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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Bolivariana de Venezuela Dirección de Producción y Recreación de Saberes Programa de Formación Avanzada: Especialización en Gestión Judicial – TSJ Línea de Investigación: Participación Popular y Sistema de Justicia. Esto debe ir abajo y alineado a la derecha (Proyecto de Investigación para Optar al Título de Especialista en Gestión Judicial). Autor: Abg. Gómez Castillo Francisco Javier C.I. 17.629.090 Tutor: Abg. Castor Núñez Punto Fijo, marzo de 2011 No coloques negritas CAPÍTULO I Como ha sido Puedes empezar: La evolución de la participación de las comunidades en la elaboración de normas de formación y organización social. Ahora bien,es un conector, no está bien para comenzar, lo puedes quitar Las organizaciones sociales, son grupos de personas que se identifican con determinados intereses y qué deciden actuar en común, con el propósito de defenderlos y resolver de manera colectiva problemas compartidos. Para Jonsson, C, “La organización social, es una instancia de representación de intereses y un instrumento de acción colectiva” (P.45). Es por ello, que las organizaciones constituyen escenarios donde se elaboran y ponen en ejercicio iniciativas y propuestas y a partir de las cuales se establecen relaciones con distintos sectores de la sociedad y con el Estado. En América Latina, puede afirmarse, que la historia de las organizaciones sociales es una hasta finales de la década de 1980 y es otra de ahí en adelante. La imposición del modelo neoliberal se convirtió en elemento clave para entender el tránsito obligado de las organizaciones sociales del asistencialismo hacia la gestión y la gerencia social. Hoy, asistimos a una época en la cual muchas organizaciones sociales todavía quieren sobrevivir con las prácticas del asistencialismo, donde muchos de sus dirigentes no han entrado en la ruta del cambio y no se atreven a dar el salto hacia una nueva cultura organizacional. Muchas organizaciones sociales existen en el presente pero pertenecen al pasado debido a que están centralizadas y mantienen una jerarquía que, en la mayoría de las veces pregona la supervivencia y la auto preservación. La necesidad del cambio ha llevado a otras organizaciones sociales a considerarse a sí mismas como creadoras de conocimiento, a centrar sus energías en la búsqueda de alternativas para satisfacer las necesidades de sus clientes, sus dirigentes están convencidos que si su organización sirve a los clientes, a los empleados y la comunidad, entonces los clientes, los empleados y la comunidad le servirán a ella. Es la visión de futuro la que sirve de faro a las organizaciones sociales y por ello, el pensamiento estratégico de sus dirigentes es necesario para anticiparse a las necesidades futuras de sus organizaciones y éstas, en consecuencia, son consideradas como vehículos a través de los cuales la gente puede crecer y servir a los demás. Es decir, persisten los desafíos planteados por las recientes reformas sociales (laborales, pensiónales, tributarias, políticas, entre otras), los problemas económicos, ambientales y de seguridad que cada día ahondan la brecha entre quienes todo lo tienen y entre quienes apenas subsisten. Es en ese espacio concreto donde las organizaciones sociales y sus dirigentes requieren construir visiones del futuro creativas, inspiradoras y estimulantes para que las personas modifique su actual mentalidad centrada en las crisis inmediatas y en la quietud y la orienten hacia una que con vehemencia se anticipe al futuro en el que el bienestar de los seres humanos sea una tarea inaplazable. Es por ello que las comunidades tienden a organizarse con el objeto de resolver sus necesidades y, de esta manera, mejorar sus condiciones de vida. La posibilidad de organizarse se manifiesta en el momento en que se presentan necesidades o aspiraciones que no han sido satisfechas y que no tienen una solución a corto o mediano plazo a partir de la simple acción individual. La organización surge como producto de la unión de los esfuerzos individuales en la perspectiva de enfrentar de manera conjunta la solución a los problemas detectados y promover intereses específicos. La organización de las comunidades han sido en parte resultado de la ausencia del Estado en la resolución de los problemas de las mismas, especialmente en materia de necesidades básicas (vivienda, servicios públicos, educación, salud, medio ambiente, entre otras) y, en parte la expresión de la conciencia ciudadana sobre la importancia de unir esfuerzos para conseguir metas trascendentales. Cuidado con los márgenes del párrafo de abajo. Según Jonsson, C, “Las organizaciones buscan respuestas