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EL FORO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA SOCIALMANTE RESPONSABLE 1.- Las posibilidades de realizar políticas sociales a través de la contratación pública. El pasado 6 de mayo se celebró una jornada promovida por la Fundación ONCE y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), bajo el título “la Ley de Contratos del Sector Público: una oportunidad de hacer política social a favor de las personas con discapacidad” con el objetivo de exponer, desde una perspectiva práctica, las posibilidades de realizar políticas sociales a través de la contratación pública. La jornada tuvo una excelente aceptación pues logró la concurrencia de todos los agentes implicados: poderes adjudicadores (Administraciones Públicas), empresas contratistas, y sector de la discapacidad. Estuvieron presentes, con una participación activa en la mesa de experiencias, importantes representantes de la Administración autonómica y local (Comunidad Foral de Navarra y Ayuntamiento de Sevilla), asimismo asistieron miembros del Congreso de los Diputados, del Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Sanidad y Política Social, de la Federación de Municipios y Provincias, de la Junta de Extremadura, de la Generalitat de Cataluña, de la Generalitat Valenciana, del Gobierno Balear, del Ministerio de Defensa, del Ayuntamiento de Madrid, etc. Respecto de las empresas, asistieron la mayor parte de las empresas de nuestra economía: Accenture, Acciona, Axa, FCC, El Corte Inglés, Endesa, Ferrovial, Indra, Microsoft, Repsol, Siemens, etc. Todas las administraciones y las empresas asistentes se identificaron con los objetivos del nuevo concepto de la contratación pública y manifestaron el deseo de contribuir a su construcción mediante su integración en el Foro de la Contratación Pública Socialmente responsable. 2.- El concepto de la contratación pública socialmente responsable. Durante la jornada se hicieron una serie de propuestas que tratan de impulsar un nuevo concepto de la contratación pública, como contratación socialmente responsable: 1.- El gasto público que comporta toda contratación de un poder adjudicador debe tener una doble utilidad: la tradicional, consistente en dotar a la comunidad de una infraestructura o en la prestación de un servicio público y, la social, referida a que sin realizar ningún esfuerzo presupuestario adicional el gasto público de un contrato puede servir además para corregir desequilibrios o desigualdades de determinados colectivos de ciudadanos. 2.- Se habla, por ello, del uso alternativo del precio de los contratos en el sentido de que todo euro que se invierte en infraestructuras, en servicios públicos, o que de cualquier otra manera es precio de un contrato con una entidad pública, ha de tener siempre un reverso social 3.- Con este planteamiento se multiplican los recursos públicos destinados a la generación de empleo y a la política social, en el importe de la contratación pública, sin que por otra parte se incremente el gasto público destinado a política social, en forma de prestaciones, subsidios o subvenciones. 4.- Este nuevo concepto de la contratación pública posee un poderoso efecto transformador debido, entre otras razones al extraordinario volumen económico que supone, y a la tupida red de órganos de contratación que garantiza una efectiva extensión de sus efectos a cualquier parte del territorio del Estado. 5.- No basta con que la Ley de Contratos contemple la posibilidad de introducir elementos sociales en la contratación, es 2 necesario pasar a la acción: evitar que esas declaraciones legales queden inéditas. 6.- Para la Comisión Europea constituye un tema central la incorporación de elementos sociales en los procedimientos de contratación pública, entre otras razones, debido a que las políticas sociales tradicionales no son suficientes y a veces adecuadas para cumplir los objetivos de empleo o de otra naturaleza propia de dichas actuaciones. Por ello la Comisión Europea recomienda la utilización del poder contratación, pues supone una mayor efectividad del gasto público destinado a políticas sociales, constatándose que existen diversas iniciativas en los países europeos tendentes a lograr este objetivo. 7.- Pues bien con el objetivo de promover la inclusión de cláusulas de contenido social en la contratación pública, facilitando soluciones a poderes adjudicadores, empresas contratistas y al sector de la discapacidad se ha constituido el Foro de la Contratación Pública Socialmente responsable. 3.- El “FORO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA SOCIALMENTE RESPONSABLE” La creación de este Foro ha tenido una gran acogida entre todas las entidades asistentes a la jornada (administraciones públicas, empresas contratistas y sector de la discapacidad) pues todas ellas han manifestado unánimemente la voluntad de integrarse. El Foro se presenta como reunión permanente en la que, mediante la iniciativa de todos los sujetos interesados, se impulse la incorporación de elementos sociales en la contratación pública. El Foro tendrá una presencia permanente en la red a través de su página web (www.contratacionpublicasocial.com): 3 4 En principio, la web que sustenta el Foro albergará los siguientes contenidos: 1.- Recopilación de la normativa de contratos e igual de oportunidades vigente a nivel internacional, comunitario, estatal y autonómico, facilitando los enlaces a los textos legales publicados en los distintos diarios oficiales: 5 2.- Información relativa a las nuevas licitaciones o concursos que se publiquen diariamente en los diferentes niveles – estatal, autonómico y local-. Serán objeto de especial difusión de pliegos administrativos con cláusula social, de manera que se facilite y extienda la contratación pública con elementos sociales por los distintos poderes adjudicadores. 3.- Punto de encuentro entre empresas interesadas y Centros Especiales de Empleo (CEEs) que permita desarrollar acciones conjuntas con clara vocación social, fomentándose la creación de alianzas entre empresas y CEEs. A tal efecto, se ha habilitado un área de registro para las empresas: 6 Una vez registradas, las empresas podrán consultar una extensa base de datos de Centros Especiales de Empleo (CEEs), en la que figurarán tanto las actividades a las que se dediquen como su situación geográfica: 4.- Difusión de las Buenas Prácticas de Contratación Pública Social, tanto de las Administraciones Públicas como de las empresas, constituyendo la documentación en la que queden reflejadas esas Buenas Prácticas (Reformas legislativas, instrucciones de actuación, modelos de pliegos, etc.) una referencia para otras Administraciones y empresas. 7 5.- Etiqueta social, con cuya creación se pretende distinguir los productos y servicios de aquellas entidades que han decidido asumir determinados compromisos relacionados con las personas con discapacidad. Además de esta presencia en la Red, el Foro continuará organizando jornadas y seminarios, y celebrará reuniones periódicas con objeto de poder debatir y reflexionar, siempre desde la triple perspectiva (poderes adjudicadores, empresas contratistas, y sector de la discapacidad), acerca de las cuestiones que se vayan suscitando con ocasión de la inclusión de cláusulas sociales en la contratación pública. 8 Como ya se dijo en la reunión del pasado 6 de mayo el modelo que se ha propuesto para la gestión del Foro tiene carácter colectivo, es decir, se pretende que sea regido por un órgano (Comité de Dirección) en el que tengan presencia una representación de las entidades interesadas: administraciones públicas (Estatal, Autonómica y Local) empresas contratistas, y sector de la discapacidad. En breve se constituirá el citado órgano y se informará de su composición. La contratación pública socialmente responsable es una iniciativa de futuro, a la que estamos llamados todos los países europeos, en la que el uso alternativo del precio de un contrato, con fines sociales, posee una alta rentabilidad económica, y se va a convertir en una herramienta poderosísima de política social. Por ello el Foro ha de servir para ganar una posición estratégica y atender a los intereses generales de todas las entidades y sectores interesados. 9