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Mundo Sanitario Suplemento 328 de Mundo Sanitario Prescripción enfermera Un nuevo reto profesional En este número te invitamos a actualizar tus conocimientos en la indicación y autorización de medicamentos y productos sanitarios Cátedra UAM-Fuden para el desarrollo de la Enfermería Una Cátedra de Enfermería que apoya en exclusiva tus iniciativas de desarrollo académico y profesional •Ciclo de sesiones de Cátedra •Laboratorio del Cuidado i+d+i •Posgrados y Formación Continua www.fuden.es Sumario Editorial Le propongo hacer un supuesto práctico: 04 La administración de fármacos 08 En primera persona: Javier Sebastián, secretario de Estudios y Desarrollo Profesional de SATSE 10 ¿Cómo se regula la prescripción enfermera en España? 12 Indicación enfermera. Andalucía: iniciativa pionera 14 Una necesidad sentida 16 Modalidades formativas Va usted a administrar la medicación intravenosa pautada en las órdenes de tratamiento de un paciente y se dirige, con todo preparado, a la habitación del mismo. Cuando procede a administrarlo el paciente le pregunta: ¿Qué es eso que me va usted a poner? Ante esta situación, usted: a) Le dirá que no se preocupe, que ahora avisa al médico que le lleva para que le informe; b) Le informará sobre el medicamento que va a administrar y sus efectos; c) Le dirá el nombre del fármaco pautado y le aconsejará que consulte al médico que lo hizo al respecto. Tras varios días de tratamiento y estancia hospitalaria, vuelve usted a administrar la medicación a su paciente y observa, alrededor del acceso venoso, una zona eritematosa y el paciente refiere dolor en la misma. Ante esta situación, usted: a) Retirará la vía y procederá a canalizar otro acceso y posteriormente a administrar la medicación; b) Retirará la vía y avisará al médico de guardia para que valore si se puede administrar el tratamiento vía oral para que lo paute; c) Retirará la vía, valorará la evolución y estado del paciente y administrará el fármaco vía oral si existe esa posibilidad. Me encantaría decirles que la solución se encuentra en la última página de esta publicación. Pero en este caso, el supuesto práctico no es una pregunta de examen donde sólo una de las opciones es correcta sino que más bien es como una de esas historias de las de “Elige tu propia aventura” en las que todas las opciones son correctas y el lector es el que escoge. Y al igual que en estos relatos en los que cada vez eliges una opción para ver cómo es el desenlace en cada ocasión, una misma persona, según el contexto, puede escoger una opción diferente en el supuesto práctico; bien porque le faltan conocimientos para tomar una u otra decisión, o bien porque aún teniendo los conocimientos, no se considere el profesional indicado para dar esa información. Eso sí, si en las historias, según la elección, el desenlace tiene un final más o menos feliz, en el supuesto práctico, también hay un desenlace diferente según la opción elegida. Ahora permítanme comenzar el supuesto práctico partiendo de una premisa diferente. En España está regulada normativamente la indicación, uso y dispensación de todos los fármacos por parte de los profesionales enfermeros (les recuerdo que es un supuesto, quizá utópico sí). En este contexto, va usted a administrar la medicación intravenosa pautada… ¿elegiría ahora la misma opción que antes? Pues eso, elija su propia aventura pero recuerde, que la elección no está exenta de repercusiones en el desenlace final y que estamos escribiendo nuestra propia aventura profesional. Amelia Amézcua. Directora Ejecutiva de FUDEN Edita: Sindicato de Enfermería (SATSE). Coordinadora de Redacción: Amelia Amézcua. Redacción: Ana Búrdalo y Juan Andrés Siles. Redacción y Administración: Edificio SATSE, Cuesta de Santo Domingo, 6. 28013 Madrid. Tel. 91 542 44 10. Fax: 91 542 77 62. E-mail: prensa_fuden@fuden.es. Diseño: Carmen Castillo. Preimpresión: Pie de Página. Impresión: Rivadeneyra, S.A. Distribución: JARPA, S.A. Depósito Legal: M-27.189-1993. 3 Administración segura de medicamentos La administración de fármacos El papel de la enfermera en la administración de medicamentos Q ue las enfermeras llevan años administrando medicamentos a los pacientes, no es un hecho ajeno a ninguna persona, sea o no ésta, un profesional de la salud. Si hay algún acto con el que los pacientes asocien a los profesionales de enfermería es con determinadas técnicas como la administración de inyectables. Dicha administración de medicamentos se realiza bajo una prescripción facultativa que se recoge en lo que se denomina la “Orden de tratamiento”. Estas órdenes de tratamiento determinan el fármaco a administrar, la dosis, la vía y la pauta horaria de administración. Pero no es menos cierto que es responsabilidad de la enfermera todo lo que ocurre antes, durante y después de la administración del fármaco, más allá de valorar los archiconocidos “5 correctos” (persona, fármaco, vía, dosis y hora). La incompatibilidad de medicamentos, la dilución de los mismos, la permeabilidad y el cuidado de la vía por la que se va a administrar para controlar la absorción correcta, la valoración del efecto terapéutico o de los efectos adversos, las reacciones alérgicas o los efectos no deseados son algunos de los aspectos valorados por las enfermeras que administran el tratamiento y que son reflejados en las “Observaciones de Enfermería” de cada