colectivas y solidarias a los problemas que se les presentan. Entre más agudos son los problemas o más desafiantes los propósitos comunes más se hace urgente la necesidad de alcanzar mayores niveles de organización. La organización es un instrumento de vital importancia para que la participación comunitaria sea una realidad. A través de la organización se impulsa y se fomenta la intervención ciudadana. Esta promoción de acciones colectivas organizadas conduce democráticos en los ámbitos a fortalecer locales, procesos nacionales e internacionales”. (P. 70). Esta cita es muy larga, debe ir en bloque, sin comillas, con tres centímetros más de margen, y a espacio sencillo. Dentro del mismo orden de ideas, la participación comunitaria en los asuntos que afectan a la supervivencia de la comunidad es tan antigua como la historia humana y como una expresión del movimiento continuo que es parte de la vida comunitaria cotidiana, es a su vez una parte esencial de todas las sociedades humanas. En la década de los años 1950 se comenzó a aplicar esta idea como desarrollo de las comunidades o promoción rural, para introducir nuevas tecnologías y mejorar la calidad de vida. Estos programas tuvieron por meta organizar y movilizar a las comunidades para ir en pos de objetivos determinados fuera de la comunidad, basados en que las comunidades acogerían las ideas, las innovaciones y las prioridades sugeridas para el desarrollo. Según Vargas, P “La participación comunitaria, es un proceso permanente de incorporación plena de los individuos y los grupos a la vida social comunal, para lograr no sólo el desarrollo material de la comunidad, sino también el desarrollo cultural y humano de los individuos que la componen”. (año P.68). Ahora bien, la participación comunitaria en la sociedad venezolana se promueve en forma sistemática, organizada tanto en el sector público como desde el privado a partir de la década de los sesenta. Ella corre paralelamente con los gobiernos de la democracia representativa; es decir de la llamada cuarta IV República. La influencia de las Naciones Unidas orienta (pendiente con la ONU, debemos ser críticos con ella, es una institución falsa para dar una imagen de diplomacia, formada por las élites de dominación global) el concepto de desarrollo de la comunidad que es empleado tanto por la Agencia Interamericana de Desarrollo como por el Instituto Venezolano de Acción Comunitaria IVAC. En esta etapa de la Gobernabilidad de la Democracia Representativa, priva la idea de que la participación de las comunidades debe asumirse como una penalización a la condición de pobreza de sus pobladores, es decir la participación sería sobre todo en la atención de problemas de orden físico ambiental y de dotación de servicios sanitarios, sería el único medio para procurar la solución de sus problemas generados por ellos mismos desde el espacio donde residen. Dentro de esta situación, las posibilidades de decisión de las personas son relativas, ya que las diversas formas de gobierno implican limitaciones a su accionar y, por ende, a su voluntad individual. En los sistemas democráticos se recurre a la representatividad. Un sujeto con ciertas habilidades políticas, se convierte en líder y por lo tanto representa a un conjunto de voluntades, las que quedarán mediatizadas y sometidas a los compromisos de aquél. El político se convierte en un ser autónomo, que estará más preocupado por sus propios asuntos, que por los problemas de la sociedad. Los miembros de esta última, debido a la acción de diversos medios de generación de consenso y a la represión, terminan aceptando la situación con cierta resignación y, en algunos casos, con una buena dosis de complicidad. Ya que, en la práctica la protección de la cultura popular se vuelve cada día más difícil, dentro del proceso de urbanización capitalista. Una enorme presión de la cultura dominante va destruyendo las manifestaciones de grandes sectores de la sociedad, que aparecen como dominados. La promoción de estos sectores postergados sólo aparece posible, mediante el respeto por la diversidad y el pluralismo cultural, a través de una participación igualitaria que permita alcanzar una verdadera democracia. En la década de los años 1970 se introdujeron nuevas estrategias para la organización y desarrollo completo e integral de las comunidades, pero aunque tuvieron resultados en algunos sectores, no se ha podido lograr la participación generalizada y sostenida de las comunidades. A partir de la década de los ochenta, la crisis económica y social que arropó la sociedad venezolana en el marco de la década perdida, puso en evidencia la quiebra del asistencialismo, como mecanismo de control de dominación social, así como también