Download enfermedad de la cabeza amarilla
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Elaborado por: Coordinador de Programa PROGRAMA NACIONAL SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 23/02/10 Código: PN-ACUI-MC-PV-02 Protocolo de Vigilancia Epidemiológica para La Enfermedad de La Cabeza Amarilla Versión 01 Página 1 de 26 Revisado por: Coordinador de Unidad de Epidemiologia Aprobado por: Director General Tabla de contenido 1. INTRODUCCIÓN………………………………………………………………… 2. ANTECEDENTES……………………………………………………………….... 3. JUSTIFICACIÓN………………………………………………………………...... 4. EJECUTORES DEL PROGRAMA………………………….................................. 4.1. Elaboración del protocolo de vigilancia………………………………....... 4.2. Recepción de denuncias de casos clínicamente compatible con Cabeza Amarilla………………..……………………………................................... 4.3. Investigación y seguimiento de casos clínicamente compatible con Cabeza Amarilla…………………………………………………............................. 4.4. Toma de Muestras.......................................................................................... 4.5. Diagnóstico Laboratorial……………….………………………………… 4.6. Aplicación de prohibiciones a la importación…………………..………… 4.7. Capacitación……………………………………………………………… 5. COBERTURA DEL PROGRAMA………………………………………………… 6. OBJETIVO GENERAL……………………………………………………………... 7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS……………………………………………………….. 8. ENFERMEDAD A VIGILAR……………………………………………………… ENFERMEDAD DE LA CABEZA AMARILLA…. …………………………………… 8.1. NOMBRE DE LA ENFERMEDAD …………………………………………… 8.2 HISTORIA NATURAL DE LA ENFERMEDAD……………………………….. 8.3 AGENTE ETIOLÓGICO……………………………………………………….. 8.4. HUÉSPEDES, VECTORES, RESERVORIOS…………………………………. 8.5. MECANISMOS DE TRANSMISIÓN…………………………………………… 9. DEFINICIÓN DE CASO…………………………………………………………... 9.1 Caso sospechoso…………………………………………………………………. 9.2 Caso confirmado…………………………………………………………………. 10.ESTRATEGIAS PARA LA VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO EPIDEMIOLÓGICO…………………………………………………………………... Bases legales y reglamentarias…………………………………………………………. 10.1 Sistema de información y notificación……………………………………. 10.1.1 Reporte de sospechas de enfermedad.………..………………………… 10.1.2. Seguimiento de casos clínicamente compatible con Enfermedad de la 2 3 3 4 5 5 5 6 6 6 6 6 7 7 7 7 7 7 8 9 9 10 10 10 11 11 12 12 PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 2 de Versión 01 21 Cabeza Amarilla…………………………………………………………………. 10.1.3. Toma y remisión de muestras al Laboratorio……………………………. 10.1.4. Registro en el SIVE……………………………………………………… 10.1.5. Diagnóstico Laboratorial………………………………………………… 10.1.6. Resultado Laboratorial…………………………………………………... 10.1.7. Entrega de Resultados…………………………………………………… 10.1.8. Elaboración de informes y comunicación en caso de eventos según el nivel que corresponda…………………………………………………. ………... 11. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA………………………………………………. 11.1 Descripción de las características de la población huésped……………... 11.2. TIPO DE VIGILANCIA…………………………………………………. 11.2.1. Vigilancia Pasiva………………………………………………………. 12. DIAGNÓSTICO LABORATORIAL…………………………………………….. 12.1. Laboratorios designados para el proceso de las muestras……………… 12.1.1. Laboratorio Nacional…………………………………………………… 12.1.2. Laboratorio de Referencia……………………………………………… 12.2. Prueba laboratorial a utilizar para el diagnóstico de la Enfermedad de la Cabeza Amarilla.………………………………………………………….. I- Métodos para el diagnóstico de campo………………………….. II- Métodos Clínicos………………………………………….......... III- Detección del Agente y Métodos de identificación………......... 12.3. Descripción del método diagnóstico……………………………………... 13. Capacitación……………………………………………………………………….. 14. Divulgación……………………………………………………………………….... 15. Bibliografía………………………………………………………………………… 16. Anexos……………………………………………………………………………... 1. INTRODUCCIÓN La Enfermedad de la Cabeza Amarilla es una enfermedad listada en el Código Acuático de la OIE, y según el decreto de declaración obligatoria N° 34699-MAG, Gaceta Nº 156 publicado el 13 de agosto del 2008 es una enfermedad notificable. La producción de camarón en Costa Rica, se ubica en la costa Pacífica y es muy importante para el país, porque genera gran cantidad de empleo de forma directa e indirecta, en lugares donde el trabajo es poco y las personas que allí habitan son de escasos recursos. Además la generación de divisas que produce esta explotación acuícola es muy superior a otros productos tradicionales, según datos de Procomer en el 2008 se exporto 30.202 kg de camarón de cultivo. La vigilancia de esta enfermedad, forma parte de una de las muchas tareas que 12 12 12 13 13 13 13 14 14 14 14 17 17 17 17 17 17 17 18 18 19 19 19 21 PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 3 de Versión 01 21 efectúa el SENASA para la protección de la salud animal de Costa Rica El presente protocolo es una guía donde se documente como se desarrolla la vigilancia de la enfermedad de la Cabeza Amarilla y brinde un apoyo al sector productivo mediante el trabajo técnico que brinda el SENASA. 