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2011 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 18/01/2011 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE TUMORES Hospital Ángeles Centro Médico del Potosí I.NORMATIVA JURIDICA VIGENTE El Comité de Tumores del Área Hospitalaria del Hospital Ángeles CMP, San Luis Potosí, es un órgano colegiado que vela por la calidad asistencial en los aspectos referentes a pacientes afectos de neoplasias y se regirá en su funcionamiento, de un modo genérico, por lo establecido en la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica y Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. II.COMITE DE TUMORES II. 1.- ACREDITACIÓN Es acreditado por la Dirección General de nuestro hospital y a propuesta de la Junta de Gobierno de nuestro centro. El ámbito geográfico de actuación del Comité de Tumores es él área asistencial atendida por el Hospital Ángeles CMP. II. 2.- COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DEL COMITÉ DE TUMORES. ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DE SUS MIEMBROS II. 2.1.Composición: El Comité de Tumores estará formado por un miembro representante de cada División que actualmente funcionan en el hospital así como jefes de diferentes servicios involucrados en diagnóstico y/o 2 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 tratamiento de pacientes oncológicos y miembros de otros comités ya existentes o los que se puedan crear en un futuro, que pueden o no coincidir con los miembros referidos anteriormente: Un representante de la Dirección (es el interlocutor con la administración). Un médico del Servicio de Anatomía Patológica. Un médico de la Sección de Oncología Médica. Un médico del Servicio de Cirugía General y/o de la Unidad de Cirugía Oncológica Un médico de la Sección de Oncología y Cirugía Pediátrica. Un médico de la Sección de Oncología Ginecológica. Un médico del área de laboratorio Un médico del área de Radiología Otros miembros que a juicio del Comité se considere oportuno incluir. Las decisiones tomadas en este comité deben ser vinculantes para todos sus integrantes y a la vez asumibles por los servicios de origen de los mismos. Estas decisiones no deben ser necesariamente unánimes pero sí es deseable que reflejen el parecer de la mayoría. Todos los integrantes del Comité deben conocer la opinión del resto de los profesionales y valorar las limitaciones propias y ajenas antes de emitir una recomendación terapéutica, especialmente si ésta implica la actuación de otros servicios. Se reunirá una vez a la semana, y se estudiarán los casos que los propios médicos soliciten para autorización quirúrgica y sean seleccionados por el área de Servicios Clínicos, quien su vez ingresará al comité para su evaluación. Dirección del Centro. II.2.2. Elección y renovación de los miembros: 3 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 La elección de los miembros del Comité de Tumores se realizará entre los profesionales que se presenten voluntariamente y pertenezcan al Grupo Hospitalario referidos anteriormente, siendo nombrados por la Dirección o la Junta Facultativa. La renovación de los miembros del Comité de Tumores en cada período de acreditación, se producirá en la cuarta parte de sus integrantes cuando ésta sea conveniente, esto con el fin de garantizar su continuidad, según los siguientes criterios: Voluntariedad Asistencia a reuniones. La inasistencia injustificada (más de 3 faltas seguidas) y reiterada de los miembros del Comité de Tumores podrá dar lugar a la propuesta de renovación del mismo por considerar que se modifican circunstancias que afectan a la validez de sus decisiones. Equilibrio en la representación de distintas áreas hospitalarias. II.2.3. Funciones de los distintos miembros del comité de tumores Funciones del Presidente: De carácter general le corresponde: 1. Ostentar la representación del Comité de Tumores. 2. Período de duración ilimitada, por ser la máxima autoridad. Coordinador General: 1.- Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y fijar el Orden del día, teniendo en cuenta las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación (7 días). 4 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 2.- Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas. 3.- Dirimir con su voto los empates a los efectos de adoptar acuerdos. 4. Período de duración según lo acuerde la junta directiva. Coordinador Técnico: 1.- Firmar las actas y certificaciones de los acuerdos del Comité. 2.- Ser el interlocutor con la administración. 3.- Realizar, con ayuda de los miembros del comité la memoria anual. Por delegación o en caso de ausencia, el Presidente será sustituido por el Coordinador general y, en su defecto, por el miembro del Comité de mayor, jerarquía o antigüedad de entre sus componentes. Funciones de los vocales del Comité de Tumores: 1.- Participar en los debates de las sesiones. 2.- Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. 3.- Formular peticiones y preguntas. No podrán abstenerse en las votaciones, aunque pueden votar en blanco, los miembros del comité. 4.- Solicitar la inclusión en el Orden del día de cualquier asunto de interés, con antelación mínima de 1 día, recibiendo con anticipación mínima de doce horas las convocatorias que contengan el orden de la convocatoria. 5 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 5.- Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas. 6.- Formar parte de las comisiones para las que sean designados. 7.- Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición. No podrán atribuirse funciones de representación del Comité de Tumores si no existe acuerdo válido del mismo. Funciones del Secretario Técnico: 1.- Asistir a las reuniones con voz y voto, por ostentar la Secretaria un miembro del mismo. 2.- Efectuar las convocatorias de las sesiones por orden de su Coordinador Técnico, así como las citaciones a los miembros del mismo. 3.- Recibir los actos de comunicación de los miembros con el Comité, tales como notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquier otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento. 4.- Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones. 5.- Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados. 6.- Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario. En caso de ausencia, el Secretario podrá ser sustituido por cualquier otro miembro del Comité de Tumores. II. 3.-OBJETIVOS DEL COMITÉ DE TUMORES: 6 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 El Comité de Tumores tiene como objeto garantizar la asistencia, el tratamiento correcto y sin demoras y el seguimiento adecuado, según pautas aceptadas internacionalmente, de los pacientes oncológicos tratados en el hospital, así como impulsar la creación de un registro de tumores. Debe abordar las siguientes actividades: *Fomentar la elaboración de nuevos protocolos de diagnóstico y tratamiento oncológico común a todos los Servicios del hospital, así como revisar y perfeccionar los ya existentes (mediante la creación de subcomisiones específicas). Estos protocolos se ajustarán a las Vías o Guías de Práctica Clínica elaboradas por la Conserjería, en aquellos procesos que ya están desarrollados, o por el propio hospital y/o distintos Servicios, sirviendo de cauce para la gestión por procesos, en el que el proceso oncológico que padece el paciente sea el eje coordinador de la asistencia. Se determinarán los indicadores específicos, que se valorarán para cada tumor. *Efectuar la revisión de las historias clínicas de los pacientes oncológicos, que permita detectar problemas de coordinación, demoras y manejo de este tipo de pacientes, valorando de forma especial: Los intervalos entre la primera consulta y el diagnóstico; y entre el diagnóstico y el tratamiento. La indicación e idoneidad de las exploraciones y tratamientos practicados. La coordinación entre servicios. El seguimiento de pacientes. El grado de cumplimiento de los protocolos pactados. 7 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 Para ello se elegirán indicadores de control de calidad, que se determinen por el Comité, y que se evaluarán con cortes transversales y evaluación periódica, para detectar las mejoras provocadas o los déficits de calidad existentes. *Estudiar el grado de utilización de exploraciones de alta tecnología en enfermos oncológicos y la utilidad de las mismas en el diagnóstico y tratamiento (evaluación por los distintos servicios específicos). *Impulsar la creación del Registro de Tumores y explotación de los datos del mismo: Objetivo básico de calidad, común a varias comisiones, (se mediará ante Dirección para la designación de integrante específico, facultativo y administrativo que lleven el soporte de recogida de datos y procesamiento, que garanticen la puesta en marcha, explotación y continuidad del Registro de Tumores, de clara utilidad asistencial, para la planificación sanitaria y para la investigación). OBJETIVOS Y FUNCIONES ESPECIFICOS DEL COMITÉ DE TUMORES Tienen como objetivo fundamental asegurar los mejores servicios a los pacientes cuyos casos sean discutidos en su seno. Este objetivo debe lograrse optimizando la utilización de todos los recursos de los que disponga el centro en cuestión para el tratamiento de estas enfermedades. De forma detallada sus objetivos se exponen a continuación: 1. Asegurar la buena praxis en el manejo de la patología oncológica 2. Optimizar los recursos disponibles para este tipo de neoplasias. 3. Coordinar las actuaciones asistenciales de los diversos especialistas implicados en ese grupo de patologías. 8 2011 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 4. Disminuir los tiempos de espera entre los distintos escalones diagnósticos y terapéuticos. 5. Proporcionar cierta cobertura legal a las decisiones colegiadas de sus miembros. 6. Promover la investigación clínica en el ámbito de su influencia. 7. Velar por el cumplimiento de los protocolos y Guías de Práctica Clínica elaborados y/o aprobados por el Comité de Tumores, tanto por los distintos miembros del Comité como por los demás Servicios del Hospital. Todos estos objetivos están dentro de las líneas de actuación marcadas en el desarrollo de Planes Integrales de Oncología de diversas instituciones internacionales. III.- NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TUMORES. El Comité de funcionamiento Tumores elaborará su propio Reglamento de Los miembros del Comité de Tumores respetaran el principio de confidencialidad, en lo que respecta a la documentación recibida para la evaluación de protocolos y calidad asistencial y la identidad de los pacientes. El funcionamiento habitual del Comité de Tumores tendrá la periodicidad establecida en el punto III de este Reglamento, o cuando se estime conveniente, a juicio del Presidente o a petición, de al menos, de la mitad más uno de los miembros. Podrá funcionarse en COMISION cuando se estime oportuno, a juicio de la mitad más uno de los miembros del Comité de Tumores por 9 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 considerar que la evaluación de algún protocolo o aspecto relevante, requiera el asesoramiento de personas expertas no pertenecientes al Comité. El Comité se regirá por la presente normativa, que aprueben sus miembros, como normativa interna de funcionamiento. Sus funciones están íntimamente ligadas a los objetivos que persigue: 1. Elaborar, discutir y en su caso aprobar protocolos asistenciales diagnósticos y terapéuticos de actuación, así servir de cauce para la implementación de las diferentes guías de práctica clínica y protocolos aprobados. 2. Realizar propuestas diagnósticas y/o terapéuticas para los casos presentados en su seno. 3. Elaborar, discutir y eventualmente investigación en su ámbito de actuación. aprobar protocolos de 4. Asesorar a los órganos de gobierno de la institución en los temas relacionados con el diagnóstico y tratamiento de los tumores específicos . 5. Asegurar la disponibilidad en el centro de las técnicas y recursos, tanto humanos como materiales, necesarios para el correcto desempeño de sus funciones. III. 1.- Reuniones del Comité de Tumores Elaborará su propia normativa interna de funcionamiento en las reuniones y deberá quedar constancia escrita en la historia del paciente de las decisiones adoptadas. Existe una hoja de registro de datos y de la decisión adoptada que debe ser rellenada en formato electrónico si se facilitan los medios oportunos. a) Quorum: 10 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 Para la válida constitución del Comité de Tumores, a los efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Coordinador y Secretario o en su caso de quienes los sustituyan, debiendo estar presentes al menos la mitad más uno de los miembros (incluyendo el presidente o en quien delegue). b) Convocatoria y periodicidad de las reuniones El Comité de Tumores se reunirá con una periodicidad semanal o al menos quincenal, salvo en la época vacacional. Las reuniones ordinarias se celebrarán los martes de cada semana, en horario de 7:45 de la mañana y si el martes correspondiente fuese festivo pasará al siguiente martes. En el caso de que sea necesario cualquier otro cambio en la fecha de reunión será acordado con antelación de 12 horas. El Comité de Tumores se podrá reunir en sesiones extraordinarias cuando se estime conveniente a juicio del Presidente o a petición escrita de la mitad más uno de los miembros del Comité de Tumores, teniendo lugar la convocatoria con la misma antelación que la establecida para las sesiones La convocatoria para las reuniones las realizará el Secretario, de acuerdo con el Coordinador General y Técnico, con un orden del día previamente establecido. La convocatoria deberá contener: a) Lugar, día y hora de la reunión. (Aunque puede variar) b) Orden del día. c) Copia del Acta de la sesión anterior. (Vía electrónica) d) Toda la información disponible sobre los temas a tratar, ya sea añadiéndola a la convocatoria, si es reducida, o indicando cómo y cuándo se puede consultar si es extensa. 11 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 Las reuniones se celebrarán donde se determine por el Comité. En los casos en los que, llegada la hora del comienzo de la reunión no se alcanzara el suficiente número de miembros presentes para la adopción de acuerdos, tendrá válida la reunión con los presentes y convocando una nueva reunión extraordinaria, a juicio de los miembros presentes, si lo estiman oportuno. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el Orden del día, salvo que sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. c) Adopción de acuerdos: Las decisiones del Comité de Tumores se adoptarán por mayoría simple: *La mitad más uno de los miembros presentes. En caso de empate, se considerará voto de calidad el del Presidente. *Los miembros del Comité de Tumores podrán delegar su asistencia en uno de los miembros asistentes. *Los votos en contra, de alguno de los miembros, se podrán hacer constar en el acta mediante "voto particular". *El Secretario Técnico del Comité de Tumores expedirá certificación de los acuerdos a quienes acrediten ser titular de un interés legítimo. d) Las Actas: De cada sesión que se celebre, se levantará acta por el Secretario General y en ella se especificará necesariamente los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en el que se ha celebrado, si es en primera o segunda convocatoria, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados. 12 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 En el acta figurará, si se solicita, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable; podrán formular voto particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario, siendo incorporado al texto aprobado. Podrá solicitarse transcripción íntegra de la intervención o propuesta siempre que se aporte en el acto, o en el plazo que señale el Presidente, el texto que se corresponda fielmente. Las actas se aprobarán en la siguiente sesión, pudiendo, no obstante, el Secretario emitir certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio de que se aprueben posteriormente. Anexos ANEXO I: Miembros del Comité de Tumores. ANEXO II: Indicadores de Control de Calidad y normativa de medida y periodicidad de la misma. ANEXO III: Formato de la hoja de registro de datos. Hoja electrónica, si procede. ANEXO IV: Normativa de almacenamiento de la misma, explotación de esos datos y seguimiento de los mismos, etc.