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Código de conducta de proveedor Richemont es propietaria de varias Maisons y empresas líderes del mundo en el sector de los artículos de lujo y desde hace años tiene el compromiso de hacer negocios de manera responsable. El Código de conducta de proveedor de Richemont, el cual apoya este compromiso, consta de 39 Principios que tratan Requisitos generales, Cadenas de suministro responsable, Prácticas laborales y derechos humanos, Medio ambiente, Desarrollo de productos sostenibles y Aplicación y cumplimiento. Requerimos que nuestros proveedores respeten este Código de conducta y garanticen el cumplimiento de sus propias operaciones con todos sus principios aplicables. Esperamos también que nuestros proveedores comuniquen y animen a sus propios contratistas y vendedores a que incorporen estos principios a sus políticas y prácticas empresariales. Para garantizar que los requisitos de este Código de conducta se cumplan de forma consistente y que pueda verificarse la conformidad con el Código, esperamos de nuestros proveedores que pongan en práctica sistemas de gestión y procesos empresariales adecuados. Los proveedores aceptan que podemos llevar a cabo visitas de control o requerir auditorías de terceros para comprobar el cumplimiento así como para apoyar la mejora continua. A los efectos de este Código, cualquier referencia a Richemont será aplicable también a sus Maisons y empresas individuales. Si los proveedores tienen preguntas relativas a cómo aplicar los principios y prácticas descritos abajo, se les recomienda que se pongan en contacto con su gerente de relaciones. En caso de alguna contradicción entre la versión en inglés y las versiones en español, prevalecerá la primera versión. Resumen del Código El apartado a continuación proporciona un resumen de los 39 Principios incluidos en este Código de conducta. En la siguiente página se incluye una versión resumida seguida del texto completo del Código. Se espera de los proveedores que lean y entiendan completamente los detalles de estos principios tal como se describen en los apartados a continuación. Requisitos generales 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Leyes generales y reglamentos Integridad empresarial Anticorrupción Blanqueo de capitales Antimonopolio Revelación de productos País de origen de los componentes de los productos Seguridad Procedimiento de reclamación y denuncia Cadenas de suministro responsable 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. Especies amenazadas Política sobre diamantes Metales del grupo del oro o del platino Productos forestales Piedras preciosas de color Fragancias Bienestar de los animales Impacto en la comunidad 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. Discriminación Disciplina y acoso Trabajo forzoso Mano de obra infantil Salarios y beneficios Horas laborables Libertad de asociación Salud y seguridad Medio ambiente 29. 30. 31. 32. 33. 34. Leyes generales, reglamentos y cumplimiento Emisiones atmosféricas Agua y aguas residuales Sustancias peligrosas Residuos peligrosos y no peligrosos Uso de la energía y emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) 35. Biodiversidad Desarrollo de productos sostenibles 36. Desarrollo de productos sostenibles Prácticas laborales y derechos humanos 18. Leyes generales, reglamentos y cumplimiento 19. Derechos humanos 20. Pueblos indígenas Aplicación y cumplimiento 37. Cumplimiento general 38. Evaluación 39. Incumplimiento Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 1 Resumen del Código de conducta de proveedor: Los 39 Principios de acción Requisitos generales 1. Cumplir con las leyes y los reglamentos aplicables 2. Observar normas de conducta ética 3. No participar en ningún tipo de prácticas corruptas, incluidos la extorsión, el fraude o el soborno 4. No participar en el blanqueo de capitales o en la financiación del terrorismo 5. Actuar en cumplimiento con la normativa antimonopolio 6. Exponer las características fundamentales de los productos y la información de salud y seguridad 7. Poder facilitar información sobre el país de origen y las fuentes de los componentes de materias primas 8. Garantizar la integridad física y la seguridad de los empleados y de los objetos de valor convertibles en dinero efectivo 9. Poner en práctica procedimientos adecuados de reclamación y denuncia Cadenas de suministro responsable 10. Cumplir con las convenciones y normativas aplicables, incluida la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés) 