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EL EMPLEO EN EUROPA: TRANSFORMACIONES, TENDENCIAS Y LÓGICAS. UN ANÁLISIS COMPARADO Carlos Prieto (Escuela de Relaciones Laborales, UCM) (Publicado en Prieto C., edit. (1999), La crisis del empleo en Europa, Valencia, Germanía, 2 vols.) 0. Los textos que se publican en esta obra tiene su origen en unas jornadas sobre "Globalización y relaciones laborales" organizadas para la III Escola de Formació de la Unión Regional de CCOO de Valencia y que tuvieron lugar en Benicassim los días 29 y 30 de octubre de 1998. Todos ellos se presentaron el segundo día de las jornadas bajo la denominación común de "Globalización y empleo en Europa". El contenido y la designación de los ponentes resultaron del feliz encuentro entre los organizadores de las jornadas y la Escuela de Relaciones Laborales de la Universidad Complutense de Madrid. Esta escuela de postrado, de cuyo patronato forma parte la CS de CCOO, es miembro de una Red de Centros de Investigación Económica y Social europeos que se ocupan preferentemente del estudio de la relación entre trabajo, empleo, relaciones laborales y sociedad y que ha nacido a iniciativa suya. La Red la componen ocho centros de seis países (Alemania, Francia, Reino Unido, Italia, Bélgica y España). En esos centros trabajan investigadores sociales de los más conocidos y reputados en Europa. Cada uno de los investigadores que presentaron ponencias en las Jornadas centra la exposición y análisis de la situación y evolución del empleo en su propio país. De ese modo disponemos de una rica panorámica del problema del empleo en Europa y de la diversidad de su crisis. En esta Introducción se va abordar la problemática desarrollada por los autores siguiendo el siguiente orden. En primer lugar, se tratará de marcar el punto de vista teórico desde el que estos autores se aproximan al problema del empleo y que fue definido previamente a la realización de las jornadas: el objeto no era hablar de la situación y evolución del empleo sin más, sino hacerlo entendiendo el empleo como una norma social. En segundo lugar, se hará un análisis comparativo del empleo así entendido en los países europeos a partir de los textos incluidos, destacando tanto sus semejanzas como sus diferencias. Esta segunda parte se dividirá en dos subapartados. En el primero se hará referencia al período que precede a la crisis y en el que el empleo se configura como un empleo a tiempo completo, por tiempo indefinido, acogido a la negociación colectiva, fuente de derechos sociales y que se desarrolla a lo largo de una biografía profesional larga y muy institucionalizada en un contexto general de pleno empleo; por comodidad nos referrimos a él como período "keynesiano" sin que ello signifique necesariamente que se asuma todo el contenido teórico atribuido al "keynesianismo". En el segundo nos centraremos en el período que sigue a la crisis y en el que el empleo se diversifica en múltiples modalidades "atípicas" en un contexto de desempleo masivo. 1.- EL EMPLEO COMO NORMA SOCIAL Todas los textos que componen esta obra pretenden ser la respuesta para cada uno de los países europeos de los se habla a una cuestión expresamente formulada en los siguientes términos: La norma social del empleo: transformaciones, tendencias y lógicas en juego. Se hace así porque se considera que la noción de empleo que habitualmente se utiliza es muy pobre y en modo alguno expresa toda la riqueza social y política de su contenido, que, pensamos, sólo se puede expresarse si lo entendemos como norma social. La conceptualización del empleo como "norma social", no es muy frecuente, al menos entre aquellos científicos sociales a quienes se les atribuye la capacidad legítima de hablar de ello: los economistas. En la mayor parte de los casos, cuando los economistas hablan del empleo parece que le atribuyen un contenido conceptual muy simple: a) se trata de una situación de hecho y, en cuanto tal, se halla ajeno a toda valoración que no sea "científica" y b) este hecho se define como cualquier actividad productiva que tiene una contraprestación monetaria. Por ningún lado aparece en esta definición el carácter normativo (de norma social) que pueda tener en sí mismo el hecho del empleo; ni siquiera la de la otra cara del empleo, el desempleo. De ahí que sea conveniente precisar qué queremos decir cuando consideramos el empleo como norma social y explicitar por qué pensamos que debe ser definido de esta manera. Un significante - un término, una noción o un concepto - alcanza el rango de norma social cuando al mismo tiempo que indica un hecho señala y expresa su deber ser. De modo que en su caso facticidad e imperatividad normativa son inseparables. Al estar marcado por esta imperatividad la propia definición fáctica es el resultado y la expresión de luchas y conflictos sociales, sean estos implícitos o explícitos y/o el resultado de la articulación tensa entre diferentes lógicas sociales. Así sucede con la noción y el concepto de empleo. El que en el "referencial" económico y político actual el uso habitual del término oculte en el mismo todo carácter de normatividad (el empleo no es más que "el trabajo remunerado" dice la ciencia económica; lo importante es crear empleo como sea y cualquiera que sea éste empleo) puede entenderse en el sentido de que la "norma" es, debe ser su "desnormativización" o, lo que sería lo mismo, el tratamiento del trabajo como una pura mercancía. No vamos aquí a extendernos en mostrar lo que acabamos de decir. Nos limitaremos a argumentar brevemente en favor de la justificación de la tesis que proponemos y defendemos: la de que la definición del empleo tiene en sí misma un contenido de facticidad y normatividad social. Para ser más concretos diremos que, en contraste con la definición del empleo habitual de la ciencia económica, no es definida como empleo cualquier actividad laboral remunerada sino sólo aquella en la que se respetan ciertas normas sociales. El carácter de normatividad del concepto de empleo y de su correlato en negativo, el desempleo, se hace evidente si contemplamos la historia misma del término. Contra lo que espontáneamente suele pensarse el término de empleo no nace con la economía de mercado (economía que supone no sólo la existencia de un trabajo remunerado sino también la de la compraventa de la mercancía trabajo) ni con sus primeras teorizaciones. Tanto el empleo como el desempleo (primero éste y luego aquél) son conceptos/nociones que no aparecen hasta la transición del siglo XIX al XX. Cuando lo hacen tienen ya un carácter normativo. Su normatividad no es un añadido, un más en su definición. Sin normatividad no habrían existido. ¿Qué se entiende por desempleo en el momento en empieza a utilizarse el término? La situación de un trabajador asalariado normalmente varón adulto - que se halla sin trabajo tras haber perdido involuntariamente un trabajo regular en una empresa: los "trabajadores" sin trabajo anterior, los ocasionales, aquellos que han dejado voluntariamente su trabajo, los niños, adolescentes o, incluso, las mujeres no pueden hallarse en situación de desempleo, aunque no trabajen y busquen activamente un trabajo remunerado. Correlativamente, ¿qué se entiende por empleo? La situación de aquellos trabajadores varones adultos asalariados que trabajan regularmente - en contraposición a ocasionalmente - en una empresa; así la situación de trabajadores eventuales no es de emeplo, aunque trabajes. Se trata, como se ve, de definición "normativa" y que tienen que ver mucho más con la política (anda de por medio la cuestión social) que con el análisis científicosocial. Un análisis más detenido de este momento del nacimiento de los conceptos/nociones de desempleo y de empleo, nos llevará a relacionarlos directamente con el nacimiento - aunque no sea más que en sus primeras formulaciones - del derecho del trabajo, de la seguridad social y de ciertas políticas de empleo. Desde entonces el empleo será el trabajo - asalariado - socio- políticamente regulado (y no simplemente el trabajo remunerado). Subrayemos cómo la definición del empleo no define sólo qué trabajos son empleo, sino, además, qué población y qué categorías sociales son las empleables, es decir designadas socialmente con capacidad para ser empleadas (o desempleadas). Hoy en día, por ejemplo, en Europa un joven menor de 16 años no es "empleable" (hasta el punto de que ni siquiera el aparato estadístico admite esa posibilidad), aunque tenga una capacidad real de trabajo o, incluso, trabaje realmente. Y lo mismo sucede en la mayor parte de los países europeos con las personas de más de sesenta y cinco años. El carácter normativo de las definiciones tanto del desempleo como del empleo harán que dichas definiciones sean objeto de luchas y conflictos, tal y como se señalaba antes, y que, por lo tanto, varíen a lo largo de los años (hoy no es igual que en el momento de su nacimiento). Hoy no se define, por ejemplo, la situación de paro y de parado como se hacía a principios de siglo; la población activa no ocupada y sin haber trabajado anteriormente no fue incluida en la categoría de paro, ni formal ni estadísticamente, hasta después de la Segunda Guerra Mundial. Más recientemente, se observará en la Tabla que de muchos de los indicadores de empleo, como el empleo a tiempo parcial o por tiempo determinado, se carece de información factual (estadísitica) en 1975: todavía en aquella fecha no eran considerados normativamente como "situaciones de empleo". La normatividad de la definición del empleo y su evolución es el resultado de la interacción conflictiva de múltiples actores e instituciones sociales, en especial, de las empresas, de los trabajadores asalariados colectivamente organizados y del Estado y tiende a adquirir rasgos formales, pero termina por penetrar informalmente todo el tejido social: el vendedor de "kleenex" en los semáforos, los músicos que a veces nos cantan en lo vagones de metro pidiendo una recompensa, los aparcacoches espontáneos o los "camellos" de la droga logran con su actividad una remuneración económica y, en términos puramente económicos, serían así definibles como empleados, pero ni ellos ni nadie en la sociedad les considera trabajadores con empleo; "trabajan", pero están en paro o, incluso, son "inactivos". El empleo no es el único hecho social que en nuestras sociedades comporta en sí mismo normatividad, pero sí es probablemente aquél que ha llegado a adquirir una intensidad normativa mayor. La razón es relativamente simple: en los países desarrollados a lo largo de todo el siglo XX el empleo ha sido convertido en la columna vertebral en torno a la cual se ha intentado construir un orden social justo y legítimo (y así superar la cuestión social planteada desde y por el movimiento obrero), construir eso que hoy en día se llama "cohesión social". Las sociedades se hallan (o se hallaban, al menos) articuladas a partir del hecho del empleo: la ciudadanía plena es la ciudadanía de "empleados"; los actores responsables de la regulación del empleo han alcanzado un papel institucional público; todos los derechos sociales (vejez, incapacidad laboral, asistencia sanitaria, desempleo, ...) se encuentran ligados de un modo u otro al empleo. A su vez, ningún miembro de la sociedad puede pretender alcanzar el rango de una existencia social legítima reconocida si no es a través del empleo (teniéndolo, buscándolo o habiéndolo tenido). De ahí que desde los comienzos del período reformista de principios de siglo su normatividad no haya dejado de ser progresiva y, aunque queramos ponerlo entre comillas, "progresista"... Hasta la transformación "regresiva" que se inicia en los setenta, se consolida en los ochenta y cuyo final no sabemos cuál puede ser. Aquí es donde se sitúa puntualmente la reflexión que cada uno de los autores de los textos de esta obra realiza sobre sus países. En