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VII Encuentro Nacional de Docentes Universitarios Católicos (ENDUC-7) La Fe en la Vida Pública. Hacia un diálogo inclusivo. 13, 14 y 15 de septiembre de 2013. Universidad Católica de Cuyo, sede San Juan. Argentina. AREA: LA CIUDAD HUMANA: SOCIEDAD, AMBIENTE, ECONOMÍA. INVESTIGACION: TEMA: “ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCION SOCIAL DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA-CONDICION EDUCATIVA” t48 -e20.doc Resumen Doctrina Social de la Iglesia, desde sus postulados rectores, garantiza el equilibrio entre los principio de solidaridad (la distribución equitativa de los bienes y la remuneración del trabajo), de subsidiaridad (es ayudar sin sustituir) y de justicia social o contributiva, analizando los problemas sociales de cada época, a fin de ayudar a los pueblos y a los gobernantes, a construir una sociedad más humana, más conforme a los planes de Dios sobre el mundo. La finalidad de esta investigación descriptiva, iniciada en 2012, es evaluar desde los principios de la Doctrina Social de la Iglesia, los resultados del Programa “Asignación Universal por Hijo para Protección Social” (AUHPS)-solo condición educativa--, en los niños de escolaridad primaria del Gran San Juan. CONCLUSIONES: En la revisión del estado de arte no se encontró estudios argentinos evaluación del programa AUH. sobre Hay impacto positivo en los aspectos: distributivos, económicos, educativos, informático, legal, en salud y en el desarrollo socio-económico. La dependencia del subsidio tiende a perpetuarse. El programa aún es insuficiente para sacar a la gente de la pobreza, porque los hogares beneficiarios no han logrado plena inserción social. En San Juan - 2013- hay 63.000 beneficiarios En la mayoría de las escuelas, más del 58% de la matricula posee AUH.-En todas las escuelas se observó incremento de matriculas, pero ni la escuela ni el gobierno registran o evalúan la regularidad de la asistencia a la escuela, ni la situación de aprendizaje ni la de egreso de los alumnos que perciben AUH. Se propone: Promulgar una Ley del Programa AUTORES Director: Dr. Pbro. José Juan García. Sacerdote. Doctor en Teología. Doctor en Filosofía. Doctor en Historia. Miembro de la Pontificia Academia para la Vida. Director del Instituto de Bioética de la Universidad Católica de Cuyo. Director de la Escuela de Cultura Religiosa y Pastoral de la Universidad Católica de Cuyo. San Juan. Argentina. Email:josejuan2@infovia.com.ar. www.uccuyo.edu.ar Co-Director: Magíster María Belén Arias Valle: Contadora Pública Nacional. Magister en Economía y Gestión Estratégica de Negocio. Docente de las Facultades de Educación y Ciencias Económicas de la Universidad Católica de Cuyo. Consejera de la Escuela de Cultura Religiosa y Pastoral de la Universidad Católica de Cuyo. Email:mbarias78@yahoo.com.ar Equipo Investigador: *Lic. María Cristina Flores: Lic. en Psicopedagogía. Docente Facultad de Ciencias Médicas y Facultad de Filosofía de la Universidad Católica de Cuyo. Integrante de la Escuela de Cultura Religiosa y Pastoral de la Universidad Católica de Cuyo. Email: sarmientina@yahoo.com.ar *Investigadora- Metodóloga:Mg. Emilia Carmen Greco. Prof. en Psicopedagogía. Magister en Familia y Minoridad. Integrante e investigadora del Instituto de Bioética de la Universidad Católica de Cuyo. Investigadora de la Escuela de Cultura Religiosa y Pastoral de la Universidad Católica de Cuyo. Docente de la Diplomatura en Bioética para comunicadores on- line. Ha concluido el cursado de la Especialización en Bioética Personalista en la Universidad Católica de Cuyo en 2013. San Juan. Argentina. Email:bebagrecosaad@gmail.com Alumna en Formación: *María Alejandra, Pascual Sánchez: Alumna de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Carrera de Lic. en Administración de Empresa. DESARROLLO La Iglesia ante los problemas sociales busca señalar los medios más eficaces para solucionarlos. Por eso en cada época y situación, anuncia la verdad acerca de la dignidad del hombre y sus derechos; denuncia las situaciones injustas y coopera los cambios positivos de la sociedad y al verdadero progreso del hombre. La Doctrina Social de la Iglesia está en permanente búsqueda y en diálogo constante con la realidad, con la ciencia y con los hombres. “La Doctrina Social de la Iglesia es la enseñanza del Magisterio en materia social y contiene principios, criterios y orientaciones para la actuación del creyente en la tarea de transformar el mundo según el proyecto de Dios”. 