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ANEXO 46 PERITAJE DE VARIOS AUTORES vs ORTIZ (2009) Comparativo por párrafos del artículo “Ciudadanía, historia de un ideal” (Zolo y Covarrubias, 2007) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Bases teóricas y aplicación Artículo “Ciudadanía, historia de un ideal”, conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO Zolo y Covarrubias (2007) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO La concepción moderna de la ciudadanía surge gracias a los teóricos Ya en la modernidad y a partir de las del absolutismo monárquico que teorías de Jean Bodín y Thomas escriben entre el siglo XVI y XVII, como Hobbes (S. xVI y xVII), el concepto de Jean Bodin y Thomas Hobbes. El ciudadanía pierde su significado de concepto de ciudadanía pierde su participación en las funciones significado de participación en las públicas y en la honorabilidad que Copia textual, sin funciones públicas y en la dichas funciones conllevan. Ser 31 234 comillas, hay cita. honorabilidad que dichas funciones ciudadano equivale a ser súbdito y conllevan. Ser ciudadano equivale a obediente al soberano, sujetado a las ser súbdito y obediente del soberano, mismas leyes y costumbres, sujetado a las mismas leyes y independientemente de las costumbres, independientemente de diferencias de religión, lengua y las diferencias de religión, de lengua y origen étnico (Zolo, 1007: 17). de origen étnico. Sin embargo, es con las grandes A partir de las revoluciones revoluciones burguesas del siglo XVII y burguesas de los siglos XVII y XVIII y XVIII -y con las obras de autores como de las teorías de Locke y Rousseau, la John Locke y Jean-Jacques Rousseauconcepción que se tenía de que la concepción moderna de la ciudadanía cambia por una más Fraccionamiento del ciudadanía se afirma como igualdad amplia y moderna, otorgándole al párrafo. Parafraseo, jurídica de todos los ciudadanos en 31 234 ciudadano una igualdad jurídica en sin cita. tanto sujetos de derecho, tanto sujeto de derecho, portador de detentadores de la soberanía y la soberanía e integrante de la miembros de la nación. La única nación. Persistía, empero, la exclusión "obvia" respecta al género exclusión de la mujer y los no femenino (e incluso, por mucho propietarios. tiempo, a los no propietarios). A pesar de estas incongruencias, la A pesar de estas incongruencias, la ciudadanía moderna se consolida ciudadanía moderna se consolida como el contenedor de una serie como el contenedor de una serie abierta de derechos subjetivos que abierta de derechos subjetivos que pueden ser válidos incluso contra las pueden ser válidos incluso contra las Copia textual, sin autoridades del Estado. Aquí es donde autoridades del Estado. Aquí es 31 234 comillas, hay cita. se encuentra el profundo significado donde se encuentra el profundo filosófico y antropológico, que se significado sociológico y inspira en la concepción ilustrada e antropológico que se inspira en la iusnatural del individuo. Los hombres concepción ilustrada e iusnatural del son seres racionales, libres, individuo. Los hombres son seres moralmente responsables, iguales racionales, libres, moralmente frente a la ley e independientes desde el punto de vista económico. Y los ciudadanos se involucran en la vida política pero, al mismo tiempo, como subraya Benjamin Constant, son celosos guardianes de su esfera privada contra la intromisión del poder público. responsables, iguales frente a la ley e independientes desde el punto de vista económico. Y los ciudadanos se involucran en la vida política pero, al mismo tiempo, como subraya Benjamín Constant, son celosos guardianes de su esfera privada, contra la intromisión del poder público (Zolo, 2007). Artículo “Ciudadanía, historia de un ideal”, Danilo Zolo e Israel Covarrubias. Revista Metapolítica, N° 56, noviembre diciembre, 2007. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Comparativo por párrafos del artículo “Los espacios de multiculturalismo y de la ciudadanía”, Rogers (2001) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Bases teóricas y aplicación Artículo “Los espacios de multiculturalismo y conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO de la ciudadanía”, Rogers (2001) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO El ejercicio real de estos derechos Además, porque un ciudadano también va asociado a lugares siempre puede considerarse concretos, que empiezan en el ágora ciudadano de “alguna parte”. Los de las ciudades-Estado griegas y llegan derechos formales asociados a la a los múltiples espacios públicos de ciudadanía en general se relacionan, una sociedad industrial urbana. salvo algunas excepciones, a Además, la diferencia social determinados territorios o lugares, lo comúnmente se entiende, se cual genera cierto grado de construye y se representa como una pertenencia, identidad, y sentido de diferencia espacial, y viceversa. La trascendencia con el espacio. El ciudadanía se basa en sentimientos de ejercicio real de estos derechos pertenencia cultural y social o de también va asociado a lugares pertenencia a una comunidad, concretos, que empiezan en el ágora sentimientos que se hallan a menudo de las ciudades-estado griegas y aparejados con conceptos de "dentro" llegan a los múltiples espacios y "fuera" o "cerca" y "lejos", que públicos de una sociedad industrial implican la existencia de conjuntos de urbana, como bien ocurre en la Parafraseo y copia 200 235 fronteras territoriales. Pero los Inglaterra del siglo VIII y avanza hacia casi textual, sin cita. aspectos geográficos de la ciudadanía las sociedades actuales. Asimismo, la han recibido mucho menos atención diferencia social comúnmente se que sus bases históricas. Por ejemplo, entiende, se construye y se históricamente se distinguieron las representa como una diferencia tres dimensiones de la ciudadanía espacial, y viceversa. La ciudadanía propuestas por T.H. Marshall (civil, se basa en sentimientos de política, social) entre los siglos XVIII y pertenencia cultural y social o de XX, según la experiencia de la pertenencia a una comunidad, sociedad en que vivió, la británica, sentimientos que se hallan a menudo sociedad que experimentó muchos relacionados con conceptos de cambios en los últimos 200 años en “dentro” y “fuera” o “cerca” y cuanto a territorio político se refiere. “lejos”, que implican la existencia de Pero esta dimensión territorial se conjuntos de fronteras territoriales. daba por supuesta y la cuestión del Pero los aspectos geográficos de la espacio quedó relegada a un segundo ciudadanía han recibido mucho plano. menos atención que sus bases históricas. Por ejemplo, históricamente se distinguieron las tres dimensiones de la ciudadanía propuestas por T.H. Marshall (civil, política, social) entre los siglos VIII y XX, según la experiencia de la sociedad en que vivió, la británica, sociedad que experimentó muchos cambios en los últimos 200 años en cuanto a territorio político se refiere. Pero esta dimensión territorial se daba por supuesta y la cuestión del espacio quedó relegada a un segundo plano. En lo que va de finales del siglo XIX a En lo que va de finales del siglo XIX a principios del XX, el concepto de principios del XX, el concepto de ciudadanía constituía una ciudadanía constituía una preocupación explícita en el preocupación explícita en el pensamiento geográfico de la época. pensamiento geográfico de la época. Esta preocupación adoptó diversas Esta preocupación adoptó diversas formas, poniendo en cuestión y formas, poniendo en cuestión y 235 y Copia textual, sin uso 200 examinando, por ejemplo, la examinando, por ejemplo, la 236 de comillas, con cita. ciudadanía imperial, la ciudadanía ciudadanía imperial, la ciudadanía internacional, la armonía y unidad internacional, la armonía y unidad entre las esferas locales y nacionales, entre las esferas locales y nacionales, la base regional de la comunidad la base regional de la comunidad política y las asociaciones que se política y las asociaciones que se hacían entre ciudadanía y territorios hacían entre ciudadanía y territorios nacionales. nacionales (Rogers, 1998). Artículo "Los espacios de multiculturalismo y de la ciudadanía", Alisdair Rogers, Papeles de población, Vol. 7, núm. 28, abril-julio, 2001, pp. 199-220. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Artículo “Construir ciudadanía” (Villarreal, 1999) vs vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Bases teóricas y aplicación Artículo “Construir ciudadanía”, Villarreal conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO (1999) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO La concepción clásica nos remite a Quizá, por este motivo, en su Thomas Herbert Marshall (1950) que concepción clásica Thomas Marshall imaginaba la ciudadanía como un imaginaba a la ciudadanía como un Copia casi textual, 1 conjunto de derechos sociales, civiles 236 conjunto de derechos sociales, civiles omite la cita del y políticos que podían ser disfrutados y políticos que podían ser disfrutados original. en forma igualitaria por todos los en forma igualitaria por todos los miembros de la comunidad. miembros de la comunidad… La idea de ciudadanía con fuerte La idea de ciudadanía con fuerte predominio de los derechos ha sido predominio de los derechos ha sido criticada dada la necesidad de criticada dada la necesidad de incorporar las obligaciones, incorporar las obligaciones, Copia casi textual, sin 1 237 responsabilidades y virtudes como responsabilidades y virtudes como cita. constitutivas de la ciudadanía. Las partes constitutivas de ésta. Las críticas se han formulado desde lo que críticas venidas tanto desde la se ha denominado la nueva derecha y denominada nueva derecha y desde desde posiciones de izquierda, pero podemos coincidir en que se converge en la necesidad de que una concepción adecuada de ciudadanía exige equilibrio entre derechos y responsabilidades. posiciones de izquierda, parece coincidir en que se converge en la necesidad de que una concepción adecuada de ciudadanía exige equilibrio entre derechos y responsabilidades. Ante esta situación, surge la Cabe preguntarse sobre si ¿se puede siguiente pregunta: ¿Es posible gozar gozar de derechos civiles y políticos de derechos civiles y políticos sin sin tener acceso a las condiciones tener acceso a las condiciones básicas que aseguren la posibilidad de básicas que aseguren la posibilidad Copia casi textual, sin 1 ejercer estos derechos? El 237 de ejercer estos derechos? La cita. desequilibrio respuesta parece estar centrada en derechos/responsabilidades apunta a que el desequilibrio una tensión central que es la del derechos/responsabilidades apunta a Estado versus la Sociedad Civil. una tensión central que es la del Estado versus la Sociedad Civil. Pensar en un Estado garante de los Pensar en un Estado garante de los derechos nos remite a una noción de derechos nos remite a una noción de ciudadanía asistida y a una sociedad ciudadanía asistida y a una sociedad civil monolítica. Entre los elementos civil monolítica. Entre los elementos centrales que configuran el modelo centrales que configuran el modelo de de ciudadanía asistida, los autores ciudadanía asistida, los autores describen una sociedad donde la describen una sociedad donde la desigualdad social es «natural», las desigualdad social es «natural», las políticas gubernamentales políticas gubernamentales distributivas «neutras», con alta distributivas «neutras», con alta competitividad y un individualismo competitividad y un individualismo posesivo, los pobres son asistidos posesivo, los pobres son asistidos mediante políticas focalizadas, los mediante políticas focalizadas, los excluidos aparecen como excluidos aparecen como «ciudadanos Copia textual, sin uso 1y «ciudadanos subsidiados», el Estado subsidiados», el Estado es mínimo, el 237 de comillas, da la 2 es mínimo, el mercado determina lo mercado determina lo social y lo cita. social y lo político y la política social político y la política social es marginal es marginal y posterior a la política y posterior a la política económica. económica. Por otro lado decíamos Por otro lado decíamos que se concibe que se concibe a la sociedad civil de a la sociedad civil de forma monolítica. forma monolítica. Es “el mundo de la Es el mundo de la asociación asociación voluntaria y todas las voluntaria y todas las asociaciones asociaciones representan de igual representan de igual modo el ejercicio modo el ejercicio de la libertad, de la de la libertad, de la autonomía de los autonomía de los individuos y sus individuos y sus intereses, clubes, intereses, clubes, asociaciones, asociaciones, empresas, son también empresas, son también manifestaciones equivalentes de manifestaciones equivalentes de cooperación, de participación y de cooperación, de participación y de voluntarismo (Santos, 1998). voluntarismo” (Boaventura, 1988: 5). Artículo “Construir ciudadanía: construcción democrática de poder”, Mario Villarreal, revista Última Década, N° 10, 1999, pp. 1-5. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Artículo “La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano” (Sojo, 2002) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano”, Sojo (2002) Pg. 27 27 TEXTO Como se sabe, Marshall secciona la noción de ciudadanía distinguiendo tres elementos: civil, político y social. Le ha sido muy criticado el hecho de que encontró un desarrollo cronológico demasiado secuencial. Pero reconociendo que no se trata de desarrollos autónomos que ocurren una vez que ha concluido el proceso precedente, que los traslapos son evidentes, como él mismo lo advirtió, y sosteniendo que es posible que se produzcan avances e incluso retrocesos en cualesquiera de los elementos, puede continuarse con menos aprensiones la reconstrucción de la propuesta analítica de Marshall. Para él los derechos civiles están compuestos por “los derechos necesarios para la libertad individual”: libertad de expresión, de pensamiento y religiosa, derecho a la propiedad privada y a la conclusión de contratos y el derecho a la justicia. Los derechos políticos se relacionan con el derecho a participar en el ejercicio del poder político, como miembro de un cuerpo investido de autoridad política o como elector de los miembros designados para integrar tales cuerpos. Los derechos sociales, finalmente, por su expansión y por la mayor flexibilidad en su diseño debido a los diferentes problemas que pueden confrontar, son definidos dentro de un rango que va ‘desde el derecho al bienestar y la seguridad económica hasta el derecho a compartir con el resto de la comunidad la herencia social y a vivir la vida como un ser civilizado de acuerdo con los estándares prevalecientes en la sociedad’ (Marshall, 1992, p. 8). Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política”, Ortiz (2009) Pg. TEXTO COMENTARIO 236 Aproximación que le valió la crítica por haber proporcionado un desarrollo cronológico demasiado secuencial. Pero reconociendo que no se trata de desarrollos autónomos que ocurren una vez que ha concluido el proceso precedente, que los traslapos son evidentes, como él mismo lo advirtió, y sosteniendo que es posible que se produzcan avances e incluso retrocesos en cualquiera de los elementos, puede continuarse con menos aprensiones la reconstrucción de su propuesta analítica. (Sojo, 2007). Fragmentación del párrafo. Copia textual, sin uso de comillas, con cita. 236 Para Marshall los derechos civiles están compuestos por “los derechos necesarios para la libertad individual”: libertad de expresión, de pensamiento y vida religiosa, derecho a la propiedad privada y a la conclusión de contratos y el derecho a la justicia. Por tanto, la ciudadanía civil se corresponde con los derechos legales. Los derechos políticos se relacionan con el derecho a participar en el ejercicio del poder político, como miembro de un cuerpo investido de autoridad política o como elector de los miembros designados para integrar tales cuerpos. La ciudadanía política se refiere al derecho que tiene el ciudadano a participar en el poder político como votante o mediante la práctica política activa. Y en cuanto a los derechos sociales, dada su expansión y mayor flexibilidad en su diseño debido a los diferentes problemas que pueden confrontar, son definidos dentro de un rango que va desde el derecho al bienestar y la seguridad económica hasta el derecho a compartir con el resto de la comunidad la herencia social y a vivir la vida como un ser civilizado de acuerdo con los estándares prevalecientes en la sociedad. Esto es, se trata de una ciudadanía social cimentada en el derecho a gozar de cierto estándar mínimo de vida, de Copia casi textual, sin uso de comillas, con cita. 27 27 y 28 27 y 28 28 La primera sensación es que mientras la afirmación e incluso la identificación de los derechos civiles y políticos no parece problemática, la tercera definición es extraordinariamente amplia. Por ello es preciso recordar que Marshall se ocupa de identificar las formas institucionales que se corresponden con el desarrollo de cada uno de estos derechos. En realidad, a esto dedica el resto del texto. Así, las instituciones garantes y forjadoras de los derechos civiles son las cortes de justicia y el logro de los derechos de ciudadanía civil tiene mucho que ver con la consolidación de formas de administración de justicia y defensa que sean accesibles para todos desde el punto de vista económico. Así, las instituciones garantes y forjadoras de los derechos civiles son las cortes de justicia y el logro de los derechos de ciudadanía civil tiene mucho que ver con la consolidación de formas de administración de justicia y defensa que sean accesibles para todos desde el punto de vista económico. Los individuos son