y sólo en este caso, Jesús parece haber enseñado que el divorcio era permitido, o por lo menos que podía obtenerse sin que la parte inocente contrajera el estigma adicional de adulterio”. 10 ¿Pero y qué pasaba en el caso de la mujer? Normalmente una mujer judía no podía divorciarse de su marido, pero sí podía apelar al tribunal por el trato que le daba su marido, y el tribunal podía obligar al esposo a divorciarla. En las leyes griegas y romanas la esposa podía divorciarse, como lo hizo Herodías de su primer marido. En los evangelios de Marcos y Lucas se mencionan también la declaración de Jesús respecto al matrimonio, no obstante la cláusula de excepción no se encuentra presente: “Se acercaron los fariseos y le preguntaron, para tentarlo, si era lícito al marido repudiar a su mujer. Él, respondiendo, les dijo: —¿Qué os mandó Moisés? Ellos dijeron: —Moisés permitió dar carta de divorcio y repudiarla. Respondiendo Jesús, les dijo: —Por la dureza de vuestro corazón os escribió este mandamiento; pero al principio de la creación, hombre y mujer los hizo Dios. Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne; así que no son ya más dos, sino uno. Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre. En casa volvieron los discípulos a preguntarle sobre lo mismo, y les dijo: —Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio contra ella; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio”. (Mr. 10.2–12) “Todo el que repudia a su mujer y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada del marido, adultera”. (Lc. 16.18) Una de las razones de esta omisión puede deberse a que ningún judío, griego, o romano dudó jamás que el adulterio constituyese causal de divorcio, y los evangelistas lo dieron por sentado. Hasta los rabíes rivales Shammai y Hillel estaban de acuerdo en esto. De la misma manera Pablo en Ro. 7.1–3, al referirse a la ley judía y la romana, ignora la posibilidad del divorcio en casos de adulterio, cosa que ambas leyes incluían. 9 El séptimo mandamiento dice: “No cometerás adulterio” (Ex. 20:13). John Stott op. cit., p.109. 10 10 “¿Acaso ignoráis, hermanos (hablo con los que conocen de leyes), que la ley se enseñorea del hombre entre tanto que este vive? La mujer casada está sujeta por la ley al marido mientras este vive; pero si el marido muere, ella queda libre de la ley que la unía a su marido. Así que, si en vida del marido se une a otro hombre, será llamada adúltera; pero si su marido muere, es libre de esa ley, de tal manera que si se une a otro marido, no será adúltera”. (Ro. 7.1–3) En 1 Co. 7.10–16 Pablo repite la enseñanza que había impartido el Señor en la tierra, y luego, bajo la guía del Espíritu, ofrece enseñanza que va más allá de lo que el Señor había enseñando, dado que se había presentado una situación nueva. Cuando uno de los cónyuges de un matrimonio pagano se convierte a Cristo, él o ella no debe abandonar al otro. Pero si el otro insiste en dejar al cristiano, “no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso”. Esta última cláusula no puede significar simplemente que tienen libertad para abandonarse el uno al otro, sino que debe querer decir que están en libertad de volver a casarse. Esta nueva causal, que a primera vista es de aplicación limitada, se conoce como el “privilegio paulino”. “A los que están unidos en matrimonio, mando, no yo, sino el Señor, que la mujer no se separe del marido; y si se separa, quédese sin casar o reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone a su mujer. A los demás yo digo, no el Señor, que si algún hermano tiene una mujer que no es creyente, y ella consiente en vivir con él, no la abandone. Y si una mujer tiene marido que no es creyente, y él consiente en vivir con ella, no lo abandone, porque el marido no creyente es santificado por la mujer; y la mujer no creyente, por el marido. De otra manera vuestros hijos serían impuros, mientras que ahora son santos. Pero