el presente nos hallamos en un período en el que la normatividad que venía definiendo el empleo parece no sólo cambiar sino hacerlo, por así decirlo, a la baja en relación con el largo período histórico anterior. Baste un ejemplo para mostrarlo. Hace sólo veinte años en la mayoría de los países europeos si no en todos - y desde luego era el caso español - , no existía el empleo a tiempo parcial; y no existía porque el empleo a tiempo parcial no se consideraba empleo. Hoy en día no sólo existe en todos ellos, sino que, además de ser un tipo de empleo tan normal como el empleo a tiempo completo, tiene todos los favores públicos. Si es correcta la definición que damos del hecho del empleo, si su aparición responde a una verdadera invención política reformista a partir de un trabajo regulado exclusivamente con criterios de mercantilidad, si la historia las siete primeras décadas del siglo XX es la historia de una intensificación de su normatividad y si esa dinámica se ha roto claramente en los años ochenta, ¿no habremos iniciado un camino de vuelta desde el "empleo" al "trabajo"? Sobre ese trasfondo de modernidad sociopolítica común a todos los países europeos que convierte al empleo, definido, siguiendo a uno de nuestros intervinientes, como el reconocimiento público del trabajo según reglas que garantizan al trabajador un estatuto, una remuneración según una tarifa preestablecida y toda una serie de derechos sociales en basamento sobre el que han construido su unidad societal (Bouffartigue), cada país ha desarrollado su propia historia. Es de esta historia del empleo y de su realidad presente, en lo que tiene de común y en lo que tiene de diferente y específica, de varios países europeos de la que se nos habla en esta obra y sobre la que se quiere reflexionar en este primer capítulo. Habrá que tener en cuenta, no obstante, que el sentido y la valoración de los rasgos, tanto de los comunes como de los diferenciales, no dependen solamente de la realidad "objetiva" de cada país, sino también de las tradiciones y orientaciones intelectuales y político-analíticas predominantes en los mismos (sin que sea posible, por otro lado, trazar una raya que separe netamente "la realidad objetiva" de la "realidad representada"). Así ninguna reflexión sobre la norma social del empleo en Italia podrá prescindir de la relevancia otorgada a lo local y a la diversidad, a las relaciones industriales en el caso británico, al contraste central entre estabilidad y precariedad laborales en el español, al significado societal del trabajo en el francés, a la desindustrialización en el alemán o a la cuestión del tiempo de trabajo en el belga. Por más que la reflexión sobre la crisis actual del empleo se haya transnacionalizado, éstas tradiciones intelectuales nacionales específicas, que, insistimos, por más que se hallen ancladas en realidades nacionales peculiares tienen su propia dinámica, siguen vigentes. No se las prestará aquí ninguna atención particular en cuanto tales, pero era necesario señalarlo a fin de que pueda entenderse mejor lo que decimos a continuación. 2.- EL EMPLEO Y LA NORMA SOCIAL DEL EMPLEO EN EUROPA: SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS Tal y como se señalaba más arriba se va a abordar la situación y evolución del empleo y de la norma del empleo en dos partes. Nos referiremos, en primer lugar, al período que se inicia después de la Segunda Guerra Mundial y concluye a mediados de los años setenta (período keynesiano) y, en segundo lugar, al que da comienzo con la crisis del empleo y de la norma precedente y se prolonga hasta nuestros días. 2.1.- La norma social del empleo en los años sesenta/setenta: una norma social universal y de gran consenso En los años setenta la norma social del empleo era más bien convergente en todos los países europeos; como situación y como tendencia. En todos ellos predominaba el empleo asalariado, estable, a tiempo completo, acogido a algún convenio colectivo de rama, con perspectivas de promoción, inscrito en una tendencia a cierta homogeneización y universalización en las condiciones de trabajo y ligado a medidas de protección social. El ciclo de vida laboral mayoritario era largo y sin interrupciones desde el inicio de la vida laboral hasta la jubilación o con interrupciones puramente "fricccionales" (como lo era la tasa de paro); "quien durante su vida laboral trabajara de forma continuada y a tiempo completo esperaba la máxima protección social" (Dombois). Esos rasgos de la norma de empleo tenía lugar en un contexto de pleno empleo. Ese pleno empleo convertía a la clase trabajadora y a sus representantes institucionales (los sindicatos) en el actor más central y dinámico de la sociedad; nada sucedía que no tuviera de alguna manera en ella su principio y su fin. La economía era "la de siempre", una economía capitalista de mercado, pero era una economía "gobernada" desde lo político, instancia que actuaba siguiendo criterios sociales (keynesianismo): de ahí el desarrollo del llamado "estado del bienestar". Lo cual, por otra parte, quería decir que esa economía no era "la de siempre". Desde el punto de vista de la estructura productiva, era el sector industrial y las grandes empresas dentro del mismo los que marcaban la pauta del desarrollo económico y social. No sólo era en las grandes empresas industriales donde la norma social del empleo se cumplía con más vigor, sino que, además, era en ellas donde a través de la negociación colectiva se mejoraba para, luego, expandirse al conjunto de las empresas y de los trabajadores. Las sociedades europeas eran así efectivamente "sociedades salariales" o, si se quiere, sociedades construidas social y políticamente en torno a la institución del empleo asalariado, con caracteres homogéneos y universales. La "cuestión social", ese reto al orden social de principios de siglo que obligó a poner en marcha durante la centuria toda una panoplia de reformas con el objeto de "civilizar" a la clase trabajadora, parecía definitivamente superada. Y lo que es más, la norma del empleo se hallaba inscrita en una dinámica de seguridad de "mejora permanente" a medio y largo plazo (la dimensión misma de "mejora permanente" formaba parte de la norma del empleo y quizás fuera la más importante en términos de legitimidad del orden social) tanto de las condiciones de trabajo y empleo como de vida y que parecía definitivamente conseguida (Prieto, 1999); era algo así como la medalla del amor aplicada al empleo: "hoy más (mejor) que ayer, mañana más (mejor) que hoy". "Mejora permanente" que, por otra parte, no tenía que ver solamente con los trabajadores y sus familias o con las generaciones sino también con cada sociedad en su conjunto: la desigualdad social se reducía, la cohesión social se consolidaba. Esta semejanza básica entre países no puede ni debe ocultar, no obstante, la existencia de profundas diferencias. Resumamos las que parecen más importantes: - En todos los países la tasa de paro era reducida, no había más paro que el que los economistas suelen denominar "friccional", pero esta baja tasa tomaba como punto de partida tasas de actividad netamente diferenciadas. Francia, Alemania y el Reino Unido son países con una alta tasa de actividad, mientras que Bélgica, Italia y España se sitúan en el otro extremo. Estas diferentes tasas de actividad se explican sobre todo por el diferencial existente en las tasas de actividad femenina y, tras ellas, en el diferente papel asignado en cada sociedad a la familia y a la mujer (volveremos sobre este punto). - Todos los países se hallaban en situación de pleno empleo, pero este pleno empleo se lograba por vías muy distintas. Los países centroeuropeos no es que se hallaran en situación de pleno empleo, sino que carecían de una mano de obra suficiente para lograr el pleno empleo de su capital; su problema no era el pleno empleo de la población sino el pleno empleo de las máquinas: tuvieron así que recurrir masivamente a la fuerza de trabajo inmigrada. Los países del sur se hallaban en la situación opuesta: sólo alcanzaron el pleno empleo porque una buena parte de sus trabajadores emigraron a los países anteriores. (Diversos "plenos empleos" que, aunque no se diga más que entre paréntesis, cuestionan la eficacia habitualmente atribuida en los análisis del período a las "políticas de pleno empleo" para su consecución). - Ciertamente en todos los países europeos predominaba la norma del empleo asalariado muy por encima del empleo por cuenta propia. Pero este predominio se jugaba dentro de unos márgenes amplios. De nuevo aquí separaba a los países del centro de los países del sur. En concreto, Francia superaba ampliamente el 85% de asalarización mientras Italia y España difícilmente iban más allá del 70. - Todos los países europeos se distinguían por una fuerte regulación de las condiciones de empleo, pero la penetración fáctica de esta regulación era muy diversa. En algunos de ellos, como Francia o Alemania, la actividad económica irregular u oculta era escasa, pero en otros, como Italia, España o incluso Bélgica, tenía un fuerte peso en el conjunto de la economía (Bianchi y Giovannini dan en su artículo algunos datos a este respecto). En casi todos los países esta actividad económica fue casi siempre calificada negativamente como de "trabajo negro"; no lo fue siempre así en Italia, donde se la definía simplemente como "economía sommersa" y en la que los analistas creyeron descubrir tanto aspectos negativos como positivos (una cuestión tan resaltada como positivamente valorada en la tradición intelectual italiana como la de la "diversità" encontrará aquí unos de los terrenos preferidos de reflexión). - Todos los países europeos habían llegado a implantar un fuerte Estado Social que, además de incidir de un modo u otro en la regulación de las condiciones de empleo, protegía a sus trabajadores en cuanto tales (y a través de ellos a sus familias) en los momentos de decadencia de su fuerza de trabajo. Pero ni el grado de protección ni el modelo de sociedad implicado por distintos tipos de esta intervención de los Estados en la configuración de sus sociedades salariales eran comunes. Ya hace unos años Esping-Andersen (1993) distinguía entre tres modelos societales de Estado de Bienestar; el Reino Unido, Francia y España formaba parte, cada uno de ellos, de un modelo distinto. En este mismo sentido la sociología francesa señala cómo las rentas sociales en Francia tienen la peculiaridad de basarse casi exclusivamente en las cotizaciones sociales y no recurrir apenas a cualquier tipo de sistema de ahorro. En lo que respecta al nivel, no habrá que olvidar que, todavía en la segunda mitad de los años setenta, España estaba aún saliendo de un régimen político dictatorial, cuyo Estado de Bienestar, aun existiendo, era más bien raquítico desde el punto de vista las rentas sociales y de los servicios públicos. - La última y no menor diferenciación entre los diversos países europeos tiene que ver con la dinámica institucional con la que se llegó a construir la norma social del empleo. En todos ellos la normativización del empleo fue el resultado, por un lado, de la intervención del Estado en la relación salarial y, por otro, del sistema de relaciones industriales. Sin embargo, de nuevo, en este terreno las diferencias entre países es profunda. La combinación entre la intervención del Estado y la de las relaciones industriales se mueve entre dos extremos: el de Gran Bretaña y el de Francia. Gran Bretaña se distingue por una escasa intervención reguladora del Estado y por dejar en manos de las relaciones entre los interlocutores sociales el grueso de la regulación de la norma de empleo; un sistema que ha sido definido como de "laissez faire colectivo" (el artículo de Hyman es muy claro y explícito a este propósito). Francia se sitúa en el otro extremo: aquí el papel de las relaciones industriales es, por