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PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de ayuda para cuidados NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 NÚM. DE PÁGINA DEPARTAMENTO RESPONSABLE: Financiero NIVEL DE LA PÓLIZA: CHS FECHA DE EFECTIVIDAD: PREPARADO POR: Scott Kitchen, director clínico y data empresarial APROBADO POR: Lisa Cilano, directora financiera en Cuidados Intensivos, Michael Osborne, vicepresidente financiero en Ministerios no Intensivos 1 de 14 Este documento no tiene la intención de crear un contrato, ni es para ser interpretada para constituirla como tal entre CHS y ninguno de sus asociados para el empleo o la prestación de cualquier beneficio. Esta póliza reemplaza toda póliza anterior a esta de cualquiera de las organizaciones de CHS y cualesquier descripciones de estas pólizas en cualquier manual de tal organización. El personal que no cumpla con esta póliza puede estar sujeto a acción disciplinaria lo que incluye hasta su despido. PROPÓSITO: Para definir y documentar las pólizas y procedimientos del Catholic Health al esperar el pago y cobrarle a los pacientes sin seguro médico, incluyendo la prestación de asistencia médica. Todo subsidio bajo esta Póliza y Procedimiento forma parte del programa general de Catholic Health y son descuentos por beneficencia. ESTO APLICA A: Esta póliza aplica a todos los ministerios y servicios del Catholic Health como es definido abajo por el ministerio. Cuidado agudo: Todo paciente no asegurado del Catholic Health que reciba tratamiento en una de las instalaciones de cuidado agudo del Catholic Health que sea residente del Estado de Nueva York, algún estado contiguo o del estado de Ohio, sin incluir los siguientes servicios: Servicios electivos que no sean por emergencia Servicios por cuidados a largo plazo (sub agudo o enfermería especializada) Servicios médicos aparte de los de cabecera del Catholic Health, y Suministros de equipo médico Puede que los servicios de equipo médico profesional de los siguientes departamentos y especialidades sean excluidos de esta póliza bajo facturación separada: anestesia, práctica familiar, patología y laboratorios clínicos, cirugía vascular, neurocirugía, medicina de emergencia, radiología, podiatría, obstetricia y ginecología, pediatría, cirugía, medicina, cirugía cardiotorácica, cirugía de otorrinolaringología y del cuello, cirugía ortopédica, urología. Cuidado comunitario: Todo residente del Catholic Health que recibe tratamiento en una de las instalaciones de atención a largo plazo de Catholic Health (del hospital y no hospitalarias) que están sujetos a copagos o deducibles del seguro médico pueden ser elegibles para atención de caridad (beneficencia). Atención médica en el hogar: Todos los pacientes que reciben servicios dentro de la división de Catholic Health Home Care [cuidados en el hogar] (las agencias certificadas, agencias con licencia y las farmacias de infusión) pueden ser elegibles para atención de beneficencia. PÓLIZA: La misión del Catholic Health es extender el ministerio de sanación de Jesús mediante la mejora de la salud de nuestras comunidades, dando énfasis en las personas que están pobremente atendidas. El perpetuar nuestra misión a beneficio de las comunidades que servimos depende de nuestra gestión profesional y ética de los recursos. Una parte de esa gestión implica asegurar que recibamos el reembolso apropiado para los servicios que ofrecemos. PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 2 de 13 Es la póliza de Catholic Health el garantizar una práctica socialmente responsable para contar con el pago de todos los pacientes que reciben atención en una de nuestras instalaciones. Se espera que los pacientes atendidos por Catholic Health paguen por los servicios prestados en base a costos por servicios electivos no necesarios médicamente, costos que no están bajo seguro médico, los costos negociados por un tercero pagador o regulados por una agencia gubernamental. Esta póliza está específicamente diseñada para atender a los pacientes que no tienen seguro médico y que requieren la atención en una de las instalaciones del Catholic Health. Se mantendrá la confidencialidad de información y la dignidad individual de todos aquellos que soliciten que se les considere para la asistencia médica o que se les provea algún subsidio bajo esta póliza. La asistencia médica se otorgará a los pacientes sin seguro basándose únicamente en sus recursos financieros y en su capacidad de pagar, y el servicio no será disminuido debido a la edad, sexo, raza, religión u origen nacional. El Catholic Health podrá referir a un individuo a programas o servicios alternativos dentro de la comunidad del paciente, siempre y cuando la referencia es médicamente apropiada, en conformidad con todas las leyes del Estado de Nueva York y las federales tales como EMTALA y a lugares sin agobio indebido para el paciente o la familia del paciente. Catholic Health ayudará a estos pacientes a conseguir fuentes alternativas de pago para los servicios