se puso en el tapete estado, sector público y la incapacidad del control del privado sobre las comunidades a través de la canalización de su participación en programas principalmente de asistencias de obras físicas o de atención a algunas actividades relacionadas con el proceso de atención a las enfermedades. Procura siempre colocar la fuente de donde extraes toda esta información. Varios factores han influido en esta situación, entre ellos la poca comprensión de que es lo que debe incluir la participación, en lugar de promover la misma, esos modelos son, manipulados, en el sentido de que tratan de que la comunidad colabore en actividades en las que no tuvo nada que ver cuando se decidió iniciarlas, o bien autoritarios. Muy pocas veces la participación comunitaria ha sido definida y puesta en práctica como la participación en las decisiones sobre políticas, prioridades y servicios. La participación puede significar entonces una posibilidad para influir directamente en la toma de decisiones la mayor parte de estos procesos se han dado a través del Estado. Este genera mecanismos de participación que tienden a mediatizar la actuación de los grupos en cuestión, reorientando los esfuerzos y reelaborando los códigos y los objetivos. Una acción de participación, requiere de: conocimiento, capacidad y motivación, es preciso que el grupo conozca los mecanismos de acceso y regulación de una determinada actividad. Pero aún conociendo estas reglas, se debe poder acceder efectivamente a ello, en vista que algún impedimento de cualquier tipo, limita o margina a las personas al proceso de participación. Aún teniendo conocimiento y estando capacitado para llevar a cabo una actividad, esto no se cumplirá sin el interés o motivación del mismo. La participación social significa que todos los actores sociales de una comunidad, tomen parte en las deliberaciones y decisiones sobre cualquier problema que afecta a la comunidad incluyendo las decisiones sobre sus necesidades y prioridades, además de las responsabilidades y las obligaciones para la formulación de planes y adopción de medidas, para evaluar los resultados. Es por ello que se puede definir la participación comunitaria como el proceso mediante el cual las personas se transforman de acuerdo a sus propias necesidades y las de su comunidad, adquiriendo un sentido de responsabilidad con respecto a su propio bienestar y la del grupo, contribuyendo conscientemente y constructivamente en el proceso de desarrollo. En el contexto actual hay que asumir la participación social en un sentido amplio ya que tiene que ver con las relaciones sociales, con la producción y usufructo de la cultura, y por ello con las relaciones de poder. Por esto estudiar y promover la participación social, parte de asumir que hay quienes no participan o quienes no lo hacen de una manera suficiente. Esto justifica impulsar procesos de participación social en la lógica del desarrollo comprendido en relación con una visión de bienestar definido por la propia comunidad. La intencionalidad de la participación social se comprende así, necesariamente, en su propósito de transformar las relaciones sociales y socializar la cultura. En última instancia se busca llegar al momento en que la participación social quede establecida como cultura, es decir, como fundamento de las formas de relación, producción, creación, y reproducción de la sociedad, establecida a todo nivel al ser interiorizada por personas y actores sociales como una manera "normal" de relacionarse. A partir del año 2000 la participación comunitaria y en sí la participación en general, adquiere rango constitucional establecido en la (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999), el planteamiento y otros enfoques para su tratamiento, como espacio protagónico de las comunidades, es así como el campo del desarrollo local pasó a apreciarse como mecanismos de empoderamiento. En la historia de la participación en Venezuela de las comunidades habían sido concebidas como espacios deservidos de población en condiciones de pobreza que muchas veces deben ser tratados como minusválidos social, lo que podríamos denominar la reformulación de la participación basada en las comunidades como actores protagónicos de los desarrollos locales, no se contemplaba en la democracia representativa para el análisis o el estudio de las comunidades como un sistema de institución. Es así como al plantearse el empoderamiento como elemento básico para promover la participación de las comunidades en el desarrollo local se hace necesario tratar la cuestión institucional, y no solamente los asuntos de orden físico espacial y de necesidades básicas. El empoderamiento mediante la práctica de la participación comunitaria estaría dirigido a: 1. La organización. 