2. ANTECEDENTES El virus de la Cabeza Amarilla y sus siglas en inglés (YHV) aparece por primera vez en Tailandia en 1990, se sospechaba que era un problema de químicos o pesticidas, incluso de parásitos, tardaron dos años en diagnosticarlo, causando serias pérdidas durante los tres primeros años, posteriormente fue difícil de evaluar las pérdidas por YHV debido a la aparición del problema del virus de la Cabeza Amarilla. Actualmente el YHV sigue siendo un problema en Tailandia y continúa causando mortalidades. Se han descubierto otros virus relacionados a éste en Taiwan, Malasia, Filipinas, Indonesia, y en 1995 se descubrió un virus de especial interés en Australia, el GAV Gill Associated Virus (Virus Asociado a las Branquias). Al conocer todos estos virus que se encuentran íntimamente relacionados sin ser exactamente el mismo, debiéramos hablar del “Complejo del Virus de la Cabeza Amarilla” y no referirnos únicamente a un virus. Esta enfermedad es exótica en América, hace relativamente poco, se reporto la presencia de YHV en el continente americano, sin embargo el hallazgo nunca pudo ser confirmado y es probable que se hay tratado más bien de un diagnóstico erróneo8. La enfermedad de la Cabeza Amarilla constituye otra más de las amenazas seria para la productividad de esta especie, por lo que las autoridades sanitarias y los productores de camarones de los países Occidentales deben tomar las medidas sanitarias correspondientes, a fin de evitar que con la importación de larvas de camarón o de otras especies de animales acuáticos, produzca que la enfermedad haga su aparecimiento en América. 3. JUSTIFICACIÓN La actividad camaronera provee una fuente de trabajo muy amplia desde el cuido en la granja hasta el proceso de planta. En caso de no vigilar la enfermedad de la Cabeza Amarilla y que asome en Costa Rica se afectaría además las exportaciones, las que en año 2008 ascendieron a 19.609,35 kg de camarón de cultivo por un valor de 261.222 dólares. Los mercados a los cuales Costa Rica exporta camarón son el estadounidense y el europeo. Una de las directivas de la Comunidad Económica Europea, específicamente la 88 /2006 CE, plantea que los países que exporten sus productos PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 4 de Versión 01 21 acuícolas a ese mercado deben de garantizar mediante normas generales el control de enfermedades y la bioseguridad. Las directivas de la CE establecen que existan medidas de control de las enfermedades, exigiendo para ello que las muestras sean oficiales, es decir, muestras tomadas por la autoridad competente y analizadas en laboratorios autorizados por la autoridad competente para proceder al examen de una muestra oficial. Además, las directivas establecen la necesidad que los países tengan protocolos de vigilancia, planes y toda la documentación necesaria que permita demostrar que se cuenta con una producción sana. Asimismo, la documentación permite dar trazabilidad a las diferentes acciones y tareas que se desarrollan en atención al camarón. Los Estados Unidos y la Unión Europea confiarán en un servicio u organismo público que cuente con protocolos, planes y programas nacionales que realicen la coordinación de las actividades de los servicios centrales y regionales, encargados de efectuar la vigilancia sobre las diferentes enfermedades y la recogida de los resultados de los controles y las informaciones que se deben comunicar a las autoridades competentes El 23 de Marzo del 2007 se ha comunicado a las plantas exportadoras de productos y subproductos acuícolas la posibilidad del cierre de las exportaciones a la Unión Europea, por las no equivalencias con el control relacionado a sustancias y residuos en acuicultura (Directiva 96/23/CE). El Programa Nacional de Sanidad Acuícola permite que Costa Rica someta a los socios comerciales los planes relacionados con la Enfermedad de la Cabeza Amarilla cumpliendo con el autocontrol exigido y con el muestreo necesario. Cuando el examen de una muestra oficial revele la presencia del virus, el Programa como autoridad competente vela por obtener, sin demora, los datos necesarios para la identificación los camarones infestados, así como también y las granjas de origen, con el fin de diseñar y ejecutar las medidas de control que sean necesarias. 4. EJECUTORES DEL PROGRAMA Será responsable de la ejecución del programa El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería. En la tabla N°1 se resume el responsable de ejecución según la actividad involucrada. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 5 de Versión 01 21 Tabla Nº 1 Ejecutores del programa según actividad y responsable de la ejecución ACTIVIDAD Elaboración del protocolo de vigilancia RESPONSABLE DE EJECUCION Coordinadores del Programa Nacional de Sanidad Acuícola y la Unidad de Epidemiología Recepción de denuncias de casos Personal Técnico de las Direcciones Regionales Investigación y seguimiento de casos Personal Técnico de las Direcciones Regionales, Coordinadores del Programa de Sanidad Acuícola y la Unidad de Epidemiología Toma de muestras Médicos veterinarios oficiales de las Direcciones Regionales Diagnóstico laboratorial Dirección de laboratorio de Servicios Veterinarios y el laboratorio de Patología en Acuacultura de la Universidad de Arizona Capacitación en toma de muestra, Coordinador del Programa Nacional de reconocimiento de la enfermedad etc. Sanidad Acuícola 4.1. ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO DE VIGILANCIA Es responsabilidad del Coordinador del Programa Nacional de Sanidad Acuícola, junto con el Director Técnico de la Unidad de Epidemiología, analizar y actualizar de ser necesario este protocolo cada año, después de la Asamblea General de la OIE o cuando por cambios en el status sanitario o cambios en la epidemiología de la enfermedad así lo requieran. 4.2. RECEPCIÓN DE DENUNCIAS DE CASOS CLÍNICAMENTE COMPATIBLE CON CABEZA AMARILLA Es responsabilidad de los funcionarios de las Direcciones Regionales, de recibir las denuncias de los casos con sintomatología compatible con Cabeza Amarilla. 