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Armenia, Julio 09 de 2012. Doctora: TATIANA LONDOÑO CAMARGO Procurador Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. Procuraduría General de la Nación Bogotá D.C Asunto: DERECHO DE PETICION ARTICULO 23 DE LA CONSTITUCION POLITICA – PARA SOLICITAR DE VIGILANCIA PREVENTIVA AL CONTRATO DE SALUD QUE EJECUTA LA ENTIDAD UNION TEMPORAL MAGISTERIO REGION No 4- COSMITET – ARMENIA QUINDIO. JORGE HUGO LIEVANO LOPEZ y HECTOR ELIAS LEAL ARANGO, identificados como aparece al pie de nuestras firmas, en mi calidad de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Quindío - SUTEQ, y Secretario de Seguridad Social respectivamente, invocando el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y la ley 1437 de 2011, solicitamos respetuosamente vigilancia preventiva al asunto de la referencia, con fundamento en las atribuciones consagradas en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con lo previsto en el artículo 24 del Decreto 262 de 2000, le solicito de manera respetuosa y conforme a: HECHOS PRIMERO. Los maestros estamos regidos en materia de salud por la ley 91 de 1989 y por el artículo 279 de la ley 100 de 1993, que nos exceptúa de dicho régimen; gracias a estas normas, el comité directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del MagisterioFOMAG (creado por la ley 91 de 1989), licita la contratación de los servicios médicos cada cuatro años. SEGUNDO. En razón de lo anterior el FOMAG, licitó la contratación en salud de los maestros por regiones, para una vigencia del año 2012 al 2016. Este contrato le fue adjudicado a la Unión Temporal Magisterio Región No 4, región conformada por los departamentos de Antioquía, Chocó, Quindío, Risaralda y Caldas. TERCERO. Esta UT, está conformada por COSMITET LTDA, COMFACHOCO y FUNDACION MEDICA PREVENTIVA; entidades que en el contrato que terminó el 30 de abril de 2012; la primera atendían los servicios de salud de Quindío, Risaralda y Caldas y las dos restantes los departamentos de Antioquía y Chocó. - No entrega del manual del usuario con la red de salud ofertada y contratada. (el contrato de salud exigía que el contratista lo hiciera). - La no entrega de medicamentos o moras de dos o tres meses para hacerlo. (El contrato de salud dice que se entregan de inmediato o máximo en 24 horas). SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DEL QUINDÍO-SUTEQSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES DEL MAGISTERIO - SUTEQ Carrera 13 # 9-51 Telefax 7369060 Armenia Quindío. www.sutequindio.com Página 1 de 3 CUARTO. La terminación del contrato de salud por parte de la entidad COSMITET, se caracterizó por una ineficiente prestación del servicio que se reflejó en por lo menos: - Largas filas y demoras para reclamar medicamentos y entrega de citas con especialistas. (El contrato dice que el usuario no debe de estar más de 10 minutos en fila, hasta lograr atención). - No poseer call center para tramitar vía telefónica los requerimientos de los usuarios. (El contrato exige líneas telefónicas para ello las 24 horas al día). - Atención de pacientes con cáncer dentro de la región cuando exista el servicio acreditado. (La mayoría de los pacientes terminales son enviados a Cali, por fuera de la región, pese a existir entidad habilitada y acreditada en Armenia). - Acciones de tutela para reclamar medicamentos no excluidos (Pese a no ser medicamentos excluidos, se obliga a acudir a la acción de tutela). - Cuando un usuario incurre en un gasto, la entidad debe cancelarlo dentro de los 15 días siguientes de radicar la solicitud de pago. (Ello sucede hasta 10 meses después). - El contrato se rige por el principio de amenidad. (Las instalaciones de la sede central en Armenia Quindío, son oscuras, sin ventilación, sin sillas suficientes para las largas esperas y antiestética). - Se cambian los conceptos de los médicos tratantes. (hay prueba de cambio del concepto médico). - Existe desordenes administrativos. (paciente