2. La toma de decisiones. 3. El manejo directo de recursos. En el mismo orden de ideas, el título III de los derechos civiles, capítulo IV de los derechos políticos y del referendo popular, sección primera de los derechos políticos, artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece “todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.” No debe estar en cursiva. Sólo va en cursiva una palabra en otro idioma. En función a ello, la participación ciudadana se define, según Nuria Cunill Grau, como el proceso mediante el cual la ciudadanía interviene individual o colectivamente, en las instancias de toma de decisiones sobre asuntos públicos que le afecten en lo político, social o económico. La Constitución de 1999, es reiterativa en relación al tema de la participación ciudadana pues la menciona decenas de veces en su texto, y la concibe como un deber y un derecho, en virtud del principio de solidaridad social. La participación social es un proceso progresivo, que se inicia con un cambio de mentalidad, la creación de una ideología sustentable y un desarrollo gradual dado por la propia dinámica de las relaciones sociales, y que cada comunidad es depositaria de una cultura que viene dada por un proceso histórico de acumulación de vivencias y tradiciones. Los grupos van creando su sentido social y su cultura, mediante relaciones con el espacio físico y a través de la interacción comunitaria, construyendo, al mismo tiempo, la memoria colectiva. Ahora bien, se plantea una interrogante ¿De qué forma se puede proponer la elaboración normas de formación y organización social por medio de la participación comunitaria?. En función a que la elaboración de normas de formación y organización social, por parte de las comunidades, se efectúan con un propósito definido, que no escapa de la realidad, en vista de que las comunidades organizadas forman asociaciones de derecho, integradas por personas naturales o jurídicas, en la que sus integrantes están unidos por lazos de vecindad y colaboración mutua, para el beneficio del desarrollo local y la participación comunitaria. Es trascendental si se quiere, ya que las normas de convivencias que desarrollarían las mismas regularían su convivir comunitario en pro del buen desarrollo personal y colectivo de sus miembros. Siendo que las normas ordenan el comportamiento humano y rigen a la sociedad, que de cierto modo es cambiante y por ende requieren de una constante formación y regulación. Es por ello que se debe ir en la búsqueda de la orientación, la coordinación, la unificación y por último la solución a las controversias que por falta de organización y formación presentan las comunidades a fin de lograr el desarrollo y la armonización del colectivo comunitario. Pero bien, para comprender la integralidad de la participación comunitaria en la elaboración de normas de formación y organización social, vale reflexionar sobre las siguientes interrogantes, a) ¿Cómo determinar el conocimiento que tienen los habitantes de la comunidad de Caja de Agua sobre la elaboración de normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria?, b) ¿Tiene alguna influencia de la participación comunitaria en la elaboración de normas de formación y organización social?, c) ¿Cómo generar la participación comunitaria de los habitantes de Caja de Agua, en la elaboración de normas de formación y organización social?., d) ¿Es necesario consolidar las normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria?. Concibiendo el derecho como un conjunto de valores, principios y reglas de conducta, que juega un papel esencial en las relaciones humanas. Como instrumento regulador de las reglas de convivencias, determina el marco y reflejan los modelos entorno a los cuales las personas configuran sus conductas y resuelven sus problemas. Desde esta perspectiva, en una sociedad democrática, participativa, equitativa, pluralista, libre y justa, hay que entender que el derecho obtiene su plena validez cuando se integra armónicamente en el espacio y el tiempo de los pueblos a los que sirve y que poseen la potestad de su creación, directamente o a través de sus representantes. Este proceso de integración de lo jurídico en lo social se encuentra legitimada democráticamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y positiviza los mandatos, valores y principios, que dirigen el proceso de transformación de la sociedad. Por consiguiente, la democracia se define como plural, protagónica y participativa, lo que supone la creación de los mecanismos de intervención para la adecuación y control en la gestión de lo púbico, con nuevas formulas de combinación de representación y participación directa. La