4.3. INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO DE CASOS CLÍNICAMENTE COMPATIBLE CON CABEZA AMARILLA Es responsabilidad de los médicos veterinarios oficiales analizar la información de la denuncia y clasificarla según corresponda, si la denuncia clasifica para atención de caso deberá darle seguimiento a la misma. Es responsabilidad del Médico Veterinario Oficial durante la visita PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 6 de Versión 01 21 utilizar los formularios: Hoja de Visita (anexo1), Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1) (anexo 2). Es responsabilidad del médico veterinario oficial que realizó la visita, entregar la información al jefe del Departamento de Registro de la Dirección Regional que corresponda, para la Incorporación y registro de los eventos en la base de datos del “Sistema de Vigilancia Epidemiológica (SIVE)”. 4.4. TOMA DE MUESTRAS Es responsabilidad de los médicos veterinarios y técnicos la toma de muestra de animales con sintomatología compatible con la enfermedad de la Cabeza Amarilla. Para la toma de muestras se utilizará el Procedimiento para la toma y envío de muestras (PN-ACUI-PG-02Procedimiento para la toma y envió de muestras de especies de acuicultura) (anexo 3). 4.5. DIAGNÓSTICO LABORATORIAL Es responsabilidad de la Dirección de Laboratorio de Servicios Veterinarios recibir la muestra y asignarle un número de identificación (protocolo) y de procesar la muestra a la mayor brevedad posible. 4.6. APLICACIÓN DE PROHIBICIONES A LA IMPORTACIÓN Es responsabilidad de la Dirección de Cuarentena Animal a nivel central establecer los controles necesarios con las importaciones de animales vivos, para cumplir con las recomendaciones emitidas por la OIE y con la normativa nacional. Es responsabilidad de los médicos veterinarios oficiales, a nivel de los puestos regionales, realizar la comprobación de los requisitos sanitarios exigidos a las mercancías de origen animal que sean importadas. 4.7. CAPACITACIÓN Es responsabilidad del coordinador del Programa Sanidad Acuícola, brindar la capacitación a los médicos veterinarios de las regiones, en el reconocimiento de las enfermedades, y toma de muestra de los animales para el envío al laboratorio, así como en las Buenas Prácticas en Acuicultura según especie. 5. COBERTURA DEL PROGRAMA El programa de vigilancia epidemiológica de la Enfermedad de la Cabeza Amarilla se llevara a cabo en el litoral Pacífico del país en el área de manglar, en la provincia de Puntarenas en los cantones de Puntarenas, Osa, Parrita, Aguirre, y en la provincia de Guanacaste en los cantones de Abangares, Nicoya y Nandayure. La vigilancia de las enfermedades de los camarones que se realiza en el país es PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 7 de Versión 01 21 pasiva, y la notificación es por sospecha, en este momento se encuentra en elaboración un cronograma de muestreo para la vigilancia activa por las directrices que emiten los socios comerciales. 6. OBJETIVO GENERAL El objetivo de la vigilancia de la enfermedad de la Cabeza Amarilla es de detectar la enfermedad lo antes posible, para tomar las medidas oportunas para que la enfermedad no se extienda a otros establecimientos, y para que se controla y erradique lo antes posible. 7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 7.1.1. Contar con las bases conceptuales de la vigilancia de la enfermedad de la Cabeza Amarilla. 7.1.2. Establecer y definir las estrategias de la vigilancia de la enfermedad de la Cabeza Amarilla. 7.1.3. Implementar un sistema de capacitación tanto para el sector oficial como el privado. 7.1.4. Contribuir con el cumplimiento de las demandas de los socios comerciales relacionados con las medidas sanitarias de la actividad de acuicultura 8. ENFERMEDAD A VIGILAR ENFERMEDAD DE LA CABEZA AMARILLA 8.1. HISTORIA NATURAL DE LA ENFERMEDAD Se ha reportado la presencia de YHV en los camarones de cultivo de la India, Filipinas, Tailandia, y Texas en los Estados Unidos de América producto de unas pruebas en un estanque, que luego se eliminó todo el producto produciendo la erradicación de la enfermedad. En 1991, se declararon unos brotes naturales en Tailandia, pero los comunicados subsiguientes fueron más bien esporádicos. Aunque el virus asociado a las branquias (GAV) está estrechamente relacionado con el YHV, solamente se han declarado brotes en las operaciones camaronícolas de PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 8 de Versión 01 21 Australia. Hasta este momento no se ha reportado la presencia de YHV en poblaciones silvestres de camarón, pero un virus muy similar, el LOV (no patogénico), es muy común en Australia aunque únicamente en granjas que usan P. monodon de origen silvestre y no de otro origen. Los brotes de la enfermedad pueden producirse en cualquier estación, pero generalmente ocurren al cabo de 50 a 70 días después de que los estanques han sido sembrados. Las fluctuaciones drásticas de las condiciones medioambientales parecen favorecer el brote de la enfermedad. Hipotéticamente, otros factores que podrían favorecer el desencadenamiento de brotes de esta enfermedad podrían incluir el estrés provocado por la presencia de residuos químicos e insecticidas. 