1 Al decir que es una doctrina nos referimos que es un conjunto de enseñanzas. Es social porque se refiere a las relaciones que se dan entre los seres humanos. Y cuando expresa magisterio se entiende que es el poder de enseñar confiado por Jesucristo a los apóstoles y a sus sucesores, el Papa y los Obispos. Frente a las gravísimas y continuas violaciones a los derechos, es necesario recordar que la defensa y la promoción integral de la dignidad humana es el centro de la Doctrina Social de la Iglesia. Analizar las características, los desafíos y el alcance actual de la AUHPS, desde los principios de la Doctrina Social de la Iglesia, constituye una tarea fundamental para conocer el grado en que esta medida aporta al desarrollo social del país, permitiendo además contar con información e inferir acciones próximas para potenciarla, en pos de alcanzar la plena justicia social, la que está ligada al bien común y contempla los deberes del ciudadano. La justicia social alude al hecho de que el cristiano no puede quedarse indiferente cuando existen desigualdades escandalosas que afectan a millones de hombres y mujeres. Por la incidencia de la asignación universal por hijo en la sociedad, la Doctrina Social de la Iglesia se interesa por conocer la situación real en relación al aporte de la medida en favorecer el desarrollo psicosocial de la infancia sanjuanina con el fin de coadyuvar con las políticas de inclusión social. El Magisterio de la Iglesia tiene el derecho-deber de intervenir en los problemas sociales, en la medida que afectan la dignidad de la persona humana y que impiden la captación del mensaje salvador. La dignidad personal es el bien más precioso que el hombre posee, gracias al cual supera en valor a todo el mundo material2 Para conocer al hombre, el hombre verdadero, el hombre integral, hay que conocer a Dios” La dignidad del hombre se eleva hasta cimas inimaginables por la gracia santificante, por el misterio de la Encarnación del Verbo y por el Misterio de la Redención. Según Santo Thomas3 “…la persona humana es el ente más perfecto de la naturaleza, es un ser psicoorgánico, corpóreo y espiritual lo cual es la condición de posibilidad de su subjetividad personal y también de su capacidad para la relación y apertura hacia otro…”. Dice el Sumo Pontífice S. S. Francisco: “No hay una verdadera promoción del Bien Común ni un verdadero desarrollo del hombre cuando se ignoran los pilares fundamentales que sostienen una Nación: la vida, un valor que siempre hay que tutelar y promover la familia, fundamento de la convivencia y remedio contra la 2 Christifideles Laici n°37).2 desintegración social, la educación integral, la salud, la seguridad, en la convicción de que la violencia se puede vencer partiendo del corazón humano.”4 “A los gobernantes de la Nación le compete la defensa de la comunidad y de sus miembros, pero en la protección de esos derechos de los particulares deberá sobre todo velarse por los débiles y los necesitados”. Cuando las políticas sociales consideran la Doctrina Social de la Iglesia, se previenen de caer en el asistencialismo cuando tienen una marcada ideología socialista o en el liberalismo cuando se benefician los sectores privados. En el 2008, el Episcopado, presidido por Bergoglio, se alineó con quienes protestaban y reclamó que el gobierno diera marcha atrás con las medidas. Si la presidenta argentina, hubiera cedido a esa presión, el Estado no podría haber establecido la AUH en octubre de 2009. Bergoglio se anotó entre sus primeros críticos5. Últimamente, Argentina, ha aplicado políticas sociales beneficiando a las personas más vulnerables. La inclusión social era la cuenta pendiente del gobierno para lograr el Bien Común de toda la sociedad, fin último del Estado. La inclusión social se vincula directamente con la noción de “desarrollo humano”, entendido como la conjunción y satisfacción plena de tres elementos básicos que permiten medir las condiciones de vida: La supervivencia (salud, higiene, agua potable, medicina), acceso a la educación y acceso laboral. La AUHPS es el programa de inclusión social sin precedentes en la historia de Argentina que extiende a los desocupados y trabajadores informales un beneficio antes limitado a los empleados formales. En América Latina, México, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Colombia, Ecuador, Perú, Chile, Uruguay y Brasil han implementado intervenciones similares. Objetivos compartidos son: el aumento de la escolaridad y la salud, la reducción de la pobreza, la reducción del trabajo infantil, la creación de redes de contención, y la mejora en las instituciones educativas y sanitarias.6 Los principios antes conceptualizado desde la perspectiva del Magisterio Social de la Iglesia, tienen recepción expresa en el derecho positivo argentino, tanto nacional como provincial, partiendo de la Constitución Nacional (Preámbulo, artículo 14 bis, artículo 75 incisos 18, 19, 22 y 23) y de la Constitución Provincial (artículos 20, 24, 52, 53, 54 y 62 inciso 5), para luego plasmarse en leyes vigentes y aplicables en todo el territorio de la Nación Argentina como La Ley Nº 24714/967, 4 Francisco-Papa- en XXVIII Jornadas Mundial de la Juventud en Rio de Janeiro-Brasil-julio 2013 5 Diario “Pagina 12” Domingo, 2 -6-2013 “La Iglesia reitera la presión al gobierno en año electoral: Los usos de la pobreza”. 