Download Descargar GRIEGO ROCK 2016 REGLAMENTO
Document related concepts
Transcript
SECRETARÍA DE CULTURA – MUNICIPALIDAD DE CÓRDOBA Dirección de Emprendimientos Creativos GRIEGO ROCK 2016 La Municipalidad de Córdoba a través de la Secretaría de Cultura y la Dirección de Emprendimientos Creativos, División Música y Danza, invita a todos los grupos y/o solistas de música profesionales e independientes de Córdoba, a participar de la convocatoria para una nueva edición del Griego Rock prevista entre el 19 de Septiembre y el 7 de octubre del año en curso. La presentación de los grupos y/o solistas seleccionados se realizará el 6 de noviembre en el TEATRO GRIEGO de la Ciudad de Córdoba, de acuerdo al siguiente: REGLAMENTO Art. 1°: Podrán participar todos los grupos y/o solistas de música formalmente constituidos, que acrediten una trayectoria profesional no menor a un año. Art. 2°: Se seleccionarán tres (3) grupos y/o solistas. Uno de los grupos seleccionados surgirá de la selección de las bandas y/o solistas de las escuelas secundarias de Córdoba. Cada grupo y/o solista deberá realizar una presentación con una duración de entre 20 y 25 minutos. La temática, el estilo, la estructura y la estética son totalmente libres. Art. 3°: Para participar de la presente convocatoria, los grupos y/o solistas deberán enviar por correo electrónico a griegorock.cba@gmail.com una carpeta que contenga los siguientes requisitos: Requisitos excluyentes (obligatorio): a) 2 fotos formato JPG 300 DPI b) Un Link en vivo que contenga 1 tema, como mínimo, del grupo c) Una bio consignando: Nombre del grupo y/o solista, mail, teléfono fijo y celular, ficha artística, nombre y apellido de cada integrante del grupo d) 2 tracks en formato MP3 o similar. e) Listado de temas para el recital, indicar duración de cada tema y autoría. f) Necesidades técnicas. (Rider) Requisitos no excluyentes (opcionales): Video clip, página Web o Fan Page Art. 4°: La Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Córdoba a través de la Dirección de Emprendimientos Creativos, designará dos curadores artísticos de destacada trayectoria musical de la ciudad de Córdoba quienes harán la selección correspondiente en consenso con el equipo idóneo de la Dirección de Emprendimientos Creativos. Art. 5°: Percibirán un monto de $5.000 (pesos cinco mil) en concepto de honorarios artísticos los dos grupos y/o solistas que no provengan de las escuelas secundarias. Art. 6°: Oportunamente los grupos y/o solistas que perciban el monto mencionado en el Art. 5°, deberán presentar: factura propia como músicos, fotocopia de D.N.I. del titular de la factura, currículum vitae abreviado y copia de inscripción en AFIP. En el caso de que la factura corresponda al representante del grupo y/o solista, es requisito indispensable presentar contrato con el grupo y/o solista en el que se establezca la representatividad y capacidad para facturar y cobrar en nombre del grupo y/o solista. _________________________ Aclaración de Firma ____________________________ Casilla de correo electrónico