8.2. AGENTE ETIOLÓGICO El virus de la Cabeza Amarilla (genotipo 1) es uno de los seis genotipos conocidos de virus del compliejo de la Cabeza Amarillay es el unico agente conocido de la enfermedad de la Cabeza Amarilla. Se designa como genotipo 2 al virus asociado a la banquia (GAV). El GAV y otros cuatro genotipos conocidos del complejo (los genotipos 3, 4, 5, 6), se presentan generalmente en P monodonsanos del este de asia, Africa y Australia, y bien no se asocia con la enfermedad o se hace en raras ocasiones. El YHV y otros genotipos del complejo de la cabeza amarilla son clasificados por la Comision Internacional para la Taxonomia de los virus como especies unicas del genero Okavirus, de la familia Roniviridae, del orden de los Nidovirales. Existe evidencia de la existencia de la recombinacion genetica entre los genotipos. Y es un virus de ARN unicaternario de sentido positivo, de forma baciliforme, Resistencia a la acción física y química Temperatura: Inactivado a una temperatura de 60°C durante 15 minutos. pH: No se ha reportado. Productos No se ha reportado tampoco Químicos: los agentes oxidantes, el sulfato de sodio dodecilo (SDS), los detergentes no iónicos y los solventes de lípidos. Desinfectantes: En el agua de estanques infectados es inactivado mediante 30 ppm de hipoclorito de calcio; pese a que se desconocen otros desinfectantes, son también eficaces probablemente: soluciones de formalina al 3% durante 10 minutos, NaOH al 2% durante 10 minutos, 540 ppm de cloro durante 20 minutos y 250 ppm de compuestos que contengan yodo (por ejemplo povidone) durante 30 minutos. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 9 de Versión 01 21 Supervivencia: En el agua de estanques infectados, durante unos 4 días a una temperatura de 25 a 28°C9 y fuera del hospedador permanece viable por un periodo de hasta 72 horas en aguas marinas oxigenadas. HUÉSPEDES , VECTORES, RESERVORIOS 8.3. Las Especies afectadas principalmente: YHD es una enfermedad importante y ampliamente distribuida en sistemas intensivos de cultivo de P. monodon en el sureste de Asia e India. A través de biosensayos con P. monodon como especie indicadora, se encontró que camarones de agua salobre de las especies Palaemon styliferus y Acetes sp. (presentes en los estanques de camarón) son portadores de YHV. Aunque resistentes a la enfermedad cuando se encuentran en los estanques, se ha observado que P. merguiensis y Metapenaeus ensis pueden ser infectados experimentalmente durante pruebas de desafío. Se ha demostrado experimentalmente que YHV puede infectar y causar infecciones serias en los estadíos juveniles de los camarones peneidos americanos de las especies P. vannamei, P. stylirostris, P. setiferus, P. aztecus y P. duorarum. En estos mismos estudios, se observó que los estadios de postlarva de las mismas especies eran relativamente resistentes8. Hasta que no se pruebe lo contrario, es razonable suponer que todos los camarones peneidos de cultivo pueden ser susceptibles a la infección. 8.4 MECANISMOS DE TRANSMISIÓN La transmisión horizontal puede ser directa o a través de vectores, equipos ademas , siendo el agua el principal vector abiótico. La transmisión se produce rápidamente a través del agua en donde se encuentran los camarones infectados así como también por canibalismo de camarones debilitados o moribundos a causa de la infección. Entre los vectores vivos cabe citar a los crustáceos infectados pero que no son portadores de la enfermedad La mayor fuente de infección para los estanques de cultivo son los vectores vivos que penetran a los estanques con el agua de llenado o de recambio. Se ha demostrado que la YHV se transmite verticalmente desde los progenitores, probablemente por contaminación de la superficie o por infección del tejido que PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 10 Versión 01 de 21 rodea al huevo fertilizado. El modo de dispersión del virus, a partir de los camarones infectados, aún no ha sido establecido, pero se piensa que la cohabitación de los camarones sanos con los infectados puede provocar rápidamente la enfermedad en un plazo de 36 a 48 horas. Las mortalidades serias se presentan entre 3 y 7 días después de aparecer los primeros síntomas, únicamente se ha encontrado que afecta a peneidos y no a cangrejos ni a camarones de agua dulce, causa infecciones latentes e infecciones abiertas. Una infección latente puede convertirse en abierta, una vez que se presenten los estímulos ambientales adecuados o los cambios fisiológicos necesarios en el camarón2. 9. DEFINICIÓN DE CASO 9.1 CASO SOSPECHOSO Se trata de animales en el que tienen un periodo inicial de consumo excepcionalmente alto de alimento seguido por un cese brusco de la alimentación y un aumento de la mortalidad en la población. El número de camarones mostrando signos similares incrementa dramáticamente en el segundo día y para el tercero, después de haber cesado de alimentarse, comienza una mortandad masiva la cual típicamente resulta en la pérdida total del estanque. Los camarones en estado letárgico o moribundo se acumulan en la superficie y en los bordes de los estanques o bien nadan lentamente y de forma errática. La región del cefalotórax puede volverse amarillenta debido al color amarillo claro del hepatopáncreas, anormalmente blando (síntoma no generalizado). Todo el cuerpo adquiere una palidez o descoloración anormal, branquias blanquecinas o de color amarillo pálido a café. No se presentan lesiones patognomónicas observables a simple vista en algunos casos la decoloración amarillenta del cefalotórax no está siempre presente2. 