11. Atenerse al Sistema de Certificación del Proceso de Kimberley (KPCS, por sus siglas en inglés) y al sistema de garantías voluntario del Consejo Mundial del Diamante 12. Tomar medidas para garantizar que los metales del grupo del oro o del platino suministrados a Richemont - de todas las fuentes cumplan las normas internacionales para prácticas comerciales responsables y no proceden de zonas de conflicto 13. Comprometerse con el uso del papel, embalajes y otros productos derivados de la madera provenientes de fuentes responsables 14. Hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que las piedras preciosas suministradas a Richemont se extraigan de manera respetuosa con los derechos humanos y laborales, que no sea conflictiva y que no cause daños medioambientales 15. Garantizar que los componentes de fragancias, las fórmulas y los componentes de embalajes sean seguros y que cumplan con las leyes aplicables en todo el mundo 16. Atenerse a las prácticas éticas relativas al bienestar de los animales de acuerdo con los Principios sobre el Abastecimiento Animal Sostenible del Grupo de Trabajo de Lujo 17. Apoyar el desarrollo de comunidades implicadas en la cadena de suministro cuando sea posible Prácticas laborales y derechos humanos 18. Defender la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo 19. Respetar los derechos humanos fundamentales, y de acuerdo con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y Derechos Humanos 20. Reconocer y respetar los derechos de los pueblos indígenas y el valor de su patrimonio tradicional, cultural y social 21. Prohibir cualquier tipo de discriminación 22. Prohibir el uso de castigos corporales, el trato vejatorio, el acoso, el abuso, la coacción o la intimidación de cualquier forma 23. Atenerse a las leyes y reglamentos vigentes en materia laboral relativas a la esclavitud y a la trata de personas 24. Prohibir el uso de la mano de obra infantil 25. Asegurarse de que todos los empleados sean pagados en línea con las normas del sector y las leyes vigentes sobre el salario mínimo legal y/o los convenios colectivos 26. Garantizar que las horas laborables normales cumplen con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo 27. Permitir a los trabajadores la libre asociación 28. Comprometerse con unos altos niveles de salud y seguridad Medio ambiente 29. Llevar a cabo los negocios de una manera responsable con el medio ambiente, asegurando el cumplimiento con los requisitos legales pertinentes, las normas medioambientales y la normativa específica medioambiental del sector 30. Asegurar el cumplimiento de las emisiones atmosféricas de las operaciones con requisitos legales pertinentes 31. Ejercer una buena administración hídrica 32. Satisfacer los requisitos legales relativos al uso de sustancias peligrosas 33. Asegurar el cumplimiento de una gestión, almacenamiento y transporte seguros de los residuos 34. Entender el consumo de energía y tomar medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) 35. Proteger la biodiversidad y los hábitats sensibles Desarrollo de productos sostenibles 36. Tener en cuenta las adecuadas consideraciones ambientales y sociales en el ciclo de vida completo de los procesos, tecnologías, productos y embalaje Aplicación y cumplimiento 37. Comunicar los principios del Código de conducta de proveedor a los empleados, subcontratistas y los terceros pertinentes 38. Cooperar y facilitar la evaluación de la observancia del Código de conducta de proveedor 39. Informar de problemas directamente al Jefe de Auditoría Interna de Richemont en: whistle.blowing@richemont.com Los detalles completos de cada principio se facilitan en las páginas 3 a 9 del Código a continuación. Se espera de los proveedores que indiquen su aceptación de los términos específicos del Código en la página 10. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 2 REQUISITOS GENERALES Principio 1 - Leyes generales y reglamentos Los proveedores deberán cumplir con las leyes y los reglamentos vigentes relativos a sus actividades y los países en los que lleven a cabo su actividad. Cuando surjan diferencias o conflictos entre el presente documento y la ley local, prevalecerá la normativa de mayor rango. Los proveedores deberán asegurarse de que cualquier producción, entrega u otra acción sujeta a la obtención de permisos específicos gubernamentales, legales o regulatorios solo se emprenda cuando dichos permisos hayan sido concedidos. Principio 2 - Integridad empresarial Los proveedores observarán