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Bogotá D.C., 29 de febrero de 2012 Señores: HOSPITAL MILITAR Institución Prestadora de Salud Bogotá D.C. Referencia: DERECHO DE PETICIÓN Accionante: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Accionado: IPS HOSPITAL MILITAR xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificada con número de cédula xxxxxxx de Bogotá, obrando en representación de mi hermana la señora xxxxxxxxxxxxxxxx, ciudadana colombiana, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con Cédula Ciudadanía número xxxxxxx de Bogotá, acogiéndome al derecho de petición consagrado en la Constitución Política de Colombiana en su artículo 23, el cual dice todo persona que presente derechos de petición a las entidades públicas y privadas que prestan servicios a la comunidad, deben de recibir respuesta y solución a la petición presentada en un plazo no superior a 15 días hábiles. HECHOS 1. Mi hermana la señora xxxxxxx, se encuentra afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en calidad de Beneficiaria de su hijo Juan Andrés Cacharna Gómez, con la Dirección General de Sanidad Militar, la Institución en donde le prestan los servicios de salud es el Hospital Militar. 2. Mi hermana tiene 56 años de edad. 3. El día 23 de enero de 2012, llegó por urgencias al Hospital Militar después de asistir a varias consultas desde el día 6 de enero, es hospitalizada en estudio de síndrome biliar obstructivo. Después de los exámenes realizados le colocan un STENT el día 1 de febrero, que en una siguiente intervención es retirado el 14 de febrero, según lo indica la Historia Clínica que me permito anexar. También especifican que esta pendiente el reporte de la Biopsia, que al parecer no le realizaron, por lo que no entregan un diagnostico preciso. 4. El médico oncólogo el Dr. Pino considera que mi hermana tiene una oportunidad de tratamiento y que habría la posibilidad de que le realizaran una cirugía, sin embargo los médicos de gastro consideran que no hay ninguna posibilidad para cirugía y prácticamente desahuciaron a mi hermana sin brindarle ninguna oportunidad o manejo para la enfermedad que tiene. 5. Ante semejante situación y teniendo en cuenta que mi hermana la Señora Adela Gómez es una mujer de 56 años de edad que siempre había gozado de buena salud y puede tener posibilidades para el manejo de su enfermedad, busqué una segunda opinión frente a este caso, siendo así me dirigí al Instituto Nacional de Cancerología, institución que cuenta con todos los servicios para el manejo del cáncer y que conozco bastante bien pues duré trabajando 37 años como enfermera. Por lo que pague una consulta particular con el Dr. OSCAR GUEVARA CRUZ, cirujano hepático biliar pancrático quien valoro a mi hermana y solicitó una Junta Médica para el manejo del caso. 6. La Junta Médica se reunió el 24 de febrero con los siguientes especialistas del Instituto Nacional de Cancerología: Dr. Mario A. Abadia – Gastroendoscopista, Dr. Ricardo Oliveros – Cirujano Gastroendoscopia, Dr. Oscar Guevara – Cirujano Hepatico Biliar pancrático, Dr. Jairo Ospina – Cirujano endoscopia, Cirujana Gastrointestinal. El resultado de esta Junta Médica fue que la oportunidad que tiene para el manejo de la enfermedad es la CIRUGIA HEPATECTOMIA IZQUIERDA + HEPATICO DERECHO + YEYUNOSTOMIA, nos explicaron los riesgos de la cirugía y mi hermana en pleno uso de sus facultades mentales acepta que le realicen el procedimiento de la cirugía y agotar todos los recursos médicos para lograr un mejor manejo del cáncer que tiene. 7. El día 27 de febrero de 2012 fui a presentar los documentos del Instituto Nacional de Cancerología al Hospital Militar, se los entregue al Doctor Pino, Oncólogo, para que los presentará en la Junta Médica, el resultado de esta Junta fue que los médicos de Gastro no autorizan la cirugía. Verbalmente el Doctor Pino me informa que la cirugía no es autorizada por los médicos de Gastro, no me dieron ningún informe escrito, y tampoco me lograron sustentar el porqué de la negativa de ofrecer una oportunidad quirúrgica para mi hermana, cuando ella como paciente y nosotros los familiares estamos de acuerdo con que se realice la cirugía y se agoten todas las posibilidades. CONSIDERACIONES 1. La Ley 1438 de 2011, en su artículo 3 enumera los principios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y dentro de estos se encuentra incluido el 3.12 LIBRE ESCOGENCIA. El Sistema General de Seguridad Social en salud asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las Entidades Promotoras de salud y los prestadores de servicios de salud dentro de su red en cualquier momento de tiempo. 2. Que según el Artículo 153 de la ley 100 de 1993: de la Libre escogencia. “El Sistema General de Seguridad Social en Salud permitirá la participación de diferentes entidades que ofrezcan la administración y la prestación de los servicios de salud, bajo las regulaciones y vigilancia del Estado y asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones prestadoras de servicios de salud, cuando ello sea posible según las condiciones de oferta de servicios. Quienes atenten contra este mandato se harán acreedores a las sanciones previstas en el artículo 230 de esta ley". 3. Que según el Artículo 156 de la Ley 100 de 1993 “Características Básicas del Sistema General de Seguridad Social en Salud. El Sistema General de Seguridad Social en Salud tendrá las siguientes características: g) Los afiliados al sistema elegirán libremente la Entidad Promotora de Salud, dentro de las condiciones de la presente ley. Así mismo, escogerán las instituciones prestadoras de servicios y/o los profesionales adscritos o con vinculación laboral a la Entidad Promotora de Salud, dentro de las opciones por ella ofrecidas.” PETICIÓN En virtud de los hechos y las consideraciones expuestas solicitó al HOSPITAL MILITAR, que presta los servicios de salud a mi hermana la señora ADELA GÓMEZ,sea autorizada la cirugía HEPATECTOMIA IZQUIERDA + HEPATICO DERECHO - YEYUNOSTOMIA y que se realice en el INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA,única institución en el país que ofrece todas las especialidades oncológicas, unidades de cuidado intensivo, quirófanos de alta tecnología y un servicio de hospitalización dedicado exclusivamente al paciente oncológico. Así mismo solicitó le sea prestada la ATENCIÓN INTEGRAL de la enfermedad “Cáncer” ya que es importante que se le de un manejo adecuado para que sus condiciones de vida y salud mejoren. En espera de una pronta respuesta en los términos de ley, Puedo ser notificada en la: xxxxxxxxxxxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxxxxxx Presento Copia de mi cedula. Copia de la cédula de mi hermana xxxxxxxxxxxxxx Copia del carné que certifica a mi hermana como usuaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD. Copia de la Junta Médica Multidisciplinaria Oncológica del Instituto Nacional de Cancerología. Copia de resumen de Historia Clínica. Atentamente, ____________________________ CC ____________ de _____________