paciente. Esta toma de decisiones en relación con la administración de fármacos forma parte del trabajo diario de la mayoría de las enfermeras. En el contexto español, se enmarcan dentro de sus 4 competencias desde hace muchos años. Y en general no son competencias exentas de repercusión legal, ni de responsabilidad. Ni mucho menos suponen un conjunto de intervenciones sin efectos en la salud del paciente sino que por el contrario, en términos de seguridad del paciente, son cuidados determinantes. En los últimos años, organismos internacionales como la OMS, Organización Mundial de la Salud, han alzado su voz para reclamar la importancia de todas estas intervenciones enfermeras en función no sólo de la salud del paciente, sino también en términos de costeefectividad de los sistemas de salud. La realización de todos estos cuidados derivados de la administración de fármacos durante tantos años, cuidados absolutamente implantados en la dinámica laboral de las enfermeras, ha hecho que no se cuestionen las competencias de las enfermeras para el desempeño de las mismas ni desde fuera, ni desde el interior del propio colectivo enfermero, a pesar de haberse demostrado las importantes repercusiones de los mismos en la salud del paciente. Pero si bien en términos de uso y administración de fármacos no se cuestionan las competencias de la enfermera y queda claro que no se incurre en ilegalidad alguna, esta visión cambia cuando se habla de realizar la “orden de tratamiento” o lo que es lo mismo, la prescripción del fármaco. Cuando hablamos de la toma de decisión que supone determinar qué fármaco se va a administrar, existe un desamparo legal al respecto para los profesionales de enfermería. 5 Más allá de los correctos cuiDaDOS EnfErmErOS En la aDminiStración DE fármacOS antES DurantE DESPuéS Conservación y almacenamiento de los fármacos adecuada (temperatura, caducidad) Aplicar medidas de bioseguridad Valorar la efectividad del fármaco (efecto terapeútico) Valorar si el paciente padece alguna alergia y toma otros medicamentos Valorar estado de la vía por la que se va a administrar el fármaco (signos de inflamación, permeabilidad...) Descartar interacciones y valorar compatibilidad Realizar la técnica de administración adecuada según la vía (canalización de acceso venoso, colocación sonda...) Valorar si el fármaco precisa dilución (solución y cantidad) y aspecto del mismo Informar al paciente sobre el medicamento que se está administrado y los efectos esperados Valorar fotosensibilidad y termosensibilidad del fármaco para su administración Controlar la velocidad de infusión y/o administración del fármaco Aparición de efectos adversos Aparición de reacciones alérgicas Aparición de efectos no deseados Cuidados de la vía (permeabilidad, lavado) La administración segura, terapeútica y efectiva de los medicamentos es una de las principales funciones enfermeras 5 Administración segura de medicamentos indicación de medicamentos y nuevos perfiles La ampliación de competencias profesionales como respuesta a la necesidad social Las incursiones de las enfermeras en el campo de la indicación o prescripción de fármacos, lejos de ser hechos puntuales, están adquiriendo un mayor protagonismo en el desempeño de su práctica habitual de trabajo. Conforme los profesionales de enfermería van asumiendo nuevas competencias y responsabilidades, y van ocupando determinados espacios, han ido apareciendo las figuras de enfermera gestora de casos, enfermera de enlace o enfermera de triage. Estas enfermeras se enfrentan de manera habitual, en el desempeño de su trabajo, con la necesidad de prescribir medicamentos y productos sanitarios. Y en muchas otras ocasiones solicitan la realización de pruebas complementarias, asumiendo de nuevo un espacio compartido de competencia profesional. Por poner algunos ejemplos habituales: Las enfermeras en la atención domiciliaria en muchas ocasiones precisan indicar determinados productos como empapadores, gasas o jeringuillas para el cuidado del paciente por parte de los familiares y también medicación tópica, si identifican diferentes lesiones en la piel como úlceras, heridas o abrasiones. Las enfermeras de triage, o área de recepción, acogida y clasificación de pacientes, cuando acude una persona que presenta disuria y fiebre, desde su recepción en el centro sanitario, puede ir solicitando una muestra de orina al paciente y su análisis, así como proceder a la administración de algún antitérmico si es pertinente con la valoración y exploración. De esta forma, cuando el paciente es explorado por el médico transcurrido el tiempo de espera, los resultados de las pruebas complementarias han sido recibidos agilizando el diagnóstico del paciente y la espera se ha realizado garantizando el bienestar de la persona al controlar los síntomas como el dolor o la fiebre asociados. Aunque también es cierto que muchas de estas decisiones de indicación obedecen a un protocolo consensuado por todo el equipo multidisciplinar que, en su conjunto, presta estos servicios de salud a la población, quedando en cierto modo amparadas todas estas actuaciones en el consenso de expertos del equipo. Parece evidente que las enfermeras ejercen la indicación de fármacos como práctica habitual y cada vez en mayor medida, y que éste es un hecho inherente a la propia evolución de la sociedad y sus necesidades en salud. Y también parece evidente que ejercen esta función con eficacia y seguridad, sin que en ningún momento haya saltado ninguna alarma, aunque, eso sí, sin amparo legal. la inDicación EnfErmEra reivindicación de los colectivos profesionales La competencia de las enfermeras en indicación, uso y administración de medicamentos y productos sanitarios ha de regularse siendo coherente con los servicios y cuidados que las enfermeras prestan en el momento actual a la población, es decir, en el marco de sus funciones y desempeño real de las mismas. En este sentido, ha de desarrollarse en estos términos de competencia profesional, seguridad del paciente y eficacia y eficiencia del sistema socio-sanitario, y no techar las posibilidades de desarrollo profesional de las enfermeras en esta área en pro de otros argumentos que no obedezcan a estos criterios. 