estrictas normas de conducta ética y garantizarán la integridad, transparencia y conformidad con las leyes aplicables y las normativas de este Código de conducta. Animamos a los proveedores a establecer una política que describa su compromiso con la responsabilidad corporativa. Los proveedores actuarán de manera que fomente la confianza garantizando la contribución de su conducta empresarial (en particular la relacionada con la protección de secretos comerciales y la propiedad intelectual) a unas relaciones comerciales sostenibles, estables y creíbles. Principio 3 - Anticorrupción Los proveedores no tomarán parte en ninguna forma de prácticas corruptas, incluidas entre otras, la extorsión, el fraude o el soborno. Los proveedores deberán: prohibir el soborno y la corrupción en todas las operaciones comerciales, como aquellas que puedan comprometer los principios de la justa competencia o constituir un intento de obtener o retener negocios o influir en el curso de los negocios o en los procesos de toma de decisiones del gobierno; no permitir a ningún empleado que sufra consecuencias negativas por expresar una preocupación o rechazar participar en un acto de soborno; prohibir la aceptación de pagos, regalos en especie, gastos, descuentos, ventajas o promesas tales como que puedan influir en el curso de las decisiones comerciales; poner en marcha sistemas adecuados para gestionar el riesgo de soborno; no ofrecer a sus contactos en Richemont ningún incentivo, premio, comisión ilícita, regalo, soborno u otro pago que pueda comprometer la toma de decisiones comerciales objetivas y justas. Principio 4 - Blanqueo de capitales Richemont no tolerará el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Los proveedores deberán cumplir con las normativas y procesos aplicables nacionales y/o internacionales sobre contabilidad y banca, así como con la ley respecto del blanqueo de capitales, financiación de terrorismo, fraude y otras actividades ilegales. Principio 5 - Antimonopolio Los proveedores deberán actuar en cumplimiento con la normativa antimonopolio. Los proveedores no tratarán de aprovecharse de la pertenencia a una asociación de comercio con el fin de obtener o intercambiar información comercialmente sensible en contra de las leyes y reglamentos en materia de competencia. Principio 6 - Revelación de productos Los proveedores revelarán las características fundamentales y la información sobre salud y seguridad de los productos que suministren a Richemont de conformidad con la legislación pertinente sobre normas comerciales, y cuando existan, con las regulaciones específicas nacionales o internacionales y las directrices generalmente aceptadas por el sector. Principio 7 - País de origen de los componentes de los productos Se podrá requerir a los proveedores que faciliten a Richemont la información sobre el país de origen y las fuentes de los componentes y materias primas incluidos en los productos que se suministran. Los proveedores deberían, por lo tanto, mantener información fidedigna, incluido cualquier cambio, sobre el origen y composición de los productos suministrados. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 3 Principio 8 - Seguridad Los proveedores garantizarán la protección y seguridad de los empleados en sus operaciones. Los proveedores garantizarán la integridad física y la seguridad de los objetos de valor convertibles en dinero efectivo en sus operaciones y durante el transporte a o de sus operaciones para evitar fomentar el fraude, el delito y la conducta antisocial. Procedimiento 9 - Procedimiento de reclamación y denuncia Los proveedores pondrán en práctica medidas de reclamación y denuncia que permitan a los empleados comunicar la conducta indebida real o sospechada sin temor a represalias. Los proveedores deberán: comunicar claramente estas medidas a los empleados; permitir a los empleados actuar de forma individual o junto con otros trabajadores para presentar una reclamación sin sufrir ninguna penalización o represalia; registrar, investigar y tramitar las reclamaciones planteadas por los empleados. CADENAS DE SUMINISTRO RESPONSABLE Principio 10 - Especies amenazadas Los proveedores cumplirán plenamente con la normativa especial internacional y local, en particular la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES), en relación con el aprovisionamiento, la importación, el uso y la exportación de materias primas provenientes de especies protegidas o amenazadas. Principio 11 - Política sobre diamantes Los proveedores se atendrán