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PROYECTO DE LEY Creación de un Centro de Estudios y Observatorio para el Desarrollo de Empresas y el Trabajo La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1.- Creación. Créase el “CENTRO DE ESTUDIOS Y OBSERVATORIO DE LA EMPRESA Y EL TRABAJO - (en adelante CEODET)” en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 2.- Definiciones. A los fines de la presente Ley, se adoptan las siguientes definiciones: a. Empresa: es la unidad primaria, básica e imprescindible para asegurar el funcionamiento correcto de un sistema de mercado, político y social. La actividad empresarial es considerada como un aspecto determinante para el dinamismo económico y social del país. b. Trabajo: por trabajo decente se entiende a aquel que se realiza en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, que contiene los siguientes caracteres: Trabajo productivo y seguro; con respeto a los derechos laborales; con ingresos adecuados; con protección social; con diálogo social, libertad sindical, negociación colectiva y participación c. Empresarialidad: se refiere a las habilidades de empresarios o emprendedores, su tendencia a crear empresas buscando oportunidades de negocios. d. Centro de Estudios y Observatorio: Institución que estudia, propone, orienta, facilita y produce informes técnicos sobre las características, situación, factibilidad y gestión de empresas, empresarios y emprendedores. Fomentado la cultura empresarial y la inducción a crear, desarrollar y generar diferentes emprendimiento, midiendo ratios necesarios para analizar la evolución para expandir y consolidar el tejido de empresas en la Ciudad de Buenos Aires. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 1/9 Artículo 3.- Objetivo General. La creación del CEODET busca consolidar la creación, desarrollo, facilitación y/o radicación de empresas y proyectos empresariales como fuente de empleo genuino en la CABA. Para ello se procurará el acompañamiento y el desarrollo de todas las instacias, sean regulatorias, estadísticas, adminstriativas y de gestión a fin de desarrollar el fomento de las vocaciones empresariales, el impulso a los emprendimientos, el seguimientos de los mismos como un elemento diferenciador de la sociedad y como generador de riqueza y valor para alcanzar el estado de bienestar de la población. Artículo 4.- Objetivos Específicos. a. trabajar sobre las necesidades formativas y consultivas de emprendedores, tanto en las micro, pequeñas y medianas empresas de la CABA, potenciando sus actitudes y habilidades innovadoras, tanto para iniciar una actividad empresaria como para mejorar el rendimiento de sus negocios en curso. b. Establecer los mecanismos de seguimiento de indicadores de la empresarialidad en la Ciudad. ecomendar la implantación de un observatorio para el monitoreo de ratios de empresarialidad. c. Enfatizar en la educación y/o formación profesional orientada hacia la empresarialidad. d. Optimizar la carga regulatoria sobre las empresas nuevas y pequeñas, siendo las mismas uno de los impedimentos principales para un mayor desarrollo de la actividad emprendedora, sin que ello implique precarización laboral e. Lograr un equilibrio entre las medidas orientadas a la protección social y la autosuficiencia (autoproducción, autoempleo, etc.). f. Implementar registros locales de investigadores, mentores, emprendedores y pequeños empresarios, con el objeto de proteger y asistir sus proyectos desde la génesis de la idea hasta su implementación. Arttículo 5.- Autoridad de Aplicación. El Ministerio de Modernización, Innovacidel Gobieno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será la autoridad de aplicación de la presente Ley. Artículo 6.- Integración. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 2/9 A fin de dar cabida a los diferentes sectores de la población el CEODET deberá cursar las respectivas invitaciones a participar a los actores de la sociedad civil, política, académica, científica, de investigación, organizaciones no gubernamentales, Universidades públicas y privadas, entre otras. Artículo 7.- Integración El Consejo estará integrado por: a. Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; b. Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio GCBA; c. Universidades púbicas y privadas; d. Cámaras del sector PyME y MiPyME; e. La Unión Industrial Argentina f. Asociaciones Empresariales; Profesionales y docentes en ciencias empresariales; g. 3 (tres) representantes de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires h. Colegios profesionales y/o otras instituciones que el CEODET considere oportuno. La participación de los precitados actores es ad honorem. Artículo 8.- Competencias. El CEODET tendrá las siguientes competencias: a. La formación profesional como herramienta imprescindible para asegurar el crecimiento sustentable. b. El estímulo a la creatividad para hacer de la idea un negocio tangible. c. La cooperación con asociaciones profesionales y entidades académicas nacionales y extranjeras, empresas privadas, estatales y del tercer sector, interesadas en el fomento y el desarrollo de proyectos para el desarrollo empresario d. La planificación como guía indispensable para la implementación de proyectos paso a paso e. La investigación y desarrollo de nuevas técnicas de prefactibilidad. f. La aplicación y desarrollo de modelos innovadores y simulación de modelos de proyectos. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 3/9 g. La asistencia personalizada al empresario o emprendedor en todas las etapas del proyecto mediante la asistencia de tutores, mentores o consultores registrados según determine esta Ley. h. Habilitar canales de contacto e intercambio de con emprendedores y empresarios interesados en nuevos proyectos i. El fomento del uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (tic) en la actividad diaria de las empresas j. Estudios y encuestas de mercados a fin de ofrecer información actualizada a los emprendedores y empresas ya radicadas sobre los diferentes aspectos del accionar y temáticas encaradas en cada proyecto. k. Acompañamiento en las búsquedas de fondos e inversores. El CEODET podrá realizar: l. Los estudios empíricos sobre la creación y crecimiento de empresas y la realización de encuestas. m. Los estudios eminentemente cuali-cuantitativos, para determinar factores críticos de éxito y fracaso empresarial. Artículo 9.- El CEODET podrá Implementar las siguientes actividades de consolidación de los objetivos de la Ley: a. Apoyar a las empresas ubicadas en sus instalaciones e impulsar su cooperación, consolidación y crecimiento. b. Establecer una “Comunidad CEODET”, donde empresas y emprendedores compartan un espacio físico con acceso a instalaciones y recursos para su gestión inicial, organizar eventos y encuentros empresariales para presentar sus proyectos, desayunos de trabajo y cualquier actividad que permita a nuestro segmento objetivo relacionarse con clientes actuales y potenciales, incluso cooperando e la gestión. c. Promover fuentes de financiación y realizar rondas de inversores. d. Relevar sistemáticamente la información sobre el objeto de estudio y construir indicadores y ratios de empresarialidad mediante el monitoreo de la evolución de los mismos. e. Investigar las mejores prácticas internacionales. f. Diagnosticar periodocamente la evolución de las actividades y difundir los informes y propuestas elaborados. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 4/9 g. Promover la identificación de talentos, e ideas innovadoras, para transformarlas en proyectos de negocios. h. Construir un espacio para pequeños empresarios y emprendedores donde puedan trabajar en desarrollos competitivos y colaborativos. i. Ampliar la red empresarial. j. Dictar conferencias y seminarios, como así desarrollar cursos y jornadas de capación especializadas, a fin de difundir las actividades de este Centro. k. Incubar proyectos que requieran asistencia técnica y logística. l. Promover de activa y ejecutivamente el aumento de patentes registradas por estudiantes, emprendedores y pequeños empresarios. m. Formular propuestas de políticas, económicas y sociales, relacionadas con la empresarialidad y su impacto en la comunidad y la consecuente disminución de pobreza. Artículo 10.- El CEODET podrá recomendar políticas públicas vinculadas a: a. Estudiar los aspectos regulatorios a fin establecer propuestas para facilitar y generar marcos adecuados que pormuevan el desarrollo y la radicación de empresas en la CABA. b. Proponer las medidas orientadas a la protección y recepción de proyectos empresariales. c. Promover una mayor participación de la mujer en la economía y en las empresas en igualdad de condiciones econímicas y de gestión. . Artículo 11.