9.2 CASO CONFIRMADO Los casos sospechosos se deben comprobar en primer lugar mediante presencia de signos clínicos y un historial que indique la posible presencia de la enfermedad de la Cabeza amarilla en las instalaciones de cultivo, en la región o en las especies de camarón usadas para el cultivo. Y se confirman mediante la histopatología. La enfermedad de la cabeza amarilla puede confirmarse mediante la detección de niveles elevados de infección propagada por los tejidos de origen ectodérmico y mesodérmico por medio de la hibridación in situ conjuntamente con la detección de productos amplificados del tamaño prescrito utilizando ensayos RT-PCR discriminatorios3. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 11 Versión 01 de 21 10. ESTRATEGIAS PARA LA VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO EPIDEMIOLÓGICO Bases legales y reglamentarias Ley SENASA N° 8495, Gaceta 93 publicada el 16 de mayo de 2006 Ley General de Salud N° 5395, Gaceta 222, alcance 172, publicada el 24 de noviembre de 1973 Ley para el control de la elaboración y expendio de alimentos para animales N° 6883, Gaceta 182, publicado el 27 de setiembre de 1983 Ley General de Pesca y Acuicultura N° 8436, Gaceta 78, publicada el 25 de abril del 2005. Ley constitutiva del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, SENARA N° 6877, publicada el 18 de julio de 1983 Ley Constitutiva de Acueductos y Alcantarillados N° 2726, publicada el 18 de mayo del 2004 Decreto ejecutivo para la oficialización del Reglamento Sanitario Internacional. N° 34038-S Gaceta N° 243, publicada el 18 de diciembre del 2007 Reglamento de límites máximos y microbiológicos y de residuos de medicamentos y contaminantes para los productos y subproductos de la pesca y de la acuicultura destinados al consumo humano. Nº 34687, Gaceta 160, publicado el 20 de agosto del 2008. Listado de enfermedades de animales de declaración obligatoria N° 34669MAG, Gaceta 156, publicado 13 de agosto del 2008. Reglamento de la estructura organizativa del SENASA N° 34319-MAG, Gaceta 41, publicado el 27 de febrero del 2008 Reglamento para la prohibición de productos que contengan verde de malaquita para uso en animales N° 33720, Gaceta 96, publicado el 21 de mayo del 2007 Creación de registro de importadores de animales, productos, subproductos y derivados de origen animal, frescos o congelados sin procesar o mínimamente procesados destinados para consumo humano y o industrial N° 33102, Gaceta 134, publicado el 16 de julio del 2006 Reglamento de Registro y control de medicamentos veterinarios N° 28861- PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 12 Versión 01 de 21 MAG, Gaceta 161, publicado el 23 de agosto del 2000 Reglamento para la importación de insumos agropecuarios y alimentos para animales previamente registrados N° 28852, Gaceta 161, publicado el 23 de agosto del 2000 Prohibición del uso de los isómeros del Lindano, DDT. N° 27773- MAG-STSS, Gaceta 70, publicado el 13 de abril de 1999. Prohibición de uso de cloranfenicol. N° 26146-MAG, Gaceta 136, publicado el 16 de julio de 1997 Prohibición de uso de Nitrofuranos y Furazolidona N° 24401-MAG, Gaceta 130, publicado el 10 de julio de 1995 Reglamento para laboratorios oferentes de referencia y con ensayos oficializados por SENASA N° 34493-MAG, Gaceta 88, publicado el 8 de mayo de 2008. 10.1. SISTEMA DE INFORMACIÓN Y NOTIFICACIÓN 10.1.1. Reporte de sospechas de enfermedad: Los funcionarios de las Direcciones Regionales, reciben las denuncias de los casos con sintomatología compatible con Enfermedad de la Cabeza Amarilla mediante el formulario Registro de Notificación de Denuncia (anexo). 10.1.2. Seguimiento de casos clínicamente compatible con Enfermedad de la Cabeza Amarilla: Los directores de las regionales analizan la información de la denuncia y la clasifican según corresponda, si la denuncia clasifica para atención de caso procede a darle seguimiento a la misma. Durante la visita procede a realizar el análisis de los signos clínicos de los animales en el sitio de producción. Durante la visita deberá utilizar los formularios: Hoja de Visita, Censo de Población Animal y Registro de Información sobre Episodios de Enfermedades Agudas (EA1). 10.1.3. Toma y remisión de muestras al Laboratorio: El médico veterinario de la región, procede a la toma y el envió de la muestra, de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento para la toma y envió de muestras (PN-ACUI-PG02). 10.1.4. Registro en el SIVE: El médico Veterinario Oficial y/o el técnico del SENASA, envía copia de la información recopilada al jefe del Departamento de Registro de la Dirección Regional que corresponda, para la Incorporación y PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 13 Versión 01 de 21 registro de los eventos en la base de datos del “Sistema de Vigilancia Epidemiológica (SIVE)”. 10.1.5. Diagnóstico Laboratorial Las muestras son recibidas en el Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios (LANASEVE), donde les será asignado un número de identificación y posteriormente se procesan las muestras a la mayor brevedad posible. 10.1.6. Resultado Laboratorial El médico veterinario encargado de la Sección de Seguridad del LANASEVE, emite un resultado, el cual envía al Jefe de la Unidad de Servicios Generales del LANASEVE. 