así decirlo, secundario, ya que, no sólo estas relaciones se mueven dentro del marco establecido por el propio Estado, sino que, además, lo hacen introduciendo mejoras a unas condiciones de trabajo y de empleo previamente definidas de un modo universal por éste. El resto de los países se sitúan en algún lugar intermedio entre los extremos señalados. Las diferencias de la norma social del empleo en los años sesenta/setenta entre los diversos países europeos eran, por lo tanto, profundas. Aun así puede sostenerse que aquella existía y era básicamente común en todos ellos, al menos como tendencia y en tanto que, según señala Bouffartigue, construcción social "poderosa en términos simbólicos" ("hasta el punto de constituir, sigue el autor, una especie de mito movilizador"). Antes de entrar en el siguiente punto conviene no olvidar un rasgo central del modelo societal implicado por la norma social de empleo de los años sesenta/setenta. El empleo por tiempo indefinido, a tiempo completo, acogido a normas negociadas colectivamente, y cuyos beneficios sociales completos dependían de una larga permanencia en la ocupación era una categoría de empleo de la que sólo disfrutaba plenamente una categoría social: la de los varones. El mismo salario tendía a ser concebido como un salario "familiar". Lo cual quiere decir, a su vez, que las mujeres quedaban mayoritariamente excluidas del espacio social del empleo en su única modalidad legítima y reducidas al papel específico de "amas de casa"; esta exclusión de la mujer era algo así como la otra cara de la norma de empleo en vigor. "En conjunto el modelo familiar tradicional confirió un alto grado de estabilidad a la pareja y a la división del trabajo de sus miembros, a la renuncia de las mujeres a una garantía de existencia propia y a su independencia respecto de sus compañeros. La norma de empleo se construyó sobre estructuras de desigualdad social, que vino a afianzar" (Dombois). También en este terreno había diferencias entre países, pero sobre esta base común. La aparición masiva de la mujer en el espacio del empleo a partir de los años setenta/ochenta hará, si cabe, más visible la crisis de la norma social de empleo anterior. 2.2. Años ochenta: transformación y crisis de la norma del empleo "keynesiana" La crisis de la norma social del empleo va a afectar a todos los países y se va a manifestar en todas sus dimensiones. La duración indefinida de los contratos laborales entrará en concurrencia con una gama diversificada de contratos temporales. Frente al empleo a tiempo completo se desarrollará el empleo a tiempo parcial, cuya protección social en el caso de los empleos a tiempo parcial muy reducido será cuasi inexistente. La ordenación estandardizada del tiempo de trabajo según jornadas diarias, semanales y anuales se ha vista profundamente alterada: los horarios de trabajo se han multiplicado sobre un período de cálculo cada vez más anualizado; según Alaluf y Martínez para el caso belga y Bianchi y Giovannini para el italiano - aunque con una valoración diferente en cada caso - en la nueva ordenación y gestión y uso del tiempo de trabajo se encuentra una de las claves fundamentales en el cambio de la norma de empleo. Salvo en Francia, todos los países europeos conocerán una cierta recuperación del empleo por cuenta propia, que, con cierta frecuencia, ocultan relaciones reales de dependencia laboral en poco o nada diferentes de las asalariadas, a costa del empleo asalariado. La tendencia a la homogeneización de los salarios ha entrado en un proceso contrario; cada vez hay una mayor dispersión y desigualdad. En todos los países se ha modificado el sentido de las relaciones colectivas de trabajo como forma institucional de regulación del empleo. Si en la etapa anterior quienes tenían la iniciativa en la propuesta de las plataformas reivindicativas eran los representantes de los trabajadores y era a los representantes de las empresas a quienes les tocaban hacer contrapropuestas, se ha entrado en una fase en la que con frecuencia el proceso se invierte. Son ahora las empresas las que toman la iniciativa y es a los representantes de los trabajadores a quienes les corresponde dar una respuesta. Y como el interés empresarial se ha diversificado, la centralidad de la negociación por ramas se está viendo sustituida por una negociación empresa a empresa. A la vez, dentro de cada empresa, las relaciones de trabajo tienden a individualizarse; en muchos casos se tiende, como señala Hyman, a que "cada empresario y cada trabajador (lleguen) a mutuos acuerdos sin interferencia externa", es decir sin que medien reglas convencionales o públicas. En la práctica en casi todos los países europeos el número de trabajadores acogidos, al menos formalmente, por el paraguas de la negociación colectiva ha descendido substancialmente (en Gran Bretaña ha descendido hasta el 50%). Es probable que en este sentido España, tras el Acuerdo Interconfederal de 1997 (Baylos, 1999), ocupe un lugar aparte. La reducción del número de trabajadores acogido a las normas pactadas en los convenios colectivos adquiere tintes de especial gravedad en un país como Gran Bretaña donde, como se decía más arriba, las condiciones de empleo se reglan casi exclusivamente a través de esta vía (Hyman). Pero lo más peculiar del momento actual a este respecto es que ni siquiera la existencia de acuerdos colectivos asegura en todas las empresas el cumplimiento de las reglas acordadas. Todos estos cambios se han visto favorecidos por una transformación de la estructura productiva de gran alcance que se ha movido en una doble dirección. Por un lado, la ocupación industria ha perdido peso en favor la de los servicios: de 1975 a 1996 el empleo industrial ha caído del 39,5 al 29,8% en el conjunto de los países de la Unión Europea; por contra, el de los servicios ha pasado del 49,4 al 65,1%. Por otro, el empleo en la grandes empresas se ha visto reducido y se ha desplazado hacia