6 Europa: Competencias enfermeras en la indicación y administración de fármacos 1 3 4 2 1 SuEcia Es pionera en la prescripción enfermera, ya que regularizó esta situación en el año 1988. Desde 1994 las enfermeras de distrito, que practican la atención de salud fuera de los hospitales, están autorizadas a prescribir más de 230 medicamentos para más de 60 indicaciones de salud. Situación desigual de la indicación enfermera en el contexto europeo 2 francia La prescripción de fármacos es una competencia más de la matrona. Esta indicación está regulada a través de una lista de medicación autorizada que se revisa periódicamente desde el año 1989. 3 rEinO uniDO Se ha desarrollado durante 20 años un proceso que comenzó en 1986 hasta llegar al punto actual: la libre prescripción enfermera para aquellos profesionales en posesión de la formación y capacitación adecuados. 4 HOlanDa La matrona puede prescribir medicamentos establecidos y todo tipo de medicación en situaciones de urgencia. 7 En primera persona “La enfermería está en un proceso de evolución meteórico” Javier Sebastián, secretario de Estudios y Desarrollo Profesional del Sindicato de Enfermería, SATSE, contesta a nuestras preguntas relacionadas con el uso, indicación y autorización de fármacos por parte de la enfermería la prescripción enfermera está siendo debatida en diversos foros ¿qué supone para la profesión? Yo creo que el tema de la “prescripción” hay que situarlo en el contexto del desarrollo enfermero. Lo que quiero decir con esto es que nuestra profesión, la enfermería, está en un proceso de evolución meteórico y se sitúa en un punto de inflexión en el desarrollo, legislación y competencias de la profesión. ¿Por qué es necesaria la regulación de la prescripción enfermera en España? Nosotros planificamos los cuidados de enfermería, analizamos las necesidades enfermeras que tiene un ciudadano y ponemos en marcha desde nuestra formación un plan enfermero, que incluye una intervención enfermera que puede necesitar de un tratamiento enfermero. Éste puede ser desde un cuidado que no necesite fármacos ni productos sanitarios hasta uno que requiera medicamentos y productos sanitarios. Y para eso necesitamos un respaldo legal. 8 ¿Va a tener algún tipo de consecuencias? Esto tiene muchísimas consecuencias, en el terreno de los pacientes, mejorando y optimizando la atención que reciben, por ejemplo. En el caso de la enfermería va a afianzar su papel en la sociedad y visibilizar a la profesión como los protagonistas de los cuidados que se prestan a la población y contribuirá a la mejora de la sanidad. ¿En qué punto se encuentra la prescripción en Europa? En determinados países en Europa y fuera de ella ya está implantada y regulada esta nueva responsabilidad. Todos ellos han seguido un proceso similar al que vamos a seguir en España. La regulación de esta competencia tiene muchísimas consecuencias, entre ellas en el terreno de los pacientes, en el papel de la enfermería en la sociedad, en el protagonismo de las enfermeras y en la mejora de la eficiencia del sistema sanitario. regular el uso y dispensación de medicamentos ha sido una reivindicación de colectivos profesionales, ¿cuál es el papel de SatSE? El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha sido una organización pionera en reivindicar la regulación de esta competencia. La indicación de medicamentos no es una competencia nueva, pero es compleja ya que tiene muchas consecuencias y su regulación va a producir un cambio en los profesionales. ¿cuál es su valoración de la indicación enfermera en andalucía? Las enfermeras andaluzas llevan indicando desde 2007 y después de cuatro años no ha habido ningún problema, fraude o abuso, ninguna denuncia de ningún paciente. Quiero decir, que las cosas funcionan. ¿las enfermeras deben actualizar alguno de sus conocimientos en este campo? Es necesario que haya una formación que actualice los conocimientos y es responsabilidad de las administraciones. “El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha sido una organización pionera en reivindicar la regulación de esta competencia” Prescripción enfermera ¿Cómo se regula en España? la administración de medicamentos es una competencia inherente al desempeño del trabajo enfermero. Sin embargo, la indicación o prescripción, a pesar de ser una práctica habitual, es la competencia más discutida por la falta de una norma reguladora que tendría claros beneficios para la población y para las propias enfermeras. c abe destacar que la regulación de la prescripción enfermera en España comprende un desarrollo de décadas. En el año 2003, con