mencionados. Tales referidos apropiadas permitirán que los lugares de servicios médico de Catholic Health proporcionen el máximo nivel de servicios de asistencia médica necesario dentro de los límites de los recursos. Las personas elegibles no tendrán que pagar más de las "cantidades generalmente facturadas" ("CGF") a personas aseguradas debido a una emergencia u otra atención médicamente necesaria. La CGF se basa en las tarifas o cargos más bajos del Medicaid del año en curso para las instalaciones del sistema Catholic Healh. A su exclusiva discreción, Cathollic Health puede tratar de ayudar a los pacientes para ver si pueden obtener beneficios médicos a los que puedieran ser elegibles, incluyendo pero no limitado a Medicaid. Bajo ninguna cirusnstancia, la aplicación de este tipo de prestaciones de atención médica será un criterio para la elegibilidad bajo esta póliza para la asistencia médica. Definiciones: “Saldo pendiente por el seguro médico” ~ los saldos pendientes a pagar por el paciente o el garante después de lo que paga el seguro médico. Estos saldos incluyen, pero no se limitan a, los co-pagos, deducibles y coaseguros. Los saldos pendientes del seguro médico también incluyen el cuidado médicamente necesario que el seguro del paciente se niega a pagar. “Subsidio por el saldo pendiente del seguro médico” ~ para pacientes sin poder pagar los saldos pendientes por el seguro médico. El subsidio está disponible en la escala variable incluida como Anexo D – Subisidio por el saldo pendiente del seguro médico. Los procedimientos bajo la sección; Procedimientos, Cuidado Agudo, 4. Los procedimientos del Subsidio por el saldo pendiente del seguro médico tienen que seguirse para ser elegible para este subsidio. “Cantidades Generalmente Facturadas (CGF)” ~ Las CGF son por atenciones de emergencia o médicamente necesarias para individuos que tengan cobertura médica por dichas atenciones, las cuales se pueden determinar mediante una variedad de métodos descritos en el código 501(r) de rentas internas. “Deudas incobrables” ~ con respecto a una cuenta del paciente, cualquier cantidad no recibida y determinada como incobrable, como resultado de la falta de voluntad del paciente para pagar después de hacer esfuerzos de cobros adecuados, diligentes y repetidos, se clasifica como una deuda incobrable. Sólo los saldos de cuentas pendientes, después de todos los subsidios defnidos en esta póliza se hayan provisto, serán elegibles para ser considerados deudas incobrables. PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 3 de 13 “Proceso de cargos” ~ los cargos, que representan las tarifas por servicios prestados a cada paciente, se aplican a cada cuenta de paciente individual basado en el servicio prestado en cada visita. Comúnmente los cargos incluyen evaluación y la gestión en la sala de emergencia, las imágenes de rayos X por un esguince de tobillo, o los cargos diarios por el uso de habitación durante las hospitalizaciones. La cantidad que se cobra por cada servicio es consistente para todos los pacientes, independientemente del tipo de pago a esperarse, por ejemplo, del seguro médico, el Medicaid, o el pago directamente del paciente. “Tarifas Contractuales” ~ son las diferencias entre la cantidad facturada a las tarifas establecidas por el proveedor y el importe recibido o por recibir de terceros pagadores en base a una tarifa contractual negociada y acordada. La tarifa contractual se aplica a la cuenta del paciente de cualquiera cuyo cuidado está cubierto por el pagador tercero particular. “Garante” ~ se entenderá que es la persona que es financieramente responsable de la atención del paciente, y puede ser el mismo paciente, o el padre o madre de un paciente menor de edad. “Programa de Asistencia Médica” (PAM)” ~ es la parte del programa de cuidado de caridad de Catholic Health establecida para la prestación de un Programa de Subsidio para Asistencia Médica para los pacientes sin seguro médico que no cuentan con los recursos financieros necesarios para obtener atención médica. Se otorga basado en las necesidades más allá del subsidio para los no tienen seguro médico incluyendo a aquellos pacientes que no califican para el PAM. El programa se establece y se efectúa de una manera compasiva y profesional consistente con todas las leyes y reglamentos del Estado de Nueva York y las federales. “Subisidios del Programa de Asistencia Médica (PAM)” ~ son el conjunto potencial de subsidios que están disponibles para los pacientes sin seguro médico cuyas cuentas están sin seguro médico, basado en los recursos financieros de cada uno de los garantes del paciente y de su capacidad para pagar los servicios médicos. Los susbisidios estarán disponibles a todos los pacientes sin seguro con ingresos familiares de aproximadamente a menos del 501% de la Guía Federal de Pobreza aplicable, y que tienen una puntuación PARO de menos de 695. Los cargos por servicios médicos prestados a los pacientes que califican para los derechos del subsidio PAM podrán ajustarse mediante dos subsidios