los sujetos primarios de estos derechos. A las cortes les compitió durante el siglo XVIII un papel fundamental en la defensa de la libertad individual, incluso ante los poderes públicos. En el campo económico, la libertad de trabajo —lo que Marshall denomina ‘el derecho a seguir la ocupación de nuestra escogencia, en el lugar que elegimos, sujetos sólo a legítimas exigencias de entrenamiento técnico preliminar’ (Marshall, 1992, p. 10)— fue fundamental para el desarrollo del capitalismo industrial, como lo reconociera Marx a mediados del siglo XIX. Para comienzos de ese siglo la libertad económica individual era considerada axiomática. Entonces, piensa Marshall, se abre la posibilidad para el comienzo del período formativo de los derechos políticos. De lo que se trata no es de ampliar con nuevos derechos los logros de igualdad civil previamente alcanzados, sino hacerlos llegar a 236 236 237 237 y 238 bienestar y de seguridad económica (Marshall, 1992). La primera sensación es que mientras la afirmación e incluso la identificación de los derechos civiles y políticos no parece problemática, la tercera definición es excepcionalmente amplia. Por ello es preciso recordar que Marshall se ocupa de identificar las formas institucionales que se corresponden con el desarrollo de cada uno de estos derechos. En realidad, a esto dedica gran parte de su obra. Así, las instituciones garantes y forjadoras de los derechos civiles son las cortes de justicia y el logro de los derechos de ciudadanía civil tiene mucho que ver con la consolidación de formas de administración de justicia y defensa que sean accesibles para todos. Así, las instituciones garantes y forjadoras de los derechos civiles son las cortes de justicia y el logro de los derechos de ciudadanía civil tiene mucho que ver con la consolidación de formas de administración de justicia y defensa que sean accesibles para todos desde el punto de vista económico. Los individuos son los sujetos primarios de estos derechos. A las cortes les compitió durante el siglo XVIII un papel fundamental en la defensa de la libertad individual, incluso ante los poderes públicos. En el campo económico, la libertad de trabajo —lo que Marshall denomina “el derecho a seguir la ocupación de nuestra escogencia, en el lugar que elegimos, sujetos sólo a legítimas exigencias de entrenamiento técnico preliminar” (Marshall, 1992) —, fue fundamental para el desarrollo del capitalismo industrial, como lo reconociera Marx a mediados del siglo XIX. Para comienzos de ese siglo la libertad económica individual era considerada axiomática. Entonces, piensa Marshall (1992), se abre la posibilidad para el comienzo del período formativo de los derechos políticos. De lo que se trata no es de ampliar con nuevos derechos los logros de igualdad civil previamente alcanzados, sino Copia casi textual, sin cita. Copia casi textual, sin cita. Copia textual, sin cita. Copia textual, sin cita. segmentos cada vez más extensos de la población. ‘En el siglo dieciocho — recuerda Marshall— los derechos políticos eran deficientes, no tanto por su contenido, como por su distribución; deficientes, es decir, para las exigencias de la ciudadanía democrática’ (Marshall, 1992, p. 12). Atados durante largo tiempo a la ciudadanía civil, los derechos políticos aparecían como el privilegio de una minoría poderosa de hombres blancos y acaudalados. Eran menos un derecho y más una “capacidad” de ciertos titulares de derechos civiles. Con el siglo XX los derechos políticos se autonomizan plenamente, al menos para los hombres, porque se empiezan a eliminar las restricciones pecuniarias para elegir y ser electos y se transita claramente hacia el voto adulto masculino universal. Fundamentados institucionalmente en los parlamentos y los concejos municipales, los derechos políticos son primariamente colectivos. hacerlos llegar a segmentos cada vez más extensos de la población. “En el siglo dieciocho —recuerda Marshall— los derechos políticos eran deficientes, no tanto por su contenido, como por su distribución; deficientes, es decir, para las exigencias de la ciudadanía democrática”. Atados durante largo tiempo a la ciudadanía civil, los derechos políticos aparecían como el privilegio de una minoría poderosa de hombres blancos y acaudalados. Eran menos un derecho y más una “capacidad” de ciertos titulares de derechos civiles. Con el siglo XX los derechos políticos se autonomizan plenamente, al menos para los