si el no creyente se separa, sepárese, pues no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso, sino que a vivir en paz nos llamó Dios. ¿Qué sabes tú, mujer, si quizá harás salvo a tu marido? ¿O qué sabes tú, marido, si quizá harás salva a tu mujer?” (1 Co. 7.10–16) La oposición de Pablo al divorcio no es distinta de la de otros cristianos, acepten éstos o no la existencia de excepciones. En sus escritos no contesta todas las preguntas sino que presenta normas generales, orientaciones al respecto 11 II. EL DIVORCIO Y EL SEGUNDAS NUPCIAS EN LA HISTORIA DE LA IGLESIA No ha existido nunca consenso sobre si es posible llevar a cabo el divorcio en los casos excepcionales. “La situación existente en los días de Jesús, reflejada en las discusiones entre partidarios de las interpretaciones de Sammai o de Hillel, se repite constantemente durante los 20 siglos de historia de la iglesia Cristiana.”11 El hecho que a lo largo de la historia las iglesias Occidentales y Orientales, que son las bases de las iglesias Católica y Ortodoxa, citen a sus antiguos padres y teólogos para llegar a conclusiones muy diferentes ilustra las controversias. El divorcio es rechazado en líneas generales y los antiguos escritores cristianos lo condenan. A pesar de esto existen distintas posiciones al respecto. 1. Los primeros siglos de la Iglesia (S. I al IV) A partir del siglo II se nota una fuerte tendencia antidivorcista, que según sus defensores se basaba en las Escrituras del Nuevo Testamento. Hermas y Clemente de Alejandría son citados generalmente como hitos de esta posición. No obstante existía disparidad de criterio en la interpretación de las posibles excepciones y no es posible hablar que existiera unanimidad sobre el tema. De todas formas el estudio de los escritos de los padres de la Iglesia y de los escritores más antiguos, así como la información que se tiene acerca de los concilios locales y regionales celebrados antes de la llegada de la Edad Media, revela que el divorcio era rechazado generalmente. El uso de ese mismo tipo de fuentes muestra que en muchos casos el divorcio era permitido por causa del adulterio de la esposa, permitiéndose el nuevo matrimonio del hombre, y se toleraban las nuevas nupcias en el caso de algunas mujeres víctimas de infidelidad matrimonial. Al revisar los primeros siglos de la Iglesia nos encontramos con que para muchos de los cristianos de esos tiempos el matrimonio era innecesario o una concesión a la debilidad humana. Una carta de Ignacio de Antioquia, en el año 110, para Policarpo ilustra muy bien esta realidad diciendo: “aquellos que se casan deben ser unidos con consentimiento de su obispo, para asegurarse de que lo hacen de acuerdo con el Señor y no para satisfacer su concuspicencia”.12 11 Marcos Ramos, “La pastoral del divorcio en la historia de la Iglesia”, 1988, p. 25 12 En esta misma línea en el año 210, Clemente de Alejandría tuvo que defender que el matrimonio tiene un carácter de sagrado, dado que muchos creyentes lo consideraban como algo inadecuado de un verdadero cristiano. Orígenes tuvo que hacer algo parecido en la defensa de la santidad del matrimonio. Lo que para nosotros hoy en día puede parecer tan claro e indiscutible en los primeros siglos fue causa de controversia y de amargura: las nuevas nupcias de los viudos o viudas. Muchos toleraban el nuevo casamiento pero los consideraban poco espirituales e indignos, cerrándoles las opciones para servir en el ministerio. Otros fueron aun más severos. “… el observador cuidadoso encuentra que casi todas las referencias a la prohibición de un nuevo enlace matrimonial en los escritos cristianos antiguos tiene que ver con los siguientes casos: divorcios en los cuales no existe adulterio de por medio, casos de viudos en busca de un nuevo matrimonio: y sobre todo mujeres divorciadas a las que casi nunca se les permite - ni siquiera se les tolera - las nuevas nupcias”.13 Es un