separados, el Subsidio PAM Fijo y el Subsidio PAM Adicional. El PAM Fijo se fundamenta en un contrato sin seguro médico basado en el reembolso de Medicare. Cada una de tales cuentas tiene también el potencial de estar sujetas a un Subsidio PAM Adicional basado en una escala variable de la capacidad de cada garante del paciente para pagar, la cual se mide con una prueba objetiva que se aplica a todos los pacientes sin seguro médico. Este subisidio adicional se provee a los pacientes sin seguro médico con ingresos estimados en menos del 201% de la Guía Federal de Pobreza aplicable y que tengan una puntuación PARO de menos de 695. “Médicamente Indigente” – se refiere a los pacientes a quienes se ha determinado que no pueden pagar la totalidad o parte de lo que deben por servicios médicos debido a que los montos adeudados superan su capacidad de pagar, aunque tengan ingresos o bienes que de otra manera excedan los límites generales para ser elegibles para el subsidio de los que no tiene seguro médico, el Subsidio PAM o para el Saldo Pendiente por el Seguro Médico. Los pacientes médicamente indigentes pasarán por un proceso de apelación indicado en el Anexo B. “Apportación limitada (spend down) para Medicaid” – Cuando solicitan los beneficios del Medicaid a algunos garantes se les exige que paguen una porcion de sus costos medicos antes de que puedan obtener los beneficios. Esta situación se refiere como “Aportacion limitada para Medicaid”, porque primero el garante tiene que “aportar” una cantidad especifica de recursos. En esta situación los garantes no serán elegibles para la asistencia médica hasta que se pague la cantidad especificada por el estado de la aportación limitada para el Medicaid. “Costos (tarifas) de servicios médicos electivos no necesarios” ~ son tarifas por servicios establecidos que no son necesarios médicamente y que de por sí son electivos. Estos servicios incluyen PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 4 de 13 cirugía cosmética, u otros servicios médicos no necesarios incluyendo, pero no se limita a, servicios privados solicitados en el cuarto. Las clases de parto se proveen sin costo alguno para todo paciente cubierto bajo el Medicaid por el servicio apropiado. Punutacion PAROTM ~ PAROTM es una herramienta de análisis financiero desarrollada y administrada por PARO Financial Counseling Solutions que utiliza hasta 200 puntos de información disponible al publico para calcular la necesidad de un individuo para obtener ayuda médica. La herramienta utiliza la información provista por cada individuo al momento de registrarse para desarrollar la Punuacion PARO, la cual se desarrola de una maner similar a la puntuación FICO (Fair Isaac Corporation Credit), pero se usa para evaluar la necesidad de un individuo para la asistencia médica. El Catholic Health usa esta puntuación como parte de los medios a determinar asistencia financiera. “El/la paciente” ~ es aquella persona que reciba cuidados en una de las instalaciones del Catholic Health. “Eligibilidad probable” ~ es el proceso por el cual el hospital utiliza la información y aspectos determinantes del individuo para ver si es elegible para asistencia financiera. “Cuenta sin seguro médico” ~ es la cuenta de cualquier paciente sin seguro médico como se define abajo. “Subsidio sin seguro médico” ~ es el subsidio disponible para pacientes con cuentas sin seguro médico que se basa en los recursos financieros del garante del paciente y en su capacidad de pagar por los servicios médicos. Este subsidio será disponible para pacientes sin seguro médico cuyos ingresos son más del 500% de la Guía Federal de Pobreza. Este subsidio se desarrollará en base al de los costos por no tener seguro médico. “Pacientes sin seguro médico” ~ se define como todo paciente que no esté asegurado y que de otro modo no califica para algún seguro médico del gobierno, beneficio médico del gobierno o alguna póliza médica privada, algún plan o programa que provea cobertura para cualquiera de los servicios médicos prestados. “Pacientes infraasegurados” ~ el término “pacientes infraasugarados”, para propósitos de esta póliza, quiere decir que son individuos que tienen seguro médico pero que han agotado sus beneficios, y que en efecto, están si cobertura adcicional por los servicios prestados. En tales casos, y en el momento en que el paciente agota completamente sus beneficios médicos, el paciente infraasegurado será considerado estar sin seguro médico para fines de esta póliza. Como se define en esta póliza, los pacientes infraasegurados podrán ser elegibles para Subsidios de Asistencia Médica o el Subsidio sin Seguro Médico, basado en la disponibilidad de sus recursos y en su capacidad de pagar por servicios médicos prestados que obtengan en una instalación del Catholic Health. “Tarifas por no tener seguro médico” ~ a los pacientes que se les considere que no pueden pagar tras aplicar la prueba objetiva de los medios, se espera que paguen por sus servicios médicos basado en las tarifas por no tener seguro médico. Estas