al Sistema de Certificación del Proceso de Kimberley (KPCS) y al sistema de garantías voluntario del Consejo Mundial del Diamante, cuyo objetivo es poner fin al tráfico de diamantes conflictivos y apoyar iniciativas futuras similares dirigidas a proteger los derechos humanos y la integridad de sus cadenas de suministro. Los proveedores deberán: proporcionar únicamente diamantes naturales, no tratados, de fuentes legítimas que se ajusten estrictamente a las especificaciones de calidad de Richemont; garantizar que disponen de sistemas y controles en marcha para identificar materiales sintéticos; prohibir la compra de diamantes conflictivos o la ayuda a otros para lo hagan; proporcionar una declaración de garantía del proveedor sobre todas las facturas relativas a los diamantes recibidos por Richemont; fomentar y apoyar esfuerzos similares, por ejemplo en el sector de las piedras preciosas y los metales preciosos; asegurarse de que los empleados que compran o venden diamantes estén bien informados sobre el Proceso de Kimberley, las restricciones del gobierno sobre el comercio de diamantes conflictivos y su deber de respetar los requisitos de la política de Richemont; poner al día periódicamente a su personal sobre el tema de los diamantes conflictivos y la política de Richemont con respecto a la compra de diamantes; revelar total y completamente las características físicas de las piedras, conforme a las leyes nacionales e internacionales y a las mejores prácticas del sector. Los proveedores que participen en el tallado y el pulido de diamantes utilizarán scaifes impregnados de diamantes libres de cobalto. Cuando Richemont hubiera adquirido diamantes para que sus proveedores los usen en productos suministrados a Richemont, los proveedores utilizarán exclusivamente aquellos diamantes y no los sustituirán. Principio 12 - Metales del grupo del oro o del platino Se requiere a los proveedores que demuestren que toman medidas para garantizar que los metales del grupo oro o del platino suministrados a Richemont - de todas las fuentes - cumplen las normas internacionales para prácticas comerciales responsables y que no proceden de zonas de conflicto. Richemont reconoce la Certificación del Código de Prácticas del Consejo de Joyería Responsable y la Certificación de la Cadena de Custodia del Consejo de Joyería Responsable como mejores prácticas internacionales; se considerarán otras normativas si su equivalencia puede demostrarse de manera clara. Los proveedores facilitarán la garantía en la medida de lo posible de que los metales del grupo del oro o del platino suministrados han sido extraídos respetando los derechos humanos y laborales, no son conflictivos y no causan daños medioambientales, tanto directamente como a través de la contaminación subsiguiente del relave o de los residuos de roca. Principio 13 - Productos forestales Se requiere a los proveedores que suministran papel, embalajes y otros productos derivados de la madera los obtengan de un modo responsable, bien reciclados o de bosques gestionados de manera respetuosa con el medio ambiente, beneficiosa para la sociedad y económicamente viable. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 4 Principio 14 - Piedras preciosas de color En la medida en que sea factible según las prácticas predominantes del sector, los proveedores se asegurarán de que la piedras preciosas se extraigan de manera respetuosa con los derechos humanos y laborales, que no sea conflictiva y que no cause daños medioambientales. Los proveedores respetarán las sanciones internacionales aplicables relativas a la extracción, el comercio y la venta de piedras preciosas con independencia del lugar en que dichas piedras hubieran sido talladas y desde donde hubieran sido exportadas. Los proveedores revelarán de forma total y completa las características físicas de las piedras (incluida información detallada sobre el tratamiento), conforme a las leyes nacionales e internacionales y a las mejores prácticas del sector. Principio 15 - Fragancias Los proveedores involucrados en la industria del perfume y cosmética garantizarán que los componentes de fragancias, las fórmulas, los componentes de embalajes o de los productos acabados que suministren sean seguros para el uso al que se destinan y que cumplan con todas las leyes aplicables en todo el mundo a su mejor entender. Los proveedores garantizarán que los perfumes, productos cosméticos o ingredientes suministrados a Richemont no hayan sido probados en animales para el uso de un perfume o