la LOPS, la libre circulación de profesionales sanitarios titulados, abre un espacio de reflexión sobre las diferencias existentes entre las competencias en los diferentes países, como por ejemplo sobre prescripción enfermera. En el 2009 la Ley de Garantias y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios hace referencia a la prescripción enfermera. Colectivos profesionales, principalmente el Sindicato de Enfermería (SATSE), han sido herramientas activas dentro de la reivindicación del papel de la enfermera en el sistema de salud impulsando y desarrollando sus competencias y responsabilidades y visibilizando las mismas. La regulación de la prescripción enfermera ha sido una reivindicación de los colectivos profesionales al considerarse una herramienta imprescindible para legalizar una situación que forma parte de la vida laboral enfermera y que contribuye a mejorar la efectividad del sistema sanitario. Pero es a finales de 2010, gracias al Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica y órdenes de dispensación hospitalaria y enfermera, cuando se habla abiertamente de la función de los profesionales de enfermería en el uso y dispensación de fármacos. En este Real Decreto se establecen los requisitos que deben cumplir las recetas del sistema nacional de salud y se hace referencia, por primera vez, a los profesionales de enfermería. Así, en la disposición adicional quinta, se indica que en la receta “deberán figurar los datos del enfermero acreditado para la indicación o autorización de dispensación, en lugar de los datos del prescriptor que constan como propios de la receta médica”. rEiVinDicaciOnES EnfErmEraS Vacío legal y formativo A pesar de ser un enorme avance dentro de las reivindicaciones profesionales de la enfermería, en el RD 1718/2010 se sigue sin exponer claramente cuáles son los requisitos que debe cumplir una enfermera para poder prescribir. Sin embargo, como en muchas otras ocasiones las enfermeras optan por buscar ellas mismas formación al respecto para poder desarrollar su trabajo de forma segura y eficaz para el sistema sanitario y la población en general. 10 Marco legislativo 2003 lOPS. lEy DE OrDEnación DE laS PrOfESiOnES SanitariaS Señala la imprescindible conexión que existe entre el ejercicio de una profesión sanitaria titulada y el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos, en este caso el derecho a una adecuada protección a la salud. En lo que respecta a las directivas europeas, esta ley incluía cuál era la formación necesaria para el correcto ejercicio y garantía del trabajo de la profesión sanitaria titulada en los países miembros de la UE. Esto supone hablar de la libre circulación de profesionales sanitarios titulados con garantías para los ciudadanos. Uno de los puntos fundamentales se refería a la prestación sanitaria integral a través del equipo multidisciplinar. 2006 lEy 29/2006 En su artículo 77 se reconocía a médicos y odontólogos como los únicos profesionales sanitarios con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos. 2009 lEy 28/2009 DE garantiaS y uSO raciOnal DE lOS mEDicamEntOS y PrODuctOS SanitariOS Modifica la ley anterior 29/2006. En esta norma se desglosan diversos puntos fundamentales para la prescripción enfermera: • Responsabilidades de la práctica enfermera. • Responsabilidades de las matronas. • Regulación de la dispensación de medicamentos. 2010 rEal DEcrEtO 1718/2010 Entra en vigor a principios de 2011, establece los requisitos que debe cumplir la “orden de dispensación de medicamentos enfermeros” y los modelos de orden. 2011 10 mOtiVOS Para rEgular la PrEScriPción EnfErmEra PARA LOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA 1 Porque supone regular una actividad que las enfermeras venimos desarrollando históricamente sin un amparo legal. 2 Porque supone desarrollar una nueva competencia y potenciar la autonomía en la toma de decisiones respecto al proceso de cuidados del paciente. 3 Porque supone un acercamiento a la población que implica un mayor conocimiento de nuestras funciones y por tanto promueve el reconocimiento de nuestra labor asistencial por parte de la sociedad. 4 Porque visibiliza el papel de la enfermera en el equipo de salud. 5 Porque supone abrir un nuevo campo de investigación para las enfermeras en Farmacovigilancia y seguridad del paciente, al participar en la toma de decisiones sobre el uso y administración de fármacos. PARA LA POBLACIÓN 6 Supone mejorar la accesibilidad: se responde al problema de salud de forma integral sin tener que dirigirse a otro profesional. 7 Supone agilizar los servicios al ciudadano, al ser atendidos en respuesta única e integrada a través de la enfermera. 8 Es una herramienta de garantía para la continuidad asistencial al permitir acceder a los medicamentos y productos sanitarios al alta hospitalaria, a través de la enfermera. 9 Sostenibilidad económica: recorta gastos, optimiza recursos y mejora la calidad asistencial que reciben los usuarios. 10 Reduce la polifarmacia: disminuye la automedicación sin control de la población porque existe un profesional accesible. BOrraDOr DEl PrOyEctO DE rEal DEcrEtO por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros publicado el 3 de octubre de 2011. Habla de la constitución de comisiones para elaborar y validar protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, así como la acreditación profesional de los enfermeros. 