tarifas por no tener seguro son específicos al servicio y establecidas en consonancia con las tarifas y métodos para pagadores terceros. El resultado es que se espera que paguen similarmente de aquellos pacientes cubiertos por aseguradoras. RESPONSIBILIDADES: Todos los miembros del Catholic Health tienen la responsabilidad de familiarizarse con esta Póliza y Procedimiento. Los siguientes asociados tienen responsabilidades adicionales: Los miembros de Acceso al Paciente son responsables de asegurarse de que se siga el proceso estipulado y documentado en esta póliza para la registración o ingreso del paciente sin seguro médico incluyendo que se complete la solictud para el PAM. PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 5 de 13 Los miembros de los Servicios Financieros para el paciente son responsables de asegurarse de que se siga el proceso esipulado y documentado en esta póliza para las peticiones de los saldos pendientes por el seguro médico, la solicitud para el Saldo Pendiente por el Seguro Médico, No Asegurado, los susbidios del PAM Fijo y el PAM Adicional para las cuentas designadas de pacientes y del manejo de preguntas y solicitudes de apelación de parte de los pacientes y sus garantes. El/la director(a) de Inteligencia Empresarial y Clínica es responsable por el mantenimiento continuo de esta póliza y procedimiento, los cálculos semanales para los subsidios de los No Asegurados, el PAM Fijo y el PAM Adicional, y de actualizar el subsidio y los cambios basados en la escla variable de los Niveles de Pobreza Federal. MEDICIÓN E INFORME: El informe continuo de los volúmenes de las cuentas sin seguro y los subsidios provistos bajo esta póliza estarán disponible mediante los mecanismos normales de informes de la Inteligencia Empresarial y Clínica. NIVEL DE REVISIÓN: Esta póliza será revisada anualmente para asegurarse de que esté en conformidad con los reglamentos estatales y federales y por cualquier cambio del proceso y método opreacional del Catholic Health. PROCEDIMIENTO: Cuidado agudo: 1. Expectativas del procedimiento general: a. Que en todos las prácticas de reembolso y cobros en que participan y acatan los empleados de Catholic Health, los contratistas y agentes reflejen el compromiso de Catholic Health a respetar la dignidad humana del individuo, el bien común y nuestra especial preocupación y solidaridad con los pobres y desfavorecidos. b. Que sus empleados, los contratistas y agentes se comporten de una manera que refleje las pólizas y valores de Cathollic Health, incluyendo el tratar a los pacientes y las familias con dignidad, respeto y compasión. c. Que a los pacientes que ingresen se les dé, y que reciban, acceso sin demora a los cargos por cualquier servicio que se les proporcione cuando ellos lo pidan. d. A los pacientes y sus familias se les informarán las pólizas del Catholic Health, incluyendo el Programa de Asistencia Médica y la disponibilidad de asistencia financiera basada en la necesidad, en términos fácilmente entendibles y en cualquier idioma utilizado por los pacientes en la comunidad. e. Que a los pacientes que no califican para la ayuda del Programa de Asistencia Médica, pero que están en necesidad de asistencia financiera, se les ofrezcan condiciones de pago razonables, habituales y apropiadas u otras opciones de pago razonables y habituales que toman en cuenta la situación económica del paciente. f. Que los saldos pendientes de las cuentas de los pacientes se cobren de manera justa y consistente, de tal forma que refleje los valores y compromisos de un centro patrocinado por la iglesia Católica. g. Que los asesores financieros esten disponbles para ayudar a los pacientes. h. Que la información sobre la asistencia financiera disponible esté publicada en las áreas de ingreso y registración, y en la sala de emergencia, incluyendo pero no limtado al Programa de Asistencia Médica. i. Que la informacion que se les da a los pacientes atendidos en Catholic Health sea y esté disponible en su idioma primario. Deberá estar disponible a los pacientes que pidan un resumen de dicha información y de las pólizas. PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 6 de 13 2. Aviso sobre la asistencia médica: a. Catholic Health deberá proporcionar a los pacientes sin seguro médico, al momento de registrarse o de su ingreso, un resumen combinado por escrito del PAM y la solicitud del PAM cuya copia se incluye como Anexo A de esta póliza. Todos los pacientes que se presentan para atenderse que no se excluyen del PAM se les ofrecerá ya sea el subsidio por no tener seguro médico o del PAM basado en los siguientes procesos establecidos. 