cosmético. Principio 16 - Bienestar de los animales Los proveedores observarán las prácticas éticas relativas al bienestar de los animales de acuerdo con los Principios sobre el Abastecimiento Animal Sostenible del Grupo de Trabajo de Lujo relativos a la captura, mantenimiento, alimentación, cría, transporte, trato y sacrificio de animales vivos, cuando sea aplicable a los productos que los proveedores fabrican. Principio 17 - Impacto en la comunidad Cuando sea posible, se anima a los proveedores a fomentar el desarrollo de comunidades involucradas en su cadena de suministro, contribuyendo a su bienestar social y económico. PRÁCTICAS LABORALES Y DERECHOS HUMANOS Principio 18 - Leyes generales, reglamentos y cumplimiento Los proveedores defenderán la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, así como los requisitos específicos siguientes, y actuarán generalmente de manera respetuosa con los derechos humanos y laborales de sus empleados. Principio 19 - Derechos humanos Los proveedores deberán respetar los derechos humanos fundamentales y la dignidad de la persona, de acuerdo con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y Derechos Humanos del modo adecuado a su tamaño y circunstancias. Los proveedores si operan en una zona afectada por conflictos o extraen sus materias de dicha zona, deberán efectuar las diligencias debidas de los derechos humanos para valorar el mayor riesgo de efectos negativos para los derechos humanos. Los proveedores que operen en zonas afectadas por conflictos o que descubran la extracción en zonas afectadas por conflictos deben informar a Richemont de manera inmediata. Principio 20 - Pueblos indígenas Los proveedores reconocerán y respetarán los derechos de los pueblos indígenas y el valor de su patrimonio tradicional, cultural y social, y esperarán de sus propios proveedores que cumplan con este requisito. Principio 21 - Discriminación Los proveedores prohibirán la discriminación por motivos de raza, etnia, casta, origen nacional, religión, discapacidad, género, orientación sexual, afiliación sindical o política, estado civil, apariencia física, edad o cualquier otro motivo aplicable. Los proveedores deberán: no practicar ni consentir ninguna forma de discriminación en el lugar de trabajo basada en tales motivos; respetar el derecho de los empleados a la libertad de prácticas religiosas o culturales, en la medida en que sea razonable; proporcionar formación adecuada a todos los empleados de manera continua, con el fin de que puedan adquirir, mantener y desarrollar sus habilidades. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 5 Principio 22 - Disciplina y acoso Los proveedores deberán prohibir el uso de castigos corporales bajo cualquier circunstancia y el uso del trato vejatorio, el acoso, el abuso, la coacción o la intimidación de cualquier forma. Los proveedores deberán: no usar ni consentir dichas prácticas; comunicar de forma clara los procesos disciplinarios y procedimientos aplicables a los empleados; asegurar que se ponen en práctica procedimientos de reclamación y procesos de investigación y que se comunican a todos los empleados. Principio 23 - Trabajo forzoso Los proveedores deberán atenerse a las leyes y los reglamentos vigentes en materia laboral y poner a disposición la información relativa a sus esfuerzos por abordar el tema de la esclavitud y la trata de personas. Los proveedores deberán: prohibir todo uso de trabajo forzoso, en condiciones de servidumbre o en prisión, y no limitar la libertad de movimiento de empleados y dependientes; garantizar que todo trabajo desempeñado en su nombre en sus operaciones se base en relaciones laborales reconocidas; prohibir retener copias originales de la documentación personal de los empleados (tales como documentos de identidad) y no requerir ninguna forma de depósito o pago como condición para el empleo; supervisar las relaciones con las agencias de contratación por el riesgo de la trata de personas ahí donde proceda. Principio 24 - Mano de obra infantil Los proveedores deberán prohibir el uso de la mano de obra infantil en sus operaciones en cualquier país. Los proveedores emplearán personas jóvenes (menores de 18 años y mayores de 15 años) solo en circunstancias bien definidas (como por ejemplo para fines de formación vocacional, o como extras en la temporada de vacaciones) que no sean perjudiciales para la salud, seguridad o moral de los niños menores de 18 años, de conformidad con la ley aplicable. El empleo de formación vocacional será solo de