Download TÍTULO
Document related concepts
Transcript
Caso práctico para el examen 2009 PREMIO “JÓVENES JURISTAS” MODALIDAD ESTUDIANTES DE ULTIMO AÑO DE CARRERA DE DERECHO CASO PRÁCTICO PROMOTORA MANCHEGA, S.L. PROMOTORA MANCHEGA, S.L. (en adelante la “Sociedad”) es una sociedad de responsabilidad limitada, de nacionalidad española, con domicilio social en Ciudad Real, donde cuenta con un centro de trabajo compuesto por 250 trabajadores. El objeto social de la Sociedad consiste principalmente en la promoción, construcción y venta de bienes inmuebles. Actualmente, tras la última ampliación de capital, la Sociedad cuenta con un capital social de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 €) dividido en 2.500 participaciones sociales de 1.000 euros de valor nominal cada una de ellas. La Sociedad se encuentra administrada por un Consejo de Administración formado por cinco miembros que son: Presidente: D. José Luis Llorente. Secretario: Dña. Isabel Domínguez Vocal: D. Alfonso Hernáez. Vocal: Dña. María Luisa García. Vocal: D. Rafael Torres. Los socios de la Sociedad son los siguientes: - Banco Manchego, S.A.: 65% - Inversiones Castilla, S.A.: 20% - D. Pablo Moraleda: 12% - D. Iñigo Martínez: 3% Adicionalmente, a su labor de consejero, D. Alfonso Hernáez es el Director General de la Sociedad por lo que percibe un salario bruto anual de 90.000 euros habiendo sido nombrado Consejero en enero de 2005 y Director General el 18 de julio de 2007. Los Estatutos de la Sociedad prevén que el cargo de administrador será gratuito. Página 1 Copyright © 2009, Centro de Estudios Garrigues PREMIO JOVENES JURISTAS 2009 PROMOTORA MANCHEGA, S.L. Asimismo, la Sociedad cuenta con dos centros de trabajo adicionales al de Ciudad Real, uno en Cuenca y el otro en Albacete con 85 y 40 trabajadores, respectivamente. La Sociedad debido al “boom” inmobiliario de los últimos años en España, y particularmente en Castilla la Mancha, donde la Sociedad desarrolla sus actividades, había obtenido beneficios en los años 2005 y 2006. No obstante, debido a la crisis financiera y especialmente la relativa al sector de la construcción, la Sociedad ha obtenido fuertes pérdidas en los ejercicios correspondientes a los años 2007 y 2008. Los resultados de los últimos años y el importe de fondos propios de la Sociedad de los últimos cuatro años son los siguientes: Ejercicio Resultado del ejercicio Capital social Fondos propios 2005 Beneficios de 125.000 1.200.000 1.500.000 2006 Beneficios de 200.000 2.500.000 3.000.000 2007 Pérdidas de 800.000 2.500.000 2.200.000 2008 Pérdidas de 975.000 2.500.000 1.225.000 D. Iñigo Martínez, socio minoritario de la Sociedad, considera que a pesar de la crisis inmobiliaria, las fuertes pérdidas en que ha incurrido la Sociedad también se deben a una mala administración por parte de D. Alfonso Hernáez, Director General, quien, por otra parte, tiene el respaldo de los socios mayoritarios de la empresa. Debido a la difícil situación que atraviesa la Sociedad y a los problemas que actualmente están teniendo con el socio minoritario, Banco Manchego, S.A., socio mayoritario de la Sociedad, ha decidido contactar con sus abogados y plantear las siguientes cuestiones: 1. Situación patrimonial de la Sociedad: - Tomando en consideración la delicada situación patrimonial que atraviesa la Sociedad, ¿qué actuaciones pueden o deben llevar a cabo, tanto el órgano de administración como los socios de la Sociedad, y en qué plazos con la finalidad de solucionar la situación? Banco Manchego, S.A. ha dejado claro que no tiene intención de ampliar el capital de la Sociedad, toda vez que los demás socios han comunicado su posición de no invertir más dinero en la Sociedad mientras no se reestructure el órgano de administración, petición que Banco Manchego, S.A. ha decidido no aceptar. Página 2 Copyright © 2009, Centro de Estudios Garrigues PREMIO JOVENES JURISTAS 2009 PROMOTORA MANCHEGA, S.L. - ¿Existe alguna alternativa para que los socios minoritarios titulares, en conjunto, del 35% del capital social, puedan tener representación en el Consejo de Administración de la Sociedad? ¿Sería distinta la respuesta si la Sociedad se tratara de una S.A.? - Adicionalmente, Banco Manchego, S.A. cree que el socio D. Iñigo Martínez tiene interés en pedir que acuda un Notario a la Junta de aprobación de las cuentas anuales. ¿Existe la posibilidad de que D. Iñigo Martínez solicite la presencia de Notario Público en la próxima Junta General de aprobación de cuentas anuales? Asimismo, Banco Manchego, .S.A. desea conocer qué alternativas disponen los socios minoritarios para impugnar los acuerdos sociales que se adopten en la próxima Junta General de Socios de la Sociedad. En el caso de que D. Iñigo Martínez fuera el único interesado en impugnar los acuerdos ¿estaría facultado para hacerlo? 2. Adquisición de la Sociedad La sociedad Constructora Andaluza, S.A., pese a la actual situación económica, tiene intención de adquirir la mayor parte del capital social de la Sociedad para lo cual se ha puesto en contacto con Banco Manchego, S.A. con la finalidad de adquirir la totalidad de la participación que Banco Manchego, S.A. tiene en la Sociedad. Banco Manchego, S.A. quiere colaborar al máximo para proceder a la venta de las acciones de la Sociedad, no obstante no quiere desvelar información que pueda resultar demasiado sensible para los intereses de la Sociedad por si no llegara a producirse la mencionada operación. Banco Manchego, S.A., nos solicita lo siguiente: - Conocer si es necesario firmar algún documento preparatorio para la venta de la Sociedad y, en su caso, qué cláusulas deberían contener dichos documentos. ¿Existe alguna responsabilidad para las partes por los tratos preliminares mantenidos para la venta de las participaciones de la Sociedad? - Banco Manchego, S.A. considera que esta es una excelente oportunidad por lo que quisiera dejar lo más cerrado posible el acuerdo. En este sentido, ¿qué documento sería el más conveniente suscribir previo al contrato de compraventa de la Sociedad con la finalidad de vincular al máximo a Constructora Andaluza, S.A. para que proceda a la compra de las participaciones sociales que Banco Manchego, S.A. tiene en la Sociedad? - Asimismo, Constructora Andaluza, S.A. ha manifestado su deseo de conocer la actual situación legal y fiscal de la Sociedad, petición a la cual Banco Manchego, S.A. dado el interés que tiene en la venta de las participaciones ha accedido, por lo que sería necesario conocer qué actuaciones hay que llevar a cabo para poner a disposición de Constructora Andaluza, S.A. la información solicitada. - En el supuesto de que Constructora Andaluza, S.A. y Banco Manchego, S.A. lleguen a un acuerdo para la compraventa de las participaciones, ¿qué requisitos y formalidades son necesarias para el contrato de compraventa? ¿cuál es el título y modo de transmisión de las Página 3 Copyright © 2009, Centro de Estudios Garrigues PREMIO JOVENES JURISTAS 2009 PROMOTORA MANCHEGA, S.L. participaciones sociales? ¿qué requisitos deben cumplirse con carácter previo a la transmisión de las participaciones sociales? Constructora Andaluza, S.A. ha ofrecido pagar parte del precio en el acto de la compraventa y la diferencia dentro de los siguientes dos años después de firmado el contrato. Banco Manchego, S.A. quisiera saber qué alternativas dispone para garantizar la obligación de pago, tomando en consideración que Constructora Andaluza, S.A. ha dejado muy claro que no está en condiciones de entregar un aval a primer requerimiento. Finalmente, quisieran saber si la transmisión de las participaciones sociales de las que es titular Banco Manchego, S.A. en el capital social de la Sociedad está sujeta a algún tipo de tributación, tomando en consideración que el activo de la Sociedad está conformado casi en su totalidad por bienes inmuebles. Asimismo, Banco Manchego, S.A. tiene intención de conocer las implicaciones fiscales derivadas de la plusvalía obtenida por la venta de las participaciones sociales. Banco Manchego, S.A. adquirió la totalidad de sus participaciones sociales en el año 2005. 2.1. Competencia Constructora Andaluza, S.A. ha informado a Banco Manchego, S.A. que la adquisición de una participación mayoritaria en el capital social de la Sociedad podría producir algún problema de Derecho de Competencia. En este sentido, Banco Manchego, S.A. quisiera saber de forma muy genérica si este tipo de adquisiciones puede acarrear problemas de competencia y cuáles son los parámetros que se deben tener en cuenta para determinar si esta operación debe estar sujeta a las autorizaciones previas de las autoridades de competencia. 2.2. Cierre de centro de trabajo Una vez que Constructora Andaluza, S.A. entre en el capital social de la Sociedad tiene la intención de cerrar el centro de trabajo ubicado en Albacete y proceder al despido de todos los empleados que trabajan en dicho centro. El motivo del cierre es la crisis que atraviesa el sector inmobiliario y que ha afectado especialmente a Albacete. En este sentido, quisieran saber qué procedimiento sería necesario seguir para proceder al cierre del centro de trabajo de Albacete y qué formalidades tienen que cumplir para llevarlo a cabo. Asimismo, tienen intención de reemplazar al Director General, D. Alfonso Hernáez quien es a su vez Consejero de la Sociedad. En los Estatutos Sociales de la Sociedad no se prevé ninguna retribución para el cargo de Consejero. A estos efectos, quisieran conocer qué implicaciones laborales tendría el despido de D. Alfonso Hernáez, y si sería necesario pagar alguna indemnización por el despido. 2.3 Hipoteca de los inmuebles La Sociedad tiene hipotecado a favor de la Caja Cuenca dos bienes inmuebles. En los contratos de préstamo hipotecario se estableció como cláusula de vencimiento anticipado el cambio de control en el accionariado de la Sociedad. Banco Manchego, S.A. quisiera saber cuándo se entiende que una sociedad se encuentra controlada por otra a efectos mercantiles y, adicionalmente, qué Página 4 Copyright © 2009, Centro de Estudios Garrigues PREMIO JOVENES JURISTAS 2009 PROMOTORA MANCHEGA, S.L. procedimiento se debe llevar a cabo previo a la transmisión de las participaciones sociales para evitar que Caja Cuenca de por terminado los contratos de préstamo. 2.4. Jurisdicción Constructora Andaluza, S.A. y Banco Manchego, S.A. quieren someter el contrato a arbitraje. ¿Qué procedimiento deben llevar a cabo para someter la compraventa a arbitraje? ¿Qué modalidades de arbitraje existen y cómo se diferencian? ¿Recomendarías que las controversias se sometan a arbitraje o a la jurisdicción ordinaria? ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de cada una de dichas modalidades? Si finalmente se decidieran a someter las controversias a arbitraje, ¿podría impugnarse el laudo arbitral? ¿en qué casos se podría acudir a la jurisdicción ordinaria? 3. Venta de inmuebles Como condición para entrar en el capital social de la Sociedad, Constructora Andaluza, S.A. ha solicitado que se proceda a la venta de un bien inmueble destinado a oficinas ubicado en Ciudad Real que la Sociedad acaba de construir y cuyo coste de construcción ha sido de 1.000.000 de euros. El precio de la venta del inmueble será de 2.500.000 euros. A estos efectos, al tratarse de primera venta de un inmueble, quisieran saber, qué tributación indirecta se derivaría de la referida venta, así como las repercusiones que ésta tendría en la tributación directa de la Sociedad por las plusvalías obtenidas. Página 5 Copyright © 2009, Centro de Estudios Garrigues