6 CECCHINI S. Y MADARIAGA A. (2011), “Programas de Transferencias Condicionadas: Balance de la experiencia reciente en América Latina y el Caribe”. Cuadernos de la CEPAL N° 95. 7 Ley Nacional sobre Asignaciones Familiares N°24714:, Boletín Oficial. 18/10/96.Argentina Nº 26061/058: el Decreto 1602/09 9 Tratados Internacionales que reconocen los derechos a la salud y a la educación de los niños y adolescentes son: La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos del Niño. EL Programa “Asignación Universal por Hijo para Protección Social” (AUHPS) La “Asignación Universal por Hijo para Protección Social” (AUHPS) es uno de los programas de asistencia social más importante que se ha implementado en los últimos tiempos con un fin claro de equidad distributiva. La medida no fue sancionada por una ley del Congreso Nacional sino por el decreto de necesidad y urgencia N°: 1.602/0910, del Poder Ejecutivo Nacional Argentino e incorporado a la Ley de Asignaciones Familiares. (Ley Nº 24714/96). Al anunciar la AUHPS, la presidenta11 afirmo que “la AUH estaba llamada a convertirse en un “acto de estricta reparación, pero sería un acto de justicia cuando cada padre tenga un buen trabajo, un buen salario y una buena casa” Con el programa AUHPS- Decreto 1.602/0912- se avanzó en la inclusión social de los sectores postergados en Argentina. Significó “…el reconocimiento de un derecho social: el derecho de las niñas, niños y adolescentes menores argentinos a estar incluidos, a gozar de un estándar básico de vida, de bienestar y de seguridad económica y se convierte en una política que ratifica la universalidad de los derechos sociales hacia aquellos que aún participando del mercado de trabajo, se encontraban impedidos de recibir los beneficios de las asignaciones familiares. En mayo del 2011, por Dto. 446, se extiende la cobertura de la AUH a las mujeres embarazadas a partir de la semana 12va. de gestación hasta el nacimiento e interrupción del embarazo, denominada “Asignación por embarazo para Protección Social (A x E). Esta prestación es compatible con la AUH e 8 Ley 26.061 de “Protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes”, promulgada el 26 -10- 2005.Argentina 9 Decreto de necesidad y urgencia Nº 1602, del 29 -10-2009, del Poder Ejecutivo Nacional, se implementa la AUHPS. . Presidencia de la Nación –Cristina F. de Kirchner-ARGENTINA. 10 ANSES: http://WWW.anses.gob.ar/asignacion universal/ La Asignación Universal por Hijo para Protección Social fue incorporada por el Decreto nacional de Necesidad y Urgencia Nº 1602/29 -10-2009, a la Ley de Asignaciones Familiares Nº 24714, incorporado como un subsistema no contributivo al inciso c) del artículo 1° y a las prestaciones enumeradas en el artículo 6º de la Ley de Asignaciones Familiares). Es decir que la misma fue concebida, desde el principio, como una prestación de la Seguridad Social, para hacer frente a la Contingencia Social denominada Cargas de familia.Presidencia de la Nación -ARGENTINA 11 Presidenta de la Republica Argentina: Cristina Fernández de Kirchner, 29-10-2009. Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1602, del 29 -10-2009. Presidencia de la Nación –Cristina F. de KirchnerARGENTINA 12 independiente del tope de 5 hijos. Se abona mensualmente hasta un máximo de 6 meses y en caso de embarazo múltiple, solo se abonará una prestación, teniendo en cuenta que el objetivo de la misma es el cuidado del embarazo. Las beneficiarias perciben mensualmente el 80% e la asignación y el 20% al momento del nacimiento o interrupción del embarazo, previa verificación de todos los controles medico-sanitarios previstos e inscripción del niño en el Plan Nacer. La AUHPS acerca la política de Protección Social Nacional a las nuevas metas planteadas a nivel internacional”. La AUHPS reconoce a sus beneficiarios como “ciudadanos portadores de derechos. Son todos aquellos niños, niñas y adolescentes menores de dieciocho