hecho indiscutible que una gran parte de los escritos cristianos antiguos y medievales fueron redactados por célibes y hasta por enemigos del matrimonio. Las prácticas de tipo monástico eran comunes y ampliamente aceptadas en estos tiempos. Estos elementos requieren de especial cuidado al interpretar a los autores antiguos en relación a sus interpretaciones de otros escritos de sus contemporáneos. Alrededor del siglo IV con los Padres Latinos nació una interpretación que consideraba la no existencia de la posibilidad de una ruptura del matrimonio delante de Dios, hablando entonces del sentido de “separación” más que de divorcio. En el siglo IV el Imperio Romano se dividió políticamente dos partes: Oriente y Occidente. Con esta división también se fueron acentuando las diferencias entre las iglesias griegas y latinas. No obstante además de estas dos grandes grupos de iglesias existían muchas otras más pequeñas relacionadas con grupos étnicos y regiones aisladas que no estaban bajo una jerarquía de griega o romana, incluso hasta nuestros días. La iglesia oriental griega se regía por el obispado de Roma, al que llamaremos Papado. La iglesia occidental latina era dirigida por el patriarcado de Constantinopla. En el siglo IV hay que mencionar la llegada de Constantino. En el año 313 Constantino promulgaba el Edicto de Milán, mediante el cual se establecía la libertad de profesar y practicar el cristianismo. Hasta los días de Constantino la conversión al cristianismo fue voluntaria. En el 331 el Emperador estableció una política acerca del divorcio que sería aplicada a todos sus súbditos, fueren o no cristianos. Las causales incluían el adulterio, la 12 13 Marcos Ramos, op. cit, p. 52. Marcos Ramos, op. cit, p.65 13 prostitución y el aborto. La mujer podía disolver el matrimonio si su cónyuge era curandero, asesino o profanador de sepulcros. Luego de Constantino asumió el Imperio Teodosio (378-395) bajo el cual el cristianismo pasó a ser la religión oficial del Estado del Imperio Romano. El camino en que el estado y la iglesia serían uno ya estaba en marcha. Suprimió por la fuerza a toda otra religión y prohibió la adoración de ídolos. Bajo sus decretos (375-400), los templos paganos fueron arrasados por turbas de cristianos, y hubo mucho derramamiento de sangre. “No nos atrevemos a emitir un juicio definitivo acerca del primer siglo. Pero la existencia de distintas interpretaciones en los siglos del II al V; y sobre todo la realidad de las diferentes aplicaciones de la enseñanza sobre el matrimonio, el divorcio y el nuevo casamiento, revela una cierta ausencia de uniformidad que continuaría afectando el análisis de esa cuestión a lo largo de la historia de la iglesia.”14 2. La Edad Media (S. V al XV) La creciente concentración del poder eclesiástico en las iglesias de Roma y Constantinopla llevó a que se vivieran dos situaciones diferentes en el Este y el Oeste del antiguo imperio Romano. Por una parte la Iglesia Romana era mucho más rigurosa que la iglesia antigua, por otro lado la Iglesia Griega sistematizaba las excepciones y concesiones hechas a los divorciados en ciertos casos. En occidente no existió una uniformidad apreciable hasta la última parte de la Edad Media. En siglo V, el año 449 Teodosio II amplió considerablemente la lista de los motivos del divorcio establecidos por las leyes del Emperador Constantino. Por ejemplo: conspirar contra el Imperio, albergar criminales, robar, secuestrar, etc.15 Con la llegada de Justiniano al poder y sus modificaciones a la legislación (535) se aclaró y mejoro el trato dado a la mujer, acercándose a los derechos del hombre para divorciarse. A su vez se nota una mayor influencia de los principios cristianos en la legislación civil. Queda la reflexión de que la iglesia fue demasiado dócil al aceptar todas las legislaciones sobre el divorcio por parte de los emperadores o que compartía cierto grado de tolerancia hacia el divorcio. Para muchos historiadores se trataba sencillamente del reflejo de la posición de muchos escritores de los primeros siglos, por ejemplo: “Lactancio, Asterio de Amasea, Víctor de Antioquia, Avito de Viena; así como de decisiones de los concilio de Arlés (314), Milvis (416), Adge (506), 14 Marcos Ramos, op. cit, p.79 Si se desea profundizar al respecto recomendamos la obra “El vínculo matrimonial”, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1978. 