aplicación en los ámbitos de productos artesanales tradicionales. Principio 25 - Salarios y beneficios Los proveedores garantizarán que los empleados sean remunerados teniendo en cuenta las normas del sector, incluida la observancia de las leyes sobre el salario mínimo legal y/o los convenios colectivos, lo que fuera superior. Los proveedores deberán: remunerar a sus empleados de manera justa ofreciendo un salario digno que cubra las necesidades básicas de un trabajador; pagar salarios basados en el rendimiento que no sean menores al salario mínimo legal para una semana normal de trabajo; remunerar las horas extras con tarifas regulares o superiores, según los requisitos legales aplicables; no realizar deducciones ilegales de los salarios por motivos disciplinarios. Principio 26 - Horas laborables Los proveedores garantizarán que el horario normal de trabajo cumpla con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, así como con la legislación nacional o las normas imperantes en el sector. Los proveedores deberán: garantizar que el horario normal de trabajo no exceda de forma habitual un máximo de 48 horas por semana de trabajo; garantizar que la suma de la semana normal de trabajo y las horas extras no supere las 60 horas en una semana, a menos que se disponga lo contrario por la ley aplicable o que se permita por un Convenio Colectivo; proporcionar descanso semanal y pagar las vacaciones anuales de acuerdo con - como mínimo - la legislación nacional y las normativas aplicables del sector, y respetar todas las disposiciones jurídicamente obligatorias en materia de permisos, incluidos el permiso de maternidad, paternidad y por motivos personales. Principio 27 - Libertad de asociación Los proveedores permitirán a los trabajadores la libre asociación. Los proveedores deberán: atenerse a la ley aplicable y a los convenios colectivos cuando existan tales convenios; defender medios paralelos de diálogo tales como la implementación de la representación colectiva de trabajadores y el diálogo sólido y eficaz entre la dirección y los empleados cuando las leyes prohíban estas libertades. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 6 Principio 28 - Salud y seguridad Los proveedores se comprometerán con estrictas normas de salud y seguridad en sus operaciones. Los proveedores deberán: proporcionar condiciones laborales saludables y seguras para todos los empleados y los contratistas in situ de acuerdo con las leyes y los reglamentos aplicables, y tomar las medidas adecuadas para prevenir accidentes, lesiones y problemas sanitarios derivados de o vinculados con el curso de las actividades laborales en sus operaciones; asegurarse de que los empleados conozcan los riesgos y peligros específicos para la salud y la seguridad relacionados con las funciones, y las acciones a emprender en caso de un accidente; ofrecer lugares de trabajo que dispongan de instalaciones sanitarias, acceso a agua potable y segura para el consumo, equipos contra incendios, salidas de emergencia y vías de escape claramente señalizadas, abiertas y desbloqueadas, acceso a suministro eléctrico adecuado y alumbrado de emergencia los cuales estén adecuadamente construidos y mantenidos para satisfacer o superar las exigencias de la normativa local sobre construcción; asegurarse de que los empleados tengan acceso a un mecanismo por el cual puedan plantear y discutir asuntos de salud y seguridad con la dirección; controlar los asuntos de salud y seguridad y abordar adecuadamente aquellos asuntos que pudieran surgir; establecer procedimientos de emergencia y planes de evacuación para toda emergencia razonablemente previsible, que sean accesibles o claramente expuestos, probados con regularidad (incluidos simulacros de evacuación) y actualizados periódicamente; proporcionar a los empleados información clara y comprensible sobre salud y seguridad, así como formación pertinente, actualizadas según sea adecuado; asegurarse de que se toman las medidas adecuadas para minimizar el riesgo de contacto del empleado con sustancias peligrosas a través del uso de equipos y herramientas de protección, el uso de recipientes adecuados y la publicación de avisos de seguridad; facilitar el acceso a unas adecuadas instalaciones médicas y sanitarias in situ, incluido material de primeros auxilios claramente señalizado y personal formado en primeros auxilios y tener en marcha procedimientos adecuados para el transporte a instalaciones médicas locales en caso de emergencia médica; cuando proceda, proporcionar a los empleados alojamiento in situ seguro y saludable que disponga de instalaciones sanitarias, acceso a agua segura y potable para el consumo, equipos contra incendio, salidas de emergencia y vías de escape claramente señalizadas, abiertas y desbloqueadas, acceso a suministro eléctrico adecuado y alumbrado de emergencia. MEDIO AMBIENTE Principio 29 - Leyes generales, reglamentos y cumplimiento Los proveedores llevarán a cabo su actividad de un modo responsable con el medio ambiente garantizando el cumplimiento de sus operaciones con los requisitos legales pertinentes, las normas medioambientales y la normativa específica medioambiental del sector y establecerán los mecanismos adecuados para mantener al día a la dirección y al personal clave. Se anima a los proveedores a realizar mejoras continuas para minimizar su huella medioambiental, y se asegurarán de que todos sus centros de fabricación, proyectos de nueva construcción y rehabilitaciones cumplan con requisitos similares. Principio 30 - Emisiones atmosféricas Los proveedores asegurarán el cumplimiento de las emisiones atmosféricas de las operaciones con requisitos legales pertinentes. Los proveedores deberán: obtener los permisos necesarios y demostrar que cumplen con dichos permisos cuando proceda; tener procedimientos establecidos para controlar la fuente principal de emisiones atmosféricas. Principio 31 - Agua y aguas residuales Los proveedores ejercerán una buena administración hídrica. Los proveedores deberán: obtener los permisos necesarios y demostrar que cumplen con dichos permisos cuando proceda; poner en marcha medidas adecuadas para reducir el consumo de agua; Operar unos sistemas adecuados de control y de prevención de la contaminación por lo que respecta a las aguas residuales de los flujos de efluentes. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 7 Principio 32 - Sustancias peligrosas Los proveedores deberán satisfacer los requisitos legales relativos al uso de sustancias peligrosas. Los proveedores deberán: prohibir el uso de sustancias que estén sujetas a prohibiciones nacionales o internacionales, como sustancias peligrosas restringidas por el reglamento del Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Productos Químicos (REACH, por sus siglas en inglés) por sus efectos adversos para los seres humanos o el medio ambiente; obtener los permisos necesarios y demostrar que cumplen con dichos permisos cuando proceda; asegurarse de que cada uno de sus centros operativos mantenga un inventario de las sustancias peligrosas en fichas de datos de seguridad de los materiales actualizadas (MSDS, por sus sigla en inglés); poner en marcha medidas adecuadas para la gestión, almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas; asegurarse de que los empleados usen las sustancias peligrosas de una manera segura y adecuada; tratar de reducir al mínimo el uso de sustancias peligrosas. Principio 33 - Residuos peligrosos y no peligrosos Los proveedores se asegurarán de cumplir con la gestión, almacenamiento y transporte seguros de los residuos generados de sus operaciones. Los proveedores deberán: asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables sobre residuos peligrosos y no peligrosos, incluyendo la obtención de permisos cuando proceda; establecer procedimientos de gestión adecuados para la separación de residuos peligrosos y no peligrosos para el almacenamiento así como el manejo, almacenamiento y el transporte seguros de los residuos; formar al empleado sobre los procedimientos de gestión de residuos; intentar reducir al mínimo la cantidad de residuos peligrosos que se producen a través de sus operaciones y asegurarse de que las sustancias peligrosas derivadas de las operaciones se eliminen de modo que se evite la contaminación de las tierras circundantes, los recursos acuíferos y la atmósfera; intentar reducir al mínimo los residuos a los vertederos y fomentar el reciclaje. Principio 34 - Uso de la energía y emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) Los proveedores serán conscientes de su consumo de energía y tomarán medidas para reducir la cantidad de energía consumida y los gases de efecto invernadero (GEI) emitidos de sus operaciones, cuando sea factible. Principio 35 - Biodiversidad Los proveedores deberán: identificar las áreas clave de biodiversidad afectadas por sus operaciones y utilizarán la jerarquía de mitigación para evitar, minimizar, rehabilitar o contrarrestar los efectos sobre la biodiversidad y los servicios del ecosistema; no explorar o