años (o sin límite de edad cuando se trate de un niño discapacitado) que no tengan otra asignación familiar prevista por la Ley 24.71413. Los padres/ tutores/cuidadores o parientes de hasta tercer grado deben ser: Trabajadores no registrados o del servicio doméstico, que perciban una remuneración menor al Salario Mínimo Vital y Móvil, desocupados o se desempeñen en la economía informal, trabajadores de temporada (en los meses de reserva del puesto de trabajo), monotributistas sociales. También cubre a migrantes con más de tres años de residencia en el país y, en todos los casos exige la documentación de identidad. De acuerdo con el Decreto 1.602/09 se establece que el objetivo de la AUH es adoptar un carácter universal, “…contemplar la situación de aquellos menores pertenecientes a grupos familiares que no se encuentren amparados por la Ley 24.714” 14 y su meta final es de más largo plazo dado que plantea detener la dinámica de la pobreza intergeneracional. La implementación de una medida como la AUH persigue múltiples objetivos, vinculados a las distintas esferas del desarrollo infantil, creando una retroalimentación entre el aumento en el poder adquisitivo del hogar (y su consecuente mejora en la alimentación), el acceso a la educación y la salud. A través de su implementación se fortalece el ejercicio de los derechos de los niños asumidos en la Ley 26.06115. La ANSES es el organismo administrador de la AUH y el encargado de emitir el documento de control del cumplimiento de los requisitos que demanda la percepción del beneficio. Según el Director16 del organismo expresa que “se trata de una política inclusiva, solidaria, reparadora y transformadora basada en la idea de solidaridad del Sistema de Seguridad Social”. 13 Ley 24714 de Asignaciones Familiares .Honorable Congreso de la Nación Argentina. 02-10-1996 14 Ley 24.714/96: Régimen de Asignaciones Familiares -Argentina 15 Ley 26.061 de Protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes, promulgada el 26 /10/2005.Argentina 16 Bossio, Diego, Director Ejecutivo del ANSES, expreso con motivo de cumplirse 4 años de la AUH-29-10-2013 La AUH presenta las características de un conjunto de Programas conocidos como de Transferencias Monetarias Condicionadas (PTMC), cuyas modalidades de pago se ajustan al cumplimiento por parte de los padres de ciertos requisitos que actúan como incentivos para la inversión en el capital humano de sus hijos, fundamentalmente, educación y salud.17 LAS CONDICIONALIDADES DE LA EDUCACIÓN Y LA SALUD DE LA AUHPS En esta investigación se consideran de gran importancia las condicionalidades de la educación y la salud de la AUHPS, dado que las buenas prácticas nutricionales, educación sanitaria y una mejor educación, es lo que abre las puertas a los infantes a mayores oportunidades en el futuro, ya sea para continuar en la formación académica, para adquirir empleos de mayor calificación o para desenvolverse en sociedad de mejor manera. Se adhiere a la afirmación Lo Vuolo en que: “La Asignación por Hijo no es universal”, “…la AUH se ubica en una zona ambigua., por un lado, para la categoría de desempleados e informales es la misma, pero por otro lado, es diferente a la que reciben trabajadores formales. “En todo caso debería haber la misma condicionalidad para todos y además no es un derecho de los niños, niñas y adolescentes, sino de los adultos en edad laboral”18. También la exclusión de más de cinco niños por hogar es contradictoria con la vocación que su denominación enuncia : “universal”. “La salud es la condición de todo ser vivo que goza de un absoluto bienestar tanto a nivel físico como a nivel mental y social. 19El acceso a los servicios de atención médica constituye una condición indispensable para que estos niños puedan realizarse, tanto física como intelectualmente. La educación puede definirse como el proceso de socialización de los individuos. Al educarse, una persona asimila y aprende conocimientos. La educación también implica una concienciación cultural y conductual, donde las nuevas generaciones adquieren los modos de ser de generaciones anteriores. “Lo que no se aprende con los padres, se lo enseña el mundo”20 Garganta, Santiago Y Gasparini, Leonardo (2012) “Impacto de un Programa Social sobre la Informalidad laboral: El Caso de la AUH en Argentina. Investigación. Documento de Trabajo Nro. 133Univesidad Nacional de la Plata. Bs .As. Arg. 17 18 LO VUOLO R., BARBEITO A. Y RODRÍGUEZ C. (2002), “La inseguridad socio-económica como política pública: Transformación del sistema de protección social y financiamiento social en Argentina”. 12 -4-2012 Documento de trabajo Nro. 33, CIEPP. y OMS (2010),”Iniciativa del Piso de Protección Social. Manual y marco estratégico para las actividades nacionales conjuntas de las Naciones Unidas”. 19OIT 20 A Da Silva Costa El proceso educativo se materializa en una serie de habilidades y valores, que producen cambios intelectuales, emocionales y sociales en el individuo. La UNESCO, en los dos últimos informes de seguimiento del movimiento de “Educación para Todos”, hace hincapié en este vínculo indisoluble; siendo la educación una de las formas más eficaces para combatir la pobreza. Ésta favorece la gobernanza, a la vez que promueve y apodera para la participación21. Salvia advierte “… que el programa demuestra su capacidad de cumplir -una función de protección o asistencia social- sin embargo es insuficiente para sacar a la gente de la pobreza, porque no significa que el hogar beneficiario ha logrado una plena inserción”22 Margarita Serra, comenta que “Hay un elemento esencial, la educación, en el arduo trabajo de los muchos mecanismos y acciones que se llevan a cabo para llegar a la meta deseada por los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)23, Existe una estrecha relación entre la educación y la consecución de dichos objetivos” y expresa “…tenemos la responsabilidad de orientar nuestra mirada hacia las desigualdades y sus causas. Colaborar desde nuestra realidad a la construcción de sociedades más justas, equitativas y participativas. Partamos entonces de la defensa y promoción de una educación de calidad para todos, pidamos responsabilidades a quienes se comprometieron con una ayuda al desarrollo eficaz y aunemos esfuerzos los que trabajamos desde diferentes sectores en la consecución del pleno desarrollo para todos”24. Requisitos: Los requisitos para acceder a la AUHPS son: que el menor sea argentino, hijo de argentino nativo o por opción, naturalizado o residente, con residencia legal en el país no inferior a tres años previos a la solicitud y ser solteros. Acreditación de la identidad del beneficiario y del menor mediante DNI; acreditar el vínculo entre el beneficiario y el menor mediante las Partidas correspondientes y testimonios judiciales pertinentes (en caso de adopción, tutela o curatela); acreditar la condición de discapacidad mediante la certificación de autoridad competente. El menor no debe estar empleado, emancipado o percibiendo alguna de las prestaciones previstas en la Ley Nº 24714. Hasta los cuatro años de edad inclusive debe acreditar controles sanitarios y plan de vacunación obligatorios y desde los cinco hasta los dieciocho acreditar además 21 http://www.un.org/spanish/millenniumgoals/http://www.unesco.org/es/education 22 Salvia, Agustín, Bianca Musante y Alejandro Mendoza Jaramillo- Universidad Católica Argentina-Informe del Observatorio de la Deuda Social Argentina 5-7-2013 23 Ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)23, los que incluyen: reducciones del hambre, de las infecciones de VIH y malaria, reducción de la mortalidad infantil y materna, , la igualdad entre los géneros, la promoción de la sustentabilidad, la reducción de la proporción de personas que viven en la pobreza extrema en los países en desarrollo, lograr la enseñanza primaria universal y fomentar una asociación mundial para el desarrollo. 24 Margarita Serra, En Intervida (2010) artículo sobre “Pobreza y Educación la concurrencia obligatoria a establecimientos educativos públicos; el beneficiario debe presentar Declaración Jurada relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley y en caso de comprobarse falsedad se perderá el beneficio. La AUHPS consiste en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará por cada menor acreditado por grupo familiar, hasta un máximo acumulable al importe equivalente a cinco menores. A partir mayo del 2013, por Dto.614/1325, se establece que las asignaciones serán cobradas siempre por la mujer, salvo en situaciones de tenencia a cargo de padre, por cada menor de 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado. El 80% del monto se abonará al titular del beneficio mensualmente a través del sistema de pagos de la ANSES y el 20% restante será reservado en una Caja de Ahorro a nombre del titular en el Banco de la Nación Argentina y percibido a través de tarjeta magnética, ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con los controles sanitarios y el plan de vacunación.26El beneficio se asigna por hijo y no por hogar. Según las últimas evaluaciones del 2013, en 4 años el poder adquisitivo de la Asignación Universal por Hijo, creció un 40%. La AUH comenzó a abonarse en