15 14 sin olvidar las concesiones y permiso admitidos por el Ambrosiáster, Orígenes y otros, incluyendo a numerosos obispos e iglesias locales”.16 A pesar de las opiniones de las grandes iglesias, en esta época continuarían las concesiones y hasta la aceptación doctrinal de un divorcio seguido por nuevas nupcias, como se nota en los escritos del Venerable Beda, Bonifacion de Mainz, Teodoro de Canterbury, Edbert de Cork y muchos otros. En los siglos X y XI hubo una ruptura definitiva entre la iglesia de Roma y la de Constantinopla. A partir de los siglos XI y XII se inicia el proceso de codificación de la legislación eclesiástica y se empieza a utilizar la llamada ciencia de las leyes canónicas. Los Penitenciales17, las decisiones de algunos concilios locales y regionales de la primera parte de la Edad Media y hasta la postura flexible de ciertos obispos bajo la Iglesia Romana, muestran que se mantenía el tema de las excepciones y las concesiones y que estaba lejos de terminar. “A fines de la Edad Media, el antidivorcismo riguroso iba en aumento y se consolidaba en Europa Occidental y Central. Pero los mismos papas, obligados a resolver situaciones bajo la presión de los gobernantes seculares, no pudieron poner punto final a la controversia. Es entonces cuando las anulaciones toma el lugar de las antiguas prácticas que toleraban ciertos casos de divorcio. La defensa, al menos teórica, de la indisolubilidad matrimonial absoluta, avanzó considerablemente, a pesar de las deficiencias en la aplicación de la misma por parte de las autoridades eclesiásticas en varios niveles”.18 3. La Edad Moderna y el protestantismo (S. XV al XVIII) Durante esta época se produjo el moviendo de reforma. En el año 1517 Martín Lutero, clavaba sus 95 tesis en la iglesia de Wittenberg (31 de octubre), contrariando la venta de indulgencias. Las posturas de este personaje en relación con el divorcio eran: - El matrimonio era disuelto instantáneamente al existir adulterio. - El divorcio y nuevo casamiento es legal en caso de abandono malicioso, basándose en 1 Co. 7. - Las únicas causales escriturales para el divorcio son el adulterio y el abandono. - Es válido que el Estado considere situaciones como la crueldad para disolver el matrimonio. 16 Marcos Ramos, op. cit, p.84. Los Penitenciales eran escritos característicos de las iglesias de los celtas en las Islas Británicas. 18 Ibidem, p.96. 17 15 En sus propias palabras afirma: “Me maravillo aun más que los romanistas no permitan el nuevo casamiento del hombre separado de su mujer por divorcio, sino que lo obligan a quedarse sin casar. Cristo permitió el divorcio en casos de fornicación y no obligó a nadie a quedarse sin casar; y Pablo prefería que nos casásemos antes que permitir que nos quemásemos, y parece haber estado dispuesto a aceptar que el hombre pueda casarse con otra mujer en lugar de la que ha repudiado”. 19 Otro reformador muy conocido Juan Calvino, insistió en el divorcio por adulterio pero aceptó también otras causales como el abandono y la vagancia por parte del esposo. Calvino, al igual que Lutero y otros reformadores, criticaron duramente la posición estricta de los sectores católicos que rechazaban el nuevo matrimonio de los divorciados al menos que estos obtuvieran una anulación matrimonial. De manera general podemos mencionar que los reformadores, al promover el regreso a la Biblia, consensuaron que existen 2 causales con alguna base escritural: El adulterio y el abandono reiterado. Las bases bíblicas para estas conclusiones son Mt. 2:32, Mt. 19:9 y 1 Co 7:15. Todos los reformadores importantes sin excepción aceptaron que el matrimonio queda disuelta completamente por el divorcio y que este es completamente válido por causa de adulterio. La causal de abandono reiterado e irremediable fue gradualmente admitido. “Para muchos, la concesión o excepción a la que se llama generalmente ‘privilegio paulino’ enseña la posibilidad que tiene la Iglesia de hacer concesiones ante situaciones difíciles como la planteada por un creyente abandonado por un incrédulo”. 20 En la mente de los reformadores estaban situaciones como la de la vagancia, que llevaron a Calvino a extender esta interpretación de Pablo a otros casos. El más estricto de los grandes personajes de la Reforma fue, probablemente, Pedro Mártir, el cual hacia “concesiones” únicamente para el cónyuge traicionado con el adulterio, a pesar de eso llegó a aceptar también el nuevo casamiento del cónyuge abandonado irremediablemente. Esta posición puede ilustrar la del protestantismo conservador a través de los tiempos, aunque en las épocas más reciente los sectores llamados fundamentalistas y liberales han establecido otras variantes. Conviene mencionar asimismo que tal como desde antiguo existían las concesiones pastorales para situaciones complicadas algunos reformadores también lo hicieron, admitiendo causas adicionales para el divorcio, por ejemplo el alcoholismo, la crueldad contra un cónyuge y sus hijos. Con absoluta unanimidad los reformadores interpretaron que el mismo Cristo había permitido al cónyuge inocente víctima de adulterio volverse a casar, independiente que viviera su cónyuge. La búsqueda de intentar salvar el matrimonio también estaba presente, 19 B.L. Wolf, “Reformation Writings of Martin Luther”, Londres, Lutterworth Press, 1952, p.307. Citado por Marcos Ramos, op. cit, p.99 20 Ibidem, p.100. 16 el inocente era invitado a perdonar y podía ser exhortado a ello, pero ese perdón no conllevaba necesariamente la obligación de regresar a hacer una vida matrimonial con el antiguo cónyuge adúltero. Al adúltero si se arrepentía debía otorgársela misericordia. A partir del siglo XVI los protestantes aceptarían las leyes civiles acerca del divorcio. Pero el reconocimiento de cristianos divorciados vueltos a casar, como miembros respetado de las iglesias, dependería únicamente de las circunstancias que rodearon la disolución matrimonial y no de la regla civil. Lentamente fue prevaleciendo la práctica no acudir a los tribunales eclesiásticos sino más bien simplemente ir a los tribunales civiles, lo que por parte de algunos incluía el dar aviso a su iglesia para que estuvieran al tanto del caso. 4. Protestantismo y divorcio (S. XIX y XX) La línea de aceptar el nuevo matrimonio para el cónyuge inocente mantuvo su amplia aceptación hasta que a finales del siglo XIX escritores evangélicos y conocidos predicadores adoptan una posición parecida a la católica en relación con la indisolubilidad matrimonial. De todas formas no es posible generalizar esta postura o considerarla mayoritaria dentro de los evangélicos conservadores del siglo XIX. Charles Spurgeon, Charles Finney, Dwiht L. Moody, J.C. Ryle, Henry Ironside, son ejemplos de destacados predicadores que aceptan las segundas nupcias en el caso de divorcio por adulterio. Entre los protestantes activos, el divorcio era insignificante en cuanto a cifras hasta el siglo XX, en el las estadísticas sencillamente se fueron convirtiendo en un asunto difícil de controlar. La posición hacia el divorcio y el nuevo casamiento dependen de cada denominación e incluso dentro de cada denominación existe generalmente cierto tipo de variedad, sobre todo cuando se compara la forma de interpretar estos asuntos en países distintos. 