3. Determinacion para la asistencia médica: a. El PAM deberá ser implementado de forma que esté conforme a todas las leyes, normas y reglamentos del Estado de Nueva York y las federales. b. La evaluación para probar si un paciente sin seguro médico puede pagar se basa en que se presume, de buena fe y objetivamente, que tiene la necesidad económica, que mediante esta prueba se aplica a todos los pacientes por igual, y consideraremos como mínimo sus ingresos, las fuentes de ingresos, el costo de vida local, y el tamaño de la familia. Otras consideraciones financieras que también pueden considerarse son, pero no se limitan a, otras obligaciones de atención médica y en la cantidad de facturas medicas del paciente. c. Los pacientes con ingresos estimados de menos o igual al 110% del nivel de pobreza federal, y una punutacion PARO™ de menos de 695, serán elegibles para el 100% del subisidio médico. Los pacientes con ingresos estimados entre el 111% y 500% del nivel de pobreza federal, y una punutacion PARO™ de menos de 695, serán elegibles para un porcentaje de descuento de la asistencia médica y un descuento del PAM Fijo basado en la escala variable incluida en el Anexo C de esta póliza. Los pacientes con ingresos de más del 500% del nivel de pobreza federal, y una punutacion PARO™ de más de 694, serán elegible para un subisidio sin seguro médico basado en cálculos por sevicio especifico usando la cuenta por los servicios específicos de los cargos, y las tarifas sin seguro médico aplicables. Para determinar la elegibilidad para asistencia financiera mediante el PAM debe hacerse durante el primer ciclo de facturación después que le atiendan médicamente. Sin embargo, la determinación podrá hacerse en cualquier momento del ciclo de entradas del paciente. d. Se ha establecido un proceso de apleacion descrito en el Anexo B. El proceso de apelación estará a disposición de todos los pacientes sin seguro médico que se les deniega la asistencia PAM y quienes no están de acuerdo con la denegación. Este proceso de apelación también está disponible para aquellos que se les ha otorgado el descuento PAM que sea menos de lo esperado. 4. Subsidio por Saldo Pendiente del Seguro Médico a. Los individuos que estén solicitando el subsidio por saldos pendientes del seguro médico tienen que proveer una declaración escrita de su situación económica y la cantidad de miembros en su hogar. La declaración tiene que ser firmada y fechada. Además, la solicitud tiene que proveer uno de los siguientes artículos, si le aplica: Copia de su declaración de impuestos mas reciente y firmada Copias de sus últimos tres talonarios de pago Copias de sus últimos tres pagos por desempleo Copias de sus utlimos dos estados de pago del Seguro Social Una declaracion firmada y notarizada comprobando que no tiene ingresos PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 7 de 13 b. Sobre la base de la información financiera proporcionada y el número de miembros en el hogar, se le proveerá un subsidio basado en la Escala Variable por el Saldo Después del Seguro Médico para el año aplicable incluido en el Anexo D. c. Las solicitudes para el Subsidio por el Saldo Pendiente del Seguro Médico están sujetas a todas las secciones de esta póliza, incluyendo el Anexo B – Apelación de las Determinaciones para Asistencia Médica. 5. Prácticas al cobrar: Refiérase a la Póliza de Facturación y Cobros CHS-RMC-08 a. Una cuenta sin seguro médico no será enviada a una agencia de cobros si el paciente ha rellenado la solicitud para el Programa de Asistencia Médica o una apelación mientras está en espera una respuesta. b. Se prohíbe la venta forzada o la ejecución hipotecaria de la residencia primaria de un paciente sin seguro médico para el propósito de saldar la cuenta del paciente, a excepción de los servicios de cuidados comunitarios. c. A los pacientes que participan en el PAM se les tiene que notificar al menos treinta días antes de que su cuenta se envíe a la agencia de cobros. d. Todas las agencias de cobro que den servicio a las cuentas de Catholic Health deben obtener un consentimiento por escrito de parte de Catholic Health antes de que se inicie cualquier acción legal contra alguna cuenta del paciente. e. Todas las agencias de cobro deben estar de acuerdo por escrito a seguir todos los Procedimientos y Pólizas de Cobros por los pagos pagaderos al Catholic Health. f. La administración es responsable de asegurarse que todas las pólizas de cobro están en conformidad con la Ley de las Prácticas de Cobro Equitativo de Saldos federal y toda Ley del Estado de Nueva York aplicable. g. Todas las agencias de cobro deben proveer información a los pacientes sobre cómo solicitar asistencia médica o apelar una determinación de Asistencia médica que está por debajo de sus expectativas. h. A todas las agencias de cobro se les prohíbe hacer colecciones a cualquier paciente que era elegible para el Medicaid en el momento en que los servicios le fueron prestados. 6. Entrenamiento: a. Cada año habrá entrenamiento obligatorio sobre las Prácticas y Procedimientos de los Pagos Esperados de un Paciente Sin Seguro Médico del Catholic Health y de su Programa de Asistencia Médica para todo el personal de los Servicios Financieros al Paciente y de Registración o Ingreso (al hospital). 