10.1.7. Entrega de Resultados: De resultar negativo el resultado, el Jefe de la Unidad de Servicios Generales del LANASEVE, entrega o envía el resultado a la dirección Regional donde corresponda y además entrega una copia al Coordinador del Programa de Sanidad Acuícola, para su archivo. De resultar positivo el resultado, el Jefe de la Unidad de Servicios Generales del LANASEVE, comunica al Director General del SENASA, a los Coordinadores del Programa de Sanidad Acuícola, a la dirección Regional donde corresponda y la Unidad de Epidemiología. Se envía la muestra al laboratorio de referencia de la OIE. Los responsables del envío de la muestra al laboratorio de referencia de la OIE serán el jefe de la Unidad de Servicios Generales y el encargado del Programa de Sanidad Acuícola. Cuando se informa del resultado, El Jefe de la Unidad de Servicios Generales del LANASEVE, comunica al Director General del SENASA, a los Coordinadores del Programa de Sanidad Acuícola y de la Unidad de Epidemiología, al director de la Regional y al médico veterinario que toma la muestra. Posteriormente el Coordinador del programa y el Director de la Unidad de Epidemiologia coordinan cuales son los pasos a seguir según el protocolo de contingencia de la enfermedad. 10.1.8. Elaboración de informes y comunicación en caso de eventos según el nivel que corresponda, a saber: 10.1.8.1. Reporte semanal de los funcionarios de las Direcciones Regionales al Director de cada región del país siguiendo los procedimientos e instrumentos definidos para este efecto. 10.1.8.2. Reporte Trimestral del Director de Operaciones dirigido al PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 14 Versión 01 de 21 Coordinador del Programa de Sanidad Acuícola, recopilando la información suministrada por los Directores de cada región. 10.1.8.3. Reporte mensual de los jefes de puestos cuarentenarios al Director de Cuarentena Animal 10.1.8.4. Reporte mensual del Director de Cuarentena Animal al Coordinador del Programa de Sanidad Acuícola. 10.1.8.5. Informe mensual del Coordinador del Programa de sanidad Acuícola, dirigido al Director de Programas Nacionales y al de la Unidad de Epidemiología para que este informe sea utilizado para actualizar la página web del SENASA. 11. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Ejercer vigilancia significa realizar investigaciones continuas sobre una población determinada, en el presente caso, sobre la población camaronícola en el territorio nacional con vistas a detectar la presencia de enfermedad lo más pronto posible a efectos de control sanitario; someter parte de esa población a pruebas diagnósticas puede formar parte de las investigaciones. 11.1. DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA POBLACIÓN HUÉSPED Las unidades de explotación primarias están ubicadas en área Pacífica en las provincias de Guanacaste y Puntarenas. La población blanco a los cuales se da una vigilancia es a los 110 productores pequeños, medianos y grandes, con un área total es de 2,088 hectáreas, y una producción de 3.931.773 kilogramos, principalmente de la especie Litopenaeus vannamei y muy poco de la Litopenaeus stylirostris. En Costa Rica existe una gran variedad de tamaños de las fincas hay productores que poseen desde una hectárea de espejo de agua hasta otros con más de 45 hectáreas. El porcentaje de producción para consumo nacional como para exportación es muy variable ya que depende del precio en los mercados internacionales y por comunicación personal con algunos productores dicen que en muchos casos es mejor vender el producto al mercado nacional que el internacional. 11.2. TIPO DE VIGILANCIA 11.2.1. VIGILANCIA PASIVA Todos los animales que se encuentren en la finca deben de estar PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 15 Versión 01 de 21 clínicamente sanos, en caso que presente algún signo clínico de una enfermedad como incremento abrupto en consumo de alimento seguido de anorexia total y mortalidades 24 a 72 h después; los moribundos tiene palidez generalizada, coloración amarillenta de cefalotórax, branquias blanquecinas o amarillo/café pálido, hepatopáncreas amarillo pálido. Es obligación de toda persona que labore en la finca de notificar de forma inmediata, a la Dirección Regional del SENASA más cercana. Visitaran el lugar, tomaran y remitirán muestras al LANASEVE para el diagnóstico, desde que se emite la denuncia se brinda información de forma ágil y constante a los coordinadores del Programa Nacional de Sanidad Acuícola y a la Unidad de Epidemiología. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 16 Versión 01 de 21 Como verificación de requisitos de importación de camarones importados sean vivos (nauplios o post larvas) o muertos para la venta, al ingresar al país por los puestos cuarentenarios de frontera, se toma una muestra de ellos, y se envía al LANASEVE donde se corren pruebas de PCR. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 17 Versión 01 de 21 12. DIAGNÓSTICO LABORATORIAL 12.1. LABORATORIOS DESIGNADOS PARA EL PROCESO DE LAS MUESTRAS . 