5. El Catolicismo (S. XVI al XX) En el Concilio de Trento (1547) se definió con mayor claridad la política de la Iglesia Católica acerca del matrimonio y el divorcio. Como una reacción a la política de las iglesias evangélicas o reformadas, se aplicó un gran rigor en relación a estos temas. La manera para hacerle frente al problema del gran número de divorciados católicos la Iglesia posterior a Trento a establecido las “anulaciones”, manteniendo la mismo tiempo sus lineamentos generales y la política fijada. Los papas y obispos han insistido en las últimas décadas que los divorciados y vueltos a casar no están excomulgados y que pueden participar de sus actividades. Un amplio sector en los círculos académicos y en el clero, insisten en que se les permita recibir la comunión y participar en igualdad de condiciones. 17 La Iglesia Católica, a pesar de la frecuencia con que concede las anulaciones matrimoniales, continúa siendo un bastión antidivorcista. Por otra parte se puede entender que el catolicismo no ha cerrado el tema en función de su abierta disposición a buscar un entendimiento con las iglesias orientales separadas de Roma, sin obligarlas a aceptar en todos los detalles su política hacia el divorcio. Mientras que casi todos los protestantes aceptan la validez del matrimonio civil, la Iglesia Católica solo acepta los matrimonios que oficia uno de sus clérigos representante, a menos que se trate de una ceremonia entre dos personas no católicas que sea permitida en las leyes canónicas vigentes. Asimismo hay que hacer la diferencia entre los protestantes antidivorcistas y la política católica dado que estos últimos tienen la opción de las anulaciones, la que no es compartida por los antidivorcistas. III. LA POSICIÓN DE LA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA Un resumen de la posición de la Alianza Cristiana y Misionera mundial es el siguiente: “Los Concilios de la Alianza Cristiana y Misionera de 1921, 1949, 1967 y 1974 han establecido en los que ha abordado la temática que la denominación no acepta divorcio y segundas nupcias a no ser en casos que tengan alguna base bíblica. A pesar de eso, los pastores no ofician en ceremonias religiosas si uno de los contrayentes es divorciado y lo que se vuelven a casar no ocupan cargos de anciano o diácono”.21 De manera un poco más extensa las conclusiones de una de las conferencias mundiales celebradas en Canadá sostienen que22: - el Divorcio es un extravío de los propósitos de Dios. Aunque se permitió en el Antiguo Testamento, fue no obstante, contrario a lo que Dios inicialmente había establecido. Jesús dijo que esto ocurrió por la dureza de los corazones de los del pueblo y que no era la voluntad absoluta de Dios. - Hay ciertas circunstancias cuando si se permite el divorcio. - Basándose Mt. 5:32 y Mt. 19:9 se afirma que nadie debe divorciarse de su cónyuge sino por causa de fornicación. La Palabra del griego que traduce fornicación (Porneia) se refiere a la inmoralidad sexual habitual que se puede traducir como promiscuidad sexual, la cual, incluye toda clase de inmoralidad incluyendo el adulterio, esta promiscuidad o inmoralidad sexual desacra el matrimonio. En esto están de acuerdo los 21 G. Edwin Bontrager, “Divorce and the Faithful Church”, Scottodale: Herald Press, 1978, pp.100-101. Citado por Marcos Ramos, op. cit, p.151. 22 Erwin De Leon, “Declaración sobre el Matrimonio, el Divorcio y el Segundo Casamiento”. 18 - - - - - - - expertos en el idioma griego. De lo dicho anteriormente, entonces, Cristo hace una interpretación más aguda y correcta a la ley de Moisés sobre el divorcio. La interpretación de Jesús da a entender que el divorcio es menor frente a una situación de inmoralidad sexual intolerable. A partir de Mr. 10:11-12, 1 Cor 7:15 se debe prohibir terminantemente el divorcio cuyo propósito inmediato es el casarse con otra persona. Sobre las segundas nupcias llegan a las siguientes conclusiones: Si después del divorcio uno de los cónyuges se muere, el que quede puede casarse de nuevo, la