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Viernes 28 de mayo de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DECRETO por el que se concede permiso al ciudadano licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de Colombia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCION III DEL APARTADO C) DEL ARTICULO 37 CONSTITUCIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se concede permiso al ciudadano Lic. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de San Carlos , en grado de Gran Collar, que le confiere el Gobierno de Colombia. México, D.F., a 26 de mayo de 2004.- Sen. Ernesto Gil Elorduy, Vicepresidente.- Dip. Cruz López Aguilar, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se concede permiso a los ciudadanos Juan Pablo Santana Valdez y Alicia Margarita de la Fuente Cruz, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, y en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León, respectivamente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Juan Pablo Santana Valdez, para prestar servicios como Asistente Cultural, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua. ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso a la ciudadana Alicia Margarita de la Fuente Cruz, para prestar servicios como Empleada del Departamento de Ciudadanía, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León. México, D.F., a 22 de abril de 2004.- Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 28 de mayo de 2004 DECRETO por el que se concede permiso a los ciudadanos cuya lista encabeza Luz Marina Frock Castillo, para prestar servicios en el Consulado de los Estados Unidos de América, en el Consulado de Canadá, en la Embajada de Canadá y en la Embajada de Australia, en diversas entidades federativas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso a la ciudadana Luz Marina Frock Castillo, para prestar servicios como Secretaria, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora. ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Juan Pablo Nieto Villarreal, para prestar servicios como Empleado de la Sección de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas. ARTICULO TERCERO.- Se concede permiso a la ciudadana Marina Martínez Benítez, para prestar servicios como Empleada de la Sección de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas. ARTICULO CUARTO.- Se concede permiso a la ciudadana Sihomara Zúñiga León, para prestar servicios como Asistente Consular, en el Consulado de Canadá en Puerto Vallarta, Jalisco. ARTICULO QUINTO.- Se concede permiso a la ciudadana Jacqueline Itzel Solís González, para prestar servicios como Asistente del Administrador de Bienes, en la Embajada de Canadá, en México. ARTICULO SEXTO.- Se concede permiso a la ciudadana Natania Swirski Roldán, para prestar servicios como Oficial de Visas, en la Embajada de Australia, en México. México, D.F., a 22 de abril de 2004.- Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se concede permiso al ciudadano Luis Astiazarán Orci, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el Estado de Baja California. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se concede permiso al Ciudadano Luis Astiazarán Orci, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Finlandia en la Ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el Estado de Baja California. México, D.F., a 22 de abril de 2004.- Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo Viernes 28 de mayo de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de la República Federativa del Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y Protocolo, firmados en la Ciudad de México, el veinticinco de septiembre de dos mil tres. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y PROTOCOLO, firmados en la Ciudad de México, el veinticinco de septiembre de dos mil tres. México, D.F., a 1 de abril de 2004.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Sen. Rafael Melgoza Radillo, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea, firmado en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el día tres de febrero de dos mil cuatro. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA COMUNIDAD EUROPEA, firmado en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el día tres de febrero de dos mil cuatro. México, D.F., a 20 de abril de 2004.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Sen. Rafael Melgoza Radillo, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 28 de mayo de 2004 del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueban las modificaciones al Anexo 401 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, formalizadas mediante intercambio de comunicaciones los días veintisiete de noviembre de dos mil dos, tres de diciembre de dos mil dos y diecisiete de septiembre de dos mil tres, entre los gobiernos de los Estados Unidos de América, Canadá y los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueban las MODIFICACIONES AL ANEXO 401 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE, FORMALIZADAS MEDIANTE INTERCAMBIO DE COMUNICACIONES LOS DIAS VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOS, TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS Y DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRES, ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CANADA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, respectivamente. México, D.F., a 29 de abril de 2004.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Sen. Lydia Madero García, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Marruecos, firmado en la ciudad de Rabat, el diez de febrero de dos mil cuatro. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO DE COOPERACION EDUCATIVA Y CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS, firmado en la ciudad de Rabat, el diez de febrero de dos mil cuatro. México, D.F., a 6 de abril de 2004.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas. Viernes 28 de mayo de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica.