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RESUMEN UNIDAD I) Primera lectura: Ensayo sobe la moral y profesión del abogado. Escrito por Lic. Alberto Brenes Córdoba. En términos generales pretende rescatar las principales virtudes que debe tener los profesionales en derecho y las obligaciones de estos con la sociedad, la justicia y frente a los principios que rigen al Derecho. Señala el deber del abogado antes de tomar un caso de analizar que la causa sea justa así como que le asista derecho. Y poner sus habilidades al servicio de la justicia, no debe enfrascarse el pleito sin sentido. No deben existir conflictos ético ni morales con las causas que defiende. Tampoco deber la remuneración económica su principal motivación. Debe amar su profesión, ser estudioso de otras ciencias y materias, contar con honradez, sinceridad y cortesía. Segunda Lectura: El abogado ante la mora, la ética y la Deontología jurídica. Conceptos: Moral: a) Es la ciencia del actuar, de las costumbres y lo vivido por el hombre. b) Es un conjunto de principios, preceptos, mandatos, prohibiciones, permisos, patronos de conducta, valores e ideales de vida buena, que en su conjunto conforman un sistema más o menos coherente propio de un colectivo y concreta en una determinada época histórica. c) Es un sistema de contenidos que reflejan una determinada forma de vida. d) Conjunto de convicciones y pautas de conducta que guían las actos de una persona a lo largo de su vida. Ética: a) Es una ciencia que como tal explicas las cosas y sus causas. 1 b) Ciencia de carácter racional ubicada a un nivel reflexivo. Tiene un objeto material que es la cosa que se estudia. Y un objeto formal que es el aspecto de la cosa que se estudia. DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE LA MORAL Y LA ETICA Las principales diferencias son conceptuales y etimológicas. Semejanzas: Ambas pretenden orientar las acciones de los seres humanos. La moral tiene efectos directos y la ética indirecta. Se utilizan como sinónimos y no pueden separarse de forma absoluta. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL: a) Se refiere a lo que debe ser hecho. Es la forma de comprender y aplicar las normas éticas. Es la forma de reglamentar de manera estricta los deberes de los miembros de una misma profesión. b) Es el conjunto de reglas y principios que rigen determinadas conductas profesionales. El ejercicio profesional del abogado queda sometido a la normativa legal y estatutaria al cumplimiento de las normas y usos de la deontología y el régimen disciplinario pues su inobservancia trae sanciones. Los propósitos de estos códigos es brindar elevados niveles de respeto, confianza y credibilidad en el profesional en derecho creando relaciones de confianza y seguridad entre este y su cliente. DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE ETICA Y DEONTOLOGIA Tienen una relación estrecha pues la deontología es la ética aplicada al campo profesional. PRINCIPIOS DEONTOLOGICOS EN LA ABOGACIA JUSTICIA: Es un bien primario que debe servir de norte al abogado. Para deontología jurídica el valor supremo es la justicia. JUSTICIA CON VIRTUD Es un principio operativo que dirige a ser justos. JUSTICIA COMO RESULTADO el dar a cada uno lo suyo, la que tiene dos vértices: La justicia conmutativa y distributiva. 