que se desplaza a Cali y al llegar a la Clínica no tiene cita programada, paciente que no atienden porque la entidad no envió la historia clínica). - Las citas con especialistas son máximo a 7 días, contempla el contrato. (Casos donde se han programado para más de dos meses). - La entidad que toma exámenes diagnósticas - Dumian, no presenta credibilidad por algunos especialistas. - Debe de existir en Armenia un coordinador regional con autonomía. (En la actualidad, en su gran mayoría las decisiones son tomadas en Cali, cuando la sede central de la UT, está en Medellín). - Es reiterado el hecho de anunciar que el "sistema se cayó", sin que la entidad tenga una solución alterna que permita, seguir dispensando los servicios. El primero de mayo pasado, inició el nuevo contrato de salud; que en el departamento del Quindío ejecuta la entidad denominada COSMITET LTDA a nombre de la UT-Magisterio Región No 4, lo que agravó los problemas enunciados arriba y agregándose además: - La ineficiencia y falta de atención. SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DEL QUINDÍO-SUTEQSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES DEL MAGISTERIO - SUTEQ Carrera 13 # 9-51 Telefax 7369060 Armenia Quindío. www.sutequindio.com Página 2 de 3 QUINTO. Frente a lo anterior y los innumerables hechos que deterioran la prestación del derecho a la salud por parte de la entidad UT-Magisterio Región No 4, es necesario que su despacho intervenga en aras de salvaguardar los intereses de más de 13 mil usuarios entre maestros, beneficiarios y pensionados. PRETENSIONES: Con base en las funciones preventivas consagradas en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con lo previsto en el artículo 24 del Decreto 262 de 2000, le solicito de manera respetuosa: 1. VIGILANCIA PREVENTIVA al contrato de salud que ejecuta la entidad Unión Temporal Magisterio Región No 4- COSMITET – Armenia Quindío, suscrito por esta entidad con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y la Fiduciaria La Previsora . 2. VIGILANCIA PREVENTIVA, al ente auditor del contrato en cabeza de la Fiduciaria La Previsora S.A. 3. VIGILANCIA PREVENTIVA, para que se le solicite a la Superintendencia Nacional de Salud, que se controle y audite eficazmente la entidad Unión Temporal Magisterio-Región No 4- COSMITET Armenia, conforme al artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1 del acto legislativo 02 del año 2009, donde se establecen los principios de la prestación del servicio de salud a saber: eficiencia, universalidad y solidaridad. 4. VIGILANCIA PREVENTIVA, a la Secretaría de Educación del Departamento del Quindío y al Secretario Municipal de Educación de Armenia, en atención a que son los Presidentes de los Comités Regionales de Prestaciones, quienes en virtud del decreto 2831 de 2005, tienen la función de ejercer veeduría a la prestación del servicio de salud. 5. ACOMPAÑAMIENTO a la creación de la veeduría en salud para la vigilancia de la ejecución del contrato suscrito por la Unión Temporal Magisterio Región No 4- COSMITET y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y la Fiduciaria La Previsora; reunión a realizarse en Armenia Quindío, el 12 de julio, a las 3 PM, en la carrera 13 No 9-5. NOTIFICACIONES: Carrera 13 No 9-51, Armenia Quindío, telefax 7369060, teléfono celular 3128710280. ANEXOS: - Contrato de salud en CD. - Se adjunta carpeta con 242 folios que contienen quejas por vulneración a los términos de referencia. Atentamente: HECTOR ELIAS LEAL ARANGO Secretario de Seguridad Social CC. Doctor Alejandro Ordoñez Maldonado, Procurador General de la Nación. Doctor Carlos Arturo Ramírez Hincapié, Procurador Regional del Quindío. SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DEL QUINDÍO-SUTEQSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES DEL MAGISTERIO - SUTEQ Carrera 13 # 9-51 Telefax 7369060 Armenia Quindío. www.sutequindio.com Página 3 de 3 JORGE HUGO LIEVANO LOPEZ Presidente del SUTEQ