7. Mantenimiento de expedientes a. Catholic Health mantendrá un registro identificando los descuentos de asistencia médica extendida a cada individuo. Toda solicitud y determinación deberá ser mantenida por Catholic Health por un periodo de no menos de seis años desde el día en que solicitó. Cuidado Comunitario: 1. Subisidios por Saldos Pendientes del Seguro Médico a. Los individuos que solicitan los Subsidios por Saldos Pendientes del Seguro Médico tienen que proveer una declaración detallando su situación financiera y la cantidad de los miembros de su hogar. La declaración tiene que ser firmada y fechada. Además, en la aplicación tiene que proveerse lo siguiente si aplica: Copia de su declaración de impuestos mas reciente y firmada Copias de sus últimos tres talonarios de pago PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 8 de 13 Copias de sus últimos tres pagos por desempleo Copias de sus utlimos dos estados de pago del Seguro Social Una declaracion firmada y notarizada comprobando que no tiene ingresos b. Basdo en la informacion financiera provista y en la cantidad de miembros en la casa se proveerá un subsidio basado en la escala variable por el saldo pendiente del seguro médico para el año en que aplica incluido en el Anexo C. b. Las solicitudes para los Subsidios por el Saldo Pendiente del Seguro Médico están sujetos a todas las secciones aplicables de esta póliza, incluyendo el Anexo B - Apelación de las Determinaciones para la Asistencia Médica. c. El fallo en proveer toda documentación obligatoria resultará en que se deniegue automáticamente. Las aplicaciones son válidas durante el tiempo relacionado al ingreso. Cuidado médico en el hogar: 1. Aviso de asistencia médica: a. Antes de darles de alta de las instalaciones del Catholic Health a los pacientes se le da las aplicaciones para el Cuidado en el Hogar del Catholic Health. El [departamento de] Cuidado en el Hogar del Catholic Health también le envía cartas a los pacientes de cuidados en el hogar sus cuentas avisándoles sobre el PAM. 2. Determinacion para la asistencia médica: a. El(la) gerente de las cuentas del paciente recibe todas las solicitudes de asistencia en el hogar, y toma una determinación objetiva y de buena fe de toda necesidad financiera basándose en el ingreso, costo de la vida, tamaño familiar y otras consideraciones financieras. Los pacientes con ingresos calculados a menos o igual a 175% de la probreza federal serán elegibles al 100% del subsidio de asistencia médica. Los pacientes con niveles de ingreso entre 176% y 500% del nivel de pobreza federal serán elegibles para un porcentaje de descuento para asistencia médica y un descuento del PAM Fijo basado en la escala variable. Los pacientes con niveles de más del 500% del nivel de pobreza federal no calificarán para el descuento PAM. b. Todos los pacientes que soliciten el PAM recibirán ya sea una carta de denegación o de aceptación de parte de el(la) gerente de cuentas del paciente. 3. Mantenimiento de los expedientes: Catholic Health mantendrá un registro identificando los descuentos de asistencia médica extendida a cada individuo. Toda solicitud y determinación deberá ser mantenida por Catholic Health por un periodo de no menos de seis años desde el día en que solicitó. Anexo A – Solicitud para el Programa para la Asistencia Medica en instalaciones de cuidado agudo Resumen de la solicitud para el Programa de Asistencia Médica El Programa de Asistencia Médica del Catholic Health ofrece descuentos a los pacientes basándose en sus necesidades. Además, podemos ayudarle a solicitar un seguro médico gratis o de bajo costo. Por favor, póngase en contacto con Liquidación Financiera al 716-601-3600 para obtener asistencia gratuita y confidencial. ¿Quién califica para la asistencia financiera? La asistencia médica se ofrece a todos los pacientes de Catholic Health que reciban tratamiento en uno de los centros de cuidado agudo del Catholic Health, y que son residentes del Estado de Nueva York, un estado contiguo o el estado de Ohio y que no tienen seguro, en base a una escala variable de ingresos. Todos en el Estado de Nueva York que necesiten servicios de emergencia pueden recibir la atención y conseguir un descuento, si no tienen seguro médico. Todo el que vive en el Estado de Nueva York puede obtener un descuento por servicios que no son por emergencia ni medicamente necesarios en las instalaciones de Cuidado Agudo de Catholic Health si no tienen seguro médico. No se le niega la atención médica necesaria porque necesite ayuda financiera. Usted puede pedir un descuento sin importar se estado de inmigración. ¿Puede alguien explicarme cómo es el programa? ¿Puede alguen ayudarme a solicitar? Si usted no tiene seguro medico y necesita atención en un centro de cuidados agudos de Catholic Heal, un empleado de registración le ayudará con la solicitud al momento de la registración. También puede solicitar en una fecha posterior poniéndose en contacto con Servicio al Cliente al 601-3600. Usted puede solicitar en cualquier momento, pero es preferible solicitar hoy. Si usted no habla inglés, alguien le ayudará en su propio idioma. Usted no recibirá una factura sino hasta después de que su solicitud