el mes de noviembre de 2009, cuyos montos han tenido la siguiente evolución: Por hijo menor de 18 años (suma mensual) de 180$ en el 2009 27 a 460$ en el 201328y para discapacitados (suma mensual) de 720$ en el 2009 a 1500$ en el 2013. La Res. 393/09 de ANSES reglamentó el Decreto de la AUH, a fin de ponerlo en ejecución y definir las condiciones de aplicabilidad. La Resolución 132/10, estableció la creación de la “Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación”, para poder ejercer el control del cumplimiento de las condicionalidades y consolidar en un único instrumento el seguimiento de cada niño en relación a los requisitos de salud y escolaridad. En lo que respecta a las condiciones educativas a constatar, la Libreta Nacional permite identificar al alumno (a través del número de CUIL), en qué establecimiento estudia (principalmente a través del Código de Establecimiento Único - CUE) y su condición de alumno: regular o irregular. El Director u otra Autoridad del establecimiento educativo debe firmar donde se indica en la Libreta, para dar fe que el niño o la niña fue alumno regular en el ciclo anterior, de manera análoga al 25 Dto. N° 614/2013 de La Presidencia de la Nación Argentina. ANSES (2011), “La Asignación Universal por Hijo para Protección Social”. Documento “La inclusión social como transformación: políticas públicas para todos”. Argentina. 27 1.602/0927 26 28 Dto.614/13 Certificado de Alumno Regular que se expide anualmente a los hijos de trabajadores formales.29 La libreta contiene información referente a datos filiatorios del niño y a la situación laboral del adulto responsable. Además posee una hoja para cada año del niño en donde se consignan la condición de escolaridad, la inscripción al Plan Nacer (para los niños de 0 a 6 años), el cumplimiento de los controles médicos y del plan de vacunación obligatorio. Financiamiento: La AUH se financia30 con los recursos de ANSES: aportes y contribuciones, recaudación del Impuesto sobre los Bienes Personales no incorporados al Proceso Económico, los recursos adicionales que anualmente fije el Congreso de la Nación en la Ley de Presupuesto; Intereses, multas y recargos; Rentas provenientes de inversiones (art.18 de la Ley 24.241). Asimismo, se prevé financiamiento de la rentabilidad anual obtenida del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino creado por el Decreto 897/07, lo que posibilita dar sustento al financiamiento del nuevo subsistema. Al respecto la diputada María Luisa Storani31 expresa “Creemos que quitarle los fondos a la ANSES no es una forma de redistribuir”. La ejecución del presupuesto nacional del 2012, incluyó 11.691 millones de pesos para el pago de las Asignaciones Universales por Hijo a casi 3,5 millones de personas y 12.000 millones de asignaciones familiares a más de 4 millones de hijos de trabajadores formales, es decir 1053 veces más. En el 2013, las AUH llega a 18.750 millones y las asignaciones familiares a 15.000 millones32. La investigación se encuentra en la etapa final, se ha visto demorada en la etapa de recolección de datos por la falta de registro y de evaluación del programa, en las escuelas del Gran San Juan. Abarca los departamentos: Capital, Chimbas, Rivadavia, Rawson y Santa Lucía del Gran San Juan. Metodológicamente, se aplicaron guías de entrevistas y cuestionarios a: las autoridades de instituciones educativas de nivel primario, a directivos y a padres de alumnos que perciben AUHPS y a los referentes políticos de educación y salud del ámbito. Se analizo: ANSES (2011), “La Asignación Universal por Hijo para Protección Social”. Documento “La inclusión social como transformación: políticas públicas para todos”. Argentina. 29 30 Observatorio de la Seguridad Social: Asignación universal por hijo para protección social: Una política de inclusión para los más vulnerables-julio 2011-Argentina 31 Storani María Luisa, (2010), Conferencista sobre “asignación universal por hijo” Ciclo de conferencias organizado por la asociación argentina de políticas sociales (AAPS) BS.AS. Argentina Diario “Pagina 12” Domingo, 2 de junio de 2013 | Hoy EL PAIS › LA IGLESIA REITERA LA PRESION AL GOBIERNO EN AÑO ELECTORAL: Los usos de la pobreza. 