11 indicación enfermera Andalucía: iniciativa pionera a pesar de no existir una regulación nacional relacionada con la indicación de fármacos por parte de la enfermería, han surgido varias iniciativas autonómicas como las de Baleares o andalucía. Es esta última comunidad la que ya ha puesto en marcha un decreto por el que los enfermeros andaluces indican fármacos desde 2009. E n el verano de 2009 se comenzó a aplicar el Decreto 307/2009 aprobado por Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma Andaluza en el que se define la actuación de la enfermería en la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía, es decir, la llamada “indicación enfermera”. Para poner en marcha este proyecto, la Consejería de Salud andaluza ha diseñado una implantación escalonada por fases en donde la formación ocupa un lugar básico y fundamental. Con la puesta en marcha de esta iniciativa se ha dotado a las enfermeras de un marco competencial más amplio logrando, por un lado, mayor participación de la enfermería en el equipo de salud y se han impulsado nuevas prácticas avanzadas por ejemplo la atención al paciente mayor institucionalizado, la cirugía menor, la atención compartida de la demanda y en la gestión de casos. Además, esta autonomía enfermera en la prescripción permite que el paciente siga recibiendo el mismo servicio con mayor rapidez, mejorando su percepción sobre el sistema sanitario en general y la contribución de la enfermera a su salud en particular. 2.892 EnfErmEraS inDican En la SaniDaD PÚBlica anDaluza: 2.805 En atEnción Primaria y 97 En HOSPitalES 919.468 inDicaciOnES DESDE JuliO DE 2009 HaSta JuniO DE 2011 910.641 de productos y accesorios sanitarios y 17.807 de medicamentos no sujetos a prescripción médica cOn VOz PrOPia Cristina Navío Enfermera del servicio andaluz Salud Responde Con la prescripción, el papel de enfermera ha cobrado una nueva dimensión. Desde Salud Responde, las enfermeras tratamos de informar, educar, dar consejo y advertir sobre los factores de riesgo o de hábitos no saludables. Hemos adquirido una autonomía que nos permite valorar patologías leves como resfriados o síntomas gastrointestinales. Aunque los medicamentos en estos casos no requieren receta médica para ser adquiridos en farmacias, el paciente puede hacerlo con más seguridad cuando es aconsejado por un profesional cualificado que le advierte de posibles complicaciones que pudiesen aparecer en caso de embarazo, personas mayores o polimedicación. De esta forma, evitamos también la desaconsejada automedicación. La prescripción enfermera nos coloca a la altura de otros países como Estados Unidos, Irlanda, Francia, Reino Unido, Canadá y Australia, donde la autorización de la indicación enfermera ha funcionado de forma indiscutible. 12 “Regular la indicación enfermera es la respuesta normativa al trabajo de enfermería” Concepción Padilla Directora de la Estrategia de Cuidados de Andalucía valora la indicación enfermera andaluza desde su puesta en marcha en 2009 ¿cuáles son las ventajas de la indicación enfermera en andalucía? La indicación enfermera es una nueva competencia desarrollada por las enfermeras andaluzas, enmarcada dentro de la estrategia de calidad de la Consejería de Salud, donde se prioriza el trabajo multidisciplinar y la respuesta única e integrada al ciudadano en los diferentes ámbitos y espacios donde se desarrolla la atención sanitaria. El nuevo espacio compartido que presenta el Plan de calidad para la atención al ciudadano, permite incorporar dentro del modelo de gestión clínica, nuevas competencias profesionales para las enfermeras, potenciando así la complementariedad y la flexibilidad dentro de la atención sanitaria. ¿Qué ha supuesto la regularización de la indicación enfermera? Para la enfermería ha supuesto la respuesta normativa a una actividad asistencial que viene haciendo de manera histórica, garantizada por el conocimiento teórico de su disciplina. Todas estas intervenciones no hacen nada más que reforzar el papel trascendental que tienen las enfermeras dentro del Sistema Sanitario Público de Andalucía como parte integral de la respuesta humana, accesible, ágil, única que el sistema sanitario quiere dar al ciudadano. La indicación enfermera, junto a la posibilidad de la solicitud de pruebas complementarias son herramientas que las enfermeras ya veníamos utilizando de una manera no regularizada dentro de las consultas de enfermería, ya que formaban parte del seguimiento del plan terapéutico de los pacientes. Por lo tanto, la normalización de estas intervenciones no hace más que poner orden en el desempeño de las enfermeras desde hace mucho tiempo dentro del espacio de Atención Primaria con los pacientes. Desde el punto de vista del paciente, ¿qué cree que ha mejorado en la atención que recibe? El profesional de enfermería puede darle una respuesta efectiva y finalista dentro un proceso de atención integral, sin necesidad de tener que dirigirse a otro profesional. Se garantiza la accesibilidad, ya que anteriormente a la regulación el paciente debía de acudir a dos profesionales para la resolución de su problema de salud. La agilidad, cuando las enfermeras de familia, tras la valoración indican un producto sanitario a paciente en situación de vulnerabilidad como son los pacientes incapacitados, pudiendo realizar la indicación en el mismo domicilio. La continuidad asistencial en el momento que un paciente