2 INDEPENCIA PROFESIONAL. LIBERTAD PROFESIONAL CIENCIA. CONCIENCIA. PROBIDAD PROFESIONAL RESUMEN UNIDAD SEGUNDA. CONCEPTO DEONTOLOGÍA: Palabra de origen Griego. Deón = deber Logos= ciencia. DEONTOLOGÍA JURÍDICA: Conjunto de prescripciones que orientadas a disciplinar las formas de ejercicio y prestaciones de los servicios que brinda el abogado. La principal función del Abogado es coadyuvar a impartir justicia. Otro concepto: conjunto de reglas y principio que rigen determinadas conductas del profesional. PRINCIPIOS SE DIVIDEN EN 2 TIPOS QUE NO SE Inter. RELACIÓN ENTRE SI: A) UNIVERSALES son: 1. PRINCIPIO DE OBRA SEGÚN CIENCIA Y CONCIENCIA: Exige que conozca su materia, como aplicarla y ejercerla de acuerdo con la moral y la deontología. Tener los conocimientos y adquirirlos continuamente de manera responsable. Regulado en el art.3 y 12 C.D.JM.E del profesional en Dº además 2-3-6-7-12-13-14-18-20-46 2. PRINCIPIO DE PROBIDAD U HONESTIDAD Un principio de casos limites y muy indeterminado mide la honestidad del profesional, faltar a este consiste en abusos, faltas e incorrecciones que requiera la intervención de la Fiscalía del Colg donde sus acciones privados no deben entorpezar su función. Art. 20-21—26 ídem B) SECTORIALES SON: 1. PRINCIPIO DE LIBERTAD PROFESIONAL Para aceptar o rechazar asuntos de manera autónoma bajo su responsabilidad exclusiva. Art. 3-38-104105. 3 2. PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA Garantía de no intromisiones arbitrarias de terceros en el ejercicio de su profesional (autoridades, injerencias política, intereses familiares o del cliente, debe tener dominio sobre sus decisiones. Seguridad, autoridad sobre lo que dice y lo que hace en razón de su conocimiento. Art. 46 -59-61 3. PRINCIPIO DE DIGNIDAD Y DECORO Orienta al abogado en su conducta profesional y privada, con el fin de que no resulte dañada su reputación personal. Dignidad: actuación que evidencia auto respecto y consideración a la calidad profesional y persona de bien. Tiene que ver con la reputación personal y su imagen. Art. 7-8-9. Faltas a este principio a) publicidad indecorosa, auto propaganda Art 30-29-64 b) comportamiento y decoroso y nunca ofensivo para la contra parte, las autoridades y su cliente. Art. 6-15-70-28-22. c) cobro inadecuado de honorarios debe de ser de forma equitativa y apropiado nunca por debajo de la tabla. Art. 1-68-6-7-10 4. PRINCIPIO DE DILIGENCIA que controle su eficiencia interna y ofrezca resultados lo que hará con cuidado, capacidad técnica. Esmero, oportunidad y exactitud incluyendo a los que trabajen para él. No puede excusarse de ningún error que cometa en el ejercicio de la profesión. Art. 14-34-56. debe tener diligencia procesal integrando toda la prueba y de más información. 5. PRINCIPIO DE CORRECCIÓN Se refiere al cumplimiento de sus obligaciones que exige su profesión se caracteriza por seriedad, discreción, reserva, cortesía, honestidad y rectitud moral. Art. 17-31 6. PRINCIPIO DE DESINTERÉS ligado a la independencia y libertad, toda entrega y dedicación a la causa del cliente sin importan la clase social, condición económica o monto del negocio. Ósea una ausencia del afán de lucro. Art. 68- 19-20-49. 7. PRINCIPIO DE INFORMACIÓN el deber de informar todas las particularidades del caso al cliente con estudio minucioso el caso, informar las posibilidades y los gastos que supone. Art. 13-26 -32-33-36 4 8. PRINCIPIO DE RESERVA O SECRETO PROFESIONAL confidencialidad de los asuntos é y sus colaboradores. Perdura aunque a pesar de que termine la relación profesional. Art. 1—2-41-43-55-56-64 9. PRINCIPIO DE LEALTAD PROCESAL obligación genérica de comportarse lealmente no solo para con su cliente si no también para con su cliente manteniendo el equilibro entre ambos. Art 17-22-38-44-65 10. PRINCIPIO DE COLEGIABILIDAD Derecho a un vínculo orgánico y solidario entre los miembros de una misma práctica profesional, vinculo interno que se rige por la fraternidad, lealtad, y respeto art1-2-4-5-2345-65-66-68-69-72 11. PRINCIPIO DE ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA Deber de mantenerse estudiando para cumplir mejor sus labores