32 * La cobertura de las necesidades humanas por la AUH, es decir aquellos recursos tangibles o intangibles con los que debe contar el ser humano para su perfecto desarrollo. * Los logros que se han producido con la implementación del Programa AUH, a fin de verificar si esta medida está contribuyendo al desarrollo integral de los menores sanjuaninos y si presenta obstáculos o limitaciones. *Los alcances del acceso al sistema, para determinar si la asignación universal por hijo deja a hogares de niños, niñas y adolescentes pobres fuera del beneficio, sea por factores de orden legal, administrativo o por el entorno sociocultural de vida de los sectores económicamente marginados. *Los logros en las mejoras efectivas en el bienestar económico y en las oportunidades de inclusión social de los sectores beneficiados por la asistencia pública para ponderar cuál ha sido la capacidad del novedoso sistema de asignación universal por hijo. * La traducción en disminución efectiva de las brechas sociales y de pobreza estructural producida por las transferencias de ingreso que acompañan a la prestación de AUHPS. * Los logros en el aumento en la matriculación de niños pobres y en la disminución de las tasas de ausentismo en las escuelas *La intensificación de las relaciones de los padres con las escuelas. Se destaca los Impactos positivos, del programa AUHPS, en general , en: -Impacto distributivo: “…el porcentaje de hogares en situación de indigencia habría continuado disminuyendo”, gracias a programas que “han demostrado tener una fuerte impacto distributivo sobre los sectores vulnerables en situación de pobreza extrema33 -Impacto Económico: Representa en algunos casos la duplicación de los ingresos de los hogares en situación de indigencia. Es una capitalización de los sectores en condiciones de vulnerabilidad social. -Impacto en el desarrollo socio-económico: Impacta en el consumo y en las economías de las ciudades de los beneficiarios. -Impacto Social: Disminuye la indigencia de manera notable, ya que se orienta a las personas de los primeros deciles de ingresos. Mejora la calidad de vida de las familias beneficiadas. Otorga garantía alimentaria y educativa para los chicos en todo el territorio. 33 Agustín Salvia, Bianca Musante y Alejandro Mendoza Jaramillo- Universidad Católica Argentina-Informe del Observatorio de la Deuda Social Argentina 5-7-2013 -Impacto educativo y sanitario: “permitió incrementar significativamente la matrícula”34 y un aumento importante en la cobertura de salud, especialmente de los más pequeños -Impacto informático: Significa una identificación inédita de los sectores más vulnerables. El Estado Nacional tiene ahora, gracias al sistema de información del ANSES, más información sobre los sectores informatizados y un potencial insumo para pensar nuevas medidas de inclusión social. A partir de esta base informática se puede pensar políticas productivas para jóvenes, terminalidad educativa, registración, cooperativización, etc.35 -Impacto legal: Representa la extensión de un derecho que hasta el momento sólo tenían los hijos de los trabajadores formales. Promueve el reconocimiento de derechos, ya que la Asignación por Hijo es un derecho para todos los niños y plantea un piso mínimo sin estigmatización e intermediarios que “faciliten” esos derechos.36 En general se observo: # Que “el aumento de la seguridad alimentaria fue menos dinámico que lo que significó el ingreso. Es que no solo depende de la capacidad económica sino de una educación y una planificación de la familia. No necesariamente el dinero de la AUH se vuelca en alimentos y no necesariamente las familias saben manejar ese dinero en función de mejorar la dieta. Haría falta campañas para incentivar a una mejor utilización en una dieta adecuada para mejorar la seguridad del hogar”. #Dadas las precarias oportunidades laborales que enfrentan las mujeres con bajos niveles de calificación, la inactividad, es una alternativa siempre latente. Con el actual diseño de la AUHPS no sólo que no se revierten estos incentivos a la inactividad laboral de las mujeres sino que se acrecientan. En la inactividad laboral, la dependencia del subsidio tiende a perpetuarse ya que se cierran las puertas a que el progreso y la salida de la pobreza sean por la vía del trabajo y el esfuerzo propio. 37” 34 Red Federal de Información Educativa de la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación de la Nación, sobre el relevamiento anual 2011. 35 Tirenni, Jorge y Lic. Ferrere Ana, (2010) Ensayo sobre: “La asignación universal por hijo. ¿Una nueva etapa de políticas sociales? 36 Ibidem 37 IDESA: El Instituto para el Desarrollo Social Argentino es un centro de estudios, independiente y sin fines de lucro, especializado en la temática del mercado laboral; el sistema educativo y de capacitación laboral; la seguridad social; el sistema de salud y la asistencia social. Las investigaciones están centradas en las políticas públicas vinculadas con el desarrollo social de la República Argentina y el resto de los países latinoamericanos. 