12.1.1. Laboratorio Nacional EL LANASEVE es el laboratorio designado como laboratorio de diagnóstico para la Enfermedad de la Cabeza Amarilla 12.1.2. Laboratorio de Referencia El Servicio Nacional de Salud Animal ha designado al Laboratorio de Patología en Acuacultura de Ciencias Veterinaria y Microbiología de la Universidad de Arizona en Tucson, Arizona USA. 12.2. Prueba laboratorial a utilizar para el diagnóstico de la Cabeza Amarilla: Se someterán a control mediante los siguientes métodos de diagnóstico I- Métodos para el Diagnóstico de Campo YHV puede infectar los camarones de cultivos desde las formas postlarvales en adelante, aparece un apetito voraz y posteriormente el cese del mismo. Los moribundos se congregan en los bordes y superficie del estanque. Presentan apariencia blanquecina y un color amarillento en el cefalotórax. En muchos casos hay pérdida total de la producción del estanque. II- Métodos Clínicos Examen Microscópico: Utilizar los camarones moribundos en los bordes de los estanques. a- Preparaciones montadas: se utilizan branquias de camarones y por un protocolo de preparación se observan inclusiones citoplasmáticas esfericas, teñidas de forma uniforme, profundamente basófilas en cantidades moderadas o grandes. b- Cortes fijados: Mediante la tincion de H&E se observaran cantidades grandes o mederadas de basófilos, teñidos de forma uniforme, inclusiones citoplasmáticas en tejidos mesodérmicos o ectodérmico, muy utiles los tejidos de organo linfoides, estomago y de branquias. c- Frotis: se utiliza hemolinfa de camarones aparentemente “sanos” , mostraran cantidades de hemocitos grandes o moderados con núcleos rotos o muy pequeños. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 18 Versión 01 de 21 III- Detección del Agente y Métodos de Identificación Detección del Agente 1. Microscopia electrónica Los tejidos de análisis para los animales moribundos son Organo linfoide y branquias y para el análisis o vigilancia de los animales sanos el tejido mas apropiado es el órgano linfoide. Mediante este método se observan en caso de células infectadas por el virus de la cabeza Amarilla los precursores de las nucleocápsides de los viriones de envoltura completos. 2. Aislamiento e Identificación del agente Bioensayo: Usar camarones sensibles que se haya comprobado que estan libres de la enfermedad sea de una cría de bioseguridad o que se hayan analizado mediante PCR anidado de trascripción reversa (RT) Métodos de detección e identificación del agente 1. Reacción en cadena de la polimerasa de trascripción inversa (RT-PCR) Existen 3 métodos de RT-PCR: 1. RT-PCR simple 2. PCR anidada 3. PCR de transcripción reversa anidada 2. Hibridación in situ Se utiliza para la detección de YHV o GAV para conservar el ARN vírico se fijan camarones vivos con solución de Davidson Métodos de Diagnostico/ Detección para Declarar la Ausencia de Infección La PCR de dos pasos y la secuenciación, son los métodos prescritos para declarar la ausencia de infección. Se requieren resultados negativos de la PCR de dos pasos. Cuando un resultado positivo por PCR de dos pasos no puede confirmarse mediante secuenciación, eso también cuenta como resultado negativo. 12.3. DESCRIPCIÓN DEL MÉTODO DIAGNÓSTICO. Muestras de camarón entero fijado con solución de Davidson (AFA; Alcohol etílico: Formaldehido: Ácido acético) para análisis histopatológico y/o hibridación in situ. Muestras de camarón entero, hemolinfa, branquias o pleópodos, congelados o preservados en alcohol etílico (95%) para análisis por medio de PCR. Muestras de tejido homogenizadas en el reactivo Trizol3. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 19 Versión 01 de 21 13. Capacitación Capacitación al sector oficial: Anualmente se realizará una visita a las Direcciones Regionales del SENASA que tienen unidades de explotación camaronera en su zona, allí se impartirá la capacitación sobre información que ha elaborado o actualizado el Programa de Sanidad Acuícola. Además cada vez que el sector privado u otro ente oficial realicen capacitaciones en el tema, los directores regionales serán informados para que designen a un funcionario que asista al evento. Capacitación al sector productivo: Se convocaran a reuniones de capacitación una vez al año, pero también se citaran para que participen con su opinión en la elaboración de documentos que realiza el Programa Sanidad Acuícola, como las Buenas Prácticas para establecimientos de Producción Primaria de Acuicultura en Camarón (PN-ACUI-MC-IN-01) (Anexo 4) 14. Divulgación Elaboración de brochures o plegadizos, documentos, y entrega de ellos a los productores de camarón, divulgación a través de la prensa, información de las enfermedades de los animales acuáticos en la página web del SENASA, invitaciones a eventos de carácter nacional e internacional. 15. Bibliografía 1. OIRSA, 2006. Plan de emergencia para el control y erradicación de la enfermedad de la cabeza amarilla del camarón en el área del OIRSA. San Salvador 2. OIE. Organización Mundial de la Sanidad Animal, 2009. Código Sanitario Para Animales Acuáticos. Ed. XII. Paris. 3. OIE. Organización Mundial de la Sanidad Animal, 2006. Manual de Pruebas de Diagnóstico para los animales acuáticos. Ed. V. Paris. 4. Manual de Procedimientos para la ejecución de los Servicios Veterinarios Oficiales de Campo. 2000. Ministerio de Agricultura y Ganadería. Costa Rica. PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 20 Versión 01 de 21 5. CYTED Red II-D Vannamei. 2008. Guía Técnica Patología e Inmunología de camarones penaeidos. 6. CNP. Consejo Nacional de la Producción, 2002. Servicio de Información de Mercados [en línea]. Gobierno de Costa Rica. http://ww.cnp.go.cr/php_mysql/ admin/KTML /uploads /fil es/ boletines/camarn_Mayo02.pdf (Consulta: 5 Nov. 2009). 7. Alday de Graindorge Victoria. 2000. el Virus de la Cabeza Amarilla Información General Técnicas de Diagnóstico y Prevención [en línea]. Fundación CENAIM – ESPOL. http:// www.cenaim.espol.edu.ec/publicaciones/boletin53/articulos.pdf (Consulta: 5 Nov. 2009). 8. Organización Mundial de la Sanidad Animal. 2009. Enfermedad de la Cabeza Amarilla [en línea]. Paris. http:// oie.int/.../fmanual/pdf_es/2.3.3_Enfermedad_ de_la_cabeza_amarilla.pdf (Consulta:18 Nov. 2009). 