el de las pequeñas. Ambos fenómenos se hallan, además, conectados: las empresas más pequeñas suelen ser las de servicios. No se trata en ningún caso de un fenómeno natural de la evolución económica como ,a veces, suele presentarse, sino que, con frecuencia, tiene que ver con estrategias empresariales. Aun así, no hay duda de que crea objetivamente condiciones de relaciones de empleo en los centros de trabajo muy diferentes de aquellas que predominaron en el período anterior y de que favorecen el desarrollo de la "atipicidad" de las formas de empleo. Las protecciones sociales (jubilación, salud, desempleo) han sufrido un importante reajuste y han visto introducir en su espacio nuevas lógicas (privatización/individualización). Esta ruptura y esta nueva dinámica sociales y políticas encuentran su explicación en varios niveles argumentales. El primer argumento que en el que encuentra su explicación la ruptura con la dinámica anterior es el desempleo. En grados diversos todos los países europeos han visto cómo el pleno empleo anterior, cualquiera que fuera su origen y su explicación, ha sido sustituido por altas tasas de paro; algunos autores hablan de "desempleo masivo". En este terreno España se ha llevado la palma: en sus peores momentos el desempleo llega a alcanzar el 24% de la población activa. El desempleo no es un fenómeno que afecte exclusivamente a la población en paro; como dicen Alaluf y Martínez en el título de su artículo, el desempleo "desestabiliza" el empleo. De modo que si la población activa acepta condiciones de empleo y de trabajo "atípicas" (contratos temporales, a tiempo parcial, horarios de trabajo "irregulares, trabajo intenso,...) con mucha frecuencia se debe al "miedo al paro" (Bouffartigue y Alaluf y Martínez). Y lo mismo sucede con la negociación colectiva; muchas de las "concesiones sindicales" (reordenación del tiempo de trabajo, congelación de salarios, ausencia de conflictividad,...) tienen como finalidad principal el mantenimiento del empleo en la empresa o en el sector y/o, como sucede en España, la conversión de las modalidades de empleo atípico en modalidades de empleo típico. Las altas tasas de paro se encuentran también en el origen de los cambios en la regulación pública del empleo y en las políticas de empleo: casi cualquier medida, sea "pasiva" o "activa", es válida con tal de abrir la posibilidad de que las empresas creen empleo (cualquier empleo) y permita así reducir el desempleo. Hasta aquí, como muestran todos los autores, el éxito de estas políticas ha sido escaso; el único país donde se ha logrado una reducción importante de la tasa de paro es Gran Bretaña, pero ha sido a costa de la extensión de la desprotección y de la atipicidad laboral a niveles casi extremos (el empleo a tiempo parcial asciende al 24%). Que el primer argumento para la explicación de la transformación práctica de la norma social del empleo se halla en el alto nivel de desempleo se ve confirmado en el hecho de que ese cambio es tanto menos acentuado en la práctica cuanto menor es la amenaza del paro. La norma social de empleo anterior resiste aún sobre todo en grandes empresas y en el sector público, los dos espacios de la relación salarial en los que los trabajadores por razones diversas (fuerza sindical, presencia de la lógica política) se sienten más seguros y estables. Pero el desempleo no es más que el primer nivel explicativo. A otros niveles aparecen otras explicaciones. La primera de éstas, y condicionándolas, tiene que ver con una elevada intensificación de la competencia interempresarial ligada a la internacionalización de la economía (fenómeno de la globalización) y que se traduce en un ajuste permanente de la fuerza de trabajo y en una intensificación de su uso. Como muy expresivamente escriben Alaluf y Martínez, "con la organización taylorista del trabajo se perseguía la "vagancia" de los obreros, con las "nuevas formas de organización" y el "just in time" hay que eliminar igualmente la "vagancia" de las máquinas y de los stoks". Si se trata de la actividad de servicios el ajuste tendrá que ver con una adecuación estricta del trabajo a las variaciones de la demanda clientelar. Todo el tiempo de trabajo tiene que ser un tiempo plena y permanentemente productivo. De ahí que la organización y la gestión del tiempo se haya convertido una de las claves de la modificación de la norma de empleo (ver también Giovannini y Bianchi). En ello encuentran su explicación las políticas empresariales de flexibilidad, lo mismo de la externa que de la interna. Y como cada empresa conquista y mantiene su competitividad desde su propia particularidad productiva, la misma flexibilidad se flexibiliza, se diversifica. En el extremo cada empresa reivindica unas relaciones de trabajo peculiares. Nos encontramos así ante una dinámica que nos aleja cada vez más de la transversalidad y de la universalidad de la norma de empleo anterior. Las condiciones de trabajo y de empleo tienden a diversificarse aceleradamente en todos los terrenos; en el extremo inferior nos encontramos con empleos (a tiempo parcial casi siempre) que "apenas proporcionan unos ingresos para asegurar la existencia" de los trabajadores afectados (Dombois), con "trabajadores pobres" (Bouffartigue), fenómeno inexistente en el período anterior. La centralidad que, como se ve, adquiere la empresa en la configuración de la norma emergente del empleo, no es más que la expresión de la centralidad que ha llegado a adquirir en la economía como tal. Una centralidad que, por otro lado, tiene su reflejo en el terreno de política económica. Se habría pasado de una política económica inspirada en una promoción de la demanda, típicamente keynesiana, a una política económica cuyo objetivo prioritario es la promoción de oferta (Bilbao) y que se hace especialmente visible en las exigencias de la política monetaria (criterios de convergencia nominal de Maastricht). Es así como, por decirlo en