profesionales. DEBERES DEL ABOGADO Actuación que facilite la obtención indebida de un beneficio académico art 21 Fomentar lo conflictos art 22 Respetar las normativas art 23 No ejercer de estar suspendido o retirado art 24 Escribir en forma legible su nombre y apellido art 25 Dar información verdadera, actualizada art 26 No utilizar influencia en cargos públicos o políticos art 27 Realizar su actividad en un lugar digno determinado y conocido art 28 Procurar clientela por medio dignos art29 Anunciarse de forma moderada, digna y moral art 30 Para con el cliente Relación de confianza art 31 Conocimiento de causa, estudio minucioso y serio del caso art 32-33 Información constante del caso 34-35 Corregir errores del cliente art 36 Libertad para aceptar caso art 37 Medio lícitos art 38 Emplear celo, servicio y diligencia art 39 5 Respetar decisiones del cliente art 40 Secreto profesional 41 excepciones 42-43 No tener intereses contrapuestos art 44 Renuncia no perjudicial para el cliente 48-46 Cuidar los bienes o documentos ,entregar recibos de dinero 47 Convenir los honorarios y gastos 48 Registro de gastos 49 Extender recibo 50-51 Para con las autoridades Respeto cortesía art 53-58 No actos incorrectos o ilícitos art 54 Responder disciplinariamente 56 No practicas dilatorias art 57 No ejercer influencia art 59-60 No comentar con autoridades causas pendientes de resolver art 61 Para con los colegas Fraternidad, lealtad respeto art 65 Colaboración entre si 66 Renuncias art 67 Cobro adecuado de los honorarios conforme al decreto art 68 RESUMEN DE LA UNIDAD 3 PRIMER LECTURA ESCRITO POR LUIS PAULINO MORA. ASPECTOS DE LA MODERNIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL PARA ALCANZAR LA JUSTICIA PRONTA Y CUMPLIDA PERODE CALIDAD CON DETALLE LOS PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN: AGENDA ELECTRONICA, ALIANZA CON LA SOCIEDAD, CULTURA DE SERVICIO, RENDICIÓN DE CUENTAS, PROGRAMAS PARA CONVATIR EL RETRAZO, ORALIDAD, MODERNIZACION TECNOLOGICA, MECANISMOS ALTERNATIVOS DE CONFLICTOS. MISION DEL P.J ADMINISTRAR JUSTICIA PRONTA Y CUMPLIDA SIN DENEGACION ART 41-153 Cont. Pol. 6 VISION: SER UNA ADMINSITRACIÓN DE JUSTICIA INDEPENDIENTE, IMPARICIAL, EFICIENTE QUE GARANTICE LOS DERECHOS Y LIBERTADES. SEGUNDA LECTORA MARCO DEONTODOLOGICO DEL P.J Se rige por lo dispuesto el la Ley Orgánica del P:J para todos los funcionarios Código de Ética Judicial comprenden la calidad humana y transparencia que los servicios que se brindan. Reglas éticas para los jueces y prohibiciones no solo en la ley orgánica sino también el código procesal penal y civil. Ley de control interno. Normas éticas para la Escuela Judicial, La Defensa Pública. Ministerio Público. Servidor Judicial. En el ámbito administrativo. PRINICIPIOS 1. Ingreso a la judicatura por concurso 2. Independencia del juez 3. Derecho a la remuneración 4. Prohibición de servicios a otros poderes con excepciones especiales 5. Responsabilidades disciplinarias, civiles, penales y administrativas 6. No intervención del su superior 7. Ambiente laboral apropiado 8. Estímulos para prestar los servicios públicos 9. Prohibición de ausentismos 10. Las autoridades superiores P:J velar por todas y crear las condiciones VALORES FUNDAMENTALES AUSTERIDAD IGUALDAD LEALTAD PROBIDAD (rectitud buena fe) HUMANIZACION RESPETO RESPONSABILIDADES TRANPARENCIA 7 REGULARIDAD INTEGRIDAD HONESTIDAD INTERES PUBLICO NEUTRALIDAD POLÍTICA CONFLICTO DE INTERESES (rechazar regalos) PLANIFICACION RECTITUD LEGALIDAD CONSTITUCIONAL EFICIENCIA Y EFEICACIA EXCELENCIA JUSTICIA MISTICA BUENA FE Atribuciones de la Inspección Judicial TERCERA LECTURA ETCIA DEL JUEZ Y DEL ABOGADO CUARTA LECTURA TRANPARENCIA E IMPARCIALIDAD LA ETICA EN LA FORMACION DEL JUEZ 8