participación ciudadana, entendiéndose la ciudadanía como concepto amplio y abierto juega un papel fundamental en la orientación y el control social sobre la acción del estado. En función a ello, se proporciona un nuevo marco y unas nuevas reglas para la democracia, siendo importante impulsar los cambios tomando en cuenta el planteamiento alternativo de los pensamientos integracionistas. Desafío que obliga a abordar el derecho, como ciencia social, mediante una vinculación diferente entre la teoría y la práctica comunitaria, entendiendo la complejidad de las categorías jurídicas que ordenan, en el todo social, las diferentes dimensiones de las prácticas jurídicas en su propia estructura interna y en sus relaciones e interrelaciones culturales, políticas y económicas. Buscando de cierto modo el fundamento de la estructura del aprendizaje, cuya manifestación se encuentra materializada a través de la elaboración de las normas de formación y organización comunitaria, reconociendo su importancia y la puesta en práctica del intercambio de conocimientos en la interacción socio comunitaria. Asumiendo de ese modo el reto de un enfoque innovador tanto en el plano teórico, practico, epistémico y metodológico, que busque comprender el nuevo ordenamiento jurídico, mediante el desarrollo y correcta aplicación de las normas de formación y organización comunitaria, ls cuales demandaran un profundo conocimiento y un riguroso manejo de la técnica jurídica, necesaria para la construcción. Tomando en cuenta, que la participación comunitaria es un tipo de acción personal y colectiva que agrupa a ciudadanos y ciudadanas, decididos a enfrentar una situación. El grupo estipula sus relaciones en función del problema, al cual busca solución, mediante un proyecto de desarrollo de mejoras o cambio de la situación. Una de las características de la participación comunitaria, es que busca mejorar el bienestar y la calidad de vida de los miembros de la comunidad en función de valores que le son propios, para que la mejora pueda ser sostenible en el tiempo. De esta manera, los problemas de la comunidad pueden ser resueltos de manera endógena, sin requerir la iniciativa de entes externos, como los partidos políticos, y las soluciones se ajustan a su entorno porque surgen del consenso de sus miembros. Con la elaboración de las normas que regulen la formación y organización comunitaria, se busca que la sociedad sea multigrupal, y se estructure en grupos de comunidades locales que se auto gobiernen. En vista que las organizaciones comunitarias están tomando un papel importante como expresión de cambios de una democracia representativa a un sistema más descentralizado, como el de democracia participativa. Ninguna de las comunidades tendría la misma estructura de organización por ser un proceso orgánico, dinámico y por lo tanto, cambiante que desarrollarían medios que satisfagan las necesidades de sus miembros y de quien depende su éxito. Destacando que las comunidades desarrollan ciertos conocimientos y experiencias que pueden entrar en semejanza con los procesos en la toma de decisiones con la información existente, ya que la organización del conocimiento de la comunidad es por sí misma una palanca para el desarrollo y por ello es necesario que cada una de ellos de una u otra manera se norme o bien se regulen de acuerdo a las necesidades o realidades en las que ellos viven, pudiendo por medio de la participación alcanzar u obtener el mayor consenso posible, a través de los distintos procesos abiertos de consulta y debates. Logrando alcanzar el objetivo último que es la integración comunitaria como medio para mejorar la calidad de vida. Siendo el poder popular el responsable de manifestar su aprobación a todas aquellas iniciativas que hacen posible la transformación de su propio cuerpo normativo, profundizando de ese modo la democracia y facilitando la articulación social. Tratando que el razonamiento social pueda posibilitar el cambio si se abordan desde un planteamiento complejo de las relaciones sociales y la construcción colectiva de propuestas innovadoras de integración comunitaria, buscando de cierto modo el desarrollo de la personalidad y el instinto creativo de las propias comunidades, facilitando para ello los instrumentos materiales de formación y realización personal y colectiva. Tomando en cuenta, que los espacios comunitarios, al ser colectivo social, participativo efectivo. La elaboración de un cuerpo normativo propio de integración personal y grupal que desarrolle el derecho, elevando al máximo rango jurídico la teoría y la práctica de los movimientos sociales, tomando en consideración, la voluntad de transformar las relaciones sociales y la preocupación que manifiestan