- Beneficios El CEODET propenderá a mediano y largo plazo a facilitar las distintas cuestiones implicadas en el desarrrolo de emprendimientos empresariales innovadores, y en el asesoramiento a fin de proponer las medidas necesarias para promover un desarrollo de la empresarialidad local. Artículo 12.- Presupuesto La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones y presupuesto para el funcionamiento e implementación de la Ley. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 5/9 Fundamentos: El desarrollo económico de un país, está basado en el éxito de las iniciativas individuales de los integrantes de su sociedad, los emprendimientos privados constituyen un elemento clave para el desarrollo individual y de los emprendimientos colectivos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En este contexto, aumentar la capacidad de autogestión a fin de fomentar la creación de empresas como también asegurar el reconocimiento social y la genuina actividad productiva a mediano y largo plazo, constituyen fuentes de empleo que mejoran la calidad de vida. El desarrollo de la Empresarialidad es para la economía de las naciones una fuente de generación de riquezas y puestos de trabajo y en el ámbito de una economía sustentable la misma debe estar formada por una red de microemprendimientos y pequeñas empresas que formen la base de la pirámide del crecimiento continuo de un país. El fomentar alianzas con organismos públicos de la Ciudad, del estado nacional, organizaciones del tercer sector y entidades profesionales y académicas, nacionales e internacionales, potencian los resultados y crean espacios multisectoriales generadores de ideas, para el desarrollo productivo. Así, el fomento de las vocaciones empresariales es clave para el desarrollo sustentable de una economía de mercado para el estado de bienestar. Y la formación y capacitación de los recursos humanos es una herramienta imprescindible para asegurar ese crecimiento como el estímulo a la creatividad para hacer de una idea un negocio, constituyen valores a impulsar. La organización y colaboración son requisitos indispensables para el desarrollo de proyectos en que se requieren procesos de investigación y el desarrollo permanente de nuevas técnicas que ayudan a evitar posibles fracasos. La experiencia ha demostrado que la aplicación de modelos para someter a prueba cualquier proyecto en un ambiente simulado y corregir desvíos o confirmar hipótesis es imprescindible antes de su lanzamiento al mercado, en conjunto con la asistencia personalizada al empresario o emprendedor en todas las etapas del Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 6/9 proyecto mediante el apoyo de tutores o consultores individuales. Y para ello se requiere contacto permanente con emprendedores y empresarios interesados en nuevos proyectos, aportando el seguimiento de datos y la consulta interactiva entre los interesados. La creación del CEODET tiene por objeto poner en práctica todas aquellas iniciativas y proyectos que puedan considerarse necesarios o beneficiosos para la generación de puestos de trabajo en la Ciudad como también acompañando a los emprendedores y medianos o pequeñas empresas ya en funcionamiento. La utilización de las nuevas tecnologías de información e Internet en la actividad diaria de las empresas será un elemento de importancia estratégica a fin de favorecer entornos aptos para la creación y desarrollo de empresas. La generación de empleos que satisfacen necesidades sociales básicas y el consecuente mejoramiento de la calidad de vida de las personas, con responsabilidad social empresaria. El CEODET buscará también acompañar a las organizaciones en el continuo cambio del entorno desde el ámbito de la capacitación y la formación permanente, procurando generar capacidad de autogestión empresaria para asegurar fuentes genuinas de empleo que mejorarán la calidad de vida, el aumento del reconocimiento y el ascenso social a mediano y largo plazo. En este ámbito, el desarrollo individual y colectivo se basa en las iniciativas personales y la actividad empresarial, por eso impulsamos el desarrollo de empresas y la formación profesional de las capacidades individuales como factores clave de éxito. Para ello, es necesario que las pequeñas empresas y los emprendedores incorporen nuevas herramientas de gestión para enfrentar con éxito las exigencias de mercados cada vez más competitivos. Las organizaciones públicas o privadas, con o sin fines de lucro, locales, regionales o internacionales deben implantar nuevos sistemas de gestión mediante alianzas y acuerdos de cooperación para alcanzar sus metas de desarrollo económico y social. Y los emprendedores, profesionales, académicos y técnicos, puedan ampliar sus áreas de actividad en un contexto de constante renovación del conocimiento. Las pequeñas y medianas empresas representan el colectivo de más alto impacto en la economía de las naciones, con la mayor participación en el PIB y las más altas tasas de creación de empleo genuino. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 7/9 La “empresarialidad” o “entrepreneurship” ambos términos se refieren a las características de las empresas y los empresarios de una economía, a la cultura empresarial y la inclinación a crear empresas. Es por ello que la creación del CEODET busca a través de la innovación promover las “vocaciones empresariales” y el “espíritu emprendedor” a través de la gestión del conocimiento y la investigación. El centro de estudios pretenderá facilitar las posibilidades de crecimiento económico como factor clave en la generación de trabajo de calidad. Todo ello con la implementación de un Observatorio propio que monitoree efectiva y sistemáticamente la evolución de los indicadores y tasas de empresarialidad. Buscando con ello relevar las causas de éxito y fracaso empresarial desde un enfoque primordialmente cualitativo, basándose en información cuantitativa recabada a través de estudios de casos, análisis de impacto socio-cultural o de encuestas sistemáticas y específicas sobre los factoeres de la empresarialidad. A pesar de su aporte al modelo de crecimiento socio-económico mundial, muchas de las empresas que constituyen este entretejido aún carecen de estructuras adecuadas a las tendencias y exigencias de mercados cada vez más competitivos. Y que al disponer de un Centro de Estudios y Observatorio se ofrecerá a este colectivo las herramientas de gestión que les permita optimizar sus recursos, mejorar sus procesos productivos o de servicios, implementar estrategias para alcanzar altos estándares de calidad y maximizar sus utilidades. Por último y en relación con las políticas públicas vinculadas al desarrollo de emprendimiento de apoyo a los diferentes emprendimientos, se entiende que cuanto mayor sea la participación de la actividad privada en la economía de la Ciudad, mayor será la generación de empleo genuino. A tal fin debemos reducir la carga regulatoria, impulsando el estudio de los marcos actuales y la generación propuestas de reformas, reformulación o eliminación de trabas burocrática que impidan el desarrollo de la actividad económica privada y los proyectos de emprendedores. Para ello se pretende lograr un equilibrio entre las medidas orientadas a la protección social y la autosuficiencia (autoproducción, autoempleo, etc.) y el desarrollo económico y la generación de empleos. El Centro fomentará la participación de la mujer en la economía y en la creación de empresas mejorando los indicadores de empresarialidad, ya que actualmente es en promedio la mitad de la tasa de participación del hombre. Último cambio: 09/08/2017 2:34:00 - Cantidad de caracteres: 14670 - Cantidad de palabras: 2539 Pág. 8/9 Este Proyecto de Ley surge de la necesidad de encontrar un espacio común para el fomento de las vocaciones empresariales, como un elemento diferenciador de la sociedad y como generador de fuentes genuinas de trabajo para alcanzar el estado bienestar. Y en este contexto se pretende el impulsar y fomentar el espíritu emprendedor y las habilidades necesarias para comenzar un proyecto independiente e implementarlo con rentabilidad en la asociación entre crecimiento económico y empresarialidad, las políticas de la mayoría de los países se han tornado más atentas al desarrollo y aplicación de estrategias que fomenten y sostengan la empresarialidad. Finalmente, deseamos señalar que este proyecto forma parte de un trabajo articulado con la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), en el marco del PROGRAMA “BANCA 62” DE INTEGRACIÓN ACADÉMICA A LA INICIATIVA LEGISLATIVA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, con la destacada participación del Licenciado Enrique Farías Politólogo especialista en temas de desarrollo empresarial, y constituye una propuesta para el análisis de la Legislatura porteña. Por ello, quedan expresados los fundamentos de este proyecto, solicitando su pronto tratamiento. 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