muerte siempre disuelve el matrimonio Ro 7:2, 1Cor 7:39 Cuando el adulterio ha resultado en divorcio. El cónyuge inocente se puede volver a casar Mt. 5:32 Según las enseñanzas de 1 Corintios 7 que permite el divorcio cuando el cónyuge incrédulo se separa, en este caso la mera separación del incrédulo no es base suficiente para casarse de nuevo. No le es permitido casarse de nuevo a nadie aduciendo meramente abandono, según lo indica 1 Cor 7:11 “y si se separa, quédese sin casar o reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone a su mujer” es decir, si el incrédulo que se separo no ha muerto o no se ha vuelto a casar o juntarse con alguien, entonces no se puede volver a casar la persona que fue abandonada; pero si se da el caso que él que abandono se casa o se junta con alguien, el abandonado entonces esta libre para volverse a casar. Cuando dos incrédulos se han divorciado y después se convierte uno de ellos y ninguno de los dos se ha casado de nuevo, el creyente debe procurar restaurar su matrimonio. Si el incrédulo rehúsa hacerlo, entonces se debe de tomar como un caso según describe la Biblia . . . 1Cor 7:15 “Pero si el no creyente se separa, que se separe. En tal caso, el hermano o la hermana no han sido puestos bajo servidumbre, pues Dios os ha llamado a vivir en paz”. Si una persona se divorcia sin bases Bíblicas y su exconyuge se vuelve a casar, este por casarse de nuevo, según Mt 5:32 y Mt. 19, ha cometido adulterio y por ello delante de Dios ha disuelto su primer matrimonio. La Biblia no exige que la persona se case de nuevo; solo aquellos que tienen base bíblica les es permitido hacerlo. Estas personas deben entrar en su segundo matrimonio con cautela. Pocas veces fracasa un matrimonio en que uno de los cónyuges es totalmente libre de culpa. La persona que solicita casarse de nuevo debe demostrar una actitud de arrepentimiento por cualquier cosa que haya causado el fracaso del matrimonio original. Debe recibir el consejo de la iglesia, para evitar la repetición de sus actitudes y acciones destructivas. Las personas que vuelven a casarse después de un divorcio por razones NO bíblicas, son culpables delante de Dios de cometer adulterio (Mat. 5:32), tales matrimonios no serán oficiados, ni aprobados por la iglesia. Las Personas que se han divorciado sin bases bíblicas y que después se convierten no están exentas necesariamente de la necesidad de quedarse solteros solo por el hecho de haber aceptado a Cristo. Aunque seamos nuevas criaturas, seguimos llevando las mismas responsabilidades por las deudas de este tipo contraídas delante de Dios. El 19 - - - hermano que siendo incrédulo tuvo hijos, todavía tiene la obligación de sostenerlos después de su conversión. El hombre que contrajo matrimonio siendo incrédulo tiene que seguir honrando los términos de ese contrato después de su conversión. Así como al tomar un préstamo al banco, por haber aceptado a Cristo no estamos exonerados de pagar, de la misma manera, por haber aceptado a Cristo no estamos exonerados de nuestro matrimonio y nuestros compromisos del mismo. Personas que fueron divorciadas y volvieron a casarse sin bases bíblicas antes de su conversión, no beben sentirse obligados a deshacer su segundo matrimonio después de su conversión. El nuevo casamiento que se efectuó incorrectamente y constituyó un acto de adulterio que rompió y desacro el matrimonio anterior; ahora solamente vivirá en adulterio si es infiel a su nuevo contrato, por lo que tiene la responsabilidad delante de Dios de ser fiel a su matrimonio actual. Las personas divorciadas o casadas por segunda vez bajo normas bíblicas tienen derecho a todos los privilegios de comunión y membresía oficial en la iglesia. El creyente que fue divorciado o casado por segunda vez sin bases bíblicas, cuando era incrédulo, debe ser recibido en plena comunión en la iglesia. La gracia de Dios en Cristo perdona todo pecado y ahora es nueva criatura. El Creyente que se case con una persona divorciada sin base bíblica o una persona que estando en la iglesia se case con alguien divorciado sin base bíblica. Ambos casos deben ser disciplinados por la iglesia y podrán ser restituidos a sus privilegios de comunión solamente después de haber mostrado un arrepentimiento genuino por haberse apartado de las normas bíblicas. 