al alta con problemas de alta complejidad, lleva desde el hospital todas las indicaciones de productos y accesorios necesarios para la continuidad de cuidados en el domicilio, facilitando los cuidados a las cuidadoras que anteriormente debían de desplazase a centro de salud tras el alta. ¿cuáles son los próximos pasos que se van a seguir? Desde la estrategia de cuidados de Andalucía vamos a seguir trabajando para incorporar la prescripción enfermera, dentro de la práctica asistencial de los equipos de AP y de Hospitalización. Vamos a seguir trabajando para ampliar la accesibilidad de los enfermeros/as a los ciudadanos andaluces y garantizando una respuesta única al paciente. Accede a la entrevista completa en www.fuden.es. 13 Una necesidad sentida la indicación de medicamentos es una realidad en el día a día enfermero, al igual que todo el proceso de cuidados derivado de la administración de fármacos, pero sin ningún amparo legal al respecto de su ejecución y desarrollo. En un contexto en el que los errores derivados de la toma de decisiones relacionadas con el uso, dispensación y administración de medicamentos pueden tener graves consecuencias para el paciente se hace evidente la necesidad de una normativa que ampare el trabajo enfermero. E ste vacío legal oculta una realidad sobre la que la profesión lleva reflexionando desde hace muchos años: en la mayoría de los servicios de salud las enfermeras prescriben fármacos y productos sanitarios a diario, aunque no se etiquete como intervención enfermera “ilegal”, al desarrollarse dentro de la dinámica habitual del funcionamiento de los servicios en particular y del sistema sanitario en general. Podemos encontrar numerosos ejemplos sobre la prescripción enfermera: Las enfermeras indican, utilizan y dispensan medicación tópica en la mayoría de las curas que realizan como en quemaduras, heridas y úlceras. Las enfermeras prescriben y administran broncodilatadores ante 14 episodios de dificultad respiratoria de los pacientes en los servicios de urgencias, de atención primaria y en las unidades de hospitalización. persona, indica y administra el fármaco, y luego, lo comenta con el facultativo para que lo transcriba en la historia clínica y así su actuación tenga un amparo legal. Las enfermeras prescriben y administran analgésicos, antiinflamatorios y antitérmicos ante la aparición de dolor, inflamación y fiebre en los pacientes a los que atienden. De cualquier modo, lo que parece claro es que las enfermeras tienen una responsabilidad determinante en lo que se refiere a la indicación, uso y administración de medicamentos al paciente y que esta responsabilidad requiere una competencia profesional, que a su vez exige a las enfermeras formarse en esta área del cuidado de forma continua. Todas estas actuaciones se transcriben en la historia clínica del paciente como órdenes de tratamiento médico, es decir, que aunque la decisión la toma la enfermera basándose en una valoración del paciente y en su propio criterio, se requiere legalmente que sea un médico quien paute. En muchas ocasiones, debido a la exigencia de una respuesta eficaz y eficiente a la necesidad del paciente y ser la enfermera el profesional que valora de forma continua a la Héctor Moreda Enfermero “Con la prescripción enfermera se reconocen competencias que ya tenemos” Ahora mismo tenemos esas competencias pero no están reconocidas. Lo bueno de la prescripción enfermera es que las competencias que tenemos ahora bajo manta van a estar reconocidas. Y uno de los errores que estamos cometiendo es pensar que la prescripción farmacológica en enfermería va a ser igual que la médica. Los pacientes reducirán el tiempo de espera y nosotros incidiremos en su propio tratamiento farmacológico como enfermeros, con la visión enfermera. Paula Burgos Enfermera “Me preocupa el tema de la legalidad ¿Qué va a ocurrir cuando se pueda prescribir?” Si vamos a incorporar esa competencia, a mostrarla (porque ya la tenemos) o a reconocerla hay que ampararla con una base de conocimientos en condiciones. No sólo eso, sino que hay que trasladarle a la sociedad qué es lo que Enfermería aporta a la sociedad como disciplina concreta, diferente. Además, aparte de qué prescribir o no prescribir y a quién, a qué tipo de pacientes, me preocupa el tema de la legalidad. Patricia Luna Enfermera “Lo que tengo claro es que si quieren que prescribamos necesitamos formación sí o sí” A priori hay gente que se niega y gente que está a favor pero sin saber de qué se está hablando. Creo que antes de poder opinar sobre este tema realmente hay que saber. Yo no tengo muy claro qué es lo que podemos y lo que no podemos prescribir en lo que quiere publicar el Ministerio. Lo que tengo claro es que si quieren que prescribamos ciertos fármacos necesitamos más formación ya que ahora mismo tus propios compañeros son los que te guían en esto. Antonio Vázquez Enfermero “Con la prescripción también se empieza a ver el trabajo que realizamos las enfermeras” Se está poniendo sobre el tapete una realidad asistencial, es decir, las enfermeras, de hecho estamos prescribiendo, estamos capacitadas para poder hacerlo, tenemos formación farmacológica, conocimientos y hay un bueno número de tratamientos con los que prescribimos. De alguna manera lo que viene a hacer es a cubrir una realidad asistencial que ya se estaba dando. Pues bienvenido sea que se nos reconozca. 