haya sido procesada. Si usted cree que ha recibido una factura antes de tramitar su solicitud, por favor, no envíe ningún pago. En vez, póngase en contacto con Liquidación Financiera al 716-601-3600 para atender sus preocupaciones. Proceso de cobros Los cargos, que representan los honorarios por servicios prestados a cada paciente, se aplican a cada cuenta individual del paciente en base a los servicios prestados durante cada encuentro. Los cargos típicos incluyen la evaluación y la gestión de la sala de emergencia, los cargos por imágenes de rayos X por un esguince de tobillo, o cargos de habitación diarios por los encuentros de hospitalización. La cantidad que se cobra por cada servicio es consistente sin importar el tipo de pago a esperarse, por ejemplo, del seguro médico, el Medicaid, la responsabilidad del paciente. Solicitud Marque la casilla antes de cada declaración que le aplique. Al marcar la casilla antes de las tres declaraciones iniciará automáticamente el proceso de solicitud de Asistencia Médica. El fallo en completar esta solicitud no le excluye para el Programa de Asistencia Médica. No tengo ningún tipo de cobertura de seguro médico, Medicaid ni Medicaid. No puedo pagar por los servicios a ser prestados por Catholic Health. Me gustaría que me consideraran para el Progra de Asistencia Médica. Su nombre en letra de molde por favor: ___________________________________ Su firma por favor: ___________________________________ Fecha: ______________________ Anexo B – Apelación de las determinaciones para la Asistencia Médica Derecho del solicitante para apelar - Se ha establecido un procedimiento de apelación que cubrirá desacuerdos y / u objeciones por parte del solicitante respecto a las denegaciones de asistencia médica y / o las aprobaciones de asistencia médica que pueden ser por menos del total de la asistencia médica o menos de lo esperado. Ese procedimiento, conocido como "Proceso de apelación por una denegación de asistencia médica" es el siguiente: Como parte de cada notificación de determinación por escrito, a los solitantes se les informa lo siguiente: Si no está de acuerdo, o se opone a la decisión del Catholic Healh con respecto a su solicitud de asistencia médica, entonces usted puede solicitar que se revise la decisión. Una revisión puede ser solicitada en persona o por teléfono con el(la) gerente de Liquidación Financiera del Catholic Healh. Para las solicitudes telefónicas, por favor póngase en contacto con el Servicio de Atención al Cliente de Catholic Health al 716-601-3600. Para soliciar en persona, la Oficina de Liquidación de Catholic Health se encuentra en: Catholic Health Administrative and Training Center 144 Genesee Street, 3er piso Buffalo, NY 14203 Si, después de revisar la decisión con el(la) gerente de Liquidación Financiera de Catholic Health u otros miembros del personal, usted no está satisfecho, puede solicitar una apelación final de la decisión. Entonces usted tendrá el derecho a una reevaluación completa de su solicitud y una determinación por escrito de su apelación dentro de treinta días de la fecha de apelación. Proceso final de apelación Como parte del proceso de apelación se le pedirá al solicitante que proporcione documentación de la situación financiera, incluyendo, pero no limitado a sus últimos cuatro talones de pago, sus dos últimos años del formulario W2 y / o del SSA-1099. Se utilizarán estos documentos y otros proporcionados durante el proceso de apelación. El gerente de Liquidación Financiero revisará todas las apelaciones finales y anotará la razón de tal apelación. Además, el gerente de Liquidación Financiero presentará otros factores que pueden ser pertinentes a la apelación, independientemente de si estos factores pueden resultar en una determinación a favor del solicitante o no. El(la) gerente de Liquidación Financiero volverá a evaluar la aplicación del solicitante de acuerdo con los requisitos del Programa de Asistencia Médica de Catholic Health. Los resultados de esa nueva evaluación se comunicarán al solicitante por escrito dentro de treinta días siguientes a la fecha de la apelación o tan pronto como sea posible. El director de finanzas de Catholic Health puede solicitar una revisión de la apelación con el director ejecutivo de las instalacioens de Catholic Health o mediante él(ella), en caso de haber circunstancias no explícitamente o implícitamente incluidos en los criterios o procedimientos del Programa de Asistencia médica de Catholic Health. Una determinación por escrito de la apelación final firmada por la parte o partes que deciden será enviada al solicitante dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la apelación. Apelando un decisión final A excepción de circunstancias extraordinarias, como la información adicional o revisada que afectaría la decisión original recibida después de la fecha de la decisión final de apelación todas las resoluciones dictadas bajo apelación serán finales. La notificación por escrito de la determinación de una apelación final no contendrá ninguna