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PROYECTO DE LEY Artículo 1°: Incorpórese al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el capitulo Decimo Segundo "Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en automóviles de alquiler con taxímetros "Taxis" el articulo 12.7.2 bis que establezca lo que a continuación se detalla: "Sera obligatorio para todos los conductores de taxis de la Ciudad de Buenos Aires, la realización anual de una Capacitación de Primeros Auxilios y Reanimación Cardio Pulmonar (RCP) a efectos de proveer los conocimientos básicos para enfrentar situaciones de riesgo de vida que puedan atravesar los pasajeros que transporten. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, proveerá a cada uno de los conductores un botiquín de acuerdo a las guías establecidas por la Cruz Roja Argentina" Artículo 2°: Comuníquese, etc. Último cambio: 09/08/2017 4:12:00 - Cantidad de caracteres: 2111 - Cantidad de palabras: 378 Pág. 1/2 FUNDAMENTOS: Sr Presidente La capacitación en primeros auxilios prepara a cualquier persona para responder frente a situaciones de emergencia con las habilidades necesarias para potencialmente salvar una vida. En nuestro país existen elevados índices de accidentologia y muerte en lugares públicos y en el ámbito doméstico, y en la mayoría de esos casos el común denominador es el desconocimiento de las normas de seguridad y prevención. Los objetivos prioritarios de los primeros auxilios son conservar la vida, evitar complicaciones físicas y psicológicas, ayudar a la recuperación y asegurar el traslado del accidentado a un centro asistencial. Con el objeto de prevenir los posibles episodios de emergencia que puedan ocurrir en la vía pública, resulta indispensable formar y capacitar a los conductores de taxis de la Ciudad de Buenos Aires, en las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardio Pulmonar (RCP), a efectos de proveer a aquellas personas los conocimientos básicos para enfrentar situaciones de riesgo de vida que puedan atravesar los pasajeros que transporten. Dicha capacitación permitirá que todos los taxistas puedan actuar de manera correcta ante una urgencia que requiera primeros auxilios, pudiendo diferenciar los casos de asfixia, infarto, sangrado, quemaduras, desvanecimiento, esguinces o mordeduras de animales, discriminando entre una emergencia que implica riesgo de vida inminente, una urgencia que supone un riesgo de vida en 24 horas y una situación que no resulte ser una urgencia. Considerando las razones expuestas precedentemente, solicito a mis colegas que me acompañen en el presente proyecto de ley. Último cambio: 09/08/2017 4:12:00 - Cantidad de caracteres: 2111 - Cantidad de palabras: 378 Pág. 2/2