14/07/2013 - Número 502 .Argentina. # No se ha investigado ni existen estudios concentrados en el impacto de la AUHPS sobre el mercado laboral, en particular sobre la informalidad laboral. Ej. Grupo de hogares informales sin hijo.38 # También hay que considerar los riesgos de alterar la planificación de la maternidad. Con datos del INDEC se puede estimar que entre las mujeres menores de 25 años que tienen hijos la proporción que no estudia, no trabaja, ni busca trabajo asciende al 57%. Esta proporción entre las que no tienen hijos asciende a apenas 17%. Madres que no estudian, ni trabajan no sólo condicionan la situación presente sino el futuro de sus hijos. Está demostrado que a menor nivel de educación de las madres más modesto es el desempeño escolar de los niños.39 # En la mayoría de las Escuelas investigadas, más del 48% de la matricula poseen AUH.-En todas las escuelas hubo incremento de matriculas, pero no hay constancia de la permanencia o regularidad en la asistencia a la escuela.-No hay registros ni seguimientos en las instituciones ni de cantidad de beneficiarios ni de progresos en relación al aprendizaje. Los docentes manifiestan que solo se les exige firmar las libretas y completar los datos requeridos. Hay algunos testimonios de que tienen presiones por los padres para firmar las libretas. En particular, para la Provincia de San Juan, se observa: -No se registra a nivel público evaluaciones sistemáticas del programa. -En el año 2011, el impacto en educación y salud de la asignación universal por hijo, según cifras oficiales, se incrementaron en un 56% los controles de salud y de vacunación.40 En el año 2012, la AUH, benefició a más de 3,5 millones de chicos en todo el país. De estos, 70 mil pertenecen a la Provincia de San Juan. La AUH aumentó la matrícula escolar y la asistencia de los chicos a los colegios41 En el año 2013 según el titular, del ANSES-San Juan-, Dr. Franco Aranda, 63.000 niños sanjuaninos perciben la AUHPS. -Según las madres entrevistadas, más del 80% manifiesta que la asignación les ha permitido mejorar el estado de salud de sus hijos y la calidad de vida familiar. 38 GARGANTA, SANTIAGO Y GASPARINI, LEONARDO (2012) “Impacto de un Programa Social sobre la Informalidad laboral: El Caso de la AUH en Argentina. Investigación. Documento de Trabajo Nro. 133Univesidad Nacional de la Plata. Bs .As. Arg. 40 41 Universidad Nacional de San Juan. Investigación Año 2011 Argentina en Noticias. Fuente: Diario El Zonda de San Juan. 6-11-2012 3-CONCLUSIONES PRELIMINARES Impacto positivo del programa AUHPS en los aspectos: distributivos, económicos, informático, legal, en el desarrollo socio-económico, en educación y en salud. Insuficiencia del programa para sacar a la gente de la pobreza, porque los hogares beneficiarios no han logrado plena inserción. Ausencia de Implementación de un sistema de evaluación sistemática del programa. El más importante desafío que tiene el programa AUHPS es, promover una Ley de AUHPS para consolidarla como política de Estado, para no ser considerada una iniciativa de un gobierno sino un acuerdo de las principales fuerzas políticas, de la sociedad civil y de otros sectores.42,por lo que se realizan las siguientes: PROPUESTAS: • Promulgar la Ley de Asignación Universal por hijo para Protección social • Evaluar el programa sistemáticamente y en proceso. Y desde la Doctrina Social de la Iglesia se promueve: • Fomentar la educación para el trabajo. • Promover la justicia social. Un subsidio no es caridad. • Coadyuvar a la salida de la pobreza. Expresa S.S. FRANCISCO, “Quisiera pedir, por favor, a todos los que ocupan puestos de responsabilidad en el ámbito económico, político o social, a todos los hombres y mujeres de buena voluntad: “… seamos "custodios" de la creación, del designio de Dios inscrito en la naturaleza, guardianes del otro, del medio ambiente; no dejemos que los signos de destrucción y de muerte acompañen el camino de este mundo nuestro. Pero, para "custodiar", también tenemos que cuidar de nosotros mismos. Recordemos que el odio, la envidia, la soberbia ensucian la vida. Custodiar quiere decir entonces vigilar sobre nuestros sentimientos, nuestro corazón, porque ahí es de donde salen las intenciones 42 Tirenni, Jorge y Lic. Ferrere Ana, (2010) Ensayo sobre: “La asignación universal por hijo. ¿Una nueva etapa de políticas sociales? buenas y malas: las que construyen y las que destruyen. No debemos tener miedo de la bondad, más aún, ni siquiera de la ternura”43. 43Francisco, Papa .Homilía de asunción, el 19-3-2013. Vaticano Roma. Italia