…). ANEXO VI: Líneas genéricas de la estructura, funcionamiento. ANEXO VII: Estructura del contenido de la memoria anual del registro de actividad del Comité de Tumores. 13 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 CRONOGRAMA 1º) Creación del Comité de Tumores. 3 de abril 2010 2º) Elaboración de los objetivos y normativa interna de Comité o aprobación de la propuesta expresada en este documento. 3º) Elaboración de protocolos de actuación, así como estudio y aprobación de los mismos 4°) Seguimiento de las Guías de Práctica Clínica elaboradas por la Consejería para su implantación en el hospital. (Según calendario de la Consejería) 5º) Seguimiento periódico del funcionamiento del Comité de Tumores (cada 6 meses). 6º) Valoración de los índices creados para el control de calidad y memoria asistencial del Comité de Tumores (anual). De todo lo anterior se desprenderá para el Hospital y sus expedientes: 1) Registro Hospitalario de Tumores: Criterio: El Registro de Tumores del Hospital ha de recoger todos los tumores malignos atendidos en el centro. La Hoja de Registro de Tumores ha de contener como mínimo las siguientes variables: datos de filiación o convenio, servicio en que se atiende al paciente, localización del tumor e histología (casilla para codificarlos según CIE-10), fecha de diagnóstico, fecha de inicio de sintomatología, tratamiento (cirugía, radioterapia, quimioterapia, etc…). 14 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 Se precisa el compromiso de todos los Servicios en que se atiendan pacientes oncológicos. 2) Explotación de los datos del Registro de Tumores: Criterio: Los datos del registro han de ser codificados e introducidos en una base de datos, procediéndose posteriormente a su explotación. Los indicadores de explotación del Registro serían: a) Descriptivos de las variables recogidas: edad, sexo, pertenencia o no al área sanitaria del hospital, servicio, ubicación, tipo y localización del tumor (Codificado según el CIE-10), terapia recibida (cirugía, radioterapia, quimioterapia, otras…). b) Demora según el diagnóstico = Fecha diagnóstico – Fecha inicio síntomas. c) Supervivencia de los pacientes a diversos intervalos desde el diagnóstico. El seguimiento se realizará a través de la historia clínica, y cuando éste no sea posible, mediante contacto telefónico, carta, etc…). 15 2011 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores ANEXO I Integrantes del comité INTEGRANTE PUESTO Lic. Fulvio Poumian Ferro Dr. José Luis Arenas León Dr. Javier Hernández Galván Dr. Luis Alberto Tovar de la Torre Dra. Mónica Adriana Carrera Álvarez Dr. Armando Almeida Contreras Dr. José Salazar Pachicano Dr. Salvador Torrescano González Dr. Humberto Silos García Dr. Juan De Dios Arellano de la Hoz Dr. Willy Tonatiuh Escalante Silva Dra. Jessica Reyes Contreras Dr. Pablo Torres Hernández Dra. Paulina González Dr. Francisco Alejo González Dr. Andrés Juárez San Juan Dr. Mario Alberto Delgadillo Silva Dr. Alejandro Mendoza Córdova PRESIDENTE VICEPRESIDENTE COORDINADOR GENERAL COORDINADOR TÉCNICO SECRETARIO GENERAL SECRETARIO TÉCNICO VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL 16 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 ANEXO II Estudio estadístico de resultados realizado anualmente así como comparativo año tras año. semestralmente y 2010-2011 1 Sesión de Formación e integración del comité 46 Sesiones Ordinarias 273 casos revisados 1 Sesión extraordinaria 1 caso estudiado 10.8% del total de estudios quirúrgicos realizados en el Hospital fueron evaluados en el comité de tumores para su autorización. 60.8% (168) de los casos revisados fueron sometidos al evento quirúrgico solicitado y autorizado. o 22.6% neoplasias malignas o 69.6% neoplasias benignas o 17.2% no determinados o limítrofes 9.8% de los casos en programación para cirugía 5.9% casos diferidos para ser presentados nuevamente 20.6%, se operaron pero no se obtuvo muestra histopatológica en nuestro centro, diagnóstico final completamente diferente a lo esperado así como pendiente reevaluación por presencia de resultado final con bordes o por el tipo de patología y nueva evaluación para re intervención. 17 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 ANEXO III 18 Reglamento del Funcionamiento del Comité de Tumores 2011 Anexo IV PRESIDENTE VICEPRESIDENTE COORDINADOR GENERAL SECRETARIO GENERAL COORDINADOR TÉCNICO VOCAL SECRETARIO TÉCNICO VOCAL VOCAL VOCAL DECISIÓN COLEGIADA 19