hombres, porque se empiezan a eliminar las restricciones pecuniarias para elegir y ser electos y se transita claramente hacia el voto adulto masculino universal. Fundamentados institucionalmente en los parlamentos y los concejos municipales, los derechos políticos son primariamente colectivos. Por otra parte, el origen de los El origen de los derechos sociales se derechos sociales se remonta a remonta a mediados del siglo XIX, con mediados del siglo XIX, con las las políticas de protección a los pobres políticas de protección a los pobres y y de regulación de ingresos, pero con de regulación de ingresos, pero con una particularidad semejante a la de una particularidad semejante a la de los primeros derechos políticos. Las los primeros derechos políticos. Las prestaciones sociales se otorgaban en prestaciones sociales se otorgaban forma de ayuda a personas que no en forma de ayuda a personas que eran ciudadanas; es decir, la ayuda no eran ciudadanas; es decir, la social precursora de los derechos de ayuda social precursora de los Copia textual, sin uso 28 238 ciudadanía social se originó en una derechos de ciudadanía social se de comillas, con cita. asistencia que negaba la ciudadanía: originó en una asistencia que negaba ‘El estigma ceñido a la ayuda para los la ciudadanía: ‘El estigma ceñido a la pobres expresa un sentimiento ayuda para los pobres expresa un profundo entre las personas que creen sentimiento profundo entre las que aquellos que aceptan ayuda personas que creen que aquellos que deben cruzar el sendero que separa la aceptan ayuda deben cruzar el comunidad de los ciudadanos de la sendero que separa la comunidad de compañía proscrita de los destituidos’ los ciudadanos de la compañía (Marshall, 1992, p. 15). proscrita de los destituidos (Marshall, 1992). Artículo “La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano”, Carlos Sojo, Revista de la CEPAL, Nº 76, abril de 2002, pp. 25-38). Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Comparativo artículo “Ciudadanía y juventud” (Sandoval, 2003) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Bases teóricas y aplicación Artículo “Ciudadanía y juventud”, Sandoval conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO (2003) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO La noción de ciudadanía está asociada Como es de observar, entonces, la desde el advenimiento de la noción de ciudadanía está asociada modernidad a la idea de los derechos desde el advenimiento de la individuales y al tema de la modernidad a la idea de los derechos pertenencia a una comunidad política, individuales y al tema de la constituyendo desde el siglo XIX una pertenencia a una comunidad categoría que se propone integrar las política, constituyendo desde el siglo exigencias de los discursos de la X IX una categoría que integra las justicia y las demandas de una exigencias de los discursos de la identidad social coherente. El discurso justicia y las demandas de una Copia casi textual, sin 32 de la ciudadanía marca el surgimiento 236 identidad social coherente. La idea cita. de una nueva subjetividad liberal que de ciudadanía marca el surgimiento aspira a la «autonomía» y al desarrollo de una nueva subjetividad liberal que de las «potencialidades» del sujeto, aspira a la «autonomía» y al representando la crisis de la desarrollo de las «potencialidades» subjetividad premoderna a través de del sujeto, representando la crisis de la ruptura con la noción del sujeto una subjetividad premoderna a súbdito, y la promoción de nuevas través de la ruptura con la noción del categorías tales como género sujeto súbdito y la promoción de las humano, derechos naturales y categorías modernas de género «revolución democrática».1 humano y derechos naturales. Artículo “Ciudadanía y juventud: el dilema entre la integración social y la diversidad cultural”, Juan Sandoval Moya, Última Década, N° 19, noviembre de 2003, pp. 31-45. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Comparativo artículo “Significados de la ciudadanía en las "sociedades no-salariales”” (Braz y Sandoval, 2002) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Significados de la ciudadanía en las Artículo “Bases teóricas y aplicación "sociedades no-salariales””, Braz y Sandoval conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO (2002) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO De este modo, la génesis de la De este modo, la génesis de la categoría de ciudadanía moderna esta categoría de ciudadanía moderna íntimamente imbricada con los valores está íntimamente imbricada con los de la «revolución democrática»6. Sin valores de la «revolución embargo, desde el surgimiento de la democrática».1 Sin embargo, desde así denominada «cuestión social» a el surgimiento de la así denominada finales del siglo XIX, la noción de «cuestión social» a finales del siglo ciudadanía se ha empezado a vincular XIX, la noción de ciudadanía se ha Copia casi textual, sin 236 y 414 cada vez en forma más directa con la empezado a vincular cada vez en uso de comillas, da la 237 reivindicación universal de los forma más directa con la cita. derechos sociales y la cuestión del reivindicación universal de los trabajo. En los países Europeos la derechos sociales y la cuestión del noción contemporánea de ciudadanía trabajo. En los países europeos el se asocia a la conquista de políticas de concepto contemporáneo de protección del Estado de Bienestar al ciudadanía se asocia a la conquista tiempo que la noción del trabajo de políticas de protección del Estado representa un ámbito social de Bienestar al tiempo que la noción privilegiado de organización del tiempo y el espacio, una herramienta social que articula con una nueva lógica una red de subjetividades y materialidades que constituyen la base de reproducción de la nueva forma de organización capitalista. Trabajo y Ciudadanía son categorías que tienen un largo trayecto histórico, pero que empiezan a ser vistas como caras distintas de una misma moneda con el establecimiento de las políticas de construcción de un Estado de Bienestar Social. del trabajo, representa un ámbito social privilegiado de organización del tiempo y el espacio, una herramienta social que articula con una nueva lógica una red de subjetividades y materialidades que constituyen la base de reproducción de la nueva forma de organización capitalista. Trabajo y Ciudadanía son categorías que tienen un largo trayecto histórico, pero que empiezan a ser vistas como caras distintas de una misma moneda con el establecimiento de las políticas de construcción de un Estado de bienestar social (Braz., A y Sandoval M, 2001). Artículo “Significados de la ciudadanía en las "sociedades no-salariales": una mirada desde América Latina”. Cássio Adriano Braz de Aquino y Juan Sandoval Moya. Cuadernos de Relaciones Laborales. Vol. 20, N° 2, 2002, pp. 411-432. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244. Artículo “Construir ciudadanía” (Villarreal, 1999) vs artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política” (Ortiz, 2009) Artículo “Bases teóricas y aplicación Artículo “Construir ciudadanía”, Villarreal conceptual en la formación política”, Ortiz COMENTARIO (1999) (2009) Pg. TEXTO Pg. TEXTO Así, las instituciones garantes y Así, las instituciones garantes y forjadoras de los derechos civiles son forjadoras de los derechos civiles son las cortes de justicia y el logro de los las cortes de justicia y el logro de los derechos de ciudadanía civil tiene derechos de ciudadanía civil tiene mucho que ver con la consolidación de mucho que ver con la consolidación formas de administración de justicia y de formas de administración de defensa que sean accesibles para justicia y defensa que sean accesibles todos desde el punto de vista para todos desde el punto de vista económico. Los individuos son los económico. Los individuos son los sujetos primarios de estos derechos. A sujetos primarios de estos derechos. las cortes les compitió durante el siglo A las cortes les compitió durante el XVIII un papel fundamental en la siglo XVIII un papel fundamental en defensa de la libertad individual, la defensa de la libertad individual, 27 y Copia textual, sin incluso ante los poderes públicos. En 237 incluso ante los poderes públicos. En 28 cita. el campo económico, la libertad de el campo económico, la libertad de trabajo —lo que Marshall denomina trabajo —lo que Marshall denomina ‘el derecho a seguir la ocupación de “el derecho a seguir la ocupación de nuestra escogencia, en el lugar que nuestra escogencia, en el lugar que elegimos, sujetos sólo a legítimas elegimos, sujetos sólo a legítimas exigencias de entrenamiento técnico exigencias de entrenamiento técnico preliminar’ (Marshall, 1992, p. 10)— preliminar” (Marshall, 1992) —, fue fue fundamental para el desarrollo del fundamental para el desarrollo del capitalismo industrial, como lo capitalismo industrial, como lo reconociera Marx a mediados del siglo reconociera Marx a mediados del XIX. Para comienzos de ese siglo la siglo X IX. Para comienzos de ese libertad económica individual era siglo la libertad económica individual considerada axiomática. era considerada axiomática. 