15 16 ¿Qué formación quieres? un miSmO itinErariO fOrmatiVO cOn DOS mODaliDaDES. EligE tu OPción La Fundación para el Desarrollo de la Enfermería, FUDEN, ha diseñado un itinerario formativo cuyos contenidos abarcan desde el marco legislativo al propio proceso de cuidados derivado de la administración de medicamentos por parte de los profesionales enfermeros. Esta actividad formativa denominada “Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado enfermero” destinada a la mejora y actualización de los conocimientos de las enfermeras en el ámbito del uso, indicación y dispensación de fármacos se ofrece en dos modalidades diferentes: formación on-line. Diploma fuDEn y cfc A través del campusvirtual.fuden.es, los afiliados al Sindicato de Enfermería (SATSE) tienen a su disposición, de manera gratuita, 8 Aulas Virtuales acreditadas por la CFC de las Profesiones Sanitarias con 16 créditos en total. formación semipresencial. Diploma cátedra uam-fuDEn y cfc De manera exclusiva, los afiliados a SATSE podrán acceder al curso “Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado” de 9 créditos ECTS, dentro de las actividades de formación continua que acredita la Cátedra UAM-FUDEN para el desarrollo de la Enfermería. Los enfermeros que decidan cursar esta modalidad podrán acceder a la realización de las 8 aulas virtuales acreditadas por la CFC. En ambos casos, la formación continua se va a prolongar durante cuatro meses y medio. Ya está abierto el periodo de inscripción. Los interesados pueden consultar e inscribirse en el curso a través de www.fuden.es. 17 Gratuito Títulos diploma Fuden 8 Aulas acreditadas por la Comisión de Formación Continuada Diploma Fuden Acreditación CFC 2.1 + 1.1 + 1.4 + 1.9 2.6 + 2.6 + 2.6 + 1.7 Acreditación Comisión de Formación Continuada Modalidad On-line Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado enfermero Lugar campusvirtual.fuden.es Precio Gratuito afiliados Satse Información e inscripción www.fuden.es Las numerosas transformaciones en la profesión enfermera han propiciado que la actualización de conocimientos sobre indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios sea una parte imprescindible en la formación de cualquier enfermero. Y con este objetivo FUDEN ha diseñado esta actividad formativa, gratuita y exclusiva para los afiliados a SATSE, con la que adquirirás los conocimientos necesarios para identificar, planificar y aplicar los principios para el manejo de fármacos y productos sanitarios en un entorno de seguridad para poder aplicarlos en el proceso de cuidados enfermero, siempre teniendo en cuenta la importancia de la valoración enfermera en este proceso y prestando especial atención a la farmacovigilancia. Esta formación se celebrará on line, a lo largo de cuatro meses, a través del Campus Virtual de FUDEN, http://campusvirtual.fuden.es. La superación de cada una de las aulas les conducirá a su diploma correspondiente, y la superación de todas ellas y de un examen final en el que demuestren la asimilación e integración de todo el itinerario dará opción a conseguir el diploma FUDEN en “Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado”. GRATUITO AFILIADOS SATSE CFC Comisión de Formación Continuada 18 Aulas Aula Acreditada 1 Créditos 2.1 CFC diploma cfc en: Contenidos: Bases académicas y legales de la terapéutica del cuidado Entre otros aspectos, con esta actividad formativa conocerás la situación de la prescripción o dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de la enfermera en España, así como su significado en el ámbito del trabajo multidisciplinar. Aula Acreditada 2 1.1 CFC Bases profesionales y modelos disciplinares del cuidado Comprender el desarrollo histórico de la Enfermería y su relación con los cambios producidos en el concepto de salud y conocer la importancia del marco conceptual y del paradigma enfermero en relación con la ciencia y el método científico son dos de los objetivos de esta actividad. Aula Acreditada 3 1.4 CFC Valoración enfermera Variables del cuidado Saber qué es la valoración de cuidados, sus fases, sus criterios de valoración así como conocer su normalización y clasificación es la principal finalidad de esta formación. 1.9 CFC Diagnóstico enfermero Taxonomía NANDA Comprender las características propias del diagnóstico enfermero es una de las metas de esta actividad formativa así como actualizar tus conocimientos sobre el lenguaje normalizado y la taxonomía NANDA y su utilidad en el trabajo diario enfermero. 2.6 CFC Tratamiento enfermero: Planificación y ejecución Taxonomías NOC y NIC Identificar las fases del diagnóstico y planificación de cuidados además de adquirir los conocimientos necesarios para realizar un plan de acción para la resolución de los problemas de los pacientes, utilizando taxonomía NOC y NIC son dos de los objetivos de esta formación on line. Bases farmacológicas del cuidado Con esta actividad adquirirás los conocimientos imprescindibles para conocer los diferentes grupos de fármacos, los principios de su indicación, uso y autorización, y los mecanismos de acción de los mismos. Aplicabilidad y uso de los fármacos en el proceso de cuidados La farmacología es fundamental para conocer la trascendencia de los cuidados de la enfermera en la administración de fármacos. Con esta actividad formativa conocerás la indicación y uso de los medicamentos, evaluando los beneficios esperados y los riesgos asociados y/o efectos derivados