20 CONCLUSIÓN Antes de hablar de divorcio con una persona hay que hablar de otros dos temas: matrimonio y reconciliación. Solamente cuando una persona ha entendido y aceptado la perspectiva de Dios acerca del matrimonio y el llamado de Dios a la reconciliación, se ha creado el entorno posible dentro del cual se puede, lamentablemente, hablar sobre el divorcio. Tal como nunca fue voluntad de Dios que las personas pecaran, tampoco lo es que se divorcien. A pesar de esto hay un camino para el perdón y la restauración del pecador para lo que es necesario ir a los pies del Dios de amor con arrepentimiento. Aún cuando el arrepentimiento ante Dios lleva a su perdón total de nuestro pecado las consecuencias del pecado no siempre se pueden reparar. Como iglesia nos corresponde anunciar el perdón y ser instrumentos de restauración conforme la infinita gracia de nuestro Señor Las crisis entre la pareja son inevitables, pero bien encaminadas pueden transformarse en oportunidades para crecer y lograr una relación más sólida y estable, con mayor razón para quienes hemos entregado nuestra vida a Jesucristo. No obstante no todos logran remontar las crisis en la relación. Existen situaciones en las que hasta es necesario y aconsejable que ambos se separen en función de proteger a los hijos o uno de los cónyuges de la violencia. En este sentido podemos establecer una diferencia entre divorcio y separación con el propósito del resguardo de la integridad física o psicológica de los involucrados. El divorcio es la ruptura total y definitiva del vínculo matrimonial. Es una situación extrema a la que debiera llegarse cuando se hubiesen fracasado todos los intentos de restablecer la relación. Asimismo es una situación para cuando la gravedad y profundidad de la crisis no haga posible que el matrimonio continúe. Cuando se han agotado las alternativas, el mantener las apariencias de una unión formal puede ser aún más destructivo que la separación. A lo largo de la historia de la Iglesia no ha existido nunca consenso sobre si es posible llevar a cabo el divorcio en los casos excepcionales. De todas formas el divorcio es rechazado en líneas generales y los antiguos escritores cristianos lo condenan. - Una manera amplia de clasificar los distintos puntos de vista es: No existe opción al divorcio ni a las segundas nupcias. Si es válido el divorcio en ciertos casos, pero no las segundas nupcias. Es posible el divorcio y las segundas nupcias únicamente en los casos de adulterio y abandono. Es posible el divorcio y las segundas nupcias por múltiples circunstancias y motivos. 21 A partir de lo investigado entendemos que Dios odia el divorcio pero por causa de la dureza del corazón de los hombres lo permitió. La manera en que se plantea en la Biblia esta “permisión” nos da a entender que el lazo de la unión establecida se “corta”, siendo posible entonces un nuevo matrimonio. Entendemos también que no hemos agotado el tema dentro del presente trabajo y que todavía queda el desafío de continuar ahondando al respecto. 22 BIBLIOGRAFIA Libros DE LEON, E. Declaración sobre el Matrimonio, el Divorcio y el Segundo Casamiento. Programa Dialogo Pastoral DOUGLAS, J. D. Nuevo Diccionario Bíblico Certeza. Ediciones Certeza. Barcelona, Buenos Aires, La Paz, Quito. 2000. DUTY, G. 1975. Divorcio y nuevo matrimonio. Editorial Betania. Puerto Rico. GANDINI, A. Cuando nos enfrentamos al Divorcio. Editorial Mundo Hispano. Estados Unidos. 1986. HALLEY, H. Biblioteca de la Historia Cristiana. 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