estableciendo relaciones consecuentes entre vocación transformadora de la democracia y la concreción dogmatica e institucionales de las normas del estado y sus exigencias, en vista que las organizaciones llamadas a participar son fiel reflejo de la complejidad social. Es importante señalar que, la participación democrática permite a los miembros de la sociedad, a las personas que conforman los grupos dentro de las comunidades, ejercer sus derechos en aras de una vida mejor y lo que pueden hacer directamente por medio de sus normas internas logrando la máxima expresión de la democracia participativa desde el punto de vista jurídico, se considera que es la posibilidad de incoar acciones para ejercer derechos o intereses colectivos. En vista, que la organización consiste en la forma de asociación constituida para un determinado fin, que cada comunidad se da a sí misma, de acuerdo con sus necesidades y expectativas según sus tradiciones y costumbres. Es por ello, que es necesario que los ciudadanos y ciudadanas, tomen parte activa en la elaboración de normas que se adapten a la realidad que vive la propia comunidad, teniendo como principios rectores la participación popular y el afianzamiento de la verdadera democracia social participativa y protagónica. Destacando que la participación no solo es un derecho sino un deber que justifica la promoción por parte del estado de los mecanismos de participación que la Constitución identifica como tales, en virtud de la obligación que tiene el estado de poner medios idóneos para que los ciudadanos ejerzan sus deberes constitucionales. Las normas, es el conjunto de valores, principios y reglas de conductas que juegan un papel fundamental en las relaciones humanas, como instrumento regulador de los ciudadanos y ciudadanas dentro de un mismo ámbito de convivencia y la elaboración de las normas comunitarias por medio de la participación social, no es más que la intervención de los ciudadanos y ciudadanas miembros de una comunidad determinada en la construcción e interpretación de sus reglas de convivencias y de cierto modo busca regular el comportamiento y las formas de organizaciones de las comunidades. En función a lo antes descrito, las normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria tienen los siguientes objetivos de la investigación, así como también la denominación, ámbito y naturaleza de la propuesta y su justificación e importancia especifica: OBJETIVO GENERAL Proponer normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria, en la comunidad de Caja de Agua. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Determinar el conocimiento que tienen los habitantes de la comunidad de Caja de Agua, sobre la elaboración de normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria. Describir la influencia que tiene la participación comunitaria, en la elaboración de normas de formación y organización social. Generar la participación comunitaria de los habitantes de Caja de Agua, en la elaboración de normas de formación y organización social. Fomentar la consolidación de las normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria, en la comunidad de Caja de Agua. DENOMINACIÓN, ÁMBITO Y NATURALEZA DE LA PROPUESTA La presente propuesta tiene como denominación, normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria, teniendo como ámbito de aplicación la comunidad de caja de agua, la cual se encuentra ubicada al Occidente de la Península de Paraguaná, Municipio Carirubana, del estado Falcón. Esta propuesta se sustenta, en líneas estratégicas y metodológicas transformadoras, que garantizan adelantar procesos genuinos. Esta investigación se realizará en un lapso de tiempo de comprenderá un periodo de un (1) año 2011 y 2012, en la población objeto de estudio de la comunidad de Caja de Agua, dentro del ámbito local ya que se pretende con este proyecto elaborar normas de formación y organización social con los habitantes de la comunidad antes mencionada. Tomando en cuenta, que la línea de investigación participación popular y sistema de justicia, está orientada a dar respuestas a grandes luchas sociales en contra del sistema capitalista, impuesto por la democracia representativa que lo sustento históricamente y el modelo de estado burgués. Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, la cual hace mención en su preámbulo a refundar la República y la construcción del nuevo Estado democrático y social de Derecho y de Justicia fundamentado en un nuevo modelo político que encuentra su legitimidad en la expresión de la soberanía popular mediante la participación y protagonismo del pueblo en todos los ámbitos de la gestión pública. El nuevo modelo democrático participativo y protagónico se constituye en un avance mundial de las nociones y expresiones de la democracia, y en relación a la gestión judicial implica la innovación en la construcción de los nuevos modelos de gestión en este campo del poder público nacional que den respuesta al nuevo modelo de Estado y abran los espacios para el ejercicio pleno del poder popular en la construcción de la justicia. Por ello en el caso particular del Estado venezolano, tenemos el reto de contribuir, tanto a la configuración del nuevo modelo de gestión judicial; como al fortalecimiento de un ámbito jurídico más amplio reconocido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se inscribe la gestión judicial, que es nuestro Sistema de Justicia donde se enmarcan diversos ámbitos de vida y participación social como lo es el derecho alternativo, la justicia de paz y la propia actuación de los profesionales del derecho en su función social. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA Esta investigación se enmarca en los fines de la Universidad Bolivariana de Venezuela y la Escuela Nacional de la Magistratura, a través de los programas de estudios avanzados dentro de la especialidad en gestión judicial. En función a ello este trabajo de investigación, está basado en la responsabilidad de contribuir a que los derechos sociales y sobre todo los valores y principios constitucionales sean conocidos y puestos en práctica, a través del trabajo colectivo, y se impulse la dignidad del colectivo comunitario, en pro del respeto de sus derechos y la obtención de la justicia y la equidad social. Desde una caracterización del programa de formación de grado en estudios jurídicos. Siendo que la elaboración de las normas de formación y organización social, por medio de la participación comunitaria, en la comunidad de Caja de Agua, brindará la regulación necesaria de sus habitantes, logrando construir una sociedad de igualdad y justicia, sin discriminación alguna, como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Todo este cuerpo normativo interno ajustado a las necesidades de dicha comunidad, ligado a la posibilidad de mejorar las condiciones de vida de la comunidad, de ser posible solo a través de la participación de los miembros comunitarios. Tomando en cuenta que los derechos, son normativas que rigen la vida de las personas para ser posible la convivencia social y en un criterio más amplio, son reglas de conductas impuestas a las personas que viven en sociedad, reglas cuyo respeto se considera por una sociedad y en un momento dado, como la garantía del interés común, cuya violación produce contra el autor de dicha violación una reacción colectiva. Teniendo el derecho, el objeto de posibilitar el cumplimiento de los fines humanos, ya que el mismo, es normado por y para la sociedad. En vista, de que el derecho se da por las necesidades de la misma sociedad, es por ello que es cambiante, formando de una u otra manera un todo complementario integral, ya que, son el resultado de luchas y reclamos políticos, técnicos, étnicos, económicos y culturales ocurridos durante la historia. Expresando un vínculo entre el estado, las instituciones y sus miembros, en vista que, las personas como tal encierran valoración moral y un contenido afectivo por los vínculos que establecen las mismas personas y las leyes. Teniendo condiciones sociales y jurídicas bajo una autoridad, con iguales derechos y deberes, que conllevan la obligación de cumplir deberes específicos y ejercer derechos específicos. CAPÍTULO II Las organizaciones sociales y la participación comunitaria en la elaboración de normas Antecedentes, características La presente investigación se desarrolla tratando de sustentar la teoría de la participación comunitaria y la elaboración de normas. Hasta aquí me parece que tiene bastante sustento tu trabajo; la forma en la cual lo has organizado es bastante limpia y clara; te falta entonces ahondar en los aspectos teóricos. Para lo cual creo que tienes bastante bibliografía disponible, y mucho de qué hablar. Quedando a tu orden. Suerte. BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA Trabajos de Ascensos Acosta, Alejandro.( 1998.). La planeación Participativa, con visión de futuro y enfoque de género: base para el desarrollo humano. Módulo 1 Área Social. Bogotá Colombia. Galindo Jesús, Urrego Luz Estela, (1999). Organizaciones sociales y comunitarias. Módulo tres Área Social. Bogotá Colombia. González Esperanza.( 1999.). La organización social. En módulo Gerencia del Desarrollo Comunitario. Módulo 4. Bogotá Colombia. Documentos Legales Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. N° 5453 del 4 de marzo del 2000. Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.377 del 2 de marzo de 2010.