términos clásicos, una política y una práctica volcadas en crear condiciones de seguridad para el capital en un mundo de incertidumbre económica permanente, requieren - y se traducen en -la creación de unas condiciones de inseguridad a la mano de obra. Se diría que el imperativo de la competitividad económica empresarial (y hasta de los estadosnaciones en cuanto tales) exige que la política y la misma vida de las personas se sometan a sus reglas y reduce el espacio de su autonomía. Sólo mantienen su capacidad de trabajo quienes se adaptan a ella: si las empresas y los países deben ser cada vez más competitivos, las personas han de ser cada vez más "empleables", una empleabilidad que, al no estar nunca asegurada, obliga a su cultivo permanente (la formación de por vida). Como resultado de todos estos procesos puede decirse, en términos generales, que en todos los países europeos la norma de empleo anterior no sólo se ha visto modificada sino, además, degradada y, con ello, sus sociedades rotas, fragmentadas y descohesionadas. La seguridad anterior de una mejora permanente a largo plazo se ha visto sustituida el convencimiento, soportado con frecuencia en experiencias concretas, de que cualquier situación puede empeorar. La "cuestión social" ha hecho su reaparición (Castel, 1995; Prieto, 1999). A pesar del gran avance cuantitativo de las formas de empleo (cada vez menos) atípicas y del apoyo que desde instancias políticas que, por lo general y en conjunto, han venido recibiendo y reciben, mayoritariamente la población asalariada sigue considerando que esas nuevas formas de empleo se hallan lejos de lo que aún es para ella la representación del "buen empleo" (Bouffartigue) y que no es otro, al menos por ahora, que el de la norma anterior. Esa es la nueva realidad de la norma actual del empleo expresada en sus rasgos y tendencias más generales en todos los países europeos. Pero si ya en el período keynesiano, a pesar de la gran potencia simbólica (con carácter transnacional) de la norma del empleo y el viento a favor del pleno empleo, se observaban grandes diferencias, ahora la mayor parte de aquellas diferencias se mantienen y, además, han aparecido otras nuevas (como en tasas de paro, en el empleo a tiempo parcial o en el empleo por tiempo definido y en sus distribuciones por categorías sociales). Hasta aquí hemos expuesto la transformación de la norma de empleo anterior y las líneas de tendencia principales sin tener en cuenta las características de la población y de las categorías sociales a las que afecta. Si no se tiene en cuenta esta dimensión operaríamos como si esa población fuera homogénea y es obvio que no es así. No sólo por el hecho de que en cada país, como resultado de una historia que le es propia, la relación cultural de la población con el trabajo y con el empleo ha terminado por configurarse con rasgos diferenciados dentro de lo que tiene de común toda relación salarial, sino también porque en todos ellos el hecho social de ser hombre o mujer, joven o adulto, padre/madre o hijo, nativo o inmigrante, entre otras dimensiones, introduce netas diferencias en el modo como las distintas categorías de empleo se distribuyen entre ellas y en el modo como unas u otras categorías sociales se enfrentan al hecho genérico del empleo y a cada una de sus modalidades. Se trata de dar un paso que va mucho más allá del terreno meramente descriptivo. Supone reconocer teóricamente que las relaciones de empleo no operan en vacío sino que lo hacen sobre categorías sociales cuya definición se construye en el espacio social extralaboral y que, además, responde a una lógica y a una dinámica relativamente autónomas. Cuando se entra en esta perspectiva analítica, prácticamente todos los autores hacen referencia a un caso especialmente revelador: el de las mujeres. Es en ellas donde se hace más visible tanto esa relativa autonomía a la que acabamos de referirnos como su distinta relación con el empleo y sus diversas modalidades. Que la relación de las mujeres con el empleo no es coincidente con el de los hombres se encuentra verificado en tres dimensiones: a) Su tasa de actividad ha seguido aumentando en las últimas décadas (en el conjunto de países de la Unión Europea ha pasado del 46% en 1975 al 57,4% en 1996), mientras que la de los hombres ha caído; b) aun así, la tasa de actividad femenina, sigue siendo inferior a la de los varones; y c) a pesar de que en la mayor parte de los casos el empleo a tiempo parcial femenino es sufrido, no por ello deja de ser cierto que el porcentaje de mujeres que manifiestan aceptarlo de buen grado es considerablemente superior al de los hombres. También se muestra diferente su relación con las distintas formas de empleo. Son ellas las que se ve afectadas mucho más que los hombres por las modalidades atípicas de empleo, en especial por el empleo a tiempo parcial. El porcentaje de mujeres ocupadas a tiempo parcial varía mucho de un país a otro (12,7% en Italia; 44,8% en el Reino Unido), pero en todos ellos es siempre muy superior al de los hombres. Se hace así evidente cómo la diversidad de las modalidades de empleo actualmente existentes se compagina con la diversidad de "situaciones de vida". Y es ello lo que explica que, cuando observamos en concreto la diversidad de las situaciones de empleo (categorías de empleo + categorías sociales sobre las que se proyectan), haya que hablar no sólo de diversidad sufrida sino también, aunque en menor proporción, de diversidad reivindicada. El caso más evidente y particular a este respecto, tal y como se ve en esta obra, es el de Italia. En un país en el que, por un lado, el peso de la "economía sommersa" y el del empleo por cuenta propia, como se señalaba anteriormente, ha sido siempre especialmente relevante y, por otro - y en buena medida a causa de ello -, se ha resaltado más que en ningún otro país europeo el valor de la "diversità" ligado al trabajo, la ruptura con la norma de empleo