realizar actividades de extracción en Sitios del Patrimonio Mundial y garantizarán que sus actividades no afectan negativamente a los Sitios del Patrimonio Mundial adyacentes; disponer de un proceso para identificar las zonas cercanas legalmente designadas como zonas protegidas y tomar decisiones para proceder a las actividades de exploración, desarrollo, operación y clausura que tengan en cuenta la presencia y el efecto sobre las zonas legalmente designadas como protegidas; garantizar que no existen efectos adversos mensurables sobre los criterios para los que se designó el hábitat crítico o sobre los procesos ecológicos que apoyan esos criterios. DESARROLLO DE PRODUCTOS SOSTENIBLES Principio 36 - Desarrollo de productos sostenibles Se anima a los proveedores a que tengan en cuenta las adecuadas consideraciones ambientales y sociales en el ciclo de vida completo de los procesos, tecnologías, productos y embalaje con el fin de optimizar el cumplimiento medioambiental de sus productos a través del ciclo de vida de los productos y maximizar las oportunidades para un impacto social positivo. Concretamente y cuando sea factible, los materiales utilizados para el almacenamiento y el transporte deberían ser reciclados, renovables y reutilizables. APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO Principio 37 - Cumplimiento general Richemont espera de sus empleados que comuniquen los principios del Código de conducta de proveedor a sus empleados, subcontratistas y terceros pertinentes con los que hacen negocios para garantizar que los principios se integran en sus operaciones. En la medida en que pueda haber un efecto negativo sobre el producto o el servicio suministrado a Richemont, los proveedores informarán de manera proactiva de todas las discrepancias existentes o potenciales entre las operaciones actuales y los requisitos establecidos en este Código junto con los planes de acción sobre recuperación y medidas correctivas propuestas para su consideración por Richemont. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 8 Principio 38 - Evaluación Richemont tendrá derecho a solicitar información a sus proveedores en cuanto al cumplimiento con los términos de este Código de conducta de proveedor. Cuando sea necesario, Richemont podrá requerir a un proveedor que aporte pruebas de su cumplimiento mediante verificación independiente o la adecuada certificación. Richemont tendrá el derecho de probar los productos y los materiales de forma independiente para determinar si los proveedores cumplen con los términos de este Código de conducta de proveedor. Richemont tendrá derecho a visitar las instalaciones de producción de los proveedores y las instalaciones de sus subcontratistas y proveedores, o encargar la visita a una empresa de verificación independiente para determinar el cumplimiento con este Código de conducta de proveedor. Principio 39 - Incumplimiento Richemont se reserva el derecho de poner fin a las relaciones comerciales con cualquier proveedor que viole este Código de conducta o cuyos proveedores o subcontratistas violen este Código de conducta. Todo individuo que sea consciente de una conducta indebida real o sospechada en relación con los términos de este Código de conducta de proveedor podrá comunicar sus preocupaciones directamente al Jefe de Auditoría Interna en: whistle.blowing@richemont.com. Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 9 ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE PROVEEDOR Nombre de empresa: [Company name] Dirección: [Address] Nombre de persona de contacto: [Contact name] Cargo: [Position] ¿Tiene su empresa una persona responsable de la implementación del Código de conducta de proveedor de Richemont? [Does your Company have an individual responsible for implementation of the Richemont Supplier Code of Conduct?] Si la respuesta es afirmativa, facilite la información de contacto. [If yes, please provide contact information] ¿Tiene su empresa un código de conducta o normas similares a los que sus proveedores deben atenerse? [Does your Company have a code of conducto r similar standards to which your suppliers adhere?] Si la respuesta es afirmativa, facilite una copia. [If yes, please provide a copy.] Por el presente se aceptan y acuerdan los términos del Código de conducta de Richemont: [The terms of the Richemont Supplier Code of Conduct are herby accepted and agreed to :] Por los signatarios autorizados: [By authorized signatories:] Fecha: [Date:] Código de conducta de proveedor de Richemont | 2015 | 10