notificación adicional de derecho a una nueva revisión o apelación. PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 11 de 13 Anexo C Attachment C: % Federal Poverty Level Less Than 100% 100% 110% 120% 130% 140% 150% 160% 170% 180% 190% 200% 250% 300% 350% 400% 450% 500% Over 500% FAMILY SIZE HealthCare Assistance Discount 100 % of balance after Fixed HAP Discount 100 % of balance after Fixed HAP Discount 100 % of balance after Fixed HAP Discount 95% of balance after Fixed HAP Discount 90% of balance after Fixed HAP Discount 85% of balance after Fixed HAP Discount 80% of balance after Fixed HAP Discount 60% of balance after Fixed HAP Discount 50% of balance after Fixed HAP Discount 40% of balance after Fixed HAP Discount 30% of balance after Fixed HAP Discount 20% of balance after Fixed HAP Discount 15% of balance after Fixed HAP Discount 10% of balance after Fixed HAP Discount 5% of balance after Fixed HAP Discount Fixed HAP Discount* Fixed HAP Discount* Fixed HAP Discount* 1 < 11,770 11,770 12,947 14,124 15,301 16,478 17,655 18,832 20,009 21,186 22,363 23,540 29,425 35,310 41,195 47,080 52,965 58,850 2 < 15,930 15,930 17,523 19,116 20,709 22,302 23,895 25,488 27,081 28,674 30,267 31,860 39,825 47,790 55,755 63,720 71,685 79,650 3 < 20,090 20,090 22,099 24,108 26,117 28,126 30,135 32,144 34,153 36,162 38,171 40,180 50,225 60,270 70,315 80,360 90,405 100,450 4 < 24,250 24,250 26,675 29,100 31,525 33,950 36,375 38,800 41,225 43,650 46,075 48,500 60,625 72,750 84,875 97,000 109,125 121,250 5 < 28,410 28,410 31,251 34,092 36,933 39,774 42,615 45,456 48,297 51,138 53,979 56,820 71,025 85,230 99,435 113,640 127,845 142,050 6 < 32,570 32,570 35,827 39,084 42,341 45,598 48,855 52,112 55,369 58,626 61,883 65,140 81,425 97,710 113,995 130,280 146,565 162,850 7 < 36,730 36,730 40,403 44,076 47,749 51,422 55,095 58,768 62,441 66,114 69,787 73,460 91,825 110,190 128,555 146,920 165,285 183,650 8 < 40,890 40,890 44,979 49,068 53,157 57,246 61,335 65,424 69,513 73,602 77,691 81,780 102,225 122,670 143,115 163,560 184,005 204,450 9 < 45,050 45,050 49,555 54,060 58,565 63,070 67,575 72,080 76,585 81,090 85,595 90,100 112,625 135,150 157,675 180,200 202,725 225,250 10 < 49,210 49,210 54,131 59,052 63,973 68,894 73,815 78,736 83,657 88,578 93,499 98,420 123,025 147,630 172,235 196,840 221,445 246,050 > 58,850 >79,650 > 100,450 > 121,250 > 142,050 > 162,850 > 183,650 > 204,450 > 225,250 > 246,050 Self Pay Discount** PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 12 de 13 Anexo D Attachment D: % Federal Poverty Level Less Than 100% 100% 110% 120% 130% 140% 150% 160% 170% 180% 190% 200% 250% 300% 350% 400% 450% 500% Over 500% FAMILY SIZE HealthCare Assistance Discount 100 % of balance after Insurance 100 % of balance after Insurance 100 % of balance after Insurance 90% of balance after Insurance 80% of balance after Insurance 70% of balance after Insurance 60% of balance after Insurance 50% of balance after Insurance 40% of balance after Insurance 30% of balance after Insurance 20% of balance after Insurance 10% of balance after Insurance None None None None None None 1 < 11,770 11,770 12,947 14,124 15,301 16,478 17,655 18,832 20,009 21,186 22,363 23,540 29,425 35,310 41,195 47,080 52,965 58,850 2 < 15,930 15,930 17,523 19,116 20,709 22,302 23,895 25,488 27,081 28,674 30,267 31,860 39,825 47,790 55,755 63,720 71,685 79,650 3 < 20,090 20,090 22,099 24,108 26,117 28,126 30,135 32,144 34,153 36,162 38,171 40,180 50,225 60,270 70,315 80,360 90,405 100,450 4 < 24,250 24,250 26,675 29,100 31,525 33,950 36,375 38,800 41,225 43,650 46,075 48,500 60,625 72,750 84,875 97,000 109,125 121,250 5 < 28,410 28,410 31,251 34,092 36,933 39,774 42,615 45,456 48,297 51,138 53,979 56,820 71,025 85,230 99,435 113,640 127,845 142,050 6 < 32,570 32,570 35,827 39,084 42,341 45,598 48,855 52,112 55,369 58,626 61,883 65,140 81,425 97,710 113,995 130,280 146,565 162,850 7 < 36,730 36,730 40,403 44,076 47,749 51,422 55,095 58,768 62,441 66,114 69,787 73,460 91,825 110,190 128,555 146,920 165,285 183,650 8 < 40,890 40,890 44,979 49,068 53,157 57,246 61,335 65,424 69,513 73,602 77,691 81,780 102,225 122,670 143,115 163,560 184,005 204,450 9 < 45,050 45,050 49,555 54,060 58,565 63,070 67,575 72,080 76,585 81,090 85,595 90,100 112,625 135,150 157,675 180,200 202,725 225,250 10 < 49,210 49,210 54,131 59,052 63,973 68,894 73,815 78,736 83,657 88,578 93,499 98,420 123,025 147,630 172,235 196,840 221,445 246,050 > 58,850 >79,650 > 100,450 > 121,250 > 142,050 > 162,850 > 183,650 > 204,450 > 225,250 > 246,050 None PÓLIZA Y PROCEDIMIENTO TÍTULO: Expectativa de pago sin estar asegurado y Póliza de Asistencia para Cuidados (Incluyendo asistencia médica) NÚMERO DE PÓLIZA: CHS-RMC-03 Página 13 de 13 FECHA DE ORIGEN: 1/1/2007 REEMPLAZA A (si aplica): NA Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales REPASADO: 5/1/2012 SRK 2/4/2014 SRK 1/29/2015 SRK 12/01/15 LS REVISADO: 5/1/2012 SRK 2/4/2014 SRK 1/29/15 SRK 12/01/15 SRK REFERENCIAS: Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales Fecha/ Iniciales