anterior no puede menos de ser y ser vista de un modo distinto. Primero porque esa ruptura no ha sido tan radical - el empleo "atípico" según la definición actual tenía era ya una realidad evidente en el período anterior - y segundo porque en la valoración que muchos de los expertos y analistas italianos hacen del incremento de la "atipicidad" ven, además de aspectos degradantes de las condiciones de trabajo y de empleo, la posibilidad - y la realidad de incrementar la riqueza de la diversidad. Este tipo de realidades y análisis no se hallan ausentes en otros países. Es especialmente interesante a este propósito el caso de Francia, por tratarse del país donde probablemente mayor penetración había alcanzado la norma social de empleo anterior. "Es preciso que evitemos, escribe Bouffartigue, asimilar el conjunto de las nuevas formas de empleo y de sus usos sociales con la precariedad obligada. La precariedad puede igualmente analizarse como "uno de los elementos de las estrategias de adaptación que desarrollan los individuos frente a una sociedad en plena mutación". Así puede mostrarse cómo ciertas formas de utilización de la relación de empleo temporal permiten a las personas a la vez construir una cierta profesionalidad, de apropiarse las temporalidades del trabajo en el seno de sus propias temporalidades existenciales, de volver a generar "afirmaciones identitarias fuertes fuera del trabajo-empleo". Así pues, puede decirse que, junto con el cambio de la norma del empleo, se estaría dando a un mismo tiempo y con un dinámica en parte propia un cambio en las formas identitarias de la población (más en unas categorías sociales que en otras) que tienden a redefinir su relación con aquél. No por ello la "(nueva) cuestión social" originada por la crisis multidimensional del empleo desaparece; simplemente se hace más compleja de analizar y abordar social y políticamente. Más allá de la crisis de la norma social de empleo anterior, del proceso de implantación fáctica de una nueva que, aunque en grado diverso, en ningún país europeo ha encontrado entre la mayor parte de los trabajadores y de la población en general la aceptación que el pensamiento neoliberal desearía y de la "nueva cuestión social" que ha originado, queda el problema de su evolución y de las medidas para hacer posible y real la construcción en las ideas y en la política de una nueva norma que sea capaz de solventar esa cuestión social y alcance el grado de legitimidad que llegó a alcanzar la anterior. Los autores que participan en esta obra apenas entran en este tema. Tampoco se les pedía. En lo que sí parecen coincidir es en la imposibilidad de volver a la norma anterior (Dombois sostiene explícitamente que ni es posible ni deseable) y, en todo caso, en la idea de que en modo alguno la opción neoliberal de remercantilizar el trabajo y la sociedad a través de la desregulación del empleo sea la opción adecuada. Lo que todavía no es nada claro es el camino alternativo a seguir. Es la cuestión de fondo que queda pendiente en esta obra y, más allá de ella, en el pensamiento crítico europeo. BIBLIOGRAFÍA CITADA Baylos A. (1999), La intervención normativa del Estado en las relaciones laborales colectivas, en Miguélez y Prieto (dirs), Las relaciones de empleo en España, Madrid, Siglo XXI Castel R. (1995), Les metamorphoses de la question sociale, París, Fayard Esping-Andersen G. (1993), Los tres mundos del estado del bienestar, Valencia, Eds. Alfons el Magnànim Maruani M. (1998), Les nouvelles frontières de l’inégalité, París, Mage/La Découverte Prieto C. (1999), Crisis del empleo: ¿crisis del orden social?, en Miguélez F. y Prieto C. (dirs), op. cit. Salais R., Baverez N. y Reynaud B. (1986), L’invention du chômage, París, Presses Universitaires Françaises Topalov C. (1994), Naissance du chômeur. 1880-1910, París, Albin Michel ALGUNOS INDICADORES CLAVE DEL EMPLEO EN VARIOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA: 1975-1996 (en %) UE BELG AL FR IT RU ESP INDICADO- 1975 1996 1975 1996 1975 1996 1975 1996 1975 1996 1975 1996 1975 1996 RES Tasa de empleo 64,2 60,3 58,6 56,6 65,2 62,6 69,- 60,3 55,1 51,4 70,9 69,8 57,6 47,2 Empleo no 15,8 15,asalar. 14,8 15,4 9,4 9,6 14,4 11,3 29,5 24,8 8,1 12,6 21,- 21,5 E. tpo. parc. s.d. 16,4 s.d. 14,- s.d. 16,5 s.d. 16,- s.d. 6,6 s.d. 24,6 s.d. 8,- Tpo. determ. s.d. 11,8 s.d. 5,9 s.d. 11,2 s.d. 12,6 s.d. 7,5 s.d. 7,1 33,6 Empl. indust. 39,5 29,8 39,6 27,6 45,4 35,3 38,6 26,5 38,5 32,2 40,4 27,5 38,3 29,4 Empl. servs. 49,4 65,1 56,5 69,6 47,8 61,8 51,1 68,6 45,7 61,1 56,8 70,6 39,7 62,- Tasa de activ. 66,7 67,7 60,9 62,8 67,5 68,9 71,7 68,8 57,9 58,4 73,2 76,- 60,2 60,6 Tasa de paro 3,7 10,9 3,8 9,8 4,4 22,1 T. paro l.d. s.d 48,2 s.d. 61,2 s.d. 39,8 s.d. 52,9 T. empl. (Hs) s.d. 70,4 80,7 67,3 84,4 71,3 69,_ 68,- 81,- 66,5 88,2 76,4 86,- 62,1 T. activ. s.d. 78,0 82,7 72,8 87,1 77,9 89,3 76,- 83,7 73,4 91,7 84,5 90,6 75,3 3,5 8,9 3,9 12,4 4,8 12,- 3,2 47,8 s.d. 38,3 s.d. 65,6 s.d. 8,2 s.d. (Hs) T. empl. (Ms) 44,- 50,2 36,7 45,8 47,5 53,8 51,4 52,8 30,6 36,6 53,8 63,1 30,7 32,6 E. tpo. parc. (Ms) s.d. E. en s.d. servs. (Ms) 31,6 s.d. 30,6 s.d. 33,6 s.d. 79,6 73,8 84,6 60,2 77,9 s.d. 29,5 s.d. 82,- 12,7 s.d. 53,3 72,- 44,8 s.d. 73,1 85,- 17,- 52,7 79,9 T. activ. (Ms) 46,- 57,4 39,2 52,5 49,4 59,8 54,6 61,8 33,5 43,7 55,- 67,5 31,7 46,3 T. paro (Ms) 4,4, 12,5 6,4 12,8 3,9 9,8 5,7 14,7 8,6 16,4 2,2 Fte.- Comisión Europea (1997), El empleo en Europa.1997 Leyenda.- T. = Tasa en %; E. = Empleo; Ms. = Mujeres; Hs. = Hombres. 6,5 3,1 29,5 Nota.- Sólo se reproducen en esta tabla los datos algunos de indicadores empleo de la tabla original y únicamente para los países de los que se habla en esta obra. En sus trabajos cada autor ha utilizado sus propias fuentes; de ahí que no coincidan necesariamente con los de la tabla. Los parámetros utilizados son los habituales; en particular, las tasas de actividad y de empleo se calculan sobre la población en edad de trabajar.