9. OIE.Organización Mundial de la Sanidad Animal. 2000. Enfermedad de la Cabeza Amarilla [en línea]. Paris. www.oie.int/fdc/eng/Publicat/.../4%5 B1%5 D.1.3.YHD-E23REV.doc (Consulta: 20 Nov. 2009). PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 21 Versión 01 de 21 ANEXOS Anexo 1- Registro de notificación de casos MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA FORMULARIO PARA REGISTRO DE NOTIFICACION DE CASO. FECHA:____/____/____ TEL:__________________ HORA__________ PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 22 Versión 01 de 21 CODIGO OFICIAL DE ________________________________________________________________ FINCA: PROPIETARIO DE FINCA:________________________________________________________________ LA PROVINCIA:__________________ CANTON:____________________DISTRITO:______________________ CASERIO:___________________ DIRECCION:___________________________________________________ PERSONA QUE REPORTA: PROPIETARIO VETERINARIO TECNICO AGENCIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA CUARENTENA OTRO NOMBRE:____________________________________________________ ESPECIE POBLACION TOTAL ENFERMOS MUERTOS SINTOMAS REPORTE RECIBIDO POR: __________________________________________ OBSERVACIONES DE INTERES: ______________________________________________ ORIGINAL- OFICIAL O ACREDITADO RESPONSABLE / CELESTE – UNIDAD DE EPIDEMIOLOGIA Anexo 2- Hoja de visita MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL HOJA DE VISITA FECHA:________/_________/__________ No:_________________________ NOMBRE CONSTANCIA DE DE VISITA LA PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 23 Versión 01 de 21 FINCA:__________________________________________________________________ PROPIETARIO DE FINCA:______________________________________________________________ LA PROVINCIA:___________________CANTON:___________________DISTRITO:_________________ ___ CASERIO:_________________________DIRECCION:______________________________________ ____ LAT:____°_________, LONG____°_________, GPS MAPA ATENCION DE BROTE PRIMERA VISITA SEGUIMIENT O. MUESTRE SOLICITUD OS DE DIRIGIDO MUESTREO S CUARENTEN A DECLARACI ON SUPERVISIO LLENE EL N LLENE EL FORMULA LEVANTAMI FORMUL RIO ETO ARIO RESPECTIV RESPECT O IVO VACUNA CION ENTREGA DE RESULTADO S LLENE CONSTAN CIA DE VACUNA CION PROTOCOL O No. ___________ __________ CAPTURA DE VAMPIROS PRE-CAPTURA CAPTURA POST-CAPTURA OTROS MONITOREO IINSPECCION MARCAJE DE ANIMALES TECNICA DIAGNOSTICO REPRODUCTIVO OTRO ATENCION CASO CLINICO RECOMENDACIONES PRODUCTOR O ENCARGADO:___________________FIRMA:__________________ FUNCIONARIO:____________________________________FIRMA:___________________ ___ Anexo 4- Formulario registro información sobre episodios de enfermedades agudas MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANDERIA DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL ASISTENCIA PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 24 Versión 01 de 21 REGISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE EPISODIOS DE ENFERMEDADES AGUDAS Atención de caso Seguimiento de caso UBICACIÓN DE LA FINCA IDENTIFICACIÓN DE LA FINCA:_______________________________________________________ NOMBRE DE LA FINCA:_________________________________PROPIETARIO_______________________________ ___________ PROVINCIA:_______________________ CANTON:____________________________DISTRITO:_____________________________ CASERIO:______________________ LONGITUD:_________________LATITUD:______________ ENFERMEDAD DE LA QUE SE SOSPECHA: GRUPO I ENFERMEDADES VESICULARES ALTAMENTE PATÓGENAS GRUPO II ENFERMEDADES NERVIOSAS ABORTIVAS GRUPO III ENFERMEDADES ROJAS DEL CERDO (ESPECIFIQUE) : 12347IDENTIFICACIÓN DEL CASO. FECHA INICIO EPISODIO _____/_____/_____ FECHA DE REPORTE _____/_____/______ No. DE REPORTE _________________ FECHA ATENCIÓN ______/_____/______ (PRIMERA VISITA) GRUPO IV GRUPO V AVIARES ENFERMEDADES GRUPO VI OTRAS 5- 6 VISITAS DE SEGUIMIENTO 2-____/____/____ 4_____/_____/_____ FECHAS: 3-_____/_____/_____ CIERRE DE ______/______/______ POBLACIÓN ANIMAL EXISTENTE Y AFECTADA ATRIBUIDA A LA SOSPECHA Bovinos Equinos Porcinos Ovinos Caprino Aves s Te No Va To Tot <1 1- >3 Le De Vi Ve <1a 1-2a >2a r v c r al a 3ª a c s e r Pob.Existente Enf.+muertos Muertos Especie CASO Otras especies PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 25 Versión 01 de 21 Sacrificados Vacunados Tratados MUESTRAS SI NO LLENAR FORMULARIO CORRESPONDIENTE FECHA ÚLTIMO CASO______/______/______ INGRESO Y SALIDA DE ANIMALES ANTES DEL EPISODIO INGRESO DE ANIMALES ANTES DEL EPISODIO SALIDA DE ANIMALES ANTES DEL EPISODIO PROVINCIA:___________________CANTON:_________ ___________ DISTRITO:______________________________________ ___________ PROPIETARIO:__________________________________ ___________ FECHA:____________________ PROVINCIA:___________________CANTON:_______ _____________ DISTRITO:___________________________________ ______________ PROPIETARIO:_______________________________ ______________ FECHA:____________________ ACCIONES TRATAMIENTO VACUNACIONES FECHA:______/______/______ TIPO: FECHA:______/________/_______ TIPO CUARENTENA SI NO ACTA NUMERO:________________________________________________________ RESPONSABLE:____________________________________________________________ _____ OBSERVACIONESDE INTERES:____________________________________________________ PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD ACUICOLA Rige a partir de: 20/02/10 Código: PNACUI-MC-PV-01 Página 26 Versión 01 de 21