de su administración y consumo. Aula Acreditada 4 Aula Acreditada 5 Aula Acreditada 6 Aula Acreditada 7 Aula Acreditada 8 2.6 CFC 2.6 CFC 1.7 CFC Investigación en disciplinas socio-sanitarias La investigación es un aspecto fundamental de cualquier profesión, en especial de la enfermería, en constante evolución. Con esta aula conocerás qué es lo que debes saber sobre investigación y como aplicarlo al proceso de cuidados derivado de la administración de medicamentos. Diploma Fuden 240 h. + 8 diplomas CFC 19 135€ Títulos 8 Aulas acreditadas por la Comisión de Formación Continuada diploma UAM-Fuden Acreditación Diploma de la Cátedra UAM-Fuden 8 Aulas Virtuales CFC 2.1 + 1.1 + 1.4 + 1.9 2.6 + 2.6 + 2.6 + 1.7 Diploma de la Cátedra UAM-Fuden CFC Comisión de Formación Continuada 9 ECTS 9 ECTS (CRÉDITOS UNIVERSITARIOS EUROPEOS) Universidad Autónoma Modalidad Semipresencial Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado enfermero Lugar Aulas UAM Modo on-line campusvirtual.fuden.es Precio especial afiliados Satse 135 € Información e inscripción www.fuden.es Cátedra UAM-Fuden para el desarrollo de la Enfermería PLAZAS LIMITADAS EXCLUSIVO AFILIADOS SATSE La Universidad Autónoma de Madrid, UAM, y Fuden, continúan con su acuerdo de colaboración con el objetivo de mejorar e impulsar la profesión enfermera a través de diferentes propuestas formativas. En esta ocasión ambas organizaciones han diseñado el curso “Actualización de conocimientos para la indicación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la terapéutica del cuidado enfermero” acreditado con 9 ECTS. Este curso semipresencial, dirigido por profesores de la UAM de reconocido prestigio en la enfermería y farmacología, se compone de una parte de contenidos on-line que se desarrollan a través de campusvirtual.fuden.es, integrado por 8 Aulas Virtuales acreditadas por la CFC de las Profesiones Sanitarias con 16 créditos en total y una parte presencial que se desarrollará a través de la realización de seminarios presenciales de asistencia obligatoria. El precio de la matrícula es de 135 euros. El número de plazas disponibles es limitado y se asignarán por orden de solicitud. CFC Comisión de Formación Continuada 20 Aulas Módulos 2 Créditos ECTS Módulo 1 Aula Acreditada 1 Marco legislativo y marco conceptual de la prescripción de medicamentos y productos sanitarios Razonamiento terapeútico en el proceso de cuidados Bases farmacológicas y uso de fármacos en el proceso de cuidados. Aplicación práctica y metodología de la investigación Bases académicas y legales de la terapéutica del cuidado Aula Acreditada 2 1.1 CFC Bases profesionales y modelos disciplinares del cuidado Aula Acreditada 3 1.4 CFC Valoración enfermera Variables del cuidado Aula Acreditada 4 1.9 CFC Diagnóstico enfermero Taxonomía NANDA Aula Acreditada 5 2.6 CFC Tratamiento enfermero: Planificación y ejecución Taxonomías NOC y NIC Aula Acreditada 6 2.6 CFC Bases farmacológicas del cuidado Aula Acreditada 7 2.6 CFC Aplicabilidad y uso de los fármacos en el proceso de cuidados Aula Acreditada 8 1.7 CFC ECTS Módulo 3 3 Seminarios Seminario presencial ECTS Módulo 2 4 2.1 CFC diploma cfc en: Seminario presencial Seminario presencial Investigación en disciplinas socio-sanitarias 8 Diplomas CFC + Diploma de la Cátedra UAM-Fuden 9 ECTS 21 inscribirse en tres sencillos pasos: Abierto el plazo de inscripción 1 Recuerda!! uestras Para acceder a n tar s e ofertas debes w.fuden.es registrado en ww Entra en la página web de fuden www.fuden.es Selecciona el itinerario que deseas hacer y añádelo al carro. Quienes soliciten el Diploma fuden recibirán en el correo electrónico, un albarán de compra por valor de 0 € que servirá como justificante de matrícula. Quienes soliciten el Diploma fuden-uam tendrán que abonar 135 € a través de tarjeta de crédito o de transferencia bancaria, cuyo recibo será el justificante de matrícula. 2 Diploma Fuden Acreditación CFC * Diploma UAM-Fuden Acreditación CFC + ECTS * *Ofertas exclusivas para afiliados al Sindicato de Enfermería 22 70.000 EnfErmEraS fOrmaDaS a traVéS DEl camPuS Virtual DESDE 2009 El campus virtual aplica las herramientas docentes de las nuevas tecnologías para mejorar y facilitar el aprendizaje de los alumnos, quienes pueden conciliar su vida laboral y personal con la adquisición de nuevas capacidades profesionales. La falta de tiempo y la necesidad de desplazarse hasta un aula física ya no son barreras para que las enfermeras mejoren su formación. En campusvirtual.fuden.es los estudiantes encontrarán numerosas herramientas que apoyarán su proceso de aprendizaje: 3 1. Guía de acceso que permitirá a las alumnas sacar el mayor rendimiento posible del campus. 2. Material docente para la realización de cada módulo y cuestionario para la evaluación de las nuevas competencias adquiridas. 3. Biblioteca para ampliar los conocimientos sobre cada materia. 4. Foro de noticias en el que los tutores irán informando sobre las novedades relacionadas con cada actividad formativa. 5. Foro de estudio para el desarrollo de las tutorías de cada módulo, en el que además los estudiantes podrán compartir sus inquietudes y reflexiones. recibirás en tu correo eléctronico los datos de acceso al campus virtual. Es importante que los datos registrados en www.fuden.es sean correctos, en especial el correo electrónico al que se enviarán el usuario y la contraseña para acceder al Campus Virtual. 23