28 Entonces, piensa Marshall, se abre la posibilidad para el comienzo del período formativo de los derechos políticos. De lo que se trata no es de ampliar con nuevos derechos los logros de igualdad civil previamente alcanzados, sino hacerlos llegar a segmentos cada vez más extensos de la población. ‘En el siglo dieciocho — recuerda Marshall— los derechos políticos eran deficientes, no tanto por su contenido, como por su distribución; deficientes, es decir, para las exigencias de la ciudadanía democrática’ (Marshall, 1992, p. 12). Atados durante largo tiempo a la ciudadanía civil, los derechos políticos aparecían como el privilegio de una minoría poderosa de hombres blancos y acaudalados. Eran menos un derecho y más una “capacidad” de ciertos titulares de derechos civiles. Con el siglo XX los derechos políticos se autonomizan plenamente, al menos para los hombres, porque se empiezan a eliminar las restricciones pecuniarias para elegir y ser electos y se transita claramente hacia el voto adulto masculino universal. Fundamentados institucionalmente en los parlamentos y los concejos municipales, los derechos políticos son primariamente colectivos. 237 y 238 28 El origen de los derechos sociales se remonta a mediados del siglo XIX, con las políticas de protección a los pobres y de regulación de ingresos, pero con una particularidad semejante a la de los primeros derechos políticos. Las prestaciones sociales se otorgaban en forma de ayuda a personas que no eran ciudadanas; es decir, la ayuda social precursora de los derechos de ciudadanía social se originó en una asistencia que negaba la ciudadanía: ‘El estigma ceñido a la ayuda para los pobres expresa un sentimiento profundo entre las personas que creen que aquellos que aceptan ayuda deben cruzar el sendero que separa la comunidad de los ciudadanos de la compañía proscrita de los destituidos’ (Marshall, 1992, p. 15). 238 Entonces, piensa Marshall (1992), se abre la posibilidad para el comienzo del período formativo de los derechos políticos. De lo que se trata no es de ampliar con nuevos derechos los logros de igualdad civil previamente alcanzados, sino hacerlos llegar a segmentos cada vez más extensos de la población. “En el siglo dieciocho —recuerda Marshall— los derechos políticos eran deficientes, no tanto por su contenido, como por su distribución; deficientes, es decir, para las exigencias de la ciudadanía democrática”. Atados durante largo tiempo a la ciudadanía civil, los derechos políticos aparecían como el privilegio de una minoría poderosa de hombres blancos y acaudalados. Eran menos un derecho y más una “capacidad” de ciertos titulares de derechos civiles. Con el siglo XX los derechos políticos se autonomizan plenamente, al menos para los hombres, porque se empiezan a eliminar las restricciones pecuniarias para elegir y ser electos y se transita claramente hacia el voto adulto masculino universal. Fundamentados institucionalmente en los parlamentos y los concejos municipales, los derechos políticos son primariamente colectivos. Por otra parte, el origen de los derechos sociales se remonta a mediados del siglo XIX, con las políticas de protección a los pobres y de regulación de ingresos, pero con una particularidad semejante a la de los primeros derechos políticos. Las prestaciones sociales se otorgaban en forma de ayuda a personas que no eran ciudadanas; es decir, la ayuda social precursora de los derechos de ciudadanía social se originó en una asistencia que negaba la ciudadanía: ‘El estigma ceñido a la ayuda para los pobres expresa un sentimiento profundo entre las personas que creen que aquellos que aceptan ayuda deben cruzar el sendero que separa la comunidad de los ciudadanos de la compañía proscrita de los destituidos (Marshall, 1992). Copia textual, sin cita. Copia textual, sin uso de comillas, con cita. Artículo “Construir ciudadanía: construcción democrática de poder”, Mario Villarreal, revista Última Década, N° 10, 1999, pp. 1-5. Artículo “Bases teóricas y aplicación conceptual en la formación política: la condición de la variable ciudadanía”, William Ortiz Jiménez, revista Diálogos de saberes, julio diciembre de 2009, pp. 231-244.